Manual de convivencia Colegio Rembrant

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MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO REMBRANDT “La excelencia educativa un compromiso de todos” INTRODUCCION

La comunidad educativa del Colegio Rembrandt, con el fin de posibilitar la construcción de espacios de convivencia y tolerancia, que permitan el pleno desarrollo de los educandos para el futuro, para que cada día representen más la imagen del educando integral, debe actuar coherentemente con la misión y la filosofía de formación basada en la responsabilidad, el respeto, la disciplina, el éxito, la paciencia, la fraternidad, la convivencia, la sencillez, la humildad, así como la verdadera educación objetiva y armónica de calidad con la cual nos hemos comprometido como institución. El proyecto educativo de nuestra institución, P.E.I., se tomará como el referente base de la estructura de esta función social, fundamentado en el Manual de Convivencia, que debe estar ligado a la cultura democrática, educación ciudadana, formación de valores y el crecimiento individual y colectivo en lo cognitivo, curricular, moral, comportamental, físico y espiritual, trabajando desde la toma de conciencia, el compromiso en la construcción de la comunidad, como es referente de una educación integral y en obediencia, acato y consonancia con la normativa legal y penal vigente en los términos necesarios. Hace parte integral de este manual el SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR( ley 1620 y decreto 1965).

En el presente texto de Manual de Convivencia escolar, se han recopilado y organizado los aportes de todos los miembros de la Comunidad Educativa conscientes de su autoformación y de los principios de concertación que lo deben enmarcar, tales como la participación, la justicia, el diálogo y la conciliación, la formación asertiva y el excelente desempeño en comunidad, además de los soportes establecidos de ley como columna vertebral de los procesos integrales de formación de los alumnos y las alumnas de la institución, como vórtice de su preparación y formación como ciudadanos que cumplen las normas y que son proactivos y propositivos con la sociedad que los acogerá al graduarse de nuestra institución educativa. Más que buscar una normatividad específica, el manual ha reunido los criterios primordiales para que las relaciones entre los componentes de la comunidad se desarrollen con un espíritu de fraternidad, solidaridad, respeto, disciplina, paciencia y visión de futuro, partiendo de un enfoque de formación y compromiso desde la propia libertad, autonomía y acato a las normas. El presente Manual de Convivencia, representa el sentir de la comunidad educativa, que es nuestro perfil a seguir, a través de la promoción de la disciplina, la responsabilidad, el respeto, la paciencia y el compromiso con las familias, la sociedad y el entorno, para sobrellevar y sobresalir en una sociedad cada día más vulnerada y caótica, alejada de los conceptos del respeto, la moral y la familia; por lo cual los alumnos y las alumnas de la institución, se convierten en un referente de ejemplo y liderazgo para la sociedad, pues son el pilar y muestra de individuos y educandos que tienen visión de futuro de la mano de un espíritu de bondad, compasión y ayuda a los demás, una visión clara y concreta de su proyecto de vida al futuro y por supuesto, demostrando con ello, la identidad de la fe, el respeto, los valores y siendo muestra fehaciente de una educación integral en la cual los formaremos como nos ordena la constitución, en una educación de calidad.

HORIZONTE INSTITUCIONAL El colegio acoge la constitución Política de Colombia y fundamenta su actividad educativa en los siguientes preceptos: MISIÓN EL COLEGIO REMBRANDT tiene como misión ejercer la función social de educar a niños, jóvenes y adultos, para que a través de aprendizaje, alcancen niveles de competencia que les proporcione una perspectiva de mejoramiento en calidad de vida y consecuentemente en el futuro facilite el ingreso a mejores condiciones laborales. Respondiendo a la exigencia social


de atender a la diversidad educativa y a la integración escolar se propone como: una Institución para todos Compresiva e Incluyente, abierta a las diferencias individuales y a las necesidades especiales de los educandos. El Colegio en armonía con sus principios filosóficos, asume como misión fundamental, ser una institución abierta que reconozca las diferencias de sus educandos y a partir de allí, genere estrategias dirigidas a potenciar sus habilidades y a compensar la situación de desventaja social, con una educación integradora que dé respuesta a las necesidades de su propia realidad. VISIÓN El propósito estratégico del Colegio Rembrandt será establecer un modelo que genere parámetros de excelencia en un marco de flexibilidad y dinamismo, capaz de adaptarse a las condiciones de cambio que exige el siglo XXI y que se constituya en el punto de referencia para nuevas experiencias pedagógicas. De acuerdo con ello la institución pretende ser:  Pionera en la implementación de un proyecto educativo en prevención, que investigue las reales necesidades de aprendizaje de los niños y los jóvenes de acuerdo con las características individuales a nivel cognitivo, cognoscitivo, actitudinal, volitivo, psicoafectivo y socio cultural; explorando además los requerimientos sociales, laborales, de modo que el aprendizaje adquirido en la etapa de formación pueda ser transferido de manera eficaz al entorno familiar del estudiante y posteriormente a su puesto de trabajo.  Líder en el desarrollo de programas que se salgan de los esquemas duros de formación academicista, con programas blandos de acomodación a las necesidades específicas de los educandos, con un currículo flexible que permita superar las limitaciones sociales, para atender los requerimientos especiales de niños, jóvenes y adultos.  Líder en el desarrollo de la dimensión social de la educación, con programas cuyo impacto inicial sea recibido en aquellos grupos poblacionales en las que su evidente condición de vulnerabilidad precisen de modelos de educación alternativos que le brinden perspectivas de superación y desarrollo personal de forma integral.  Líder en investigación acerca de las necesidades educativas de la población colombiana en concordancia con los requerimiento del mercado laboral, de forma que se establezcan nexos sólidos, permanentes y fructíferos entre la educación y el modo del trabajo a través de programas que no solo habiliten al educando para conseguir un empleo, sino que le permitan aprender a relacionarse adecuadamente dentro de cualquier organización social proporcionándole la visión necesaria para generar su propia empresa o negocio.  Líder en la formación y capacitación de maestros cuyo compromiso fundamental sea el ser promotores de desarrollo humano y social, expertos en atender las necesidades especiales de los niños, jóvenes y adultos, con amplio dominio de modelos vanguardistas en educación, con gran riqueza didáctica, gran responsabilidad social, pleno dominio del ethos de su profesión y especialistas en el desarrollo de competencias laborales, ciudadanas y educación para la convivencia. A corto plazo nos vemos consolidando nuestra propia identidad como institución educativa para proyectarnos a los nuevos desafíos y continuos cambios de la sociedad actual. A mediano plazo nos vemos configurando equipos transdisciplinares de trabajo y estableciendo alianzas y convenios que permitan aprovechar la rica experiencia de diversas instituciones de forma en que se pueda ofrecer al país programas educativos de profundo impacto en el desarrollo humano y social. A largo plazo nos vemos convertidos en centro de debate pedagógico como institución dedicada a la cualificación de programas preventivos y como asesores de proyectos educativos dirigidos a la innovación educativa, nacida de la investigación en la institución.


PERFIL GENERAL DEL ESTUDIANTE REMBRANDTINO El estudiante Rembrandtino por excelencia, se caracteriza por:  Ser un miembro comprometido con su comunidad que propenda hacia la construcción de hombres y mujeres proactivos, con capacidades de liderazgo, con las herramientas personales y de formación necesaria para transformar su entorno social, cultural, político y así mejorar su calidad de vida, la de su núcleo familiar, en un marco de progreso que redundara en el aumento de la calidad de vida de la comunidad educativa y la del sector.  Un estudiante líder de su comunidad, con las herramientas necesarias para acceder a la educación superior, al mercado laboral o con las capacidades para gestionar sus propios proyectos productivos de acuerdo al énfasis de desarrollo empresarial que posee la institución.  Un estudiante capaz de ir progresando en su conocimiento que busque siempre el pleno desarrollo de su personalidad para ir convirtiéndose en sujeto de su propia historia y autorrealización teniendo como únicos limitantes los que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico. Todo ello dentro de un proceso de formación integral.  Un estudiante que hace de la formación académica la puerta de acceso a los conocimientos científicos, tecnológicos, humanísticos, históricos, sociales y estéticos más avanzados, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.  Un estudiante capaz de: progresar en la libertad responsable, luchar continuamente por vencer las limitaciones, corregir los defectos y reforzar las cualidades, no dejarse manipular ni esclavizar por ideologías, personas y circunstancias, esforzándose por desarrollar sus potenciales y capacidades.  Un estudiante que asume la práctica del trabajo, mediante las habilidades y conocimientos técnico-empresariales, así como la valoración de los mismos, como fundamento y medio de desarrollo personal y responsabilidad social.  Un estudiante que se convertirá en ciudadano ejemplo, que encarne y honre durante toda su vida las más profundas tradiciones colombianas, que eduque a sus propios hijos en el futuro en dichas tradiciones, y se convierta en el núcleo de una familia exitosa.  Un estudiante que preserve el respeto por su congénere , entienda que su par también es sujeto de derechos por lo tanto respeta la integridad personal , su conformación social , su condición de sexualidad , su raza y todos los derechos humanos . NUCLEOS DE FORMACIÓN DEL ESTUDIANTE REMBRANDTINO     

Relación consigo mismo Relación con los otros Relación con la naturaleza Relación con la patria Relación con Dios

RELACION CONSIGO MISMO VALORES: Autoestima, libertad responsable, respeto, justicia, sinceridad, honestidad, responsabilidad, creatividad, criticidad, coherencia, compromiso, liderazgo, gratitud, autodeterminación, templanza, esfuerzo y feminidad / masculinidad.

PERFIL ESPECÍFICO


 Un estudiante que desarrolle una sana sexualidad promoviendo el conocimiento de sí mismo, la autoestima la construcción de su identidad sexual y la afectividad dentro del respeto y equidad de los sexos así se preparará con madurez para formar una vida familiar armónica y responsable.  Un estudiante que trabaje para la formación en el respeto a la vida y a los demás derechos, afrontando con responsabilidad y decisión los retos que dicha formación plantea.  Un estudiante que hace uso adecuado del tiempo libre, participa en las actividades deportivas, artísticas y culturales que contribuyen a su aprendizaje para la vida y el desarrollo armónico de su personalidad. RELACIÓN CON LOS OTROS VALORES: Solidaridad, fraternidad, convivencia, respeto, diálogo, sinceridad, lealtad, equidad, comunicación, compromiso y tolerancia.

PERFIL ESPECÍFICO  Un estudiante que este abierto a la convivencia fraterna y lo manifieste en el respeto, la gratitud, la solidaridad y la comunicación sincera con los demás.  Un estudiante capaz de compartir lo que es y lo que tiene sin hacer discriminaciones sociales, culturales, étnicas, regionales políticas o religiosas.  Un estudiante que participe en forma consciente y responsables como miembro de la familia, la institución y el grupo social al que pertenece. RELACIÓN CON LA NATURALEZA VALORES: Observación, administración, gratitud, alegría, respeto, paz, reflexión y armonía. PERFIL ESPECÍFICO  Un estudiante que admira, respeta y descubre en la naturaleza la grandeza de la obra de Dios. Por ello trabaja en transformarla a través de la ciencia y la técnica para un mayor servicio social.  Un estudiante que defiende, conserva, utiliza y recupera los recursos naturales que son bienes de la sociedad como patrimonio de la humanidad.  Un estudiante consciente de la necesidad de conservar, proteger y mejorar el medio ambiente, la calidad de vida a través del huso racional de los recursos naturales y la prevención de desastres. Todo ello dentro de una cultura ecológica para la defensa del patrimonio nacional. RELACION CON LA PATRIA VALORES: Lealtad, civismo, patriotismo, libertad, justicia, identidad y pertenencia. PERFIL ESPECÍFICO  Un estudiante capaz de buscar la verdad desarrollando su actitud crítica, reflexiva, analítica e investigativa, fortaleciendo el avance científico y tecnológico nacional, orientando con prioridad de mejoramiento cultural, la calidad de vida de la población, la participación en encontrar alternativas de solución a los problemas referidos al progreso social y económico del país.


 Un estudiante capaz de crear y fomentar una conciencia clara sobre la soberanía nacional la solidaridad e integración con el mundo.  Un estudiante que busque formar su personalidad para asumir con responsabilidad sus deberes y derechos ciudadanos.  Un estudiante dispuesto a la construcción de la paz y la justicia social; a vivir dentro de los principios democráticos de convivencia, pluralismo, solidaridad, igualdad, equidad en el ejercicio de la tolerancia, el respeto de los bienes y derechos ajenos.

RELACIÓN CON DIOS VALORES: Respeto, sinceridad, fervor, gratitud, amor, Fé, esperanza, caridad, generosidad, templanza, compromiso y celo apostólico. PERFIL ESPECÍFICO  Un estudiante que sienta la presencia de Cristo en su vida, que lo invita a realizar su proyecto personal y la vivencia de los valores Cristianos en actitud de permanente convicción.  Un estudiante capaz de hacer síntesis integrada de la Fé, la cultura y la vida.

CAPITULO I MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO REMBRANDT Articulo 1. OBJETIVOS Con el manual de convivencia que toda la comunidad educativa del Colegio Rembrandt pueda:  Conocer normas de conducta personal que faciliten la ejecución de actividades en grupo y contribuyan al fortalecimiento de los valores y actividades señaladas como objetivos del P.E.I.  Practicar reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicoactivas.  Conocer pautas para el uso cuidadoso de los servicios e instalaciones de la institución con el propósito de facilitar el acceso a ellos por parte de todos los estudiantes y la adecuada conservación de los equipos, edificaciones, espacios recreativos, decorativos, implementos, etc.  Fortalecer normas de conducta de estudiantes, profesores, padres de familia, personal administrativo y de servicios que garanticen el mutuo respeto, el crecimiento de la auto estima y los procedimientos para formular quejas y reclamos.  Conocer el debido proceso para resolver oportuna y justamente los conflictos individuales o colectivos que se presentan entre los miembros de la comunidad.  Determinar pautas de presentación personal.  Definir las sanciones disciplinarias aplicadas a los estudiantes, a los docentes, al personal administrativo y de servicios, incluyendo el derecho a la defensa.  Analizar y conocer las pautas para el reconocimiento y funcionamiento de las organizaciones estudiantiles, de los padres de familia y de los docentes, ya sean de carácter cultural, social, deportivo y de participación en el gobierno escolar.  Conocer el reglamento de la elección de representantes de cada estamento de la Comunidad Educativa a los diferentes órganos del Gobierno Escolar.


Promover e implementar el

SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR( ley 1620 y decreto 1965)

Articulo 2. DERECHOS DE LA INSTITUCIÓN 1. Reservarse el derecho de admisión para estudiantes nuevos, cuando éstos y/o sus padres no reúnen las condiciones que exige la institución. 2. Reservarse el derecho de admisión para estudiantes antiguos cuando el término de la evaluación realizada por el Consejo Académico y el comité de evaluación y promoción, el estudiante y/o sus padres no reúnen las condiciones. 3. En caso de incumplimiento de los padres y/o acudiente en el pago de los costos educativos el Colegio podrá tomar unilateralmente la decisión de no celebrar para el nuevo año siguiente un nuevo contrato de servicios educativos; así mismo no expedirá certificados de estudios ni de ninguna naturaleza, hasta tanto el padre de familia o acudiente no se encuentren a paz y salvo por todo concepto con el Colegio, que podrá hacer uso del derecho de colocar tal circunstancia en los documentos que se expidan con relación a los estudiantes. 4. Los pagos que se realicen a partir del día (seis) 6 de cada mes, generaran intereses a la tasa máxima legal autorizada por la ley, tomando como referencia los certificados expedidos por la superintendencia bancaria sobre interés bancario corriente y créditos ordinarios de libre asignación, liquidados sobre la totalidad de las sumas no pagadas. Los padres de familia y acudientes serán responsables en asumir todos los costos derivados del cobro pre-jurídico y jurídico que con ocasión de su incumplimiento se lleguen a generar. 5. En caso del incumplimiento de las obligaciones económicas pactadas en el contrato de prestación de servicios educativos el Colegio hará efectivo el cobro por vía coactiva, sin necesidad de requerimiento previo al padre o acudiente deudor y asumiendo este los costos del proceso y los honorarios de abogado. Así mismo el Colegio se reserva el derecho de consultar, reportar o incluir cualquier tipo de mora o incumplimiento al centro de acopio de datos que el Colegio contrate. 6. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de prestación de servicios, el padre y/o acudiente suscribe un pagare cuyo monto corresponde al total del servicio educativo contratado, el cual se hará exigible en la medida en que se cause el servicio y el padre y/o acudiente incumpla el pago del servicio. El padre y/o acudiente autoriza al Colegio para llenar los espacios en blanco por el monto de lo adeudado. 7. El Colegio de reserva el derecho de admitir a los estudiantes con el uniforme incompleto o que no corresponda al establecido por el colegio y/o a la actividad del día. 8. Ser representado por docentes, estudiantes, padres de familia o acudientes en todos los eventos oficiales y privados. 9. Aplicar correctivos académicos y disciplinarios. Articulo 3. ADMISIÓN ESTUDIANTES Para el proceso de admisión, contrato de matrícula, pensiones y costos educativos se tienen en cuenta los aspectos y criterios aprobados por el consejo directivo. Proceso de admisión: a. Sector privado: El estudiante deberá presentarse con su acudiente y realizar el siguiente tramite: Entrega del formulario de inscripción.


Entrevista de estudiante, padres y/o acudiente con el orientador y el rector o su delegado. Presentarse con los siguientes documentos:         

Registro civil con NUIP o NIP Fotocopia del documento de identidad 3 fotos recientes 3 x 4 Fotocopia del carnet de vacunas (Preescolar y primaria) Certificados de calificaciones de años anteriores Fotocopia de afiliación o carnet de EPS o SISBEN Constancia Comportamental del colegio de procedencia Paz y Salvo del Colegio de procedencia Fotocopia documento de identidad del acudiente

b. Sector Oficial:        

Hoja de remisión del CADEL Registro civil con NUIP o NIP Fotocopia del documento de identidad 3 fotos recientes 3 x 4 Fotocopia del carnet de vacunas (Preescolar y primaria) Certificados de calificaciones de años anteriores Fotocopia de afiliación o carnet de EPS o SISBEN Fotocopia de documento de identidad del acudiente

El padre de familia o acudiente firmara un contrato de servicios educativos. Cada una de las partes podrá dar por terminado dicho contrato ante el incumplimiento de las obligaciones allí pactadas. Articulo 4. LA MATRICULA Es un acto que de manera voluntaria formaliza la vinculación del educando a la institución, aceptando el presente Manual de Convivencia, para lo cual el padre de familia y/o acudiente y el estudiante deben comprometerse a: a. b. c. d.

e. f. g. h. i.

