Presentación Fintech SHCP

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CONFIDENCIAL

Propuesta Ley FinTech Abril 2017


Índice

Contexto

Propuesta Ley FinTech

Reformas necesarias y siguientes pasos

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Contexto

¿Qué es FinTech?

 Proviene de las palabras en inglés “Financial Technology”.  Representa la provisión de servicios y productos financieros a través de tecnología.

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Contexto

Beneficios  Simplificación y ampliación de uso o Llegan a mercados pequeños (de nicho, rurales) o Inclusión financiera o Mayor competencia  Ofrecen productos especializados o Innovación o Mejor uso de información (AI) o Nuevas oportunidades de inversión  Reducción de costos o Sistemas tecnológicos más eficientes o Costos de entrada menores  Modelos altamente escalables  Reducen apalancamiento y riesgos sistémicos (TBTF)  No recaen en rescate de Gobierno (seguro de depósito)

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Radar Finnovista a Septiembre 2016

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La Experiencia en México | Principales Instituciones 45

Número de empresas por actividad

Pagos Prestamos Online Asesoría Financiera Empresarial Crowdfunding* Crowdfunding de Deuda Comparador Activos Virtuales Seguros Educación Financiera y Ahorro Finanzas Personales Scoring de Crédito Asesoría Patrimonial Trading Total

40

39 25 20 16 9 9 8 7 7 6 5 5 2 158

35

25%

30 25 20 15 10 5

16% 13%

10% 6%

6%

5%

0

*Capital, copropiedad, recompensas

Al 2016, las principales empresas en México operaron más de Mx$17,400 millones y contaban con más de 540 mil usuarios activos.

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Industria FinTech a Nivel Internacional

 N° Empresas: entre 1000 y 2000 empresas FinTech en el mundo.  Canalización de recursos: han levantado más de US$105 mil millones en fondeo.

 Activos: alrededor de US $870 mil millones.  Inversiones: se duplicó entre 2014 y 2015, de US $17.8 mil millones a más de US $38 mil millones.

 Principales Hubs: California (219 empresas), Reino Unido (133 empresas), Nueva York (95 empresas) y Francia (55 empresas). o En Asia también está creciendo rápidamente, liderando India con 49 empresas y China con 31. o Australia también empieza a crecer con 24 empresas FinTech, con un futuro prometedor ya que se considera que su ambiente regulatorio es amigable. 7


Algunos Países con Regulación en la Materia

Financiamiento Colectivo

Pagos Electrónicos

Estados Unidos, Canadá, China, España, Italia, Francia, Reino Unido, Nueva Zelanda

Estados Unidos, la Unión Europea, Perú, Colombia, Bolivia, Paraguay, Uruguay, Reino Unido, Brasil, Kenia

Activos Virtuales

Regulatory Sandbox

Ciertos estados de Estados Unidos, la Unión Europea, Australia, Canadá, Japón (enfoque en temas fiscales y lavado de dinero)

Reino Unido, Australia, Estados Unidos, Singapur, Ontario, Malasia, Tailandia, Hong Kong, Indonesia

 

Análisis de nuevas tecnologías y recomendaciones de regulación para el sector FINTECH. Visión de riesgos a la estabilidad financiera.

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Financial Stability Board

El Financial Stability Board (FSB) del G20 ha estado analizando desde el 2015 el impacto que las innovaciones de FinTech pueden tener sobre la estabilidad financiera global.

A principios del 2016, el FSB creó la Red de Innovación Financiera con el objetivo de dar seguimiento y evaluar las innovaciones de FinTech.

Hacia finales del 2016, el FSB creó un Grupo de Temas Regulatorios de FinTech para identificar los aspectos de supervisión y regulación del sector que ameritan la atención de autoridades.

