Ambato22enero2015

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tanilla de esta Unidad Judicial ; mediante acción de personal N° DP18-1433-2014, de 16 de diciembre del 2014, actúe en la presente causa como secretario encargado el Ab. Carlos Céspedes Gavilanes.Notifíquese. Firma ilegible PAREDES JORDAN CHRISTIAN MAURICIO JUEZ Certifico: Firma Ilegible CESPEDES GAVILANES CARLOS MILTON SECRETARIO Lo que pongo en su conocimiento para los fines de ley pertinentes. Firma ilegible Ab. Carlos Céspedes Gavilanes. SECRETARIO (E) Hay dos sellos P*126977/25133 ==

CARTEL DE REMATE

JUICIO Nº 0102-2011 Pongo en conocimiento de público en general que el día LUNES NUEVE DE FEBRERO DE AÑO DOS MIL QUINCE, desde las trece horas hasta las diecisiete horas, a fin de que se lleve a cabo EL REMATE en pública subasta del BIEN INMUEBLE Embargado de propiedad del demandado, que se detallan a continuación. CARACTERÍSTICAS 1. DEL VEHÍCULO: MARCA: MAZDA TIPO: PICK-UP CLASE: CAMIONETA MODELO: B2200 CABINA SIMPLE 2003 AÑO: CHASIS: 8LFUNY0213M001639 MOTOR: 72227345 COLOR: BLANCO PLACA: TCU0793 2. ESTADO DEL VEHÍCULO: Carrocería en general en regular estado. Cabina: pintura exterior en regular estado, tablero de controles en buen estado, sin radio, 2 retrovisores, el derecho en buen estado y el izquierdo roto, plumas en buen estado, parabrisas en buen estado, asientos en mal estado, puertas sin seguridades, con sus respectivos vidrios y tapizados en buen estado. 4 Llantas mal estado. Cajón metálico: en mal estado, sin guardachoque posterior, y lunas de media y stop rotas. No se pudo comprobar el funcionamiento del motor, en tanto que embrague, caja de cambios, sistema de frenos, están en regular estado, el odómetro marca 340.818 kilómetros. AVALÚO DEL 3. VEHÍCULO: El vehículo en mención está avaluado en la cantidad de NUEVE MIL DÓLARES AMERICANOS (USD $ 9.000,00) Hay 4 fotografias Las personas interesadas pueden obetenr mayor informacion en la Secretaría del juez “U” de la Unidad Judicial con Sede en el Cantón Ambato, Remate que será adjudicado al mejor postor. Por ser el primer señalamiento se aceptarán posturas sobre las dos terceras partes del avalúo total, las mismas que irán acompañadas del 10% en dindero efectivo o cheque certificado a nombre de la Unidad Judicial. El Secretario Firma Ilegible Dr. Marco Salazar V. Hay un sello P*126746/25104 ==

CARTEL DE REMATE

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO Tengo a bien poner en conocimiento del público que por el decreto expedido por el Dr. Fernando Fonseca, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Ambato, en el juicio de Cobro de Dinero (Ejecutivo) N° 2007-0697 se ha ordenado el remate en pública subasta del bien inmueble embargados en esta causa, el que se llevará a cabo en esta Secretaria, el día LUNES NUEVE DE FEBRERO del año dos mil quince, desde las trece a las diecisiete horas del día indicado, que se detalla a continuación: 1- UBICACIÓN DE LA PROPIEDAD: PROVINCIA TUNGURAHUA CANTÓN AMBATO PARROQUIA PICAIHUA . SECTOR SAN CAYETANO PUBLICA- VIA A CALLE PICAIHUA 2.- LINDEROS Y SUPERFICIE DEL LOTE NORTE 23,00 m CAMINO VECINAL 23.00 m SR. SUR ARTURO LASCANO ESTE 17.00 m AV. GALO VELA OESTE 17.00 m CALLE PUBLICA AREA: 391.00 m2 Características del 2.1Predio Se trata de un terreno de forma irregular y topografía ligeramente accidenta con un desnivel de más o menos 2,50 m en relación a la vía principal que es el camino al centro de Picaihua. Cuenta con todos los servicios básicos de infraestructura como son agua potable, energía eléctrica alcantarillado, alumbrado eléctrico y transporte. No tiene cerramientos, ni sembríos. Avalúo: 2.2TERRENO 391.00 m2 x 100.00 = 39,100.00 U.S.D. 3.- CONSTRUCCIONES: Dentro del predio se encuentra edificada una casa de hormigón armado de una sola planta que tiene 63.00 m2 de construcción, distribuidos en tres dormitorios una sala, una cocina y un baño. En condiciones habitables. 3.1-Características: Subestructura y estructura de hormigón armado, paredes enlucidas y encementadas, puertas de madera, pisos de madera, ventanas de hierro, cubierta de losa, cielo raso champeado. 3.2 Avalúo: CASA: 63.00 m2 15,750.00 U.S.D.

x

250.00 =

4.-AVALUÓ TOTAL: 39,100.00 U.S.D. TERRENO CASA 15,750.00 U.S.D. SUMAN: 54,850.00 U.S.D. SON CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA 00/100 DOLARES Particular que se pone en conocimiento del público en general, a fin de que las personas interesadas puedan obtener mayores informes en la Secretaria de esta Judicatura, remate que se adjudicará al mejor postor, posturas que deben ir acompañadas del diez por ciento que determina la ley, en dinero en efectivo o cheque bancario certificado a órdenes de esta Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Ambato, por tratarse del primer señalamiento se aceptarán las posturas desde las dos terceras partes del valúo.- Ambato, 03 de Diciembre del 2014. Firma ilegible Abg. Julia Yanchaliquin SECRETARIA Hay un sello