Inscribirse en las fechas indicadas, diligenciando el formulario correspondiente. Aprobar las entrevistas. Cumplir a cabalidad con todos los requisitos de inscripción. Cancelar los costos educativos y otros cobros aprobados por el Consejo Directivo tales como: Derechos Académicos, Periódico “Natural Rembrandt”, Recursos Informáticos y Agenda. Firmar la matricula con anexo de observación académica y/o comportamental (cuando sea el caso), con la presencia del acudiente y estudiante, para los casos especiales. Firmar el contrato de servicios educativos y sus respectivos pagarés. Conocer y aceptar el manual de convivencia. Asistir al curso de inducción para padres y estudiantes. No obstante lo anterior se podrá considerar el ingreso de algunos estudiantes que por razones de fuerza mayor, relacionadas con el trámite y expedición de documentos de los colegios de origen, niños pertenecientes a poblaciones vulnerables, etc. No pueden exhibir las certificaciones de los años anteriores, caso en el cual el padre de familia o acudiente pueden inscribir al estudiante para que asista desde el primer momento a las clases, pero con la condición de que no sólo se puede formalizar el acto de matricula cuando presente en la secretaría del Colegio toda la documentación que exige la ley. Esta situación especial la otorga el Colegio para garantizar el acceso a la educación


bajo la responsabilidad del padre de familia o acudiente y con la autorización final del Consejo Directivo. j. Hace parte integral de las obligaciones del acudiente la resolución 1740 de 2009 en cuanto a las políticas de acceso y permanencia de los niños en el plantel. PARAGRAFO: EL ESTUDIANTE QUE NO CUMPLA CON LOS REQUISITOS ACADÉMICOS Y FINANCIEROS, NO TENDRÁ DERECHO A MATRICULARSE. El contrato de matrícula pierde vigencia cuando: a. No se haga uso del derecho de matrícula, en los plazos previamente señalados. b. No haya identidad y compromiso con la filosofía institucional, entre el estudiante, el padre de familia y/o acudiente. c. Se ha incumplido con las obligaciones contraídas y aceptadas voluntaria, y conscientemente, en el momento de la matrícula. d. Cuando el estudiante cometa faltas de gravedad que ameriten cancelación de matrícula, de acuerdo al presente Manual de Convivencia. CAPITULO II DE LOS ESTUDIANTES Artículo 5. DERECHOS Un estudiante, en el momento de matricularse en el Colegio Rembrandt, se compromete a cumplir las obligaciones que se deriven del presente Manual de Convivencia y de las normas vigentes en la institución. Tiene, en primera instancia los derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia, el Código del Menor, la declaración de los Derechos del Niño y la Declaración de los Derechos Humanos, así: Todo estudiante tiene derecho a: 1. Recibir la educación catolica que promueve los criterios y los principios, para que integralmente se desarrollen las virtudes. Esta educación propenderá por el desarrollo de la personalidad y facultades del estudiante, preparándolo hacia una vida activa, inculcándole el respeto por los Derechos Humanos, los valores culturales propios y el cuidado del medio ambiente natural, con espíritu de paz, tolerancia y solidaridad (Art. 7°. Código del Menor). 2. Ser escuchado cuando exprese su opinión libre y respetuosamente sobre asuntos relacionados con su formación y funcionamiento de la Institución Educativa, así como a los descargos después de ocurrido un hecho que atente contra el normal desarrollo de la Institución. 3. Recibir un adecuado y respetuoso tratamiento como ser humano. 4. Encontrar en el personal docente, administrativo y de servicios, un verdadero testimonio de vida cristiana, responsabilidad pedagógica y competencia profesional. 5. Recibir una inducción general cuando ingresa a la institución en el primer periodo académico. 6. Promover y participar en actividades culturales, deportivas, recreativas y uso del tiempo libre, que se realicen dentro o fuera del Colegio con el fin de integrar a la comunidad educativa. Elegir y ser elegido como miembro del gobierno escolar (Presidente de los estudiantes, personero estudiantil de acuerdo a la normatividad que para el caso se encuentre reglamentada), consejo de estudiantes y de los diferentes comités que se creen para la buena marcha del Colegio pudiendo participar en la programación de actividades que tiendan a mejorar la calidad de la educación. 7. Utilizar los materiales recursos didácticos, dotaciones y servicios que posea el colegio para que su promoción humana sea integral.


8. Presentar sus pruebas, evaluaciones, trabajos y logros, dentro del tiempo establecido para llevar a cabo las actividades académicas. Si por cualquier motivo, previamente justificado ante la Coordinación de Convivencia, no asiste al Colegio, podrá realizar dichas pruebas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. 9. Conocer con antelación, los contenidos académicos de su formación, para que tenga espacios de participación dentro del proceso. 10. Ser respetado en su integridad física, moral, personal por todos los miembros de la comunidad educativa. Por tal motivo, todo acto de violencia, constreñimiento y el acoso sexual de cualquier miembro de la comunidad para con el estudiante, será calificado como falta grave. 11. Ser representado por sus padres o acudiente, cuando se le esté llevando un proceso disciplinario o académico en la institución; de igual manera, tiene derecho a estar informado del proceso y decisión que se adopte. 12. Ser atendido, escuchado y respetado en sus reclamos, en la medida que se agoten los conductos regulares. 13. Recibir los estímulos y distinciones correspondientes a logros, merecimientos, que sirven como ejemplo a la comunidad educativa. 14. Realizar las sugerencias que estime convenientes dentro del diálogo respetuoso hacia directivos, profesores y personal administrativo, para el mejoramiento del desarrollo institucional (Art. 142, Ley 115 de 1984). 15. Responder con libertad manifestando sus ideas, conocimientos y otros conceptos con respeto. 16. Contar con profesores idóneos y capacitados en las áreas académicas y en el manejo pedagógico de los grupos. De igual manera a utilizar los laboratorios, las aulas de informática, audiovisuales y demás dependencias de la institución, para que el proceso de educación se ajuste a las exigencias modernas de la pedagogía. 17. Ser evaluado con justicia y equidad, sin ninguna discriminación. 18. Planear con los profesores evaluaciones y trabajos a fin de que cada actividad logre su verdadero objetivo, como es el de formar seres participativos, dinámicos, creativos y pensantes. 19. Conocer antes de ser anotado en el observador del estudiante y en los registros de seguimiento que se llevan en la Coordinación, el motivo que amerita tal anotación. 20. Conocer sus resultados académicos oportunamente, antes de ser oficializados en Secretaría Académica, con el fin de crear espacios para las aclaraciones y reclamos pertinentes. 21. Conocer el temario sobre el cual se va a evaluar, en cada una de las áreas de formación. 22. Ser escuchado en descargos y aclaraciones que permitan dilucidar actuaciones disciplinarias. 23. Un seguimiento adecuado en todas las conductas sancionables, teniendo en cuenta el conducto regular y el debido proceso como medio para lograr la formación de los estudiantes proporcionándose nuevas oportunidades para alcanzar la superación de las dificultades presentadas. 24. La libertad de pensamiento y de conciencia bajo la dirección, asesoría y responsabilidad de sus padres. 25. Conocer los planes de evaluación, en caso de emergencias, siendo partícipe en su preparación y prácticas necesarias. 26. Ser formado y protegido contra el uso de sustancias psicoactivas, que produzcan dependencia y demás actos que atenten contra sus principios morales (Art., 17 Decreto 1860 de 1994). Artículo 6. DEBERES


Se entiende por deber, aquello a que está obligado el hombre por ley natural, preceptos religiosos y por las normas positivas. El estudiante que se matrícula en el Colegio Rembrandt deberá cumplir las siguientes obligaciones: 1. Tener conciencia que al matricularse en el Colegio Rembrandt con el consentimiento de los padres de familia y/o acudiente, lo hace en un Colegio Católico; por tal razón, es su obligación (respetando la libertad de cultos) asistir a las clases de valores y educación religiosa, participar en los actos religiosos programados por la Institución y la Iglesia Católica. 2. Comportarse de acuerdo con la moral y las buenas costumbres, inspiradas en la filosofía y principios, tanto dentro del Colegio como fuera de él. Por ello debe acatar las disposiciones legales que rigen la educación Colombiana y las estipuladas por la institución en el presente Manual de Convivencia. 3. Mantener una buena relación con los demás miembros de la Comunidad Educativa, respetando su credo religioso, raza, edad, sexo, condición social, psicológica y política. El respeto por la persona es una exigencia irrevocable, que deberá vivenciarse y proyectarse a la comunidad educativa. 4. Responder a los esfuerzos y expectativas de sus familias; los estudiantes que no logren sus objetivos en el programa del respectivo grado, deberán acogerse a lo dispuesto por la ley general de educación en el capítulo VI del Decreto 1860 de 1994 y a lo dispuesto en el presente Manual de Convivencia en el respectivo capítulo sobre plan de evaluación. 5. Asistir puntualmente a la jornada académica con su uniforme completo, en las condiciones que lo exige la institución de acuerdo a la actividad del día, con el aseo personal respectivo sin maquillaje y con el corte de cabello exigido, corto (no rapado), que se visualicen las orejas y el cuello de la camisa, ajenos a colas y peinados estrambóticos. Igualmente asistir a cada actividad que programe la institución, guardando además, el adecuado comportamiento. El estudiante deberá cumplir con el horario establecido: Preescolar: de Lunes a Viernes de 7:00 a.m. a 1:00 p.m. Primaria: de Lunes a Viernes de 6:20 a.m. a 1:20 p.m. Bachillerato: de Lunes a Viernes de 6:20 a.m. a 1:20 p.m. 6. Dirigirse en forma respetuosa a las personas a quienes solicite peticiones de cualquier índole, empleando el conducto regular. 7. Permanecer en las aulas o sitios señalados para la actividad educativa. En los descansos, abstenerse de estar en las aulas de clase. 8. Contribuir a la formación de sus compañeros informando oportunamente situaciones irregulares que algún estudiante o grupo este realizando. 9. Utilizar adecuadamente bienes muebles e inmuebles, materiales y documentos de la institución, para los fines que hayan sido destinados, respondiendo económicamente por los daños que por su acción u omisión se cause a los mismos. El pupitre asignado al estudiante debe ser cuidado y mantenido en buen estado; Por lo tanto el padre de familia o acudiente responderá económicamente por su daño o destrucción. 10. Profesar un sentido de respeto hacia la institución en sus Principios Filosofía y Símbolos (bandera, escudo, himno y uniforme). 11. Mantener la buena imagen de la institución ya sea dentro o fuera del Colegio y, además, ser un representante de ésta en los eventos culturales, sociales, científicos, deportivos, etc. Sin denigrar ni menospreciar de palabra, por escrito, a través de los medios de comunicación, en cuanto a la manera de trabajar o de la obtención de resultados en la institución.


12. Actuar en forma democrática y honesta en las representaciones para las cuales sea elegido por el grupo o comunidad; en consecuencia deberá obrar conforme las orientaciones entregadas para ello en cada caso. 13. Portar el uniforme según la siguiente descripción. UNIFORME DE DIARIO o Buso blanco en algodón, dacrón o franela, cuello tortuga. o Buso rojo escarlata de lana con líneas grises a lo largo de la cintura y franja gris en los puños, cerrado, cuello en V, con el escudo del Colegio, al lado izquierdo. Hombres: o Pantalón azul oscuro en lino corte clásico, en ningún momento entubado. o Zapatos colegiales negros de amarrar, cordones negros o medias azules o negras, a una altura sobre los tobillos, no tobilleras.

Mujeres: o Jardinera con prenses según modelo, ruedo a una altura máxima de 2 cm arriba de la rodilla. o Media colegial blanca. o Zapatos colegiales negros de amarrar con cordones negros. Preescolar: o Delantal azul a cuadros según modelo, sobre el uniforme de diario. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA o Chaqueta sudadera azul de la fayette universal día con cremallera azul, bolsillos igualmente con cremallera. Capota de guarda roja con cordón. Cuello superior azul e inferior rojo, con mangas terminadas en resorte y cintura con cordón, logotipo del colegio en rojo, bordado. o Camiseta blanca, cuello estilo polo, vivos rojos y azules en los costados y logo del colegio, mangas cortadas sin resorte. o Pantalón azul, bota semirrecta. No entubado. o Pantaloneta azul, franjas roja y blanco o Tenis totalmente blanco con cordones, medias blancas no tobilleras Paragrafo 1. Los estudiantes de grado once, quienes por acuerdo con la institución, portarán chaquetas u otro accesorio permitido, deberán respetar en todo momento la presentación personal acordada, y evitar lucir prendas no aceptadas. Si un(a) alumno(a) de cualquier grado incumple esta norma, y de no existir una excusa firmada por su acudiente, será devuelto a su casa, con previa autorización de su representante, podrá ingresar nuevamente a la institución si porta el uniforme del día, de acuerdo a las normas contempladas en el manual de convivencia. 14. Es deber del estudiante abstenerse de utilizar el uniforme en dependencias diferentes al colegio. 15. Cuando sea estrictamente necesario abandonar el colegio en horas de clase, los padres o acudientes deberán solicitar previamente por escrito, en la agenda o en el cuaderno de control, la respectiva autorización, la cual podrá ser confirmada telefónicamente por el Coordinador de convivencia, evitando en lo posible alterar el normal cumplimiento de la jornada académica. 16. Consultar con los compañeros o con los profesores, las tareas, lecciones o trabajos que se asignaron durante el tiempo que se halla ausentado del colegio y responder por ellos inmediatamente se reintegre.


17. Conservar hábitos de excelente higiene, aseo y presentación personal. No se admiten los siguientes usos en cuanto a la presentación personal en las mujeres: ningún tipo de maquillaje; ningún tipo de labial excepto el brillo de labios; ningún tipo de esmalte excepto el transparente ; ningún tipo de coloración en el cabello, excepto los que guarden relación con los colores naturales propios; ningún tipo de sombra de ojos, delineador, base o polvos faciales; ningún tipo de recogedor o sostenedor de cabello de colores, formas o tamaños estrafalarios, aceptándose únicamente los convencionales y de preferencia de colores blanco o negro. No se admiten los siguientes usos en cuanto a la presentación personal en los hombres: cabello largo, rapado o con peinados estrambóticos; ningún tipo de arreglo facial o uso de prendas, propio de las costumbres femeninas tales como aretes, collares pulseras etc.; ningún tipo de coloración del cabello diferente al natural; ningún tipo de moda en el largo del pantalón del uniforme diferente a aquel que caiga ligeramente sobre el zapato, cubriendo la media y sin llegar al piso. No se admiten los siguientes usos en cuanto a la presentación personal en hombre o mujeres: Ningún tipo de piercing; ningún tipo de tatuaje en lugar visible; ningún tipo de prenda ajena a la reglamentarias del uniforme; el uso de camisa o camiseta por fuera del saco del uniforme de diario o de la chaqueta de sudadera; ningún tipo de moda en el largo del pantalón de la sudadera, diferente a aquel que caiga ligeramente sobre el zapato tennis, cubriendo la media y sin llegar al piso. 18. Contribuir con el aseo y el mantenimiento de la planta física, orden y decoro de las instalaciones, depositando las basuras en los recipientes adecuados, no rayar las sillas, paredes y muros como expresión de cultura y respeto por las personas que colaboran con la limpieza del Colegio y como elemento vital de un ambiente digno. 19. Actuar honestamente, en la presentación de evaluaciones orales, escritas, trabajos, desarrollo de guías etc., absteniéndose de realizar acciones fraudulentas tales como: alterar planillas libros reglamentarios y demás documentos, copia en las evaluaciones a través de compañeros o instrumentos camuflados. 20. Ajustar su conducta en el colegio, en los buses y en cualquier otro lugar, a las normas de mayor compostura moral y al sano espíritu de compañerismo. 21. Informar a los padres de familia y/o acudientes, sobre las reuniones en las que se requiere su presencia. Por lo tanto deben hacer entrega oportuna de las circulares y devolver los desprendibles firmados. 22. Tener disponible los elementos solicitados previamente, para trabajar en clase. 23. Observar los principios de la institución; por lo tanto, el vocabulario con soez, las riñas, los comentarios falsos y tendenciosos se consideran atentatorios contra la moral y las sanas costumbres de la institución. 24. Velar por la integridad física de toda persona y, por la seguridad y prevención de los bienes del plantel. Cualquier daño causado deberá ser reparado por el Padre de familia o acudiente del estudiante responsable. 25. Asistir y cumplir con las prácticas deportivas que contribuyan al óptimo desarrollo físico y mental respetando la integridad de los compañeros, jueces y público en general. 26. Ser un estudiante dinámico, respetuoso de la naturaleza, participando activamente, en las jornadas de protección del medio ambiente, que programa la institución: (reciclaje, protección del ecosistema escolar, grupos ecológicos, grupos de aseo). 27. Presentar puntual y oportunamente las evaluaciones y los trabajos escolares y extraescolares salvo que se halle impedido por fuerza mayor (enfermedad, ausencia justificada). 28. Abstenerse de traer al colegio elementos distractores que perturben o desestabilicen el normal desarrollo de la labor académica. Paragrafo 1. DEL USO DE TELÉFONOS CELULARES, REPRODUCTORES DE MÚSICA Y OTROS ELEMENTOS NO ESENCIALES EN EL PROCESO ACADÉMICO FORMATIVO DE LOS ESTUDIANTES


A través de éste, el COLEGIO REMBRANDT deja en claro a sus estudiantes y padres de familia la reglamentación pertinente para el uso de teléfonos celulares, reproductores de música y otros elementos no esenciales en el proceso académico formativo de sus educandos: A. Está prohibido el uso de teléfonos celulares, reproductores de música y otros elementos distractores en los salones de clase y en los horarios de las mismas. Estos elementos deben permanecer apagados y guardados por parte de los estudiantes. B. El uso de teléfonos celulares, reproductores de música, etc., solo se permitirá en las horas de descanso asignadas para los estudiantes. Si se presentare una situación de emergencia, el padre de familia se debe comunicar en primera instancia al colegio C. Todo estudiante que incumpla con la norma y sea sorprendido hablando por teléfono o le suene en horas de clase, escuchando música o utilizando cualquier elemento que no sea propio de su proceso educativo, se le decomisará y se entregará a la coordinación de convivencia debidamente marcado. Para devolver el elemento decomisado, se debe presentar el padre de familia y/o acudiente y firmar un acta de devolución del elemento decomisado. D. El estudiante que no cumpla con el compromiso firmado con el Colegio sobre el debido uso de estos elementos, incurrirá en una falta y se tomarán las respectivas medidas disciplinarias. PARÁGRAFO 2: EL COLEGIO REMBRANDT no se hace responsable de teléfonos celulares, reproductores de música y otros elementos no esenciales en el proceso académico – convivencial de los estudiantes. Dichos elementos son responsabilidad de los estudiantes y sus familias. Su pérdida y/o extravío no genera ningún tipo de responsabilidad hacia ningún miembro de la comunidad rembrandtina o empleado de la Institución a buscar o realizar requisas para encontrarlos y mucho menos a pagar el costo de los elementos extraviados. 29. Abstenerse de ingresar a la sala de profesores y a las dependencias administrativas sin autorización. 30. Abstenerse de consumir, traficar o portar, así sea la dosis personal, sustancias alucinógenas o psicoactivas, dentro o fuera del colegio, (Decreto 1108 del 11 de mayo de 1994), principalmente con el uniforme. 31. Abstenerse de asistir al colegio bajo efecto de bebidas alcohólicas; así como su consumo, tráfico y/o tenencia. 32. Abstenerse de fumar dentro o fuera de la institución, y demás sitios de actividad formativa, como elemental respeto por la salud propia y pública. 33. Profesar el debido respeto por la integridad física de los miembros de la comunidad educativa; por lo tanto, se sancionará el porte y utilización de armas de fuego, corto punzantes y de juguetes bélicos dentro de la Institución. 34. Responder a los esfuerzos y expectativas de sus familias. Los estudiantes que incumplan con lo estipulado en el Manual de Convivencia NO SERAN ADMITIDOS para concursar estudios en el siguiente año. 35. Participar activamente en los oficios religiosos que programa el Colegio dentro del proyecto de valores y de formación Católica de la comunidad educativa. Estos son: La celebración de la Santa Misa el primer viernes de cada mes; el Rosario de la Aurora que se realiza una vez al año y otras actividades que la dirección programe y que sean notificadas oportunamente a los padres de familia.

Articulo 7. AUSENCIAS: 1. Cuando El alumno o la estudiante falte al colegio, el padre de familia o acudiente debe acercarse a la coordinación de convivencia social para justificar la ausencia. En caso de incapacidad médica, el Padre de familia debe enviar el documento con firma y sello del médico, junto con una nota firmada en la agenda estudiantil.