México ha participado activamente dentro de estos grupos y pretendemos adoptar las mejoras prácticas dentro de la Ley (regulación basada en principios, bajo un régimen de proporcionalidad y enfocándonos a actividades y riesgos)

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Principales beneficios | relación con la estabilidad financiera

En el marco del análisis realizados al momento por el FSB, se han estudiado los beneficios que FinTech puede representar para el crecimiento económico y la estabilidad financiera RELACIÓN CON LA ESTABILIDAD FINANCIERA

BENEFICIO Aumento en la competencia Descentralización y desintermediación Mayor eficiencia Mayor transparencia y reducción de asimetrías en la información Mayor comodidad y acceso a servicios financieros

• •

Disminución de concentraciones Mayor diversificación

Reducción en la necesidad intermediarios financieros

• •

Mayor velocidad en la ejecución de operaciones Reducción de exposición a contrapartes

• •

Mayor y mejor uso de información Creación de instrumentos con exposición más acertada hacia determinados riesgos

• •

Apoyo al crecimiento sustentable Diversificación de fuentes de exposición al riesgo de inversión y obtención de crédito

de

grandes

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Principales riesgos| relación con la estabilidad financiera

A su vez, los estudios realizados han resaltado los riesgos que FinTech representa a la estabilidad financiera, que pueden tener un impacto sistémico o amplificar choques. RIESGO

RELACIÓN CON LA ESTABILIDAD FINANCIERA

Financiero

• • •

Desfase en vencimientos Desfases en liquidez Apalancamiento

Operativo

• • • •

Gobierno Corporativo - Procesos Cibernético Dependencia en terceros Legal - Regulatorio

• • • •

Contagio Prociclidad Volatilidad excesiva Too-big-to-fail

Por Institución

Por Industria

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¿Por qué es necesaria la regulación de esta materia?

Falta de certeza jurídica. Falta de protección al usuario.

Régimen fiscal incierto.

RETOS Lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

Potencial riesgo sistémico y de contagio.

Falta de autorización y supervisión.

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Índice

Contexto

Propuesta Ley FinTech

Reformas necesarias y siguientes pasos

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Propuesta Ley FinTech Dado el gran dinamismo del sector, se propone una política regulatoria basada en principios, regulación secundaria actualizada activamente y de forma cercana al sector regulado.

Principios rectores: • Profundización e inclusión financiera • Protección al consumidor • Preservación de la estabilidad financiera • Promoción de competencia • Prevención de lavado de dinero

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Figuras Reguladas por la Ley FinTech

1. Instituciones de Financiamiento Colectivo

5. API’s (Interfaces de Programación de Aplicaciones)

4. Empresas Innovadoras

2. Instituciones de Fondos de Pago Electrónico

3. Instituciones de Administración de Activos Virtuales

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Sectores | Financiamiento Colectivo (Crowdfunding)

Cooperación entre personas que se ponen en contacto a través de una plataforma electrónica para aportar sus recursos en proyectos de otras, dando créditos o participando en su capital (tipos: deuda, capital o copropiedad).

A 2016, en México han operado más de $300M y cuentan con más de 32,000 usuarios.

Ejemplos: • Afluenta • Play Business • Briq

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Instituciones de Financiamiento colectivo

Autorización para realizar operaciones de financiamiento colectivo de deuda, capital y copropiedad:  Deuda, con el fin de que los inversionistas otorguen préstamos, créditos, mutuos o cualquier otro financiamiento causante de un pasivo directo o contingente a los solicitantes  Capital, con el fin de que los inversionistas compren o adquieran títulos representativos del capital social de personas morales que actúen como solicitantes  Copropiedad o regalías, con el fin de que inversionistas y solicitantes celebren asociaciones en participación o cualquier otro tipo de convenio por el cual el inversionista adquiera participación en un bien presente o futuro o en los ingresos, las utilidades, regalías o en las pérdidas que se obtengan

Donaciones y recompensas no son consideradas como actividades financieras

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Instituciones de Financiamiento colectivo

