CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y USO - SOFTWARE MULTIMEDIA - Enero de 2022

Page 1

CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y USO - SOFTWARE MULTIMEDIA - Enero de 2022 PREÁMBULO A partir de la aceptación por parte del Cliente (de manera electrónica o de otra manera), estas Condiciones Generales de Venta y Uso (CGVU) forman, junto con la Oferta Comercial o la Hoja de Pedido adjunta y la Declaración de Confidencialidad aplicable, el contrato que rige exclusivamente el uso del Software y las Bases de Datos por parte del Cliente, con exclusión de cualquier otro documento, en particular los términos y condiciones del Cliente. El Cliente reconoce que actúa en su calidad de profesional, que es su responsabilidad evaluar la idoneidad del Software para sus propias necesidades y que ha recibido de ETAI toda la información que le permite celebrar un contrato con pleno conocimiento de causa. ETAI se reserva el derecho de rechazar un pedido. ARTÍCULO 1 – DEFINICIONES Anomalía: Mal funcionamiento reproducible del Software que impide su uso de acuerdo con la Documentación y es exclusivamente atribuible a ETAI. Base de Datos: Recopilación de Datos Técnicos recogidos y estructurados por ETAI de manera sistemática y metódica, y que ETAI hace accesibles individualmente. Hoja de Pedido/Oferta comercial: Documento elaborado por ETAI en el que se especifican las condiciones de puesta a disposición del Software que, una vez aceptado por el Cliente, forma, junto con las CGVU, el Contrato celebrado con ETAI. En caso de contradicción entre la Hoja de Pedido o en la Oferta Comercial y las CGVU, la Hoja de Pedido o la Oferta Comercial prevalecerá. CGVU: El presente documento. Cliente: Persona física o jurídica identificada en la Hoja de Pedido o la Oferta Comercial que suscribe el Contrato con ETAI a los efectos de utilizar el Software en el marco de su actividad profesional interna. Configuración Aprobada: Requisitos técnicos previos necesarios para el funcionamiento del Software. Están sujetos a evolución de acuerdo con los estándares del mercado y las sucesivas versiones publicadas por terceros editores. Sus modificaciones se comunicarán al Cliente por cualquier medio. Contrato: Contrato celebrado entre el Cliente y ETAI que consiste en las Condiciones Generales de Venta y Uso, la Hoja de Pedido o la Oferta Comercial adjunta, y la Declaración de Confidencialidad aplicable. Documentación: Documento en el que se describen las funcionalidades e instrucciones de uso del Software (según el caso, en francés, español, alemán o inglés), excluyendo cualquier documentación comercial o de formación. Datos Técnicos: Conjunto de datos técnicos y tarifarios y otros elementos independientes recopilados por ETAI, especialmente de los fabricantes, fabricantes de equipos originales, centros autorizados y empresas especializadas, que ETAI integra en las Bases de Datos. Datos del Cliente: Los datos introducidos por el Cliente en el Software y que le pertenecen. Software: Programa informático designado por la Hoja de Pedido o la Oferta Comercial; es decir, un programa de gestión y/o un programa que permite el acceso a las Bases de Datos de ETAI. Cliente: Cualquier empleado o colaborador del Cliente o un sublicenciatario que utilice el Software en el marco de su actividad profesional. ARTÍCULO 2 – DERECHOS DE USO DEL SOFTWARE 2.1 Derecho concedido ETAI concede al Cliente, con carácter no exclusivo, durante el período mencionado en el Artículo 9 y para los territorios, centros de trabajo y números de accesos mencionados en la Oferta Comercial o en la Hoja de Pedido, un derecho personal de uso del Software que incluye, según el caso: - un simple derecho a usar el Software para las necesidades profesionales internas del Cliente, - un simple derecho a consultar las Bases de Datos para las necesidades profesionales internas del Cliente. Los derechos anteriores son intransferibles por cualquier motivo y deben ser ejercidos por el Cliente y los Clientes de conformidad con el Contrato y la Documentación. El Cliente no adquiere —explícita o implícitamente— ningún otro derecho que no sea el mencionado en este Artículo y cualquier otro uso constituye una infracción de los derechos de ETAI. 2.2 Limitación del derecho concedido El Contrato no transfiere al Cliente ningún derecho de propiedad relacionado con el Software o las Bases de Datos

que siguen siendo propiedad de ETAI, independientemente de las formas, los idiomas y los soportes en los que se pongan a disposición. El Cliente se abstiene así, y de forma general, de infringir directa o indirectamente los derechos de ETAI y sus asociados, en particular:

