AMÉRICA LATINA | CARIBE
AMÉRICA LATINA, CARIBE 2025
CIUDAD DE MÉXICO | MARZO 24-26
POST TOUR | MARZO 27-28
MORELOS Y PUEBLA

OPORTUNIDADES DE PATROCINIO Y CONEXIONES COMERCIALES
¿Eres un fabricante o proveedor en busca de expandir tu presencia en América Latina y Caribe?

¿Buscas oportunidades para mostrar tus productos y servicios en un entorno dinámico y profesional?
Participa en el Encuentro IAAPA: América Latina y Caribe 2025 y aprovecha la oportunidad para expandir tu presencia y fortalecer tu marca en la región.
A través de conexiones comerciales o como patrocinador, podrás posicionarte frente a una audiencia clave de tomadores de decisiones en un entorno diseñado para facilitar conexiones de alto valor.
La Ciudad de México, una de las metrópolis más dinámicas y de mayor crecimiento en América Latina, será el escenario perfecto para destacar como líder en la industria.
¿Deseas fortalecer tu presencia en el evento más grande de la industria de parques y atracciones en América Latina y Caribe?
EXHIBIDORES EN LA EDICIÓN 2024 OPINAN:
dijo haber quedado satisfecho.
¿Preguntas?
97%
asegura que su participación ha tenido un impacto positivo en su negocio.
93% participaría en eventos futuros.
CONEXIONES COMERCIALES UNA PLATAFORMA DE OPORTUNIDADES

La modalidad de conexiones comerciales en formato tabletop ofrece un entorno exclusivo que facilita encuentros significativos entre exhibidores y asistentes. En este formato, contaremos con un espacio para presentar tus productos y servicios de manera específica, propiciando conversaciones y conexiones valiosas con tomadores de decisiones y clientes potenciales, lo que permite una experiencia de interacción más personalizada y efectiva, ideal para generar oportunidades comerciales duraderas.
La inversión incluye:
Un espacio tabletop de 2x2 metros con un fondo impreso con gráficos de tu elección, una mesa, dos sillas, un espacio destinado para guardar material y un tomacorriente.
Una entrada al Encuentro con un valor de $690 USD el cual te dará acceso a los tres días.
Un stand virtual en IAAPA Connect+, la aplicación oficial del evento que te permitirá conectar con los asistentes, programar citas, presentar tus productos y servicios y promocionar tu marca antes, durante y después del Encuentro.



24 de marzo
Conferencias y Conexiones
Comerciales
8:00 a.m.-16:30 p.m.
25 de marzo
Conferencias y Conexiones
Comerciales
8:00 a.m.-16:30 p.m.
26 de marzo
Recorridos educativos por distintas instalaciones de la Ciudad de México



CIUDAD DE MÉXICO | MARZO 24-26
Presidente Intercontinental Mexico City





OPORTUNIDADES DE PATROCINIO EN ESPECIE
Tu empresa puede integrarse estratégicamente en el evento. Este tipo de patrocinio te permite asociar tu marca en momentos clave del Encuentro.
Desayuno de líderes
Coffee Break
Evento exclusivo que asocia tu empresa con la excelencia y el liderazgo de la industria.
Tu marca estará presente en todos los lanyards del Encuentro y eventos presenciales educativos del año.
Tu marca estará en uno de los primeros puntos de contacto del evento, con tu logo en cada kit entregado a los asistentes.
Destaca tu marca ante todos los asistentes en un entorno relajado, ideal para networking (disponible 24 y 25 de marzo 2025).
Dos ubicaciones estratégicas en la sección de Conexiones Comerciales donde tu marca estará presente (disponible 24 y 25 de marzo 2025).

EVENTOS A PATROCINAR
Visibilidad en todos los Eventos Educativos y de Conexión de IAAPA América Latina y Caribe. ¡PATROCINA EVENTOS DURANTE TODO EL AÑO!