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INVENTARIOS AVISO JUDICIAL. R. del E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO EXTRACTO Juicio: No. 26278-2013 Actor: DURAN MERA MARIA AUGUSTA Demandados: BORIS NIKOLAI DURAN MERA, MARÍA DE LA PAZ DURAN MERA, MARÍA INÉS DURAN MERA e INÉS STHEPANIE DURAN MERA Causa: INVENTARIO Jueza: Ab. DIANA CISNEROS ORTIZ Secretario: AB. LILIANA ELIZABETH RODRÍGUEZ Dependencia: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO AUTO DE CALIFICACIÓN: “JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE TUNGURAHUA. Ambato, martes 12 de marzo del 2013, las 10h26. VISTOS: El escrito y documento al mismo agréguense al proceso para fines legales consiguientes. Satisfecho que ha sido el requerimiento hecho por el Juzgado, se dispone: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular del Juzgado Séptimo de lo Civil de Tungurahua. La demanda presentada por la señora María Augusta Duran Mera, con los documentos que adjunta se la califica de clara y completa; por lo tanto se la acepta al trámite Especial. Con la copia de la partida de defunción de la señora María del Carmen Orfelina Miranda Gavilanez adjunta al escrito que antecede, con lo que se ha justificado su fallecimiento. Se declara abierta la sucesión hereditaria de los bienes dejados por la fallecida señora María del Carmen Orfelina Miranda Gavilanez. Procédase a la facción de inventarios y avalúo de los bienes, con la concurrencia de los herederos e interesados en la sucesión y se nombra como perito al señor Hernández Flores Rodrigo Lizardo quien presentara su informe en el término de quince días de posesionado. A los señores demandados BORIS NIKOLAI DURAN MERA, MARÍA DE LA PAZ DURAN MERA, MARÍA INÉS DURAN MERA e INÉS STHEPANIE DURAN MERA de conformidad a lo que prescribe el Art. 84 del Código de Procedimiento Civil téngaseles por legalmente citados en la presente causa; y a los presuntos y desconocidos herederos de quién en vida fue la señora María del Carmen Orfelina Miranda Gavilanez a quienes de les citara con la demanda en forma extractada por uno de los diarios que se editan en esta ciudad de Ambato, mediante tres publicaciones. Inscríbase la demanda en el Registro Municipal de la Propiedad del cantón Ambato, para lo cual se notificara al funcionario correspondiente. Cuéntese con el señor Jefe Regional del Servicio de Rentas Internas, citándole en el lugar que se indica y por intermedio del funcionario respectivo. Agregúese al proceso la documentación adjunta. Tómese en cuenta el casillero judicial No. 15 y correo electrónico lozadajusticiaw@yahoo.es designado para recibir ahí futuras notificaciones, así como la autorización que le concede a su Abogado Patrocinador en la presente causa. Cítese y notifíquese.- F) Dr. Diego Altamirano JUEZ F) Ab. Luis Naranjo SECRETARIO ENCARGADO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE TUNGURAHUA.- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO. Ambato, martes 20 de mayo del 2014, las 13hll. El escrito que antecede, agréguese a los autos. En lo principal, confiérase nuevamente los extractos solicitados, a efectos de que se proceda a citar en esta ciudad de Ambato y en la ciudad de Quito, por medio de uno de los periódicos de mayor circulación de las referidas localidades, a los presuntos y desconocidos herederos de quien en vida la señora María del Carmen Orfelina Miranda Gavilanez. Así también, dese cumplimiento a lo dispuesto en auto de calificación de fecha 12 de marzo del 2013, esto es, cítese al señor Jefe Regional del Servicio de Rentas Internas. Notifíquese. F) Ab. Diana Cisneros Ortiz JUEZA F) Ab. Liliana Elizabeth Rodríguez SECRETARIA. .(siguen notificaciones). Lo que CITO a usted, para su conocimiento y fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de fijar casilla judicial en esta ciudad de Ambato, para sus posteriores notificaciones, Firma ilegible SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON AMBATO. Hay un sello P*177693/25152

ALIMENTOS UNIDAD JUDICIAL H DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE TUNGURAHUA

AVISO JUDICIAL R del E EXTRACTO A: LUIS HUMBERTO TOALOMBO PINTO Actor: ELVIA PIEDAD PINTO CAGUAMA Demandado LUIS HUMBERTO TOALOMBO PINTO Causa: ALIMENTOS Número: 2014-5076 Juez: Dr. Jorge Arcos Morales Secretario: Ab. Elsa Núñez Solís Dependencia: UNIDAD JUDICIAL “H” DE LA FAMILIA, MUJER. NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE TUNGURAHUA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE TUNGURAHUA.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO, Ambato, miércoles 14 de mayo del 2014, las 11h36. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, por el sorteo legal realizado y en mi calidad de Juez Encargado de la Unidad de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia con Sede en el Cantón Ambato, designado mediante acción de personal N0.DPI8-1113-2013 de 25 de octubre del 2013 y que rige a partir del 29 de octubre del 2013.- En lo principal, la demandada de pensión alimenticia presentada por E VIA PIEDAD PINTO CAGUAMA, es clara y reúne los requisitos de ley y por tal se la acepta al trámite Especial solicitado y determinado por la Ley.- Por comisión que se librará al señor Teniente Político de la Parroquia AUGUSTO N. MARTÍNEZ, cítese al demandado señor LUIS HUMBERTO TOALOMBO PINTO , en el lugar determinado por la actora; a fin de que y bajo apercibimiento de continuar con la tramitación de la causa en su rebeldía, señale casilla judicial y/o dirección electrónica para recibir notificaciones en la presente causa.- Cumplido el acto de citación, se señalará día y hora para que tenga lugar la audiencia única.- El demandado podrá presentar el anuncio de prueba hasta con cuarenta y ocho horas antes de la fecha que se fije para la indicada audiencia única, esto según lo prevé el Art. Innumerado 35 de la

ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia.En NOVENTA Y DOS CON 20/100 DOLARES DE LOS Estados Unidos de América, mensuales, más los beneficios legales, se fija la pensión alimenticia a favor de los menores EDISSON MAURICIO (13) y VIVIANA ROCIO TOALOMBO PINTO (11); obligación que se cumplirá en los términos que refiere el Art. innumerado 8 Ibídem.- El anuncio de prueba de la parte actora se lo provee de la forma siguiente: I) Agregúese a los autos y téngase como prueba de la parte actora la documentación referida en los literales a. b, c y f del casillero 12 del formulario de demanda ; II) En la diligencia de Audiencia Única LUIS HUMBERTO TOALOMBO PINTO, acompañado de su abogado defensor rinda confesión Judicial, al tenor del interrogatorio que de forma oral realizará el abogado patrocinador de la parte actora III) Oficíese al SRI, esto conforme se solícita en el literal c de la casilla 13 del Formulario de demanda, esto con respecto al ciudadano LUIS HUMBERTO TOALOMBO PINTO.- IV) Reprodúzcase a favor de la parte actora lo solicitado en el numeral 1 del escrito de prueba anexo al formulario de demanda; La impugnación, tacha que realiza en los numerales 2 escrito de prueba anexo al formulario de demanda se tomará en cuenta en el momento procesal oportuno en lo que fuera de ley; La reserva realizada en el numeral 3 por considerar que corresponde al principio de contradicción no hace falta anunciarla.- Agregúese al proceso y téngase como prueba de la parte actora la prueba documental referida en el numerales 4 del escrito de prueba anexo al formulario de demanda.- Agregúese a los autos la documentación adjunta.-Tómese en cuerna el casillero Judicial y correo electrónico señalado por la parte actora Cítese y Notifíquese.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE TUNGURAHUA.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO, Ambato lunes 15 de diciembre del 2014, las 15h18.- Vistos.- El escrito que antecede agregúese a los autos,- En lo principal, lo solicitado por Elvia Piedad Pinto Caguana en el escrito que se manda agregar a los autos se niega por improcedente; en su lugar y por cuanto la accionante luego de justificar que le ha sido imposible determinar la. residencia o domicilio actual del accionado LUIS HUMBERTO TOALOMBO PINTO, ha declarado bajo juramento que le ha sido imposible determinar el domicilio actual del alimentante, con fundamento en el Art. 82 de la norma Procesal Civil, cítese al demandado LUIS HUMBERTO TOALOMBO PINTO, por tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplía. circulación de esta localidad; publicación que contendrá un extracto de la demanda, del auto de calificación y este auto, a fin de que y bajo prevenciones legales de continuar con la tramitación de la causa en su rebeldía, comparezca ajuicio dentro del término de veinte días contados a partir de la última publicación y señale casilla judicial y/o dirección electrónica para recibir notificaciones en la presente causa.- Actúe la Ab, Elsa Núñez Solís, en calidad de Secretaria Encargada de esta Judicatura, mediante acción de personal N° DP18-13672014 del 08/12/2014.- Notifíquese y Cúmplase.Lo que CITO a Usted, para su conocimiento y fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de fijar casilla judicial y/o electrónico, para sus posteriores notificaciones. Firma ilegible Dr. Jorge Enrique Arcos Morales JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL H DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO. Hay un sello P*177542/25135

ESPECIAL

EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN.

