Estimaciones y Ajuste de Costos de Obra Pública SCT ICIC

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RESUMEN FINAL I. Definición II. Marco legal Se define como estimación la valuación de los trabajos ejecutados en un periodo determinado presentada para autorización de pago, en la cual se aplican los precios, valores o porcentajes establecidos en el contrato en atención a la naturaleza y características del mismo, considerando, en su caso, la amortización de los anticipos, los ajustes de costos, las retenciones económicas, las penas convencionales y las deducciones; así como, la valuación de los conceptos que permitan determinar el monto de los gastos no recuperables.

IB O ID PI A ED SU A D R D EP E R L IC O D IC U C C IÓ

N

En el caso de condición de pago a precio unitario se aplican los precios unitarios a las cantidades de los conceptos de trabajos realizados. Tratándose de contratos a precio alzado, es la valuación de los trabajos realizados en cada actividad de obra conforme a la cédula de avance y al periodo del programa de ejecución, tal y como lo establece el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas en su artículo 2, Fracción XIV

III. Plazo de pago de las estimaciones

PR

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El contratista deberá presentarlas a la residencia de obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de corte para el pago de las estimaciones que hubiere fijado la dependencia o entidad en el contrato, acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago; la residencia de obra para realizar la revisión y autorización de las estimaciones contará con un plazo no mayor de quince días naturales siguientes a su presentación. Las estimaciones deberán pagarse por parte de la dependencia o entidad, bajo su responsabilidad, en un plazo no mayor a veinte días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de la obra de que se trate y que el contratista haya presentado la factura correspondiente.

IV. Forma de pago El importe que resulta de aplicar los precios unitarios a las cantidades de trabajo ejecutadas como pago total por unidad de concepto de trabajo terminado de acuerdo al alcance, especificaciones y demás estipulaciones contenidas en el contrato, será la forma de pago pactada y en el caso de las otras condiciones de pago lo que indique en sus respetivos contratos.

ESTIMACIONES Y AJUSTE DE COSTOS DE OBRA PÚBLICA

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