Drones se usan para robar en conjuntos
En los valles de Quito se alerta de la presencia de estos artefactos, que permiten a delincuentes recopilar información para luego robar. La Policía hace un llamado a denunciar y señala qué hacer en estos casos.
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conquista la taquilla
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023 Ecuador 7 14 ENTREVISTA
la radiografía de las cuentas nacionales 4 ECONOMÍA Las razones de la Justicia para exigir $265 millones 5 JUDICIAL
Conozca
“Ecuador es un compañero fuerte para comercio y seguridad, pero especialmente para la democracia”
TIM KAINE SENADOR DEMÓCRATA DE EE.UU.
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador
Editor General: Jean Cano
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec
LORENA BALLESTEROS @booksbylolita
La primera cana
Undía eres joven y después uno de tus cabellos bril la. Con su luz propia te anuncia que es el primero de otros que vendrán a hacerle compañía. Quizás eso suceda con el paso de los días. O si tienes suerte, con el paso de los meses u años. Mientras te examinas ese único pelo cano, mientras intentas esconderlo entre los demás, te pasas los dedos por el rostro. Intentas percibir si tu piel está más grasa, ¿o acaso más reseca? No recuerdas con claridad cuál fue el último consejo de aquella chica en Instagram. Lo que sí recuerdas es que ella no tenía canas, ni arrugas. Su cutis mate no mostraba ninguna imperfección. Quisieras ser como esa chica. Te detienes fijamente en tu reflejo en el espejo. Sí, eres tú. La de ahora. La que tiene más líneas de expresión que hace unos cuantos años. La que ahora tiene un par de dientes torcidos. La que prefirió financiarse una maestría antes que endeudarse en la ortodoncia. La que hace listas mentales y promete que el mes que viene invertirá en un tratamiento cosmetológico. La misma que, al finalizar el mes, se mira nuevamente al espejo y sabe que no ha cumplido. Pero sonríe por el sushi que comió con su hija, por el libro que está leyendo, por el café que se tomó con su esposo.
Cada noche acepta que los años no pasan en vano. Que su piel no será más como un pergamino en blanco, que su pelo no solo encanecerá, sino que seguirá cayendo. Está consciente de que es una mujer de mediana edad. Una mujer real, sin filtros, sin maquillaje, con algunas arrugas; muchas de ellas auspiciadas por demasiadas sonrisas, por calurosos baños de sol, por largas horas de desvelo bailando, por extensos períodos de lectura…
La primera cana es inquietante, angustiosa. Aunque también es sabia y simbólica. Porque sabes que el cuerpo cambia. Porque comprendes que la apariencia es relativa. Porque mientras los sueños sigan vivos y ávidos de cumplirse, no habrá cabeza blanca que lo impida.
JOSÉ ALVEAR
@JoseRAlvearC
Pena de muerte, por un país más seguro
Vivimos en el país del ‘sálvese quien pueda’. Sálvese quien pueda porque el Gobierno que tiene la obligación de proveer seguridad, ya demostró que no puede. Muy a su estilo,
Resistirse a la tentación de la violencia
ElEstado ecuatoriano está sufriendo ataques de una virulencia y frontalidad que no se había visto en la época contemporánea. El año pasado, 73 policías fueron asesinados—más del doble que hace una década— y las proyecciones sugieren que este año serán aún más. Hechos macabros de esta semana —como
la matanza de pescadores en Esmeraldas o el asesinato de un policía en una iglesia— demuestran el inusitado fervor de la violencia criminal. En dicho contexto,
resultan tremendamente peligrosos para la estabilidad democrática del país incidentes como el acaecido en el Bloque 16, donde un impasse entre la comunidad waorani y la empresa petrolera estatal derivó en un
ataque armado contra los soldados que custodiaban el lugar.
Ecuador no puede permitir que también la política se contagie de violencia. Cuando esto suce-
de, hasta las más nobles causas se pervierten y los intereses políticos se entrecruzan con los del crimen organizado al punto de paralizar la administración pública. La violencia atrae violencia; si dejamos que las armas hablen en la política, esta se tornará dominio de gángsters y pistoleros. Evitarlo requiere un trabajo conjunto.
Los sectores inconformes necesitan entender la fragilidad del momento actual y resistirse a procederes insensatos para no dar argumentos a quienes buscan una militarización y securitización del país. Del lado del Estado, es necesario entender la propensión a la violencia que reina en la sociedad en este momento; en lugar de cerrarse, este es el momento de aplicar a la negociación y al entendimiento en la política el mismo grado de esfuerzo, recursos y atención que se presta a combatir criminales.
Un verdadero escritor
Sunación o su espacio fijo no es una localidad ni se lo puede definir bajo una geografía determinada: tiene un apellido materno italiano, nació en la Costa y le gusta el cuy y el frío de los Andes, pero fundamentalmente; todo gira en torno a su obra, donde está su casa, su nación, su raíz y su verdadera identidad.
La literatura es su nación, de allí es; no de otro lugar.
Su oficio está en las palabras que cuentan con lógica, que argumentan con arte y que embellecen lo funesto e iluminan las oscuras páginas de nuestra cultura.
Este escritor es verdadero, no es un artesano, ni alguien que está en el trayecto de convertirse en uno.
Si alguien quisiera describirlo bien podría decir que es el escritor ecuatoriano. Sus libros son proyectos eternos, es decir, que se hacen y existen continuamente, que se releen y se reescriben cada cierto tiempo, porque para este escritor un texto nunca está terminado: está en constante revisión, es perfectible, como lo es la vida, sobre la que volvemos continuamente para reflexionar y hacer conclusiones para un momento, y luego continuar con la vida.
lanza la cortina de humo sobre el porte libre de armas, sin explicarnos que este derecho viene acompañado de obligaciones y que
reaccionar con un arma, inclusive ante un delincuente, puede llevarnos hasta a la cárcel. Estaremos siempre sujetos al criterio de un juez, que determinará nuestra participación en
No, señores. Es el Estado el que debe priorizar la estabilidad social a través de una medida de mano justa con
quienes atentan contra la vida de un tercero.
Estas lacras deben perder automáticamente el derecho a su vida por medio de la pena de muerte ¡Sí, la misma! Todos la
capacidad de devolverle a la ciudadanía la seguridad colectiva, pues
su último libro, una reflexión larga, a manera de narración lógica, hilvanada con ese pespunte invisible que solo la experiencia del oficio y la genialidad producen, en donde encontramos a un ser humano que razona, que siente, y pelea consigo mismo. Valencia se lanza en caída libre para mostrarnos el vértigo, la emoción, y la forma de cómo saber hacerlo: caer en la literatura, en la escritura de novelas, en la lectura de grandes obras. ‘Ensayos en caída libre’ es el texto que complementa la narrativa de ficción desde la crítica, la lectura acertada y el pensamiento contemporáneo de Leonardo Valencia Assogna, quien con perseverancia y oficio de cantería nos ha entregado el más importante ensayo literario de este tiempo, no solo para Ecuador, si no para el mundo, pues así se debe escribir: para el infinito, el desterrado, el nómada…
Porque así es
‘defensa de la vida’.
una supuesta
Esto implica, ante la falta de fiscales (573) que se aumentará
defienden cuando dicen estar dispuestos a protegerse con un arma y aplicarla con mano propia,
quienes asesinan tendrán el mismo final y no la boleta de liberación a los tres días. Es un camino eficaz para reconstruir la armonía social, pues elimina a quienes la ponen en peligro. Tal condena es el equivalente a amputar un miembro infectado del cuerpo para evitar que
Solo en 2020, el país gastó más de 40 millones de dólares en la alimentación de 38.967 convictos entre los que se cuentan homicidas, violadores, sicarios y narcotraficantes. Que no nos asuste la solución más que el problema, porque hay un dato que es real: la
inseguridad se nos fue de las manos
el número de huéspedes
(sin un proceso y menos aún una sentencia), en los centros penitenciarios.
pero es al Estado al que le corresponde la responsabilidad que indudablemente traerá beneficios inmediatos
La pena de muerte tiene la
perjudique a todo el organismo.
La pena de muerte, bajo el debido proceso, también significa un ahorro importante de recursos para el Estado.
y cada vez se pondrá peor. El Ejecutivo debe hacerse cargo, de una vez por todas, de la responsabilidad que le entregó la ciudadanía en las urnas. La guerra es de todos. El Estado debe garantizar la seguridad, la guerra no es de “ustedes”.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XL No. 13609
OPINIÓN 02 O QUITO | MIÉRCOLES 12/ABRIL/2023
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
PABLO ESCANDÓN MONTENEGRO EDITORIAL pescandon@gmail.com
EN LA WEB
lahora.com.ec
POLÍTICA
Robos en conjuntos empiezan con sobrevuelos de drones
En los valles de Quito, los vecinos alertan sobre la presencia de estos artefactos.
Los delincuentes los usan para recopilar información para luego robar.
Conozca cómo actuar en estos casos.
En una urbanización del Valle de Los Chillos, en Quito, un vecino manda un mensaje al chat del conjunto habitacional con una alerta:
“Hay un drone sobrevolando nuestro conjunto”. Otra vecina contesta: “prendan las luces de los pisos superiores y empiecen a grabarlos”.
No es la única alerta. Cada vez hay más moradores, especialmente en los valles de Los Chillos, Tumbaco y Cumbayá que han visto estos artefactos volando sobre sus viviendas, pese a que eso está prohibido y constituye una violación a la intimidad (ver nota relativa).
Registro obligatorio
° La Dirección General de Aviación Civil emitió el Reglamento de Operación de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAs) o drones. El documento fue expedido en 2020 y aplica a las aeronaves cuyo peso máximo de despegue sea superior a 0,25 kg y menor o igual a 150 kg. La norma obliga a los propietarios de los drones a registrar su aeronave y a contratar un seguro para responder por daños causados a terceros. El reglamento establece que los drones no podrán ser operados cerca de aeródromos, zonas de seguridad del Estado, helipuertos, zonas intangibles o predios privados.
Defensa Lasso busca abrirse paso en medio del bloqueo de la oposición
PAÍS
Petroecuador anuncia cese del conflicto con waoranis en bloques 16 y 67
MINERÍA
Cámara de Minería hizo un llamado para que la CC no acepte pedidos de frenar la minería legal
ESMERALDAS
Los
drones pueden ser usados para cometer delitos pues llevan cámaras incorporadas, cuando vuelan cerca de una vivienda pueden obtener
imágenes con mucho detalle de cualquier punto poco vigilado. Los delincuentes usan estos aparatos para obtener información útil para sus atracos. Así pueden saber si las casas están habitadas, horarios de ingresos y salidas, y vías de acceso.
Así lo denuncian moradores de un conjunto ubicado en La Armenia, que semanas después de que drones sobrevolaron su espacio, el conjunto fue asaltado.
Inhibidores de señal
El teniente Coronel Fernando Quiroga, comandante del distrito de Policía Tumbaco, señala que los drones no pueden volar a pocos metros de distancia de un predio. “En caso de que algún tipo de aparato esté en su
predio, la comunidad puede adquirir inhibidores de señal y bajar inmediatamente estos objetos”.
Comprar un inhibidor no requiere de permisos y se puede hacer mediante compañías de seguridad o por internet “porque usted está precautelando la seguridad de su domicilio”.
Lo más práctico – aconseja Quiroga– es que todos los miembros de una urbanización se pongan de acuerdo para adquirirlo, pero que también tengan mecanismos de organización y denuncia ciudadana; como chats comunitarios y la comunicación con la Policía.
“Si ve drones, autos extraños, motos, gente sospechosa, alerte a sus vecinos y llame a la Policía”, dice Quiroga.
Rotación de guardias Quiroga señala que en las urbanizaciones y conjuntos habi-
La distancia mínima para acercarse a estos espacios aéreos controlados es de 9 kilómetros.
tacionales es necesario que los guardias pasen, de forma periódica, pruebas de confanza. Otra medida es rotar al personal. “La guardianía privada tiene información privilegiada de los conjuntos”.
Para quienes no tienen guardias, una medida sería colocar cámaras de seguridad, por medio de una compañía privada de seguridad.
Cuidado con los ingresos
Una medida de seguridad es que los servicios de entrega a domicilio no ingresen a los conjuntos. “A veces, por la pereza de no caminar un poco, dejamos que entren extraños y obtengan información de las casas y habitantes”, agrega. (AVV)
La altura máxima de vuelo, es de 400 pies (122 metros), sobre el terreno, y que las horas permitidas para operar son entre “la salida y puesta del sol”, y en condiciones meteorológicas adecuadas para ser visibles.
¿Dónde están los $130 millones del agua potable?
LOS RÍOS
Secuestrados en pleno estado de excepción
FESAECUADOR S.A.
COBRO UTILIDADES 2022
Se comunica al personal que laboró en FESAECUADOR SA en el periodo 2022, que el pago de utilidades se realizará hasta el 30 de abril del 2023 mediante transferencia bancaria, si sus datos han sido modificados por favor tomar contacto lo antes posible con el departamento de Gestión Humana al Pbx: 022994900 ext: 68629 / 68592 de Fesaecuador S.A. considerar que la cuenta bancaria debe ser personal.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO 03 QUITO | MIÉRCOLES 12/ABRIL/2023 I
001-003-2962
ciones
han sido asaltadas en zonas de Guayas,
Samborondón. DATO 1 2 3
Drones también sobrevuelan urbaniza-
que
como
Ver todo el reglamento AQUÍ
Proyectos de energía renovable se adjudican a empresas extranjeras
El Gobierno del presidente Guillermo Lasso anunció que ha seleccionado a empresas de España, Francia y México para la adjudicación de proyectos para la generación de energía no convencionales por 500 megavatios, con una inversión calculada de 689 millones de dólares
El Ministerio de Energía, en un comunicado, indicó que el desarro-
llo del llamado Bloque de Energía Renovables No Convencionales (ERNC) comprende la aplicación de tecnologías hidroeléctrica (agua), fotovoltaica (solar), eólica (viento) y biomasa (gas). Los proyectos, que se encuentran en la fase de adjudicación, estarán situados en diferentes regiones del país; y añadirán 2.000 gigavatios por hora al año a la oferta eléctrica de Ecuador. (JS)
Claves de la situación fiscal de Ecuador al inicio de 2023
Entre enero y marzo de 2023, los gastos aumentaron casi 11%, pero los ingresos cayeron más del 10% con respecto a igual periodo de 2022.
El inicio de 2023 ha sido complejo en términos fscales para el país. Esto ratifca lo que alguna vez dijo el ministro de Economía, Pablo Arosemena, “Ecuador no es Arabia Saudita y siempre le falta dinero”.
Entre enero y marzo de 2023, los gastos aumentaron casi 11 % , pero los ingresos cayeron más del 10% con respecto a igual periodo de 2022.
Ante los crecientes pedidos para que el Gobierno “afoje más la billetera”, entre los que se incluyen los del actual presidente del Consejo de la Judicatura , es importante revisar cómo realmente están las cuentas del Estado: 1
.- Con corte al 31 de marzo de 2023, la Cuenta Única del Tesoro, que es de donde saca dinero el Ministerio de Economía para los gastos del Estado, cerró con un saldo de $515 millones. Ese saldo es menos del 50% de los más de $1.100 millones que, en promedio, se tenía en 2022 y 2021.
La liquidez actual en la caja pública solo es mayor a los $453 millones que se tenía en 2020, en medio de la pandemia. 2
.- El bajo nivel de la Cuenta Única del Tesoro dice dos cosas sobre las fnanzas públicas. El Gobierno de Guillermo Lasso está gastando a mayor ritmo este 2023; pero ese gasto se va en su mayoría a sueldos y salarios, IESS y transferencias a gobiernos locales. 3
.- Entre enero y marzo de 2023, se gastó un total de $5.404,7 millones. Eso representa casi 11%
más que en igual periodo de 2022.
El 63% de ese gasto, o más de $6 de cada $10, se fueron a sueldos ($2.271, 4 millones) y transferencias corrientes ($1.118,5 millones).
4.- Los impuestos no alcanzan y los ingresos petroleros están en mínimos. Durante el primer trimestre de 2023, el ingreso total por impuestos llegó a los $3.665 millones. Esto alcanzó solo para cubrir el 68% del gasto público. Los ingresos petroleros solo llegaron a $305 millones . Así, se generó un hueco fscal de -$1.434,7 millones, el cual se pagó con otros ingresos menores y más endeudamiento público por $1.360 millones.
vigentes. Según Fausto Ortiz, exministro de Economía, hasta fnales de año, el défcit fscal (más gastos que ingresos) apunta a más de $333 millones mensuales o $4.000 millones anuales . En este escenario, son insostenibles pedidos como el del presidente de la Judicatura, William Terán, de que el Ministerio de Economía transfiera $265,7 millones más al sector de la Justicia. Ese monto representa más del 51% del saldo de la Cuenta del Tesoro al 31 de marzo de 2021, o un aumento de casi 12% en el ya alto défcit fscal mensual. 6
casi imposible de reducir porque está atado a leyes e incluso a normas constitucionales. En la región, el promedio del gasto infexible llega al 44%, por lo que uno de los problemas estructurales del Ecuador es que tiene crecientes demandas de gasto y pocos ingresos. 7
del gasto estatal. El Gobierno de turno solo puede gastar lo que está en la Cuenta del Tesoro, es decir, $515 millones. El resto de las reservas se compone de $4.688 millones de encaje bancario (depósitos de los clientes del sistema financiero). Otros valores importantes son los $1.780 millones de los Gobiernos locales y los $935 millones del IESS.
9 .- La ejecución del gasto en inversión y obra pública sigue siendo bajo. Con corte a marzo de 2023, el porcentaje de ejecución del Plan de Inversiones (PAI) llegó al 6 % . Entre los que superan ese bajo promedio están Agricultura e Inclusión Económica y Social con una ejecución del 19,3% y 13%, respectivamente.
