Derecho Laboralen Venezuela: Estabilidad, Proteccióny Justiciapara elTrabajador
Autor:JorgeRamírez
C.I.28219444

Noviembre, 2024
Autor:JorgeRamírez
C.I.28219444
Noviembre, 2024
La presente revista tiene como finalidad ofrecer conocimiento a su lector sobre el marco legal laboral que se encuentra estructurado en Venezuela, esto con la finalidad de promover la curiosidad del mismo mediante el análisis y ofrecer un punto de vista sobre cómo hemos llegado a las circunstancias actuales.
Esta revista es desarrollada netamente por el autor Jorge Luis Ramírez Durán con la finalidad de satisfacer los requerimientos establecidos para la sumativa nro. tres de la materia legislación laboral en la Universidad Bicentenaria de Aragua.
Medios legales que protegen al trabajador
Beneficios del trabajo en la relación laboral
Análisis de la estabilidad laboral
Conclusiones
Créditos Referencias
Editor General:
Jorge Luis Ramírez Durán
Cédula de Identidad: 28.219.444
Estudiante de Ingeniería de Sistemas
Universidad Bicentenaria de Aragua
Propósito de la Revista:
Esta revista se elabora como parte de la sumativa 3 de la asignatura Legislación Laboral, con el objetivo de analizar y difundir información relevante sobre el marco legal laboral en Venezuela y su impacto en la relación entre empleadores y trabajadores.
Asesoría Académica:
Alfredo Ulises Blanco
Universidad Bicentenaria de Aragua
Diseño y Redacción:
Jorge Luis Ramírez Durán
Contacto:
Universidad Bicentenaria de Aragua, Departamento de Ingeniería de Sistemas
La información que se presentará a continuación abarcará un poco la profundidad acerca de la relación laboral en base al marco legal que rige a la República Bolivariana de Venezuela, sabemos que la relación laboral es aquella donde existe un prestador de un servicio y un beneficiario, el beneficiario recompensa al prestador frecuentemente de forma económica. Dentro del contrato de trabajo es donde se encuentran todos los términos y condiciones que abarcan la relación laboral, específicamente hablará de las condiciones que se presentarán para que el prestador pueda ejercer sus servicios, además de exponer las obligaciones a realizar en base al cargo que va a ocupar dentro de la organización beneficiaria, con ello se definen sus responsabilidades y deberes.
Ahora bien, el prestador (trabajador) es el ente débil, formalmente conocido como el débil jurídico, dentro de la relación laboral porque, éste es quien depende económicamente del empleador y porque se encuentra bajo la dirección y el control del mismo, existe una gran asimetría en la cantidad de poder que se puede ejercer, al igual que en la cantidad de recursos disponibles por ambas partes, siendo
claramente la empresa la parte con mayor capacidad de ejercer poder y mayor cantidad de recursos, el coaccionar en cuanto a la pérdida del empleo, puede hacer que el trabajador termine aceptando condiciones más críticas de trabajo por el hecho que depende económicamente de la empresa, entre otras razones.
Es decir, que muchas empresas por su posición de poder, fácilmente pueden llegar a hacer uso de esa posición privilegiada, para hacer que el trabajador acepte las condiciones que ésta impone, así estas condiciones sean totalmente injustas para el mismo; es por ello que el Estado debe actuar como órgano regulador de esta relación, a fin de constatar que las condiciones son justas para beneficio de ambas partes, mientras ofrece mecanismos protectores para la parte débil de la misma
Dentro de Venezuela, debemos recordar que existen una serie de documentos legales que establecen las reglas del juego dentro del ámbito laboral, estas poseen un orden jerárquico en cuanto a la autoridad o prioridad que llegan a tener, para aplicarse en los diferentes casos de estudio, el orden es: a Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
b Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT)
Si leemos los artículos que se proponen en cada uno de los documentos legales citados podremos encontrar diferentes artículos que exponen las características que debe tener relación entre el patrono y el trabajador, podemos visualizar algunos ejemplos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
Artículo 89: "El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá de lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras..."
Artículo 90: "La jornada de trabajo diurna no excederá de ocho horas diarias ni de cuarenta y cuatro semanales La jornada de trabajo nocturna no excederá de siete horas diarias ni de treinta y cinco semanales. Ningún patrono o patrona podrá obligar a los trabajadores o trabajadoras a laborar horas extraordinarias..."
En estos artículos podemos observar como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, hace énfasis en que el trabajo será regulado por el Estado, al igual que la jornada de trabajo tendrá limitaciones en cuanto a su duración máxima, expresado en horas diarias y semanales. Como hemos mencionado previamente, dentro de la relación laboral el trabajador es considerado débil jurídico por diversas razones: la condición de dependencia económica, menor disponibilidad de recursos, etc. Específicamente en el principio número tres, que se encuentra en el artículo 89 de la CRBV encontramos el siguiente texto: "Cuando hubiere dudas de la aplicación o concurrencia de varias normas, o en la interpretación de una determinada norma se aplicará la más favorable al trabajador o trabajadora. La norma adoptada se aplicará en su integridad."