En esta misma hipótesis, ETAI garantiza al Cliente con sujeción a las condiciones acumulativas que se indican a continuación:

- cualquier retención o conservación de los Datos Técnicos más allá del Contrato,

- el Cliente deberá proporcionar fielmente a ETAI todos los elementos, datos y asistencia necesarios para que pueda asegurar su defensa.

- cualquier traducción, adaptación o modificación del Software o de las Bases de Datos, - cualquier extracción automatizada y/o masiva de los contenidos accesibles a través del Software, - cualquier extracción o uso manifiestamente anormal habida cuenta de la actividad del Cliente, el número de accesos autorizados, el número de puestos de trabajo declarados (en lo que respecta a la solicitud de registro, si el Cliente se beneficia del servicio, se considera anormal un volumen de búsquedas por matrícula superior a 1200 búsquedas anuales),

- el Cliente ha notificado a ETAI, en el plazo de una semana y por escrito, dicha reclamación;

En caso de procedimiento judicial o negociaciones de conciliación: - ETAI podrá intervenir voluntariamente en el procedimiento, en la dirección de los litigios y las negociaciones, - ETAI se hará cargo de los daños y perjuicios a los que sea condenado el Cliente por un acto de falsificación desde el momento en que la decisión final o el protocolo de conciliación sea ejecutorio. ETAI no asumirá responsabilidad alguna si la reclamación es resultado de:

- cualquier reproducción, representación, difusión, puesta a disposición de terceros, en particular servicios de consultoría, Hot line o de asistencia técnica, por cualquier motivo, de todo o parte del Software o de las Bases de Datos sin la autorización específica de ETAI,

- el uso de una versión del Software distinta a la versión en curso y no modificada,

- cualquier intervención en el Software, incluso con fines de corrección, quedando el derecho de corregir el Software reservado exclusivamente a ETAI,

- el uso del Software no conforme al Contrato.

- cualquier descarga, reproducción, adaptación del código del Software o de su forma con el fin de obtener la información relativa a su interoperabilidad, cualquier solicitud relativa a la interoperabilidad debe ser dirigida a ETAI, - cualquier descompilación de todo o parte del Software, aparte de los casos autorizados, especialmente para la concepción, difusión o comercialización de un producto total o parcialmente similar, equivalente o de sustitución. ARTÍCULO 3 – MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE 3.1 Mantenimiento del Software ETAI realiza un mantenimiento correctivo de las Anomalías como se ha definido anteriormente y proporcionará en este marco soluciones para evitar o corregir las Anomalías. El mantenimiento excluye la corrección de las Anomalías no atribuibles a ETAI y, en particular: - la corrección de incidentes que se produzcan imputables al Cliente: uso no conforme con la Documentación, incumplimiento de la configuración aprobada, etc. - la corrección de incidentes resultantes del uso continuado del Software sin el acuerdo de ETAI tras un primer incidente o la realización de una operación de mantenimiento programada, - los desplazamientos a los centros de trabajo del Cliente, - el mal funcionamiento derivado de una modificación o un fallo del entorno informático (hardware, software) o de las redes (telecomunicaciones, electricidad, etc.) del Cliente. 3.2 Mantenimiento de las Bases de Datos Cuando es puesto en práctica, este mantenimiento incluye la actualización de los Datos Técnicos contenidos en el Software de acuerdo con las evoluciones recogidas. Se llevará a cabo en las condiciones del Artículo 5.2 siguiente. ARTÍCULO 4 – SERVICIOS ASOCIADOS Y OPCIONES 4.1 Servicios asociados ETAI puede ofrecer un servicio puntual de asistencia documental que permita al Cliente recibir Datos Técnicos adicionales que no estén incluidos en la Base de Datos, si están disponibles. Si está disponible, esa asistencia se prestará sin ninguna garantía de plazo de entrega. ETAI se reserva el derecho, sin previo aviso, de limitar el acceso a este servicio. 4.2 Opciones El Cliente puede contratar opciones en complemento de su suscripción al Software que pueden estar sujetas a la aceptación previa de condiciones adicionales y estar sujetas a períodos de prueba según las modalidades definidas por ETAI. ARTÍCULO 5 – GARANTÍAS 5.1 Garantía en caso de falsificación En caso de una reclamación por vulneración de un derecho de propiedad intelectual por el Software o la Base de Datos, ETAI podrá, y el cliente así lo acepta, sustituir o modificar todo o parte del elemento en litigio para poner fin a dicha reclamación.

