Diario La Hora El Oro 07 de Mayo 2014

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CLASIFICADOS Y JUDICIALES P/F072

SECRETARIA DEL AGUA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE JUBONES CENTRO DE ATENCION AL CIUDADANO MACHALA. SE CITA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ART. 87 DE LA CODIFICACION A LA LEY DE AGUAS A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS, PARA OBTENER LA AUTORIZACION LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE USO Y APROVECHAMIENTO DEL REMANENTE DE 1 L/S, DE LAS AGUAS DE LA QUEBRADA SIN NOMBRE, A CAPTARSE A TRAVÉS DE UN TANQUE DE ALMACENAMIENTO QUE SE UBICA EN LOS PREDIOS DE LOS SEÑOR JUAN ARMANGEL LEÓN MÁRQUEZ Y VICENTE SANMARTIN, EN EL SECTOR DUCOS, SITIO GALAYACU, PARROQUIA EL PROGRESO CANTÓN PASAJE, PROVINCIA DE EL ORO EXTRA C TO. ACTOR: DANIEL ALBERTO MALDONADO RUBIO, OBJETO DE LA PETICION: la autorización administrativa de uso y aprovechamiento del remanente de 1 l/s, de las aguas de la Quebrada Sin Nombre, a captarse a través de un tanque de almacenamiento que se ubica en los predios de los señor Juan Armangel León Márquez y Vicente Sanmartín, en el sector Ducos, sitio Galayacu, parroquia El Progreso cantón Pasaje, provincia de El Oro, para destinarlo al riego, consumo humano, y abrevadero de aves de corral (60 pollos), con el establecimiento de la respectiva servidumbres por los predios de los señores Juan Armangel León Márquez y Vicente Sanmartín. Exp. Nro. DHJ-CACM-2014-1077-C. SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACION HIDROGRAFICA DE JUBONES. CENTRO DE ATENCION AL CIUDADANO. Machala, 30 abril del 2014.- Las 16h40’. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano de Machala (E.), mediante memorando Nro. SENAGUA-SRDHJ. 16-2014-0461 -M, en virtud al Acuerdo Nro. 2011-334 de 5 de septiembre de 2011, Reforma y Nueva Codificación al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Proceso de la SENAGUA. En lo principal la solicitud presentada por el señor DANIEL ALBERTO MALDONADO RUBIO, para obtener la autorización administrativa de uso y aprovechamiento del remanente de 1 l/s, de las aguas de la Quebrada Sin Nombre, a captarse a través de un tanque de almacenamiento que se ubica en los predios de los señor Juan Armangel León Márquez y Vicente Sanmartín, en el sector Ducos, sitio Galayacu, parroquia El Progreso cantón Pasaje, provincia de El Oro, para destinarlo al riego, consumo humano, y abrevadero de aves de corral (60 pollos), con el establecimiento de la respectiva servidumbres por los predios de los señores Juan Armangel León Márquez y Vicente Sanmartín. La presente solicitud se la califica de clara, completa y reúne los requisitos determinados en el Art.86 y 90 de la Ley de Aguas Codificada; en tal virtud se la acepta a trámite y en consecuencia dispongo: 1.- Cítese a los señores dueños de los predios^ por donde se pretende establecer la servidumbre, JUAN ARMANGEL LEÓN MÁRQUEZ, con copia del escrito y providencia recaída en ella en su domicilio ubicado en el sitio Galayacu (cruzando el puente de hormigón, segunda casa mano izquierda), a VICENTE SAN MARTIN en su domicilio ubicado en el sitio Galayacu, y a los usuarios conocidos señores FAUSTO RUBIO ALEJANDRES, en el sitio Galayacu (cruzando el puente de hormigón, quinta casa mano izquierda esquinera) DANIEL ALBERTO MALDONADO MONTAÑO, Galayacu (cruzando el puente colgante en la primera casa mano derecha entrando frente a casa de dos pisos color blanco) LIBIA ANGELITA MALDONADO RUBIO, Galayacu ( cruzando el puente de hormigón primera entrada mano izquierda primer cerramiento mano derecha), mediante exhorto legal al Juez de la Unidad Judicial Especializada en Contravenciones de Pasaje, a fin de que contesten y hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días; 2.- A los usuarios conocidos o no, presuntos y desconocidos cítese por la prensa de conformidad a lo dispuesto en el Art. 87 de la Codificación a la Ley de Aguas en uno de los diarios de amplia circulación en la ciudad de Machala, distando entre una y otra edición el plazo de ocho días, 3.- Fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la cabecera parroquial de El Progreso; por treinta días de conformidad a lo dispuesto en el literal g), del art.22 del Reglamento a la Codificación de La Ley de Aguas, mediante exhorto legal a la autoridad anteriormente mencionada, librándose despacho en forma; 4.- Oportunamente se designará perito para que realice el estudio técnico de la petición; 5.- Téngase en cuenta el correo electrónico magaly-962011@hotmail.com. señalado para futuras notificaciones; 6.- Agréguese al expediente el escrito presentado así como la documentación adjunta esto es: copia de la cédula de ciudadanía, certificado extendido por la Unidad de Tierras de la Dirección Provincial Agropecuaria de El Oro; 7. - Que actúe en calidad de secretaria Ad-Hoc la Ab. Carol García Tambo.- Notifíquese,- f.) Ing. Antonio Olaya Ramírez. RESPONSABLE TECNICO DEL CENTRO DE ATENCION AL CIUDADANO MACHALA. Lo certifico. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales de ley, advirtiéndoles a los interesados la obligación de señalar casilla judicial dentro del perímetro urbano de nuestras oficinas en Machala, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación. Abg. Carol Garcia Tambo Secretaria A-dhoc P/F068