Créditos otorgados tendrán naturaleza mercantil

Operaciones solo podrán realizarse en moneda nacional o en algún activo virtual autorizado por el Banco de México

Títulos ofrecidos a través de estas instituciones no podrán ser inscrito en el RNV

Régimen completo de divulgación de riesgos, incluyendo los criterios de selección de proyectos e indicadores generales sobre comportamiento de pago

Para el caso de IFC de deuda, éstas deben ser usuarias de al menos un buró de crédito

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Instituciones de Financiamiento colectivo

Esquemas de alineación de incentivos entre la institución y los inversionistas

Un mismo proyecto no puede ser financiado por más de una institución de financiamiento colectivo (desarrollo de bases de datos sobre proyectos y clientes)

Prohibido asegurar retornos o rendimientos sobre la inversión realizada o garantizar el resultado o éxito de las inversiones

No podrán ser inversionistas las instituciones de crédito, uniones de crédito, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo

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Sectores | Pagos Electrónicos (E-Money)

Emisión, administración y redención de saldos registrados electrónicamente a par contra la recepción de moneda de curso legal. Estos saldos pueden ser utilizados para efectuar pagos o transferencias electrónicas.

A 2016, en México han operado más de $11MM y cuentan con más de 200,000 usuarios.

Ejemplo: PayPal

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Instituciones de Fondos de Pago Electrónico

Se considerarán fondos de pago electrónico aquellos fondos que:

 Queden referidos a un valor monetario equivalente a una cantidad determinada de dinero, en moneda nacional, o a algún activo virtual autorizado por el Banco de México  Correspondan a una obligación de pago a cargo de la IFPE  Sean emitidos contra la recepción de una cantidad de dinero o activos virtuales  Sean aceptados por un tercero como recepción de la cantidad de dinero o de activos virtuales respectiva •

Pueden actuar como transmisores de dinero

Podrán emitir, comercializar o administrar medios de disposición

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Instituciones de Fondos de Pago Electrónico

Las características de las operaciones que lleven a cabo las instituciones de fondos de pago electrónico se sujetarán a las disposiciones de carácter general que emita el Banco de México

Los montos correspondientes a los fondos de pago electrónico registrados en la cuenta de un cliente que la IFPE lleve y que en el transcurso de tres años no hayan tenido movimiento deberán ser abonados en una cuenta global que llevará cada institución para esos efectos

Las IFPE no podrán pagar a sus clientes intereses ni cualquier otro rendimiento o beneficio monetario por el saldo que estos acumulen en el tiempo o mantengan en un momento dado

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Sectores | Activos Virtuales (Crypto-Currencies)

Plataforma (“exchange”) para intercambiar pesos por activos virtuales y viceversa. Los activos virtuales son unidades digitales cuya creación y transacción están basadas en la criptografía. No son moneda de curso legal, pero se utilizan como medio de cambio o almacenamiento de valor.

A 2016, en México han operado más de $445M y cuentan con más de 23,000 usuarios.

Ejemplo: • Bitso

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Instituciones de Administración de Activos Virtuales

Estas instituciones podrán realizar las siguientes actividades:  Poner en contacto a terceros con la finalidad de facilitar la compra, venta o cualquier otra enajenación de activos virtuales  Comprar, vender o enajenar activos virtuales por cuenta propia o de sus clientes  Recibir activos virtuales para realizar transferencias o pagos

Se considera activo virtual a la unidad digital cuyo uso por el público sea similar a aquel que corresponda a la moneda de curso legal, según sea determinada con dicho carácter por el Banco de México, mediante disposiciones de carácter general

Además de las características, el Banco de México definirá las condiciones y restricciones de las operaciones que se puedan celebrar con los activos virtuales

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Instituciones de Administración de Activos Virtuales

En caso de querer realizar operaciones de transferencia o pago de activos virtuales, las IAAV se tendrán que sujetar a las reglas de las IFPE