2. Las excusas deben ser presentadas por escrito, en la agenda, con firma, número de cédula y teléfono del padre de familia o acudiente, a más tardar 3 días hábiles siguientes de la ausencia, para poder tener derecho a presentar los trabajos y evaluaciones correspondientes. 3. Si el alumno o alumna falta al colegio sin excusa correspondiente o se evade de clases sin ingresar a la institución, los padres de familia, serán los primeros respondientes y en todos los casos la institución se exonera y exime de todas las acciones y sus posibles consecuencias por los hechos, acciones y actividades que El alumno o la alumna realizaré en dicha ausencia, toda vez que no ingresó a la institución. 4. Si El alumno o la alumna se evade de las instalaciones de la institución de manera ilícita o sin el respectivo permiso o autorización, después de haber ingresado a la institución, los padres de familia, serán los primeros respondientes y en todos los casos la institución se exonera y exime de todas las acciones y sus posibles consecuencias por los hechos, acciones y actividades que El alumno o alumna realizaré, por cuanto se evade de manera ilícita y sin el consentimiento de la institución, renunciando así a su debido proceso, por cuanto infringe de manera grave la norma de presencia activa dentro de las instalaciones de la institución. 5. Para que El alumno o la estudiante pueda ausentarse del colegio en horas de clase los padres deben informar por escrito a través de la agenda escolar, Si no se informa con anterioridad, deberán acercarse a la coordinación de convivencia social y solicitar un permiso de salida. 6. Las ausencias injustificadas No dan derecho a presentar los trabajos y evaluaciones del día de la ausencia. A partir de la segunda ausencia injustificada se inicia el debido proceso de convivencia social. 7. El colegio iniciará un debido proceso de convivencia social a aquellos alumnos y alumnas que injustificadamente no asistan a la institución a partir de la segunda ausencia, aunque esta no sea consecutiva. 8. Dentro de las políticas de acceso y permanencia según resolución 1740 de 2009 , el colegio hará un seguimiento estricto de la presencialidad de los estudiantes en clase y mensualmente enviará un boletín a los padres de familia sobre el ausentismo de sus hijos.

CAPITULO III FALTAS CONTRA EL MANUAL DE CONVIVENCIA De conformidad con lo estipulado en la Ley 1620 de Marzo 15 de 2013, Art 21 y el Decreto 1965 el presente capítulo del Manual de Convivencia del Colegio procede a establecer nuevas formas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, respetando la diversidad y en los procesos de formación escolar llevar al educando a aprender del error y solucionar sus conflictos de forma pacífica.

Artículo 8. FALTAS LEVES Son aquellas que dan lugar ha llamado DE ATECION SIMPLE SIMPLE, con anotación en el observador y que serán impuestas a quien incurra en de manera leve no recurrente en las siguientes conductas: 1. Presentarse al Colegio sin el Uniforme exigido en el manual de convivencia de acuerdo a la actividad del día. 2. Portar los uniformes indebidamente en los días y horas que no correspondan (camisa por fuera, sanco en los hombros o en la cintura, tenis que no sean totalmente blancos, chaquetas diferentes a la autorizada por el Colegio, bufandas, aretes, manillas, gorras y demás accesorios). 3. Inasistencia al colegio, la clase o la actividad programada sin justa causa.


4. Llegar tarde a la institución o al salón, una vez empezada la clase. 5. Entrar o salir sin autorización del salón de clases. 6. Consumir alimentos en sitios no indicados: aula de clase, en la formación, biblioteca, aula de audio visual, informática, laboratorio, etc. 7. Comunicarse con personas ajenas al colegio a través de la puerta o dentro de él, sin la debida autorización. 8. No respetar las filas en la tienda escolar. 9. Comprar en la tienda escolar durante las horas de clase. 10. Masticar chicle en el salón de clases, en formación o en cualquier evento programado por el colegio. 11. Dejar en desorden y desaseo el salón. 12. Interrupción de las actividades académicas curriculares y extracurriculares, mediante actuaciones que impidan su normal desarrollo. 13. Arrojar basura al piso, calle, techos o cualquier dependencia del colegio. 14. Portar las medias y la falda del uniforme a una altura diferente a la establecida. 15. Desacato a las instrucciones e indicaciones de los profesores. 16. Traer al colegio elementos diferentes a los necesarios para el trabajo escolar. 17. Mal comportamiento en las formaciones de la comunidad. 18. Presentarse al colegio sin los implementos necesarios para las actividades escolares. 19. Permanecer en zonas diferentes a las destinadas para el descanso. 20. No portar ni emplear adecuadamente la agenda estudiantil o el cuaderno de control. 21. Utilizar el teléfono sin autorización y en horas no permitidas. 22. No hacer llegar las circulares enviadas por el colegio a los padres de familia o no devolver el desprendible firmado. 23. Incumplir con turnos de acompañamiento o aseo cuando sea requerido por los profesores. 24. Utilización de aretes (hombres), maquillaje, piercing, cachuchas, pulseras, collares y demás accesorios que desmerezcan el uniforme. 25. Cabello largo desordenado o tinturado en los hombres. 26. No portar el carnet estudiantil o hacer uso indebido del mismo dejándolo como garantía en salas de juego o establecimientos públicos de diversión. 27. Irrespeto a los compañeros mediante abucheo, burla o apodos. 28. Mal comportamiento en la calle y lugares públicos. 29. Realizar rifas, sorteos, ventas y apuestas para obtener ganancias personales o de personas ajenas a la institución sin autorización de coordinación. 30. Realizar juegos o encuentros deportivos fuera del colegio utilizando el nombre de la institución sin la debida autorización de la Rectoría del colegio. 31. Incumplir con el reglamento interno de la Biblioteca, Sala de Video, Sala de Informática, Laboratorio, Ciencias, tienda escolar y/o Aula Especializada de acuerdo a la normatividad del docente. 32. Presentar comportamientos inadecuados de los caballeros a las damas o viceversa, ya sea en el colegio o fuera de él. 33. Presentar trabajos o llevar cuadernos fotocopiados, que no concuerden con lo requerido por el profesor. 34. Incumplimiento con el compromiso académico y/o comportamental, establecido con antelación por la coordinación respectiva.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE LLEGADAS TARDE AL COLEGIO O A LAS DIFERENTES CLASES.

Parágrafo 2.

1. El estudiante que llegue tarde será anotado por el coordinador de disciplina o en su defecto por alguien autorizado, y podrá ingresar de inmediato a clase. Cuando un estudiante complete tres retardos se le debe informar automáticamente al Director de grupo y al Coordinador.


2. Al tener tres retardos registrados en el mismo período y sin causa justificada, se le hace anotación en el observador y se le notificará por escrito a los padres del estudiante, quienes deberán presentarse al colegio e implementar los correctivos necesarios. 3. Si presenta en diferentes periodos, dos notas escritas, se le retirará de clase por un día, previo diálogo con los padres o acudientes. Si no presenta cambio de actitud, cada que complete otra nota escrita, se le retirará del plantel por dos días consecutivos hábiles y así sucesivamente. 4. El alumno que complete cuatro notas escritas por retardo, y sus consecuentes retiros de clase, será un caso para analizar en el Consejo Directivo, quien tomará las decisiones. Nota: El alumno o La alumna que llegue tarde sin justificación alguna, pierde su derecho a presentar las evaluaciones y trabajos correspondientes al tiempo en que esté ausente, asumiendo las respectivas consecuencias de su falta.

ARTICULO 9. MEDIDAS CORRECTIVAS PARA LAS FALTAS LEVES Respetando en todo momento el debido proceso, el estudiante que incurra en alguno de las anteriores faltas, será sancionado de la siguiente manera: Sancionará en primera instancia el docente o el Director de grupo que conocen del hecho, y en última instancia la coordinación de convivencia que resolverá en caso de apelación por parte del estudiante, quien confirma o revoca la decisión tomada. SANCIONES 1. Comunicación oral y/o escrita al estudiante, consignado en el observador, con las respectivas observaciones formativas por parte del docente de la asignatura o de la instancia frente a la cual se cometió la falta, quien realiza la lectura del reglamento o manual de convivencia con el ánimo de analizar la gravedad y las respectivas consecuencias de la falta cometida; dialogo entre las dos partes para realizar los descargos y compromisos respectivos. Se busca el derecho a ser escuchado y la defensa. 2. Si es necesario se establecerá una actividad formativa de acuerdo a la falta. 3. En caso de volver a cometer este tipo de falta el Director de grupo citará al padre de familia o acudiente para enterarlo de la falta, de lo cual se dejara constancia en el observador del estudiante con las respectivas firmas y compromisos de padre o acudiente, estudiante y colegio. 4. Si el estudiante reincide por tercera vez, se citará nuevamente su acudiente; esta citación la hace el coordinador de Convivencia. Allí se notificará suspensión del estudiante de uno a tres días dependiendo del análisis de la situación, se supone esta sanción haberse convertido la conducta en falta grave. El estudiante será remitido a orientación escolar.

Artículo 10. FALTAS GRAVES Constituyen Faltas Graves la reincidencia por tercera vez en las faltas leves ya sancionadas y las que por su naturaleza, causa, acción, efecto y nivel de intencionalidad comprometan plenamente la integridad moral y física de las personas, sus costumbres y el buen nombre de la Institución y en general de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. En este sentido son faltas graves, entre otras, las siguientes y todas aquellas en que incurran los estudiantes durante su proceso formativo y puedan considerarse como tal, según lo establecido en el presente Reglamento o Manual: 1. Acumulación de (3) tres anotaciones en el observador del estudiante o en el seguimiento de coordinación, respecto a las faltas consideradas como leves.


2. 3. 4. 5.

Evasión del colegio. Irrespeto a símbolos patrios y de la institución, a los símbolos y actos religiosos. Comercializar con trabajos, tareas, evaluaciones, etc. Traer al colegio y utilizar juegos de azar tales como naipes, dados, moneditas etc. 6. Traer literatura pornográfica que atente contra la moral y las sanas costumbres. 7. Utilizar el uniforme en establecimientos públicos de diversión. 8. Capitalizar en beneficio propio el liderazgo que el grupo o la comunidad educativa le hayan otorgado en los cargos de elección y/o le hayan sido asignados. 9. Esconder malintencionadamente materiales y otros objetos dentro del salón u otro sitio del colegio, con el fin de causar perjuicio. 10. Evadir clases sin autorización alguna, habiendo venido al colegio. 11. Incumplir el compromiso firmado en el observador sobre un mal comportamiento mostrado. 12. Realizar conductas amorosas dentro y fuera del colegio, cuando el estudiante se encuentre portando el uniforme. 13. Irrespeto a Directivas profesores, compañeros y empleados del colegio. 14. Incurrir en fraude de tareas, evaluaciones, trabajos e investigaciones académicas. 15. Expresar ofensas verbales, gestuales o escritas en contra de los superiores, compañeros o demás integrantes de la comunidad educativa. 16. El uso indebido y la destrucción del material didáctico, pupitres, tableros, carteleras, libros, materiales o elementos de laboratorio y en general toda dotación que pertenezca al colegio o esté al servicio del mismo. 17. Impedir el normal desarrollo de la clase o cualquier actividad profiriendo palabras soeces, gritos, silbidos, risas extravagantes, lanzando objetos o asumiendo comportamientos irrespetuosos u ofensivos. 18. Sacar libros de la biblioteca sin autorización. 19. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, que se clasifica como tipo I. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

Articulo 11. MEDIDAS CORRECTIVAS PARA LAS FALTAS GRAVES Respetando en todo momento el debido proceso, el estudiante que incurra en alguno de las anteriores faltas, será sancionado de la siguiente manera: en primera instancia, La coordinación de convivencia analiza en compañía del acudiente, la situación presentada y aplicará la sanción que más se acomode al caso estudiado. La coordinación de convivencia, podrá asesorarse de órganos como Orientación escolar, Directores de cursos, profesores. En última instancia la rectoría resolverá en caso de apelación por parte del estudiante, quien confirma o revoca la decisión tomada. Según la tipificación de la falta se citará el comité de Convivencia Escolar , órgano competente y garante del debido proceso y de allí saldrán las recomendaciones o sanciones y procedimientos a seguir.

SANCIONES Para las faltas graves enumeradas anteriormente, se aplicará cualquiera de las siguientes sanciones según las características del caso, teniendo en cuenta atenuantes o agravantes y el debido proceso.


1. citación y notificación de la falta al acudiente. 2. Suspensión interna con trabajo formativo y/o académico 3. Suspensión externa hasta por dos días con trabajo formativo y/o académico para sustentar frente a miembros de la comunidad. 4. En todo caso siempre se debe reponer al afectado por las consecuencias de la falta cometida. 5. en todos los casos se hará consignación de la falta y sanción en el observador del alumno, donde se exprese claramente el compromiso del estudiante a no reincidir en este aspecto. 6. firma de compromiso disciplinario y remisión del alumno a orientación escolar.

Articulo 12.

FALTAS MUY GRAVES

1. La reincidencia en la comisión de faltas que ameritaron sanción por dos días. 2. Presentarse al colegio o a una actividad del mismo en estado de embriagues o bajo efectos desustancias psicoactivas, siempre que el estudiante no sea sorprendido dentro de las instalaciones o realizando la actividad, caso en el cual puede considerarse en una falta de especial gravedad que amerite la cancelación de la matricula. 3. Entrada o salida del colegio por sitios no estipulados para este fin. 4. Agresión verbal o física a un compañero, directamente o a través de terceras personas, sin perjuicio de que por la gravedad de la falta se resuelva ordenar la cancelación de la matricula al agresor. 5. Incurrir en falsa denuncia o acusar en forma temeraria o calumniosa a cualquier miembro de la institución. 6. Traer al colegio o inducir de terceras personas, bandas o grupos juveniles, especialmente a las horas de ingreso, salidas de clases o de cualquier actividad escolar, con el fin de agredir de palabra o de hecho a cualquier miembro de la institución. 7. Consumo o distribución de licor o cigarrillos dentro o fuera del colegio. 8. Escribir letreros, grafitis o murales que denigren de las personas y de la institución. 9. Apropiarse indebidamente de bienes ajenos, o conducta que sea calificada como hurto. 10. Suplantar trabajos de sus compañeros o profesores, evaluaciones, carteras trabajos, firmas en papeles oficiales del colegio o correspondencia enviada o en cualquier documento que se exhiba como prueba. 11. Denigrar del colegio y cualquier actuación que atente contra su nombre o prestigio. 12. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, que se clasifica como tipo II. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:  

Que se presenten de manera repetida o sistemática. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

Articulo 13. MEDIDAS CORRECTIVAS PARA LAS FALTAS MUY GRAVES Respetando en todo momento el debido proceso, el estudiante que incurra en alguno de las anteriores faltas, será sancionado de la siguiente manera: en primera instancia, la rectoría quien analiza el caso, citando a los acudientes o padres de familia y aplicará la sanción que más se acomode al caso estudiado. En última instancia el Consejo Directivo resolverá en caso de apelación por parte del estudiante, quien confirma o revoca la decisión tomada. La rectoría, podrá asesorarse de órganos como Orientación escolar, comité de convivencia, o coordinación de disciplina.


SANCIONES. Según la tipificación de la falta se citará el comité de Convivencia Escolar , órgano competente y garante del debido proceso y de allí saldrán las recomendaciones o sanciones y procedimientos a seguir , puede incluir la entrega del estudiante a los padres para que reinicien en otra institución y según lo amerite la puesta en conocimiento de las autoridades competentes la falta cometida.

Artículo 14. FALTAS DE ESPECIAL GRAVEDAD QUE AMERITAN CANCELACIÓN DE MATRÍCULA. 1. Reincidir en las faltas y/o incumplir los compromisos que fueron objeto de matrícula en observación. 2. Realizar conductas denigrantes o de amenaza extorsiva (matoneo) a algún miembro de la comunidad educativa 3. Falsificar recibos de pago de pensión. Así mismo falsificar documentos, firmas, sellos y cualquier tipo de documento que sirva de prueba o que se exhiba en el colegio. 4. Practicar ritos satánicos, espiritismo, brujería y otros actos que atenten contra la dignidad de la persona. 5. Inducir e incitar a los compañeros o asumir conductas inmorales, pervertidas o que conlleven al acoso sexual. 6. Incitar al desorden, a la anarquía y al caos por cualquier medio. 7. Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas o incendiaras que atenten contra la salud e integridad de las personas o las instalaciones del colegio. 8. Acumular en forma injustificada inasistencias al colegio, equivalentes al 25% del calendario académico de cada año electivo. 9. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, que se clasifican como de tipo III. Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

Parágrafo 1. DE LAS FALTAS Y SANCIONES A ALUMNOS DE GRADO ONCE. Los estudiantes de grado once en esencia poseedores del perfil institucional, deben mostrar siempre el mejor comportamiento dentro y fuera del Colegio, de ser reincidentes en su aspecto disciplinario o cometer alguna falta muy grave o de especial gravedad se expone a una de las siguientes sanciones:  No asistir a la excursión organizada por grado once.  No participar de ceremonia de proclamación de bachilleres, y por lo tanto su título le será entregado en secretaría.  Entrega de los estudiantes a los padres de familia directamente por la rectoría del colegio .

CAPITULO IV CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS


En armonía con los principios generales dispuestos en el presente Manual de Convivencia y en el Reglamento Interno, los correctivos pedagógicos estarán orientados asía la prevención, tratamiento y corrección de conductas que así lo ameriten. Por lo tanto y de conformidad con lo prescrito por el numeral 5° del Art. 17del Decreto 1860 de 1994 y al acuerdo 4 de 2000, del Consejo de Bogotá para resolver los conflictos de orden individual o colectivo que se presenten en el interior de la Comunidad Educativa, en aras de lograr la armonía entre los miembros de la misma, se procederá buscando el dialogo y la conciliación así: Los directivos, docentes, padres de familia y estudiantes del plantel, asumen el compromiso de conocer, difundir y cumplir el presente Manual de Convivencia para el éxito de la labor educativa de la Institución. Teniendo en cuenta lo estipulado en el Código de Menor y buscado que no haya escarnio para el estudiante o se afecte su dignidad personal los docentes y directivos darán la debida orientación e implementación a las medidas que sean necesarias para proporcionar el mejor ambiente institucional y la superación personal de los estudiantes. Los directores de grupo y profesores propiciarán diálogos con los estudiantes y padres de familia e implementaran medidas pedagógicas, correctivas y preventivas. En casos necesarios se recurrirá al Coordinador.

Artículo 15. PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO Se considera SANCIÓN todo acto pedagógico que busque por sobre todo corregir actitudes negativas de los estudiantes y logre cambios que permitan el crecimiento, fortalecimiento de la personalidad y el carácter en los estudiantes. Cundo cualquier miembro de la comunidad educativa incurra en alguna conducta que se pueda considerar como falta o infracción al Manual de Convivencia se procederá de la siguiente forma: 1. La persona que presente quejas por mal comportamiento de cualquier miembro de la comunidad educativa, debe presentar por escrito el informe con las pruebas que sean del caso al Coordinador de Convivencia del Colegio. 2. La coordinación remitirá el caso a quien corresponda, pudiendo tomar las determinaciones que estime pertinentes para hacer cumplir el Manual de Convivencia. 3. El Coordinador abrirá la investigación correspondiente, evaluando si hay mérito y pertinencia para ello. 4. Abierta la investigación por auto separado, se citará a la persona para que presente sus descargos por escrito. 5. El coordinador encargado de la investigación recaudará y evaluará el informe del o los testigos según sea el caso. 6. El coordinador estudiará y analizará integralmente todos los informes a la luz del Manual de Convivencia y determinara la respectiva sanción, que será notificada a la persona o las personas sancionadas, si es el caso de un estudiante a sus padres y/o acudientes o en su defecto eximirá de responsabilidad al estudiante o persona acusada dejando constancia de ello en la investigación. 7. En todos los casos que se presente temeridad, mala fé y en general falsa denuncia, el coordinador que adelante la investigación, deberá informar a la Rectoría del Colegio con el fin de que se sancione de manera ejemplar al denunciante.


