En esta edición de nuestra revista "Derecho y Trabajo: Una Perspectiva Integral", abordamos la relevancia del trabajo como una forma de justicia social, un principio fundamental en la construcción de una sociedad más equitativa y justa. La jerarquización del trabajo no solo reconoce el valor intrínseco de cada profesión, sino que también resalta la importancia de asegurar condiciones laborales dignas y justas para todos.
Es crucial comprender que la tercerización y otras prácticas fraudulentas no solo perjudican a los trabajadores, sino que también socavan los cimientos de la justicia social y la solidaridad. Por ello, es nuestra responsabilidad, como sociedad, velar por la aplicación íntegra de la legislación laboral y fomentar un diálogo constante entre empleadores, trabajadores y el Estado.
Editorial Patinsky
DIRECTORIO
En esta edición de "Derecho y Trabajo: Una Perspectiva Integral", nos enorgullece presentar al equipo de profesionales que hace posible la producción de nuestra revista. Este equipo multidisciplinario trabaja incansablemente para ofrecer contenido de calidad y reflexiones profundas sobre temas de relevancia laboral y social.
Dirección:
•Director General: Pablo Ramírez
•Director Editorial: Jhannice Gonzalez
Edición:
•Editores: Jhannice Gonzalez,Thania de Gonzalez Redacción:
•Redactores: Jhannice Gonzalez, Wilfredo Ramírez
Diseño y Fotografía:
•Diseñador Gráfico: Antonio Gonzalez
•Fotógrafo: Nohelia Zamora
INTRODUCCIÓN
La importancia del trabajo como una forma de justicia social es un principio fundamental en la construcción de una sociedad equitativa y justa. En esta edición de nuestra revista "Derecho y Trabajo: Una Perspectiva Integral", exploramos diversos aspectos que destacan la relevancia del trabajo en nuestra sociedad y los mecanismos legales que aseguran su justa aplicación.
Comenzamos con la jerarquización del trabajo como justicia social, un concepto que reconoce la dignidad del trabajo y su papel en la realización personal y el desarrollo social. Identificamos los sujetos en la relación laboral, basándonos en los artículos 15 al 28 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTT).
También profundizamos en el contrato de trabajo, tal como se define en los artículos 55 al 65 de la LOTT, y abordamos el tema de la tercerización, prohibida por los artículos 47 y 48 de la LOTT.
Esperamos que los artículos de esta edición ofrezcan una visión comprensiva y reflexiva sobre estos temas, contribuyendo a la formación de una conciencia laboral más informada y comprometida con la justicia y la equidad.
JERARqUIzACIÓN DEL TRAbAJO
COmO JUsTICIA sOCIAL
El artículo 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) establece el derecho al trabajo, el deber de trabajar y garantiza que el Estado tomará las medidas necesarias para asegurar que toda persona tenga acceso a un trabajo productivo que le proporcione una vida digna.
La jerarquización del trabajo comojusticia social bajo este marco se puede estructurar de la siguiente manera:
1. Derecho al Trabajo
Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. Este derecho es esencial para asegurar una existencia digna y decorosa.
2. Obligación del Estado
El Estado debe garantizar la adopción de medidas necesarias para que todas las personas puedan obtener ocupación productiva.
JERARqUIzACIÓN DEL TRAbAJO
COmO JUsTICIA sOCIAL
3. Ocupación Productiva
El trabajo debe proporcionar una existencia digna y decorosa, asegurando que los trabajadores puedan vivir en condiciones justas y humanas.
4. Pleno Ejercicio del Derecho
El Estado garantiza el pleno ejercicio del derecho al trabajo, protegiendo a los trabajadores.
5. Derechos Laborales de Trabajadores No Dependientes
La ley adoptará medidas para garantizar los derechos laborales de los trabajadores no dependientes, asegurando que gocen de protección y beneficios.
6. Libertad de Trabajo
La libertad de trabajo no será sometida a restricciones, asegurando que las personas puedan elegir libremente su ocupación.
sUJETOs EN LA RELACIÓN
LAbORAL
Los sujetos en la relación laboral sonlas partes que participan en una relación de trabajo. En general, los principales son:
El Trabajador:
-Es la persona que presta sus servicios personales a cambio de una remuneración.
El Empleador:
-Es la persona o entidad que recibe los servicios del trabajador y paga por ellos.
El Estado:
-Crea las leyes laborales y asegura su cumplimiento.