Eventos Educativos y de Conexión 2025
Chat en vivo: Jóvenes Profesionales
Feb IAAPA Meetup: Punta Cana
May Webinars IAAPA: Higiene y Seguridad
May Foro Global IAAPA: Higiene y Seguridad
Taller IAAPA: Higiene, Seguridad y OperaciónGuatemala
May IAAPA Meetup: Guatemala
Jun IAAPA Meetup: Bogotá
Ago Instituto IAAPA para Profesionales de Atracciones (IAP): Gramado
Sep Foro IAAPA: Recursos Humanos
Sep Foro IAAPA: Sostenibilidad/IDEA
Seleccione el evento (s) apatrocinar
Ago IAAPA Meetup: Gramado Presencial Sep
Taller IAAPA: Parques Acuáticos - São Paulo
Foro IAAPA Centros de Entretenimiento Familiar: México
Dic IAAPA Meetup: Guadalajara
*Su logo se integrará en el registro, comunicaciones digitales y en el sitio del evento. Importante: El programa de eventos está sujeto a cambios. En caso de que se produzcan ajustes, el equipo de IAAPA América Latina, Caribe se encargará de informarte de inmediato con los detalles actualizados. Agradecemos tu comprensión y te pedimos estar atento a nuestras comunicaciones para asegurar que estés al tanto de cualquier cambio relevante.
¿Preguntas?
ENCUENTRO IAAPA:

AMÉRICA LATINA, CARIBE 2025
CIUDAD DE MÉXICO | MARZO 24-26
SÍ, DESEO PATROCINAR
Patrocinio Bronce Patrocinio Oro
Patrocinio en Especie
Patrocinio Platino
Patrocinio Diamante
SÍ, DESEO EXHIBIR
Lanyards Kit de Bienvenida
Desayuno de líderes Almuerzo
Coffee Break
Otro: Seleccione una o más maneras en las que desee patrocinar
Miembro IAAPA No miembro
Indica los números de stand deseados (sujeto a confirmación de IAAPA)
INFORMACIÓN DE CONTACTO
¿Agregar TV 50''? (Costo adicional $240 USD)
Por favor completa este apartado con los datos del responsable del proceso de gestión de tu espacio de conexión o patrocinio.
NOMBRE: EMAIL:
EMPRESA: TELÉFONO:
CATEGORIA DE NEGOCIO:
FORMA DE PAGO
CANTIDAD A PAGAR:
TARJETA DE CRÉDITO
NÚMERO DE TARJETA:
FECHA DE EXPIRACIÓN: CÓDIGO CVV:
NOMBRE EN LA TARJETA: VISA MASTERCARD AMEX DISCOVER
FIRMA AUTORIZADA: CÓDIGO POSTAL:
CHEQUE
EXPEDIDO POR UN BANCO DE LOS EEUU, PAGADERO A IAAPA Y ENVIADO A 4155 WEST TAFT VINELAND ROAD, ORLANDO, FL 32837 EEUU. REF: AR-IAAPA 2025 LAC EXHIBIT-SPONSORSHIP.
TRANSFERENCIA BANCARIA
DEBE INCLUIR UNA COMISIÓN POR TRANSACCIÓN DE US$25. PAGADERA A IAAPA. BANK OF AMERICA, 1501 PENNSYLVANIA AVE., NW. | ABA: 026009593 | SWIFT CODE: BOFAUS3N | PARA ACREDITAR A IAAPA, CUENTA: 0020-866-30597. REF: AR-IAAPA 2025 LAC EXHIBIT-SPONSORSHIP.
POR FAVOR LEE Y FIRMA los Términos y Acuerdo de Exhibición y, si aplica, los Términos y Acuerdos de Patrocinio, y envío con el pago a AKPena@IAAPA.org
¿Preguntas?

