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Revista judicial C4
LUNES 22 de OCTUBRE de 2018 La Hora Quito, ecuador
A LOS S E Ñ O R ES HIDALGO & BAQUERO CONSTRUCCIONES CIA LTDA, ANDRES RAMIRO FLORES CANGO; MARIA GABRIELA ENRIQUEZ JARAMILLO; GALO RAMIRO BAQ U E RO L ATO R R E y MARIA FERNANDA ARREGUI NOBOA ACTO R : DANIELA CARDENAS TRAQUET GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE SEGUROS CONFIANZA S.A D E M A N D A D O/A : HIDALGO & BAQUERO CONSTRUCCIONES CIA LTDA, ANDRES RAMIRO FLORES CANGO; MARIA GABRIELA ENRIQUEZ JARAMILLO; GALO RAMIRO BAQ U E RO L ATO R R E y MARIA FERNANDA ARREGUI NOBOA JUICIO No: 172302017-14561 CUANTIA: USD. 68.500,oo TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: AL PAGO DEL IMPORTE TOTAL DEL PAGARÉ A LA ORDEN, ESTO ES USD. 55.730,12, MÁS LOS INTERÉS POR MORA DESDE LA FECHA EN QUE SE CITA LA DEMANDA A LOS DEMANDADOS HASTA LA FECHA EFECTIVA DEL PAGO, MÁS COSTAS PROCESALES Y HONORARIOS PROFESIONALES. JUEZ: AB. CINTHYA MOLINA ANDRADE DEFENSOR: AB. RICARDO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ FECHA DE INICIO: 25-102017 U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en el D.M. de Quito y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por la señora Daniela Cardenas Traquet, en calidad de Garante y como tal representante legal de SEGUROS CONFIANZA S.A. como acredita con el instrumento público que acompaña, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 5 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite median-
te P RO C E D I M I E N TO EJECUTIVO.- SEGUNDO: En consecuencia la demandada: HIDALGO & BAQUERO CONSTRUCCIONES CÍA. LTDA., debidamente representada por su Gerente General Andrés Ramiro Flores Cango, en el término de QUINCE (15) días, contesten a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: Conforme lo estipulado en el Art. 351 segundo inciso del COGEP en concordancia con el Art. 126 ibídem; y, en mérito del certificado agregado, otorgado por el Registro de la Propiedad de este distrito, SE ORDENA LA PROHIBICIÓN DE ENAJENAR de los Derechos y Acciones Fincados en el departamentos B-NUEVE, alícuota uno punto nueve tres siete seis siete por ciento, con matrícula número BENAL0021899, BODEGA TRES, alícuota cero punto cero ocho dos cinco seis por ciento, con matricula número BENAL0021900, E S TA C I O N A M I E N T O CUATRO, alícuota del cero punto uno uno nueve nueve por ciento, con matrícula número BENAL0021901, E S TA C I O N A M I E N T O TRECE, alícuota cero punto uno uno tres dos siete por ciento, ubicado en el Edificio Colinas del Batán, de la parroquia BENALCÁZAR, de este cantón con matrícula número BENAL0021902.LINDEROS.- GENERALES NORTE, en setenta y dos metros, calle Bossano. SUR, en setenta y cinco metros, propiedad del hogar de niños Carlos Andrade. ESTE, en cincuenta metros, cincuenta centímetros, propiedad del Hogar de Niños Carlos Andrade, OESTE: en cincuenta y seis metros Avenida Seis de Diciembre. SUPERFICIE: tres mil setecientos cuatro metros cuadrados. LINDEROS SINGULARES: D E PA R TA M E N TO S N Ú M E RO B - N U EV E : NIVEL, mas treinta y cuatro punto noventa y dos. SUPERFICIE: doscientos cuarenta y dos metros cua-
JUDICIAL QUITO
drados veintidós decímetros cuadrados. ALICUOTA Uno punto nueve tres siete seis siete por ciento. NORTE: cinco metros ochenta centímetros, vacío: seis metros ducto de ascensores, un metro ochenta y cinco centímetros hall; nueve metros ochenta y cinco centímetros, departamento A- nueve, longitud desarrollada. SUR, veintiséis metros cincuenta y seis centímetros terraza comunal y bloque sur, longitud desarrollada. ESTE, once metros quince centímetros plaza; dos metros doscientos setenta y cinco milímetros ductos ascensores; noventa y cinco centímetros hall acceso departamentos. OESTE, ocho metros setenta centímetros, terraza comunal, longitud desarrollada. PISO. Doscientos cuarenta y dos metros cuadrados veintidós decímetros cuadrados, losa techo departamentos B-ocho. TECHO, doscientos cuarenta y dos metros cuadrados veintidós decímetros cuadrados, losa piso departamento Bdiez. ESTACIONAMIENTO NÚMERO C U AT R O : Superficie quince metros cuadrados. ALICUOTA: Cero punto uno uno nueve nueve nueve por ciento. NORTE: seis metros estacionamiento número tres. SUR: seis metros estacionamientos número cinco, ESTE: dos metros cuarenta centímetros, bodega número tres. OESTE : dos metros cuarenta centímetros, circulación vehicular. PISO quince