CLASE DE JUICIO: ESPECIAL CAUSA: INVENTARIOS No. 0016-2014 ACTOR: ÁNGEL MARÍA CAIZAGUANO SÁNCHEZ DEMANDADOS: KLEBER ANDRADE CAISAGUANO. WILSON EDGAR ANDRADE CAISAGUANO, CARLOS ADDI CAISAGUANO VELASTEGUI ETTEL FLORIPES CAISAGUANO VELASTEGUI Y JULIO ALFONSO CAIZAGUANO. CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ: Dr. Raúl Castro G. SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE: PRIMERA CIVIL DEL CANTÓN BAÑOS, PROVINCIA DE TUNGURAHUA. Yo, ÁNGEL MARÍA CAIZAGUANO SÁNCHEZ, a usted muy respetuosamente comparezco y formulo la siguiente demanda: ESPECIAL: 1NVENTERIOS SUCESORIOS CAUSANTES. =I= LOS NOMBRES, APELLIDOS COMPLETOS DEMANDANTE Y OTROS DE LEY. Al tenor del Numeral 2 del art. 67 del Código de Procedimiento Civil, consigno mis datos personales que son los siguientes: ÁNGEL MARÍA CAIZAGUANO SÁNCHEZ, de nacionalidad Ecuatoriana, 72 años de edad, de estado civil CASADO, sin PROFESIÓN, actividad AGRÍCOLA, con domicilio y residencia en esta Jurisdicción Cantonal de Baños, Provincia de Tungurahua. =II = LOS NOMBRES, APELLIDOS COMPLETOS DE LOS DEMENDADOS Y OTROS DE LEY. Cumplo con lo determinado en la parte final del Numeral 2 del art. 67 del Código Adjetivo Civil, de esta forma: A. HIJOS CAUSANTES VIVOS: SEGUNDO JULIO CESAR CAIZAGUANO SÁNCHEZ, mayor de edad CASADO, sin profesión ocupación AGRICULTOR, con domicilio y residencia en el Cantón Baños Provincia de Tungurahua. B. HIJOS DE LOS CAUSANTES FALLECIDOS: Por el derecho de representación: B.1.- LUZ MARÍA CAIZAGUANO SÁNCHEZ, LUIS ALBERTO ANDRADE CAIZAGUANO A VICTOR MARIO ANDRADE CAIZAGUANO, MARIA NATIVIDAD ANDRADE CAISAGUANO, AIDAMERCEDES ANDRADE CAIZAGUANO, DIEGO FABRICIO ANDRADE CAIZAGUANO, ESTUARDO CELIANO ANDRADE CAIZAGUANO, EDUARDO VINICIO ANDRADE CAIZAGANO, KLEVER GONZALO ANDRADE CAISAGUANO, EDGAR WILSON ANDRADE CAISAGUANO, PATRICIO FERNANDO ANDRADE CAIZAGUANO, ROCIO JIMENA ANDRADE CAIZAGUANO, ELSA YOLANDA ANDRADE CAIZAGUANO, VILMA MARLENE ANDARDE CAIZAGUANO; y, ROSA ELVIRA ANDRADE CAIZAGUANO, esta última fallecida, sin dejar ninguna descendencia (HIJOS) B.2.SEGUNDO ENRIQUE CAIZAGUANO SÁNCHEZ: EDISON ANÍBAL CAIZAGUANO GUEVARA y DINA INÉS CAIZAGUANO GUEVARA; B.3.- CARLOS ALBERTO CAIZAGUANO SÁNCHEZ; DITTA GUILLERMINA CAIZAGUANO VELASTEGUI, ETTEL FLORIPES