- la combinación, la puesta en práctica o el uso del Software con programas o datos no proporcionados por ETAI, Las disposiciones del presente artículo definen todas las obligaciones de ETAI en materia de falsificación, que el Cliente acepta. 5.2 Garantía sobre los Datos Técnicos Los Datos Técnicos provienen de terceros (fabricantes, fabricantes de equipos originales, proveedores, etc.) y se proporcionan tal cual y sin garantía. Las Bases de Datos abarcan los modelos más comunes y ETAI se esfuerza por (i) ampliar esta cobertura regularmente según la evolución del parque automovilístico y (ii) proporcionar las indicaciones más exactas posibles (en particular: planes de mantenimiento, listas de operaciones, precios, referencias de las piezas, tiempos de reparación, métodos y datos técnicos transmitidos por los fabricantes). Sin embargo, en vista del número y la complejidad de la información y de la velocidad a la que estos datos son modificados por los fabricantes, los fabricantes de equipos originales, etc., ETAI no puede garantizar la exhaustividad y la exactitud de los Datos Técnicos. Dado que los Datos Técnicos accesibles a través del módulo de Piezas de Reutilización son introducidos directamente por los centros especializados, ETAI no puede ser considerada responsable de los errores relativos a dichos Datos Técnicos ni, por tanto, de los daños resultantes. Se aconseja al Cliente que se ponga en contacto directamente con el centro autorizado correspondiente para confirmar la información obtenida a través del Módulo de Piezas de Reutilización. 5.3 Garantía del Software ETAI garantiza la conformidad del Software con su Documentación —con sujeción al respeto a la Configuración Autorizada— durante treinta (30) días a partir de su entrega. Quedan expresamente excluidos de esta garantía los servicios solicitados a ETAI relativos a fallos en el funcionamiento no imputables a ETAI: intervención no autorizada del Cliente en el Software, error de manipulación, uso no conforme a la Documentación y al Contrato, combinación, puesta en práctica o uso del Software con programas o datos no suministrados por ETAI, etc. ETAI no garantiza en general la corrección de todos los errores, ni que el Software sea apto para satisfacer las necesidades propias del Cliente, ni su funcionamiento en cualquier combinación distinta a las indicadas en la Documentación, ni su funcionamiento ininterrumpido o exento de errores o Anomalías. Las Partes descartan, y el Cliente acepta expresamente, la aplicación de las disposiciones legales relativas a la garantía para los defectos y vicios ocultos. ARTÍCULO 6 – PRECIOS 6.1 Las condiciones de pago y el precio para la concesión de los derechos de uso y mantenimiento del Software se indican en la Hoja de Pedido o en la Oferta Comercial. A la firma del Contrato, se puede exigir al Cliente que abone (i) una tasa de acceso al software como cuota de implementación de su suscripción y/o (ii) los gastos de instalación y puesta en servicio. Los servicios adicionales que no se mencionen expresamente en la Hoja de Pedido o en la Oferta Comercial se facturarán por separado sobre la base de un presupuesto presentado al Cliente 6.2 El precio de suscripción puede revisarse en función de la evolución positiva del IPC durante el período en cuestión. Esta revisión puede afectar al precio de las sublicencias.