SECRETARÍA DEL AGUA DEMARCACION HIDROGRAFICA JUBONES CENTRO DE ATENCION AL CIUDADANO MACHALA SE CITA: DE CONFORMIDAD CON EL ART. 87 DE LA LEY DE AGUAS CODIFICADA Y SU REGLAMENTO VIGENTE A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO PRESUNTOS DESCONOCIDOS, PARA OBTENER LA CONCESIÓN DEL DERECHO DE APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS DEL DRENAJE DE LA JUNTA A TRAVES DEL RAMAL SERRANO, UBICADA EN EL SITIO FLOR AMARILLAL, DE LA PARROQUIA EL GUABO, CANTON GUABO, PROVINCIA EL ORO, PARA DESTINARLO A RIEGO. EXTRACTO ACTOR: Sra. SHIRLEY ELIZABETH ROJAS LLAGUNO en calidad de gerente general de la compañía CEINCONSA S.A. OBJETO DE LA PETICION: Para obtener la concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas del drenaje de la junta a través del ramal Serrano, para destinarlo a riego. Ex.Adm.DHJ-CACM-2014-1060-C SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACION HIDROGRAFICA JUBONES.-CENTRO DE ATENCION AL CIUDADANO MACHALA- Machala, 09 de Abril del 2014 - Las 10h20\- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano de Machala (E.), de la Demarcación Hidrográfica de Jubones, de acuerdo a Memorando Nro. SENAGUA-SRDHJ.16-2014-0461-M, de fecha 27 de marzo del 2014 y en virtud al Acuerdo N°2011-334, de 5 de septiembre de 2011, en Reforma y Nueva Codificación al Estatuto Organizo de Gestión Organizacional por Proceso de la SENAGUA. En lo principal la solicitud presentada por SHIRLEY ELIZABETH ROJAS LLAGUNO en calidad de gerente general de la compañía CEINCONSA S.A.; para obtener la autorización administrativa de uso y aprovechamiento de las aguas del drenaje de la junta a través del ramal Serrano, que cruza por su propiedad, ubicada en el sitio Flor Amarillal, de la parroquia El Guabo, Cantón El Guabo, Provincia de El Oro, a ser destinado para riego; en un caudal aproximado de cien litros por segundo la presente solicitud se la califica de clara, completa y reúne los requisitos determinados en el Art.86 de la Ley de Aguas Codificada; en tal virtud se la acepta a trámite y en consecuencia dispongo: 1.- Citar a los usuarios conocidos o no, presuntos y desconocidos por la prensa de conformidad a lo dispuesto en el Art.87 de la Codificación a la Ley de Aguas en uno de los diarios de amplia circulación en la ciudad de Machala, distando entre una y otra edición el plazo de ocho días, 2.- Fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia El Guabo, cantón El Guabo, por treinta días; de conformidad a lo dispuesto en el literal g, del art.22 del Reglamento a la Codificación de La Ley de Aguas, mediante exhorto legal al señor Juez único de Contravenciones del Cantón Pasaje respectivamente; 3.- Oportunamente se designará perito para que realice el estudio técnico de la petición; 4. Notificaciones las recibirá en el correo electrónico ceinconsa2006@hotmail.com y salomon.barrezueta@hotmail.com 5.- Agréguese al expediente el escrito presentado así como la documentación adjunta; 6.- Que actúe en calidad de secretaria Ad-Hoc la Ab. Carol García Tambo.- Notifíquese.- f) Ing. Antonio H. Olaya Ramírez Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano Machala. Demarcación Hidrográfica Jubones (E).- Lo Certifico.Particular que pongo en conocimiento del público para los fines de Ley, advirtiéndole a los presuntos interesados de señalar casillero judicial en la ciudad de Machala dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto de citación. Ab. Carol Garcia Tambo Secretaria Ad-hoc P/3149