CAIZAGUANO VELASTEGUI, CARLOS ADDI CAIZAGUANO VELASTEGUI, y MARLON FRANCISCO CAIZAGUANO VELASTEGUI. C. JOSÉ PEDRO LLONGO GUANANGA y MARGARITA GUANANGA LEMA, en calidad de COMPRADORES DE LOS DERECHOS Y ACCIONES DEL FALLECIDO: CARLOS CAIZAGUANO SÁNCHEZ; y, D. H E R E D E R O S DESCONOCIDOS, PRESUNTOS HEREDEROS DE LOS CAUSANTES llamados: JULIO CESAR CAIZAGUNO CUJANO Y ROSA SÁNCHEZ FONSECA; y, de los hijos fallecidos: LUZ MARÍA CAIZAGUANO SÁNCHEZ, SEGUNDO ENRIQUE CAIZAGUANO SÁNCHEZ; y, CARLOS ALBERTO CAIZAGUANO SÁNCHEZ. = III = FUNDAMENTO DE HECHO: DEMANDA ESPECIAL INVENTARIOS BIENES SUCESORIOS CAUSANTES: Al fallecimiento de mis difuntos padres los ciudadanos llamados: JULIO CESAR CAIZAGUANO CUJANO Y ROSA SANCHEZ FONSECA, quedamos como únicos y universales herederos el compareciente: ÁNGEL MARÍA CAIZAGUANO SÁNCHEZ y JULIO CESAR CAIZAGUANO SÁNCHEZ, actualmente vivos; por los derechos de representación de los fallecidos de: • LUZ MARÍA CAIZAGUANO SÁNCHEZ: LUS MARÍA ANDRADE CAIZAGUANO, VÍCTOR MARIO ANDRADE CAIZAGUANO, VÍCTOR MARIO ANDRADE CAIZAGUANO, MARÍA NATIVIDAD ANDRADE CAISAGUANO, AIDA MERCEDES ANDRADE CAIZAGUANO, DIEGO FABRICIO ANDRADE CAIZAGUANO, ESTUARDO CELIANO ANDRADE CAIZAGUANO, EDUARDO VINICIO ANDRADE CAISAGUANO, EDGAR WILSON ANDRADE CAISAGUANO, PATRICIO FERNANDO ANDRADE CAIZAGUANO, ROCIO JIMENA ANDRADE CAIZAGUANO , ELSA YOLANDA ANDRADE CAIZAGUANO, VILMA MARLENE ANDRADE CAIZAGUANO; y, ROSA ELVIRA ANDRADE CAIZAGUANO; • SEGUNDO ENRIQUE CA1ZAGUANO SÁNCHEZ: EDISON ANÍBAL CAIZAGUANO GUEVARA, y, DINA INÉS CAIZAGUANO GUEVARA; • CARLOS CAIZAGUANO SÁNCHEZ: DITTA GUILLERMINA CAIZAGUANO VELASTEGU1, ETTEL FLORIPES CAIZAGUANO VELASTEGUI, CARLOS ADDI CAIZAGUANO VELASTEGUI Y MARLON FRANCISCO CAIZAGUANO VELASTEGUI De todos sus bienes, concretamente el que se encuentra ubicado en el sector denominado “EL TOPO-LA MASCOTA”, de la parroquia RIO NEGRO de esta Jurisdicción Cantonal, de Baños Provincia de Tungurahua, cuyos linderos y demás especificaciones se encuentra detallados en documento escriturario y Certificado HISTORIAL DE GRAVANES del Registrador de la Propiedad Municipal del Cantón Baños, Provincia de Tungurahua adjunto a esta demanda. Es del caso señor Juez, que el bien inmueble antes indicado se encuentra actualmente PRO-INDIVISO, en razón que ninguno de los herederos de nuestros difuntos padres, háyanos practicado la PARTICIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDIC1AL, pese que el compareciente, en forma cordial, honesta les he solicitado a todos los herederos, llegar a un acuerdo pacífico para tener cada uno los documentos que acrediten la HEREDAD de tal bien inmueble, siendo imposible aquello. Aclarando que presuntamente cada uno de los HEREDEROS hemos venido haciendo actos de señores y dueños de cada una de las fracciones del terreno HEREDADO, desde el momento de la muerte de los causantes hasta el día de hoy; y, lo que es mas algunos de los HEREDEROS han enajenado esos DERECHOS Y ACCIONES, mediante la correspondiente ESCRITURA DE COMPRAVENTA, que de igual forma se adjunta, por lo que, amerita esta acción Legal y Jurídica. = IV = DEMANDA ESPECIAL INVENTARIOS BIENES SUCESORIOS DE LOS CAUSANTES: Por lo expuesto, vengo ante usted señor Juez, y en: JUICIO ESPECIAL, DEMANDAR LOS INVENTARIOS y tasación de los bienes hereditarios de los que en vida fue nuestros padres los señores: JULIO CESAR CAIZAGUANO CUJANO y ROSA SÁNCHEZ FONSECA, en contra de los ciudadanos llamados: SEGUNDO JULIO CAIZAGUANO SÁNCHEZ, actualmente vivo; por el Derecho de Representación de; LUZ MARÍA CAIZAGUANO SÁNCHEZ: LUIS ALBERTO ANDRADE CAIZAGUANO. VÍCTOR MARIO ANDRADE CAIZAGUANO, MARÍA NATIVIDAD ANDRADE CAISAGUANO, AÍDA MERCEDES ANDRADE CAIZAGUANO, DIEGO FABRICIO ANDRADE CAIZAGUANO, ESTUARDO CELIANO ANDRADE CAIZAGUANO, EDUARDO VINICIO ANDRADE CAIZAGUANO, KLEVER GONZALO ANDRADE CAISAGUANO, EDGAR WILSON ANDRADE CAISAGUANO, PATRICIO FERNANDO ANDRADE CAIZAGUANO, ROCIO JIMENA ANDRADE CAIZAGUANO, ELSA YOLANDA ANDRADE CAIZAGUANO, VILMA MARLENE ANDRADE CAIZAGUANO; y, ROSA ELVIRA ANDRADE CAIZAGUANO, esta ultima fallecida, sin dejar descendencia alguna; por el derecho de Representación de SEGUNDO ENRIQUE CAIZAGUANO SÁNCHEZ, sus hijos: EDISON ANÍBAL CAIZAGUANO GUEVARA; y, DINA INÉS CAIZAGUANO GUEVARA, por el Derecho de Representación; CARLOS CAIZAGUNO SÁNCHEZ, sus hijos; DITTA GUILLERMINA CAIZAGUANO VELASTEGUI, ETTEL FLORIPES CAIZAGUANO VELASTEGUI, CARLOS ADDI CAIZAGUANO VELASTEGUI; y, MARLON FRANCISCO CAIZAGUANO VELASTEGUI; y, los cónyuges JOSÉ PEDRO LLONGO GUANANGA y MARGARITA GUANANGA LEMA, en calidad de compradores de los DERECHOS Y ACCIONES del fallecido CARLOS CAIZAGUANO SÁNCHEZ; como de los HEREDEROS DESCONOCIDOS, PRESUNTOS HEREDEROS DE LOS CAUSANTES JULIO CESAR CAIZAGUANO CUJANO Y ROSA SÁNCHEZ FONSECA, LUIZ MARÍA CAIZAGUANO SÁNCHEZ, SEGUNDO CESAR CAIZAGUANO SÁNCHEZ; y, CARLOS CAIZAGUANO SÁNCHEZ, como de los presuntos herederos conocidos y desconocidos de los causantes y de sus hijos fallecidos para que tramitada esta causa en sentencia se apruebe tales inventarios. =V= DISPOSICIÓN LEGAL DEMANDA DE INVENTARIOS Y TASACIÓN BIENES SUCESORIOS CAUSANTES: Mi demanda ESPECIAL DE INVENTARIOS y TASACIÓN BIENES SUCESORES, se fundamenta en los arts. 993, 994, 997, 1.021, 1.023, 1.024, 1.025 y 1.026 del Código Civil, en concordancia con el art. 629 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. = VI = LA CUANTÍA DE LA DEMANDA: Por el momento la fijo INDETERMINADA, al tenor de lo determinado en el Numeral 5to del art. 67 del Proceso Civil. = VII =