Los posibles descuentos aplicables el día del pedido no se prorrogarán al renovar el Contrato, a menos que las Partes acuerden expresamente lo contrario. Los descuentos sujetos al cumplimiento de condiciones dejarán de aplicarse si desaparece alguna de ellas. Los costes generados por la adquisición de software o hardware de terceros, o la actualización del entorno informático del Cliente, en particular para cumplir con la Configuración Aprobada, correrán a cargo del Cliente. 6.3 En caso de impago de una factura por parte del Cliente en su fecha de vencimiento, ETAI podrá, sin previo aviso formal: - exigir el pago inmediato de todas las sumas adeudadas en virtud del Contrato, - suspender la ejecución de todo o parte del Contrato hasta el pago de la factura en cuestión, sin que dicha suspensión se considere una resolución por ETAI o un incumplimiento contractual de ETAI por el que se le pueda exigir algún tipo de responsabilidad, - aplicar sanciones por demora (tipo aplicable en el primer semestre del año en cuestión = tipo de interés del BCE incrementado en 10 puntos en vigor a 1 de enero del año en cuestión / tipo aplicable en el segundo semestre del año = tipo de interés del BCE incrementado en 10 puntos en vigor a 1 de julio del año en cuestión), - solicitar el pago de una indemnización fija de 40 euros en concepto de costes de cobro. 6.4 Sin perjuicio de lo dispuesto en las disposiciones legales, en caso de que el Cliente efectúe un pago parcial cuando se adeuden varias facturas, ETAI podrá imputar dicho pago como considere oportuno. No podrá producirse ninguna compensación sin el acuerdo formal de ETAI. ARTÍCULO 7 – RESPONSABILIDAD 7.1 ETAI está sujeta a una obligación general de medios y el Software, los servicios asociados y las opciones se utilizan bajo la única dirección, control y responsabilidad del Cliente y los Clientes. 7.2 ETAI no será responsable de ningún daño resultante de la falta de disponibilidad del Software, del uso de codificaciones e informaciones erróneas o de usos no conformes con la Documentación y el Contrato. Asimismo, ETAI no podrá ser considerada responsable de los daños resultantes de los trabajos realizados por el Cliente o cualquier Cliente sobre la base de las informaciones y los datos provenientes del Software, de los daños resultantes de cualquier pérdida de datos, de la posible contaminación del entorno informático del Cliente por cualquier virus o elemento malicioso, o del incumplimiento de la naturaleza confidencial y personal de las credenciales de inicio de sesión. 7.3 Dado que el Software es una herramienta de asistencia para la confección de documentos comerciales, el Cliente será el único responsable de hacer constar las menciones requeridas por las leyes y reglamentos aplicables a su actividad y ETAI no podrá ser considerado responsable de los daños derivados del incumplimiento de dichos reglamentos por parte del Cliente. 7.4 El Cliente es, por un lado, el único responsable de su entorno informático (redes, hardware, software) y, por otro lado, de manera general, ETAI no podrá ser considerado responsable en lo que respecta a los daños derivados de las fluctuaciones de las velocidades de acceso, las pérdida de conectividad, las interrupciones temporales y las faltas de disponibilidad debidas a fallos de las redes de telecomunicaciones públicas o privadas o debidas al uso de soluciones de terceros, en particular en caso de interfaz del Software con softwares de terceros, etc. 7.5 En cualquier caso, si se considerara a ETAI responsable en virtud del Contrato por una resolución judicial ejecutoria definitiva, el importe total de la indemnización debida por ETAI en compensación por todos los daños directos sufridos por el Cliente no podrá exceder las sumas efectivamente pagadas por el Cliente por el derecho a usar el Software durante el período contractual en el que se produjeron todos los hechos que dieron lugar a los mencionados daños. 7.6 5 En cualquier caso, si se considerara a ETAI responsable, eso excluiría la compensación de cualquier daño indirecto, a saber, en particular: cualquier perjuicio comercial, coste de explotación adicional, pérdida de datos, pérdida de volumen de facturación, de beneficios, de clientela o de oportunidades, cualquier daño sufrido por terceros relacionado con la puesta a disposición o el uso del Software, incluso si se hubiera advertido a ETAI de la posibilidad de que se produjeran tales pérdidas o daños. 7.7 Se acuerda expresamente entre las Partes, y el Cliente lo acepta, que las disposiciones de esta cláusula seguirán aplicándose después de la finalización del Contrato por cualquier motivo, incluso en caso de rescisión establecida por una resolución judicial definitiva.