8. En todos los casos el coordinador de convivencia o quien haga sus veces deberá dejar constancia en el observador del estudiante o en la hoja de vida de todas las conductas que han sido objeto de llamado de atención o sanción.

Artículo 16. CLASES DE SANCIÓN  Llamado de atención verbal con registro en el observador, PROPAF (Proyecto de de Atención a Padres de Familia) con copia facsimiliar o de resumen en seguimiento de coordinación.  Citación a los Padres de familia y/o Acudiente con registro en el observador.  Acta de compromiso: cuando la falta lo amerite, el estudiante en presencia de los padres de familia y/o acudiente firmará un acta de compromiso sobre el comportamiento del estudiante, estableciendo las posibles sanciones en caso de no asumirse con responsabilidad los correctivos.  Suspensión: Cuando la falta o su reincidencia lo amerite de acuerdo a lo estipulado en el presente Manual y en presencia de los padres de familia y/o acudiente se suspenderá de las aulas al estudiante, propiciándole un trabajo de investigación o de servicio al plantel desarrollado en la jornada escolar y dentro del colegio. La suspensión no le eximirá de sus deberes escolares durante la sanción. Se deberá dejar informe escrito en el Observador del estudiante con el debido diligenciamiento del acta de sanción.  Matrícula en observación: El estudiante se hace acreedor a la matrícula condicional de acuerdo a lo estipulado en el presente Manual Art. 9 Literal C numeral 18 y/o cuando así lo considera el Coordinador de Convivencia.  Cancelación de Matrícula: De acuerdo a los estipulado en el Art. 10 del presente Manual y habiendo agotando todas las instancias. Esta decisión será tomada por el Consejo Directivo dejando registro mediante acta. Articulo 17. CONDUCTO REGULAR 1. Acudir en primera instancia ante el profesor de la asignatura. 2. En caso de no encontrar solución, acudir ante el director de grupo. 3. Si el estudiante considera que su situación o petición no ha sido resuelta satisfactoriamente, acudir ante el Comité Conciliador. 4. Acudir ante el Coordinador de convivencia y/o Académico según el caso. 5. Solicitar audiencia para informarle directamente a la Rectoría del Colegio. 6. Solicitud directa fundamentada y soportada ante el Concejo Directivo.

Articulo 18. RECURSOS De acuerdo con la Constitución Nacional el Decreto 2737/89 (Código del Menor) y el Manual de Convivencia del Colegio Rembrandt, cualquier miembro del colegio a quien se haya notificado una decisión académica o comportamental puede hacer uso de los siguientes recursos: RECURSO DE REPOSICIÓN Consiste en una solicitud que se hace por escrito ante quien impuso la sanción, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución a fin de que aclare, modifique o revoque su decisión.

RECURSO DE APELACIÓN


Consiste en una solicitud que se hace por escrito ante el inmediato supervisor de quien dictó la providencia (Rectoría o Consejo Directivo), dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución, habiéndose confirmado la decisión objeto del recurso de reposición. CAPITULO V RECONOCIMIENTO A ESTUDIANTES ESTÍMULOS La Rectoría y el Consejo Directivo, del Colegio Rembrandt, consideran necesario estimular el esfuerzo y la dedicación de los estudiantes. Se considera estímulo todo reconocimiento verbal, escrito o material que el colegio otorga a los estudiantes, teniendo en cuenta sus cualidades intelectuales, éticas, morales, sociales, deportivas, culturales y las buenas relaciones. Articulo 19. DISTINCIONES El mayor de los estímulos será la «satisfacción del cumplimiento de nuestros deberes», para convertirse en iconos y ejemplo de la identidad institucional del Colegio, frente a la comunidad en general, que ve en El alumno o la alumna de nuestro Colegio, el futuro de toda una nación y una sociedad que espera verdaderos(as) líderes y reales ciudadanas de bien, que soporten el peso de una sociedad cada día más corrupta y desintegrada, donde los y las estudiantes de la institución actuarán como iconos a seguir. 1. Excelentes agregados y felicitaciones en su respectivo anecdotario u observador del o la estudiante. 2. Exaltación en privado y en público. 3. Tener el honor de ser proclamado(a) en las Izadas de Bandera por méritos académicos y comportamiento social, independientemente del motivo de la izada. 4. Representar dignamente a la institución, en eventos culturales, sociales y deportivos. 5. Medalla al mérito, mención de honor, Matrícula de Honor, para los alumnos y las alumnas que obtengan el Primer Puesto en el área y promedio académico y un sobresaliente y destacado comportamiento social en cada curso, durante el año lectivo. Certificado escrito. 6. Distinción especial en público como reconocimiento al mejor o el mejor bachiller de la institución por su altísimo puntaje en las pruebas de estado, ICFES. 7. Distinción especial por escrito, al estudiante o la estudiante que obtenga el máximo puntaje en las Pruebas del Estado, entregada en la ceremonia de grados. 8. Mención de honor entregada en acto público cuando por méritos científicos, artísticos, técnicos, literarios o deportivos, un estudiante o una estudiante ocupen un lugar especial o de privilegio dentro o fuera de la Institución. 9. Mención especial en cada período para todo el grupo cuando logre los siguientes objetivos: * Excelente rendimiento académico. * Sobresaliente presentación personal, mantenimiento y decoración del salón de clases. 10. Máxima colaboración en las actividades dentro y fuera de la institución, en pro de la comunidad. 11. Cumplimiento estricto con el Manual de Convivencia Escolar y promoción de los valores de la Institución, el respeto, la prevención, la reflexión y la tolerancia, responsabilidad y convivencia a través de sus actuaciones en beneficio de su entorno. 12. Pronunciar el discurso de grado. 13. Representar al colegio en eventos fuera de la institución. 14. Ser monitor(a), representante de grado, ante el Consejo estudiantil o Directivo, teniendo en cuenta su desempeño académico y ejemplar comportamiento social. 15. Recibir reconocimiento público por representar el perfil de educando que pretende formar la institución, para ser modelo a seguir y referenciado en los talleres escuela de padres como icono de los conceptos y filosofía institucional del colegio.


16. Reconocimiento al mejor o la mejor estudiante de básica primaria y de bachillerato. 17. Promoción anticipada según lo establecido en el artículo 52 del decreto 1860 de 1994 y con la aprobación del Consejo Académico. 18. Otros estímulos especiales se otorgarán según sea el caso y en estudio previo del consejo directivo. CAPITULO VI DE LOS PADRES DE FAMILIA Y SU COMPROMISO CON EL COLEGIO. El presente Manual de Convivencia Institucional compromete al padre de familia como parte vital de la comunidad educativa y piedra angular en los procesos formativos de sus hijos, dando cumplimiento así a lo también estipulado por la Ley 1620 de 2013 Cap. III, Art 22.

Articulo 20. DERECHOS. Los padres de familia y los acudientes como miembros vitales de la comunidad educativa tienen derecho a: 1. Conocer amplia, clara y oportunamente las diversas estrategias metodológicas evaluativas y disciplinarias relacionadas con la formación integral de sus hijos. 2. Exigir y favorecer el desarrollo intelectual y la formación moral de la comunidad educativa. 3. Recibir información oportuna sobre el rendimiento académico y comportamental de sus hijos. 4. Formar parte activa de la Escuela de Padres de Familia. 5. Realizar los reclamos necesarios y justos que crean convenientes, utilizando el conducto regular dentro de los horarios establecidos. 6. Exigir el cumplimiento de la jornada completa de estudio. 7. Tener acceso al Observador del Estudiante y ser escuchado en todo procedimiento académico y de comportamiento dentro de los horarios establecidos de atención de cada estamento. 8. Interponer por escrito los recursos de reposición y apelación cuando le sea aplicada una sanción académica y/o de comportamiento a su hijo (a). 9. Estar informado sobre cualquier decisión con respecto a la cancelación del contrato de prestación del servicio educativo. 10. Recibir un trato adecuado por parte de los integrantes de la comunidad educativa.

Articulo 21. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Son deberes de los padres de familia: 1. Conocer las directrices filosóficas y soporte jurídico legal que rigen a la institución y que se contemplan en el Manual de Convivencia. 2. Velar por la asistencia de su hijo(a) al colegio, informando oportunamente, la causa de su ausencia y justificarla de manera personal o mediante excusa escrita. 3. Proporcionar a su hijo(a) todos los elementos indispensables para su labor, uniformes, útiles, etc. Resolución 1740. 4. Asistir puntualmente a todas y cada una de las asambleas de padres programadas en el año y a las que se compromete en el momento de la firma de la matrícula. 5. Velar para que el comportamiento de sus hijos siga las normas de urbanidad dentro y fuera de la institución contempladas en el presente Manual. 6. Facilitar la solución de problemas individuales y colectivos, al propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral, a través de la dependencia de orientación y psicología. 7. Asumir la misión de primeros formadores de sus hijos en la fe y en las buenas costumbres. 8. Propiciar con su buen ejemplo, la educación integral de sus hijos.


9. Asistir puntualmente a las citaciones personales, entre ellas las programadas por la rectoría, la dirección administrativa, la coordinación, el departamento de orientación, el director de grupo (PROPAF) y el profesor de una materia; En caso de no asistencia, deberá justificarse en forma escrita y acordar con el citante, a una nueva cita 10. Promover y responder oportunamente por los pagos de las mensualidades, dentro de los cinco primeros días del mes en la entidad escogida por el Colegio. 11. Finalizando el año lectivo la institución se reserva retener la documentación del estudiante, certificados, informes y otros, en caso de no estar a paz y salvo por todo concepto con el plantel. 12. Responder por los daños materiales, lesiones personales y perdida de elementos causados por sus hijos(as) a compañeros y/o instalaciones del plantel. 13. Valorar y acarar los correctivos impuestos a sus hijos. 14. Velar por la presentación personal y el aseo corporal de cada uno de sus hijos. 15. Respetar la integridad moral y profesional de los miembros de la comunidad educativa. 16. Facilitar la asistencia de su hijo(a) a las convivencias que el colegio programe. 17. Colaborar activamente con: Asociación de Padres de Familia y Consejo de Padres. 18. Respetar y seguir el conducto regular frente a las situaciones que se presenten en el colegio, para ello se debe elevar las inquietudes o quejas por escrito a la autoridad respectiva de la institución. 19. Servir de ejemplo con su comportamiento y estimular a sus hijos o acudidos al cumplimiento de las reglas de higiene personal, de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y prevención frente al consumo de sustancias nocivas para la salud. 20. Dar ejemplo con su comportamiento y estimular a sus hijos o acudidos hacia el respeto, la valoración y el compromiso frente a la conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como: equipos, instalaciones, implementos y el medio ambiente de la comunidad estudiantil. 21. Respetar y acatar las decisiones asumidas por el Rector y el Consejo Académico con relación a la admisión de su hijo en la institución para el siguiente año escolar. 22. Respetar y acatar las decisiones de carácter interno de la institución como entidad privada. 23. Hacer parte de los procesos formativos de Escuelas de Padres Sabatinas, cuya asistencia reportará un informe en los boletines del estudiante, y en caso de resultar insatisfactorio o insuficiente, hacer parte de los talleres de recuperación que se dictaran en el mes de noviembre. El cumplimiento o no, de estos deberes, se verá reflejado en el informe académico del estudiante

Articulo 22. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA Es un cuerpo de apoyo y colaboración de la institución respecto de las relaciones: colegio, familia, comunidad y se encuentra compuesta por padres de familia o acudientes de los estudiantes matriculados en el colegio y que voluntariamente opten por afiliarse a ella. El consejo directivo de todo establecimiento educativo, promoverá la constitución de una asociación de padres de familia para lo cual podrá citar a una asamblea constitutiva, suministrar espacios o ayuda de secretaría, contribuir en el recaudo de cuotas de sostenimiento o apoyar iniciativas existentes.

Articulo 23. FUNCIONES


A través de su Junta Directiva: 1. Establecer relaciones entre padres y educadores para orientar al estudiante hacia el proceso de formación integral. 2. Colaborar en la solución de problemas que afecten la formación integral de los estudiantes. 3. Promover e impulsar la educación familiar y escolar, mediante la organización de talleres, conferencias y seminarios. 4. Velar por el cumplimiento del PEI, y su continua evaluación. 5. Promover el proceso de constitución del consejo de padres. 6. Manejar autónomamente sus fondos de acuerdo con las normas vigentes. 7. Todas aquellas afines acordes con los objetivos y necesidades del colegio. 8. Darse su propia reglamentación.

Articulo 24. CONSEJO DE PADRES Es un órgano de la Asociación de Padres de Familia y se constituye en un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del colegio. Se encuentra conformado por voceros de los padres de cada uno de los grados que ofrece la institución. Articulo 25. FUNCIONES 1. Velar por el cumplimiento del PEI, y su continua evaluación, para lo cual podrá contratar asesorías especializadas. 2. Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde. 3. Promover el proceso de constitución del consejo de padres de familia como apoyo a la función pedagógica que les compete. 4. Elegir dos representantes al Consejo Directivo. Articulo 26. ESTIMULOS A LOS PADRES DE FAMILIA Los padres de familia podrán ser acreedores a los siguientes estímulos.   

Resaltar la colaboración del Padre de Familia o del acudiente en los actos públicos que organiza el colegio. Condecorar al padre de familia o a los acudientes cuando se amerite su sentido de pertenencia, solidaridad y civismo hacia el colegio. Celebrar el día de la familia Rembrandtina como reconocimiento a su labor formativa. CAPITULO VII ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR

Articulo 28. CONSEJO DIRECTIVO Instancia Directiva de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del colegio.


Integrantes:  Rector  Representante de los medios de producción.  Dos (2) docentes (un representante por la sección de preescolar, básica primaria y otro representante por bachillerato).  Dos representantes del Consejo de Padres de Familia.  Un (1) representante de los estudiantes.  Un (1) representante de los ex –alumnos. Artículo 29. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean de competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la Gerencia Administrativa. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes del establecimiento educativo, después de haber agotado los procedimientos previstos en el Reglamento o Manual de Convivencia. 3. Adoptar el Manual de Convivencia y Reglamento de la Institución. 4. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 5. Participar en la planeación y en la evaluación del Proyecto de Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios, sometiéndolos a consideración de la Secretaria de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los reglamentos. 6. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa. 7. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante, que se incorporarán al reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso puede ser contrario o a la dignidad del estudiante. 8. Participar en la evaluación de los docentes, directivos y personal administrativo de la Institución. 9. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 10. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 11. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes. 12. Fomentar el dialogo con los padres de familia para propiciar colaboración y apoyo en las diferentes actividades programadas. 13. Reglamentar los procesos electorales previstos en el Decreto 1860 de 1964. 14. Observar sigilo profesional en las deliberaciones o discusiones que se tengan en el consejo o fuera de él. 15. Mantener informados a los estamentos respectivos de las decisiones que tomo el consejo, manteniendo las normas que la ética y la moral imponen. 16. Apoyar las iniciativas presentadas a su consideración para bien del establecimiento, estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución. 17. Darse su propio reglamento.

ACLARACIÓN: Se debe aclarar el impedimento de cualquiera de los miembros que conforman el Consejo Directivo, cuando se constituye en juez y parte por: Consanguinidad hasta el cuarto grado; relación afectiva y similar y relación comercial con el implicado que beneficia al miembro del consejo directivo.


Articulo 30. RECTOR a. deberes 1. Dar total, inamovible e irrenunciable obediencia y acato a la ley de infancia y adolescencia, sentencias de la corte, fallos de tutela y demás normas jurídico legales vigentes en el ámbito escolar. 2. Promover la sana convivencia y la tolerancia dentro de la comunidad educativa. 3. Dinamizar el Proyecto Educativo Institucional. 4. Preocuparse porque que la programación institucional sea integral y facilite la realización de la filosofía y objetivos del colegio. 5. Cumplir a cabalidad irrenunciable e inexcusablemente con las disposiciones de leyes actuales y complementarias de su labor administrativa, como primer garante antes las autoridades pertinentes jurídicas y policivas. 6. Participar en las reformas educativas y canalizar postulados, dichos objetivos y políticas que generen una orientación eficaz y una formación integral de los alumnos y alumnas. 7. Promover todos los procesos de la comunidad educativa. 8. Mantener una actitud de escucha frente a las necesidades de la comunidad educativa. 9. Velar por el bienestar de los estamentos que conforman la comunidad educativa. 10. Velar porque los miembros de la comunidad sean coherentes en su actitud y formación. 11. Brindar capacitación y actualización a los profesores y personal administrativo. 12. Propiciar el diálogo y ser conciliador entre los miembros de la comunidad. 13. Proporcionar oportunamente los elementos que requiere la institución para su buen funcionamiento. 14. Crear el espacio para la comunicación directa con los y las estudiantes y los profesores del colegio, las diferentes instancias y su concertación con los padres de familia. 15. Propiciar la integración con otras instituciones. 16. Apoyar las actividades que se programan desde los diferentes departamentos. 17. Promover, propiciar y alentar a toda la comunidad educativa a dar estricto cumplimiento a las normativas institucionales y de ley en el ámbito escolar. 18. Establecer los espacios y condiciones para una adecuada capacitación a toda comunidad frente a los cánones y efectos de ley contemplados en la ley de Infancia y Adolescencia, las sentencias de la corte constitucional y la Ley de los Garantes. 19. Cumplir con su obligación de ley de denunciar y poner de conocimiento de las autoridades pertinentes, todos los casos que se consideren punitivos o jurídico-legales sin excepción, dando estricto cumplimiento a la Ley de los Garantes y al Articulo 44 numeral 9 de la Ley de Infancia y Adolescencia siguiendo el debido proceso. 20. Exigir de todas las instancias de la institución el respeto y obediencia al debido proceso. b. Derechos: 1. Liderar el crecimiento de la comunidad educativa. 2. Ser informado(a) de todas las actividades que se realizan en el colegio. 3. Exponer sus ideas, inquietudes y desarrollarlas con la participación de sus colaboradores. 4. Contar con el respaldo y la lealtad de los miembros de la comunidad educativa. 5. Realizar el seguimiento de la dinámica de toda la comunidad educativa. 6. Recibir un trato amable y cordial de todos los miembros de la comunidad. 7. Recibir los reportes y demás documentos y avales del seguimiento al debido proceso en todas las actuaciones e instancias de la institución educativa. Artículo 31. CONSEJO ACADÉMICO Es un órgano consultivo y asesor del rector para adelantar la labor pedagógica de la institución. Está integrado por el Rector quien lo preside, el Coordinador Académico y un docente por cada área definida en el plan de estudios (Dec. 1860, Art. 24).


FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO 1. Servir de organismo asesor y consultor del Consejo Directivo en la revisión del proyecto Educativo Institucional. 2. Estudiar el currículo y promover su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con los procedimientos previstos en la legislación escolar y el P.E.I. 3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. 4. Participar en la evaluación Institucional. 5. Integrar los consejos, comisiones y/o comités para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación. 6. Recibir y decidir sobre los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación. 7. Evaluar periódicamente el rendimiento de los estudiantes.

ACLARACIÓN: Se debe declarar el impedimento de cualquiera de los miembros que conforman el Consejo Académico, cuando se constituye en juez y parte por consanguinidad hasta en 4° grado; relación afectiva o similar y relación comercial con el implicado que benéfica al miembro del Consejo Académico.