Deberán divulgar todos los riesgos a los que están sujetos sus clientes por la celebración de operaciones con activos virtuales, por ejemplo: o El activo virtual no es moneda de curso legal y no está respaldado por el Gobierno Federal o La imposibilidad de revertir las operaciones una vez ejecutadas o La volatilidad del valor del activo virtual o Los riesgos tecnológicos, cibernéticos y de fraude

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Otras Figuras Reguladas por la Ley FinTech | Regulatory Sandbox

Empresas Innovadoras

• Start-ups • Realizar alguna actividad reservada por una ley financiera (autorización, registro o concesión) • Modalidades novedosa

Innovación Entidades Financieras

• Entidades Financieras • Actividades de su objeto social • Modalidades novedosas • Requiera de excepciones o condicionantes a reglas secundarias

La comisión supervisora competente, la SHCP o el Banco de México otorgarán las autorizaciones temporales. 26


Regulatory Sandbox • Espacio regulado que permite probar innovaciones tecnológicas con un alcance limitado o Número limitado de clientes o Tiempo acotado • Basado en los esquemas de Innovation Hubs o Regulatory Sandbox de países como el Reino Unido • Por ejemplo, en el grupo de 18 innovaciones incluidas en el sandbox del Reino Unido, actualmente se encuentran tanto plataformas creadas por start-ups, como una app desarrollada por HSBC • El Financial Conduct Authority del Reino Unido abre periodos para aplicar a dicho esquema y decide qué innovaciones entran con base en un criterio de necesidad (para poder desarrollarse sin barreras legales) y de utilidad para el consumidor (si la innovación agrega un beneficio) 27


Otras Figuras Reguladas por la Ley FinTech | APIs

Las Interfaces de Programaciรณn de Aplicaciones son un conjunto de reglas y especificaciones que las aplicaciones pueden seguir para comunicarse entre ellas, facilitando la interacciรณn humano-software. La Ley FinTech obliga a las Entidades Financieras, transmisores de dinero, cรกmaras de compensaciรณn e ITF (sujetos obligados) a establecer APIs para compartir y transaccionar con datos abiertos, datos agregados y datos transaccionales.

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Otras Figuras Reguladas por la Ley FinTech | APIs

La información es de los clientes

El cliente tendrá que consentir si se compartirá la información, tanto de una entidad financiera a una IFT como viceversa

La API es un conducto a través del cual puede fluir la información de una manera sencilla y rápida

El desarrollo de la tecnología puede ser costosa, por lo que se permite cobrar por el uso de la API, cuyo cobro estará regulado y supervisado por la comisión supervisora competente para evitar abusos y proteger al consumidor

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Otras Figuras Reguladas por la Ley FinTech | APIs

Datos abiertos: • Aquellos generados por los sujetos obligados que no contienen información confidencial Datos agregados: • Son los relativos a cualquier tipo de información estadística relacionada con operaciones realizadas por o a través de los sujetos obligados, sin contener un nivel de desagregación tal que puedan identificarse los datos personales o transacciones de un individuo

Datos transaccionales: • Aquellos relacionados con el uso de una cuenta abierta, entre otra información relacionada con las transacciones que los clientes hayan realizado o intentado realizar en su infraestructura tecnológica

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Expresión Regulatoria de los Principios

Acercamiento a sectores desatendidos o subatendidos - entran a mercados pequeños (de nicho, rurales) Mayor uso de servicios financieros

Protección al consumidor

• • • •

Facultades de regulación y supervisión por autoridades financieras Transparencia y obligaciones de divulgación Mecanismos de defensa y protección de datos y privacidad. Autoridad especializada para atender reclamaciones

Estabilidad financiera

• Marco general de autorización y operación supervisada (Comité) • Reglas prudenciales en materia de riesgos financieros, operacionales, de mercado, tecnológicos/ciberseguridad, gobierno corporativo, reglas de contabilidad • Capital mínimo acorde a operaciones

Inclusión financiera

Estos principios deben ser respetados por todos los sujetos obligados y las autoridades encargadas de ejercer las facultades de interpretación, aplicación, supervisión y regulación previstas en la Ley de Tecnología Financiera.