Entre los más ineficientes están Transporte y Judicatura con menos del 6 % . El ministro de Economía, Pablo Arosemena, ha dicho que históricamente, durante el primer trimestre de cada año, la ejecución es menor al 30%; pero existe un compromiso del Gobierno de cambiar esa situación. 10 .- Con un riesgo país que, hasta el pasado 10 de abril de 2023, llegó a los 1.973 puntos,
5
.- Cada mes faltan alrededor de $250 millones para cubrir todos los compromisos del Estado, incluyendo las amortizaciones de deudas
.- Ecuador es uno de los países con más rigidez en su gasto público. Según un reciente informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID),
más del 70% del gasto público ecuatoriano es infexible, es decir, es
el gasto administrativo promedia entre el 40 % y 50 % . Así, por ejemplo, en el Consejo de la Judicatura, 6.000 de 12.000 funcionarios son administrativos. El gasto total en nómina es de $319 millones, es decir, el 92% del presupuesto anual. Según Aníbal Romero, abogado experto en contratación pública, la desvinculación de funcionarios poco efcientes o en exceso en algunos casos cuesta más que seguirles pagando el sueldo.
.- El 6,3% de las reservas monetarias están a disposición
Ecuador no puede levantar deuda internacio nal mediante la emisión de bonos. Eso tendría un costo alto de más del 19% de interés. Por otro lado, los organismos multilaterales ya han comprometido más de $3.200 millones de nuevo financiamiento para el país durante 2023. El espacio para más de ese financiamiento es escaso, por eso, de acuerdo con Ortiz,
el país tendría que recurrir otra vez a fuentes como China. Esta vez, lo importante será
no comprometer la ya baja producción petrolera para los pagos a ese país asiático (JS)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO ECONOMÍA 04 I QUITO | MIÉRCOLES 12/ABRIL/2023
FUNCIÓN. El ministro de Economía, Pablo Arosemena, maneja la escasez de las finanzas públicas.
.- En el Estado ecuatoriano, 8
Una acción de protección que vale $265’650.000 para la Función Judicial
Los recursos servirían para pagar más de $30 millones por concepto de jubilación patronal, $13’270.000 por reintegros y reparaciones, $16 millones para mantenimiento y repotenciación de estructura física.
Cecilia Pareja, jueza de la Unidad de la Familia de Pichincha, debe decidir sobre la acción de protección presentada por el titular del Consejo de la Judicatura (CJ), Wilman Terán, el 3 de abril de 2023, en contra del presidente de la República, Guillermo Lasso, y que se sustanció en una audiencia pública el 10 de abril.
Terán pide que en un plazo de 48 horas (a partir de la resolución de la jueza), Lasso disponga que el
Ministerio de Finanzas, desembolse $265’650.998 a la Judicatura. El monto constituye el déficit del gasto corriente del ejercicio fiscal de 2023, se refiere en la demanda.
Según el Presidente de la Judicatura, el requerimiento presupuestario también es una medida de reparación a favor de 9.396 “víctimas” por la falta de recursos para la Función Judicial.
Los recursos solicitados
Placas en las unidades
° Ante la vulneración de derechos constitucionales, el presidente del Consejo de la Judicatura pide a la Presidencia de la República que se coloque una placa visible en cada dependencia judicial del país con el texto “En el sistema democrático del Ecuador se garantiza la seguridad jurídica y autonomía de poderes por medio de la adecuada asignación y dotación de los recursos públicos por parte del Ejecutivo al Poder Judicial”.
Además, que “se le condene” al Ejecutivo, en un plazo de 30 días, a asignar a la Función Judicial el presupuesto planificado por una comisión técnica institucional de esta función de Estado para que se adquieran terrenos y se construyan edificaciones operativas, de acuerdo a estándares internacionales de arquitectura judicial que doten de seguridad, confort e inclusión en ambientes amigables donde se unifique la sede jurisdiccional, la sede fiscal y la sede defensorial.
DATOS
servirían para pagar -de acuerdo con registros públicos de las direcciones de Talento Humano y Financiera del CJ- más de $ 30 millones por concepto de jubilación patronal de jueces y funcionarios jurisdiccionales administrativos.
“Esta situación genera una vulneración a los derechos constitucionales”, señala Terán en su demanda.
También pide un recargo del 10% por cada día de retraso en las asignaciones.
Asimismo, para el pago de una deuda de $13’270.066 con funcionarios judiciales, por concepto de reintegros y reparaciones.
Infraestructura
Con los recursos que desembolse el Ministerio de Finanzas, también se cubrirá un déficit presupuestario de $16 millones para el mantenimiento y repotenciación de estructura física.
Según Terán, este faltan-
nivel y dos jueces de segundo nivel (provincial) por cada 100.000 habitantes.
Según información de la Unidad del Acceso Público de la Judicatura, Ecuador posee dentro del talento humano de los órganos judiciales 1.926 jueces, 1.335 secretarios, y 2.690 ayudantes judiciales.
“El país no posee el número suficiente de jueces para garantizar que los usuarios del sistema judicial ejerzan sus derechos, pues el número de administradores no es suficiente para garantizar la aplicación del principio de celeridad”, señaló Terán.
Agregó que el 99% de la flota de vehículos de la Judicatura cumplió su vida útil. Se requiere mayor inversión de recursos para el mantenimiento. Para el concurso de méritos y oposición del banco de elegibles, carrera fiscales y fiscales provinciales, se requiere más de $1’700.000.
Argumentos del Gobierno
La resolución sobre la acción de protección contra Guillermo Lasso se conocerá el 19 de abril
La acción de protección, contenida en 101 páginas, se sustanció en una audiencia pública el 10 de abril de 2023 en la sede del Complejo Judicial Norte, en Quito.
te económico demuestra la vulneración del derecho al trabajo digno de los abogados. Detalló, por ejemplo, que en el país existen 241 infraestructuras judiciales de las cuales 100 son arrendadas y otras 21 son por convenio. Doce de estas están en estado precario.
Entre los hechos que, según Terán, demuestran las vulneraciones del derecho a la defensa, acceso a la justicia y tutela judicial de los usuarios de la administración de justicia, es que Ecuador posee 1.944 jueces, es decir, un promedio de nueve jueces de primer
Luis Riofrío, asesor jurídico del Ministerio de Finanzas, aseguró que en los últimos diez años el Estado entregó $4.497 millones a la Función Judicial, pero ha habido una ejecución únicamente del 85%. Es decir, 500 millones han sido devueltos a las arcas fiscales.
El funcionario pidió a la jueza desechar la acción de protección y afirmó que no existe un sustento jurídico para asegurar que hubo una errónea asignación de recursos.
Añadió que en la demanda no se argumenta cuáles serán los mecanismos para subsanar las violaciones de las supuestas “víctimas”, sino que se pide una asignación adicional para la Judicatura, que no se sabe cómo se va a gastar.
Antes de emitir su dictamen, la jueza Cecilia Pareja pidió a las partes procesales que remitan, en un plazo de cinco días, las fechas en que se entregaron las asignaciones presupuestarias desde 2013, y que se determine cuáles fueron los productos que no se ejecutaron por parte del Consejo de la Judicatura. (SC)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | MIÉRCOLES 12/ABRIL/2023 I JUDICIAL 05
AUTORIDAD. Wilman Terán, presidente del Consejo de la Judicatura, con funcionarios judiciales durante la audiencia de acción protección.
ElConsejo de la Judicatura es el órgano administrativo y disciplinario de la Función Judicial. Su actual presidente, el exjuez nacional Wilman Terán, habla sobre las razones que hay detrás de ese pedido, que lo hizo a título personal.
Pero también sobre el respaldo de la Corte Nacional de Justicia a sus acciones y de los rumores sobre su presunta cercanía al correísmo.
P. El Gobierno asegura que hay una devolución de $500 millones por parte de la Justicia. No utilizados. ¿Es real?
Acá vemos que son mecanismos con los cuales el Gobierno dice que incentiva el ahorro a través de la dosifcación, según sus propias políticas al presupuesto. Porque cuando se asigna el presupuesto, no es que la entidad tiene una chequera, sino que se programa el Ministerio de Finanzas a entregar acorde a sus propios modos y formas, que no responden íntegramente al Código Orgánico de Planifcación y Finanzas Públicas.
P. ¿Hubo ineficiencia de las anteriores administraciones de la Judicatura? Por ejemplo, en las jubilaciones. El tema de jubilaciones es muy preocupante. Si tomamos en cuenta los escasos valores, los rubros que ha dado el Gobierno del presupuesto hacia la entidad, le entrega el valor de nómina y el valor de mantenimiento de las edifcaciones. No le entrega el extra que se le pide, que necesita para jubilarse. Pues hay recortes. Así, por ejemplo, este año hubo un recorte muy considerable, se pide al presupuesto general del Estado, pero se recorta en más de $80 millones, que en parte están las programaciones de jubilaciones anuales. ¿Y qué es lo que hace el Ministerio de Finanzas cuando llega la jubilación y no hay dinero? Dice que hay un proyecto de inversión y anti técnicamente lo sacan a través de Planifca Ecuador. Es decir, haciendo un autoengaño a la normativa de Finanzas para, a través de ese proyecto, obtener un valor económico y, lo peor de todo, dosifcar para entregar arbitrariamente.
P. ¿Es una falta del Gobierno actual o de los anteriores? Es de este Gobierno y de los an-
‘SENTENCIÉ A RAFAEL CORREA… QUÉ RÁPIDO OLVIDAN’: WILMAN TERÁN
El Presidente del Consejo de la Judicatura habla sobre la demanda en contra del Gobierno por la asignación presupuestaria y su pasado judicial.
teriores. Es una norma de conducta. Veamos quiénes son los subsecretarios del Ministerio de Finanzas. Son las mismas personas que han estado en los anteriores gobiernos. Incluso una Subsecretaria de Economía participó en la audiencia y ella ya está años en esa institución.
P. ¿No hay ninguna falta de las anteriores administraciones de la Judicatura?
Bueno, hay un valor importante, más de $10 millones, devuelto en el ejercicio fscal anterior 2022. Esto es por la falta de aprobación de los planes. Si no pasa el fltro de Planifca, el Ministerio de Finanzas no genera el desembolso y, por lo tanto, se revierte el dinero.
P. Es decir, sí hubo un error. Puede haber un error de aquí, que pasó a Planifca. Que, en lugar de poner una traba, debía dar las soluciones, aconsejar, recomendar cómo enderezar ese proyecto. Y no poner las trabas para que se revierta el dinero al presupuesto.
P. Hay alertas de demasiada burocracia y no precisamente de jueces. ¿Hay un plan?
La crítica es que la Judicatura es un mal administrador… Uno, la Función Judicial presta un servicio público, no es productor de obras. No es su especialidad. Dos, sí hay que hacer inversiones es para prestar el servicio público. Se requieren vehículos para citadores, pero no han hecho ese proyecto. Se requiere generar un expediente electrónico más dinámico, como la Inteligencia Artifcial, pero hay la comprensión de lo que es la tecnología por parte de los órganos que autorizan el proyecto para esa inversión. Entonces, se devuelve el dinero de inversión. Ahora, vamos al gasto corriente que está dividido en dos partes. La primera, el orgánico de funciones del personal necesario para prestar el servicio de administración de Justicia. Este orgánico de funciones dice, por ejemplo, que en la Corte Nacional hay 21 jueces nacionales y 21 conjueces. ¿Existen 21 jueces nacionales? No. ¿Existen 21 con-
paración al Gobierno. Y no todo es dinero. Qué gana la Función Judicial: celeridad. Ahora un proceso civil, el más rápido, sale en seis años; un proceso de familia en siete años; un proceso de inquilinato en cinco; de trabajo en seis… con las actuales defciencias. Un proceso penal en ocho años. Si llenamos ese orgánico funcional los tiempos van a reducirse y ahí sí la Justicia será más cercana.
P. Ahí están los toners, el papel, las citaciones… Todo. No solo el personal, sino los gastos de operación. A nivel nacional, hay 267 jueces provinciales en funciones, cuando son 364. Hay 97 ausentes para quienes no tengo un presupuesto para pagar este valor remunerativo. Para que entren y trabajen. No existen las computadoras para que trabajen, ni escritorios, no existe el papel, no existe el toner, el sistema telemático es deplorable. Hay casas judiciales a las que les cortan luz y agua por falta de pago. Estoy hablando de gasto corriente, que quieren confundir a cada rato con gasto de inversión.
jueces? No. La Corte está siendo suplida por conjueces temporales y ciertos conjueces que han asumido el cargo de jueces nacionales encargados. El orgánico funcional está latente.
P. ¿Lo mismo pasa en las provinciales?
Si una Corte provincial establece un numérico en el orgánico, ejemplo 12 jueces, en la realidad hay cuatro. Es decir, sobran ocho partidas del orgánico funcional que están sin fondos, en la cédula presupuestaria no existe el valor económico. Si sumamos todas esas cuentas, más lo que implican los gastos de mantenimiento que fueron desfnanciados luego de la pandemia, bajo el pretexto de que no han sido utilizados, combustibles, mantenimiento automotriz...
P. ¿Todo eso fue por la pandemia?
Por la pandemia bajo la lógica de que, como no utilizan, no la necesitan. La sumatoria de todo eso son los más de $200 millones que se exige como re-
P. Las cuentas nacionales no están en su mejor momento. ¿De dónde va a salir la plata si gana la acción de protección? No se pueden tomar fondos de seguridad, de salud, de otras cosas. No olvidemos, hay incentivos que hace el Gobierno al sector empresarial. No voy a decir que meta la mano en el bolsillo del pueblo, pero hace subsidios al sector empresarial. Por otro lado, el Código Orgánico Monetario Financiero establece las reservas internacionales y activos externos. Según la página del Banco Central, había un acumulado de $8.200 millones.
P. ¿Es correísta?
Para nada. Al contrario, mi historia no da para ser correísta... Participé para ser Contralor General del Estado y no hubo apoyo alguno. Participé para Defensor del Pueblo y le dieron al correísta. Llegué por mis propios esfuerzos a la Corte Nacional de Justicia. Y estoy aquí ¿Soy correísta? He dictado una sentencia contra Rafael Correa, por el caso sobornos. Soy uno de los que lo sentenció. Qué rápido que olvidan. (DLH)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO JUSTICIA 06 I QUITO | MIÉRCOLES 12/ABRIL/2023
La entrevista completa
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AUTORIDAD. Wilman Terán fue juez nacional y recibió el apoyo de la Corte para su designación.
en…
Lossenadores demócratas Bob Menéndez y Tim Kaine visitaron Ecuador por segunda ocasión en 18 meses.
Luego de reunirse con el presidente de la República, Guillermo Lasso,
manifestaron
la necesidad de proteger a la democracia en el continente
Tanto Kaine como Menéndez vienen trabajando en
una propuesta de ley que convierta a Ecuador en uno de los principales aliados de Estados Unidos en la región.
LA HORA tuvo la oportunidad de compartir y profundizar en varios temas con el Senador Tim Kaine, quien mostró su preocupación por el retroceso que vive la democracia en el continente en los últimos años y manifestó la necesidad de avanzar en una reforma migratoria bipartidista en Estados Unidos.
Kaine es un político de 65 años y
se ha desempeñado como Alcalde, Gobernador y Senador por el estado de Virginia. Además, ha mantenido una relación cercana con América Latina, gracias a su labor humanitaria en Honduras
P.- ¿Cuál es la importancia de la ley de cooperación entre los Estados Unidos y Ecuador? ¿Hacia dónde quiere dirigir la relación entre ambas naciones?
Es importante dirigir la relación porque esta ley es apenas una primera etapa, con el jefe del Comité, Bob Menéndez, hemos hablado de la implementación de la ley, porque pasar una propuesta de ley es una cosa y necesitamos implementarla. Esta es mi segunda visita en 18 meses a Ecuador, porque soy el jefe del Subcomité de las Américas, y tengo una relación fuerte con Ecuador. No había visto un momento tan difícil en el mundo para las democracias que están luchando contra el autoritarismo en muchas partes del mundo, lo vemos en Ucrania y muchos otros lugares. Ecuador es un compañero fuerte para el comercio, la seguridad, pero especialmente para la democracia.
‘ECUADOR ES UN ALIADO ESTRATÉGICO PARA LA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA’
El senador demócrata Tim Kaine conversó con LA HORA sobre la importancia de proteger la institución democrática en el continente, el combate al narcotráfico y la oportunidad para una reforma migratoria bipartidista en Estados Unidos.
namá y Ecuador, es un buen plan para la defensa de la democracia y nosotros estamos listos para trabajar con cualquier país que impulse los valores democráticos.
P- ¿Cómo evalúa la relación con el presidente Guillermo Lasso?
Es una gran relación y cada vez que uno regresa es mejor porque nos entendemos y conocemos más . Después de nuestra visita hace 18 meses, es más fácil hablar sobre más asuntos con mayor profundidad. Hablamos sobre comercio y seguridad. Tenemos desafíos en el tema de la seguridad que están conectados con nosotros, como es el tema del narcotráfco, estamos compartiendo y cooperando para lograr estrategias en común.
P.- ¿Qué estrategias pueden permitir que se logre un mayor combate y control del narcotráfico?
Este es un gran problema para el mundo y es un problema bien difícil de resolver, pero con estrategias podemos trabajar en conjunto con nuestras Fuerzas Armadas, la Policía, con apoyo en tecnología. El presidente Lasso está trabajando haciendo más inspecciones en los puertos para descubrir las drogas y hay soluciones tecnológicas que pueden ayudar. Estamos invirtiendo en la misma solución en nuestras fronteras entre Estados Unidos y México, compartiendo esas buenas prácticas en tecnologías, en recursos y con nuestras Fuerzas Armadas que deben tener un papel en el combate del narcotráfco en América del Sur.
COOPERACIÓN. El alto funcionario de Estados Unidos indicó que existen oportunidades para el desarrollo de ambas naciones.
P.- ¿Este clima de inestabilidad que existe en Ecuador podría dificultar la implementación de esta ley? Siempre hay fricción entre el Gobierno y el Parlamento, en Estados Unidos también sucede. Hay fracción en política en cualquier parte del mundo, pero tenemos este acuerdo, que no solo es con un oficial, es con la gente. En Estados Unidos hay casi 800 mil ecuatorianos
que viven en nuestro país. Además, somos aliados comerciales número uno y existen muchas más oportunidades . Cada país tiene sus procesos políticos. La democracia no es fácil, pero creo que tenemos muchas oportunidades para mejorar las relaciones en un futuro y por eso estamos aquí.
P.- Los cambios políticos en América Latina han dejado
a Estados Unidos sin muchos aliados en la región, ¿está realidad convierte a Ecuador en una prioridad? Para Estados Unidos es una prioridad, en los últimos años hemos visto cómo otras naciones con problemas han retrocedido en sus democracias , pero también tenemos buenos ejemplos buenos como el proyecto que impulsan República Dominicana, Pa-
P.- La migración irregular de los ecuatorianos a EE.UU. ha ido en crecimiento. ¿Cómo hacer para buscar soluciones y lograr una disminución de este comercio humano?