Articulo 32. EL COORDINADOR ACADÉMICO a. Deberes: 1. Dar total, inamovible e irrenunciable obediencia y acato a la ley de infancia y adolescencia, sentencias de la corte, fallos de tutela y demás normas jurídico legales vigentes en el ámbito escolar. 2. Promover la sana convivencia dentro de la comunidad educativa. 3. Dinamizar el Proyecto Educativo Institucional. 4. Preocuparse porque que la programación institucional sea integral y facilite la realización de la filosofía y objetivos del colegio. 5. Cumplir a cabalidad irrenunciable e inexcusablemente con las disposiciones de leyes actuales y complementarias de su labor administrativa, como primer garante antes las autoridades pertinentes jurídicas y policivas. 6. Participar en las reformas educativas y canalizar postulados, dichos objetivos y políticas que generen una educación pertinente y de calidad. 7. Acompañar los procesos pedagógicos de los distintos departamentos, ofreciendo elementos para el mejor desempeño de los docentes en las aulas. 8. Establecer los cronogramas para el seguimiento de los procesos pedagógicos institucionales. 9. Propiciar un ambiente de reflexión pedagógica en los docentes y estudiantes, que posibilite una construcción colectiva del currículo. 10.Crear instrumentos para la evaluación continua y sistemática de los procesos pedagógicos de la institución. 11.Fomentar la investigación y capacitación de los docentes para el mejor ejercicio de su labor. 12.Hacer el control pedagógico en los departamentos, niveles y proyectos. 13.Contribuir a la formación de la comunidad educativa. 14.Acompañar y evaluar en las aulas con las estudiantes los procesos pedagógicos. 15.Acompañar y evaluar en las aulas, con los profesores los procesos pedagógicos que se realizan. 16.Velar para que se construya y se dé el énfasis del colegio en emprendimiento y bilingüismo.


17.Ser creativo en pro de la comunidad educativa. 18.Relacionar de modo armónico los programas curriculares con los proyectos emanados del Ministerio de Educación. 19.Propiciar el conocimiento y la construcción de los campos del P.E.I. del colegio. 20.Liderar el crecimiento de la comunidad educativa. 21.Informarse de todas las actividades académicas que se realizan en el colegio. 22.Proponer cambios que favorezcan la dinámica de la institución. 23.Colaborar en la marcha de la pastoral vocacional, espiritual y ministerial del colegio. 24. Promover, propiciar y alentar a toda la comunidad educativa a dar estricto cumplimiento a las normativas institucionales con especial énfasis en la premisa del Amor al prójimo y el respeto hacia sus semejantes. 25. Establecer los espacios y condiciones para una adecuada capacitación a toda la comunidad frente a los cánones y efectos de ley contemplados en la ley de Infancia y Adolescencia, las sentencias de la corte constitucional y la Ley de los Garantes. 26. Cumplir con su obligación de ley de denunciar y poner de conocimiento de las autoridades pertinentes, todos los casos que se consideren punitivos o jurídico-legales sin excepción, dando estricto cumplimiento a la Ley de los Garantes y al Articulo 44 numeral 9 de la Ley de Infancia y Adolescencia siguiendo el debido proceso. 27. Exigir de todas las instancias de la institución el respeto y obediencia al debido proceso. b. Derechos: 1. Capacitarse y actualizarse para acompañar y liderar los procesos dentro de la institución. 2. Contar con los elementos necesarios para el desarrollo de su labor con docentes, padres de familia y estudiantes. 3. Participar en los comités de evaluación y promoción, como elemento asesor para la toma de decisiones. 4. Exponer sus ideas, inquietudes y desarrollarlas con la participación de sus colaboradores. 5. Contar con el respaldo y la lealtad de los miembros de la comunidad educativa. 6. Recibir un trato amable y cordial de todos los miembros de la comunidad. 7. Manejar los recursos necesarios para el desarrollo de proyectos educativos y extracurriculares. 8. Recibir los reportes y demás documentos y avales del seguimiento al debido proceso en todas las actuaciones e instancias de la institución educativa.

Articulo 33 COORDINADOR PARA LA CONVIVENCIA a. Deberes: 1. Dar total, inamovible e irrenunciable obediencia y acato a la ley de infancia y adolescencia, sentencias de la corte, fallos de tutela y demás normas jurídico legales vigentes en el ámbito escolar. 2. Ofrecer ejemplar obediencia y acato al DEBIDO PROCESO y a la obligación inherente y compromiso de cumplir con el manual de convivencia escolar. 3. Promover la sana convivencia dentro de la comunidad educativa. 4. Dinamizar el Proyecto Educativo Institucional. 5. Preocuparse porque que la programación institucional sea integral y facilite la realización de la filosofía y objetivos del colegio. 6. Cumplir a cabalidad irrenunciable e inexcusablemente con las disposiciones de leyes actuales y complementarias de su labor administrativa, como primer garante antes las autoridades pertinentes jurídicas y policivas. 7. Participar en las reformas educativas y canalizar postulados, dichos objetivos y políticas que generen una educación pertinente y de calidad. 8. Velar por la socialización e interiorización del manual de convivencia. 9. Fomentar las buenas relaciones entre todos los integrantes de la comunidad educativa. 10.Participar en el consejo académico. 11.Conocer y acompañar a los y las estudiantes en su proceso de formación.


12.Colaborar en la elaboración y ejecución del proyecto educativo. 13.Promover actitudes de fraternidad. 14.Asistir a los actos comunitarios. 15. Promover, propiciar y alentar a toda la comunidad educativa a dar estricto cumplimiento a las normativas institucionales con especial énfasis en el respeto hacia sus semejantes. 16. Establecer los espacios y condiciones para una adecuada capacitación a toda la comunidad frente a los cánones y efectos de ley contemplados en la ley de Infancia y Adolescencia, las sentencias de la corte constitucional y la Ley de los Garantes. 17. Cumplir con su obligación de ley de denunciar y poner de conocimiento de las autoridades pertinentes, todos los casos que se consideren punitivos o jurídico-legales sin excepción, dando estricto cumplimiento a la Ley de los Garantes y al Articulo 44 numeral 9 de la Ley de Infancia y Adolescencia siguiendo el debido proceso. 18. Exigir de todas las instancias de la institución el respeto y obediencia al debido proceso. b. Derechos: 1. Ser respetado y recibir buen trato. 2. Recibir el respaldo y apoyo de las directivas y compañeros del colegio. 3. Recibir capacitación permanente. 4. Ser escuchado oportunamente por las directivas del colegio, para exponer sus ideas e inquietudes. 5. Ser informado oportunamente, sobre las modificaciones que surjan en las políticas administrativas del colegio. 6. Recibir los reportes y demás documentos y avales del seguimiento al debido proceso en todas las actuaciones e instancias de la institución educativa.

Articulo 34. ORIENTADOR(A) ESCOLAR Es un(a) profesional en el área de la Sico-pedagogía o la sicología, partícipe en la formación integral de la comunidad educativa de ejemplar desempeño profesional. a. Deberes: 1. Ser miembro del equipo de Gestión Institucional, con el fin de planear las actividades semanales de índole institucional. 2. Liderar el Proyecto Transversal de Sexualidad y de Valores, realizando actividades institucionales que permitan el diagnóstico, reconocimiento y acción institucional que le hagan posible a los miembros de la comunidad educativa, contar con procesos formativos en afectividad, sexualidad y valores personales dentro un marco de liberación, auto- reconocimiento y responsabilidad tanto personal como social. 3. Liderar el Proyecto Transversal de Promoción a la Comunidad a través de la distribución, control y evaluación de los estudiantes de décimo grado en el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio, por medio de la gestión de vínculos interinstitucionales que le permitan a los estudiantes en cumplimiento de este requisito el proyectar la Institución y ser modelos ciudadanos en formación ante su comunidad. 4. Ejecutar el proceso de inscripción a los exámenes de estado ICFES, almacenar y tratar la información d resultados y realizar las estadísticas comparativas con los años anteriores. 5. Ejecutar el proceso de inscripción y gestión al proceso de selección e incorporación a las Fuerzas Armadas, con el fin de garantizar el cumplimiento del requisito de la presentación de bachilleres ante el ente institucional del Ejercito Nacional, con el fin de obtener la libreta militar. 6. Llevar a cabo las reuniones semestrales de Escuela de Padres por niveles lectivos, con los acudientes de cada uno de los cursos, con el fin de desarrollar las temática


psicopedagógicas apropiadas para cada necesidad particular de orden personal y de acuerdo a los procesos de desarrollo y estadios de socialización adecuados de los estudiantes. 7. Orientar funciones de terapia de apoyo psicológico a miembros de la comunidad educativa, dentro del marco del Proyecto de Prevención, con el objeto de ayudar a solucionar problemáticas de índole personal, familiar y social y llevar un registro anecdótico de cada caso en seguimiento. 8. Identificar situaciones en las que el bienestar, la vida y/o la supervivencia de los estudiantes se vean amenazadas por factores de origen psicológico, biofísico- orgánico, familiar o social y notificar a las entidades adecuadas sobre dichos riesgos (ICBF, Comisaria de Familia, Hospital de Engativá y otros vínculos interinstitucionales a través de remisión profesional) cuando la situación no pueda ser solucionada a través de los mecanismos institucionales internos y de acuerdo con la implementación Código del Menor y la Constitución Nacional. 9. Intervenir en el Consejo Directivo en emitir conceptos imparciales sobre situaciones disciplinarias extraordinarias que se presenten con los miembros de la comunidad educativa. 10. Intervenir en el Consejo de Evaluación y Promoción en emitir conceptos imparciales sobre situaciones académicas de estudiantes en seguimiento. 11. Liderar el Comité Paritario y de Bienestar Laboral. 12. Colaborar con el Señor Rector en l promoción de actividades de beneficio social que vinculen al Colegio con la comunidad local. 13. Gestionar las labores académicas de estudiantes des- escolarizados por diferentes causas. 14. Llevar a cabo el registro de incidentes notificables por ejercicio de diferentes tipos de violencia sobre miembros de la comunidad educativa. 15. Recopilar y editar los materiales destinados al periódico Institucional Natural Rembrandt, parte del Proyecto Ecológico. 16. Elaborar y actualizar la base de datos de ex –alumnos. 17. Responder por el inventario y materiales dejados a su cargo. b. Derechos: 1. Ser respetado y recibir buen trato. 2. Recibir el respaldo y el apoyo de los compañeros, siempre que dicho respaldo o apoyo no incurra en complicidad frente a fallas en los diferentes procesos, casos o el debido proceso. 3. Capacitarse. 4. Ser atendido en sus iniciativas. 5. Ser escuchado oportunamente por las directivas del colegio. ARTICULO 35. EDUCADORES(AS) a. Deberes: 1. Dar total, inamovible e irrenunciable obediencia y acato a la ley de infancia y adolescencia, sentencias de la corte, fallos de tutela y demás normas jurídico legales vigentes en el ámbito escolar. 2. Acatar las normas legales vigentes en el trato con Infancia y Adolescencia (niños, niñas y adolescentes) reglamentadas en la Ley de Infancia y Adolescencia 1098. 3. No incurrir en encubrimiento, complicidad, negligencia u omisión en casos relativos a cualquiera de los alumnos o alumnas, lo anterior se considera como una acción punible de la cual responderá en primera persona frente a las instancias legales y jurídicas pertinentes. 4. Conocer plena y absolutamente su responsabilidad legal frente a su actuación con los alumnos y las alumnas para no caer en acciones omisivas o cómplices. Dando cumplimiento al Articulo 44 numeral 4 y numeral 9 de la Ley de Infancia 1098.


5. Conocer y asumir la Filosofía y testimonio de valores, principios y moral de la institución y la totalidad del Manual de Convivencia. 6. Ofrecer una formación con ética y profesionalismo, convencido(a) de su vocación pedagógica, que guarda consonancia y obediencia a la jurisprudencia y las normas como muestra de ello. 7. Procurar dentro de su tiempo de clase y con su testimonio de ejemplo promover un trato respetuoso y ético acorde a la necesidad del colegio. 8. Orientar y formar con su testimonio de vida. 9. Promover relaciones cordiales, respetuosas y solidarias en la comunidad educativa. 10. Capacitarse y actualizarse. 11. Estar al día en teorías pedagógicas, en temas de investigación, en metodología actual de investigación cualitativa y cuantitativa como en los procesos metodológicos de investigación. 12. Ser responsable y comprometido con su misión de docente a través de su ejemplo. 13. Mantener una relación abierta y continua con los padres de familia. 14. Conocer y acompañar el proceso formativo del o la estudiante. 15. Participar puntual y activamente en todas las actividades organizadas por la comunidad educativa. 16. Abstenerse de organizar sin la previa autorización de las directivas del plantel rifas, paseos, exigir libros o vender material pedagógico y pedir dineros a los y las estudiantes, como también el realizar cualquier tipo de trabajo con los y las estudiantes o padres de familia, salidas, fiestas, eventos, excursiones u otros. 17. Solicitar con la debida antelación los permisos para ausentarse de la institución, dejando por escrito a los respectivos coordinadores de convivencia social los reemplazos y actividades a desarrollar. 18. Entregar a la coordinación académica la planeación referente a todas sus actividades. 19. Dar a conocer a los y las estudiantes la evaluación de su proceso de formación. 20. Dar a conocer a los y las estudiantes los temas, estándares y el sistema de evaluación al iniciar cada período académico. 21. Informar los daños ocasionados por deterioro o mal uso de los enseres del aula. 22. Los docentes no titulares deben estar en disposición para reemplazar y colaborar en las direcciones de grupo y otras actividades. 23. Permanecer durante el tiempo que se considera completo en el colegio y laborar durante dicho tiempo. Debe haber disponibilidad y es parte del contrato las actividades programadas para los días sábados y domingos actividades de salidas y convivencias. 24. Acompañar a los y las estudiantes a las actividades deportivas, siempre y cuando los directores de grupo o profesores organizadores los requieran. 25. Asistir al colegio el día sábado, cuando por alguna circunstancia el (la) Rector(a) lo requiera. 26. Vincularse activamente y asistir obligatoriamente a los proyectos educativos que se requieran durante el tiempo que el colegio lo necesite. 27. Durante el tiempo de clase, el aula debe permanecer con las puertas abiertas. 28. Estar diez minutos antes de iniciar la jornada laboral, aún sin ser titular de curso. 29. Para retirarse del plantel debe pedir permiso al Coordinador General, teniendo en cuenta el visto bueno de las coordinaciones de convivencia social y académica. 30. Ser el último en salir del salón al iniciar los descansos de los y las estudiantes y a la última hora de clase. 31. Verificar al iniciar y terminar las clases que el salón esté en buen estado de limpieza y de orden. 32. Entregar a coordinación académica los informes del proceso formativo de sus estudiantes en los días señalados por esta oficina y aprobados por la Rectoría. 33. Iniciar las clases del día, con una pequeña oración de gracias a Dios, o el Padre Nuestro. 34. Asistir a los cultos o servicios con el curso con que le corresponde en esa hora de clase. 35. Planear y ejecutar las actividades de grupo.


36. Entregar la planeación bimestral a la coordinación académica. 37. Tener su respectiva planeación bimestral de clases y ejecutarla debidamente. Puede ser exigida por las directivas del colegio o por coordinación académica. 38. Asistir a los comités de evaluación, a las reuniones de área, a las asesorías y jornadas pedagógicas. 39. Acompañar a los y las estudiantes durante los descansos y controlar la interacción entre ellos - ellas y el aseo de los patios, pasillos y demás sitios comunes. 40. Escuchar las inquietudes de los y las estudiantes, padres de familia, otros docentes y las diferentes instancias. 41. Conocer la situación personal y familiar de sus estudiantes, manteniendo las proporciones correspondientes así como una distancia ética. 42. Hacer cumplir el Manual de convivencia. 43. De ninguna manera esta permitido a los (las) educadores (as), sostener, mantener, propiciar, o establecer relaciones emocionales, sentimentales, erótico-sexuales o de índole amoroso con los y las estudiantes sin excepción, sea el docente titular o no. Su actuación será considerada como una falta gravísima. NOTA: además, de ser un caso comprobado mediante descargos y debido proceso, se recurrirá a la correspondiente denuncia frente a las instancias jurídicas pertinentes para definir si hubo o no corrupción de menores en sus actuaciones. Dando estricto cumplimiento al Artículo 44 numeral 9 de la Ley de Infancia 1098 y el articulo 20 numeral 4 de ley 1098. b. Derechos: 1. Ser respetado y escuchado. 2. Trabajar en un ambiente de respeto y fraternidad. 3. Remuneración justa de acuerdo a su escalafón o asimilación profesional en el mismo. 4. Capacitación permanente con el apoyo de las directivas. 5. Proponer iniciativas que favorezcan el crecimiento de la comunidad. 6. Ser respaldado en su compromiso de docente. 7. Elegir y ser elegido en asamblea de profesores para el consejo directivo. 8. Estar afiliado a un seguro por salud, riesgos profesionales y pensión. 9. Ser evaluados y conocer su evaluación.

ARTICULO 36. DIRECTOR DE CURSO Es la persona nombrada por las directivas, para dirigir toda la dinámica de un grupo. Debe poseer las características que forman el perfil del docente de Liderazgo con todos sus deberes y derechos. Sus funciones son: 1. Dar total, inamovible e irrenunciable obediencia y acato a la ley de infancia y adolescencia, sentencias de la corte, fallos de tutela y demás normas jurídico legales vigentes en el ámbito escolar. 2. Primeramente acatar las normas legales vigentes en el trato con menores de edad, reglamentados en la Ley de Infancia y Adolescencia 1098, como garante de los alumnos y las alumnas a su cargo. 3. No incurrir en encubrimiento, complicidad, negligencia u omisión en casos relativos a cualquiera de los y las estudiantes, lo anterior se considera como una acción punible de la cual responderá en primera persona frente a las instancias legales y jurídicas pertinentes, además que obstruye el debido proceso. 4. Conocer plena y absolutamente su responsabilidad legal frente a su actuación con los y las alumnas para no caer en acciones omisivas o cómplices. Dando cumplimiento al Articulo 44 numeral 9 de la Ley de Infancia 1098. 5. Realizar, redactar y dar curso a las actas de pertinencia en los casos de faltas al manual, de casos especiales, de llamados de atención a los alumnos y las alumnas a su cargo y respetar en toda instancia el debido proceso, así como firmar todos los procesos como


primer garante del curso asignado. Su negligencia y omisión será reportada en los casos que involucren hechos punibles y se considera una falta gravísima. 6. Ser el animador, orientador y coordinador de las actividades a realizar con los y las estudiantes. 7. Velar primordialmente por el crecimiento integral de cada una de los y las estudiantes de su grupo. 8. Estructurar con sus estudiantes el proyecto de curso. 9. Dinamizar el proceso formativo de los y las estudiantes por medio de un seguimiento personalizado. 10. Delegar en los y las estudiantes funciones pertinentes a la dinámica del curso. 11. Promover una actitud de cuidado, limpieza y respeto por el aula de clase. 12. Organizar con sus estudiantes actividades culturales y deportivas adicionales a las contempladas en el proyecto de curso. 13. Planear anticipadamente las reuniones de padres de familia de acuerdo con las pautas dadas por la Rectoría y/o Coordinación General. 14. Presentar los informes académicos y formativos de los y las estudiantes a los padres de familia. 15. Mantener una actitud entusiasta frente al desarrollo del proyecto educativo. 16. Ser mediador en las situaciones especiales que se presenten en el proceso formativo de los y las estudiantes, siempre consciente de su proceder y de su responsabilidad jurídico – legal en los casos que así lo requieran. 17. Controlar la asistencia de los padres de familia o acudientes a reuniones, informar de los problemas suscitados o sugerencias para la buena marcha general del curso. 18. Presentar siempre por escrito, un informe periódico sobre la marcha del curso. 19. Estar pendiente de las ausencias y llegadas tarde de los y las estudiantes de su curso, anotar en el anecdotario u observador del alumno o la alumna y si es el caso iniciar con la Coordinación de Convivencia Social el debido proceso disciplinario. 20. Acompañar a sus estudiantes en las actividades programadas por el colegio, los departamentos o coordinaciones. 21. Enfocar las direcciones de curso hacia la formación en valores, el crecimiento personal y la solución de conflictos. 22. Estar atento a los procesos que se lleven con los y las estudiantes de su curso, hacer las observaciones correspondientes en el anecdotario u observador del o la alumna. Cuando sean hechos considerados como transgresiones de ley, elaborar el acta correspondiente y darle curso a las instancias pertinentes para cumplir así el debido proceso. 23. Velar, diariamente, por el buen estado del mobiliario de su curso y por el aseo del salón. Responder por lo que se le entrega al principio de año. 24. Realizar la dirección de grupo de acuerdo a la planeación orientada y aprobada por las coordinaciones de Convivencia social fundamentada en el proyecto de Convivencia social del Colegio. El Rector puede y debe exigir informes de este proceso educativo siempre que lo estime adecuado y por escrito. 25. Informar con anticipación a la coordinación académica y de convivencia social sobre el rendimiento grupal e individual de los y las estudiantes de su grupo. 26. Es el primer responsable de lo consignado en el anecdotario u observador del alumno o la alumna: aspectos positivos, negativos, tanto académicos como de convivencia social. 27. Debe evaluar semanalmente la marcha del curso y rendir el respectivo informe por escrito y sustentarlo oralmente de ser necesario en el comité de evaluación al coordinador de convivencia social. 28. Motivar y estimular el crecimiento académico y personal de los y las estudiantes. 29. Conocer la situación personal y familiar de los y las estudiantes, guardando proporciones y distancias éticas. 30. Sugerir a la Comisión de evaluación y/o a las Coordinaciones de Convivencia social y académica la remisión de los y las estudiantes a Psico-orientación, cumpliendo así el debido


proceso y siempre por escrito con copia a las instancias pertinentes dentro de la institución o a la Psicoorientador(a) de ser un caso pertinente a la misma. 31. Cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia, además dando estricto cumplimiento a las normas legales y jurídicas pertinentes. 32. Acompañar a los y las estudiantes a su cargo a las actividades deportivas u otras (se incluye los días sábados de ser requerido).