Con esta última cita podemos extraer como desde los primeros artículos de la CRBV en los que se abarca lo relacionado al trabajo dentro de su ámbito de aplicación, se denota la preferencia a condiciones favorables para el trabajador, es decir, desde un inicio se deja claro que este será el objeto preferente de las normas que se definen en los siguientes textos.
Otro apartado importante referente a la relación laboral, que se encuentra en la CRBV, es en el artículo 93 de la misma, donde se expone que la presente ley garantizará la estabilidad laboral y dispondrá de los recursos adecuados para hacer frente a los despidos injustificados, este es un apartado que cobra mucha relevancia cuando hablamos de los principios que establecen una relación laboral: dependencia, salario y ajenidad.
Con el salario y la dependencia, sumado a la condición de débil jurídico, aceptamos que el trabajador se encuentra en una posición jerárquica de poder inferior a la empresa, por los aspectos anteriormente mencionados.
Esto aporta un poco más a lo expuesto anteriormente, donde se penalizará a la empresa toda forma de despido injustificado, protegiendo de esta forma al trabajador que posee una relación de dependencia económica hacia la misma
En esta se específica incluso, que en caso se realizar un despido justificado por razones ajenas al trabajador, la empresa incluso será penalizada teniendo la obligación de realizar un pago de la indemnización, esto lo podemos interpretar como una forma de compensar los posibles daños que pueda tener a nivel personal el trabajador por dejar de ingresar montos económicos a su vida.
Aunado a todo lo antes expuesto, el Gobierno Nacional con la finalidad de proteger el derecho al trabajo, ha implementado desde el año 2002, la inamovilidad laboral para los trabajadoras y trabajadores del sector público y privado, vía Decreto con rango y fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, el cual ha sido prorrogado de forma continua en los años sucesivos, según el cual el empleador no puede despedir, desmejorar o trasladar a un trabajador sin justa causa calificada previamente por el Inspector del Trabajo de la jurisdicción
Para poder despedir, desmejorar o trasladar justificadamente a los trabajadores, el empleador deberá obtener previamente una autorización del Inspector del Trabajo, a través de un procedimiento de autorización de despido que deberá iniciarse ante la Inspectoría del Trabajo competente, en los términos previstos en la LOTTT. Este incumplimiento de la solicitud previa del empleador de autorización para despedir al trabajador, dará derecho a este último a solicitar el reenganche y el pago de los salarios y beneficios laborales dejados de percibir o la restitución de la situación jurídica infringida, asimismo, el incumplimiento por parte del empleador al procedimiento previo, será sancionado conforme a lo establecido en la Ley.
Del principal beneficio que le aporta al trabajador, es que la persona podrá gozar de una vida digna al estar generando, mediante esfuerzo propio, su sustento básico, lo que promueve en la sociedad la igualdad, justicia, sentido de identidad, satisfacción personal entre otros; esto es algo que promueve principalmente la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) con su artículo 87 donde menciona: "Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener una ocupación productiva que le proporcione una existencia digna..."
Es decir, mediante la adopción de éstas medidas se busca ofrecer un puesto de trabajo para toda persona en capacidad productiva, con ello de forma implícita se busca promover en la sociedad venezolana los valores, previamente mencionados, a fin de que exista una estructura en base al mérito, es decir, que el trabajador ofrece un servicio que le remunera económicamente, y dicha remuneración le permite acceder a un nivel de calidad de vida.
Promover valores que fomenten la unificación, participación, igualdad y seguridad dentro de una población es vital para el correcto funcionamiento de la misma Una sociedad se mantiene construyendo instituciones o cuerpos de soporte para fomentar los valores, mantener el orden u ofrecer soporte, la sociedad humana se mantiene principalmente realizando un cambio en la mentalidad de la misma, permitiendo que todos puedan acceder a un puesto de empleo, fomentar la creación del mismo, asegurando que todos perciban la remuneración adecuada conforme a los servicios prestados, promueve el deber de trabajar para conseguir todo lo necesario para su subsistencia, así como todo aquello que deseen, y busquen alcanzarlo en base al mérito propio y no mediante imposición.
Además, visto desde el otro punto de vista (del patrono), también fomenta los beneficios generales para la sociedad, ya que, al desarrollar un esquema donde se promueva el empleo, permitirá a las empresas tener un motor productivo mucho mayor, lo que se traduce, en un mayor flujo de efectivo, posibilidades de expansión (aumento de empleos) y ofrecer productos que aumenten, en algún tipo de medida y aspecto específico, la calidad de vida de los residentes de la región.
Todo termina siendo un trabajo enfocado en todos, no en lo individual A pesar del innegable beneficio individual que se obtiene cuando se promueve una relación laboral sana, termina siendo mucho mayor (y considero personalmente que tiene mayor importancia) los beneficios sociales que se pueden obtener con una efectiva protección del trabajo en la relación laboral.