A9

JUZGADO TERCERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN MACHALA. REPUBLICA DEL ECUADOR AVISO AL PÚBLICO LE HAGO SABER: ACTOR: NORMAN EUGENIO RIOFRIO QUEVEDO DEMANDADA: CARMITA ISABEL RIOFRIO QUEVEDO CAUSA: INVENTARIO JUICIO: 1310-2013 JUEZ DE LA CAUSA: Dr. GABRIEL ROMERO CARRIÓN VISTOS: El señor juez califica de clara, precisa y completa la demanda propuesta, por lo que se la acepta a trámite determinado en el Art. 67, 68 y 396 del Código de Procedimiento Civil, de conformidad con el Art. 406,407 y 1268 del Código Civil en concordancia con el Art. 629 del Código de Procedimiento Civil. Se dispone que mediante aviso que se publicará por una sola vez en la prensa local, en la forma prevista por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que se haga conocer al público, para que - quienes crean tener derechos- comparezcan a ejercer los mismos en EL JUICIO DE INVENTARIOS DE BIENES SUCESORIOS Nro. 13102013, propuesta por NORMAN EUGENIO RIOFRIO QUEVEDO, en contra de CARMITA ISABEL RIOFRIO QUEVEDO. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines de ley. Machala, 05 de Mayo del 2014 Dra. Edita Loaiza Moreno SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LA FAMILIA MUJER, Niñez Y ADOLESCENCIA DE EL OROP/F075 P/F032

REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE EL ORO, CON SEDE EN ARENILLAS EXTRACTO DE CITACION Al señor CARLOS ALBERTO ALARCON SARANGO, se le hace saber: Que en este Juzgado se ha planteado el juicio verbal sumario de divorcio cuyo extracto es como sigue: ACTORA: LUISA MERCEDES PRECIADO ZHUNE. DEMANDADO: CARLOS ALBERTO ALARCON SARANGO. No. DE JUICIO: 216-2013 OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO. JUEZ: Dr. Manuel Rigchac Betún. ABOGADO DEFENSOR: Abg. Roberto Castro Ramírez. Arenillas, 24 de junio del 2013, a las 08h35. VISTOS: La demanda de divorcio, presentada por LUISA MERCEDES PRECIADO ZHUNE, es clara, completa y por reunir los requisitos formales determinados en la ley, se la admite al trámite legal en la vía verbal sumario. En consecuencia se dispone, que con la demanda y auto recaído en la misma se cite legalmente al demandado CARLOS ALBERTO ALARCON SARANGO, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Machala, por no existir en esta ciudad; en la forma que establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el actor bajo juramento afirma que le ha sido imposible determinar la residencia del referido demandado. Agréguese a los autos la documentación acompañada. Téngase en cuenta la cuantía indeterminada de la demanda, la casilla judicial que la actora señala para notificaciones y la autorización que como su defensor confiere al profesional del derecho que le patrocina. CITESE Y NOTIFIQUESE. Dr. Manuel Rigchac Betún, Juez 9no de lo Civil y Mercantil de El Oro. Particular que le hago conocer para los fines de ley. Arenillas, 02 de julio del 2013 Dr. Joseph Mendieta Toledo Mg. Se. Secretario P/F069

