JUDICIAL A14
MIÉRCOLES 29 DE OCTUBRE DE 2014 La Hora TUNGURAHUA
será adjudicado al mejor postor, por ser el primer señalamiento, se aceptarán posturas sobre las dos terceras partes del avalúo total, las mismas que irán acompañadas del 10% en dinero efectivo o cheque certificado a nombre de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL – AMBATO. Ambato, 20 de octubre del 2014.Firma ilegible Ab. SILVIA HEREDIA V. SECRETARIA Hay dos sellos P*125770/25002
ORDINARIO
CITACION JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN EL CANTON PILLARO ACTORA: ZOILA MERCEDES TOAPANTA RODRIGUEZ DEMANDADOS: NELSON RAUL ORTEGA LLUMIPANTA Y EDUARDO EFRAIN ORTEGA; a los señores HECTOR FERNANDO, GLORIA NARCISA Y SAUL ABELINO ORTEGA LLUMIPANTA; PETRONA Y JUAN TOAPANTA TIGSE; a MARIA TOAPANTA SANGUCHO; Y, A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES JOSÉ ALBERTO LLUMIPANTA TOAPANTA, VALERIANA TOAPANTA RAMIREZ Y SEGUNDO ALEJANDRO CONTERON SANGUCHO; y a quienes tengan interés en el presente juicio.JUICIO : ORDINARIO No 2013-2580 ASUNTO: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO CASILLERO: No 08 DEL DR. JAIME MEDINA CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ “ A” DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL: DR. MARCO ANDRADE DAQUILEMA. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL (PILLARO) DE TUNGURAHUA. Píllaro, martes 10 de abril del 2012, las 12h18. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede, proveyendo el mismo y revisado que ha sido el proceso, se desprende que por un lapsus calami, en la calificación de la demanda se ha hecho constar el nombre de la causante como Valeriana Toapanta Rodríguez, siendo los correctos de Valeriana Toapanta Ramirez, por lo expuesto se declara la nulidad de todo lo actuado a partir de la calificación de la demanda.- En lo principal, reponiéndose el proceso, la demanda presentada por ZOILA MERCEDES TOAPANTA RODRIGUEZ, por ser clara y legal se la acepta al trámite Ordinario; por lo tanto, cítese con la copia de la demanda y auto recaído en la misma a los señores NELSON RAUL ORTEGA LLUMIPANTA Y EDUARDO EFRAIN ORTEGA, por comisión que se enviará al señor Teniente Político de la Parroquia San Andrés, lugar que indicará al señor Actuario; a los señores HECTOR FERNANDO, GLORIA NARCISA Y SAUL ABELINO ORTEGA LLUMIPANTA; PETRONA Y JUAN TOAPANTA TIGSE; a MARIA TOAPANTA SANGUCHO; y, a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes José Alberto Llumipanta Toapanta, Valeriana Toapanta Ramirez y Segundo Alejandro Conteron Sangucho; y a quienes tengan interés en el presente juicio, por desconocer su domicilio, cítese por la prensa, en uno de los Diarios de mayor circulación de la provincia de Tungurahua, de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de quince días luego de citados legalmente y veinte de la última publicación.- Cuéntese en la presente causa con la H. Junta de Defensa Nacional, mediante deprecatorio que se enviará a uno de los señores Jueces de lo Civil de la ciudad de Quito.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad Cantonal, para lo cual se notificará al Titular de dicha dependencia pública. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado para posteriores notificaciones, así como la designación de su defensor autorizado suscribir cuanto escrito fuere necesario en la presente causa. Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- Actúe en la presente causa el señor Secretario Encargado mediante Acción de Personal No. 011-CJ-DPT de fecha 6 de enero del 2012.- Notifíquese y Cítese.f) Dr. Rafael Moya Delgado. Certifico.- f) Dr. Jose Francisco Jacome R. Secretario Encargado.JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL (PILLARO ) DE TUNGURAHUA.- Píllaro, miércoles 19 de junio del 2013, las 09h55. VISTOS: Avoco conocimiento en a presente causa en calidad de Juez de lo Civil Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal No. 7993-DNP de fecha 23 de mayo del 2013.