TÉRMINOS Y ACUERDOS DE CONEXIONES COMERCIALES
La inversión incluye:
a)Un stand 2x2 metros con un fondo impreso con gráficos de tu elección, una mesa, dos siilas, un espacio destinado para guardar material y un tomacorriente.
b)Una entrada al Encuentro con un valor de $690USD el cual te dará acceso a los tres días.
c)Un stand virtual en IAAPA Connect+, la aplicación oficial del evento que te permitirá conectar con los asistentes, programar citas, presentar tus productos y servicios y promocionar tu marca, antes, durante y después del Encuentro.
TÉRMINOS GENERALES:
a)El enfoque de conexiones comerciales se centra en la interacción personalizada y el intercambio de soluciones innovadoras, permitiendo a los expositores destacar sus productos sin requerir la presencia de equipos o maquinaria.
b)Los Expositores se comprometen a tener su espacio de conexiones comerciales listo y con personal antes de las de las 8:00 a.m. el 24 de marzo y retirarlo después de las 16:00 p.m. el 25 de marzo.
c)Los Expositores que adquieran más de un stand y deseen instalaciones especiales serán responsables del montaje, decoración del stand y costo del mismo. Se dispondrá de una mesa, dos sillas y conexión eléctrica por cada stand de 2x2 metros. También se podrá proporcionar un fondo impreso de 1.90 x 1.12 metros para la pared del stand.
d)Todos los accesorios adicionales y necesidades eléctricas, serán responsabilidad del Expositor.
e)Los Expositores podrán contratar servicios adicionales, tales como monitores directamente con nuestro contratista oficial de servicios.
f)No se proporcionará traducción para realizar negocios en la sala de conexiones comerciales. Los Expositores podrán contratar servicios de traducción con nuestro contratista oficial de servicios. Las conferencias y tendrán interpretación simultánea inglés-español.
ACUERDO:
1.Administración: La Asociación Internacional de Parques de Diversiones y Atracciones (IAAPA), en adelante designado conjuntamente como "El Organizador", llevará a cabo el Encuentro IAAPA: América Latina, Caribe 2025 del 24 al 26 de marzo en Ciudad de México ("El Evento"). Durante el Evento, El Organizador realizará Conexiones Comerciales ("El Encuentro") del 24 al 26 de marzo en el Presidente Intercontinental Mexico City ("Las Instalaciones del Evento") y designará un contratista oficial de servicios para brindar todos los servicios de exhibición a los Expositores ("El Contratista”).
2. Excepciones a las Reglas y Regulaciones: Se pueden otorgar excepciones a ciertas disposiciones de estas Reglas
y Regulaciones a la sola discreción del Organizador cuando se solicite por escrito y el Organizador la reciba antes del 01 de marzo de 2025. El Organizador se reserva el derecho de negar excepciones a su sola discreción.
3. Obligaciones de terceros: El Organizador no tendrá responsabilidad de ningún tipo por lo siguiente:
a.Cumplimiento o incumplimiento por parte de cualquier contratista, incluido el contratista de servicios oficial; b.Cumplimiento o falta de prestación de servicios a los Expositores por parte de la Instalación del Evento.
4. Cancelación del Espacio de Conexiones Comerciales: El Organizador se reserva el derecho de cancelar cualquier reserva no pagada en su totalidad, de arrendar dicho espacio a otro Expositor y de retener como daños y perjuicios los montos ya pagados. El Organizador también se reserva el derecho de rechazar cualquier solicitud o cancelar cualquier Contrato o espacio por cualquier motivo. Si algún Expositor cambia de administración o es comprado por otra empresa, este Contrato se vuelve vinculante para dicha empresa. El Expositor acepta que los pagos o depósitos realizados por el Expositor pueden utilizarse para satisfacer los cargos de cancelación adeudados al Organizador en virtud de este Contrato.
En caso de que un Expositor cancele este Contrato, o no pueda utilizar el espacio a partir del 26 de febrero de 2025, el Organizador retendrá como daños y perjuicios todos los montos pagados por dicho Expositor. Esto incluye las “ausencias” de la empresa que no ocupan espacio de stand contratado en el sitio. Una vez recibida la notificación de cancelación del Expositor, el Organizador no tendrá más obligaciones con el Expositor en virtud de este Contrato. Las cancelaciones realizadas estarán sujetas a un cargo administrativo de:
a)U.S.D $200 Cancelación por escrito o reducción antes del 24 de diciembre 2024.
