Cinco muertos y 16 heridos en la vía a Píllaro
PAÍS B4
SÁBADO 18 DE JUNIO DE 2011 La Hora, ECUADOR
Los accidentados eran miembros del grupo de la tercera edad del IESS de Quito y sus familiares. AMBATO • Gritos de dolor y llanto provenían del interior del bus de turismo con placa TAR-773, que se volcó ayer a las 10:30, en la vía Ambato – Píllaro. De este accidente resultaron 5 muertos y 16 heridos. Florencio Vernaza, miembro del Departamento de Cultura del Municipio de Píllaro, explicó que el grupo de 38 pasajeros, que estaba a bordo de esta unidad venía desde Quito para hacer un recorrido por la Granja Agroecológica, la Plaza de la Resistencia Indígena y finalizar en el cantón Patate. “Escuché que hubo un volcamiento en el sector de Culapachán. De inmediato, me di cuenta de que eran mis turistas que habían sufrido el fatal accidente”, sentenció. Miembros del Servicio de Investigación de Accidentes de Tránsito (SIAT), del Grupo de Operaciones Especiales (GOE), del Grupo de Operaciones Moto-
Accidente Fallecidos
Jorge Arroyo ° Mario Jácome ° Beatriz Carlos Arroyo ° Jhon Moncayo ° Héctor ° Zoila Margarita Mora
rizadas (GOM), y de los cuerpos de bomberos de Píllaro y Ambato; además de unidades urbanas de tránsito, ayudaron a rescatar a las 16 personas que sobrevivieron al accidente, ya que dos mujeres y un hombre fallecieron de contado al ser aplastados por la pesada estructura. Mientras que a las 13:00, Héctor Guillermo Moncayo Román, de 80 años, murió en el área de Cuidados Intensivos del Hospital Docente Ambato, debido a sus graves heridas. Causas
El Servicio de Investigación de
Resultados Heridos
Valencia (59) ° Rosana Figueroa (56) ° Martha Arias (75) ° Carmen Valverde (74) ° María Rodríguez (80) ° Ángela López (71) ° Laura de la Cruz (78) ° Julio Pérez (30) ° Daniel Olaya (77) ° Elsa Hurtado (30) ° Jimena Enríquez (75) ° Braulio Yumiquinga (71) ° César Borja (75) ° Guillermo Verdezoto (75) ° Bélgica Aguirre (77) ° María ° Carmen Álvarez (69)
Paseo de amigos ° Las 38 personas que se transportaban en el bus pertenecían al grupo de jubilados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de Quito. La mayoría de estas personas tenían edades de entre 55 y 80 años, según se dio a conocer. También los acompañaban familiares.
Accidentes de Tránsito (SIAT) de Tungurahua aún trataba de determinar las causas que ori-
TRAGEDIA. Las tareas de rescate las hicieron efectivos de Policía y el Cuerpo de Bomberos.
ginaron esta tragedia que enluta a familias quiteñas. De forma extraoficial, se conoció que el conductor habría tomado la curva de manera defectuosa y a velocidad considerable. Por eso se estrelló contra uno de los laterales, perdiendo
el control y volcando. Sin embargo, esta primera hipótesis deberá ser confirmada en base a un peritaje técnico. También se presume que las llantas del bus estaban lisas, según un primer reporte de los policías que acudieron al lugar del accidente.