7.8 Las Partes reconocen que las disposiciones del Contrato establecen una distribución justa de los riesgos entre ETAI y el Cliente y que el precio refleja esta distribución, así como la limitación de responsabilidad descrita anteriormente. ARTÍCULO 8 - PROPIEDAD INTELECTUAL 8.1 ETAI ha tomado la iniciativa y el riesgo de asumir importantes inversiones financieras, materiales y humanas para diseñar y desarrollar las Bases de Datos que se constituyeron, compilaron, verificaron, enriquecieron y normalizaron de acuerdo con las buenas prácticas. A este respecto, ETAI es la propietaria exclusiva del derecho sui generis del productor de las Bases de Datos. Además, debido a su respectiva originalidad, ETAI es la propietaria exclusiva de los derechos de autor que protegen las Bases de Datos por un lado y el Software por otro. 8.2 El Cliente se compromete a mantener las menciones de titularidad de los derechos de propiedad de ETAI que aparecen en el Software, la Documentación y en general sobre todos los elementos transmitidos por ETAI. 8.3 El Software puede incorporar tecnologías y datos cuyos derechos, que pertenecen a terceros, deben ser respetados por el Cliente. ARTÍCULO 9 – DURACIÓN - ENTREGA 9.1 Duración - Renovación tácita El Contrato entrará en vigor desde la fecha de su firma hasta el final del período inicial indicado en la Hoja de Pedido o en la Oferta Comercial. El Cliente entiende y acepta este periodo de obligada permanencia al contratar con ETAI. El período inicial del Contrato se calcula a partir de la fecha mencionada en la Hoja de Pedido o la Oferta Comercial o la fecha indicada en la factura enviada al Cliente, si es posterior. A partir del final del período inicial, el Contrato se renovará por acuerdo tácito por períodos sucesivos de la misma duración que el período inicial, a menos que una de las Partes notifique la rescisión a la otra Parte por correo certificado con acuse de recibo a más tardar un (1) mes antes del final del período en curso con la excepción de los contratos definidos en el artículo 13.3 y sujetos a su condicionado. El precio podrá revisarse de conformidad con el Artículo 6.2 durante las renovaciones tácitas.

contactar inmediatamente con ETAI para desactivarlas. ARTÍCULO 12 – CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES 12.1 Confidencialidad Las credenciales de inicio de sesión del Cliente, los términos del Contrato y toda la información intercambiada entre el Cliente y ETAI en el marco de su ejecución son datos confidenciales. El Cliente se compromete a preservar su confidencialidad con el mismo cuidado con el que pudiera preservar sus propios datos confidenciales, y no podrá comunicarla a terceros sin el consentimiento previo por escrito de ETAI o si lo exigiera la ley o una autoridad competente. En este último caso, el Cliente se compromete a informar con antelación a ETAI, en la medida de lo posible, a la solicitud de comunicación que se le dirija. La obligación de confidencialidad del presente Artículo se aplicará durante la vigencia del Contrato y dos (2) años después de su terminación por cualquier motivo. 12.2 Datos de carácter personal ETAI trata datos personales con el fin de poner a disposición del Cliente el Software (acceso, uso, facturación, servicio posventa). Estos datos son tratados por ETAI en nombre del Cliente y conciernen al Cliente, a sus propios clientes y a los Clientes. La Declaración de Confidencialidad del Software que el Cliente y los Clientes aceptan electrónicamente constituye los contratos celebrados respectivamente entre estos últimos y ETAI con respecto a dicho tratamiento y define los derechos, obligaciones y responsabilidades del Cliente, los Clientes y ETAI con respecto a dicho tratamiento. La Declaración de Confidencialidad del Software es accesible de forma permanente a través del espacio dedicado a ello dentro del Software y, en particular, es aceptada por el Cliente y los Clientes al acceder al Software por primera vez o después de cualquier actualización proporcionada por ETAI. En caso de conflicto entre estas CGV y la Declaración de Confidencialidad, prevalecerá la Declaración de Confidencialidad. El Cliente y los Clientes pueden ejercer sus derechos en la siguiente dirección dpo@infopro-digital.com. ARTÍCULO 13 – FIN DEL CONTRATO

9.2 Terminación anticipada

13.1 Rescisión por incumplimiento

Si el Cliente decidiera terminar el Contrato anticipadamente, ya sea con anterioridad al vencimiento de la fecha inicialmente convenida, ya sea con anterioridad al vencimiento de una prórroga tácita, devendrá obligado a satisfacer, en concepto de indemnización, las cantidades que hubieran correspondido hasta el vencimiento inicialmente pactado o tácitamente prorrogado.