L
a gente que está viniendo a EE.UU. tiene las mismas razones que mi familia cuando llegó de Irlanda en 1.840. Están buscando oportunidades.
(ILS)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ENTREVISTA 07 I QUITO | MIÉRCOLES 12/ABRIL/2023 La entrevista completa en… www.lahora.com.ec
Crimen organizado va ganando la batalla en Latinoamérica
Juicio No. 18333-2021-00844
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PILLARO, Santiago de pillarlo. Miércoles 2 de noviembre del 2022, a las 08h00
REPÚBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL
A: SONIA PAULINA SARABIA QUILUMBA, se le hace saber lo que sigue: Proceso número: 18333-2021-00844
MATERIA: CIVIL
TIPO DE PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO
ASUNTO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN
ACTOR: ABG. MARÍA VERÓNICA JIMÉNEZ ESPÍN, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL DR. KLEVER ROLANDO ORTIZ ORTIZ, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “OSCUS” LTDA.
DEMANDADA: SONIA PAULINA SARABIA QUILUMBA
CUANTIA: USD$9.100,00
JUEZ: DR. ENCALADA MORENO CÉSAR OSWALDO Juicio No. 18333-2021-00844
REDACCIÓN AMÉRICA. La mayoría de los países latinoamericanos se enfrentan a una crisis en materia de seguridad que se ha visto agravada en los últimos meses con inquietantes demostraciones de que el crimen organizado está ganando terreno, debido a la inacción de los Gobiernos y la falta de políticas públicas decididas a resolver un problema que amenaza con socavar la convivencia ciudadana y la institucionalidad democrática.
El narcotráfico es común denominador de los países de la región y causante de la mayoría de los homicidios, ejecutados por los sicarios, pero a este fagelo se suman ahora la trata de personas, el tráfco de armas y migrantes, y el aumento de la extorsión, problemas todos ellos que hacen que la inseguridad se haya convertido en uno de los temas que más preocupan a los ciudadanos.
Está claro que América Latina “vive un retroceso en materia de seguridad”, que se profundizó con la pandemia del coronavirus, explica Jairo
ha vuelto una consigna en países como Honduras y El Salvador.
Libreros, especialista en política internacional y profesor Seguridad y Defensa Nacional de la Universidad Externado de Colombia.
Más que percepción
Aunque países como Brasil, Panamá, Puerto Rico, El Salvador, Argentina y Venezuela registraron un descenso de homicidios durante 2022, la criminalidad sigue siendo un quebradero de cabeza para las autoridades.
¿Medidas excesivas?
° Para hacer frente a la violencia y el crimen, en Ecuador se han decretado hasta diez estados de excepción en menos de dos años. En El Salvador una medida similar decretada por Nayib Bukele, ya completó un año con serios cuestionamientos de organizaciones defensoras de derechos humanos.
En Honduras, también rige desde diciembre pasado un estado de excepción. Su aplicación comenzó en las dos ciudades más importantes, Tegucigalpa y San Pedro Sula, pero se ha extendido a 123 de los 298 municipios.
Las agencias de la ONU y las organizaciones de derechos humanos también consideranexcesiva la militarización del territorio, como sucede en México. En tanto, la estrategia de “saturación policial” aplicada en Argentina, que consiste en poner figurativamente un “policía en cada esquina”, da réditos, pero no necesariamente arregla el problema. Como tampoco lo hace la flexibilización en el porte de armas decretada recientemente en Ecuador.
EL
En Brasil se pretende reducir la violencia a través de programas sociales.
En Venezuela, la extorsión, la trata de personas, los feminicidios y los abusos sexuales están cobrando mayor virulencia y en Panamá se han registrado casos nunca antes vistos como el desmembramiento de víctimas o el ataque sicarial dentro de una escuela.
En Costa Rica se registraron 656 homicidios en 2022, un 11 % más que en 2021. La mayoría estuvieron relacionados con el “ajuste de cuentas” por narcotráfco.
En Chile, la inseguridad se ha disparado a un nivel inmanejable. Las autoridades aseguran que el número de delitos no ha aumentado, pero reconocen que son más violentos. EFE
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PILLARO. Santiago de pillaro, lunes 8 de noviembre del 2021, a las 14h18. VISTOS.-Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Pillaro; en lo principal, la demanda presentada por la Abg. MARÍA VERÓNICA JIMENEZ ESPÍN en calidad de Procuradora Judicial del Dr. KLEVER ROLANDO ORTIZ ORTIZ, quien es el Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “OSCUS Ltda.”, conforme lo acredita con la documentación que anexa a su escrito de demanda, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de la demandada SONIA PAULINA SARABIA QUILUMBA, en calidad de Deudora Principal, a quien se la citará en su domicilio ubicado en el Barrio Tunguipamba de este Cantón Pillaro, la citación a la demandada se realizará a través del citador de esta Unidad Judicial, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial; secretaría envíe la comisión correspondiente. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS para que la demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. De conformidad a lo normado en el Art. 165 del COGEP, póngase a disposición de la parte demandada toda la prueba que anuncia el actor del proceso, para los fines de ley. Tómese en cuenta los correos electrónicos señalados. Actúe como secretario Encargado, el Abg. FRANKLIN ROMEO ROBAYO, por encontrase encargado del despacho de secretaria de esta Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Pillaro, según acción de personal No. 1274-DP18-2018-AJ de fecha 1 de junio del 2018. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) ENCALADA MORENO CESAR OSWALDO, JUEZ (PONENTE). Certifico: f) FRANKLIN ROMEO ROBAYO ZURITA, SECRETARIO (ENCARGADO)
Juicio No. 18333-2021-00844
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PILLARO. Santiago de pillaro, jueves 27 de octubre del 2022, a las 08h41. VISTOS.- Una vez que la actora de este proceso Abg. MARÍA VERÓNICA JIMÉNEZ ESPÍN, ha rendido el juramento respecto de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada SONIA PAULINA
SARABIA QUILUMBA; y, que ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a la demandada SONIA PAULINA
SARABIA QUILUMBA, como acudir a los registros de público acceso, de conformidad a lo normado en el Art. 56 del COGEP, se dispone que se proceda a citar a la demandada SONIA PAULINA
SARABIA QUILUMBA, por medio de tres publicaciones que se realizan en un periódico de amplia circulación nacional, las mismas que debe ser en días distintos; una vez realizada dicha citación, la demandada SONIA PAULINA SARABIA QUILUMBA, podrá comparecer al proceso cumpliendo lo normado en el Art. 56 inciso penúltimo del COGEP; secretaria conceda el extracto correspondiente para la citación por la prensa. Notifíquese. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) ENCALADA MORENO CESAR OSWALDO, JUEZ (PONENTE). Certifico: f) FRANKLIN ROMEO ROBAYO ZURITA, SECRETARIO ENCARGADO)
Particular que pongo en su conocimiento, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial para recibir futuras notificaciones, bajo prevenciones de rebeldía. Atentamente, Firma ilegible ROBAYO ZURITA FRANKLIN ROMEO
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SECRETARIO P*5394-18333-2021-00844
ESTRATEGIA. El combate a las bandas organizadas y pandillas se
La crisis de seguridad que enfrentan varios países de la región amenaza la convivencia ciudadana y la institucionalidad democrática.
DATO
$1,4 millones para prevenir inundaciones en Ibarra
del Ecuador, en cinco barrios.
IMBABURA.- Una nueva esperanza de terminar con problemas históricos de inundaciones se avizora para cinco barrios de la ciudad de Ibarra, ubicados en las parroquias Caranqui, Alpachaca y San Francisco, con un proyecto en e l que se invertirán$1’400.000.
Andrea Scacco, alcaldesa de Ibarra, explicó que las obras de alcantarillado pluvial se ejecutarán con un crédito del Banco de Desarrollo del Ecuador (BDE), a favor del Municipio de
EL DATO
Tres proyectos se ejecutarán en barrios de la parroquia Caranqui, uno en la parroquia Alpachaca y otro en la parroquia San Francisco.
En el barrio 19 de Enero
° Dentro del barrio 19 de Enero, ubicado en la parroquia Caranqui, donde habitan alrededor de 1.400 personas, se construirán 1.363 metros de alcantarillado pluvial, con tubería que va desde los 300 hasta los 900 milímetros, así como 28 pozos de revisión y sumideros.
Según Abel Anrango, director del área técnica de la Emapa-I, en este sector las inundaciones se dan principalmente por la falta de un alcantarillado pluvial, por lo que el agua se desborda y daña las vías, las cuales quedan llenas de agua y escombros, ingresando incluso a las viviendas.
“El barrio 19 de Enero está en las faldas del volcán Imbabura, por lo que toda el agua de las quebradas converge en este sitio. La construcción de esto va a permitir receptar las aguas lluvias y depositarlas en una quebrada”, explicó.
En El Retorno
° Para el barrio Santa Lucía de El Retorno, en el sur de la ciudad, donde habitan unas 1.500 personas, se planea construir 1.163 metros de alcantarillado pluvial, 15 pozos de revisión y tubería con diámetros de van desde los 250 hasta los 800 milímetros.
En este sector, la calle Nazacota Puento se convierte prácticamente en un río cuando llueve, pues el alcantarillado sanitario colapsa en cada aguacero, lo que ha causado que las calles aledañas que no están adoquinadas se vuelvan intransitables.
Otro sector de Caranqui
Ibarra. Agregó que estos proyectos permitirán mejorar la calidad de vida de quienes por mucho tiempo soportaron inconvenientes por la falta de un sistema adecuado de evacuación de las aguas lluvias.
José Moncayo, gerente general de la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado de Ibarra (Emapa-I), expuso que los recursos se consiguieron tras 15 meses de trabajo. El dinero se destinará a la construcción de redes de alcantarillado pluvial en los barrios Lomas de Azaya, 10 de Agosto, Santa Lucía de El Retorno, 19 de Enero y calle Hernán González de Saá
Indicó que el aporte de la
Emapa-I en este proceso es a través de la
elaboración de estudios para cada proyecto, trabajo que está valorado en alrededor de $150.000, añadiendo que además la institución s
upervisará los trabajos que se ejecutarán.
“Lo que se ha conseguido es un trabajo que viene desde el 12 de enero de 2022 (…). Cuando hay lluvias fuertes en la ciudad, estamos acostumbrados a tener inundaciones y los proyectos que se han conseguido al día de hoy representan cinco planes muy importantes para mitigar este tipo de inundaciones”, señaló.
Inundaciones históricas Abel Anrango, director técni-
El proyecto más importante
° Abel Anrango, técnico de la Emapa-I, comentó que las obras que se ejecutarán en el barrio 10 de Agosto, en la parroquia San Francisco, se podrían calificar como las más importantes de este paquete de proyectos, pues la situación en esta zona, cuando llueve, es caótica, donde se forman lagunas en las calles porque no existe alcantarillado que permita evacuar la acumulación de agua, causando en cada invierno inundaciones en las casas. En este sector, se construirá 719 metros de red, con tubería de 500 hasta 900 milímetros, más 15 pozos de revisión, para una población beneficiaria de 1.500 personas.
En Alpachaca
° En el barrio Lomas de Azaya, de la parroquia Alpachaca, donde habitan más de 3.000 personas, las obras contemplan la instalación de 1.198 metros de red, 18 pozos de revisión y tubería con diámetros que van desde los 250 hasta los 1.000 milímetros.
Según la Emapa-I, en este sector no existen redes de alcantarillado pluvial, por lo que no hay manera de que el agua que se acumula pueda desfogar.
“Aquí vamos a aliviar la estructura de alcantarillado pluvial que tenemos en el Anillo Vial, donde vamos a ampliar y a receptar todas las aguas lluvias que vienen desde las partes altas, desde los tanques de Emapa-I, para desfogar en la cuenca del río Chorlaví, con una estructura de descargas que contará con un disipador de energía”, señaló Abel Anrango, técnico de la Emapa-I.
co de la Emapa-I, dijo que las obras comenzarán luego de que se cumplan los procesos administrativos y técnicos correspondientes. Aclaró que esto no soluciona del todo el problema de inundaciones en la ciudad, pero permitirá mitigar sus consecuencias.
“Esto lo que va a ayudar es a desfogar con mayor rapidez las aguas lluvias. El control de inundaciones se da desde las partes altas de las quebradas. Esto va a ayudar en gran medida a no permitir que
° En la calle Hernán González de Saá, ubicada en la parroquia Caranqui, la obra contempla 963 metros de red, con tubería con diámetros que van desde los 400 hasta los 1.800 milímetros, más 14 pozos de revisión.
Este sector, donde se espera beneficiar a unas 2.000 personas, al ubicarse también en las faldas del volcán Imbabura, recibe agua de quebradas y acequias que bajan por la montaña e inundan calles y casas.
se ingresen aguas servidas a las casas, a empezar a separar las aguas servidas con las aguas lluvias”, informó. (FV)
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL IESS IMBABURA Velando por la transparencia como principio fundamental en contratación pública, hace extensiva la invitación a las personas naturales y jurídicas propietarias de bienes inmuebles en el Cantón Ibarra, provincia Imbabura, a presentar su oferta para: “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE PARA USO DE BODEGA PARA EL ARCHIVO PASIVO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL IESS IMBABURA”
Condiciones mínimas del bien inmueble:
1. Ubicación.- Casco urbano central, Ibarra-Imbabura, cerca de la Dirección Provincial de Imbabura (Calle Pedro Moncayo 7-29 y Olmedo).
2. Área.- 200 mts2, planta baja y una batería sanitaria.
3. Servicios básicos.- Luz eléctrica, agua potable y alcantarillado.
4. Acceso vehicular.- Vía de acceso en buen estado, que permita acceder fácilmente vehículos livianos y pesados.
5. Plazo de ejecución.- 27 meses.
Los interesados podrán remitir sus propuestas a través del Portal Institucional del SERCOP - Necesidad de Contratación, al correo patricia.reinoso@iess.gob.ec o en las oficinas de la Dirección Provincial de Imbabura (Calle Pedro Moncayo 7-29 y Olmedo).
Para mayor información comunicarse al 0960602427 / 0982510110
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001-005-1694
PROYECTO. El plan busca mitigar las consecuencias de las lluvias en diferentes zonas de la urbe.
Las obras se ejecutarán con un crédito del Banco de Desarrollo
Todos los vehículos deberán aprobar la revisión técnica antes de matricular
Requisitos para la revisión técnica
Matricular un vehículo sin pasar por la revisión técnica ya no es una posibilidad en el país, ya que, por disposición de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), todos los automotores, de manera obligatoria, deben pasar por este proceso.
Esto termina con la costumbre que tenían varios conductores de acudir a matricular sus carros en cantones que no cuentan con un Centro de Revisión Técnica Vehicular (CRTV) como los existentes en Ambato y Pelileo.
Revisión
cular en cualquier cantón del país sus carros, sin embargo, tienen que pasar por la revisión que se realiza en los centros autorizados”, indicó la funcionaria.
EL DATO
En Tungurahua existen dos Centros de Revisión Técnica Vehicular. Uno en Ambato y el otro en Pelileo.
De igual manera indicó que a partir de este año ya no existe la revisión visual y que la ANT, de acuerdo a sus facultades de regulación y control, realizará revisiones periódicas del sistema Axis 4.0 para verificar que los municipios no matriculen vehículos sin el certificado de CRTV respectivo.
° Realizar el pago de la matrícula y Consejo Provincial, pagos que se deben realizar en instituciones financieras autorizadas.
° Realizar el pago de la revisión técnica vehicular y esticker, este pago se realiza en el Centro de Revisión Técnica Vehicular.
° Realizar el pago del rodaje municipal en las oficinas de recaudación del Centro de Revisión.
° Originales de la matrícula, cédula de identidad y papeleta de votación.
° Revisar y cancelar las multas de tránsito pendientes.
° Obtener un turno a través de la página web www.ambato.gob.ec o a través del call center 032 99 78 00 extensión 3332 o al celular 0960 272 296.
y 40 minutos dependiendo el tamaño del vehículo. Las evaluaciones que se realizan están enfocadas en luces y gases, suspensión, frenos, entre otros ámbitos.
Cifras
nes vigentes.
Daysi Soria, Jefa de Matriculación encargada del CRTV de Ambato, explicó que según oficio emitido el 10 de marzo de este año, el proceso de matriculación no se puede realizar sin una revisión técnica.
“Los choferes pueden matri-
En Ambato el centro de revisión se ubica en Shuyurco, el horario de funcionamiento es de lunes a viernes desde las 08:00 a 16:30 de manera ininterrumpida.
El proceso de revisión y matriculación dura entre 30
Corpoambato organizó taller para la construcción de un modelo de negocio de economía circular
Con la presencia de representantes de diversas empresas y de la Cámara de Calzado de Tungurahua, la Cámara de Industrias, el Centro de Mercadeo Agropecuario, el Ministerio de Producción y la academia se realizó el taller para la construcción de un modelo de negocio de economía circular para Mipymes. La información obtenida de esta actividad permitirá alimentar el proyecto ‘Futuro Circular: hacia un modelo de producción y consumo sostenible para el Ecuador’. El evento se realizó la mañana de ayer y fue organizado por Corpoambato.
La revisión vehicular busca garantizar las condiciones mínimas de seguridad de los vehículos, basadas en los criterios de diseño y fabricación de los mismos, además, comprobar que cumplen con las normas técnicas y jurídicas, establecidas en las regulacio-
Según cifras de la ANT en Tungurahua durante el 2022 se registraron 1.038 siniestros de tránsito, los cuales dejaron 649 lesionados y 72 fallecidos.
Del total de accidentes, cuatro fueron causa de daños mecánicos previsibles y cinco por alguna falla mecánica en los sistemas de frenos, neumáticos, entre otros del vehículo.
Ciudadanía Carlos Miranda, conductor, dijo que el año anterior acudió a Penipe para matricular su vehículo sin revisión técnica, pues temía que, por la antigüedad de su carro, este no pase la revisión. Este año pensaba hacer lo mismo, sin embargo, con la disposición de la ANT, tendrá que reparar su vehículo antes de matricularlo. (RMC)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO TUNGURAHUA 10 I QUITO | MIÉRCOLES 12/ABRIL/2023
PROCESO. Entre la revisión técnica y matriculación vehicular el proceso demora alrededor de 40 minutos.