- En lo principal, agréguese a los autos el escrito que antecede, atento a lo solicitado por él actor, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 108, numerales 2,3 y 4; Art. 109, numeral 1; y, Art. 112, del Código de Procedimiento Civil, se decreta la acumulación de autos, esto es al proceso anterior se acumularán los posteriores, en el orden que se especifica en el escrito que se provee.- Una vez que se ha decretado la acumulación de autos, cúmplase con lo ordenado en los autos de calificación, para lo cual se concederá nueva documentación, así como también, cuéntese en la presente causa con la UNIDAD DE BIENS ESTRATEGICOS DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, en lugar de la H. Junta de defensa Nacional, a cuyo Director de la citará en la dirección señalada, mediante Deprecatorio que se enviará a uno de los señores Jueces de lo Civil del Cantón Quito, Provincia de Pichincha.- Tómese en cuenta el nuevo casillero judicial y correo electrónico señalado para sus notificaciones y la autorización concedida al nuevo Abogado defensor designado. Hágase saber al anterior defensor, notificándole por última vez en el casillero que tiene señalado. Notifíquese.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE TUNGURAHUA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON PILLARO. Píllaro, martes 12 de noviembre del 2013, las 14h23.- Avoco conocimiento en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Civil del Cantón Píllaro, mediante Acción de Personal No. 10332-DNTH-SAF, en relación a resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura 100-2013, del 21 de agosto de 2013, publicada en el Registro Oficial No. 86 Segundo Suplemento de fecha lunes 23 de septiembre de 2013, en la cual se crea la Unidad Judicial Civil del cantón Píllaro y se suprime el Juzgado Octavo de lo Civil del cantón Píllaro, estando los Jueces facultados para conocer y resolver los asuntos que establece el Art. 3 de dicha resolución.- Se hace conocer a las partes litigantes que, en virtud del resorteo realizado, el nuevo número de la causa es 2013-2580 con el cual se contará en lo futuro.- En lo principal, agréguese al proceso el escrito que antecede, atento el mismo a costa del compareciente por secretaría procédase a conferir el nuevo deprecatorio requerido a fin de que cumpla con las citaciones ordenadas.- Actúe el Dr. José Francisco Jácome Rivera, como Secretario Encargado por Acción de Personal No.DP18-1013-2013 de fecha 25 de septiembre del 2013.- Notifíquese.- f)
P
Dr. Marco Andrade D. Juez de lo Civil.Certifico.- f) Dr. José Francisco Jácome R. Secretario Encargado.- Lo que comunico a Ud, para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta Judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Hay una firma Dr. José Francisco Jácome R. SECRETARIO ENCARGADO Hay un sello P*125763-24930
EJECUTIVO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO R. del E. A: MARITZA GEOVANNA CAISA GUAPISACA, HECTOR FERMIN OYASA GUALAN y SEGUNDO LUIS CAISA PLACENCIA, dentro del Juicio Ejecutivo - Dinero No. 2013-0636X, seguido por el Lcdo. CATON FEDERICO CUESTA MOSCOSO Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “OSCUS”, en contra de los señores: MARITZA GEOVANNA CAISA GUAPISACA, HECTOR FERMIN OYASA GUALAN y SEGUNDO LUIS CAISA PLACENCIA, se ha dispuesto citar por la prensa por desconocer el actual domicilio o individualidad de los demandados: MARITZA GEOVANNA CAISA GUAPISACA, HÉCTOR FERMÍN OYASA GUALAN y SEGUNDO LUIS CAISA PLACENCIA. JUICIO No. : 2013-0636X ACTOR: Lcdo. CATON FEDERICO CUESTA MOSCOSO Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “OSCUS” DEMANDADOS: MARITZA GEOVANNA CAISA GUAPISACA, HÉCTOR FERMÍN OYASA GUALAN y SEGUNDO LUIS CAISA PLACENCIA JUICIO: EJECUTIVO TRAMITE: PAGARE CUANTÍA: $ 6.500,oo JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE TUNGURAHUA. Ambato, martes 6 de agosto del 2013, las 16h39. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado, según acción de personal DP18-0694-2013. La demanda presentada por el LCDO. CATON FEDERICO CUESTA MOSCOSO en calidad de Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “OSCUS” Ltda., conforme lo justifica con copia certificada que adjunta, es clara y legal por lo que se acepta al trámite Ejecutivo: por lo tanto, cítese personalmente a MARITZA GEOVANNA CAISA GUAPISACA Y HECTOR FERMIN OYASA GUALAN en su calidad de deudores principales; y , a SEGUNDO LUIS CAISA PLACENCIA como garantes, en el lugar que se indica mediante deprecatorio librado al señor Juez de lo Civil del Cantón Quero, Provincia de Tungurahua, a fin de que pague o proponga excepciones dentro de tres días luego de citado legalmente. Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su defensor. Cítese y notifíquese.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, lunes 13 de octubre del 2014, las 14h28. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza “X” de la Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el cantón Ambato, mediante Acción de Personal No. 5901-DNTH-2014. Cumplido que ha sido el requerimiento de la Unidad, cítese extractadamente con la demanda, auto inicial e inclusive ésta providencia a los accionados señores: CAISA PLACENCIA SEGUNDO LUIS, OYASA GUALAN HÉCTOR FERMÍN y CAISA GUAPISACA MARITZA GEOVANNA, por uno de los diarios de la localidad de conformidad a lo señalado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese.Lo que comunico, para los fines dé Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla Judicial para sus posteriores notificaciones. Ambato, 21 de octubre del 2014. Firma ilegible Abg. Gladys Chimborazo Navarrete SECRETARIA ENCARGADA Hay dos sellos P*125767/25001 ==
REPÚBLICA DEL ECUADOR En el juicio N° 2013-00430X seguido por CARLOS GILBERTO MOYA LÓPEZ en contra JORGE NEPTALI SALAZAR LIZANO. Se Le hace saber: NUMERO DE JUICIO: 2013-00430X CLASE DE JUICIO: ESPECIAL ASUNTO: INSOLVENCIA ACTOR: CARLOS GILBERTO MOYA LÓPEZ DEMANDADO: JORGE NEPTALI SALAZAR LIZANO CUANTÍA: $8.500,00 JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE TUNGURAHUA. Ambato, miércoles 24 de julio del 2013, las 08h01. Avoco conocimiento de la presente causa en mi condición de Juez Sexto de lo Civil encargado mediante acción de personal Nro. DP 18-694-2013, La demanda presentada por CARLOS GILBERTO MOYA LÓPEZ es clara y reúne los requisitos de ley , en consecuencia se la admite a trámite la insolvencia .De las copias certificadas que se adjunta aparece que JORGE NEPTALI SALAZAR LIZANO se encuentra en estado de insolvencia , por lo tanto comprendido en las disposiciones de los Arts. 509 y 519 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de lo cual, se declara con lugar de formación del concurso de acreedores. Cítese al demandado antes indicado en el lugar que se indica, el mismo que podrá oponerse a esta declaratoria pagando la cantidad adeudada o dimitiendo bienes equivalentes , dentro del término de tres días de citado legalmente. Tómese nota del domicilio judicial señalado por el actor para sus notificaciones y autorización conferida a su defensor. El escrito que antecede agregúese a los autos. Notifíquese. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, jueves 11 de septiembre del 2014, las 15h07. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza “X” de la Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el cantón Ambato, de conformidad con la Acción de Personal No. 5901DNTH-2014.- Los escritos que anteceden agregúense a los autos. Por secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme solicita de los escritos que se proveen.- Actúe en calidad de secretaria encargada la Ab. Gladys Chimborazo, mediante acción de personal Nro. DP18- 03732014, que rige desde el 10 de junio del 2014.Notifíquese.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, miércoles 1 de octubre del 2014, las 12h54. Previo a proveer el extracto ordenado en decreto de fecha Ambato, jueves 11 de septiembre del 2014, las 15h07 se dispone: cítese con la demanda, el auto de calificación y la presente providencia, por medio de la prensa al demandado CARLOS GILBERTO MOYA LÓPEZ, mediante tres publicaciones en un diario de la localidad ante la aseveración de la parte actora de señalar que desconoce su individualidad, residencia, de ser