Organizaciones Sindicales:
-Representan los intereses de los trabajadores.
bENEfICIOs DEL TRAbAJO
Seguro de Salud:
Cobertura médica proporcionada por el empleador. Incluye acceso a servicios de salud, consultas médicas, hospitalización, etc.
Prestaciones Sociales:
Beneficios como subsidios de desempleo, pensiones y seguros de invalidez.
En algunos casos, incluyen también el seguro de maternidad y paternidad.
Capacitación y Desarrollo:
Oportunidades de formación y capacitación profesional. Cursos, talleres y programas de desarrollo de habilidades pagados o subvencionados por el empleador.
CONTRATO DE TRAbAJO
Un contrato de trabajo es un acuerdo legal entre una persona y un empleador, donde se establecen las condiciones bajo las cuales se prestan servicios a cambio de unaremuneración.
En la LOTT:
Artículo 57: Régimen supletorio
Si el contrato no especifica detalles sobre el servicio y la remuneración, se aplican ciertas normas:
a) El trabajador debe desempeñar servicios compatibles con sus capacidades.
b) La remuneración no debe ser inferior al salario mínimo ni a lo que se pague por trabajos similares en la localidad.
CONTRATO DE TRAbAJO
Artículo 58: Forma del contrato de trabajo
Preferentemente por escrito, aunque puede probarse su existencia si es oral.
Si no hay contrato escrito, se presume ciertas las afirmaciones del trabajador hasta prueba en contrario.
Artículo 59: Contenido del contrato de trabajo
El contrato escrito debe incluir especificaciones como nombres, cédula de identidad, nacionalidad, detalles del puesto de trabajo, fecha de inicio, tipo de contrato, salario y forma de pago, entre otros.
TERCERIzACIÓN
Según el artículo 47 de la LOTT, la tercerización se define como la simulación o el fraude cometido por empleadores con el propósito de desvirtuar, desconocer u obstaculizar la aplicación de la legislación laboral.
Artículo 48: Prohibición de Tercerización
Este artículo prohíbe la tercerización y asegura que los empleadores cumplan con sus obligaciones laborales.Acontinuación, se detallan los puntos clave de la prohibición:
Contratación de Entidades de Trabajo:
No se permite la contratación de entidades para ejecutar obras, servicios dentro de las instalaciones de la entidad contratante.
Contratación a través de Intermediarios:
Se prohíbe la contratación de trabajadores mediante intermediarios para evadir obligaciones laborales.
CONCLUsIÓN
La jerarquización del trabajo no solo valora cada profesión, sino que también enfatiza la necesidad de condiciones laborales dignas para todos, lo cual es fundamental para el bienestar de los trabajadores y para la cohesión y el progreso social.
La identificación de los sujetos en la relación laboral, junto con la comprensión de sus derechos y responsabilidades, permite apreciar el marco legal que protege a los trabajadores. La LOTT establece principios y normas que aseguran la justicia, igualdad y protección en el ámbito laboral, destacando la importancia de la seguridad social y los derechos irrenunciables de los trabajadores.
El contrato de trabajo se presenta como una herramienta esencial para garantizar la equidad en el empleo. Su correcta implementación y cumplimiento asegura que los trabajadores reciban un trato justo y se respeten sus derechos fundamentales.
En última instancia, la protección de los derechos laborales y la promoción de la justicia social en el trabajo no solo benefician a los trabajadores, sino que también fortalecen el tejido social. Una sociedad que valora y respeta el trabajo, es una sociedad justa
REfERENCIAs bIbLIOGRÁfICAs
Alfredo Blanco. Unidad II El derecho al trabajo como justicia social. Recuperado 23 de Febrero de 2025 en: Aula Virtual de la UniversidadBicentenariadeAragua.
Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo de Venezuela (2012). Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Recuperado 07 de Febrero de 2025 en: https://oig.cepal.org/sites/default/files/2012_leyorgtrabajo_ven.pdf
Asamblea Nacional Constituyente (1999). Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Recuperado 23 de Febrero de 2025 en: https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_venezuela.pdf, consultado
Rafael Caldera (1999). Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Recuperado 23 de Febrero de 2025 en: https://www.medicinalaboraldevenezuela.com.ve/archivo/regla_ley_or g_tra.pdf. Bencomo E., Tania Z. (2008). Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Recuperado 23 de Febrero de 2025 en: https://www.redalyc.org/pdf/4296/429640262002.pdf