La Agencia Nacional de Tránsito estableció que ya no se podrá realizar la revisión visual en ningún centro de matriculación.
En tres meses se habilitará puente provisional sobre el río Blanco
EL DATO
Desde el lunes 10 de abril comenzó el traslado de la estructura metálica que servirá para restablecer la conexión entre La Concordia – La Independencia y Puerto Quito.
Los trabajos serán complicados, pero no imposibles. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) ya realizó el diseño de la obra provisional que se levantará sobre el río Blanco.
Estas tareas son provisionales, pero servirán para habilitar el paso sobre la red estatal que conecta a las provincias: Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Pichincha.
En un principio el presidente de la República Guillermo Lasso anunció que solicitarían ayuda a países vecinos para conseguir un puente Bailey, aseguró que en ese momento Ecuador carecía de esas estructuras.
El aporte internacional ahora ya no es necesario, porque a través de un inventario en el MTOP se comprobó que sí cuentan con materiales para habilitar el paso de manera provisional.
Puente Delta
Darío Herrera, titular del MTOP, trató el tema en una entrevista con radio Vigía FM e indicó que el paso por esta
carretera estará habilitado en un periodo no mayor a 12 semanas.
El funcionario detalló que son dos puentes tipo Delta con una longitud aproximada de 70 metros cada uno, cuyas estructuras ya son movilizadas desde el cantón Colimes, provincia del Guayas, hacia el campamento ubicado cerca al río Blanco.
Herrera confirmó que habilitarán dos carriles vehiculares y un tercero que será para uso exclusivo de peatones, quienes actualmente tienen que coger canoa para atravesar el afluente.
Proyección
Es un puente modular prefabricado indicado para aplicaciones permanentes de gran envergadura.
“Estamos hablando de un puente de 140 metros de largo. Son 370 toneladas de material, que serían unos 60 viajes en tráiler”, acotó el principal del MTOP.
Antecedente
La madrugada del sábado 18 de marzo de 2023 el caudal del río Blanco se desbordó y destruyó el puente que conectaba al noroccidente de Pichincha con La Independencia, obra edificada
° El puente Delta será provisional y las autoridades nacionales han confirmado que ya se elaboran los estudios de prefactibilidad para diseñar la obra definitiva. El presidente de la República Guillermo Lasso dijo que esos trabajos demorarán 18 meses y que la inversión bordearía 15 millones de dólares.
en 1974.
Los poblados quedaron incomunicados, pero días posteriores llegaron personas con sus lanchas para dar el servicio de transporte con una tarifa de 50 centavos. El transporte público solo llega hasta el tramo colapsado y los pasajeros tienen que hacer trasbordo en las canoas . Actualmente, una operadora hace la ruta Santo Domingo – Valle Hermoso – Los Bancos – Pedro Vicente Maldonado. (JD)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK SANTO DOMINGO 11 QUITO | MIÉRCOLES 12/ABRIL/2023 I
Se colocarán dos puentes tipo Delta, las estructuras son movilizadas al campamento.
PLANIFICACIÓN. Las estructuras del puente provisional son trasladadas .
30 familias de Gualel corren el riesgo de quedar sepultadas por presencia de grietas
Existe un informe técnico de riesgos que señala la gravedad del problema. Moradores piden
ayuda a las autoridades locales.
Desde marzo de 2022, los moradores de los barrios: Rodeo, San Juan, Bahin y San Vicente de la parroquia Gualel, del cantón Loja, viven en zozobra ante la presencia de una falla geológica de gran magnitud que pone en riesgo a más de 30 familias. Actualmente, algunos ciudadanos de estos sectores están pernoctando donde familiares o conocidos, para evitar
ser víctimas en caso de que exista un deslave.
Problema
Franco Angamarca, presidente del GAD de Gualel, manifestó que las lluvias de marzo de 2022 hicieron que aparezca el problema en la parte alta de los barrios: Rodeo, San Juan, El Calvario, Bahín y San Vicente. Los más afectados son San Juan y El Calvario, donde aparecieron grietas de 20, 30 y 50 centímetros, pero cada vez se van abriendo más, e incluso hay un asentamiento en la parte alta.
GRIETAS. Estas aberturas son de 20, 30 y 50 centímetros,
Indicó que existe un informe técnico del Servicio de Gestión de Riesgos donde se advierten y se recomiendan algunas medidas que deben adoptarse por parte del Municipio de Loja, para evitar adversidades. Este documento también determina que las instituciones deben actuar, ya que la humedad de
la parte alta sigue afectando con el deslizamiento de tierra. Ha transcurrido un año y recién las instituciones están haciendo presencia para nuevamente actualizar el informe con los nuevos daños, comentó.
Población Parte de la población en las noches ya han optado por salir de sus casas hacia zonas seguras, ya que en temporada de invierno podría haber un deslave, tal como ocurrió en Alausí. “Algunos ciudadanos sí cumplen
con la evacuación, algunos donde familiares, otros en la casa comunal y otros lugares seguros. Otros grupos de personas se resisten a salir de sus hogares, porque no hay garantías de seguridad, ellos temen que sus bienes como animales y herramientas de trabajo, puedan perderse y quedarse sin nada”, relató.
TOME NOTA
Parroquia de Gualel con serios problemas, existen más de 200 metros de longitud de falla geológica. la gente conoce el riesgo, pero no tienen un lugar para trasladarse.
En total serían más de 30 familias, es decir, 30 vivien-
das que, en caso de bajarse la montaña, se quedarían sin nada . Pero en la parte baja hay otros barrios que también corren el mismo riesgo como el caso del sector del barrio central, El Dorado, Porvenir, Bahin, El Panecillo, entre otros. Las recomendaciones del Servicio de Riesgos es evacuar, pero no hay los espacios para que la gente salga a otros lados.
Jueza de Loja niega la Acción de Protección a los transportistas
Ayer, estaba previsto que la Jueza de la Unidad Judicial Especializada de la Familia emita su sentencia ante la Acción de Protección presentada por los transportistas urbanos de Loja, quienes solicitaban que el Municipio proceda a revisar la tarifa del bus urbano, ya que por cerca de nueve años no ha sido modificada, pero fue rechazada por las autoridades de justicia.
EL DATO
El Consorcio tiene dos estudios: el del 2021 que habla de una tarifa de 0,47 centavos; y el otro del 2022, que arroja 0,45 centavos. El Municipio, en cambio, cuenta con un estudio que dictamina 0,35 centavos.
Rechazo
Edgar León, presidente del Consorcio de Transportistas Urbanos Ciudad de Loja, manifestó que es indignante
que la justicia en el país haya perdido su horizonte y esté a favor de quienes tienen el poder. En este caso, la jueza de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, Sandra Vidal Rodríguez, les negó su pedido aduciendo que el Municipio sí está trabajando en el estudio y que próximamente será presentado. Indicó que el martes 11, fueron convocados únicamente para recibir el fallo, pero fue en contra, debido a que la jueza les negó su pedido. “Estamos indignados, no es posible que desde hace
dos años estamos solicitando la revisión de la tarifa, pero para la jueza con solo mostrarnos dos oficios, nos dice que sí estamos siendo atendidos y que próximamente nos darán oídos”, manifestó.
Sentencia
A decir de León, de manera inmediata pondrán una acción judicial de apelación, debido a que les dijeron que sí estaban revisando el nuevo estudio y que el transporte ha sido atendido en Loja. “Nosotros siempre hemos estado atrás con nuestro pedido, pero no hay oídos. Las autoridades salientes no quieren quemarse y le dejan el problema al nuevo alcalde de Loja, Franco Quezada, para que resuelva el inconveniente”, relató.
El pedido de los transportistas urbanos continuará; desde el 2014, en Loja no ha habido una revisión y modificación de la tarifa, por lo que será el nuevo alcalde el que resuelva el proble -
ma “Ha subido el diésel, los repuestos y más artículos. Hay una ordenanza que dictamina que se revise cada dos años, pero en Loja, por cerca de nueve años, no ha habido alzas”, agregó.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO LOJA 12 I QUITO | MIÉRCOLES 12/ABRIL/2023
RIESGO. Gualel en peligro, corre el riesgo de quedar bajo tierra tal como sucedió con Alausí.
TRANSPORTE. Transportistas urbanos de Loja piden alza urgente del pasaje.
¿Dónde están los 130 millones del agua potable?
Autoridades electas exigen transparencia y que la Epmapse justifique el gasto de 130 millones para dotar de agua a tres cantones: Esmeraldas, Atacames y Río Verde.
ESMERALDAS. Durante una reunión convocada por el Alcalde electo de la ciudad de Esmeraldas, William Mendoza, y otras autoridades, este 5 de abril se solicitó información sobre el destino que tuvieron $130 millones que se debían destinar a dotación de agua potable para tres cantones.
Las autoridades de Esmeraldas señalaron que los responsables tendrán que responder por la falta del líquido vital en la ciu-
dad de Esmeraldas, Atacames y Rioverde. Representantes de la mesa pidieron a los voceros de la Empresa Pública Mancomunada de Agua Potable y Saneamiento de Esmeraldas Epmapse que justifiquen en qué se gastaron los 130 millones entregados hace 11 años, durante el régimen de Rafael Correa, para el proyecto de agua potable que aún no se concreta en su totalidad.
Según la gerencia de Epmapse, todo marcha bien
en términos técnicos y financieros. Pero en cuanto a resultados, reconoció que todavía no se entrega la obra. Al momento, cantones como Atacames reciben agua dos veces a la semana. Esto, en parte, se debe a que la empresa Coandes abandonó sus obligaciones contractuales dentro del proyecto, ya que el Municipio de Esmeraldas no le pagó el Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en el contrato.
Afectación comercial Hoteleros atacameños que estuvieron presentes en la reunión, afirmaron que cancelan alrededor de $600 al mes, pero no tienen agua en sus instalaciones y esto afecta a las actividades comerciales y turísticas
Jairo Olaya, concejal delegado, dijo que la situación de la empresa es debido a la falta de cobros del servicio. “Uno de los elementos que no ha permitido que esta compañía tenga sostenibilidad en el
tiempo es porque solo el 30% de los usuarios, unos 80.000, según nuestros estudios, cancela el agua potable que recibe. Esto hace que la empresa no tenga los recursos para ser rentable”.
Según Mendoza, los fiscalizadores delegados dentro del proyecto tendrán que responder por los fondos. Dice que realizarán el seguimiento correspondiente y que la Epmapse no será el botín de los mismos de siempre. (RV)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ESMERALDAS 13 QUITO | MIÉRCOLES 12/ABRIL/2023 I
Mario Bros entre los más taquilleros de todos los tiempos
Con unos ingresos globales de 377,6 millones de dólares en taquilla durante su primer fin de semana, ‘The Super Mario Bros. Movie’, el filme basado en el fontanero del mítico videojuego de Nintendo, se convirtió en el mejor debut de 2023 y también en el mejor estreno de todos los tiempos de una película animada. Contiene clasificación de las películas más taquilleras de todos los tiempos y otros detalles. EFE
“Mario Bros” y los filmes animados más taquilleros
“The Super Mario Bros. Movie”, el filme basado en el fontanero del mítico videojuego de Nintendo, se convirtió en el mejor debut de 2023 y también en el mejor estreno de todos los tiempos de una película animada.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO LUCES 14 I QUITO | MIÉRCOLES 12/ABRIL/2023
Taquilla Doméstica (54,2 %) $ 204’628,865 Internacional (45,8 %) $ 173’000,000 Top 12: Las películas animadas más taquilleras en su debut* En millones de dólares Global $ 377’628.865 Presupuesto 1 377,6 358,5 245,9 244,5 235,8 218,4 185,7 185,4 170,9 151,7 147,4 145,3 $ 100’000.000 ** Dirección Aaron Horvath, Michael Jelenic Chris Pratt, Anya Taylor-Joy, Charlie Day Abril 5, 2023 1h 32 min Universal Pictures Animación, aventura, fantasía Protagonistas Estreno Duración Distribuidora Género PROBLEMA. En Esmeraldas,
Atacames y Rioverde la gente todavía debe abastecerse de agua con tanqueros.
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Pingüinos son clave para reciclar el hierro en la Antártida
Los pingüinos tienen un papel fundamental en el suministro de metales reciclados a las aguas superficiales antárticas. De hecho, un estudio realizado por investigadores del español Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y que publica Nature Communications estima que los de tipo barbijo aportan unas 521 toneladas anuales de hierro reciclado al océano Austral. EFE
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MIÉRCOLES
DE ABRIL DE 2023 Ecuador
REQUISITOS DE LA MOTIVACIÓN DE LA SENTENCIA
Toda motivación debe cumplir ciertos elementos como explica el autor Fernando de la Rua: expresa, clara, completa, legítima; y, lógica.
Motivación expresa
Esto tiene que ver con el hecho de que el Juez al momento
de emitir su fallo debe señalar los fundamentos que motivaron su tesis, indicando su argumentación con relación al caso que se está decidiendo, no puede decir simplemente, me remito a la sentencia o a cierta doctrina.
La motivación debe ser clara
Se debe tener en cuenta que la sentencia no va a leer únicamente el profesional del Derecho, sino también las partes procesales, por lo tanto, lo que se va a transmitir por parte del Juez debe ser comprensible y no dar lugar a dudas, para lo cual se debe utilizar un lenguaje sencillo que permita la comprensión de quienes leen.
Los Juristas recomiendan que no se debe utilizar palabras incomprensibles por ejemplo locuciones latinas, o palabras en un idioma distinto, que causen dificultad al momento de leer el fallo.
Motivación debe ser completa Es decir, no debe dejar por
fuera nada, esto se constituye a través de la valoración de las pruebas dejando claro su admisión o exclusión, como también se debe dejar sentado y de forma clara la razón por la que se rechaza la prueba. Lo ideal es que la verdad procesal coincida con la realidad de los hechos y con la verdad material.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK REVISTA JUDICIAL C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
Hora QUITO,
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com
C1
La
ECUADOR
MIÉRCOLES, 12 DE ABRIL DE 2023
Autor: Ab. Marco Gárate
Motivación debe ser legítima
Para que sea legítima debe la prueba ser legal y valida. El juez es quien hace la valoración de la prueba y esta debe ser en forma total y no a medias, pues la verdad a medias es falsedad. Solo la prueba debidamente actuada, esto es aquella que se ha pedido, presentado y practicado de acuerdo con la ley, hace fe en juicio.
La motivación debe ser lógica
Los principios lógicos son los que guían el correcto razonamiento. Este último aspecto lógico conlleva a los cuatro elementos anteriores por lo tanto se afirma que sin lógica no puede existir lo demás.
Falta de motivación de las sentencias judiciales
La falta de motivación se da al momento de tomar una decisión, el Juez no señala los motivos que tuvo para hacerlo, es decir, no realiza una justifcación de las razones de hecho y de derecho que lo llevaron a tomar esa decisión. Pero la falta de motivación no solo se remonta a no realizar la justifcación, existen ciertos vicios que afectan la falta de motivación.
ANULACION DE CHEQUE
Se comunica al público, la anulacion por perdida/ sustracción del cheque CHQ 392 AL CHQ 394 presentado por el girador GRACIELA AMAIQUEMA Cta
Cte No.1665004525 DEL BANCO BOLIVARIANO. 001-005-1693
ANULACION DE CHEQUE
Se comunica al público, la anulacion por perdida/ sustracción del cheque CHQ 442 presentado por el girador GRACIELA AMAIQUEMA Cta Cte No. 1665004525 DEL BANCO BOLIVARIANO. 001-005-1693
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000080002198003
Cliente YANEZ GALARRAGA
CLEMENCIA CECILIA Cédula de Ciudadanía Nro. 1701163758 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-2967
Una motivación defectuosa. No se puede afirmar y negar juntamente una misma cosa de un mismo sujeto. La defectuosa motivación puede darse por varias causas:
(1) aparente motivación
(2) insufciente motivación y
(3) defectuosa motivación. Es así como estos vicios,
son agrupados en esta clasificación, porque en ellos se da una ausencia parcial en elementos que son indispensables en la justificación de la decisión para entender ésta completa y acorde a los lineamientos que se han impuesto como contenido indispensable de la motivación por la Ju-
AVISO DE ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA PRODALBUCO S.A. EN LIQUIDACIÓN
Se notifica a los acreedores de la compañía PRODALBUCO S.A. EN LIQUIDACIÓN para que, dentro del término de veinte días, contado desde la última publicación del aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho; en la siguiente dirección de los Eucaliptos E7-49 y Eloy Alfaro.
Atentamente, Mauricio Germán Arrata Maldonado LIQUIDADOR PRODALBUCO
S.A. EN LIQUIDACIÓN
CC: 1706462973
EXTRACTO
NOTARÍA PRIMERA DEL CANTON RUMIÑAHUI: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mí, el seis de Abril del dos mil veinte y tres, los señores LARREA DE LA CALLE JOSÉ FERNANDO, quien declara ser de nacionalidad ecuatoriana, divorciado, mayor de edad, de ocupación militar en servicio pasivo, domiciliado en el cantón Rumiñahui, parroquia San Rafael, Pasaje Salvador Número diez e Isla San Cristóbal, correo electrónico ferlarblue114@outlook.com, teléfono: cero nueve nueve cinco cero nueve cuatro cuatro dos nueve; y, señora VASCONEZ ESPINOSA ROSA CECILIA DEL CARMEN, quien declara ser de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, divorciada, de ocupación secretaria, domiciliada en el cantón Quito, parroquia de Cumbayá, calle José María Vargas ciento veinte y dos; y Pampite, Urbanización Balcones de Cumbayá, lote cinco, departamento doscientos uno, de tránsito por esta ciudad de Sangolquí, cantón Rumiñahui; correo electrónico lachaguana@gmail.com, teléfono: cero nueve nueve ocho cero cuatro cuatro siete nueve tres, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, que fuera disuelta.Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, la publicación del extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores LARREA DE LA CALLE JOSÉ FERNANDO y VASCONEZ ESPINOSA ROSA CECILIA DEL CARMEN, otorgada mediante escritura pública de seis de Abril del dos mil veinte y tres, ante el suscrito Dr. Diego Chiriboga Pazmiño, Notario Primero del Cantón Rumiñahui, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Sangolquí, a 06 de Abril del 2023.-
risprudencia y la doctrina.