AVISOS

TRAMITE DE LA DEMANDA: A esta demanda se la tramita en la vía ESPECIAL, con apego a lo señalado en el art. 67 Numeral 6to del Código adjetivo Civil. =VIII = INSCRIPCIÓN DEMANDA Y AUTO DE CALIFICACIÓN: En el AUTO DE CALIFICACIÓN a dictarse, se ordenara la INSCRIPCIÓN DE LA DEMANDA, en el Registro de la Propiedad Cantonal de Baños, Provincia de Tungurahua, al tenor del art. 1.000 del Código de Procedimiento Civil. = IX = FUNCIONARIOS DE LEY: Con esta demanda se contara con el señor DIRECTOR REGIONAL DEL S.R.I. de la Provincia de Tungurahua, a quien se le citará mediante DEPRECATORIO a uno de los señores Jueces de la UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA con sede en la ciudad de Ambato, Provincia de Tungurahua, en las Oficinas que se encuentran ubicadas en la calles BOLÍVAR, entre LUIS A. MARTÍNEZ y LALAMA de dicha Institución. =X= DOCUMENTOS ADJUNTADOS A LA DEMANDA: A esta demanda se adjuntan los documentos que determinan el art. 68 numeral 4 del Código de Procedimiento Civil, que son los siguientes: • PARTIDA DE DEFUNCIÓN CAUSANTES FALLECIDOS, • PARTIDA DE MATRIMONIO DE CAUSANTES, • PARTIDAS DE NACIMIENTO DE LOS HIJOS DE LOS CAUSANTES, • PARTIDAS DE NACIMIENTO DE LOS HUOS DE LOS CAUSANTES FALLECIDOS, • PARTIDAS DE DEFUNCIÓN DE LOS HIJOS DE LOS CAUSANTES FALLECIDOS, • PARTIDA DE NACIMIENTO DE LOS HEREDEROS DERECHO DE REPRESENTACIÓN, • COPIA CERTIFICADA DE LA ESCRITURA DEL BIEN INMUEBLE DE LA SUCESIÓN, • CERTIFICACIÓN HISTORIAL DE GRABAMENES, BIEN DE LA SUCESIÓN. REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD MUNICIPAL DEL CANTÓN BAÑOS PROVINCIA DE TUNGURAHUA, • Escritura de COMPRAVENTA DEERECHOS DE ACCIONES y el Historial Gravámenes. Registro de la Propiedad. • DOCUMENTOS PERSONALES, CÉDULA YCERTIFICADQ DE VOTACIÓN, en copias Xerox, con los cuales me identifico al tenor de los arts. 97, 978 y 110 de la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación; y, 162 de la Ley de Elecciones; y, . CREDENCIAL DEL ABOGADO PATROCINADOR, en copia Xerox. = XI = OPOSICIÓN: En caso de OPOSICIÓN, reclamo en forma expresa las costas procesales y honorarios de la defensa al tenor de los arts. 283 del Código de Procedimiento Civil, 174 de la Constitución de la República; y, 148 y 12 Inc. 2do del Código Orgánico de la Fundación Judicial del País. = XII = CITACIÓN A LOS DEMANDANTES: Los demandados de esta ACCIÓN ESPECIAL INVENTARIOS y TASACIÓN BIENES SUCESORIOS, serán citados, en la siguiente forma: en la Ciudad de Baños de Agua Santa, Provincia de Tungurahua en las siguientes direcciones: LUIS ALBERTO ANDRADE CAIZAGUANO, Avenida Montalvo y Pedro Vicente Maldonado; VÍCTOR MARIO ANDRADE CAIZAGUANO, Calle Oriente y Sebastián Baño; DIEGO FABRICIO ANDRADE CAIZAGUANO, Barrio San Vicente; KLEVER GONZALO ANDRADE CAISAGUANO, Calle Oriente y Juan León Mera; EDGAR WILSON ANDRADE CAISAGUANO, Avenida Montalvo una cuadra antes del cementerio; PATRICIO FERNANDO ANDRADE CAIZAGUANO, Barrio Pititig; ROCÍO JIMENA ANDRADE

E CAIZAGUANO, Calle Luis a Martínez entre Pedro Vicente Maldonado y Oscar Efrén Reyes; ELSA YOLANDA ANDRADE CAIZAGUANO, Calle Luis a Martínez entre Pedro Vicente Maldonado y Oscar Efrén Reyes; VILMA MARLENE ANDRADE CAIZAGUANO, Calle Luis a Martínez entre Pedro Vicente Maldonado y Oscar Efrén Reyes. ETTEL FLORIPES CAIZAGUANO VELASTEGUI Calle Luis a Martínez entre Pedro Vicente Maldonado y Oscar Efrén Reyes; CARLOS CAIZAGUANO VELASTEGUI Barrio Recreo; MARLON FRANCISCO CAIZAGUANO VELASTEGUI Calle Luis a Martínez entre Pedro Vicente Maldonado y Oscar Efrén Reyes. SEGUNDO JULIO CESAR CAIZAGUANO. Calle Luis a Martínez entre Pedro Vicente Maldonado y Oscar Efrén Reyes; CANTÓN MERA, PROVINCIA DE PASTAZA: Al señor: EDISON ANÍBAL CAIZAGUANO GUEVARA, en las Calle MONTUFAR y SUCRE tras el SINDICATO DE CHOFERES PROFECIONALES, mediante COMISIÓN que se liberara al señor COMISARIO NACIONAL de esa jurisdicción Cantonal. CANTÓN PASTAZA PROVINCIA DE PASTAZA: A la señora: DITTA GUILLERMINA CAIZAGUANO VELASTEGUI, en el Barrio Obrero junto a las canchas de Tierra, mediante la Deprecatoria a uno de los señores Jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad del Puyo. CANTÓN GUANO PROVINCIA DE CHIMBORAZO: A los señores: JOSÉ PEDRO LLONGO GUANANGA y MARGARITA GUANANGA LEMA en el sector “SAN MARTIN”, de la parroquia PENIPE, mediante COMISIÓN a dicha Autoridad Parroquial. A LOS HEREDEROS POR EL DERECHO DE REPRESENTACIÓN DE LOS HIJOS FALLECIDOS DE LOS CAUSANTES A los señores: DINA INÉS CAIZAGUANO GUEVARA, MARÍA NATIVIDAD ANDRADE CAISAGUANO, AIDA MERCEDES ANDRADE CAIZAGUANO, ESTUARDO CELIANO ANDRADE CAIZAGUANO, EDUARDO VINICIO ANDRADE CAIZAGUANO, ELSA YOLANDA ANDRADE CAIZAGUANO, por la PRENSA, al tenor del art. 82 del Código de Procedimiento Civil, exponiendo desde ya Bajo Juramento que desconozco las RESIDENCIAS e INDIVIDUALIDAD de aquellas personas, tanto en este Cantón Baños, Provincia de Tungurahua, como en otros lugares del País, pese a las múltiples averiguaciones que he realizado ha sido IMPOSIBLE dar con dichos paraderos. APLICACIÓN SENTENCIA VINCULANTE CO RT E CONSTITUCIONAL: Previo al ACTO CITATORIO de loa ciudadanos antes indicados, se aplicara lo determinado con la RESOLUCIÓN CON CARÁCTER VINCULANTE EMITIDA POR LA CORTE CONSTITUCIONAL, constante en el caso No. 583-09-EP, del 11 de Mayo del 2010, publicado en el Suplemento del R.O. 228, del 5 de Julio del 2010, esto es enviadoatentos oficios: A LAS DIFERENTES DEPENDENCIAS PUBLICAS de esta Provincia de Tungurahua, DIRECTOR PROVINCIAL DEL 1ESS, DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACION, DIRECTOR