P/F0031

REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE EL ORO, CON SEDE EN ARENILLAS EXTRACTO DE CITACION A la señora JESSICA GRACIELA ESPINOZA GARCIA, se le hace saber: Que en este Juzgado se ha planteado el juicio verbal sumario de divorcio cuyo extracto es como sigue: ACTOR: MARLON ENRIQUE GODOS TORRES. DEMANDADA: JESSICA GRACIELA ESPINOZA GARCIA. No. DE JUICIO: 001-2014 OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO. JUEZ: Dr. Manuel Rigchac Betún. ABOGADO DEFENSOR: Abg. Roberto Castro Ramírez. Arenillas, 15 de Enero del 2014, a las 16h57. VISTOS: La demanda de divorcio, presentada por MARLON ENRIQUE GODOS TORRES, es clara, completa y por reunir los requisitos formales determinados en la ley, se la admite al trámite legal en la vía verbal sumario. En consecuencia se dispone, que con la demanda y auto recaído en la misma se cite legalmente a la demandada JESSICA GRACIELA ESPINOZA GARCIA, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Machala, por no existir en esta ciudad; en la forma que establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el actor bajo juramento afirma que le ha sido imposible determinar la residencia del referido demandado. Agréguese a los autos la documentación acompañada. Téngase en cuenta la cuantía indeterminada de la demanda, la casilla judicial que la actora señala para notificaciones y la autorización que como su defensor confiere al profesional del derecho que le patrocina. CITESE Y NOTIFIQUESE. Dr. Manuel Rigchac Betún, Juez 9no de lo Civil y Mercantil de El Oro. Particular que le hago conocer para los fines de ley. Arenillas, 12 de marzo del 2014 Dr. Joseph Mendieta Toledo Mg. Sc. Secretario P/F070

MIÉRCOLES 07 DE MAYO DE 2014 La Hora EL ORO

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ATENCIÓN

ATENCIÓN A LA

PALABRA DE DIOS EL DÍA FINAL

Ezequiel CAPITULO 7 versículos 6 - 7 7:6 Viene el fin, el fin viene; se ha despertado contra ti; he aquí que viene. 7:7 La mañana viene para ti, oh morador de la tierra; el tiempo viene, cercano está el día; día de tumulto, y no de alegría, sobre los montes. 2da. de Pedro CAPITULO 3 versículo 10 3:7 pero los cielos y la tierra que existen ahora, están reservados por la misma palabra, guardados para el fuego en el día del juicio y de la perdición de los hombres impíos. Isaías CAPITULO 57 versículo 21 57:21 No hay paz, dijo mi Dios, para los impíos.

PREDICACIÓN DEL EVANGELIO

San Marcos CAPITULO 1 versículos 14 – 15 1:14 Después que Juan fue encarcelado, Jesús vino a Galilea predicando el evangelio del reino de Dios, 1:15 diciendo: El tiempo se ha cumplido, y el reino de Dios se ha acercado; arrepentíos, y creed en el evangelio. 1ra a Corintios CAPITULO 6 versículos 9 – 10 6:9 ¿No sabéis que los injustos no heredarán el reino de Dios? No erréis; ni los fornicarios, ni los idólatras, ni los adúlteros, ni los afeminados, ni los que se echan con varones, 6:10 ni los ladrones, ni los avaros, ni los borrachos, ni los maldicientes, ni los estafadores, heredarán el reino de Dios. Gálatas CAPITULO 1 versículos 11 - 12 1:11 Más os hago saber, hermanos, que el evangelio anunciado por mí, no es según hombre; 1:12 pues yo ni lo recibí ni lo aprendí de hombre alguno, sino por revelación de Jesucristo.

P/F0035

P/F0062

EL DÍA DEL JUICIO San Mateo CAPITULO 12 versículos 36 - 37 12:36 Más yo os digo que de toda palabra ociosa que hablen los hombres, de ella darán cuenta en el día del juicio. 12:37 Porque por tus palabras serás justificado, y por tus palabras serás condenado.


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