Motivación Aparente
Se refiere a sentencias que bajo una primera observación contienen razones que supuestamente sustentan la
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000190000937002
Cliente OROZCO OROZCO
ANGEL FERNANDO Cédula de Ciudadanía Nro. 0603476078 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-2966
decisión, pero en realidad son razones aparentes.
También es conocida como falsa motivación. No basta con citar normas, doctrina y jurisprudencia para justificar una motivación, pues tal re -
Título de concesión de derechos #10046326 del señor Chasiluisa Vega Luis Alonso con CI 1703450500 extraviado el 15 enero de 2020 emitido por “PARQUESANTO DEL ECUADOR SA”
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ASERLACO S.A.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y en el Estatuto Social de la Compañía se convoca a los Accionistas de la compañía ASERLACO S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día, viernes 28 de abril de 2023 a las 10:00 a través de la plataforma de Zoom, a la cual podrán acceder mediante el siguiente link:
https://dentons.zoom.us/j/97780502647?pwd=VWZFMENNSWZ0Vm94aXk2SzNUVDFaQT09
ID de Reunión: 977 8050 2647
Código de acceso: 767998
Para tratar los siguientes puntos:
1. Conocer y resolver sobre el informe de Comisario y Auditores Externos del año 2022.
2. Conocer y resolver sobre el informe de Gerente General del año 2022.
3. Conocer y resolver sobre los estados financieros de la compañía correspondientes al ejercicio económico 2022.
4. Resolver acerca de los resultados obtenidos en el año 2022.
5. Conocer y resolver sobre el nombramiento de Comisarios y Auditores Externos para el año 2023.
Se convoca al comisario de la compañía especial e individualmente al señor Francisco Fernando Cruz Ramírez en su domicilio ubicado en Las Piedras S28-128 y José Pontón. Se comunica además que los documentos que van a ser conocidos por la Junta General son enviados a los accionistas, por medio de correo electrónico y además se hallarán a disposición de los accionistas en las oficinas ubicadas la calle La Rábida N26-205 y calle la Niña de la ciudad de Quito.
Para la celebración de la Junta, los accionistas quedan facultados a:
1. Solicitar información sobre los puntos a tratar en la misma.
2. Podrán solicitar la inclusión de puntos por una sola vez en el orden del día, en caso de que lo consideren necesario. Para lo cual tendrán dos días contados a partir de la presente publicación, mismos que deberán ser enviados al correo smosquera@crepesywaffles.ec con la copia del documento que acredite la capacidad legal del accionista requirente. En caso de comparecencia mediante carta poder, la misma deberá ser enviada al correo electrónico smosquera@crepesywaffles.ec y el original a las oficinas de la Compañía ubicadas en la calle La Rábida N26-205 y calle la Niña de la ciudad de Quito.
3. Las votaciones se tomarán en orden alfabético dentro de la Junta y se registrará el resultado de las mismas. Para participar en la Junta, los accionistas que concurran por medios telemáticos deberán enviar un correo electrónico a smosquera@crepesywaffles.ec y/o dpizarro@crepesywaffles.ec al finalizar la Junta ratificando la votación que se dio en la Junta. En el correo electrónico no se puede cambiar el sentido de la votación expresada en la Junta General.
Firmado electrónicamente por:
Atentamente, Sr. Sergio Mosquera Aguirre. GERENTE GENERAL ASERLACO S.A.
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023 La Hora, ECUADOR C2
001-003-2987
001.003.2989
SERGIO MOSQUERA AGUIRRE
001-004-2929
“Documento extraviado”
001-003-2959
NUEVA VISION DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE LA MOTIVACION
La Corte Constitucional se aleja explícitamente del test de motivación y con fundamento en la jurisprudencia actual de la Corte determina varias pautas para examinar cargos de vulneración de la garantía de motivación.
Los argumentos principales de este fallo son los siguientes:
Test de Motivación
“En suma, aunque el test de motivación cumplió, en su momento, la función de guiar la verificación de vulneraciones a la garantía de la motivación, y aunque contiene ciertos elementos que siguen presentes en la jurisprudencia de esta Corte, principalmente presenta los inconvenientes que se exponen en los párrafos siguientes. En primer lugar, el test distorsiona el alcance de la garantía de la motivación al atribuir a dicha garantía la exigencia máxima de que el juez dote a sus decisiones de una motivación correcta, y no la exigencia mínima de aportar una motivación suficiente: El parámetro de la razonabilidad consiste en la exigencia de que la motivación no contenga errores de interpretación y aplicación de la Constitución, la ley u otra fuente del Derecho. Con ello, la garantía de la motivación se desdibuja porque acaba por envolver a los demás derechos y garantías fundamentales. Y, además, dicha garantía resulta vulnerada siempre que se viole una norma legal, lo que no es aceptable, sobre todo, en el contexto de las acciones extraordinarias de protección, cuya configuración procesal excluye, en general, las cuestiones de “mera legalidad”. Esa exigencia de que la motivación acierte en la interpretación y aplicación del Derecho es incorporada en la idea de coherencia por el parámetro de la lógica. Y el parámetro de la comprensibilidad exige, so pena de la nulidad del acto, que la motivación sea comprensible para todo ciudadano común (para el “gran auditorio social”).
En segundo lugar, el test ignora completamente que el artículo 76.7.l de la Constitución esboza la estructura argumentativa que debe reunir una motivación para ser considerada mínimamente
completa, cuando dicha estructura debería servir de base para dilucidar si una determinada motivación es suficiente, como se mostrará más adelante. En tercer lugar, el test no abarca a la fundamentación fáctica, salvo por alguna jurisprudencia aislada. En cuarto lugar, el test ha sido usado como si se tratase de una “lista de control”, integrada por sus tres parámetros, con la que el juez debe auditar integralmente la motivación, cuando lo que corresponde es que el juez responda al cargo de vulneración de la garantía de la motivación específicamente esgrimido por la parte procesal. De esa manera, el test se presta para que los jueces lo utilicen como si se tratase de un algoritmo (un procedimiento preciso) para comprobar el cumplimiento de la garantía de la motivación: un juez, por el solo hecho de aplicar uno a uno los parámetros del test, puede intentar, e incluso lograr, persuadir a las partes y a la comunidad de que su juicio sobre una determinada motivación es acertado. Esa falsa apariencia de exactitud puede “maquillar” errores judiciales. Por ello, en su jurisprudencia reciente, “esta Corte Constitucional ha estimado necesario advertir que la aplicación del test de motivación no debe convertirse de ningún modo en una fórmula mecánica aplicable de manera general a todos los casos. Y, en quinto lugar, todos los mencionados déficits del test fomentan la arbitrariedad al momento de establecer si una determinada resolución del poder público infringe la garantía de la motivación. Por todo lo expuesto, esta Corte se aleja de forma explícita y argumentada de su jurisprudencia relativa al test de motivación, con arreglo al artículo 2.3 de la LOGJCC. Y, a continuación, se establecen pautas para el examen de un cargo de vulneración de la garantía de la motivación a partir de la sistematización de su jurisprudencia reciente.
Garantía de la motivación
Dicha modificación jurisprudencial busca ceñirse a la configuración constitucional de la garantía de la motivación, favoreciendo con ello su efectividad y la vigencia del Estado constitucional de derechos y justicia. (…….) Uno de los errores del test de motivación, como se explicó, es que ha sido usado como una “lista de control”, integrada por sus tres parámetros, con la que el juez debe auditar integralmente una deter-
minada motivación. En opinión de la Corte, esto es inadecuado por dos razones. En primer lugar, porque, al usar el test de esa manera, se asume que los parámetros de la razonabilidad, la lógica y la comprensibilidad configuran una lista exhaustiva, es decir, fuera de ellos no hay más pautas para evaluar si la garantía de la motivación ha sido vulnerada.
Sin embargo, la jurisprudencia reciente de esta Corte muestra, no solamente que algunos de esos parámetros están mal concebidos, sino que hay pautas adicionales a las contempladas por el test. Y es posible que, en el futuro, la dinámica jurisprudencial desarrolle otras. En segundo lugar, cuando a un órgano jurisdiccional le compete establecer si, en un caso concreto, se ha vulnerado la garantía de la motivación, aquel no tiene el deber de usar ninguna “lista de control” con la que auditar la totalidad de la motivación de un acto del poder público. Antes bien, lo que el órgano jurisdiccional habrá de examinar es si, en la parte de la motivación acusada (en la argumentación jurídica supuestamente defectuosa), se incumplió o no la garantía de la motivación por las razones específicamente esgrimidas por el cargo formulado por la parte procesal. Con este enfoque se resuelven los problemas jurídicos del presente caso concreto (véase, sección IV infra) y es la manera en que esta Corte resuelve actualmente las causas sometidas a su conocimiento. Por las consideraciones anteriores, tras alejarse de su jurisprudencia relativa al test de motivación, no es dable que esta Corte establezca una nueva lista de parámetros en reemplazo de la del test: no cabe formular un nuevo test. Lo que sí es necesario, y se hace en esta sentencia, es guiar el razonamiento judicial mediante las presentes pautas jurisprudenciales, basadas en la sistematización de la jurisprudencia reciente de esta Corte, pautas que naturalmente están abiertas a desarrollos futuros.
Cuando un órgano jurisdiccional se ve en la necesidad de determinar si un cargo de vulneración de la garantía de la motivación es procedente, no siempre estará en entredicho la suficiencia de la totalidad de la motivación, sino que a veces lo estará solo una parte de aquella. Eso se debe a que la motivación (el todo) de una resolución del poder público puede contener una o varias argumentaciones jurídicas (las partes de ese todo). A este
respecto, cabe hacer los siguientes señalamientos:
1. Una argumentación jurídica es la expresión del razonamiento desarrollado para resolver un determinado problema jurídico y que sirve de apoyo a una cierta decisión de autoridad. Puesto que la motivación de un acto, vista como un todo, puede responder a uno o varios problemas jurídicos y ser la base de una o varias decisiones, esa motivación puede contener una o varias argumentaciones jurídicas, como ya se mencionó.
2. Los problemas jurídicos son las preguntas que el razonamiento del juez busca responder para determinar qué decisiones deben adoptarse en cierto caso. Esas preguntas surgen, generalmente, de las alegaciones de las partes. Los problemas jurídicos pueden aparecer de manera explícita en el texto de la motivación, pero también pueden estar contenidos en él de forma implícita. Las decisiones, por su parte, son acciones que toma el juez coherentemente con sus respuestas a los problemas jurídicos que el caso le plantea. Partiendo de lo anterior, cuando un juez tiene que evaluar si un cargo de vulneración de la garantía de la motivación es procedente, debe enfocarse en la parte de la motivación, o sea, en la argumentación jurídica a la que específicamente se refiere el cargo esgrimido por la parte procesal. Para ello, es útil identificar el problema jurídico y la decisión relativos a esa argumentación jurídica. En esta línea, la jurisprudencia de esta Corte ha reiterado que la exigencia de la mencionada estructura mínimamente completa conlleva la obligación de: “i) enunciar en la sentencia las normas o principios jurídicos en que se fundamentaron [los juzgadores] y ii) explicar la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho”.- En suma, el criterio rector para examinar un cargo de vulneración de la garantía de motivación establece que una argumentación jurídica es suficiente cuando cuenta con una estructura mínimamente completa, es decir, integrada por estos dos elementos: (i) una fundamentación normativa suficiente, y (ii) una fundamentación fáctica suficiente”.
Nuevos criterios para la garantia de la motivación
El texto trascrito es una de las partes más importantes de la sentencia de la Corte Constitucional que alejándose del test de motivación (lógica, razonabilidad y compren-
sibilidad) establece un criterio rector respecto de la garantía de la motivación de lo cual se concluye lo siguiente:
a) La Corte Constitucional en la sentencia 1158-2017 EP se alejó del test de motivación porque considera que distorsionaba el alcance del derecho de la motivación al atribuir la exigencia máxima a los operadores de justicia que obliga a revestir sus decisiones de una motivación correcta y no a aportar una motivación suficiente.
b) La argumentación jurídica consiste en un razonamiento desarrollado para resolver un determinado problema jurídico y que es un insumo de apoyo para la emisión de una decisión de la autoridad. La motivación es el todo puede responder a uno o varios problemas jurídicos y puede contener varias argumentaciones jurídicas.
c) El criterio rector que determina la sentencia 1158-2017 en cuanto a la estructura mínima de la motivación se integra por estos elementos: i) Una fundamentación normativa suficiente y, ii) Una fundamentación fáctica suficiente. Fundamentación normativa suficiente esto es la enunciación y justificación suficiente de las normas y principios jurídicos en que se funda la decisión, así como la justificación suficiente a la aplicación a los hechos del caso.
Fundamentación fáctica Que consiste en la justificación suficiente de los hechos dados por probados en el caso (análisis de la prueba). Haciendo presente que, hay casos donde la fundamentación fáctica puede adquirir un desarrollo ínfimo por ejemplo en causas donde se deciden cuestiones de puro derecho, en las que existen acuerdo sobre los hechos o los hechos son notorios o públicamente evidentes.
d) Tipos de deficiencia motivacional: i) Inexistencia; ii) Insuficiencia; y, iii) Apariencia que surge cuando la argumentación jurídica incurre en cualquiera de los vicios motivacionales como son: incoherencia, inatinencia, incongruencia e incomprensibilidad.
e) Las pautas que establece la sentencia 1158-2017 son de carácter general y comunes a todo contexto en que un juez deba examinar un cargo de vulneración de la garantía de la motivación. Lo que aplica con las debidas adaptaciones a la motivación de los actos administrativos.
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023 La Hora, ECUADOR C3
EP .-
Caso No. 1158-2017
Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi. vjaramillo@jclegales.com
misión puede ser incompleta al faltarle una fundamentación legal, e incluso lógica. Se pueden encontrar sentencias que a primera vista, se entiendan motivadas, sin embargo, como se mencionó, ésta justificación resulte meramente aparente y al analizarse no pueda sostenerse que la sentencia está fundada, pues se pueden indicar normas que justifiquen la decisión y además puede existir una conclusión, pero que falten los términos en los cuales se de aplicación a dichas normas en el respectivo caso, además de las razones por las cuales se extrae la conclusión, y no se realice una actividad critica de los hechos, sólo existiendo una remisión genérica a los mismos que no basta como sustento de la sentencia.
Insuficiente motivación
Se presenta cuando se vulneran los principios lógicos de la razón suficiente. El Juez aplica en mayor medida el principio de razón suficiente cuyo objeto es el obrar por una parte y pensar por otra.
Motivación defectuosa
El defecto puede darse por ciertos motivos:
1) Cuando la decisión se toma con normas inexistentes o inconstitucionales;
2) Cuando la norma innovada para decidir no es aplicable al caso y
3) Una defectuosa valoración de la prueba.
¿Pero qué pasa cuando hay un exceso en la motivación?
Se puede decir que el exceso
de la motivación es un vicio, en cuanto, en la decisión sobran justificaciones y razones sobre la misma y siendo así se hace más difícil identificar la ratio decidendi de la sentencia.
TARUFFO. Manifiesta que existen tres situaciones en las que se evidencia un tipo de exceso de motivación. La primera de ellas es cuando una aserción está justificada mediante varias argumentaciones, cada una de ellas idónea por si sola para justificarla. Esto trae como consecuencia que sea difícil identificar cual de todas esas argumentaciones es la verdadera y cuáles no lo serían y por lo tanto harían parte de la obiter dicta. Sin contar, con que por su difícil identificación ninguna sería propiamente obiter dicta, puesto que “precisamente cada una de ellas constituye una justificación válida y suficiente”. Una segunda situación es la que se refiere a que la justificación suficiente viene acompañada de otras que no lo son, y que además no son idóneas para justificarla. Dichas razones harían parte de la obiter dicta, puesto que ni son suficientes, ni son necesarias, y, además, se dificulta a veces identificarlas como tales y diferenciarlas de la justificación verdadera, que sería la que constituye la ratio decidendi. La tercera situación es en la que existen justificaciones y argumentos, pero ninguno de ellos es suficiente por sí sólo. En palabras de TARUFFO “se trata de la acumulación de argumentos de naturaleza meramente persuasiva”.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZY ADOLESCENCIA DEL CANTÓN RUMIÑAHUI
EXTRACTO JUDICIAL DE NOTIFICACION
CARTEL 2
ANUNCIA CON NOSOTROS
ACTOR: ALOMOTO SAA JAIME OSWALDO
DEMANDADO: ROMAN VIZUETE JANNETH MARGARITA
JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL
CAUSA NUMERO: 17205-2021-01413
CUANTIA: INDETERMINADA
PROCEDIMIENTO: SUMARIO
ABOGADO: DR. MARLON WLADIMIR LARCO SILVA
CORREO ELECTRONICO: wlarco@laralarco.com.ec
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, mediante acción de personal Nro. 8876- DNTH2017-CIP, de fecha 20 de noviembre del 2017.- En lo principal, se dispone: PRIMERO. CALIFICACIÓN y ADMISIÓN A TRÁMITE: La demanda de divorcio por causal presentada por el señor JAIME OSWALDO ALOMOTO SAA, por clara y completa reúne los requisitos exigidos por los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de 195980970-DFE Procesos, razón por lo que se la acepta a trámite en PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme lo determina el Art. 332 numeral 4 del cuerpo legal antes invocado. SEGUNDO. CITACIÓN: Cítese en legal y debida forma con el contenido de la demanda, y el presente auto, a la demandada señora JANNETH MARGARITA ROMAN VIZUETE, en la dirección señalada en el libelo de la demanda, diligencia que se cumplirá mediante la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, (la parte interesada comparezca a esta Judicatura a fin de obtener las copias necesarias para dar cumplimiento a esta diligencia).- Cumplida la citación ordenada la demandada contestará la misma conforme lo dispuesto en los artículos 151 y siguientes del COGEP.La audiencia única tendrá lugar en ésta judicatura, una vez que de autos se justifique la citación de la demandada en legal y debida forma; las partes deberán comparecer a dicha audiencia, conforme lo previsto en el Art. 86 del Código Orgánico General de Procesos, personalmente o mediante procuración judicial con cláusula especial para transigir.- TERCERO. CONTESTACION A LA DEMANDA: Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP, se concede a la parte demandada, el término QUINCE (15) días de una vez citada, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso. CUARTO. ANUNCIO PROBATORIO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por el demandante en su demanda, que tiene que ver con la prueba documental y testimonial, cuya admisibilidad y práctica será considerada en la audiencia única, según lo previsto en los artículos 160 y 161 del COGEP. El día de la audiencia única, recéptese la declaración testimonial de los testigos anunciados, a quienes se les notificará en el casillero electrónico en uso del defensor técnico facultado en la presente causa, bajo prevenciones de ley conforme el Art. 191 del COGEP. QUINTO. CUANTIA. NOTIFICACIONES Y AUTORIZACION: Téngase en cuenta la cuantía fijada, el correo electrónico señalado por el accionante para recibir posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor técnico, para que intervengan en esta causa. Agréguese al proceso los documentos adjuntos para los fines de Ley. Actué el Ab. Willian Yánez Zapata, en calidad de Secretario ( e ) de esta Judicatura.- NOTIFÍQUESE.- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Una vez que la actora señora MARIA JULIA SOSA QUISHPE por medio de su VISTOS: Una vez que el actor señor JAIME OSWALDO ALOMOTO SAA ha rendido su juramento de declaración de desconocimiento de domicilio, de conformidad con lo previsto por el Art. 56 inciso 1 del Código General de Procesos y la afirmación bajo juramento del actor de que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada, en concordancia con lo previsto en el Art. 119 del Código Civil, cítese con el auto de calificación y este auto, a la demandada señora JANNETH MARGARITA ROMAN VICENTE, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita a nivel nacional, a fin de que, la demandada transcurrido el término de ley anuncie la prueba al contestar la demanda observando el Art. 151, 152, 153, 157 y 169 inciso 4 del COGEP., esto es en el término de quince días conforme lo determina el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos; y, una vez cumplidos los términos previstos, se señalará día y hora para la audiencia única, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se continuará la causa en rebeldía.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito de fecha 06 de marzo del 2023 presentado por el accionante. De conformidad a lo previsto en el Art. 254 del Código Orgánico General de Procesos; Art. 20, 18 y 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial y lo previsto en el Art. 76 numeral 1, Artículos 82 y 169 de la Constitución de la República, sin alterar el fondo del auto de sustanciación anterior se rectifica el nombre de la demandada ya que por un lapsus calami se hizo constar como: “…JANNETH MARGARITA ROMAN VICENTE…”, siendo lo correcto: “…JANNETH MARGARITA ROMAN VIZUETE…”.- En lo demás se estará a lo dispuesto en el indicado auto.- NOTIFÍQUESE
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023 La Hora, ECUADOR C4
001-002-0210
IMBABURA - CARCHI
CONVOCATORIA
De acuerdo con los artículos trece y diecisiete literal a, de los estatutos de la compañía. Se convoca a la Junta General extraordinaria a los accionistas de la compañía TRANSPORTES FRANCO FARFAN FARFANTRANS S.A , a realizarse el miércoles 19 abril de 2023, a las 09:00 am en la oficina Av. Autopista Gral. Rumiñahui, junto al peaje.