imposible determinar su domicilio y actual paradero, que lo hace bajo juramento, para que dentro de veinte días de, la última publicación bajo apercibimiento de rebeldía conteste la demanda, según lo determinado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir sus notificado.-Notifíquese UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO DE TUNGURAHUA, Ambato, miércoles 15 de octubre del 2014, las 08h41. Por un lapsus calami en decreto de fecha miércoles 1 de octubre del 2014, las 12h54, se ha hecho constar el nombre del demandado como CARLOS GILBERTO MOYA LÓPEZ, siendo lo correcto JORGE NEPTALI SALAZAR LIZANO, rectificación que se hace con el fin de evitar nulidades procesales posteriores, en lo demás esté a lo ordenado en mencionado decreto.Notifíquese.Lo que comunico para los fines legales. Actúe en calidad de secretaria encargada la Ab. Gladys Chimborazo, mediante acción de personal Nro. DP18- 0373-2014, que rige desde el 10 de junio del 2014.- Ambato, 21 de octubre del 2014.Firma ilegible Abg. Gladys Chimborazo SECRETARIA ENCARGADA Hay un sello P*125771/25003 ==
R. del E. CARTEL DE REMATE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO Tengo a bien poner en conocimiento del público en general que por decreto expedido por el Dr. Luis Fernando Fonseca Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Ambato, en el Juicio Ejecutivo (Cobro de Dinero) No 2012-1068, se ha ordenado el remate del siguiente bien inmueble, el mismo que se llevará a cabo en la Secretaria de ésta Judicatura, el día MARTES NUEVE DE DICIEMBRE del año dos mil catorce, desde las trece hasta las diecisiete horas, conforme se detalla a continuación: 1. FECHA DE INSPECCIÓN Y POSESIÓN.POSESION: 27 de Marzo del 2014, a las 14H10 INSPECCIÓN: 3 de Abril del 2014, a las 17h15. 2. OBJETO DE LA PERICIA.Realizar el avalúo del bien inmueble localizado en un ingreso peatonal que parte de la calle Los Geranios, en el Barrio Los Geranios, perteneciente a la parroquia Picaihua del cantón Ambato, provincia de Tungurahua. 3. DETALLE DEL BIEN INMUEBLE: LOCALIZACION DEL INMUEBLE Región: Sierra Provincia: Tungurahua Cantón: Ambato Parroquia: Picaihua Sector: Los Geranios Calles: Ingreso peatonal desde la calle Los Geranios. Hay una foto 4. DATOS DEL PREDIO.4.1- MEDIDAS LEVANTADAS Y LINDEROS BIEN INMUEBLE Por la cabecera: (Este ) : Herederos de Víctor Lascano en 12,85 m. Por el pie: (Oeste): Propiedad de Luis Fiallos en 12.85m. Por el un costado: (Norte): Propiedad de Ninfa Reyes en 17,64m Por el otro costado: (Sur): Acequia Pública en 17,84 m. AREA TERRENO: 228,00 metros cuadrados 4.2- ENTORNO ECONOMICO DEL INMUEBLE.- RESIDENCIAL - AGRICOLA 4.3- SERVICIOS DE LOS INMUEBLES.BIEN INMUEBLE Transporte Público Región: SI Agua Potable: SI Alcantarillado: SI Energía Eléctrica: SI Telefonía Fija: SI Vías de acceso al Inmueble: PAVIMENTO ASFALTICO 4.4- CARACTERISTICAS.4.4.1 CARACTERISTICAS GENERALES.BIEN INMUEBLE Cerramiento : SI, de bloque y malla galvanizada. Construcción :SI Construcción de una planta, con losa de hormigón y proyección a segundo planta. Terreno: Se accede por un camino peatonal a la vía principal. 