2011 Guirado et al Nº 6 Armas

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CONOCIENDO CONOCIÉNDONOS LA CIUDAD EDUCADORA

CATIA

Anexos Marco Legal LEY DE REFORMA PARCIAL DEL CÓDIGO PENAL.

truyan buques, los armen en guerra o

Gaceta Oficial del Nº 5.768 de fecha 13 de abril de 2005

para hacer la guerra a una nación con

Libro primero Disposiciones generales sobre los delitos y las faltas, las personas responsables y las penas Título I De la aplicación de la ley penal Capítulo III De los delitos contra el derecho internacional Artículo 153° Los venezolanos o

Título V De los Delitos Contra el Orden Público Capítulo I De la importación, fabricación, comercio, detentación y porte de armas Artículo 274° El comercio, la

aumenten sus fuerzas o pertrechos, su dotación o el número de sus marineros la cual esté en paz la República.

importación, la fabricación, el porte, la posesión, el suministro y el oculta-

extranjeros que en Venezuela recluten

miento de las armas clasificadas como

gente o acopien armas, o formen jun-

de guerra según la Ley sobre Armas y

tas o preparen expediciones o salgan

Explosivos y demás disposiciones lega-

del espacio geográfico de la República

les concernientes a la materia, se cas-

en actitud hostil para acometer o inva-

tigarán con pena de prisión de cinco a

dir el de una nación amiga o neutral,

ocho años.

serán castigados con pena de tres a seis

Artículo 277 ° El porte, la deten-

años de arresto en fortaleza o cárcel

tación o el ocultamiento de las armas

política.

a que se refiere el artículo anterior se

En la misma pena determinada en

castigará con pena de prisión de tres a

este artículo incurren los venezolanos

cinco años. Artículo 278° En los casos previs-

o extranjeros que en Venezuela cons44


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