JUEVES 22 DE ENERO DE 2015 La Hora TUNGURAHUA

PROVINCIAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERA, DIRECTOR REGIONAL DEL S.R.I. y DELEGADO PROVINCIAL DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. A fin de obtener las direcciones domiciliarias de los ciudadanos antes indicados. A LOS PRESUNTOS HEREDEROS, CONOCIDOS DESCONOCIDOS Y PERSONAS INTERESADAS DE LOS BIENES SUCESORIOS de los que en vida fueron los: CONYUGES señores: JULIO CESAR CAIZAGUANO CUJANO Y ROSA SÁNCHEZ FONSECA; LUZ MARÍA CAIZAGUANO, SEGUNDO JULIO CESAR CAIZAGUANO SÁNCHEZ; y, CARLOS CAIZAGUANO SÁNCHEZ, por la Prensa por uno de los Diarios de Mayor Circulación en la Provincia de Tungurahua, que en igual forma determino que desconozco el domicilio, residencia e individualidad de aquellos herederos, que lo sustento bajo juramento de Ley, pese a las múltiples averiguaciones que he realizado; y, = XIII = DEFENSOR, CASILLERO JUDICIAL Y CORREO ELECTRÓNICO: Designo como mi defensor al Dr. JOSÉ CASTILLO VELASCO, a quien le autorizo suscriba todos los petitorios que fueron necesarios en mi defensa, al tenor de los arts. 327 Inc. 1ro y 3ro; y, 333 del Código Orgánico de la Función Judicial del País. CASILLERO JUDICIAL No 003 de la UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE BAÑOS, TUNGURAHUA, conforme exponen los arts. 75 y 80 del Código de Procedimiento Civil; y, 06 del Reglamento de Casillas Judiciales del País. CORREO ELECTRÓNICO: consorciojuridico¬_cc@yahoo.es = XIV= FIRMA: Firmo con mi defensor el Dr. JOSÉ CASTILLO VELASCO, con Matrícula Profesional No 3266 Del Colegio de Abogados de Pichincha y al tenor art. 1007 del Procesal Civil. Con copias de Ley. Firma Ilegible DR. JOSE CASTILLO VELASCO Mat. Prof. 3266 C.A.P.P Firma ilegible SR. ANGE MARIA CAIZAGUANO SANCHEZ CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE TUNGURAHUA. - UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DEL CANTÓN BAÑOS. Baños de Agua Santa, martes 27 de mayo del 2014, las 15h20. VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencias anteriores, a la demanda presentada por ÁNGEL MARÍA CAIZAGUANO SÁNCHEZ se la califica de clara, precisa y completa por reunir los requisitos determinados en la Ley, razón por la cual se la acepta al trámite en juicio especial de inventarios. De conformidad con los arts. 629 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, con citación de los interesados practíquese el inventario solemne y tasación de los bienes hereditarios diligencia que se señalará luego de la citación y se nombrará el perito correspondiente. Cítese a los demandados de la siguiente forma: A Luis Alberto, Víctor Mario, Diego Fabricio, Kléver Gonzalo, Edgar Wilson, Patricio Fernando, Rocío Jimena, Elsa Yolanda y Vilma Marlene Andrade Caizaguano; y a Ettel Floripes, Carlos y Marión Francisco Caizaguano Velasteguí y a Segundo Julio César Caizaguano, en la ciudad de Baños, en las direcciones señaladas por el actor; a Edison Aníbal Caizaguano Guevara, en el lugar señalado, mediante comisión al