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÒN URDANETA Teléfono: 052942204 www.municipiodeurdaneta.gob.ec El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Urdaneta considerando:
Que, el art. 265 de la Constitución del Ecuador establece que el sistema público de REGISTRO DE LA PROPIEDAD será administrado de manera concurrente entre el ejecutivo y las municipalidades. Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en su artículo 142 dispone que la administración de los REGISTROS DE LA PROPIEDAD de cada cantón, corresponda a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales. Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en el artículo 59 determina que, el Alcalde o Alcaldesa es la primera autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, constituyendo la función ejecutiva, una de las funciones establecidas en el código 53 del código mencionado. Que, la ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, en su artículo 19, tercer inciso determina que los Registradores de la Propiedad, deberán ser abogados, con tres años mínimos de ejercicio profesional, cumpliendo los requisitos que la Ley prevé para el ejercicio del servicio público y Ley de Registro. El Concurso de meritos y oposición será organizado y ejecutado por la Municipalidad, luego de lo cual el Alcalde o Alcaldesa procederá al nombramiento del postulante que mayor puntuación hubiere obtenido, por un periodo fijo de 4 años, quien podrá ser reelegido o reelegida por una sola vez. Que, el Reglamento del Concurso de Merecimientos y Oposición para la selección y designación de Registradores de la Propiedad, de acuerdo a la resolución No 001 – DINAR – DAP 2010, expedida por la Dirección Nacional de Registros de Datos Públicos, de fecha 24 de Diciembre del 2010, establece los lineamientos para la designación del Registrador de la Propiedad. Que, la Ordenanza para Organización, Administración y Funcionamiento del REGISTRO DE LA PROPIEDAD del Cantón Urdaneta, desde la fecha de su aprobación y en la página Web de la Municipalidad. Que, se ha conformado e integrado la veeduría ciudadana por parte del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social con lo que se da cumplimiento a lo que dispone el Art. 19 de la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos y a lo que señala el Art. 7 del Reglamento del Concurso de Merecimientos y Oposición para la selección y designación de REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD. En cumplimiento de la Normas Jurídicas invocadas CONVOCA A los profesionales del derecho, que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento del Concurso de Merecimientos y Oposición para la selección y designación de Registradores de la Propiedad, a participar en el Concurso de Merecimientos y Oposición para la selección y designación del nuevo Registrador de la Propiedad del cantón Urdaneta, de conformidad con las siguientes disposiciones. REQUISITOS: 1. Ser ecuatoriano o ecuatoriana y estar en goce de los derechos políticos, 2. Tener título de abogado(a) acreditado y reconocido legalmente en el país; 3. Acreditar haber ejercido con probidad e idoneidad notorias la profesión por un periodo mínimo de tres años; 4. Ser mayor de 18 años y estar en pleno ejercicio de los derechos previstos en la Constitución de la República y la Ley para el desempeño de una función pública; 5. No encontrarse en interdicción civil, no ser el deudor al que se siga proceso de concurso de acreedores y no hallarse en estado de insolvencia fraudulenta declarada judicialmente; 6. No estar comprometido en alguna de las causales de la prohibición para ejercer cargos públicos, determinados en la Ley Orgánica de Servicio Público; 7. Cumplir con los requerimientos de preparación académica y demás competencias exigibles previstas en la ley; 8. Haber sufragado, cuando se tiene la obligación de hacerlo, salvo las causas de excusa previstas en la Ley; 9. No encontrarse en mora del pago de créditos establecidos a favor de entidades u organismos del sector público, a excepción de lo establecido en el art. 9 de Ley Orgánica de Servicio Público; 10. Los demás requisitos señalados en la Constitución de la República y la Ley. POSTULACIÓN Y DOCUMENTACIÓN: Las y los postulantes presentaran con su solicitud de postulación, los siguientes documentos: 1. Copia legible de la cedula de ciudadanía, 2. Copia del certificado de votación; 3. Certificado original del Ministerio de Relaciones Laborales, de no tener impedimento para desempeñar cargo público; 4. Certificado original de responsabilidades emitido por Contraloría General del Estado; 5 Certificado original de la Superintendencia de Bancos de no tener impedimento legal para el correspondiente registro de firma de cuentas corrientes en los bancos autorizados del sistema financiero nacional; 6. Declaración Patrimonial Juramentada (en formato actualizado de la Contraloría) ante un Notario Público de no estar inmerso en los numerales 5 y 9 de requisitos y de no incurrir en nepotismo con el señor Alcalde y los señores Concejales y además se incluirá lo siguiente: 6.1.