Diario la hora zamora 15 de julio 2013

Page 26

judiciales

clasificados a10

Lunes 15 de Julio de 2013 La Hora zamora

P

judiciales REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE ZAMORA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento del público en general que mediante decreto de fecha lunes 17 de junio del año dos mil trece, de las 13h05, el señor Dr. Luis Arias Suárez, Juez Titular de este Juzgado, dentro del juicio ejecutivo Nº 0122-2012, ha señalado para el día jueves quince de agosto del año dos mil trece de las 13h00 a las 17h00, par que se lleve a efecto a efecto el remate del inmueble singularizado por el Registrador de la Propiedad del Cantón Zamora en su certificado de fojas 45, ubicado en el sitio La Saquea, perteneciente a la parroquia Guadalupe, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe, mismo que tiene los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con el lote de terreno de propiedad del señor Julio Francisco Macas Guaillas, en 14.00 metros RS53-13-13E; POR EL SUR: Con la vía pública en 11,40 metros RN509-44W; POR EL ESTE; Con el lote de terreno de propiedad de Aguilar Cabrera David Vidal, en 15 metros RS32-40-0W; en 6,62 metros RS140W, en 7.78 metros RS40-34-0E y en 3,00 metros RS20-27-57W; y , POR EL OESTE. Con el lote de terreno de Aguilar Cabrera David Vidal en 18,09 metros RN18-13-9W y con el lote Guaillas Macas Julio Francisco en 13,99 metros RN3157-55E. Dando un área total de trescientos quince metros cuadrados.- Sobre el terreno singularizado se observa la existencia una construcción de un piso medias aguas, de hormigón simple, ladrillo trabado, pisos de concreto, ventanas y puertas de aluminio y vidrio, techo de zinc dura mil con madera, con servicios básicos de luz eléctrica y agua.- Al inmueble descrito el perito ha procedido a avaluarlo en la cantidad de ONCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO DÓLARES AMERICANOS 00/100 /USD 11.595,00).- Así mismo se ordena que se proceda a realizar las publicaciones en uno de los periódicos que tengan libre circulación de esta provincia y que se la hará mediando por lo menos ocho días sobre la una y la otra; y, la última se la hará faltando por lo menos ocho días para el día del remate; además se fijarán carteles en los lugares más concurridos de la parroquia Guadalupe lugar en donde se encuentran ubicado el inmueble, diligencia que se procede a comisionarla al señor Teniente Político de la parroquia Guadalupe.- Por tratarse del primer señalamiento no se admitirá propuesta alguna que no cubra por lo menos las dos terceras partes del valor total del avalúo, las mismas que serán receptadas en la Secretaría del Juzgado adjuntando el diez por ciento de la oferta en dinero en efectivo o cheque certificado de uno de los Bancos de la localidad a nombre del Juzgado. Zamora, a 26 de junio del año 2013 Dr. Guillermo Piedra Ordóñez SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE ZAMORA P/550321 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

DE ZAMORA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento del público en general que mediante providencia de fecha lunes 17 de junio del 2013, de 09h17, el señor Dr. Manuel Sozoranga Morocho, Juez Temporal del Juzgado Primero de lo Civil de Zamora, dentro del juicio Ejecutivo de Pago Nº 302-2012, ha señalado para el miércoles catorce de agosto de dos mil trece, desde las 13h00 hasta las 17h00 (una a cinco de la tarde), para que tenga lugar el remate del bien inmueble embargado, consistente en un lote (LOTE Nº 5) con casa de habitación ubicado en la calle Jaime Izquierdo y Alcívar Placencia, perteneciente al conjunto Residencial Fernández de la parroquia y cantón Zamora, de la Provincia de Zamora Chinchipe, comprendido dentro de los siguientes linderos y dimensiones: POR EL NORTE: Con el lote de terreno Nº 6, en la extensión de 15,00 metros; POR EL SUR: Con el lote de terreno y casa de habitación Nº 5-B, en la extensión de 15,56 metros; POR EL ESTE: Con el lote de terreno Nº 4, en la extensión de 8,48 metros; y, POR EL OESTE: con la calle Alcívar Placencia, en la extensión de 8,48 metros.- Dando una cabida total de 129.60 metros cuadrados.- El remate comprenderá las construcciones y mejoras que se halaren dentro del referido predio.- Para lo cual se indicara que dentro del terreno existe una casa de habitación de dos pisos con terraza de hormigón armado, la terraza se encuentra con estructura metálica con cubierta de plancha metálicas, la misma esta conformada por seis cuartos, ventanas de aluminio y vidrio oscuro, con pisos de hormigón simple y cerámica, el presente lote de terreno se encuentra con cerramiento de cemento y 2 puertas de metal por su parte frontal con garaje, dicha predio cuenta con el servicio de luz eléctrica, agua potable, alcantarillado del presente predio, tiene un área total de construcción de 116 metros cuadrados- El perito ha evaluado el bien en la cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS DÓLARES CON 20/100 ($58.926,20).- Las ofertas se presentarán en la Secretaría del Juzgado acompañadas del diez por ciento en dinero en efectivo, o cheque certificado a ordenes del señor juez de la causa; NO se aceptarán las que no cubran por lo menos las dos terceras partes del avalúo pericial, por tratarse del primer señalamiento.- Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines de ley. Zamora, a 20 de junio del año 2013 Dra. Vanessa Jiménez Silva SECRETARIA ENCARGADA DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE ZAMORA. P/550322 Juicio No. 150-2013 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DEL CANTON ZAMORA DISTRITO JUDICIAL DE ZAMORA CHINCHIPE CITACION JUDICIAL Cito con el escrito de demanda y auto de aceptación a trámite a los herederos ausentes, presuntos y