En caso de vulneración de los derechos de ETAI o de sus socios, o de impago del precio por parte del Cliente, ETAI podrá rescindir el Contrato al final de un período de quince (15) días después de haber notificado formalmente al Cliente por correo certificado con acuse de recibo cuando dicha notificación formal haya quedado sin efecto (se tomará como prueba la fecha de la primera presentación). Cuando proceda, no se requerirá ninguna otra formalidad (en particular, judicial) más que la simple confirmación de la rescisión por parte de ETAI.

9.3 Entrega Para los Softwares como Servicio, la recepción por parte del Cliente de su nombre de cliente y contraseña constituirá la entrega del Software. ARTÍCULO 10 – DEPÓSITOS ETAI deposita regularmente Softwares y Bases de Datos en organismos oficiales. ARTÍCULO 11 – ADVERTENCIA 11.1 El uso del Software requiere el acceso del Cliente a una red de telecomunicaciones. Corresponde a este último suscribir los servicios apropiados de los operadores de su elección para conectarse y usar el Software, los Servicios asociados y las opciones. El Cliente deberá asegurarse, a su cargo y bajo su responsabilidad, de que su entorno informático cumple con la Configuración Aprobada. El uso del Software puede requerir el uso de versiones actualizadas de softwares de terceros como los ofrecidos por Adobe® (Flash Player (que muestra el formato Flash), Acrobat Reader (que lee los formatos pdf) y Adobe SVG Viewers (que muestra los gráficos vectoriales) o Plug-ins de Java. 11.2 Algunos componentes del Software, las Bases de Datos, los Servicios asociados y las opciones son el resultado de las asociaciones entre ETAI y terceros. En el caso de que se ponga fin a estas asociaciones, es posible que ya no se puedan ofrecer determinados servicios, lo que el Cliente acepta, sin que esto pueda ser considerado una regresión. Por lo tanto, el Cliente no podrá reclamar ningún reembolso sobre el importe de su suscripción. 11.3 Las credenciales de inicio de sesión son estrictamente personales y confidenciales y el cumplimiento de dicha confidencialidad por parte del Cliente y los Clientes garantiza la seguridad de su acceso al Software. En caso de pérdida o divulgación de sus credenciales, el Cliente debe

13.2 Pérdida de la pertenencia o afiliación a una red o agrupación Cuando el Cliente se beneficia de un derecho de uso de una versión del Software como miembro o afiliado de una red o cualquier otra agrupación de cualquier tipo, se le informa de que esta es una condición de la puesta a disposición del derecho de uso del Software. En consecuencia, el Cliente se compromete expresamente a informar a ETAI de la pérdida de su condición de miembro o afiliado de la red o agrupación en cuestión en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de dicha pérdida por cualquier motivo. Cuando proceda, la pérdida por el Cliente de esa condición conllevará la pérdida de su derecho a utilizar la versión del Software previamente puesta a su disposición, pero podrá seguir beneficiándose, en las mismas condiciones, de un derecho de uso de la versión estándar del Software en cuestión hasta la próxima fecha de expiración del Contrato. Si el Cliente no notifica la pérdida de su condición de miembro o afiliado, se le considerará responsable. El Cliente asegurará entonces a ETAI contra todas las consecuencias perjudiciales derivadas de la ausencia de notificación. 13.3 Dependencia de los contratos Cuando el Cliente se beneficia del derecho a usar una versión del Software como miembro o afiliado de una red o cualquier otra agrupación de cualquier naturaleza, el Contrato que celebre con ETAI dependerá directamente de los contratos celebrados asimismo entre ETAI y la red o agrupación a la que pertenezca el Cliente. En consecuencia, se informa al Cliente de que la rescisión de los contratos celebrados entre ETAI y la red o agrupación a la que pertenece puede dar lugar a la pérdida de su derecho a usar la versión del Software que se haya puesto a su disposición