- Autorización para levantar el sigilo de sus cuentas bancarias; y, 6.2.- Declaración de no adeudar más de dos pensiones alimenticias ENTREGA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS La entrega de documentos dentro del concurso de Registrador de la Propiedad del Cantón Urdaneta será receptada en la Dirección de Talento Humano del Gobierno Municipal, ubicada en las calles Concepción Landívar y Alfonso Bustamante, desde el día lunes 20 al viernes 24 de junio del 2011, desde las 08h00 a 12h00 y de las 13h00 a 17h00. Las o los postulantes presentaran en los formularios que el Gobierno Municipal de Urdaneta entregará a los participantes, además de la documentación requerida de lo siguiente: 1. Solicitud formal de postulación con la indicación del cargo, lugar y el cantón para el que postula; 2. La hoja de vida de la o el postulante, en el que señalará domicilio y dirección del correo electrónico; y, 3. Los documentos que acrediten los títulos académicos, capacitación, experiencia laboral, docencia, publicaciones y otros méritos como cursos, seminarios, maestrías y especializaciones. La documentación se presentará en originales o copias autenticadas ante otario público debidamente organizadas y foliadas secuencialmente. Una vez verificado lo anterior el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Urdaneta, procederá a cumplir lo establecido en el Art. 12 del Reglamento de Concurso de Merecimientos y Oposición para la selección y designación de Registradores de la Propiedad. CALIFICACIÓN DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN: Para optar por la función de Registrador de la Propiedad del Cantón Urdaneta, las y los postulantes, serán calificados a base de méritos y oposición según lo dispuesto en los Art. 13,14 y 15 del Reglamento del Concurso de Merecimientos y Oposición para la Selección y Designación de Registradores de la Propiedad, de modo que se observará lo siguiente: 1. 60 puntos para méritos 2. 40 puntos por el examen de oposición Las o los postulantes que hubieran obtenido un puntaje inferior al 50% en la calificación de meritos no continuaran en el proceso. Las pruebas de oposición serán receptadas por un Tribunal de Funcionarios designados por el Alcalde del Cantón. El día designado para la prueba, los postulantes responderán cuarenta (40) preguntas, que abarcarán temas de orden Jurídico y Administrativos, cada una de ellas tendrán el valor de un (1) punto. Las o los postulantes que hubieren obtenido una calificación inferior al 50% en la prueba de oposición, no continuarán el proceso. El puntaje obtenido en las pruebas por la y los postulantes se notificará en el correo electrónico de cada uno de ellos y se publicará en la página Web Municipal www.municipiodeurdaneta.gob.ec. La remuneración mensual unificada de la o el Registrador de la Propiedad del Cantón Urdaneta será de $1920.00 (mil novecientos veinte dólares americanos), de conformidad con lo determinado por el Ministerio de Relaciones Laborales, en la Resolución No MRL-2011-000025, publicado en el registro Oficial No 388 de fecha 18 de febrero del 2011. La o el registrador de la Propiedad del Cantón Urdaneta, como máxima Autoridad Administrativa y representante legal y Judicial del Registro de la Propiedad ejercerá su cargo por un periodo fijo de cuatro años, desde la fecha de la emisión del respectivo nombramiento. La calificación y puntaje para el concurso de meritos y oposición se realizará en atención al Reglamento del Concurso de Merecimientos y Oposición para la Selección y Designación de Registradores de la Propiedad. Toda la información concerniente a esta convocatoria, se la podrá encontrar en la página Web de la Municipalidad de Urdaneta www.municipiodeurdaneta.gob.ec. Dado y firmado en la Sala de sesiones del Gobierno Municipal de Urdaneta a los 16 días del mes de junio del dos mil once. Arq. Eloy De Loor Macías ALCALDE DEL CANTÓN URDANETA
Prof. Ricardo Bajaña Luis SECRETARIO GENERAL DEL CONCEJO
58200-A.L