Orden del día:
1. Constatación del quórum
2. Informe directiva saliente
3. Elección presidente y gerente general
Quito,12 abril de 2023
Atentamente
Sra. Carmen Farfán S. Sr. Nicanor Morillo. Gerente General Presidente
COMPAÑÍA DE MANTENIMIENTO AUTOMOTRIZ “FURGOSERVICIOS LUBRICAMBIO” C.A. CONVOCATORIA
De conformidad a lo dispuesto en el Art.43 de la Ley de Modernización a la ley de Compañías, publicado en el registro Ofcial No. 347 del día jueves 10 de diciembre del 2020, se convoca a los señores Accionistas de la Compañía de Mantenimiento Automotriz “Furgoservicios Lubricambio” C.A., a la Junta General Ordinaria que se llevará acabo el día sábado 22 de abril del 2023, a las 8h30 a.m. de manera presencial, en la Sede de la Compañía Furgoplanta en la calle Puruhá 1242 y Zaruma, con el objeto de conocer y resolver el siguiente orden del día:
1.- Constatación de Quorum.
2.- Informe de labores del Presidente Sr. Samir Sotomayor, período 2022.
3.- Informes de labores del Gerente General Sr. Wilmer Pozo, período 2022.
4.- Informe de fscalización de los comisarios Sr. Iván Quispe y Sr. Alfredo Tuza período 2022.
5.- Presentación de: Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias y sus anexos del año económico 2022, para su aprobación.
6.- Elección de Comisario Principal y Suplente, período económico 2023.
7.- Lectura de la resolución y aprobación del acta.
Nota: Se convoca de manera especial e individualizada a los señores Comisarios Sr. Iván Quispe titular de la cédula de ciudadanía Nro. 0501534291 y al Sr. Alfredo Tuza titular de la cédula de ciudadanía Nro. 1707438600.
El Balance general, estado de pérdidas y ganancias, sus anexos, los informes de Administradores y comisarios, están a disposición de los accionistas en las ofcinas de Furgoservicios Lubricambio C.A., dando así fel cumplimiento al Art. 292 de la ley de compañías.
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPOTENTE CON SEDE EN EL CANTON ANTONIO ANTE
CITACION JUDICIAL
AL DEMANDADO LIMA CHAMORRO WILSON CAMILO, SE LE HACE SABER QUE DENTRO DEL JUICIO SUMARIO, POR ALIMENTOS CON PRESUNCIÓN DE PATERNIDAD, SIGNADO CON EL N° 10309-2023-00183, QUE SE TRAMITA EN LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPOTENTE CON SEDE EN EL CANTON ANTONIO ANTE SE HA ORDENADO LO SIGUIENTE: EXTRACTO
ACTOR: GOMEZ HARO LEIDE ROSA
DEMANDADO: LIMA CHAMORRO WILSON CAMILO
OBJETO Y MATERIA DE LA DEMANDA: ALIMENTOS CON PRESUNCIÓN DE PATERNIDAD
TRAMITE: SUMARIO
CUANTIA: 4.440,00 CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: correo electrónico isainpnotificaciones@yahoo.com del Abg. NARVÀEZ PORTILLA RAMIRO ISAÍ.
JUEZ DE LA CAUSA: DR. OSCAR EFREN CUENCA ORDOÑEZ JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPOTENTE CON SEDE EN EL CANTON ANTONIO ANTE, PROVINCIA DE IMBABURA.
SECRETARIO: AB. ROLANDO ULISES ROSERO LUCERO
PRETENSIÓN DE LA DEMANDA:
Solicito señor Juez la declaratoria de paternidad y también solicito, en virtud de la tabla de pensiones alimenticias vigente, se fije una pensión que permita una vida digna a mi hija.
AUTO:
Juicio No. 10309-2023-00183 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN ANTONIO ANTE. Antonio ante, miércoles 29 de marzo del 2023, a las 16h22. VISTOS.- Dr. Oscar Efrén Cuenca Ordóñez, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Antonio Ante, provincia de Imbabura de conformidad a la acción de personal Nro. 0576-DP102021-LL, de fecha 01 de junio del 2021, suscrito por el Msc. Israel Lozada, en calidad de Director Provincial del Consejo de la Judicatura de Imbabura.- Una vez que se ha dado cumplimiento al auto de fecha 16 de marzo del 2023, a las 16h55.- De conformidad con lo establecido en el Art. 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial, el suscrito Juez avoca conocimiento y competencia de la presente causa, en virtud del sorteo constante, ha recaído en este despacho la demanda de alimentos con presunción de paternidad Nro. 10309-2023-00183, presentada por la señora GOMEZ HARO LEIDE ROSA, madre de la menor GOMEZ HARO CAMILA ANAHI, en contra del señor LIMA CHAMORRO WILSON CAMILO.- No Registra demandado subsidiario.- En lo principal la demanda que antecede, se la califica como clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento sumario.- Se ordena la citación del demandado LIMA CHAMORRO WILSON CAMILO, en la forma establecida en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para tal efecto elabórese el extracto de la demanda o solicitud pertinente, copia certificada de los documentos anexados, el auto respectivo y este auto, para que se realicen las publicaciones en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación a nivel regional. Debiendo la parte interesada acercarse a esta Judicatura, a la ventanilla respectiva a agendar la diligencia para el cumplimiento de lo ordenado, bajo la responsabilidad de su inactividad y las consecuencias que ella acarree. Se confiere al demandado el término de diez días, para que conteste la demanda una vez citado, de conformidad a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. En cumplimiento a lo previsto en el tercer inciso del Art. 146 del COGEP y Art. Inn 9 de la Ley Reformatoria del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia se fija en la cantidad de CIENTO TREINTA Y TRES DÓLARES AMERICANOS ($133,00), mensuales más los beneficios legales, en calidad de pensión provisional que deberá pagar el demandado señor LIMA CHAMORRO WILSON CAMILO, a favor de la menor GOMEZ HARO CAMILA ANAHI, que correrá a partir de la presentación de la demanda, esto es desde el día jueves 23 de febrero del 2023 y que deberá depositarlas por mensualidades anticipadas, dentro de los cinco primeros días de cada mes en el Código SUPA que la Pagadora de la Unidad Judicial Multicompetente de Antonio Ante, inmediatamente luego de calificada la demanda deberá aperturar y poner en conocimiento de las partes.- Téngase en cuenta la prueba anunciada por la actora siempre y cuando cumpla con los requisitos de pertinencia, utilidad, conducencia y se practicará según la ley.- La prueba genética de ADN solicitada por la parte accionante, se señalará día y hora para la práctica de la misma luego de que sea citado el demandado.- Agréguese al expediente la documentación 199685455-DFE aparejada a la demanda. A petición de la parte actora, ofíciese a la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, con la finalidad de que emita una certificación donde informe la situación económica del ciudadano LIMA CHAMORRO WILSON CAMILO, de igual forma ofíciese a la Superintendencia de Bancos, con el objetivo de que emita una certificación referente a las cuentas bancarias del demandado LIMA CHAMORRO WILSON CAMILO, finalmente ofíciese al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas del Ecuador con el fin de que remitan una certificación acerca de los roles de las pensiones jubilares del señor LIMA CHAMORRO WILSON CAMILO. Tómese en cuenta el correo electrónico y la autorización que otorga la señora Gómez Haro Leide Rosa al señor Abogado Isaí Narváez Portilla, la facultad para poder transigir en la presente causa en calidad de Procurador Judicial. Particular que comunico para los fines legales pertinentes- Actúe el Ab. Ulises Rolando Rosero Lucero, secretario del despacho.- CÍTESE, OFÍCIESE Y CÚMPLASE.- CUENCA ORDOÑEZ OSCAR EFREN JUEZ (PONENTE)
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023 La Hora, ECUADOR C5
001-003-2978
001-003-2984
001-004-2965
Quito a 10 de abril del 2023 Convocatoria
A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EN TAXIS EJECUTIVO TRANS ALVAREZ VIDEROS S.A.
De conformidad en lo establecido en el Art.236 de la ley de compañías y los Art.7,9,12 y 20 del estado social de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EN TAXIS EJECUTIVOS TRANS ALVAREZ VIDEROS S.A. ,Se convoca a la Junta General Ordinaria qué se llevara a cabo el día Jueves 13 de abril de 2023 a las 18.00 en las instalaciones de la compañía situada en la Avenida Gribaldo Miño. Parroquia Conocoto, Distrito Metropolitano de Quito, para tratar los siguientes puntos del ORDEN DEL DIA.
1. Constatación del Quorum
2. Aprobación acta anterior
3. Aprobación de Balances 2022
4. Varios
En caso de No asistir a dicha convocatoria ordinaria se aplicará la multa establecida mediante el reglamento interno y de igual manera los atrasos.
ATENTAMENTE
SR. JORGE CADENA
CONVOCATORIA
De conformidad con lo que dispone la cláusula Décima SEXTA DEL Estatuto Social, en concordancia con el artículo 234 de la Ley de Compañías Vigente. LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE TAXORBE
S.A. Convoca a la Junta General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a efecto el día miércoles 26 de abril del 2023 a las 10:00 en la Oficina de la Compañía, ubicada en las Calles O S46-738 y Oe3K, de la Ciudadela El Ejército 2da Etapa, del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar los siguientes puntos del orden del día.
1. CONSTATACIÓN DEL QUORUM.
2. CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DEL INFORME DEL GERENTE GENERAL DEL PERIODO 2022.
3. CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DEL INFORME DEL COMISARIO PERIODO 2022.
4. RESOLUCIÓN SOBRE EL INFORME DE LA AUDITORÍA DEL AÑO 2022.
5. ANÁLISIS Y APROBACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2022.
6. RESOLUCIÓN SOBRE EL DESTINO DEL RESULTADO OBTENIDO EN EL AÑO 2022.
7. APROBACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA AUDITORÍA EXTERNA PARA EL AÑO 2023.
8. ANÁLISIS Y APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO PARA EL AÑO 2023.
9. ELECCIÓN DE PRESIDENTE.
Se convoca de manera especial al señor Gustavo Calvopiña Castillo Comisario Principal de la Compañía, domiciliado en las calles Eucaliptos N66-53 y Bartolomé Zamora del Distrito Metropolitano de Quito. La Junta General se realizará cumpliendo lo que establece los artículos 233, 236 y 292 de la actual Ley de Compañías y según los artículos 19, 20 y 21 del Reglamento sobre Juntas Generales emitido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros mediante resolución No. SCV-DNCDN-14-014 de 13 de octubre 2014 inscrita en Registro Oficial 371 de 10 de noviembre 2014.
Los informes, estados financieros y demás documentos a tratarse en Junta General, anexos se encuentran a disposición de los señores accionistas, para su revisión, ubicada en las Calles O S46-738 y Oe3K, de la Ciudadela El Ejército 2da Etapa, del Distrito Metropolitano de Quito, desde el día 29 de marzo del 2023, en horario de oficina de 8h30 hasta las 17h00 de lunes a viernes.
Distrito Metropolitano de Quito, a 10 de abril del 2023
CONVOCATORIA
Convocase a todos los Accionistas de la Compañía NEOABRILSA CONSTRUCCIONES S.A, a la Junta General Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar en las oficinas de la Sociedad, ubicadas en las Calles Francisco Caicedo Nro. OE 3-46 Intersección Av. Brasil, Edificio BRASIL 500, piso 6, of. 601, del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, a realizarse el día martes 18 de Abril del 2023 a las 16H00, para conocer y resolver los siguientes puntos del Orden del Día:
1. Conocer y Aprobar los Balances y Cuentas de la Compañía del año 2022.
2. Conocer y Aprobar los informes del Gerente General y Comisarios y autorizar su presentación ante las Instituciones de Control.
3. Aprobar la distribución de los beneficios sociales del año 2022.
Quito, 11 de abril del 2023.
Arq. Tania Alexandra Velasco Moya GERENTE GENERAL NEOABRILSA CONSTRUCCIONES S.A
Quito, 11 de Abril del 2023
CONVOCATORIA
Convocase al único Accionista, Presidente y Comisario de la Compañía TARGET SITE ECUADOR
C.A. TARSITEC, a la Junta General Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar en las oficinas de la Compañía, ubicadas en la Av. Mariana de Jesús y Av. Occidental, Edificio Centro Médico MEDITROPOLI, Piso 4, Oficina 410, del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, a realizarse el día martes 18 de Abril del 2023 a las 10H00, para conocer y resolver el siguientes puntos del Orden del Día:
1. Conocer y Aprobar los Balances y Cuentas de la Compañía del año 2022.
2. Conocer y Aprobar los informes del Gerente General y Comisarios y autorizar su presentación ante las Instituciones de Control.
3. Aprobar la distribución de los beneficios sociales del año 2022.
001-003-2990
TARGET SITE ECUADOR C.A. TARSITEC 001-004-2955
Sra. Ligia Fabiola Tamayo Andrade GERENTE GENERAL
001-004-2956
001-004-2957 MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023 La Hora, ECUADOR C6
CONVOCATORIA A LA SESION ORDINARIA DE ACCIONISTAS DELA “COMPAÑÍA DE TAXIS NUEVA-VISIÓN
S.A.”
La Compañía Nueva Visión S.A., cumpliendo con lo establecido con la Ley de la Superintendencia de Compañías, convocase con el carácter de URGENTE a las señoras/res accionistas de la Compañía de Taxis NuevaVisión S.A. a la Sesión Ordinaria que se llevará a cabo el día jueves 20 de abril de 2023, a las 10h00 am en la ofcina de la Compañía, ubicada en la calle Sabanilla N63 y Melchor Toaza del Distrito Metropolitano de Quito, a través de La Hora, diario de circulación nacional, para conocer y resolver el siguiente orden del día:
1- Constatación del quorum.
2- Conocimiento y resolución sobre el informe del Gerente General y Comisario de la Compañía, por el ejercicio económico del año 2022.
3- Conocimiento y resolución sobre los Estados Financieros por el ejercicio económico del año 2022.
4- Conocimiento y resolución sobre el Presupuesto Anual del año 2023.
5- Asuntos varios.
Atentamente
D. M. de Quito, 10 de abril de 2023
EXTRACTO JUDICIAL DE NOTIFICACION
ACTOR: CAROL MALENA JURADO VELASTEGUI
DEMANDADO: MAURICIO ALBERTO ORTIZ LAGOS
JUICIO: ALIMENTOS
CAUSA NUMERO: 17205-2017-01600
CUANTIA: INDETERMINADA
PROCEDIMIENTO: SUMARIO
ABOGADO: DRA. SONIA SACOTO
CORREO ELECTRONICO: smerlyns@gmail.com
Sr. David Guerra Vargas PRESIDENTE CIA. NUEVA-VISION
S.A.
NOTA: Si no se cumple con el quorum reglamentario como dispone la Ley, se instalará la reunión 30 minutos después de la hora convocada. 001-003-2988
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA PETRÓLEOS DE LOS SHYRIS S.A. “PETROSHYRIS”
En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 236 de la Ley de Compañías y 20 del Estatuto Social de la compañía, se convoca a los señores accionistas de Petróleos de los Shyris S.A. PETROSHYRIS, de manera especial al Ing. Homar Cajilima, Comisario Principal de la Compañía y a la Ing. Ana Chimbo, Auditor Externo de la Compañía, a la Junta General Ordinaria de accionistas que se llevará a cabo el día 21 de Abril del 2023, a partir de las 14h30 en las oficinas de la compañía ubicadas en la Av. América N.37-17 y Naciones Unidas, para conocer los siguientes puntos del orden del día:
1. Conocimiento del Informe de Presidente del Directorio, correspondiente al ejercicio económico del año 2022.
2. Conocimiento y Resolución del Informe de Gerencia General, correspondiente al ejercicio económico del año 2022.
3. Conocimiento del Informe de Comisario, correspondiente al ejercicio económico del año 2022.
4. Conocimiento del Informe de Auditoría Externa, correspondiente al ejercicio económico del año 2022.
5. Conocimiento y Resolución del Balance General al 31 de diciembre de 2022 y del Estado de Pérdidas y Ganancias, correspondiente al ejercicio económico comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.