metros cuadrados, losa techo estacionamiento número cuatro nivel más dos punto ochenta y ocho. TECHO quince metros cuadrados, piso losa plaza. E S TA C I O N A M I E N T O NÚMERO TRECE: SUPERFICIE: catorce metros cuadrados dieciséis decímetros cuadrados. ALICUOTA: cero punto uno uno tres dos siete por ciento. NORTE: cinco metros siete centímetros, estacionamiento número doce. SUR cinco metros siete centímetros estacionamiento número catorce. ESTE: dos metros treinta centímetros, circulación vehicular; OESTE: dos metros treinta centímetros acceso gradas y ascensores. PISO: Catorce metros cuadrados dieciséis decímetros cuadrados losa techo estacionamiento nivel más dos punto ochenta y ocho (con gradas entre
Se dice que el tiempo cambia las cosas, pero en realidad es uno el que tiene que cambiarlas. A n dy W a r h o l . Pintor EE.UU. columnas), TECHO catorce metros cuadrados dieciséis decímetros cuadrados, losa piso nivel más ocho punto diez. BODEGA NÚMERO TRES: SUPERFICIE: diez metros cuadrados treinta y dos decímetros cuadrados. ALICUOTA cero punto cero ocho dos cinco seis por ciento. NORTE cuatro metros treinta centímetros, bodega número dos, SUR cuatro metros treinta centímetros bodega número cuatro; ESTE: dos metros cuarenta centímetros, muro de contención; OESTE dos metros cuarenta centímetros, estacionamiento número cuatro. PISO Diez metros cuadrados treinta y dos decímetros cuadrados losa techo bodega número cuatro nivel más dos punto ochenta y ocho. TECHO: diez metros cuadrados losa plaza, de propiedad de los demandados señores Galo Ramiro Baquero Latorre; por sus propios derechos casado con la señora María Fernanda Arregui Noboa.- Para la ejecución de la providencia preventiva ordenada, OFÍCIESE al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de que tome nota de lo dispuesto en los libros respectivos.- QUINTO: Realizada que sea esta diligencia, CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a los demandados señores: Compañía Hidalgo & Baquero Construcciones Cía. Ltda. Debidamente representada por su Gerente General Andrés Ramiro Flores Cango, como fiador solidario el señor André Ramiro Flores Cango, por sus propios y personales derechos; como fiadora solidaria la señora María Gabriela Enríquez Jaramillo por sus propios y personales derechos; como fiador solidario el señor Galo Ramiro Baquero Latorre, por sus propios y personales derechos; como fiadora solidaria la señora María Fernanda Arregui Noboa por sus propios y personales derechos; y, como fiador solidario el señor Carlos Arturo Hidalgo
Orozco por sus propios y personales derechos , en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. Para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente.- SEXTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor técnico.Actué el abogado Marco Simancas, en calidad de secretario de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, viernes 21 de septiembre del 2018, las 15h06, En mérito al juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada: HIDLAGO Y BAQUERO CPNSTRUCCIONES CIA LTDA; ANDRES RAMIRO FLORES CANGO; MARIA GABRIELA ENRIQUEZ JARAMILLO; GALO RAMIRO BAQ U E RO L ATO R R E y MARIA FERNANDA ARREGUI NOBOA, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, por medio de secretaría remítase al casillero judicial de la parte actora, el correspondiente extracto, a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. Actúa la Ab. María Lourdes Taya, en calidad de secretaria.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, viernes 5 de octubre del 2018, las 12h35, Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora.- Se
CONVALIDA el auto de fecha 25 de septiembre del 2018, las 12h25, en el que debe constar: “..(..)…demandada: HIDALGO & BAQUERO CONSTRUCCIONES CIA LTDA;…(..)..”, en lo demás, las partes estarán a lo dispuesto en el auto de fecha 21 de septiembre del 2018, las 15h06.- NOTIFIQUESE.Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. MARIA LOURDES TAYA A. SECRETARIA Hay firma y sello PAC110979fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA R. del E. CITACIÓN JUDICIAL Al señor DIEGO EDUARDO TROYA CHIRIBOGA DENTRO DEL JUICIO: ACTOR: DRA. GEAN M A G A LY AGUIRRE B E N A L C A Z A R , P R O C U R A D O R A JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A DEMANDADOS: DIEGO EDUARDO T R O YA CHIRIBOGA JUICIO: 17309-2014-0993 TRAMITE EJECUTIVO CUANTÍA: USD $ 5.000,00 (CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100) PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 11 de noviembre del 2014, las 14h03. VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza titular, legalmente posesionada.En lo principal, la demanda presentada por la DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, en su calidad de PROCURADORA JUDICIAL del Econ. Ángelo Luis Caputi Oyague, presidente ejecutivo y representante legal del BANCO DE GUAYAQUIL S.A., es clara, precisa y por reunir los requisitos de ley se la acepta a trámite EJECUTIVO.En consecuencia, el señor DIEGO EDUARDO TROYA CHIRIBOGA, en calidad de deudor principal; de conformidad con el 1er. inci-