A13

señor Comisario Nacional del cantón Mera provincia de Pastaza; a Ditta Guillermina Caizaguano Velasteguí, en el lugar señalado mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Pastaza provincia de Pastaza; a José Pedro Llongo Guañanga y Margarita Guañanga Lema, en el sector San Martín, mediante comisión al señor Teniente Político de la parroquia Penipe del cantón Guano provincia de Chimborazo; y, a Dina Inés Caizaguano Guevara, María Natividad Andrade Caizaguano, Aída Mercedes Andrade Caizaguano, Estuardo Celiano Andrade Caizaguano, Eduardo Vinicio Andrade Caizaguano, Elsa Yolanda Andrade Caizaguano y a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes cónyuges Julio César Caizaguano Cujano y Rosa Sánchez Fonseca y a Luz María Caizaguano, Segundo Julio César Caizaguano Sánchez y Carlos Caizaguano Sánchez, cíteseles por la prensa, en uno de los diarios que se editan en la ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua, en la forma establecida por el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, pues el actor manifiesta bajo juramento que es imposible determinar sus domicilios, individualidades y residencias y ha cumplido con lo dispuesto en la resolución de carácter vinculante emitida por la Corte Constitucional en el caso 583-EP, de 11 de mayo del 2010, publicado en el R.O.S 228, del 5 de julio del 2010 para que proceda la citación por la prensa. Cuéntese con el señor Agente Fiscal de esta jurisdicción cantonal al que se le citará en su oficina pública conocida por la señora actuaría. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Baños. Adjúntese a los autos la documentación que se acompaña a la demanda. Tómese en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por el actor para sus notificaciones así como la autorización que hace al Dr. José Castillo para que suscriba en su defensa.- Cítese y Notifíquese.Firma ilegible CASTRO GONZALEZ SALOMON JUEZ Certifico: Firma ilegible GLADYS FLORES FUENMAYOR SECRETARIO En Baños de Agua Santa, martes veinte y siete de mayo del dos mil catorce, a partir de las UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DEL CANTON BAÑOS DE TUNGURAHUA. Baños de Agua Santa, lunes 10 de noviembre del 2014, las 10h08. VISTOS: El escrito y documentos que presenta el actor Ángel María Caizaguano Sánchez agréguese a los autos.- Por cuanto se verifica que en la calificación de la demanda se ha hecho constar a los siguientes demandados como KLEVER ANDRADE CAIZAGUANO y WILSON EDGAR ANDRADE CAIZAGUANO, se aclara que sus nombres y apellidos correctos son los de KLEBER ANDRADE CAISAGUANO y WILSON EDGAR ANDRADE CAISAGUANO. Tómese en cuenta la aclaración que hace el demandado que indica que en la demanda existe un equívoco sobre los apellidos de los demandados ETTEL FLORIPES CAIZAGUANO VELASTEGUI y CARLOS ADDI CAIZAGUANO VELASTEGUI y que los correctos son los de CARLOS ADDI CAISAGUANO VELASTEGUI y ETTEL FLORIPES CAISAGUANO VELASTEGUI. Tómese

BANCO NACIONAL DE FOMENTO – SUCURSAL EN AMBATO AVISO DE REMATE JUICIO DE COACTIVA NRO.- 406-2013

BANCO NACIONAL DE FOMENTO – SUCURSAL EN AMBATO AVISO DE REMATE JUICIO DE COACTIVA NRO.- 223-2012

Se pone en conocimiento del público en general que por orden del Señor Juez de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal Ambato, en las oficinas del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, tendrá lugar en pública subasta el LUNES 16 DE FEBRERO DEL 2015, desde las 13H00 hasta las 17H00 horas, del siguiente bien embargado.

Se pone en conocimiento del público en general que por orden del Señor Juez de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal Ambato, en las oficinas del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, tendrá lugar en pública subasta el LUNES 16 DE FEBRERO DEL 2015, desde las 13H00 hasta las 17H00 horas, del siguiente bien embargado.

Se trata de un lote de terreno ubicado en el sector Milli Ucsha de la parroquia Pilahuin, del cantón Ambato, provincia de Tungurahua, con una superficie de TRES MIL SEISCIENTOS METROS CUADRADOS, con los siguientes linderos: CABECERA: 30 metros de ancho camino público; AL PIE: 30 metros de ancho camino público; UN COSTADO: 120 metros de largo predio de José Manuel Sisa; y, OTRO COSTADO: 120 metros de largo predio de José Segundo Manobanda.

Se trata de un lote de terreno ubicado en el sector LEITILLO de la parroquia MATRIZ, del cantón PATATE, provincia de Tungurahua, con una superficie de MIL DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (1002.75m2), con los siguientes linderos: NORTE: vértice que forma la carretera publica con el predio de Arnaldo Guambo; SUR: Propiedad de Milton Freire; ESTE: Del mismo comprador; y, OESTE: Carretera pública.

El valor de lo avaluado asciende a la suma de MIL OCHOCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON 00/100 (USD. $ 1.800. 00/100). Por ser SEGUNDO SEÑALAMIENTO, se aceptaran posturas que cubran el cincuenta por ciento del avalúo total, las mismas que irán acompañadas del 10% del dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Ambato. Las personas interesadas deberán por lo menos con quince días de anticipación a la fecha de remate dar cumplimiento a lo que dispone el inciso agregado al Art. 457 del Código de Procedimiento Civil. R.O. 583 de fecha 24 de Noviembre del 2011.Mayores informes se darán en el Departamento Legal del Banco. P*126754 Ab. Daniel Roberto Mejia SECRETARIO DE COACTIVAS

RAUL

El valor de lo avaluado asciende a la suma de CINCO MIL TRECE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON 75/100 (USD. $ 5.013. 75/100). Por ser SEGUNDO SEÑALAMIENTO, se aceptaran posturas que cubran el cincuenta por ciento del avalúo total, las mismas que irán acompañadas del 10% del dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Ambato. Las personas interesadas deberán por lo menos con quince días de anticipación a la fecha de remate dar cumplimiento a lo que dispone el inciso agregado al Art. 457 del Código de Procedimiento Civil. R.O. 583 de fecha 24 de Noviembre del 2011.Mayores informes se darán en el Departamento Legal del Banco. Ab. Daniel Roberto Mejia SECRETARIO DE COACTIVAS P*126754


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