desconocidos del fallecido señor que en vida se llamó GERMAN ORLANDO LOARTE AGUINSACA, cuyo extracto es como sigue: ACTORA: Luz Amada Cuenca Villa DEMANDADOS: A los herederos señores: WILLIAN EDUARDO LOARTE CUENCA Y KATHERINE LILIANA LOARTE CUENCA y más herederos ausentes, presuntos y desconocidos del occiso señor GERMAN ORLANDO LOARTE AGUINSACA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario y avalúo solemne de los bienes dejados por el que en vida se llamó señor GERMAN ORLANDO LOARTE AGUINSACA. TRAMITE: Especial (INVENTARIO) CUANTIA: Indeterminada JUICIO Nro. 150-2013 JUEZ TEMPORAL: Dr. Manuel Sozoranga Morocho ABOGADO: Dr. Pauta Villavicencio José Olger JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE.- Zamora, siete de junio del 2013, las 11H58.- VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en mi calidad de Juez Temporal del Juzgado Primero de lo Civil de Zamora, en virtud del oficio Cir. No. 819-2012-UATH-DPCJZCH., de 19 de Noviembre del 2012, en razón del sorteo de Ley, demanda presentada por LUZ AMADA CUENCA VILLA, se observa que la misma reúne los requisitos legales de forma, por lo que, se la acepta al trámite ESPECIAL correspondiente.- En consecuencia se ordena: 1.- Que por el fallecimiento del causante: GERMAN ORLANDO LOARTE AGUINSACA, se proceda al inventario y avalúo solemne de sus bienes, con la intervención de peritos que designarán las partes y se posesionarán legalmente.2.-Cuéntese en el procedimiento con la compareciente; con los herederos WILLIAN EDUARDO LOARTE CUENCA Y KATHERINE LILIANA LOARTE CUENCA.- 3.- Cuéntese además con los siguientes funcionarios: con el Director del Servicio de Rentas Internas de Zamora Chinchipe, con los Alcaldes y Procuradores Síndicos de los Municipios de Zamora y Loja.- 4.- Cítese a los herederos: WILLIAN EDUARDO LOARTE CUENCA Y KATHERINE LILIANA LOARTE CUENCA, a quienes se les deberá prevenir de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad de Zamora para sus notificaciones posteriores, para el efecto remítase el proceso a la Oficina de Citaciones.- 5.Cuéntese con los herederos ausentes, presuntos y desconocidos del nombrado CAUSANTE, a quienes se los citará a través de uno de los diarios que se editan en la ciudad de Loja, con amplia circulación en esta ciudad de Zamora, en la forma prevista en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- 6.- Para la citación a los funcionarios llamados a intervenir, se remitirá el proceso a la Oficina de Citaciones de Zamora; para la citación al Alcalde y Procurador del Municipio de Loja, se depreca su citación a uno de los señores Jueces de lo Civil de Loja, a quien se le remitirá el despacho correspondiente concediéndole el término de cinco días y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos; funcionarios a quienes se les deberá prevenir de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad de Zamora para sus notificaciones posteriores.- 7.- Téngase en cuenta el casillero judicial y la cuantía del asunto fijada por el demandante, así como la autorización concedida a su defensor para que suscriba peticiones en su nombre.- 8.- Agréguese los documentos aparejados.- 9.- Que la Secretaria Encargada del Juzgado proceda a inventariar conforme a Ley la presente causa.- Hágase saber.-

