NAR
NORMA ADIF DE REGLAMENTACIÓN
Nº 5/16 Madrid, 24 de octubre de 2016
CORTE Y RESTABLECIMIENTO DE TENSIÓN EN CATENARIA Organismo:
Dirección de Seguridad en la Circulación Adif Subdirección de Seguridad en la Circulación Adif AV APLICACIÓN
Fecha:
19 de enero de 2017
Ámbito:
RFIG administrada por Adif y Adif AV
0. PREÁMBULO La Normativa General de Trabajos con Riesgo Eléctrico de Adif (NGTREA), establece, en el marco de la Ley 31/1995 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, las disposiciones mínimas de seguridad para la protección de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, en los lugares de trabajo, de acuerdo con el Real Decreto 614/2001 de 8 de Junio. El Reglamento de Circulación Ferroviaria (RCF) recoge las disposiciones aplicables a los trabajos en la infraestructura, superestructura y en las instalaciones de seguridad, que se realicen en la “Zona de peligro para los trabajos” o en la “Zona de peligro eléctrico”, que no sean compatibles con la circulación de trenes de forma simultánea y los que aun realizándose fuera de estas zonas, pudieran invadirlas incluso de manera puntual con algún elemento móvil o durante la realización de movimientos. De igual modo, el RCF contempla el corte urgente de tensión en catenaria. Por otra parte, al objeto de recopilar las disposiciones para la realización de cualquier actividad que precise cortes de tensión en las líneas electrificadas, Adif ha elaborado el Procedimiento General "Cortes de tensión en líneas aéreas de contacto alimentadas en 25 kV ca, 3 kv cc y 1,5 kV cc". En lo sucesivo PGCT. Por lo tanto, cuando se vayan a realizar actividades que impliquen corte y restablecimiento de tensión en catenaria, teniendo en cuenta el lugar en el que se vayan a desarrollar y su afección a la circulación, se aplicarán las normas o disposiciones recogidas en los siguientes documentos: a) Reglamento de Circulación Ferroviaria. b) Procedimiento General "Cortes de tensión alimentadas en 25 kV ca, 3 kv cc y 1,5 kV cc".
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