4.4.2 FACTORES DE INFLUENCIA INMEDIATA.Centros Educativos: SI Centros deportivos y recreacionales: SI Comercios, supermercados, mercados, almacenes: SI Asistencia médica: SI 4.4.3 CARACTERISTICAS TERRENO.Forma: Rectangular Topografía: Plano en el un sentido y levemente inclinado en el otro sentido. Acceso principal: Desde la calle principal se accede por un camino peatonal. Localización y fachadas del lote: Interior en intermedio. Accesibilidad vial: Si, ingreso peatonal Material de la vía de acceso: Pavimento rígido de hormigón en el ingreso peatonal y pavimento asfáltico con aceras y bordillos de hormigón en calle principal. 4.4.4 CARACTERISTICAS DE LA CONSTRUCCIÓN.Estructura: Hormigón armado Mampostería: Bloque Pisos: Cerámica en todas las áreas. Cubierta: Hormigón armado. Instalaciones eléctricas y sanitarias: Empotradas Aparatos sanitarios: Nacionales de color y calidad económica. Puertas: Interiores de madera y exteriores metálicas Ventanas: Hierro y vidrio, con protecciones metálicas Pintura y recubrimientos: Pintura de caucho en interiores y grafiado exteriormente. Tumbados: Enlucidos y champeados Escaleras: hormigón Pasamanos: Mampostería de bloque enlucida y grafiada Iluminación: Con plafones Cerraduras: Nacionales Ducha: Calefón a gas Barrederas: Madera Mesón en cocina: No Hay cuatro fotos 4.5- LOCALIZACION ESPECÍFICA.- Coordenadas: BIEN INMUEBLE 1 Punto 2: 0768970 – 9858826 Punto 3 0768954 - 9858817 Punto 4 0768961 - 9858805 Punto 5 0768975 - 9858815 5. AVALUO (VALORACION) DEL BIEN INMUEBLE VALOR DEL TERRENO: VRT= VC*CI*CAF*Área del terreno VRT= Valor Comercial * Coeficiente Infraestructura* Coeficiente Afectación * Area VRT= 80,00 * 1.00 * 1.00 * 228,00 m2. VRT= 18.240,00 USD VALOR DE LAS CONSTRUCCIONES: Para el cálculo del valor actual o de construcción usada, utilizamos la siguiente fórmula: Vx = Vn * (( 1-E) + (1-C))/2; Donde:
Vx = Valor Actual o de construcción usada. Vn = Valor de construcción nueva. E = Coeficiente de edad de edificación. C = Coeficiente por estado de conservación. CONSTRUCCIÓN: Edad de Edificación: 14 años aproximadamente. Estado de conservación: 85% Vx = 350 * (( 1-0.14)+ (1-0.15))/2 = 299,50 US.D / M2. INMUEBLE Área total del terreno: 228,00 metros cuadrados (VER GRAFICO) Valoración Real del Terreno (VRT): 80,00 dólares americanos cada metro cuadrado en el sector. Valor comercial del Terreno: 80,00 m2 x 228,00USsd/m2.= 18.240,00 USD Área de Construcción: 104,85 metros cuadrados Valoración Comercial Referencial de la Construcción: 299,50 dólares americanos cada metro cuadrado Valor Comercial de Construcción: 104,85 m2 x 299,50Usd/m2.= 31.402,58 USD Longitud Cerramiento: 52,33 metros cuadrados Valoración Comercial Referencial del cerramiento: 50,00 dólares americanos cada metro lineal. Valor comercial de Construcción: 52,33m x 50,00Usd/m.= 2.616,50 USD Valor Total Bien Inmueble: 52.259,08 USD. PARTE FINAL DEL INFORME: CONCLUSIONES EL AVALUO TOTAL ASCIENDE A LA SUMA DE: CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 08/100 DOLARES AMERICANOS (52.259,08 USD). Las personas interesadas, pueden obtener mayores informes en la Secretaria de esta Judicatura, remate que se adjudicará al mejor postor, posturas que deberán ir acompañadas del diez por ciento que determina la ley en dinero efectivo o cheque certificado a órdenes de esta judicatura. Por tratarse del primer señalamiento, se aceptarán posturas en base a las dos terceras partes del avalúo total. Actúa Ab. Silvia Heredia en calidad de secretaria encargada mediante acción de personal DP18-0966-2014. Ambato, 10 de septiembre del 2014. Hay una firma Ab. Silvia Heredia SECRETARIA (E ) Hay un sello P*124165-24894
público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente de los señores EDGAR GUSTAVO FIALLOS VALLADARES y señora ZONNIA SUSANA DE LAS MERCEDES BORJA JURADO, otorgada mediante escritura pública de fecha veintisiete de Octubre de Dos mil catorce, ante la suscrita Doctora Mónica Armas Meléndez, Notaría Pública Quinta del Cantón Ambato, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.Ambato a 27 de Octubre de 2014.LA NOTARIA Firma Ilegible P*125772/25004
ANULACIONES