hasta entonces, pero que puede seguir beneficiándose, en las mismas condiciones, de un derecho a usar la versión estándar del Software hasta la próxima fecha de expiración del Contrato. 13.4 Finalización del Contrato A la finalización del Contrato, las credenciales de inicio de sesión se desactivarán y corresponderá al Cliente ponerse en contacto con ETAI al final de la suscripción para definir las modalidades de restitución de los Datos del Cliente. En su defecto, en caso de pérdida o no devolución de los Datos del Cliente, este no podrá reclamar a ETAI por los daños que se deriven de ello. La devolución de los datos puede estar sujeta a una facturación adicional. El Cliente es el único responsable de la aplicación de las normas de conservación de sus documentos comerciales. ARTÍCULO 14 - VARIOS 14.1 Cesión El Cliente acepta expresamente no ceder o transferir a ningún tercero, incluyendo cualquiera de sus filiales, por cualquier motivo, todo o parte del Contrato. ETAI podrá ceder el Contrato a cualquier tercero de su elección y, en su caso, el Cliente consiente expresamente la liberación de ETAI de todas sus obligaciones que le conciernen. 14.2 Cambio de control – Cese de actividad ETAI deberá ser informada de cualquier cambio de control directo o indirecto del Cliente y de cualquier cese de actividad. En su caso, el Cliente deberá notificarlo a ETAI en un plazo máximo de 30 (treinta) días tras producirse el hecho y ETAI podrá entonces rescindir el Contrato en un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días tras dicha notificación. En este último caso, el Contrato finalizará en el momento en que ETAI notifique dicha rescisión. La finalización del Contrato no podrá dar lugar al pago de ninguna indemnización a ninguna de las partes por ningún motivo. 14.3 Nulidad parcial La declaración de nulidad o ineficacia de cualquier disposición del Contrato no conllevará de pleno derecho la nulidad o ineficacia de cualquier otra disposición, salvo si se modifica el equilibrio del Contrato. 14.4 Tolerancia Ninguna tolerancia, de una u otra Parte, podrá interpretarse como una renuncia a cualquier derecho o como una modificación de las relaciones contractuales. 14.5 Prueba En aplicación de la legislación vigente, los datos suministrados por el Software y, más generalmente, autentificados por los sistemas y procedimientos de ETAI (datos de conexión, contabilidad, consentimientos, etc.) se considerarán auténticos entre las Partes con carácter prioritario, siendo el alcance probatorio el acordado por las Partes en un original consistente en un documento en papel firmado a mano. 14.6 Forma electrónica del contrato Las Partes declaran y garantizan que el Contrato celebrado y entregado por medios electrónicos constituye un contrato válido y vinculante que puede hacerse valer contra ellas. ARTÍCULO 15 - DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LAS SUBLICENCIAS 15.1 Facultad derogatoria para conceder sublicencias Cuando la Hoja de Pedido o la Oferta Comercial así lo prevea expresamente y solo en este caso, por derogación a lo dispuesto en los Artículos 2 y 14.1, ETAI autoriza al Cliente a conceder sublicencias de los derechos a que se refiere el Artículo 2 dentro de su red o agrupación contemplado en la Hoja de Pedido o en la Oferta Comercial. Cuando proceda: - el Cliente se compromete a celebrar condiciones contractuales con los sublicenciatarios en su propio nombre que cumplan en todos los aspectos con el presente Contrato, y a garantizar que estas condiciones sean perfectamente aplicables contra los sublicenciatarios, - solo se podrá sublicenciar el derecho de uso del Software, con exclusión de todas las opciones que solo comercializa ETAI, - el derecho solo podrá sublicenciarse dentro del territorio mencionado en la Hoja de Pedido o en la Oferta Comercial, excluyendo ETAI todas las garantías de los derechos relativos al Software y las Bases de Datos cuando se concedan fuera de dicho territorio, - los sublicenciatarios no pueden de ninguna manera conceder sublicencias a su vez,