ARTÍCULO 37. JEFE DE ÁREA Dentro de la organización institucional el coordinador de departamento, nombrado por las directivas, es la persona responsable de animar a los docentes encargados del área. A su vez da secuencia al proceso curricular que fundamenta el proyecto de área y da cumplimiento al debido proceso. Sus funciones son: 1. Dar total, inamovible e irrenunciable obediencia y acato a la ley de infancia y adolescencia, sentencias de la corte, fallos de tutela y demás normas jurídico legales vigentes en el ámbito escolar. 2. Primeramente acatar las normas legales vigentes en el trato con menores de edad, reglamentados en la Ley de Infancia y Adolescencia 1098, como garante de los docentes, así como de los alumnos y alumnas a su cargo. 3. No incurrir en encubrimiento, complicidad, negligencia u omisión en casos relativos a cualquiera de los docentes o estudiantes a su cargo, lo anterior se considera como una acción punible de la cual responderá en primera persona frente a las instancias legales y jurídicas pertinentes, además que obstruye el debidoproceso. 4. Conocer plena y absolutamente su responsabilidad legal frente a su actuación con las alumnas y los docentes a su cargo, para no caer en acciones omisivas o cómplices. Dando cumplimiento al Articulo 44 numeral 9 de la Ley de Infancia 1098. 5. Realizar, redactar y dar curso a las actas de pertinencia en los casos de faltas al manual, de casos especiales, de llamados de atención a los y las alumnas y docentes a su cargo y respetar en toda instancia el debido proceso, así como firmar todos los procesos como primer garante del departamento asignado. Su negligencia y omisión será reportada en los casos que involucren hechos punibles y se considera una falta gravísima. 6. Asumir y dinamizar desde su dirección el proyecto educativo del colegio. 7. Orientar y organizar con la colaboración de los integrantes del departamento los proyectos y actividades programadas. 8. Establecer canales de comunicación entre todos los miembros de la comunidad, en especial los docentes a su cargo. 9. Asesorar y supervisar los procesos académicos del área. 10. Promover la actualización de los integrantes del área. 11. Promover la actualización de los contenidos del área. 12. Evaluar periódicamente los procesos del área. 13. Llevar a cabo planes y actividades en coordinación con los demás líderes de departamento. 14. Participar en los comités en que sea requerido, siempre acompañado de sus reportes por escrito. 15. Velar por el buen estado y seguridad del mobiliario, equipos y materiales confiados a su manejo. 16. Presentar el proyecto, la programación del área y demás instrumentos que sustenten los informes descriptivos. 17. Comunicar a coordinaciones el cronograma de actividades. ARTÍCULO 38. EL PRESIDENTE DE LOS ESTUDIANTES


Es el encargado de representar a los estudiantes de la Institución ante todos los estamentos de orden interno y externo. De acuerdo a la organización del Gobierno Escolar, el presidente de los estudiantes fungirá como PERSONERO promoviendo el ejercicio de los deberes y los derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia. Requisitos:  Estar debidamente matriculado en el grado 11°  Ser estudiante antiguo.  Ser reconocido por la Comunidad Educativa como líder positivo y con las cualidades académicas y personales definidas en el proyecto de democracia.  Presentar un listado con nombre, firma y curso de por lo menos de 20 estudiantes del colegio que respalden su postulación.  Conformar un equipo Asesor de Campaña, integrado por un (1) docente y tres (3) estudiantes, uno de los cuales será su fórmula Vicepresidencial.  Presentar un plan de trabajo básico (programa), teniendo en cuenta las funciones relacionadas en el artículo 3° de la Resolución sobre conformación de los órganos de Gobierno Escolar.  Presentar documento de identidad.  Conocer previamente el Proyecto de Democracia el Manual de Convivencia y las necesidades de la Comunidad Educativa. El compañero de fórmula del candidato a la Presidencia, postulado a la Vicepresidencia, deberá ser igualmente un estudiante antiguo matriculado en el grado 11°, con las mismas cualidades de liderazgo positivo y rendimiento académico superior.

Artículo 39. FUNCIONES DEL PRESIDENTE ESTUDIANTIL 1. Nombrar y remover libremente a los Ministros de su Gabinete, de acuerdo a los proyectos transversales que se orientan en el colegio. 2. Establecer relaciones interinstitucionales y convenios que se someterán a la aprobación del Congreso Estudiantil. 3. Dirigir las fuerzas del orden representados por los Monitores de Disciplina General y los Monitores de Disciplina de Curso. 4. Instalar y clausurar las sesiones del Congreso Estudiantil en cada legislatura. 5. Sancionar las leyes (Iniciativas de los Ministerios y/o Congreso) 6. Promulgar las normas de convivencia, obedecerlas y velar por su estricto cumplimiento. 7. Presentar informe al Congreso Estudiantil sobre su gestión, sobre los planes y programas en desarrollo del PEI y sobre los proyectos que su administración se proponga adelantar. 8. Modificar la estructura de los Ministerios, con sujeción a las normas del Proyecto de Democracia. 9. Distribuir planes, programas y actividades entre los Ministerios según su naturaleza. 10. Ejercer la inspección y vigilancia de la enseñanza conforme al PEI. 11. Representar a la Institución en actos y eventos interinstitucionales. 12. Condecorar durante los actos cívico- culturales a los integrantes de la Comunidad Educativa destacados por su empeño. PARÁGRAFO: Revocatoria del Mandato: En caso de incumplimiento de las funciones asignadas evidenciadas por la inconformidad general o en caso de trasgresión a las normas estipuladas en el Manual de Convivencia, se podrá revocar al Mandato del Presidente Estudiantil, mediante la determinación de la mayoría del estudiantado expresa con sus firmas.


Funciones del Vicepresidente: El Vicepresidente reemplazará al Presidente en sus ausencias temporales o definitivas. El Presidente podrá confiarle misiones o encargos especiales y designarlo en un cargo de su gabinete. Artículo 40. CONGRESO ESTUDIANTIL Es el máximo órgano colegiado que segura y garantiza el continuo ejercicio de participación por parte de los educandos (Dec.1860 – Art. 29). El objetivo principal del Proyecto de Democracia, componente transversal del programa de Ciencias Sociales, debe introducir a los estudiantes de manera activa y vivencial en la práctica democrática y en el conocimiento de la organización y funcionamiento del Estado Colombiano. Los candidatos a representar a un curso en el CONGRESO (Consejo Estudiantil), podrán ser estudiantes nuevos o antiguos y deberán presentar como requisitos mínimos: Rendimiento académico superior, ser reconocido como líder positivo y un sencillo de trabajo escrito. Artículo 41. FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL. 1. 2. 3. 4. 5.

Elegir su mesa directiva, su presidente y secretario. Presentar iniciativas en el ámbito de todos los proyectos. Estudiar las iniciativas provenientes del Poder Ejecutivo. Tomar juramento al Presidente Electo y sus Ministros durante la posesión. Citar a debate al Presidente y sus Ministros para tratar aspectos relacionados con sus funciones, por lo menos una vez al mes.

Artículo 42. ELECCIONES El Presidente y los miembros del Congreso serán elegidos por votación popular, para un periodo de un año, por la mayoría simple de los votos, que de manera secreta y directa depositen los directivos, docentes, personal administrativo, de servicios y estudiantes matriculados en el colegio, utilizando como instrumento el Tarjetón. Los comicios deberán llevarse a cavo a más tardar, en la segunda semana del mes de Marzo. El lugar y hora serán determinados por el Consejo Electoral con una anticipación de ocho días. La organización general de los comicios estará a cargo del Consejo Electoral, el cual está conformado por el Coordinador Académico y de convivencia, el Jefe de Área de Ciencias Sociales, un Padre de Familia Delegado del Consejo Directivo y un estudiante nombrado por el área de sociales. El Vicepresidente será elegido con el mismo procedimiento y en la misma fórmula con el Presidente. Los miembros del Congreso Estudiantil serán elegidos por circunscripción local esto es exclusivamente por los integrantes de cada curso. Elección de Docentes: Dos (2) Representante, ante el Consejo Directivo que deberán ser elegidos en igual fecha y con similar procedimiento. (Elección Democrática). Artículo 43. BIBLIOTECA ESCOLAR Y AUDIOVISUALES 1. Todo el personal que se encuentre matriculado en el colegio, tiene derecho a utilizar los servicios de la biblioteca.


2. Algunos textos pueden ser retirados, previa presentación del carné estudiantil. 3. Los libros de referencia, tales como diccionarios, enciclopedias, textos de consulta a diario, etc solo se podrán usar dentro de la sala de lectura. 4. Los daños ocasionados en cualquiera de los libros o la pérdida de los mismos ocasionarán su restitución de acuerdo al valor comercial. 5. Se sancionara en forma debida y según el Manual de Convivencia del Colegio, a los estudiantes que en forma arbitraria tomen libros sin previo consentimiento y sin realizar el respectivo registro del préstamo. 6. A la biblioteca se debe ingresar correctamente uniformado. 7. No se debe consumir ningún tipo de alimento dentro de la biblioteca, incluyendo chicles. 8. Las consultas, lectura y demás actividades se deberán realizar en absoluto silencio. 9. El padre de familia responderá económicamente cuando el estudiante ocasione daños o pérdidas en los muebles del recinto de lectura. Artículo 44. SALA DE INFORMÁTICA Todos los estudiantes tienen derecho a la sala de computadores bajo las siguientes normas: 1. No escribir sobre los equipos, mesas, paredes y mobiliario en general. 2. Está prohibido instalar programas ajenos a los adquiridos por la institución, (En especial juegos). 3. No pueden ser modificadas las configuraciones establecidas en los equipos (En especial acceso, asignación de claves, protectores de pantalla). 4. Está prohibido intercambiar componentes entre los diferentes equipos, desconectar o quitar los mismos. 5. Está prohibido sacar de la sala cualquier elemento o componente de los equipos. 6. Toda anormalidad que observe al comenzar su trabajo debe ser reportada de inmediato al docente encargado de la clase. 7. la sala de informática, esta diseñada para refuerzo académico, practica e investigación, no está permitido realizar otra actividad, salvo autorización escrita y horario disponible. 8. La sala de informática, se utilizara exclusivamente en el horario asignado, si requiere una práctica adicional debe ser solicitado por el docente encargado del área y debe realizarse con la presencia del mismo o el docente encargado de la sala. 9. Se prohíbe el ingreso de comidas y bebidas. 10. Para comodidad y buen desempeño de la labor, se debe hablar en voz baja. 11. En los aspectos disciplinarios se aplicaran las sanciones contempladas en el Manual de Convivencia. 12. El padre de familia o acudiente responderá por los daños, maltratados causados en los equipos y por el uso indebido de estos. 13. La responsabilidad del uso de la sala recae en el docente encargado de la clase. 14. El presente reglamento deberá ser presentado al grupo de estudiantes para su conocimiento y ejecución.


ANEXO MANUAL PROCEDIMIENTO: ABORDAJE INSTITUCIONAL ANTE SITUACIONES DE BULLYING

1 OBJETIVO: La comunidad del Colegio Rembrandt rechaza enérgicamente las situaciones de bullying o intimidación escolar y, a pesar de las dificultades que se puedan presentar en la prevención e intervención ante esta temática, pondrá todos los medios necesarios para hacerle frente, involucrando a directivas, cuerpo docente, alumnos y familias. El Presente Manual de Procedimiento pretende establecer en forma clara y ordenada qué se hace y quiénes deben actuar en caso de situaciones de bullying.


SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR

SISTEMA NACIONAL

SISTEMA TERRITORIAL

SISTEMA ESCOLAR

MEN

SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES CERTIFICADAS EN EDUCACIÓN

SECTOR EDUCATIVO

COMITÉ NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

EL RECTOR DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO, QUIEN PRESIDE EL COMITÉ COMITÉ

COMITÉ DISTRITAL

MUNICIPAL

ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTAN EL SERVICIO EDUCATIVO LEY 115 DE 1994

MINISTRO DE EDUCACIÓN NACIONAL O VICEMINISTRO QUIEN LO PRESIDIRÁ

COMITÉ EL PERSONERO ESTUDIANTIL DEPARTAMENTAL

DE

DE CONVIVENCIA

DE

EL DOCENTE CON FUNCIÓN DE ORIENTACIÓN

CONVIVENCIA

ESCOLAR

CONVIVENCIA ESCOLAR

EL COORDINADOR CUANDO EXISTA ESTE CARGO

ESCOLAR

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DEPARTAMENTAL, DISTRITAL O MUNICIPAL, SEGÚN CORRESPONDA

EL PRESIDDENTE DEL CONSEJO DE PADRES

MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL O UN VICEMINISTRO DELEGADO DIRECTOR DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR O UN SUBDIRECTOR DELEGADO

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL, DISTRITAL O MUNICIPAL, SEGÚN CORRESPONDA

ENTE COORDINADOR DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE

EL SECRETARIO DE SALUD DEPARTAMENTAL, DISTRITAL O MUNICIPAL, SEGÚN CORRESPONDA

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES

UN DOCENTE QUE LIDERE PROCESOS O ESTRATÉGIAS

DIRECTOR DE LA POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA O UN COMANDANTE DELEGADO

MINISTRO DE CULTURA O UN VICEMINISTRO DELEGADO

SECRETARIO DE CULTURA O QUIEN HAGA SUS VECES, EN EL NIVEL DEPARTAMENTAL, DISTRITAL O MUNICIPAL

DIRECTOR REGIONAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR EN LOS DEPARTAMENTOS O EL COORDINADOR DEL CENTRO ZONAL DEL ICBF EN LOS MUNICIPIOS

MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES O UN VICEMINISTRO DELEGADO

EL COMISARIO DE FAMILIA

PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES DE EDUCACIÓN ASCOFADE

EL PERSONERO DISTRITAL, MUNICIPAL O PROCURADOR REGIONAL

PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE ESCUELAS NORMALES SUPERIORES ASONENS

DEFENSOR DEL PUEBLO REGIONAL SEGÚN CORRESPONDA

DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE UNIVERSIDADES ASCUN

EL COMANDANTE DE LA POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA

DEFENSOR DEL PUEBLO O SU DELEGADO

RECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA OFICIAL QUE EN EL DEPARTAMENTO, MUNICIPIO O DISTRITO HAYA OBTENIDO LOS MÁS ALTOS PUNTAJES EN LAS PRUEBAS ASABER 11 DEL AÑO ANTERIOR

RECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA OFICIAL CON LOS MÁS ALTOS PUNTAJES EN LAS PRUEBAS ASABER 11 DEL AÑO ANTERIOR RECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA CON LOS MÁS ALTOS PUNTAJES EN LAS PRUEBAS SABER 11 DEL AÑO ANTERIOR

RECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA QUE EN EL DEPARTAMENTO, MUNICIPIO O DISTRITO HAYA OBTENIDO LOS MÁS ALTOS PUNTAJES EN LAS PRUEBAS SABER 11 DEL AÑO ANTERIOR

DE CONVIVENCIA ESCOLAR


RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR. EL COLEGIO REMBRANDT ACORDE CON LA LEY 1620 DE 2013. "POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR" AJUSTA SUSMECANISMOS DE ACCIÓN Y DISEÑA LA RUTA DE ATENCIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO ASÍ:

a. Promoción: El comité de convivencia escolar, junto con la coordinación de convivencia ajusto sus planes de acompañamiento y diseño talleres periódicos para ser trabajados y por mes desde dirección de grupo en los cuales se desarrollan actividades de estudio, conocimiento, y asimilación de la ley 1620 de 2013 y sus alcances en los temas que tienen que ver con; Convivencia escolar, tolerancia, convivencia ciudadana , formación para el ejercicio de los derechos humanos, educación para la sexualidad y prevención de la violencia escolar. Adicionalmente se está capacitando y formando a los docentes y un grupo de líderes estudiantiles que ejercerán las funciones de mediadores en la resolución de conflictos.

b. Prevención: dentro de las actividades de prevención, la Coordinación de convivencia, la coordinación de bienestar estudiantil y el comité de convivencia escolar articulan un plan de trabajo a través de talleres mensuales adelantados desde la dirección de grupo en los cuales se desarrollan temáticas especificas orientadas a: fomentar el respeto por los derechos y los deberes de los conformantes de la comunidad educativa, se fortalece el proyecto de educación sexual, desarrollado desde preescolar hasta grado undécimo con temáticas graduales que orientan a los estudiantes dentro de la cultura del respeto y conocimiento de la sexualidad y la prevención del embarazo en adolescentes, se fortalecen los comités de convivencia de cursos y la resolución pacífica, concertada y dialogada del conflicto para minimizar la violencia escolar. Se trabajarán desde bienestar tres talleres con padres de familia para que desde el núcleo del hogar de nuestros estudiantes se generen actitudes de respeto, tolerancia y concertación. Estos talleres trabajaran temas específicos de sexualidad sana y responsable, disminución de la agresividad y dialogo y acuerdos. El consejo académico diseñara actividades para el ajuste del currículo de las diferentes asignaturas y campos del conocimiento donde se incluya refuerzo de los temas a que hace alusión la ley 1620. Adicionalmente, se realiza un trabajo en: 

La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.  Se fortalecen las acciones que contribuyen a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; identificados a partir de las particularidades mencionadas anteriormente a través de fortalecimiento, apropiación y vivencia de los valores institucionales.  Se diseñaron los protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. c. Atención: para la atención de los posibles conflictos que surjan entre los conformantes de la comunidad educativa se ajustaron y rediseñaron los protocolos de atención ajustándolos a los requerimientos de ley y dependiendo de la tipificación sean estos I, II o III. El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia Escolar por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, de oficio por el Comité de Convivencia Escolar o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar. El protocolo y el procedimiento de atención a seguir es: 

La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes involucrados, esta acción de dar a conocer los hechos puede darse por parte de cualquiera de los integrantes de la comunidad; estudiantes, docentes, padres de familia o cualquier otra persona conocedora del caso. Esta puesta en conocimiento puede ser verbal o escrita. Siempre prevalecerá la discreción y reserva de identidad de los denunciantes, bajo ninguna circunstancia se comentará fuera de las secciones del comité de convivencia escolar ningún tipo de información de los casos que sean de su competencia. El


conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los generadores de los hechos violentos y demás partes involucradas.  Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos. Se buscará en lo posible, una solución pedagógica y formadora.  El Comité de Convivencia Escolar en cada una de sus reuniones hará seguimiento de los casos que le conciernen, su evolución y el cierre cuando dé a lugar el proceso.  Se garantizará la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.  Una vez agotadas estas instancias institucionales, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes que no puedan ser resueltas por las vías que establece el presente Manual de Convivencia y que requieran de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el rector de la institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia o la entidad pertinente según corresponda.  El Comité de Convivencia Escolar semestralmente emitirá informe al Consejo Directivo para informar sobre gestión, avance y procesos de los casos que ameriten.  El Comité de Convivencia Escolar se ajustará estrictamente y seguirá el protocolo establecido en los artículos 42 al 44 del decreto 1965 de 2013 para atención de los casos tipo I, II o III a que hace alusión la ley 1620 de 2013.  En los capítulos 5 y 6 del presente Manual de Convivencia se establecen claramente la tipificación de las posibles faltas y el proceso de reparación de las mismas. d. Seguimiento: El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados y socializar con las partes interesadas el avance del caso

CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES (ARTÍCULO 40 DEC. 1965 DE 2013).