Zamora, a 25 de Junio del 2013 Dra. Vanessa del Rocío Jiménez Silva SECRETARIA ENCARGADA P/551073 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DEL CANTON ZAMORA DISTRITO JUDICIAL DE ZAMORA CHINCHIPE CITACION JUDICIAL: Cito con el escrito de demanda y auto de aceptación a trámite a los herederos ausentes, presuntos y desconocidos del fallecido señor que en vida se llamó GERARDO CASTILLO CARRION, cuyo extracto es como sigue: ACTORES: María del Rosario Pineda Armijos, Gerardo Francisco Castillo Pineda, María Esterfilia Castillo Pineda, Carmelino Frangelio Castillo Pineda, Blanca Herminia Castillo Pineda, Humberto Cristóbal Castillo Pineda, Angel Castillo Pineda y Manguin Eudez Castillo Pineda, y Frecia del Rocío Castillo Castillo. DEMANDADO: Bienes del causante GERARDO CASTILLO CARRION OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario y avalúo solemne de los bienes adquiridos dentro de la sociedad conyugal compuesta por la cónyuge sobreviviente señora María del Rosario Pineda Armijos y su esposo a la fecha fallecido señor que en vida se llamó Gerardo Castillo Carrión. TRAMITE: Especial CUANTIA: Indeterminada JUICIO Nro. 165-2013 JUEZ ENCARGADO: Dr. Luis Alberto Arias Suárez ABOGADO: Ricarte Silva Morales JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE.- Zamora, jueves 4 de julio del 2013, las 11H14.- VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en mi calidad de Juez Quinto de lo Civil de Zamora, encargado del Juzgado Primero Civil de Zamora, mediante oficio circular No. DP19356-UATH-2013, de fecha cuatro de julio del año 2013.- Demanda presentada por: MARIA DEL ROSARIO PINEDA ARMIJOS, GERARDO FRANCISCO CASTILLO PINEDA, MARIA ESTERFILIA CASTILLO PINEDA, CARMELINO FRANGELIO CASTILLO PINEDA, BLANCA HERMINIA CASTILLO PINEDA, HUMBERTO CRISTOBAL CASTILLO PINEDA, ANGEL CASTILLO PINEDA Y MANGUIN EUDEZ CASTILLO PINEDA, Y POR FRECIA DEL ROCIO CASTILLO CASTILLO, en calidad de apoderada de su padre Leonardo Matías Castillo Pineda. Demanda que reúne los requisitos legales de forma, por lo que, se la acepta al trámite ESPECIAL correspondiente.En consecuencia se ordena: 1.- Que por el fallecimiento del causante: GERARDO CASTILLO CARRIÓN, se proceda al inventario y avalúo solemne de sus bienes, con las intervención de peritos que designarán las partes y se posesionarán legalmente. 2.- Cuéntese en el procedimiento con los comparecientes; con los herederos ausentes, presuntos y desconocidos del extinto GERARDO CASTILLO CARRION. 3.- Cuéntese además con los siguientes funcionarios: con el Director del Servicio de Rentas Internas de Zamora Chinchipe, Director de la Secretaría de Tierras y Reforma Agraria de Zamora Chinchipe, con el Alcalde y Procurador Síndico del I. Municipio de Zamora; y, con el señor Agente Fiscal de Zamora encargado de los asuntos de este Juzgado. 4.- Cítese a los herederos ausentes, presuntos y desconocidos del nombrado CAUSANTE, a quienes se los citará a través de uno de los diarios que se editan en la ciudad de Loja, con amplia circulación en esta ciudad de Zamora, en la forma prevista en el Art. 82 del Código de Procedimien-