6. Resolución sobre el destino de las utilidades del ejercicio económico 2022.
7. Designación de Comisario Principal y Suplente para el ejercicio económico 2023 y fijación de sus honorarios.
8. Designación de Auditor Externo para el ejercicio económico 2023 y fijación de sus honorarios.
9. Conocimiento y resolución del acta.
Se indica a los señores accionistas que la documentación correspondiente se encuentra a su disposición en las oficinas de la compañía, o previa solicitud al correo electrónico administracion@petroshyris.com, para su envío electrónico.
Presidente del Directorio
«UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, 04/12/2017 09:53. VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, mediante acción de personal Nro. 8876-DNTH-2017-CIP. Previo el sorteo de Ley correspondiente.- Avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal: la demanda propuesta por la señora CAROL MALENA JURADO VELASTEGUI, en calidad de madre y representante legal de las menores: AYLIN FRANCISCA ORTIZ JURADO y VICTORIA AMELIA ORTIZ JURADO es completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se acepta al PROCEDIMIENTO SUMARIO previsto en el Art. 332 numeral 3 y Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos. De conformidad con lo establecido en el Art. Innumerado 9 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, Artículo 146 inciso 3° del Código Orgánico General de Procesos, Acuerdo Ministerial No 026 de fecha 26 de enero del 2017, emitido por el Ministerio de Inclusión Económica y Social, que contiene la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas, se fija la pensión alimenticia provisional en la cantidad de CIENTO SESENTA Y UN DOLARES AMERICANOS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS correspondiente al 43,13% del salario básico unificado del presente año, más beneficios de Ley, que el demandado señor MAURICIO ALBERTO ORTIZ LAGOS deberá cancelar a favor de sus hijas: AYLIN FRANCISCA ORTIZ JURADO y VICTORIA AMELIA ORTIZ JURADO, desde el 29 de diciembre del 2017, fecha de presentación de la demanda, mediante depósitos adelantados, dentro de los cinco primeros días de cada mes, en el Código SUPA que se le asignará a la cuenta de Ahorros No. 1051675986 del Banco Pacífico. Cítese en legal y debida forma con el contenido de la demanda, y el presente auto, al demandado señor MAURICIO ALBERTO ORTIZ LAGOS, diligencia que se cumplirá, con la intervención del señor Citador de ésta Unidad Judicial. Cumplida la citación ordenada el demandado contestará la misma conforme lo dispuesto en los artículos 151 y siguientes del COGEP. La Audiencia única tendrá lugar en ésta judicatura, una vez que de autos se justifique la citación del demandado en legal y debida forma; las partes deberán comparecer a dicha audiencia, conforme lo previsto en el Art. 86 del Código Orgánico General de Procesos, personalmente o mediante procuración judicial con cláusula especial para transigir. Téngase en cuenta los anuncios de prueba realizados por la parte actora a ser considerados en la Audiencia de ser legal y pertinente de conformidad a las reglas establecidas en los Arts. 160, 161 y 294.7 literal d) del Código Orgánico General de Procesos; Ofíciese conforme lo requiere en el numeral 11, literales C y D, del formulario de la demanda. En cuanto a la petición de Prohibición de Salida del País, se ordenará cuando se cumplan los presupuestos establecidos en la Sentencia No. 012-17-SIN-CC emitida por la Corte Constitucional del Ecuador, de fecha 10 de mayo de 2017. Tómese nota de la casilla judicial y el correo electrónico señalado por la actora para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado defensor con quien suscribe. Actúe el Abogado, Esteban Revelo Ávila, en calidad de Secretario de esta Judicatura.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, martes 20 de septiembre del 2022, a las 16h43. Una vez que la actora señora CAROL MALENA JURADO VELASTEGUI ha rendido su juramento de declaración de desconocimiento de domicilio, de conformidad con lo previsto por el Art. 56 inciso 1 del Código General de Procesos y la afirmación bajo juramento del actor de que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado, en concordancia con lo previsto en el Art. 119 del Código Civil, cítese con el auto de calificación y este auto, al demandado señor MAURICIO ALBERTO ORTIZ LAGOS, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita a nivel nacional, a fin de que, el demandado transcurrido el término de ley anuncie la prueba al contestar la demanda observando el Art. 151, 152, 153, 157 y 169 inciso 4 del COGEP., esto es en el término de diez días conforme lo determina el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos; y, una vez cumplidos los términos previstos, se señalará día y hora para la audiencia única, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio pierde la oportunidad procesal de hacer valer sus derechos.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE»
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023 La Hora, ECUADOR C7
001-003-2975
001-004-2954
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL TRANSMAFER S.A
Sangolquí 12 de abril del 2023
CONVOCATORIA
Se convoca con carácter obligatorio a todos los socios y accionistas de la Compañía de Transporte Escolar e Institucional “TRANSMAFER S.A.”
A la Asamblea General a realizarse el día, 26 de abril del 2023, a las 9H00 horas, en la oficina de la Compañía ubicada en la “Av. Abdón Calderón y Rocafuerte 1-90” (Sangolquí) a fin de tratar el siguiente orden del día.
1.- Constatación de Quórum.
2.- Informe y aprobación del gerente general
3.- Informe de comisario
4.- Conocer y aprobar balance general estados de cuentas de pérdidas y ganancias año 2022
5.- Aprobación de presupuesto.
Se convoca de manera especial a la Sr. Comisario de la Compañía Cosme Fabián Morales Cando.
Nota: Deberán estar al día en sus haberes económicos para poder ejercer el
ATENTAMENTE Sr. Marco GUAMANTICA
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE COTABALSUR COMPAÑIA DE TAXIS BALCON DEL SUR S.A.
De conformidad con los Estatutos Sociales de COTABALSUR COMPAÑIA DE TAXIS BALCON DEL SUR S.A., y la Ley de Compañía en los Art. 119, 233 y 236, se CONVOCA a los Señores Accionistas a Junta General Ordinaria de Accionistas que se realizara el día LUNES 24 de ABRIL del , a las 10H00 am., en la oficina de la Compañía ubicada en la calle García Moreno N° 494 y Eloy Alfaro, Parroquia Tambillo, Cantón Mejía, Provincia de Pichincha, para tratar el siguiente orden del día:
1.- Constatación del quórum.
2.- Saludo e instalación de la junta por parte del presidente de la compañía el señor LUIS ANIBAL UNTUÑA CAIZA.
3.- Conocimiento y resolución sobre el informe del Gerente General relativo al ejercicio económico del año 2022.
4.- Conocimiento y resolución sobre el informe del Comisario relativo al ejercicio económico del año 2022.
5.- Conocimiento y resolución sobre el Balance General y sus anexos, el estado de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, cortados al 31 de diciembre
6.- Resolución y Aprobación de Reglamentos, Estatutos y Aumento de Capital de la Compañía
7.- Varios
Nota:
a) En caso de no haber el quórum reglamentario a la hora indicada, la Junta se instalará una hora más tarde con los accionistas presentes.
b) Se requiere la presencia del comisario de la compañía señor Hernán Antonio Ortiz Herrera.
Tambillo, 11 de Abril del 2023
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL LIEDNEL S.A
Sangolquí 12 de abril del 2023
CONVOCATORIA
Se convoca con carácter obligatorio a todos los socios y accionistas de la Compañía de Transporte Escolar e Institucional “LIEDNEL S.A”
A la Asamblea General a realizarse el día, 26 de abril del 2023, a las 9H00 horas, en la oficina de la Compañía ubicada en la “Av. Abdón Calderón y Rocafuerte 1-90” (Sangolquí) a fin de tratar el siguiente orden del día.
1.- Constatación de Quórum.
2.- Informe y aprobación del gerente general
3.- Informe de comisario
4.- Conocer y aprobar balance general estados de cuentas de pérdidas y ganancias año 2022
5.- Clausura
Se convoca de manera especial a la Srta. Comisaria de la Compañía Yesenia Denisse Salazar Loachamin.
Nota: Deberán estar al día en sus haberes económicos para la aprobación de los balances.
ATENTAMENTE
Jhon Salazar Gerente General
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL UNIVERSAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD “DISTRIBUIDORA DE PLASTICOS SALGADO DISPLASAL CIA. LTDA.”
De conformidad con lo previsto en el artículo 118 y siguientes de la Ley de Compañías, concordante con el Estatuto Social desde el artículo Decimo Segundo al Décimo Sexto; se convoca a los señores Socios de la compañía DISTRIBUIDORA DE PLASTICOS SALGADO DISPLASAL CIA. LTDA. a Junta General Universal y Extraordinaria que tendrá lugar el día martes 25 de abril del 2.023, a las 11H00 horas, en la Oficina Matriz de la Compañía en el inmueble de propiedad de la Compañía, ubicadas en las calles Miguel E. Terán e Isidro Ayora s/n junto al conjunto habitacional de la empresa Eléctrica Quito, parroquia Conocoto cantón Quito provincia de Pichincha del Distrito Metropolitano de Quito; para tratar respecto de los siguientes asuntos:
1. Autorización al señor Gerente para que pueda vender los bienes muebles e inmuebles de la Compañía
2. Autorización al señor Gerente para que pueda vender el vehículo de propiedad de la Compañía, marca Hyundai, año de fabricación 2016, modelo Tucson TL AC 2.0 5P 4X2 TM DIESEL, color Plateado, motor número D4HAFU300267, chasis número KMHJ281AAGU084797, placas PCT-3384, origen Corea del SUR CILINDRAJE 2000.
Se comunica a los señores Socios, que se procederá de conformidad a lo estipulado en el artículo Décimo Quinto de los Estatutos Sociales.
El Socio deberá confirmar su presencia física, o, a través de videoconferencia siendo responsable de que su presencia se perfeccione.
Se procederá conforme al artículo 121 de la Ley de Compañías concordante con el artículo 21 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de las Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, En Comandita por Acciones y de Economía Mixta.
Quito, a 12 de abril del 2.023
001-004-2959
Sr. Carlos Manuel Torres Altamirano Sr. Juan Carlos Salgado Torres Gerente Presidente 001-004-2960
001-004-2962
Gerente
001-004-2963 MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023 C8 SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES TWITTER @Lahoraecuador INSTAGRAM @Lahoraec FACEBOOK @lahoraecuador lahora.com.ec
General
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE SURVEYRISK
INSPECTOR DE RIESGOS CIA. LTDA.
De conformidad con lo dispuesto en la ley y el estatuto social de la compañía, convócase a los socios de SURVEYRISK INSPECTOR DE RIESGOS CIA. LTDA., a la Junta General Ordinaria de Socios que se realizará el miércoles 19 de abril de 2023 a las 16h00 en el domicilio principal de la compañía, ubicado en la calle Noruega E9-21 y Suiza, Edif. Coopseguros, Piso 3,Ofcina B, Quito Ecuador, del cantón Quito, provincia de Pichincha; para conocer y resolver el siguiente orden del día:
1. Informe del gerente general sobre el ejercicio económico 2022.
2. Lectura y aprobación del Estado de Situación cerrado al 31 de diciembre de 2022.
3. Lectura y aprobación del Estado Integral de Resultados correspondiente al periodo entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.
4. Conocimiento y aprobación de la propuesta de Gerencia General para el destino de las utilidades generadas en el ejercicio económico 2022.
De conformidad con lo prescrito en el Art. 292 de la Ley de Compañías, los documentos indicados en esta convocatoria y los habilitantes para esta junta general están a disposición de los socios para su conocimiento y estudio en sus casillas de correo electrónico.
Quito, al 12 de abril de 2023.
Ing. Juan Carlos Larrea Ron GERENTE GENERAL
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE MEDICINA PREPAGADA INMEDICAL MEDICINA INTERNACIONAL S.A.
Se convoca a los Señores Accionistas de la COMPAÑÍA DE MEDICINA PREPAGADA INMEDICAL MEDICINA INTERNACIONAL S.A. a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se realizará el día 25 de abril del 2023 a partir de las 10h30 en las oficinas de la compañía ubicadas en La Pradera N30-26 y San Salvador Edificio Omega, con el objeto de tratar el siguiente orden del día:
1. Conocer sobre el informe de la Administración sobre el ejercicio del año 2022;
2. Conocer sobre el informe del Comisario sobre el ejercicio del año 2022;
3. Conocer sobre el informe del Auditor Externo por el ejercicio del año 2022;
4. Conocer y resolver sobre los Estados Financieros, Balance General y, Estado de Pérdidas y Ganancias, cortados al 31 de diciembre de 2022;
5. Resolver sobre la forma de reparto de las utilidades del ejercicio económico del año 2022;
6. Designar el Comisario Principal y Suplente para el ejercicio del año 2023 y fjar sus Remuneraciones;
7. Designar el Auditor Externo para el ejercicio económico del año 2023 y fjar su remuneración;
8. Fijar la remuneración del Administrador para el ejercicio económico del año 2023
9. Varios
Los documentos a ser analizados por la Junta General de Accionistas estuvieron a disposición de los señores Accionistas desde el 10 de abril de 2023, en las oficinas de la compañía, cumpliendo de esta forma con lo dispuesto en el Art. 292 de la Ley de Compañías.
Se convoca especial e individualmente al Comisario Principal de la Compañía, a la ingeniera Verónica Corrral Pacheco sin perjuicio de la comunicación individual enviada a su correo electrónico.
Atentamente,
Dr. Wilson Peñafel Revelo Gerente General
Quito, 10 de abril del 2023
Juicio No. 17204-2023-00780
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 21 de marzo del 2023, a las 14h48.
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA CANTÓN QUITO
CITACIÓN JUDICIAL A PERALTA OTAVALO MARCO ANTONIO
EXTRACTO
CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL
Nro. DE JUICIO: 17204-2023-00780-
ACTOR: IZA CHICAIZA SILVIA JANNETH
DEMANDADO: PERALTA OTAVALO MARCO ANTONIO
JUEZ: DR. LUIS JACOME JEREZ
Juicio No. 17204-2023-00780 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 21 de marzo del 2023, a las 10h21. VISTOS: Una vez que se ha cumplido con la exigencia de procedimiento que señala el Art. 56 numeral 2 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Ponente de esta Unidad Judicial amparado a lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura Nro. 051-2017, de 17 de abril de 2017, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 994 de 28 de abril de 2017 y por el sorteo de ley.- En lo principal, la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL POR EL ABANDONO INJUSTIFICADO propuesta por IZA CHICAIZA SILVIA JANNETH portadora de la cédula de identidad No. 1715117865, reúne los requisitos de ley por lo que se admite al PROCEDIMIENTO SUMARIO.- En consecuencia: 1) Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, a la parte demandada PERALTA OTAVALO MARCO ANTONIO, portador de la cédula de identidad No. 1714539242, por la Prensa en uno de los diarios de circulación en esta ciudad de Quito, de conformidad a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 5 de la Resolución No. 07-2018 con Fuerza de Ley dictada por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia de fecha 16 de mayo de 2018; para lo cual entréguese por medio de Secretaría el extracto pertinente; advirtiéndole a la parte demandada que debe comparecer a juicio, contestar la demanda en el término de quince días conforme lo dispone el artículo 333 numeral 3) del Código Orgánico General de Procesos, cumpliendo además con lo ordenado en los artículos 151 y 152 del citado cuerpo legal, y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía.- 2) De conformidad con el artículo 333 numeral 4) del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia única se señalará una vez que sea citada la demandada en legal y debida forma y transcurra el término legal.-…NOTIFIQUESE.-
001-004-2966 MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023 La Hora, ECUADOR C9
001-004-2964
001-004-2958
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diario
MINISTERIO DE TRABAJO DEL ECUADOR DIRECCIÓN DE RECURSOS Y SUMARIOS ADMINISTRATIVOS
EXTRACTO DE CITACIÓN
Al señor: ÁNGEL ANTONIO TORANZO ROSALES
Cédula de ciudadanía NO 1757049059
SUMARIO ADMINISTRATIVO NRO: MDT-SlSPTE-DRSA-SA-2022-145
LEGITIMADO ACTIVO: INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL - HOSPITAL GENERAL SAN FRANCISCO
LEGITIMADO PASIVO: ÁNGEL ANTONIO TORANZO ROSALES
SUSTANCIADORA: MGS. DIANA KAROLINA PAZMIÑO TAPIA
SECRETARIA AD-HOC: MGS. LESLY GABRIELA HERRERA FALCONÍ
SOLICITUD DE INICIO DE SUMARIO ADMINISTRATIVO: 1.- El señor Ángel Antonio Toranzo Rosales, ingresa al IESS con contrato de servicios ocasionales desde el 4 de enero de 2016, según consta del contrato de Servicios Ocasionales No. DNGTH-PROV-2016-000109, suscrito por el Lic. Rodrigo Mendoza Alvaro, Director Nacional de Talento Humano del IESS y que consta en las fojas 72 a 75. 2.- Mediante acción de personal Nro. DNGTH-2016-8782 de 01 de julio de 2016, se otorgó nombramiento provisional a favor del señor Ángel Antonio Toranzo Rosales al cargo de Tecnólogo Medico de Imagenología 3, aceptada en la misma fecha, ante el Jefe de Talento Humano del Hospital General San Francisco, Fernando Romero C. 3.- Mediante acción de personal Nro. SDNGTH-lESS-CMO- AP-2021-4961 de 20 de julio de 2021 , se concede al señor Ángel Antonio Toranzo Rosales, el nombramiento definitivo al cargo de Tecnólogo Medico de Imagenología 3, mismo que fue aceptada en la misma fecha como consta en la acción de personal, suscrita con firmas electrónicas por las partes. 4.- Con memorando Nro. IESS-HG-SF-1-2022-0154-M de 06 de mayo de 2022, la Licenciada Carol Vilaña, Supervisora del Servicio de Imagen del Hospital General San Francisco, a la época, informó a la Dra. Verónica Liceth Revelo Moreira, Responsable del Servicio de Imagen del Hospital General San Francisco, lo siguiente:”.. . el presente tiene la finalidad de comunicarle que a mediados del mes de abril el Licenciado Ángel Antonio Toranzo Rosales, que se desempeña bajo el cargo de Tecnólogo Médico en Imagen 3 del Servicio de Imagen, quien estaba haciendo uso de sus vacaciones anuales programadas del 03 de abril al 17 de abril del 2022; comunica vía whtasApp (adjunto captura de pantalla), que no le será posible reintegrarse a sus labores en la fecha programada, debido a que se encuentra fuera del país y se le ha presentado una calamidad doméstica, por lo que solicita además que se le autorice sus días de vacaciones restantes. Una vez realizada la respectiva consulta al Departamento de Talento Humano se le autoriza 13 días más, desde el 18 de abril hasta el 30 de abril del 2022, sin embargo, el 29 de abril el funcionario en mención, comunica nuevamente vía whtasApp, que definitivamente no se reintegrara a sus funciones. El licenciado Ángel Antonio Toranzo Rosales tenía como nueva fecha programada para el reintegro a sus labores el 01 de mayo del 2022, sin embargo, a la fecha actual han transcurrido seis días y no se ha reintegrado a sus funciones, por lo que de acuerdo a sus competencias se pide la desvinculación del mencionado funcionario, de acuerdo a la Normativa de Ley, para reemplazar la partida de trabajo. Se solicita dar la mayor celeridad al trámite requerido ya que el Servicio de imagen necesita de manera urgente reemplazar este puesto.”