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:

a. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

b. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:  

Que se presenten de manera repetida o sistemática. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

c. Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

Definiciones. Para efectos de uniformidad de criterios el decreto 1965 de 2013 establece que se entiende por:


a. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

b. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

c. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

d. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

e. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

f. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

g. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

h. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

i. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

j. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

k. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".


l. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes m. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

4. RESPONSABILIDAD

Resolver qué hacer frente a situaciones de acoso o bullying supone un esfuerzo coordinado y articulado que implica la asignación de tiempo, recursos, tareas y responsabilidades de todos los elementos de la comunidad educativa, de los cuales se esperaría una participación, en al menos los siguientes aspectos, incluida un sistema fácil, ágil y claro para atender a las víctimas y denunciar cualquier situación:

De los alumnos: • Denunciar cualquier situación de acoso que sean objeto o que tengan conocimiento. • Cumplir con los derechos y obligaciones en materia de acoso. • Participar activamente en los programas de información y sensibilización contra acoso o matonismo del centro educativo.

De los profesores: • Informar y tramitar cualquier suceso de acoso, matonismo o bullying que tengan conocimiento. • Participar en la solución de los problemas y búsqueda de soluciones. • Fomentar entre el alumnado el debate y la sensibilización contra el sobre el acoso. • Incluir el acoso como punto en las reuniones del centro. • Participar en la formación en técnicas y programas contra el acoso. •Mejorar las medidas de supervisión y vigilancia y valorar horarios de recreo según edades •Planificar y coordinar la atención de las víctimas así como la inclusión del tema en la currícula y reuniones con la familia

De las familias: • Comunicar cualquier situación que tengan conocimiento, sobre hechos de acoso al centro educativo. • Mantener niveles de comunicación adecuada con sus hijos e hijas sobre el tema. • Explicitar un código de conducta ante el acoso que no tenga ninguna duda sobre su posición, independiente del papel que ocupe el hijo en los hechos. • Participación activa en los proyectos del centro.

PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESPECÍFICOS

1. La detección La primera acción en materia de acoso escolar o bullying, es detectar las posibles situaciones específicas de acoso, para lo cual se pueden establecer acciones directas e indirectas.

ACCIONES INDIRECTAS.


Para la detección de situaciones de acoso mediante mecanismos indirectos se debe utilizar un procedimiento de tres pasos: 1. Identificar a los alumnos con mayor riesgo de ser victimizados Se pretende conocer qué alumnos están teniendo problemas de relación con los compañeros y cuáles se encuentran aislados, rechazados o discriminados por el grupo. Para ello es necesaria la participación de los docentes, bajo la coordinación de los profesores guías, con el fin de observar las conductas, en diferentes entornos, tales como aula, patios, actividades deportivas o de diversa índole. Se facilita también para este propósito actividades grupales, o “encuestas” donde cada alumno exprese su percepción y valoración acerca de la convivencia en el centro educativo. En general se debe, mantener una actitud perceptiva y receptiva, sobre el tema, involucrando toda la comunidad educativa, incluidos los padres, madres o encargados. 2. Valorar la presencia de indicadores relacionados con la situación de victimizado entre los

alumnos o alumnas Los alumnos detectados no deben ser “estigmatizados” como víctimas, sino como sujetos que podrían presentar algún riesgo de ser victimizados. En esta fase se pretende que el personal docente, coordinado por el profesor guía o persona asignada para tales efectos, con asesoramiento del orientador, observe si en estos alumnos existen efectivamente indicadores de acoso.

3. Realizar entrevistas con aquellos alumnos en los que existen indicadores relacionados de estar victimizado Estas entrevistas pueden ser realizadas por el profesor guía, o por algún miembro del personal docente del Colegio, con el propósito de determinar si se ha producido una situación de acoso o matonismo recurrente y, en caso afirmativo, las circunstancias en las que se produjo y las vivencias que el o la estudiante tiene sobre esos hechos, con el fin de determinar los grados de acoso y la dinámica del mismo.

ACCIONES DIRECTAS DE DETECCIÓN DE ACOSO Primero: establecimiento de garantías y canales de comunicación La primera acción es garantizar y asegurar que el alumnado que está en situación de victimización tenga los canales para poder comunicar estos hechos. Además se debe asegurar que esos canales sean conocidos, tengan la suficiente discreción, seguridad, privacidad y que funcionen. Segundo: La intervención El centro tiene que tener establecido qué se hace cuando sucede un caso de acoso. Todo el personal debe conocer cómo se responde, los pasos que se deben dar y las personas que intervienen. Se deben realizar, al menos las siguientes seis acciones para la intervención: 1. Toda situación conocida de acoso debe ser notificada al profesor o guía o persona establecida para tales efectos en el centro educativo, la cual, hará un reconocimiento de la situación (diagnóstico) y establecerá en primera instancia la gravedad de los hechos (leves o graves). 2. En todos los casos, los hechos o situaciones, se harán del conocimiento de los padres, madres o encargados y de la dirección del centro educativo. 3. De la situación se elaborará, un informe detallado con los datos de los involucrados, edades, situaciones, vivencias, circunstancias, relatos, entre otros. La valoración de si los hechos son leves o graves es fundamental. 4. De acuerdo con las circunstancias detectadas, se establecerá un plan de intervención según el tipo de caso:  Casos leves: ejemplos de intervenciones son llamadas severas de atención, técnicas de resolución de conflictos, reuniones conjuntas con los sujetos y sus familias, sanciones establecidas en el Reglamento de los aprendizajes.  Casos graves: ejemplos de intervenciones son medidas de protección para las víctimas, estrecha coordinación del centro educativo con las familias, medidas extremas como suspensión o cambio del centro educativo, acciones legales para el agresor si proceden, preparación para posibles acciones legales o denuncias contra el centro 5. Se deben aplicar las medidas establecidas en el plan de intervención, considerando las eventuales responsabilidades administrativas o judiciales de los acosadores y la atención psicosocial de las víctimas y acosadores, valorar la evolución de su aplicación y evaluar los resultados de las mismas. Todo el proceso se debe realizar con la mayor confidencialidad y privacidad y evitar la estigmatización de las víctimas. 6. Se debe dar seguimiento a la situación y al plan de intervención.


FASES OPERATIVAS Recibir el reporte de Bullying.

    

Quien reciba el reporte de Bullying debe escucharlo con atención, darle importancia, no hacer conjeturas y no emitir juicios de valor previos. Es importante aclarar, a quien reporta, que la situación de Bullying es considerada como una falta gravísima en nuestro colegio y que debe ser abordada. Pedir a quien reporta, que informe al colegio de cualquier nueva situación de Bullying que se produzca. La persona que reciba el reporte de Bullying deberá atender la situación informar por escrito a coordinación de convivencia, quien será la encargada de liderar el proceso de manejo de Bullying. El coordinador de convivencia a su vez debe asegurarse que el reporte llegue al director de curso, al departamento de Orientación y si el caso lo amerita al comité de convivencia escolar.

1. Investigación del reporte. El docente que reciba el reporte y la coordinación de convivencia deberán, según corresponda, coordinar las entrevistas requeridas para investigar con profundidad el reporte de Bullying. Estas podrán incluir a:      

Víctima de Bullying Alumno (a) o alumnos (as) acusados de Bullying Testigos mencionados como presentes Otros alumnos que no son amigos de ninguno de los involucrados. Curso y/o grupos al interior del curso. Otros.

Las entrevistas se registrarán en las pautas formales de entrevista de cada Nivel. Si luego de las entrevistas iniciales, o de las dinámicas grupales llevadas a cabo, la situación aún no es clara, el coordinador de convivencia y el Departamento de Orientación determinarán las medidas a seguir para continuar el proceso de investigación.


2. Toma de decisiones y acciones. El coordinador de convivencia deberá citar a los padres y/o apoderados de los alumnos y alumnas involucrados, en conjunto con Orientación y/o director de curso para entregar la información recabada, informar sobre las medidas de contención tanto a víctimas como agresores e informar la sanción que se entregará sólo a quienes corresponda. 3. Comunicación de la decisión tomada. Una vez cerrado las fases anteriores, el colegio emitirá un comunicado formal indicando la Resolución del Caso a las familias involucradas. Este puede ser a nivel de Curso, Nivel, Ciclo o Colegio. 4. Seguimiento del Caso. Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la fase anterior, es importante continuar llevando a cabo, a través del departamento de Orientación y Profesor Jefe, un seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse, quedando totalmente erradicada cualquier conducta agresiva. Toda entrevista de seguimiento quedará registrada en actas.

CRITERIOS PARA DETERMINAR LA LEVEDAD O GRAVEDAD DE LA FALTA Son criterios que contribuirán a discernir la procedencia de la clase o tipo de sanción, dependiendo de las circunstancias específicas de cada caso, las siguientes: 2.1. Antecedentes 2.2. Causas, motivos u objetivos de la conducta 2.3. Reiteración de la conducta 2.4. Daño causado 2.5. Consecuencias de la acción u omisión 2.6. Influencia de la acción en los otros estudiantes

3. COMPETENCIAS PARA APLICAR CORRECTIVOS Las autoridades escolares competentes para aplicar correctivos o sanciones son: Las faltas y contravenciones TIPO I de carácter leve es o son de competencia del profesor de la materia y/o del director de curso.


Protocolo para la atención de Situaciones Tipo I. A. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. B. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. Actuación de la cual se dejará constancia. C. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del presente Decreto. 

Las faltas y contravenciones TIPO II son de competencia del coordinador de convivencia y/o el del rector y/o comité de convivencia escolar.

Protocolo para la atención de Situaciones Tipo II. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo II, a que se refiere el numeral 2 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. A. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. B. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. C. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. D. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los demás integrantes de este Comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El Comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto. E. El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. F. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Parágrafo. Cuando el Comité Escolar de Convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del presente Decreto. 

Las faltas y contravenciones TIPO III son de competencia del rector previa pronunciamiento del Consejo Directivo y del comité de convivencia escolar.

Protocolo para la atención de de Situaciones Tipo III. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo III a que se refiere el numeral 3 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. A. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. B. El presidente del Comité Escolar de Convivencia, de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional.


C. No obstante lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia en los términos fijados en el Manual de Convivencia. De la citación se dejará constancia. D. El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que puedan atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. E. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el Comité Escolar de Convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. F. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. G. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del Comité municipal, distrital o departamental de Convivencia Escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

Parágrafo 1. Si en cualquiera de las situaciones a las que hace referencia el artículo 40 del presente Decreto se evidencia una vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes involucrados en el hecho, el Presidente del Comité Escolar de Convivencia deberá poner la situación en conocimiento de la autoridad administrativa competente con los soportes de las acciones previas adelantadas, para que éstas, despues de la verificación pertinente, adopten las medidas a que haya lugar, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 y siguientes de la Ley 1098 de 2006. Lo anterior, sin perjuicio de que el establecimiento educativo continúe con el procedimiento necesario para restablecer el clima escolar.

Parágrafo 2. Para las situaciones constitutivas de presuntos delitos por parte de menores o mayores de edad, las investigaciones, interrogatorios y demás actuaciones serán adelantadas por las autoridades y órganos especializados del sistema de responsabilidad penal de menores o de adultos, según se trate, a fin de evitar vulneración de derechos fundamentales de los involucrados y de incurrir en extralimitación de funciones.

CONSIDERACIONES IMPORTANTES Parágrafo Primero: Aquellas faltas gravísimas tipificadas como delito o contravenciones por la ley colombiana serán tratadas según los procedimientos establecidos en el presente manual y de lo actuado se dará información a los entes competentes para la acción a la que haya lugar (Inspección de policía, comisaría de familia, juez de menores, fiscalía, etc.).

Parágrafo Segundo: En casos en los cuales la conducta del alumno se realice por fuera del recinto escolar, que impliquen faltas gravísimas tipificadas como delito o contravenciones por la ley colombiana, se podrán adoptar las medidas preventivas o cautelares mencionadas en éste Manual y si el hecho resulta en una afectación profunda a la convivencia escolar, podrán adoptarse las medidas disciplinarias que se mencionan en este Capítulo. Se informará a quien corresponda, de las medidas disciplinarias tomadas, pues estas siempre se ajustarán a reglamento y a nuestro Manual de Convivencia. SANCIONES Todo acto de agresión física, verbal o psicológica, realizado por un alumno/a o un grupo de alumnos/as en forma directa, indirecta o a través de medios tecnológicos/informáticos, será considerado como una falta grave. Por lo tanto, teniendo en consideración su comportamiento anterior, podrá/n ser sancionado/s con cualquiera de las siguientes medidas:

Conformación del comité escolar de convivencia.


El comité escolar de convivencia estará conformado por: ./ El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité ./ El personero estudiantil ./ El docente con función de orientación ./ El coordinador cuando exista este cargo ./ El presidente del consejo de padres de familia ./ El presidente del consejo de estudiantes ./ Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

Funciones del comité escolar de convivencia. Son funciones del comité: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculacion de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancia

Responsabilidades de los establecimientos educativos en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación dela violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y Ia que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades: 1) Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la presente Ley. 3) Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.


4) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. 5) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 6) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo. 7) Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes. 8) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 9) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

Responsabilidades del director o rector del establecimiento educativo en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades: l. 1) Liderar el comité ,escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11',12 Y 13 de la presente Ley. 2) Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 3) Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 4) Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

Responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades: 1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la


resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. 4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

Parte de este manual se dio a conocer en resumen ejecutivo ( RAE) al estudiante y padre de familia el día de la matrícula.

SISTEMA DE EVALUACION INSTITUCIONAL DE ESTUDIANTES SIEE

EL RECTOR DEL COLEGIO REMBRANDT

En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley General de Educación, Decreto 1860 de 1994 Y el Decreto 1290 del 16 de Abril de 2009.

DECRETA

ARTICULO 1. OBJETIVO: Reglamentar la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de educación básica, media y educación de jóvenes y adultos del COLEGIO REMBRANDT.

ARTICULO 2. PROPOSITOS. 2.1. Proporcionar información básica para consolidar y reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.2.2. Buscar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y fortalezas en su proceso formativo.2.3 Determinar la promoción de estudiantes, la escala institucional y demás factores que intervienen en la evaluación del aprendizaje académico y formativo. ARTICULO 3. MARCO CONCEPTUAL. 3.1. DENOMINACION. El Sistema de Evaluación del Colegio Rembrandt se denominará EVALUACION DIAGNOSTIA CONTINUA: EVALUAR ES VALORAR, nombre que remarca su principal objeto: trabajar sobre la base del desarrollo de la integralidad del alumno a partir de la construcción y elaboración de sus procesos en una relación de equilibrio con los contenidos curriculares, desapareciendo el concepto de la evaluación como sanción y en la que el docente deberá motivarse para asumir una permanente búsqueda de la integridad en la educación, estableciendo un equilibrio entre proceso y contenido, teoría y práctica, inteligencia, valores y promoción personal. 3.2 CONCEPTO INSTITUCIONAL DE EVALUACION. La evaluación como proceso tiene el sentido de valorar, enjuiciar o emitir un juicio a partir de cierta información obtenida directa o indirectamente de la realidad evaluada. Aplicada al campo de la educación “La evaluación se define como el conjunto de operaciones que tiene por objeto determinar y valorar los logros alcanzados por los alumnos en el proceso de enseñanza-aprendizaje con relación a los objetivos planteados en los programas de estudio”3 En el Colegio Rembrandt, la evaluación tendrá como significado determinar si los objetivos de un proceso han sido logrados , teniendo en cuenta 4 componentes: Un objeto de evaluación, en nuestro caso una persona (el estudiante), que va a ser evaluado; en segundo lugar, se identificará un estándar, un criterio o una norma, contra lo cual el objeto será comparado; en tercer lugar se observará el objeto en alguna forma, en relación con el estándar adoptado. Finalmente, al comparar los atributos del objeto con el criterio o conjunto de criterios, se emitirá un juicio de como el objeto se relaciona con criterios y estándares. Es así que la evaluación tiene como objeto examinar y determinar el estadio de aprendizaje de los estudiantes para reconocer capacidades individuales con base en principios establecidos y luego de evaluados, retroalimentar el proceso, a fin de alcanzar los objetivos. En resumen la evaluación se asume institucionalmente como un proceso dinámico, continuo y sistemático, enfocado hacia los cambios de las conductas y rendimientos, mediante el cual verificamos los logros adquiridos en función de los objetivos propuestos que adquiere sentido en la medida que comprueba la eficacia y posibilita el perfeccionamiento de la acción docente. 3.3 ENFOQUE. Fundamentado en el trabajo de Norbert Wiener, matemático estadounidense considerado el fundador de la cibernética quien llamó sistemas teleológicos a los sistemas cibernéticos cuyo funcionamiento puede describirse como orientado a un fin, el Sistema Institucional de Evaluación del Colegio se propone como un sistema construido y recreado con base en los siguientes lineamientos: Objetivos de la Educación


