Fallo de la Corte Constitucional: caso Jorge Yunda

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Sentencia No. 2137-21-EP /21 Jueza ponente: Karla Andrade Quevedo

Quito, D.M., 29 de septiembre de 2021

CASO No. 2137-21-EP EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE SENTENCIA Tema: La presente sentencia analiza los derechos a la defensa en las garantías de juez competente y motivación, y a la seguridad jurídica en las sentencias de primera y segunda instancia de una acción de protección. Luego del examen correspondiente, se determina la vulneración de la garantía de motivación y del derecho a la seguridad jurídica. En virtud del precedente contenido en la sentencia N° 176-14-EP/19 se realiza examen de mérito del caso y se desestima la acción de protección al no encontrar vulneración de derechos en el informe de la Comisión de Mesa del Concejo Metropolitano del Distrito Metropolitano de Quito. I. Antecedentes Procesales 1. Jorge Yunda Machado, por sus propios derechos, presentó una acción de protección en contra de Santiago Guarderas Izquierdo, Analía Ledesma García, Fernando Morales Enríquez y Mónica Sandoval Campoverde, en sus respectivas calidades de presidente subrogante, miembros de la Comisión de Mesa del Concejo Metropolitano de Quito (“Comisión de Mesa”) y concejales, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso, defensa y seguridad jurídica en el informe de la Comisión de Mesa de 27 de mayo de 2021 relativo al proceso de remoción seguido en su contra como Alcalde de Quito (Proceso No. 17576-2021-01738G). 2. El 01 de julio de 2021, María Belén Domínguez Salazar, jueza de la Unidad Judicial de Violencia contra la Mujer y la Familia, aceptó parcialmente la acción de protección por considerar que se había vulnerado el derecho a la defensa en la garantía de ser juzgado por un juez imparcial reconocido por el artículo 76 numeral 7 literal k) de la Constitución de la República del Ecuador (“CRE”) y dispuso: (i) dejar sin efecto el informe de la Comisión de Mesa; y, (ii) la elaboración de un nuevo informe en el que se respete la garantía de imparcialidad mediante la titularización de los alternos de los concejales miembros de la Comisión de Mesa para asegurar la división de órganos. Inconformes con la decisión, el accionante, los accionados y la Procuraduría General del Estado interpusieron recurso de apelación. 3. El 30 de julio de 2021, la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, mediante sentencia de mayoría, rechazó los 1 Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800 www.corteconstitucional.gob.ec

Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso email: comunicacion@cce.gob.ec


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