CONVENIO CÁRNICAS 2018 - 2020

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 86

Miércoles 10 de abril de 2019

Sec. III. Pág. 37306

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL 5401

Resolución de 19 de marzo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de industrias cárnicas.

Visto el texto del Convenio colectivo estatal de industrias cárnicas (Código de convenio n.º 99000875011981), que fue suscrito, con fecha 11 de diciembre de 2018, de una parte por las asociaciones empresariales ANICE, FECIC, ANAGRASA, ANAFRIC y AGEMCEX, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales UGT-FICA y Federación de Industria de CC.OO., en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero. Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 19 de marzo de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza. CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE INDUSTRIAS CÁRNICAS CAPÍTULO I Ámbito de aplicación Artículo 1.  Ámbito territorial. El presente Convenio Colectivo es de aplicación en todo el territorio del Estado español.

Los preceptos de este Convenio Colectivo regulan las relaciones laborales de todas las Empresa o Centros de trabajo cuya actividad principal, y respetando el principio de unidad de Empresa, sea la de sacrificio, despiece, transformación o distribución de carnes y sus derivados industriales, comprendiendo a los procesos de elaboración de platos preparados, cocinados, precocinados, prefritos o fritos en los que los productos cárnicos constituyan la materia prima relevante y fundamental en estas industrias cárnicas, con independencia de la naturaleza privada o pública del capital social de las empresas. Quedan comprendidos en el ámbito funcional de este Convenio los trabajadores de las empresas que desarrollen las actividades de servicios cuando los que presten a las industrias cárnicas sean los de sacrificio, despiece, deshuese, transformación o

cve: BOE-A-2019-5401 Verificable en http://www.boe.es

Artículo 2.  Ámbito funcional.


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