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Expresión Regulatoria de los Principios

Promover la competencia

PLD/CFT

• • •

Nuevos canales de distribución de servicios financieros Reducción de costos de los servicios financieros y regular comisiones por la apertura de APIs Facultad de intervenir en caso de abusos.

• •

Establecimiento del marco vigente en materia de PLD/FT Régimen estándar de identificación al cliente

Estos principios deben ser respetados por todos los sujetos obligados y las autoridades encargadas de ejercer las facultades de interpretación, aplicación, supervisión y regulación previstas en la Ley de Tecnología Financiera.

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Operación de las ITF

La CNBV y el BM establecerán los límites a los recursos que las ITF podrán mantener a nombre de sus clientes o de los que un cliente podrá disponer a través de éstas

Las ITF deberán recibir y entregar recursos a través del sistema financiero, salvo que la CNBV autorice la recepción o entrega de efectivo

Régimen de separación de cuentas y de inversión en valores gubernamentales

Las entidades financieras que pretendan invertir en el capital social de las ITF, requerirán previa autorización

La CNBV y el Banco de México deberán emitir regulación diferenciada considerando el número o monto de las operaciones, el número de clientes, el modelo de negocio, los activos intermediados o nivel de capital neto, entre otros.

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Operación de las ITF

• Estados financieros dictaminados por parte de un auditor externo independiente. Las ITF estarán obligadas a observar el cumplimiento de los requisitos que la CNBV y el BM establezcan para los auditores

• Las ITF podrán pactar con terceros la prestación de servicios necesarios para su operación. La CNBV o el BM establecerá los servicios para los cuales se requiera autorización • Se deberá mantener un capital neto que se expresará mediante un índice en relación con el riesgo operacional y que no podrá ser menor a la cantidad que resulte de sumar los requerimientos de capital por cada tipo de riesgo • La CNBV determinará aquellos casos en que las ITF deban contar con un consejo de administración y un comité de auditoría en consideración al número de operaciones o clientes que tenga, modelos de negocios, activos intermediados o nivel de capital neto

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Índice

Contexto

Propuesta Ley FinTech

Reformas necesarias y siguientes pasos

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Decreto FinTech | Adecuar marco normativo Vigente a la Nueva Realidad

1. Ley de Instituciones de Crédito (captación de recursos por parte de ITF y transmisores de dinero) 2. Ley del Mercado de Valores (excepción de oferta e intermediación de valores para ITF; posibilidad de usar servicios automatizados por parte de CB, AI e IDV) 3. Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (reglas para invertir recursos de clientes de transmisores de dinero así como medidas de salvaguarda) 4. Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (reconocimiento ITF) 5. Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia (reconocimiento ITF) 6. Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (reconocimiento ITF)

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Decreto FinTech | Adecuar marco normativo Vigente a la Nueva Realidad

7. Ley para Regular las Agrupaciones Financiera (ITF podrán formar parte de Grupos Financieros) 8. Ley de Firma Electrónica Avanzada (se permite su uso en materia financiera) 9. Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (reconocimiento ITF) 10. Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (reconocimiento ITF) 11. Ley de Títulos y Operaciones de Crédito (uso de firma electrónica en títulos de crédito)

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Siguientes Pasos

 Se planea presentar la ley al Congreso a finales de abril de 2017.  Se creará un Consejo de Tecnologías Financieras como órgano de consulta, asesoría y coordinación entre los sectores público y privado. - Objetivo principal: el futuro intercambio de ideas y conocimiento para conocer el mercado y las innovaciones, así como planear su desarrollo y regulación.

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Gracias


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