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “SUBOFICIALES DE LA POLICIA NACIONAL”
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “SUBOFICIALES DE LA POLICIA NACIONAL”
Se hace conocer a los herederos del señor Jorge Cuastumal Torres, sobre la liquidacion de haberes que tiene, a fin de que se comuniquen con la Cooperativa, en el plazo maximo de 30 dias a partir de la presente publicacion
Se hace conocer a los herederos de la señora Herrera Sagbay Liye Betty sobre la liquidacion de haberes que tiene, a fin de que se comuniquen con la Cooperativa, en el plazo maximo de 30 dias a partir de la presente publicacion
Av. Orellana 1806 y Av. 10 de Agosto
MAIL: maibel.ayala@coopsuboficiales.com
P AR/109662/AT
Av. Orellana 1806 y Av. 10 de Agosto
MAIL: maibel.ayala@coopsuboficiales.com
P AR/109661/AT
so del Art. 421 del Código Procesal Civil, cumpla con la obligación demandada o proponga excepciones en el término legal de tres días.- Cítese al señor DIEGO EDUARDO TROYA CHIRIBOGA, en la dirección que se indica, para el efecto remítase el suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Agréguense al proceso los documentos presentados.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico designados por la actora y la calidad en la que comparece, conforme la documentación habilitante que adjunta, y la autorización conferida a su abogado patrocinador.- NOTIFIQUESE.- f) DRA. CARMEN ROMERO RAMIREZ, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 8 de noviembre del 2017, las 14h37. De oficio, por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado señor Troya Chiriboga Diego Eduardo, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar al demandado.- Notifíquese.-
f) DR. CARLOS NARANJO BORJA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley. ABG. DORIS FERNANDA OVIEDO ORTEGA SECRETARIA DE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110970fa
ordinarios R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: HECTOR ANGEL RIVERA ROMERO y ROSARIO DE LOURDES RODRIGUEZ FLORES ACTORES: ING. ALEX FABIAN CARRERA NOBOA y DRA. ADRIANA AZUCENA ARIAS ARCENTALES. D E M A N D A D O S : HECTOR ANGEL RIVERA ROMERO y ROSARIO DE LOURDES RODRIGUEZ F LO R E S TRAMITE: PROCEDIMIENTO ORDINARIO No. 172332017-02991 FUNDAMENTO LEGAL: Arts. 1453, 1510, 1521, 1567, 1570, 1572, 1573 y 1815 del Código Civil. CUANTIA: $ 496.453,35 OBJETO: Que en sentencia se condene a los deman-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA IMPORTADORA FLORES & TORO S.A. De conformidad con lo dispuesto por el Estatuto Social de la Compañía y la Ley de Compañías, se convoca a los accionistas de IMPORTADORA FLORES & TORO S.A., y al Comisario Principal señora Carla Sofía Toledo Toro domiciliado en la calle Pontevedra N24-294 y Vizcaya, a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA, la misma que tendrá lugar en el domicilio de la compañía ubicado en la Av. Sumaco 243 y Bracamoros en la ciudad de Quito, en el Distrito Metropolitano de Quito, el día 31 de octubre de 2018, a las 10 am. La junta convocada tratará el siguiente orden del día: PUNTO UNO: CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DEL INFORME DEL GERENTE GENERAL SOBRE LA RECTIFICATORIA DE LOS BALANCES DE LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS DE LOS AÑOS 2015-2016 PUNTO DOS: CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DEL INFORME DE COMISARIO DE LOS BALANCES DE LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS DE LOS AÑOS 2015-2016 PUNTO TRES: CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DEL ESTADO DE RESULTADOS Y BALANCES GENERALES RECTIFICATORIOS DE LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS DE LOS AÑOS 2015-2016 Quito, 19 de octubre de 2018 Atentamente, Javier Antonio Toro Flores GERENTE GENERAL PAP/71697/AS