La estabilidad dentro de la relación laboral es un aspecto fundamental, principalmente protegido por el Estado, tal como se establece en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 93, donde se menciona que el Estado es el asegurador de la estabilidad en el trabajo. La estabilidad en el trabajo podríamos llegar a verla como la armonía en la dinámica existente entre el patrono y el trabajador, donde cada uno se encuentra satisfecho con las obligaciones que cumple la parte contraria
Sin embargo, eso es un caso ideal y sabemos que cuando vamos a la realidad muy pocas veces se cumplen los casos ideales, por lo tanto, cuando se menciona que el Estado es el principal asegurador de la estabilidad laboral, es que es el encargado de establecer los mecanismos y protocolos mediante los que se llegan a ejecutar las diferentes acciones Por ejemplo, un despido no puede ser realizado de forma injustificada porque la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras menciona en su título II, que no se puede realizar ningún despido de forma injustificada, sin autorización previa de la inspectoría del trabajo, en concordancia con lo que establece el Decreto de Inamovilidad Laboral vigente.
La estabilidad es uno de los factores más importantes del derecho laboral, ya que es el que le permite la permanencia de forma legítima a un trabajador en su puesto de trabajo, siendo protegido por el Estado ante despidos arbitrarios. Dicho de otra forma, la estabilidad en la relación laboral, es la búsqueda del equilibrio en la balanza de poder, busca apuntar a la defensa del débil jurídico por su posición de desventaja, principalmente lo que se busca es construir un marco de confianza y equidad entre el trabajador y el patrono, lo que se puede traducir en plenos beneficios para ambas partes, como puede ser una mejor cultura organizacional, la cual produce una mayor motivación en el lugar de trabajo.
Cuando existe una mayor motivación en el lugar de trabajo, es indudable que la productividad va a mejorar y aumenta, lo que indudablemente se traduce en beneficios ara ambas partes, fomentando un clima laboral óptimo, en el cual los trabajadores tienen alto sentido de pertenencia, se consigue un alto rendimiento laboral, ya que los trabajadores se sentirán trabajando cómodos, satisfechos y con energía para buscar mejorar los procesos productivos de la empresa, esto puede traerle beneficios productivos a la empresa, beneficios económicos y de calidad de vida (porque al optimizar se busca un menor esfuerzo/gasto buscando un mayor beneficio).
Luego de lo expuesto anteriormente, creo que queda claro que la relación laboral, es un tipo de relación de poder, donde una parte tiene mayor alcance que la otra, tiene una mayor fuerza de ejecución en sus acciones y una mayor cantidad de recursos disponibles, pero que, trabajando con un mismo propósito, grandes resultados se obtienen. Además, dentro del marco legal, llegamos a encontrar el término "subordinación jurídica", que de forma específica hace referencia a la dirección y control que tiene el empleador sobre las actividades laborales y que el trabajador debe cumplir siempre y cuando éstas cumplan un marco legal y moral.
Es muy importante que exista un equilibrio dentro de esta relación, porque a lo largo de la historia hemos visto como la sensación de poder puede corromper a cualquier persona, además, que el poder casi siempre busca lo individual en lugar de lo colectivo porque suele estar acompañado de ego El Estado juega un rol importante como intermediario para evitar cualquier tipo de injusticia, porque al tratarse de una relación de poder, existe una parte en un estrato de mayor nivel que la otra.
Es este último actor, dentro de la relación, quien se encarga de definir aquello que procede y lo que no, además, de ofrecer una estructura de mecanismos para hacer frente a situaciones donde se incumpla algún tipo de obligación, o se transgrede algún derecho. También es importante su papel como intermediario, ya que, de solo ofrecer los mecanismos legales, seguramente una parte se vea beneficiada sobre la otra, por lo mencionado previamente, la diferencia de poder.
Esta revista ha sido desarrollada por Jorge Luis Ramírez Durán, estudiante de Ingeniería de Sistemas en la Universidad Bicentenaria de Aragua (UBA), como parte de la Sumativa 3 de la asignatura Legislación Laboral Este trabajo tiene el propósito de analizar la relación laboral en Venezuela, explorando los derechos y deberes de los trabajadores y empleadores según el marco legal vigente
Editor General
Jorge Luis Ramírez Durán
Cédula de Identidad: 28.219.444
Universidad Bicentenaria de Aragua
Redacción y Contenidos
Jorge Luis Ramírez Durán ha investigado y redactado cada sección de esta revista, con el objetivo de cumplir con los estándares académicos de la asignatura y demostrar una comprensión profunda de la legislación laboral en Venezuela
Asesoría Académica
Este trabajo ha contado con la orientación y supervisión del profesor(a) de la cátedra de Legislación Laboral en la Universidad Bicentenaria de Aragua, quien ha guiado el desarrollo del contenido en cumplimiento con los objetivos de la materia.
Objetivo de la Publicación
El objetivo de esta revista es profundizar en el estudio de la legislación laboral, promoviendo un entendimiento integral sobre los beneficios, derechos y obligaciones en la relación de trabajo, y aportando una herramienta académica que facilite la comprensión de estos conceptos en el contexto venezolano
República Bolivariana de Venezuela. (2012). Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT). Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Recuperado el 4 de noviembre de 2024 de https://www ivpa gob ve/wp-content/uploads/2018/04/LOTTT pdf
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