El presente trabajo se ocupa de uno de los mecanismos más destacados de la cooperación penal internacional. El traslado de condenados. Para ello se realiza un estudio jurídico-comparado entre diversos instrumentos normativos reguladores del traslado.
Algunos de esos instrumentos comparados, como el Convenio de Estrasburgo y algunos de los acuerdos bilaterales suscritos por España, responden al modelo clásico de basado en las claves tradicionales de la cooperación penal.
Otros, como el Derecho de la Unión y la ley española que lo traspone (esto es, la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea) responde a uno de los nuevos paradigmas de la cooperación penal internacional: el llamado reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales.
Este trabajo me ha permitido comprobar que el sistema de traslados internacionales de condenados se mueve a dos velocidades: una la que se registra en Europa basada en la Decisión Marco 2008/909/JAI,