El hundimiento del tercer deposito del Canal de Isabel II en 1905

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El día siguiente, domingo 9 de abril, hubo una concentración en la Plaza de Cuatro Caminos en la que tuvo que intervenir la policía, sumando a la tragedia otro muerto y varios detenidos. Para investigar las causas del siniestro, el mismo día 8 se creó por Real Orden una Comisión, en tanto que el Ayuntamiento inició sus propias investigaciones. Como consecuencia de la tragedia, fueron encausados Alfredo Álvarez Cascos (que había sustituido en noviembre de 1903 a Rogelio Inchaurrandieta como Director del Canal), Carlos Santa María (Director de la Obra) y José Eugenio Ribera, quien asumió toda la responsabilidad por parte de la Contrata. El juicio tuvo lugar en la Audiencia Provincial de Madrid, celebrándose la vista oral dos años después, entre los días 1 a 8 de abril de 1907. En defensa de Ribera intervinieron Melquiades Álvarez como letrado y José Echegaray como perito. La sala absolvió a Ribera, así como a los otros dos procesados. Más allá de la sentencia, en la que se profundizará en los siguientes apartados, el hundimiento tuvo gran repercusión. Por un lado, por las críticas a la construcción del Tercer Depósito desde su primer proyecto y a todos los ingenieros que habían estado involucrados; pero sobre todo, por las dudas que se generó sobre el empleo del hormigón armado por las incertidumbres derivadas de su uso.

DE LA CONSTRUCCIÓN DEL CANAL DE ISABEL II AL HUNDIMIENTO DE LA CUBIERTA

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