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “29 DE OCTUBRE LTDA . AVISO AL PUBLICO La Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre Ltda . “ Se pone en conocimiento del público que hemos sido notificados de la pérdida de la libreta de ahorros y certificados de aportación número 4501111609 y 4501111610 otorgada por nosotros al señor: OCHOA CALI JOSE ALBERTO Si transcurridos 3 días de la publicación de este aviso, no se presentare reclamo alguno en nuestras oficinas, se procederá a la anulación respectiva sin responsabilidad para nuestra institución y por ende a la emisión de una nueva cartola. Ambato, octubre del 2014. P*125756
JUICIO: No. 2014-1879. TRAMITE: ORDINARIO. ASUNTO: NULIDAD DE INSTRUMENTO PÚBLICO. ACTOR: AUGUSTO CICERÓN GAIBOR. DEMANDADOS: CARMELINA DEL ROCÍO GAIBOR ZURITA, OMAR PATRICIO NÚÑEZ CARRERA Y OTROS. CUANTÍA: INDETERMINADA. JUEZ: DRA. LIDIA ELIZABETH NARANJO LLERENA.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, jueves 25 de septiembre del 2014, las 14h48. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, según Resolución del Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura No. 064-2014; y, en mi calidad de Jueza titular del despacho de esta Judicatura, conforme la Acción de Personal No. 3609-DNTH-2014. La demanda que antecede es clara completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite al trámite de juicio ORDINARIO. Cítese los demandados señores CARMELINA DEL ROCÍO GAIBOR ZURITA, OMAR PATRICIO NUÑEZ CARRERA, SUSANA AMAPOLA COCHA UNDA y MARTHA CECILIA AVALOS COCHA, en las direcciones que se indican en la demanda. Atento al juramento consignado por el actor y lo dispuesto por el Art. 82 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil, cítese a los demandados Carmelina del Roció Gaibor Zurita y Ornar Patricio Núñez Carrera, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad; y, mientras que a Susana Amapola Cocha Unda y Martha Cecilia Avalos Cocha, COMISIONASE al señor Teniente Político de la parroquia San Bartolomé de Pinllo, de este cantón Ambato, provincia de Tungurahua, a fin de que dentro del término de quince días que determina la ley, contesten a la demanda o propongan excepciones. Cuéntese con el señor Alcalde Cantonal del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Ambato; y, así como con el señor Procurador Síndico Municipal de éste cantón; para el efecto cuéntese con la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua. Inscríbase la demanda en el Registro Municipal de la Propiedad del cantón Ambato, para lo cual notifíquese al funcionario respectivo. Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados, por el actor para sus notificaciones posteriores. Agregúese al proceso la documentación adjunta.- Cítese y Notifíquese.- f) Dra. Lidia Elizabeth Naranjo Llerena.- Juez.- Certifico.- f) Dr. Ramiro Garcés Santana.- Secretario. Lo que se pone en conocimiento de la parte demandada, para los fines legales consiguientes. Firma Ilegible DR. RAMIRO GARCÉS SECRETARIO Hay un sello P*125773/25005
VARIOS
EXTRACTO NOTARÍA QUINTA DEL CANTÓN AMBATO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante la Doctora Mónica Alexandra Armas Meléndez, Notaría Pública Quinta del Cantón Ambato, el día Lunes veintisiete de Octubre de Dos mil catorce, los señores EDGAR GUSTAVO FIALLOS VALLADARES y LA SEÑORA ZONNIA SUSANA DE LAS MERCEDES BORJA JURADO, de estado civil divorciados, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, la misma que fuera disuelta por Sentencia dictada por la Unidad Judicial de la Familia, Niñez y Adolescencia, de fecha cuatro de Junio de Mil novecientos setenta; debidamente marginada en el Registro Civil correspondiente, en el tomo Uno, página ochenta y ocho, Acta ochenta y ocho, del diez de Septiembre del dos mil catorce.Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en el Registro Municipal de la Propiedad, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del
QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 158 de la Cta. Cte. No. 2100027674 perteneciente a VACA GUAMANQUISPE NELLY ALICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR ======
QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 165 de la Cta. Cte. No. 2100027674 perteneciente a VACA GUAMANQUISPE NELLY ALICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR ======
QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 181 de la Cta. Cte. No. 2100027674 perteneciente a VACA GUAMANQUISPE NELLY ALICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR ======
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ORDINARIO CITACIÓN JUDICIAL EXTRACTO JUZGADO Z, DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE TUNGURAHUA A LOS SEÑORES: CARMELINA DEL ROCÍO GAIBOR ZURITA Y OMAR PATRICIO NÚÑEZ CARRERA, por desconocer su actual domicilio, residencia o individualidad, se les hace conocer:
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BANCO PICHINCHA TUNGURAHUA QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 182 de la Cta. Cte. No. 2100027674 perteneciente a VACA GUAMANQUISPE NELLY ALICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR ======
QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 180 de la Cta. Cte. No. 2100027674 perteneciente a VACA GUAMANQUISPE NELLY ALICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR ======
COOPERATIVA OSCUS LTDA.
QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 185 de la Cta. Cte. No. 2100027674 perteneciente a VACA GUAMANQUISPE NELLY ALICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR
La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 677462, perteneciente a TIPANTASIG MATZA SEGUNDO RAUL , por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 28 de octubre del 2014 P*34401
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QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 149 al 160 de la Cta. Cte. No. 3477816404 perteneciente a SALINAS MALUCIN DIEGO JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR ======
QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 171 de la Cta. Cte. No. 2100027674 perteneciente a VACA GUAMANQUISPE NELLY ALICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR ======
QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 184 de la Cta. Cte. No. 2100027674 perteneciente a VACA GUAMANQUISPE NELLY ALICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR ======
QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 170 de la Cta. Cte. No. 2100027674 perteneciente a VACA GUAMANQUISPE NELLY ALICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR ======
QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 172 de la Cta. Cte. No. 2100027674 perteneciente a VACA GUAMANQUISPE NELLY ALICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR ======
QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 183 de la Cta. Cte. No. 2100027674 perteneciente a VACA GUAMANQUISPE NELLY ALICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25398) NR
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com
COOPERATIVA OSCUS LTDA. La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 15215, perteneciente a LOPEZ TROYA ESTEBAN DANIEL, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 28 de octubre del 2014 P*34401 ==
COOPERATIVA OSCUS LTDA. La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 627939, perteneciente a GUACHAMBALA ALULEMA EDISON BAYRON, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 28 de octubre del 2014 P*34401 ==
COOPERATIVA OSCUS LTDA. La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 626643, perteneciente a ARCOS CAMPOS ROCIO ELIZABETH , por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 28 de octubre del 2014 P*34401 ==
COOPERATIVA OSCUS LTDA. La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 559192, perteneciente a MATERANO FIDEL ANTONIO , por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 28 de octubre del 2014 P*34401