5.- Con memorando Nro. IESS-HG-SF-DTADT-2022-0594-M de 06 de mayo de 2022, el Dr. Víctor Chamorro Pallo, Director Técnico de Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento, trasladó al Dr. Iván Alexander Ayabaca Povea, Director Médico del Hospital General San Francisco, el contenido del memorando No. IESS-HG-SF-I- 2022-0154-M, en este sentido solicitó: (.. .) “Pongo en conocimiento de su autoridad este particular y solicito se lo traslade ante la máxima autoridad para que se disponga las acciones que el caso obliga para posibilitar el reemplazo del funcionario de considerarlo pertinente.” 6.- Mediante memorando Nro. IESS-HG-SF-DM-2022-0646-M de 06 de mayo de 2022, el Dr. Iván Alexander Ayabaca Povea, Director Médico del HGSF, trasladó al Dr. Carlos Burneo Aguirre, Director Administrativo del Hospital General San Francisco e Ing. Mariela Cerón, Jefa del Departamento de Talento Humano el contenido del memorando No. IESS-HG-SF-DTADT-2022-0594-M e informó: “Esta Dirección Médica comunica a usted como máxima autoridad de este particular y solicita disponer a quien corresponda inicie el proceso de desvinculación del licenciado ANGEL ANTONIO TORANZO ROSALES ya que a la fecha actual han transcurrido seis días y NO se ha reintegrado a sus funciones”. 7.- Mediante comentario inserto en el Sistema Documental Quipux en memorando Nro. IESS-HGSF-DM-2022-0646-M el Dr. Carlos Burneo Aguirre, Director Administrativo del Hospital General San Francisco, dispuso: “Ing. Cerón favor a la brevedad posible proceder de acuerdo a la ley la terminación por abandono de cargo y dada la crisis provocada, apenas sea factible proceder a llenar esta partica vacante de acuerdo a la norma. Gracias”. 8.- Mediante comentario inserto en el Sistema Documental Quipux en memorando Nro. IESS-HG-SF-DM-2022-0646-M, dispuse a la Ab. Rosa Mites: “Estimada Rosita, por favor análisis y trámite correspondiente de acuerdo a normativa vigente y de acuerdo a las competencias del área de TH”. 9.- En cumplimiento a la disposición realizada mediante sumilla inserta la Ab. Rosa Mites, con memorando No. IESS-HG-SF-DTH-2022-0495-M de 09 de mayo de 2022, solicitó a la Psic. María José Román San Andrés, Secretaria de Talento Humano del Hospital General San Francisco lo siguiente: “En atención a comentario de 09 de mayo de 2022, inserto en Memorando Nro. IESS- HG-SF-DM-2022-0646- M, en donde la Ing. Mariela Cerón Astudillo, Jefa de Talento Humano dispone “Estimada Rosita, por favor análisis y trámite correspondiente de acuerdo a normativa vigente y de acuerdo a las competencias del área de TH”, mismo que me permito adjuntar para su cocimiento, y con la finalidad de continuar el debido proceso, me permito solicitar a usted por ser de su competencia se sirva CERTIFICAR e informar lo que se detalló a continuación: DATOS DEL SERVIDOR: NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS: TORANZO ROSALES ANGEL
ANTONIO CÉDULA: 1757049059 UNIDAD ADMINISTRATIVA: HOSPITAL GENERAL SAN FRANCISO DE QUITO (IESS) DENOMINACIÓN DEL CARGO: TECNOLOGO MEDICO DE IMAGENOLOGIA 3 GRADO SALARIAL: SERVIDOR PÚBLICO 5 REMUNERACIÓN BÁSICA UNIFICADA: $ 1212,00 TIPO DE RÉGIMEN LABORAL: LOSEP PLANTA (NOMBRAMIENTO DEFINITIVO) POSICIÓN: 38107 FECHA DE INGRESO A LA INSTITUCIÓN: CONTRATO SERVICIOS OCASIONALES. 04/01/2016 NOMBRAMIENTO PROVISIONAL. 01 DE JULIO DE 2016 NOMBARMIENTO DEFINITIVO 20 DE JULIO DE 2022 (sic) 1. Certificación del período de vacación que debía cumplir el servidor, que contenga fecha exacta de inicio de vacaciones, fecha en la que se terminaba su periodo de vacaciones vacaciones. y fecha en la que el servidor debía incorporarse a la institución. Los documentos deberán ser enviados hasta el día 10 de mayo de 2022 con firma de responsabilidad y mediante el sistema documental QUIPUX.” 10.- En respuesta a memorando No. IESS-HG-SF-DTH-2022-0495-M, la Psic. María José Román San Andrés, Secretaria de Talento Humano del Hospital General San Francisco, en ejercicio de sus competencias mediante memorando No. IESS-HG-SF-DTH-2022-0502-M Certificó: “1. Las fechas de vacaciones generadas y autorizadas que constan en el sistema biométrico son: Del 03 al 17 de abril del 2022 Del 18 al 30 de abril del 2022. Se verifica en el sistema biométrico que no existe registro de asistencia de ingreso y salida desde el día 03 de abril hasta el 10 de mayo del 2022.” (.. ) MEDIOS DE PRUEBA ANUNCIADOS POR LA INSTITUCIÓN: Que se tengan como medios de prueba a favor de la Institución a la que represento, los documentos certificados con los que se corrobora los hechos descritos en líneas precedentes, que detallo a continuación: 1. Memorando Nro. IESS-HG-SF-DM-2022-0646-M de 06 de mayo de 2022 (1 foja anverso y reverso)2. Hoja de Ruta IESS-HG-SF-DM-2022-0646-M (1 foja) 3. Memorando Nro. IESS-HG-SF-1-2022-0154-M de 06 de mayo de 2022 (1 foja anverso y reverso. 4. Memorando Nro. IESS-HG-SF-DTH-2022-0495-M de 09 de mayo de 2022 (1 foja anverso y reverso) 5. Memorando Nro. IESS-HG-SF-DTH-2022-0502-M, de 10 de mayo de 2022 (1 foja anverso y reverso) 6. INFORME TECNICO No. IESSHG-SF-DTH-2022-040-1, de 12 de mayo de 2022 (3 fojas anverso y reverso). MINISTERIO DEL TRABAJO.- SUBSECRETARÍA INTERINSTITUCIONAL DE SERVICIO PÚBLICO, TRABAJO Y EMPLEO.- DIRECCIÓN DE RECURSOS Y SUMARIOS ADMINISTRATIVOS.- Quito, 12 de julio de 2022, a las 09H00.Continuando con la sustanciación del Sumario Administrativo signado con el Nro. MDT-SlSPTE-DRSA-SA-2022-145, presentada por el INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL PICHINCHA, en contra del servidor público ÁNGEL ANTONIO TORANZO ROSALES. En lo principal, se dispone lo siguiente: En lo principal, se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Agréguese al expediente administrativo el documento Nro. MDT-DSG2022-10335-EXTERNO, de 07 de julio de 2022, ingresado por el legitimado activo. SEGUNDO.- La suscrita es competente para realizar el examen de admisibilidad de la solicitud del sumario administrativo signado con el Nro. MDT-SISPTE-DRSA-SA-2022-145 suscrito por el INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL PICHINCHA, en contra del servidor público ÁNGEL ANTONIO TORANZO ROSALES. Se determina que la solicitud de inicio de sumario administrativo ha sido presentada dentro del término señalado en el artículo 14 de la Norma Técnica de Sustanciación de Sumarios Administrativos, la misma es clara, precisa y cumple con todos los requisitos legales previstos en los artículos 13 y 16 de la Norma ibídem, razón por la cual se la CALIFICA y ADMITE a trámite.- TERCERO.- DEFENSA TÉCNICA: se advierte al legitimado pasivo ÁNGEL ANTONIO TORANZO ROSALES, que en el legítimo ejercicio de su derecho a la defensa está obligado a comparecer con un abogado/a patrocinador/a; y, contestar dentro del término establecido, adjuntando las pruebas de las que se crea asistido; y, de señalar domicilio electrónico y físico para futuras notificaciones.- CUARTO.- TÉRMINO PARA CONTESTAR: Conforme a lo dispuesto
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023 La Hora, ECUADOR C10
001-005-1693
por el Art. 20 de la Norma Técnica de Sustanciación de Sumarios Administrativos, se concede al legitimado pasivo el termino de diez (10) días para que conteste la solicitud de inicio de Sumario Administrativo. QUINTO.- COPIA DE LA SOLICITUD DE INICIO DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO Y CALIFICACIÓN DE LA PRUEBA: De conformidad con el artículo 18 de la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos, se dispondrá se CITE en el término de (5) cinco días al servidor público sumariado, posteriores a la emisión de la providencia de admisibilidad al sumario administrativo, con una copia íntegra de la solicitud de inicio del sumario administrativo, con sus respectivos anexos y las pruebas calificadas para su práctica en el Audiencia de Sumario Administrativo, específicamente, de la solicitud de inicio a sumario administrativo se ADMITE lo siguiente: «Todas las pruebas enunciadas y adjuntadas en la solicitud de sumario administrativo, las mismas que deberán ser evacuadas y reproducidas dentro del tiempo procesal oportuno», las mismas que serán puesto en conocimiento del legitimado pasivo cuando sea citado, para que ejerza su derecho a la contradicción. SEXTO.-DOMICILIO PARA EFECTOS DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN: Téngase en cuenta lo señalado por el legitimado activo en el escrito de solicitud para efecto de notificación y citación: El domicilio físico del servidor público ÁNGEL ANTONIO TORANZO ROSALES, donde su autoridad deberá citarle: En su lugar de trabajo ubicado en la Avenida Jaime Roldós 40554 y calle Juan Ramón Jiménez (Sector Carcelén), Hospital General San Francisco — ‹ESS, Departamento de Imagenología (Planta Baja); o en su domicilio ubicado en la parroquia La Concepción, Sector San Carlos, calles Pedro de Alvarado y Bernardo Ruiz, casa Nro. OE4, de la ciudad de Quito; y/o su correo electrónico angel.toranzo@iess.gob.ec, angelantonio@gmail.com y angelantotio@gmail. com. SÉPTIMO.- DESIGNACION DE SECRETARIO ENCARGADO AD-HOC: Actúe en calidad de Secretario Encargado el Abg. Jairo Olovacha Caucana, en razón de la licencia por enfermedad de la Titular. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- MINISTERIO DEL TRABAJO.SUBSECRETARÍA INTERINSTITUCIONAL DE SERVICIO PÚBLICO, TRABAJO Y EMPLEO.- DIRECCIÓN DE RECURSOS Y SUMARIOS ADMINISTRATIVOS.- Quito, 13 de julio de 2022, a las 11H30.Continuando con la sustanciación del Sumario Administrativo signado con el Nro. MDT-SlSPTE-DRSA-SA-2022-145, presentada por el INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL PICHINCHA, en contra del servidor público ÁNGEL ANTONIO TORANZO ROSALES. En lo principal se dispone: PRIMERO.- Por cuanto la solicitud ha sido presentada dentro del término señalado en el artículo 14 Norma Técnica de Sustanciación de Sumarios Administrativos, la misma es clara, completa y cumple con todos los requisitos legales previstos en el artículo 16 de la Norma ibídem; y, de conformidad con el Art. 18 de la Norma Técnica de Sustanciación de Sumarios Administrativos, se DISPONE: SEGUNDO.-CITACIÓN: Cítese con el contenido de la petición de inicio de sumario administrativo con una copia íntegra, con sus respectivos anexos, pruebas calificadas providencia de admisibilidad de 12 de julio de 2022, a las 09H00, al legitimado pasivo en las direcciones señaladas para el efecto.- Se advierte al presunto sumariado ÁNGEL ANTONIO TORANZO ROSALES, que en el legítimo ejercicio de su derecho a la defensa está obligado a comparecer con un abogado patrocinador y, señalar domicilio electrónico y físico para futuras notificaciones. Se concede al presunto sumariado, de conformidad con el artículo 20 de la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos el término diez (10) días para que presente su escrito de contestación a la solicitud de inicio, para el efecto cumplirá con lo establecido en el artículo 21 de la norma ibídem. TERCERO.-DOMICILIO PARA EFECTOS DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN: Cítese al servidor público ÁNGEL ANTONIO TORANZO ROSALES en lugar de trabajo ubicado en la Avenida Jaime Roldós 40554 y calle Juan Ramón Jiménez (Sector Carcelén), Hospital General San Francisco — IESS, Departamento de Imagenología (Planta Baja); o en su domicilio ubicado en la parroquia La Concepción, Sector San Carlos, calles Pedro de Alvarado y Bernardo Ruiz, casa Nro. OE4, de la ciudad de Quito; y/o su correo electrónico angel.toranzo@iess.gob.ec, angelantonio@gmail.com y angelantotio@gmail.com.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- MINISTERIO DEL TRABAJO.- SUBSECRETARIA INTERINSTITUCIONAL DE SERVICIO PÚBLICO, TRABAJO Y EMPLEO.- DIRECCIÓN DE RECURSOS Y SUMARIOS ADMINISTRATIVOS.- 08 de marzo de 2023, a las 15H00.- Continuando con la sustanciación del Sumario Administrativo signado con el Nro. MDT-SISPTE-DRSA-SA-2022-145, presentada por el INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL PICHINCHA, en contra del servidor público ÁNGEL ANTONIO TORANZO ROSALES. En lo principal, se dispone: PRIMERO.-PETICIÓN: Agréguese al expediente el documento Nro. MDT-DRSA-2023-0056-E y sus anexos, ingresado por el legitimado activo. SEGUNDO.-MOTIVACIÓN: Toda vez que, ha sido imposible ubicar a la legitimada pasiva de forma personal y se ha cumplido con lo dispuesto en el artículo 13 de la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos que refiere «j) En caso de que, la Institución pública desconozca el domicilio físico del servidor público sumariado, para poder citar a través de medios de comunicación impresa, se deberá adjuntar los siguientes requisitos: 1) La solicitud de extracto de citación; 2) La declaración juramentada de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del servidor público sumariado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso; y, 3)Certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores que indique si la persona salió del país o consta en el registro consular. Si se verifica que es así, se citará mediante carteles fijados en el consulado en el que se encuentra registrado». El artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos dispone «Citación a través de uno de los medios de comunicación: A la persona o personas cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se la citará mediante: La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, la hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador del proceso o mediante deprecatorio a la o al juzgador del domicilio o residencia de la o del actor. Para el caso anterior se adjuntará además la certificación de la autoridad rectora de Movilidad Humana que identifique si la persona que salió del país consta en el registro consular. El artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador dispone ‹En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: (.. .)7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías: a) Nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento. b) Contar con el tiempo y con los medios adecuados para la preparación de su defensa (.. .)». El numeral 4 del artículo 18 de la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos dispone «Citación por medios de comunicación que se harán con publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación›. La publicación contendrá un extracto de la solicitud de inicio de sumario administrativo y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso»; en concordancia con lo establecido en el artículo 19 de la norma ibídem que dice «(...) 2. Una vez que se haya procedido con las tres publicaciones, en el término máximo de 2 días contados desde la última publicación, se deberán ingresar los tres extractos para que se proceda a agregar al expediente. 3. A partir del día en el que se ingrese a esta Cartera de Estado, los extractos de las tres publicaciones en el medio de comunicación pertinente, procederá a correr el término establecido para contestar la solicitud de inicio de sumario administrativo (...)». TERCERO.-CITACIÓN POR MEDIO DE COMUNICACIÓN: Conforme lo expuesto en acápites anteriores y de conformidad a la Norma Técnica para la Sustanciación de Sumarios Administrativos y en concordancia con lo solicitado por el legitimado activo, se dispone la CITACIÓN en un periódico de amplia circulación. CUARTO.-TÉRMINO PARA CONTESTAR LA LEGITIMADA PASIVA: A partir del día en el que se ingrese a esta Cartera de Estado, los extractos de las tres publicaciones en el medio de comunicación pertinente, procederá a correr el término establecido para contestar la solicitud de inicio de sumario administrativo por parte del servidor público sumariado; esto es, contestará por escrito a la solicitud de inicio del sumario administrativo dentro del término de diez (10)días, contado desde la fecha en que surtió efectos jurídicos la citación. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- fdo.) MGS. DIANA KAROLINA PAZMIÑO TAPIA, SUSTANCIADORA. Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole al legitimado pasivo ÁNGEL ANTONIO TORANZO ROSALES la obligación que tiene de señalar domicilio judicial en la jurisdicción ecuatoriana, para recibir sus futuras notificaciones; en caso de no hacerlo se procederá en su rebeldía. Certifico.- Quito, 14 de marzo del 2023.
Correos electrónicos MDT: diana_pazmino@trabajo.gob.ec lesly_herrera@trabajo.gob.ec
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023 La Hora, ECUADOR C11
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