colombiana, Objetivos Institucionales, Objetivos de Area, Objetivos de grado y asignatura, Objetivos de período, Objetivos específicos de aprendizaje. 3.4. CRITERIOS DE INTERVENCION. Los siguientes son los criterios que se deberán tener en cuenta para la práctica de la evaluación en nuestro plantel: El contexto del estudiante y nuestra Institución. La integración de los diferentes ambientes del alumno para determinar una personalidad total. La observación de los diferentes pasos o etapas que el estudiante sigue para construir los conceptos y resolver los problemas. El desarrollo de facultades que le permitan comprender antes que acumular conocimientos. Aprender a identificar errores para ayudar a corregirlos. Un seguimiento permanente del desempeño del alumno para aplicar oportunamente las acciones de recuperación. No partir de supuestos sino de la situación real del alumno (contexto y conductas de entrada). 3.5. FUNCION DOCENTE. En nuestro Sistema se busca que el trabajo del maestro sea MEDIADOR DE APRENDIZAJES, en donde debe: Ayudar a motivar a los alumnos; Diagnosticar las dificultades y facilidades que tiene el alumno para desarrollar procesos; Orientar al alumno para lograr un mayor aprendizaje ofreciendo una fuente de información en donde se reafirmen los aciertos y se corrijan los errores; Retroalimentar el proceso educativo.; Recopilar datos que le sirvan para mejorar la eficacia y eficiencia de los materiales que se aplican a los alumnos; Cualificar los resultados. 3.6 DEFINICIONES: LOGRO: Siguiendo el enfoque propuesto, la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se determinará de acuerdo a los objetivos establecidos por cada asignatura para cada grado. Estos objetivos deberán materializarse a través de logros. EL LOGRO, es la satisfacción de un objetivo o acercamiento al mismo y se expresará por medio de un enunciado que describa de forma cualitativa, los aspectos más importantes que debe comprender un alumno en el espacio de tiempo de un período. Se establece que hay comprensión cuando un estudiante es capaz de explicar un tópico, demostrarlo, dar ejemplos, generalizar el concepto, establecer analogías y volver a presentarlo y utilizarlo en otros contextos de una manera flexible y creativa. El docente constatará el alcance de los logros por medio de los Desempeños que son las acciones y actitudes que desarrollan y a la vez demuestran la compresión del alumno. Son actividades que exigen de los estudiantes usar sus conocimientos previos de maneras nuevas o en situaciones diferentes para construir la comprensión del tópico que se desarrolla. En los Desempeños de Comprensión, los estudiantes reconfiguran, expanden, extrapolan y aplican lo que ya saben. Además, desafían los prejuicios, los estereotipos y el pensamiento esquemático y rígido de los estudiantes. Los Desempeños de Comprensión ayudan a construir y a demostrar la comprensión de los estudiantes. Aunque el término "desempeño" parece aludir a un acontecimiento final, se refiere en rigor a las actividades de aprendizaje. Estas le brindan tanto al profesor como a los estudiantes la oportunidad de constatar el desarrollo de la comprensión a lo largo del tiempo, en situaciones nuevas y desafiantes. Los desempeños deberán ser diseñados en un número lo suficientemente amplio que permita considerar la mayor cantidad de aspectos posibles tales que evidencien el alcance de la Meta de Comprensión y el desarrollo de la competencia. Deben describir una operación mental, un proceso de pensamiento, una habilidad, una destreza o un nivel de conocimiento. ARTICULO 4. CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION: La evaluación será continua e integral. Valorará obtención de logros, y conocimientos de los educandos en cada uno de los grados de la educación básica primaria, secundaria, media y educación de jóvenes y adultos. Al finalizar el año escolar la comisión de evaluación y promoción de cada grado será la encargada de determinar los estudiantes con áreas perdidas , analizar su historial académico y emitirá un concepto ,que puede incluir sugerencias a los profesores para que opten por nuevas estrategias para la superación de dificultades o que efectivamente el estudiante aún permanece con debilidades en su aprendizaje .Las evaluaciones en cada periodo pueden incluir pruebas macro tales como: SABER, COMPRENDER, PISA , PGC E ICFES, sus resultados pueden ir incluidos en los informes a los padres de familia.

PARÁGRAFO. Los grados jardín y transición se regirán por el decreto 2247, articulo 10 del 1997.

ARTICULO 5. ESCALA DE VALORACION. La escala propuesta a trabajar es, cuantitativa, es decir, numérica con escala de 2 a 10. Insertando hasta un decimal. Se incrementará año a año hasta llegar a 7.0 en el 2012

ESCALA INSTITUCIONAL

ESCALA NACIONAL


Los conceptos básico, alto, superior se refiere al alcance satisfactorio que el estudiante puede tener en cada una de las áreas estipuladas en el P.E.I El concepto bajo se refiere a la no superación de las mismas. El Desempeño Superior se alcanzará en los casos en que el estudiante: demuestra una comprensión sistemática y detallada de los conocimientos y destrezas requeridas y capacidad de aplicarlos en una amplia variedad de situaciones sin prácticamente ningún fallo. Se observa en todo momento capacidad de análisis, síntesis y evaluación, según corresponda; demuestra en todo momento originalidad y creatividad, produciendo siempre trabajo de alta calidad. Manifiesta actitudes y comportamientos que expresan claramente los valores que encarnan el Perfil del Alumno Rembrandtino. El Desempeño Alto se alcanzará si el estudiante demuestra una comprensión sistemática y detallada de los conocimientos y las destrezas requeridas, y capacidad para aplicarlos en una amplia variedad de situaciones; existe una constante evidencia de capacidad de análisis, síntesis y evaluación, donde sea apropiado; si frecuentemente demuestra originalidad e intuición; si se comunica de manera fluida tanto oralmente como en su trabajo escrito y generalmente produce trabajos de buena calidad. El Desempeño Básico se expresará en los casos en que el estudiante demuestra una comprensión aceptable de los conocimientos y las destrezas requeridas, y capacidad para aplicarlos en algunas situaciones. Si existe evidencia de capacidad de análisis, síntesis y evaluación, donde sea apropiado; si ocasionalmente demuestra originalidad y se comunica de manera competente tanto oralmente como en su trabajo escrito produciendo casi siempre trabajos de aceptable calidad. El Desempeño Bajo se emitirá cuando el estudiante muestra limitado entendimiento de conocimientos y destrezas importantes requeridas en la materia y sólo puede aplicarlos con mucho apoyo de su profesor. Si existe poca evidencia de capacidad de análisis, síntesis y evaluación, donde es apropiado. Si el estudiante casi nunca demuestra motivación, interés y esfuerzo por mejorar su proceso de aprendizaje; no se comunica de manera clara tanto oral como en su trabajo escrito y a menudo produce trabajo de baja calidad.

PARÁGRAFO 1. VALOR EN PORCENTAJE A CADA UNO DE LOS PERIODOS. Primer periodo 25 %

Segundo periodo 25 %

Tercer periodo 25 %

Cuarto

Concepto

periodo

Final

25 %

100 %

PARAGRAFO 2. Al finalizar cada uno de los periodos establecidos, se realizará un examen tipo pruebas saber en las asignaturas básicas como son: español, matemáticas, ciencias sociales, ciencias naturales e ingles, cuyo valor será una nota dentro de las establecidas en el periodo.

PARÁGRAFO 3. De acuerdo con lo establecido en el decreto 1290 , los estudiantes participan en una autoevaluación de su desempeño , el resultado de la misma será una de las notas que el profesor consolida en la planilla..

-

PARAGRAFO 4. Los estudiantes de educación de adultos durante el semestre académico en cada asignatura realizarán actividades semipresenciales, complementarias, como: investigaciones, talleres, trabajos, consultas, tutorías, entre otras, que permitirán el cumplimiento de horas mínimas expresadas por el decreto 3011 de 1997. ARTICULO 6. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL: El Consejo Académico establecerá Comisiones de Evaluación y Promoción. Estas comisiones serán los organismos encargados de sugerir estrategias de valoración integral , las cuales incluirán evaluación por logros y competencias , así mismo recogerán aptitudes y actitudes de los estudiantes frente a las asignaturas y serán reconocidas por los docentes en el momento de la evaluación.

ARTICULO 7. COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION. Las Comisiones de Evaluación y Promoción se reunirán al finalizar cada período. Estarán integradas por los directores de curso, el rector o su delegado, un padre de familia por cada curso, un alumno por curso, el (la) psicorientador(a). Las comisiones deben reunirse la semana siguiente a la entrega de reporte académicos a los padres. La comisión tiene por finalidad hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para los estudiantes que presenten dificultades. Las actividades serán descritas en los boletines que sean entregadas a los padres de familia . Es función de la Comisión de Evaluación recomendar estrategias a los docentes cuyas áreas resulten con alto porcentaje de pérdida, como también sugerir acompañamiento a los estudiantes por parte de los padres de familia, orientación psicológica y todas aquellas que permitan la superación del índice de reprobación. PARAGRAFO 1: la comisión de evaluación y promoción citará a los estudiantes con sus respectivos acudientes que hayan obtenido desempeño bajo en tres o más asignaturas. Esta reunión será integrada por coordinación académica, director de curso, docentes de las asignaturas perdidas, los estudiantes y padres citados.


PARAGRAFO 2: Los estudiantes firmarán compromiso académico, al cual se le hará seguimiento por parte de la coordinación y docente de la asignatura.

ARTICULO 8. REPROBACION. Se considera para la repetición de un grado al estudiante que haya obtenido DESEMPEÑO BAJO en tres o más áreas estipuladas en el plan de estudios del Colegio Rembrandt. Igualmente repite el año el estudiante que falte al 25 por ciento o más de las clases programadas en el plan de estudios. PARAGRAFO 1. El estudiante que reprobó el grado, debe matriculase el siguiente año, reiniciando el mismo grado; si demuestra nivel Alto o Superior en las pruebas de suficiencia y resultados académicos del primer periodo, será promovido. (VER ARTICULO 10 DE PROMOCION ANTICIPADA)

PARAGRAFO 2. Se considera que el ciclo 3 y 4 de Educación de Adultos deberá culminarse en su totalidad para poder realizar certificación de los mismos.

ARTICULO 9. RECUPERACIONES. El estudiante que haya obtenido DESEMPEÑO BAJO en una o dos áreas al finalizar el año escolar tendrá dos oportunidades para superar sus debilidades. La primera, será una semana antes de la clausura del año escolar. Si el desempeño bajo continua tendrá la ultima opción una semana antes de iniciar el siguiente año académico, en el cronograma debe aparecer la semana antes de cerrar notas de recuperación.

PARÁGRAFO 1. Antes de terminarse el período cada profesor analiza el desempeño de sus estudiantes y si la situación lo amerita puede plantear plan de mejoramiento e incluir estas notas en el periodo que está finalizando. PARAGRAFO 2: La nota definitiva del periodo no se cambia, salvo que se haya cometido un error al digitar la calificación. La recuperación presentada, el profesor la tendrá en cuenta antes de pasar sus definitivas.

ARTICULO 10. PROMOCION ANTICIPADA. Un estudiante con constante DESEMPEÑO SUPERIOR puede ser promovido al siguiente grado, previo consentimiento del padre de familia. Lo puede hacer durante el primer período del año escolar. Los estudiantes repitentes pueden acudir a esta figura, según artículo 7 del decreto 1290 donde habla de promoción anticipada al iniciar el año escolar. El colegio debe crear estrategias académicas y pedagógicas para hacer seguimiento a los estudiantes que no alcanzaron sus desempeños básicos. El estudiante debe hacer una preparación con rigor y presentar un examen de suficiencia el segundo Viernes del mes de febrero del año siguiente, en las áreas o asignaturas con desempeño bajo del año anterior. El acudiente deberá hacer esta solicitud por escrito dirigido al consejo académico. Si el estudiante no alcanza suficiencia en algunas de las áreas, no se puede acoger a la promoción anticipada. NOTA. Para los estudiantes que soliciten promoción anticipada al terminar el primer bimestre y cumplan los requisitos exigidos, la comisión de evaluación y promoción hará el acta respectiva con las notas que alcance en el primer bimestre y `esta se constituye como certificado oficial del colegio y el estudiante podrá solicitar copia del mismo. El colegio llevará un libro de registro de promociones anticipadas con las respectivas notas y actas ARTICULO 11. ENTREGA DE INFORMES A PADRES DE FAMILIA. Los padres de familia recibirán 5 informes sobre el avance de los estudiantes, se entregarán cada vez que termine los periodos, junto con el cuarto informe se le entregará un quinto informe que incluirá la escala nacional. Este último se constituirá en el certificado de transferencia para otros colegios. En educación de adultos se entregará un solo reporte semestral académico, y al finalizar el ciclo 3 y 4 un informe final que se constituye como certificado escolar.

ARTICULO 12. INSTANCIAS DE RECLAMACION DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES EVALUACION Y PROMOCION.

SOBRE CONCEPTOS DE

Si la reclamación es entre los períodos contemplados se debe hacer con el profesor titular de la asignatura en horario de atención a padres, de no existir respuesta satisfactoria se continuará con el coordinador académico, y si no son resueltas las inquietudes con el rector. Al finalizar el año escolar, la instancia será las Comisión de Evaluación y Promoción que tuvo que ver con el caso.


ARTICULO 13. ORGANISMOS DE CONTROL, APOYO Y SEGUIMIENTO. Corresponde al rector, coordinadores y consejo académico hacer seguimiento para que todos los docentes cumplan con las recomendaciones dadas en las comisiones de evaluación y promoción y a los padres de familia corresponde hacer cumplir al estudiante las recomendaciones dadas por el consejo académico.

ARTICULO 14. DERECHOS DEL ESTUDIANTE: Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales. Conocer el sistema institucional de evaluación desde el comienzo del año. Hacer solicitudes respetuosas y recibir respuestas frente a posibles inconsistencias en su proceso de evaluación. Conocer los resultados de los procesos de evaluación. Recibir asesoría de parte de sus docentes.

ARTICULO 15. DEBERES DEL ESTUDIANTE. Cumplir con todos los compromisos académicos y de convivencia definidos en el manual institucional. Cumplir con las recomendaciones de las comisiones de evaluación y promoción. Presentar en las fechas programadas sus recuperaciones, exámenes y sustentaciones.

ARTICULO 16. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA. Conocer el sistema de evaluación institucional. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes. Recibir los informes periódicos de evaluación. Recibir oportunam ente respuesta a sus inquietudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos. Elegir y ser elegido como representante de la comisión de evaluación y promoción.

ARTICULO 17. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA. Participar en las instancias del gobierno escolar en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar. Realizar seguimiento permanente de sus hijos. Estar en comunicación con los docentes. Proporcionar a los hijos los elementos necesarios para lograr un adecuado rendimiento. Cumplir con las obligaciones administrativas y académicas establecidas en el momento de la matrícula. ARTICULO 18. PLAN DE ESTUDIOS. Es el mismo que aparece en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL. Se constituye como base de la promoción de estudiantes tanto con las áreas fundamentales de ley, más las áreas adoptadas por el colegio en función de énfasis comercial, empresarial y de investigación.

PLAN DE ESTUDIOS SECCION PREESCOLAR ASIGNATURA PREJAR JARDIN TRANSICION DIMENSION COGNITIVA 9 9 9 CIENCIAS NATURALES 4 4 4 MATEMATICAS 4 4 4 INFORMATICA 1 1 1 DIMENSION SOCIO AFECTIVA 4 4 4 CIENCIAS SOCIALES 2 2 2 ETICA Y VALORES 1 1 1 FORMACION RELIGIOSA 1 1 1 DIMENSION CORPORAL 2 2 2 E. FISICA 2 2 2 DIMENSION COMUNICATIVA 8 8 8 LENGUA CASTELLANA 6 6 6 INGLES 2 2 2 MATH 1 1 1 WORK SHOP 0 0 0 SCIENCE 0 0 0 LANGUAJE 1 1 1 DIRECCION DE CURSO 1 1 1

TOTAL 27 12 12 3 12 6 3 3 6 6 24 18 6 3 0 0 3 3

TOTAL

75

25

25

25


ASIGNATURA CIENCIAS N MATEMATICA LENG CAST CIENCIAS SO EDUC RELIG ETICA Y VAL E. FISICA ED. ARTIST INFORMATIC IDIOMA , ING MATH SCIENCE WORKSHOP LANGUAGE DIR. CURSO TOTAL

PLAN DE ESTUDIOS SECCION PRIMARIA PRIMERO SEGUNDO TERCERO CUARTO 4 4 4 4 6 6 6 6 6 6 6 6 3 3 3 3 1 1 1 1 1 1 1 1 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1 1 1 4 4 4 4 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 30 30 30 30

ASIGNATURA

601-602

BIOLOGIA FISICA QUIMICA MATEMATIC GEOMETRIA SOCIALES FILOSOFIA REL-ETICA INGLES ESPAÑOL CONTABIL GESTION INFORMAT METODOL ED. ARTIST E. FISICA CIENCIAS P TOTAL

3X2

3X3

3X3

4X3

1X2 4X2 1X2 4X2

1X3 4X3 1X3 4X3

1X3 4X3 1X3 4X3

1X3 4X3 1X3 4X3

1X2 4X2 5X2 1X2 1X2 1X2

1X3 4X3 5X3 1X3 1X3 1X2

1X3 4X3 5X3 1X3 1X3 2X3

1X3 4X3 4X3 1X3 1X3 2X3

1X2 3X2

1X3 3X3

1X3 2X3

1X3 2X3

30

30

30

30

PLAN DE ESTUDIOS , BACHILLERATO 701-702-703 801-802901-902803. 903

QUINTO 4 6 6 3 1 1 2 2 1 4 1 1 1 1 1 30

TOTAL 20 30 30 15 5 5 10 10 5 20 5 5 5 5 5 150

100110021003

110111021103

3X3 3X3 4X3

3X3 3X3 4X3

2X3 1X3 4X3 4X3 3X3 3X3 2X3

2X3 1X3 4X3 4X3 3X3 3X3 2X3

2X3 1X3 30

2X3 1X3 30

PARAGRAFO ACLARATORIO : OVSEI ( ORIENTACION VOCACIONAL , SEXUAL Y EXAMEN ICFES ) , tendrá lugar dentro del horario , será desarrollada personas idóneas como el orientador , coordinador , profesional y el rector de la institución. Su principal objetivo es hacer un acompañamiento real y efectivo a los estudiantes en los temas relacionados con su proyecto de vida. No es evaluable. ARTICULO 19. REGISTRO ESCOLAR. El Colegio Rembrandt llevará un registro actualizado de estudiantes que contenga: identificación completa del educando, el informe de valoración por grados y el estado de la evaluación que incluya las novedades académicas que surjan. Este registro se hará según la escala nacional propuesta en el artículo 2 de esta resolución

ARTICULO 20. ESTIMULOS. Los estudiantes de grado once que obtengan un puntaje igual o mayor a 60 puntos en las asignaturas evaluadas en las pruebas saber 11 obtendrá el beneficio de aprobar la asignatura en el año escolar. Los estudiantes de otros grados que presenten pruebas de estado obtendrán los mismos beneficios. Los o las estudiantes que ocupen el primer puesto académico dentro de su curso durante el año escolar tendrán derecho a solicitar el (50%) o media beca en pensión para el siguiente año. Los o las estudiantes que ocupen el segundo puesto académico dentro de su curso durante el año escolar tendrán derecho a solicitar el (25%) o un cuarto beca en pensión para el siguiente año. PARAGRAFO ACLARATORIO: todos los estímulos son personales e intransferibles.


ARTICULO 21. GRADUACIÓN Los estudiantes que culminen en el Colegio Rembrandt su educación media, obtendrán el siguiente título: BACHILLER ACADEMICO con énfasis en COMERCIALES. Si es estudiante del programa formación de jóvenes y adultos: BACHILLER ACADEMICO. Los estudiantes que terminen la educación básica secundaria obtendrán el siguiente diploma. CERTIFICACION DE CULMINACION DE ESTUDIOS EN EDUCACION BASICA SECUNDARIA.

PARAGRAFO 1. Para que los alumnos del grado once puedan recibir el título deben estar al día con todos los logros de las áreas del plan de estudios del colegio. Por lo tanto tendrán dos oportunidades de recuperación durante la semana programada por Coordinación Académica antes del acto de clausura y graduación. También es requisito estar a PAZ Y SALVO POR TODO CONCEPTO CON LA INSTITUCION ( pagos, documentación ).

ARTICULO 22. VIGENCIA. El presente sistema de evaluación de estudiantes rige a partir del 1º de febrero de 2014.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Atentamente,

RAMON VILLAMIZAR VILLAMIZAR RECTOR.


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