judiciales to Civil. 5.- Para la citación a los funcionarios llamados a intervenir, se remitirá el proceso a la Oficina de Citaciones de Zamora, funcionarios a quienes se les deberá prevenir de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad de Zamora para sus notificaciones posteriores.- 6.- Téngase en cuenta la designación de Procurador común que los comparecientes hacen en la persona ANGEL CASTILLO PINEDA.- 7.- Téngase en cuenta el casillero judicial y la cuantía del asunto fijada por el demandante, así como la autorización concedida a su defensor para que suscriba peticiones en su nombre. 7.- Agréguese los documentos aparejados. 8.- Que la Secretaría encargada del Juzgado proceda a inventariar conforme a Ley la presente causa.Hágase saber.- f) “ilegible”.- Dr. Luis Alberto Arias Suárez.- Juez Primero de lo Civil de Zamora Encargado.Zamora, a 11 de julio del 2013 Dra. Vanessa del Rocío Jiménez Silva SECRETARIA ENCARGADA P/551193 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE YANTZAZA CITO: Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los demandados: WILLIAN MAURICIO PAREDES PASPUEL Y HECTOR MAURICIO TOLEDO CARVAJAL, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: COOP. DE Ah. Y Crédito PADRE JULIAN LORENTE LTDA. ASUNTO: COBRO DE DINERO TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: 6.000,00 JUICIO Nro. 2012-032 JUEZ: Dr. Franco A. Martínez Espinosa VISTOS: Yantzaza, a dieciséis de diciembre del año dos mil diez, a las 16H20.- VISTOS: avoco conocimiento de la petición que antecede en mi calidad de Juez Sexto de lo Civil de Zamora Chinchipe con sede en Yantzaza, encargado mediante Of. Circ. 356-DP-CJZCH-2010 de fecha 18 de octubre del 2010, y en virtud del sorteo correspondiente.- En lo principal de clara, precisa y completa se califica la demanda que antecede propuesta por la Dra. Flor María Merchán Carrión en su calidad de Gerente General de la Coop. De Ahorro y Crédito Padre Julián Lorente Ltda., en contra de los señores Willian Mauricio Paredes Paspuel; Marco Rubén Gordillo Toledo y Héctor Mauricio Toledo Carvajal; y, por reunir los requisitos de Ley, se la acepta al trámite ejecutivo.- En consecuencia como el título y la obligación contenidos en el Pagaré a la Orden, se estima ejecutivo, se ordena que los demandados en el término de tres días paguen lo adeudado o propongan las excepciones de los que se crean asistidos, bajo apercibimiento de sentencia.Cítese a los demandados, en el lugar que se explica en la demandad e insinúesele sobre la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad de Yantzaza para futuras notificaciones que les correspondan; para el cumplimiento de esta diligencia se depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil de Zamora, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos para lo cual se remitirá despacho suficiente el mismo que previamente ingresará a la Oficina de Sorteos de la Corte Provincial de Justicia de Zamora, concediéndole el término de cinco días para que se cumpla la diligencia, en razón de la distancia.- Tómese en consideración la cuantía, el casillero judicial señalado por la accionante para efectos de notificaciones posteriores y la autorización concedida al abogado que suscribe la petición,

para que en su nombre y representación suscriba cualquier escrito que tenga relación con su defensa.- Agréguese al proceso toda la documentación que se adjunta a la demanda.- Hágase saber. OTRA DECRETO.- Yantzaza, a treinta de diciembre del año dos mil diez, a las 11H16.- Por cuanto bajo juramento afirma desconocer el actual paradero, domicilio y residencia de los demandados: Willian Mauricio Paredes Paspuel y Héctor Mauricio Toledo Carvajal, cíteselos en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por medio de la prensa local del cantón Yantzaza y provincia de Zamora Chinchipe.- Notifíquese Yantzaza, a 10 de julio del 2013.- EL ANALISTA JURIDICA 2.Dr. Sandro Edwin Sánchez Arévalo ANALISTA JURIDICO 2. P/551229 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE YANTZAZA, DE LA PROVINCIA DE ZAMORA CHINCHIPE CITACION JUDICIAL Se cita a los herederos desconocidos y presuntos del causante HENRRY HOMERO VIRE SALINAS, correspondiente al juicio de ejecutivo Nro. 2012-0065, incoado por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Padre Julián Lorente, se ha dispuesto lo siguiente: JUICIO EJECUTIVO NRO. 20120065.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE ZAMORA.- UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE YANTZAZA.- Yantzaza, viernes 23 de noviembre del año 2012, a las 11H25. Continuando con la sustanciación del presente juicio, se dispone lo siguiente: 1.- Notifíquese por la prensa a los herederos desconocidos y presuntos del causante HENRRY HOMERO VIRE SALINAS, en la forma que determina el artículo 83, segundo inciso, del Código de Procedimiento Civil; la publicación por la prensa contendrá el extracto del presente auto, y se publicará por una sola vez en uno de los principales diarios de mayor circulación de la provincia de Zamora Chinchipe. Cuéntese con los herederos: HENRRY PAUL VIRE SANCHEZ y HEYDI ALEJANDRA VIRE SANCHEZ, a quienes se los notificará en la persona de su señora madre MARGARITA DEYSI SANCHEZ BARBA, por ser menores de edad; para el efecto, la parte actora señalará el domicilio en el que se los notificará con el contenido del escrito de demanda, sentencia y el presente decreto. Hágase saber.Particular que se me permito poner en conocimiento de la accionada para fines de Ley. Yantzaza 29 de noviembre del año 2012. Atentamente, Dr. Pablo Roberto Jumbo Pineda ANALISTA JURIDICO 2 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE YANTZAZA, DE LA PROVINCIA DE ZAMORA CHINCHIPE P/551227 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se pone en conocimiento del público en general que se ha extraviado la Libreta de Ahorros Nro. 406010087260 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito CoopMego, emitida a favor del ciudadano Edwin Willan Armijos Armijos. Particular que se hace conocer para fines legales consiguientes Zamora, Julio 13 del 2013 Firma Autorizada P/ 551287


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.