Geane Alzamora
dos recursos escritos, gráficos e interactivos, a parte de recursos del lenguaje característicos, como los típicos de redes sociales en línea. Los contenidos multimedia circulan en las conexiones digitales en torno a la configuración multiplataforma de la televisión contemporánea en dinámicas intermedia que se vuelven transmedia cuando son participativas, intercambiables, globales y expandibles. En este escenario mencionado, híbrido e inexacto, se investigó la cobertura periodística de TV3 y su canal de noticias 3/24 sobre el 9-N, la designación social de la consulta popular hecha el 9 de noviembre de 2014 sobre la soberanía de Cataluña.
3. Sobre el 9-N Las estrategias editoriales adoptadas por TV3 para cubrir el tema de la soberanía de Cataluña tuvieron en cuenta la motivación y el compromiso social de los ciudadanos con esta cuestión. TV3 es referencia como estación de televisión en Cataluña; por esta razón es ideal como medio para el estudio de estrategias editoriales multiplataforma que hacen permeables la televisión y las redes sociales en línea, como es el caso de Facebook, en el contexto de gran movilización social investigado. Por lo tanto, la cobertura periodística del tema hecha por TV3 y su canal de noticias 3/24 en interfaz con Internet es distinta porque el tema genera participación ciudadana diferenciada. Según el periódico La Vanguardia —que se publica en castellano y en catalán desde Barcelona— el proceso de participación ciudadana en la consulta realizada el 9 de noviembre de 2014 por la Generalitat de Catalunya, a pesar de la recurrente negativa del Gobierno central de España, alcanzó un 80,7 % en apoyo al «sí» en un universo de 2.250.000 votos.3 La consulta popular del 9-N fue convocada por la Generalitat de Catalunya tras un historial de movilizaciones sociales a su favor ocurridas a lo largo de los últimos años. El objetivo fue conocer la opinión de los ciudadanos catalanes sobre si la comunidad autónoma de Cataluña debería ser un estado y si ese estado debería ser independiente. Después de haber sido impugnada dos veces, la consulta fue declarada inconstitucional por la Sentencia 31/2015, del 25 de febrero de 2015, dictada por el Tribunal Constitucional.4 La decisión del Gobierno de Cataluña (con fecha de 4 de noviembre de 2014) de mantener la consulta, a pesar del acuerdo unánime del Tribunal Constitucional por la suspensión provisional del proceso del 9-N,5 fue arriesgada, teniendo en cuenta que el Gobierno de España había impugnado el mecanismo alternativo para hacer la consulta el 29 de octubre de 2014. Por ello, la consulta se llevó a cabo en la forma de un simulacro, como un proceso simbólico, sin valor legal, ocurrido después de una gran llamada a la movilización social.6 Para los catalanes la realización de la consulta era fundamental, ya que el proceso que culminaría en el 9-N estaba en marcha desde al menos el 25 de noviem-
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COMUNICACIÓ : REVISTA DE RECERCA I D’ANÀLISI, Vol. 34 (1) (MAIG 2017)
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