- para cada sublicencia, el Cliente hará que el sublicenciatario firme una hoja de pedido en el formato validado por ETAI, que luego transmitirá a ETAI, que a su vez entregará el Software, con sujeción a la conformidad de la hoja de pedido y del pago de las sumas adeudadas. En este contexto, el Cliente reconocerá que no está actuando como agente, representante o corredor sino en su propio nombre y por cuenta propia. Los contratos entre el Cliente y sus sublicenciatarios no pueden hacerse valer contra ETAI. La aceptación por parte de los sublicenciatarios de condiciones de uso particulares o de Declaraciones de Confidencialidad u otros contratos específicamente aplicables a un Software no cambia el modelo general de distribución de sublicencias, responsabilidades y flujos de pago definidos en el Contrato. El Cliente reconoce que las obligaciones de este Artículo son obligaciones esenciales y garantiza plenamente a ETAI con respecto a todas las consecuencias perjudiciales derivadas de su incumplimiento. 15.2 Disposiciones financieras aplicables a las sublicencias ETAI facturará únicamente al Cliente por las sublicencias que conceda, según la tarifa de la Oferta Comercial (aunque el Cliente las haya concedido gratuitamente) y de acuerdo con las condiciones definidas en el Artículo 6 El Cliente será el único responsable del cobro por parte de ETAI de todas las sumas adeudadas en contraprestación a las sublicencias que concede, de la facturación, cobro y recuperación de las sumas adeudadas por los sublicenciatarios. Cualquier incumplimiento o retraso en el pago por parte del Cliente puede dar lugar a la suspensión de las sublicencias. La aceptación por parte de los sublicenciatarios de las condiciones de uso específicas aplicables a un Software no cambia el modelo de distribución general y el flujo de pagos definidos en el Contrato. 15.3 Lealtad El Cliente se compromete, en general, a que su comunicación a los miembros de su red o agrupación no perjudique en modo alguno la reputación de los productos y servicios de ETAI ni al propio ETAI y se abstendrá, salvo acuerdo previo y expreso de ETAI, de desviar a los miembros de su red o agrupación que ya sean clientes directos de ETAI. 15.4 Duraciones aplicables a las sublicencias Las sublicencias concedidas por el Cliente comenzarán en la fecha de la firma por parte del sublicenciatario de la Hoja de Pedido transmitida a ETAI y expirarán al término del Contrato por cualquier motivo. Se renovarán tácitamente al mismo ritmo que el Contrato y por períodos de la misma duración, a menos que el Cliente o ETAI notifique la rescisión a la otra Parte por correo certificado con acuse de recibo a más tardar seis (6) meses antes de la expiración de cada período contractual. Es responsabilidad del Cliente proporcionar a los sublicenciatarios los avisos previos y las notificaciones necesarias para cumplir con los plazos y condiciones definidos por el Contrato, el Cliente se compromete a ser el único responsable de cualquier reclamación de los sublicenciatarios a este respecto y asegurar plenamente a ETAI a este respecto 15.5 Fin de las sublicencias Al finalizar el Contrato por cualquier razón, las sublicencias terminan automáticamente en la misma fecha. Además, ETAI podrá suspender en cualquier momento el acceso de un sublicenciatario en caso de conducta ilícita de dicho sublicenciatario, o en caso de incumplimiento del Contrato o de las condiciones generales de uso que haya aceptado asimismo, y sin que dicha suspensión se considere un incumplimiento de ETAI susceptible de exigir su responsabilidad, por una parte, y sin perjuicio de la acción que pueda emprender ETAI para obtener una indemnización por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la conducta ilícita del sublicenciatario en cuestión. ARTÍCULO 16 - LEGISLACIÓN APLICABLE - LITIGIOS El Contrato se rige por la ley española. En caso de conflicto, las Partes se comprometen a hacer todos los esfuerzos razonables para tratar de resolverlo de manera amistosa y de buena fe antes de remitirlo a un tribunal de justicia. En su defecto, ante cualquier litigio relativo a su formación, interpretación o ejecución, ambas Partes, con renuncia a su propio fuero, se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales y Juzgados de Barcelona. Y en muestra de conformidad, firman el presente documento, por duplicado y a un único efecto, quedando uno en poder de cada una de las Partes contratantes.

Hecho en dos copias originales en Barcelona a ......................................................................................................................................................................................................................................... ETAI IBÉRICA

EL CLIENTE El firmante del Contrato declara que tiene plena capacidad legal para obligar válidamente al Cliente


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.