b)U.S.D $500 Cancelación por escrito o reducción de espacio recibida del 25 de diciembre 2024 hasta el 25 de enero 2025.
c)U.S.D 50% del costo total del espacio para cualquier cancelación o reducción de espacio recibida por escrito del 26 de enero 2025 hasta el 26 de febrero 2025. d)100% del costo total para cualquier cancelación o reducción de espacio después del 26 de febrero 2025.
5. Cancelación o aplazamiento del Evento: Se acuerda mutuamente que, en caso de que el Evento se cancele por cualquier motivo, este Contrato se rescindirá
PÁGINA 1 DE 5 FIRMA:
automáticamente y la administración del Organizador determinará una base equitativa para el reembolso de una parte o todas las tarifas de exhibición.
6. Cumplimiento de las normas y reglamentos: por el presente, el Expositor acepta estar sujeto a todas las normas y reglamentos del Organizador y de las instalaciones del Evento que se describen aquí, en la Guía para el Expositor, y cualquier norma, reglamento e información adicional que puedan adoptar el Organizador o el Evento. Instalaciones: El Expositor también acepta adherirse y estar sujeto a (i) todos los códigos y reglamentos aplicables contra incendios, servicios públicos y construcción de las Instalaciones del Evento; (ii) cualquier regla o regulación de dicha Instalación de Eventos; (iii) los términos de todos los arrendamientos y acuerdos entre el Organizador y los gerentes o propietarios de las instalaciones del Evento; (iv) los términos de cualquiera y todos los arrendamientos y acuerdos entre el Organizador y cualquier otra parte relacionada con el Evento; y (v) todas las leyes, códigos, ordenanzas y normas federales, estatales y locales. El Expositor no deberá, ni permitirá que otros lo hagan, hacer nada en su espacio de exhibición ni hacer nada en las instalaciones del Evento que cause una diferencia en las condiciones de las aprobadas previamente por las compañías de seguros del Organizador, los propietarios o administradores del Evento, o instalaciones que de alguna manera aumenten las primas pagaderas por cualquiera de dichas partes. El Expositor será responsable del aumento que resulte de la violación de esta sección. El Organizador no interpretará leyes, reglamentos y ordenanzas para ningún Expositor.
7. Políticas específicas:
a.Todos los Expositores deben cumplir con todas las normas y reglamentos relacionados con las exhibiciones y los productos, como se describe en los Términos Generales al inicio de este documento.
b.La actividad de exhibición o la solicitud de negocios por parte de cualquier empresa o persona no expositora en el área de Exhibición bajo Contrato del Organizador durante el Evento está estrictamente prohibida.
c.El Expositor acepta mantener la exhibición intacta y con el personal adecuado durante el horario del Encuentro.
d.El desmantelamiento anticipado del espacio del stand está estrictamente prohibido.
e.No se permite la venta de bienes en efectivo ni las ventas al menudeo en los stands de exhibición o en las instalaciones del Evento.
f.El Organizador se reservan el derecho, a su exclusivo criterio, de prohibir o cerrar cualquier exhibición o actividad debido a ruidos, olores u otras características perturbadoras que puedan ser ofensivas para otros Expositores o asistentes. Además, este derecho discrecional del Organizador se aplica a cualquier demostración o actividad de cualquier Expositor que resulte en la obstrucción de la línea de visión del stand y/o el acceso al stand de un Expositor cercano por parte de los asistentes/compradores o Expositores.
g.Ningún Expositor puede ceder, subarrendar o prorratear la totalidad o una parte del espacio asignado o exhibir cualquier producto que no sea el fabricado o vendido en el curso normal del negocio por el Expositor.
h.Una empresa Expositora puede promocionar el producto/ servicio de una empresa de terceros en su stand si es al menos un accionista minoritario en el producto/servicio de la empresa de terceros o es un distribuidor de la empresa de terceros. Solo el producto/servicio de terceros puede promocionarse en el stand y no puede ser el único producto/ servicio que se promociona. El nombre/logotipo de la empresa de terceros no se puede mostrar como Expositor.
i.Se prohíbe a los Expositores realizar una actividad de exhibición en cualquier espacio distinto al contratado.
j.“Suitcasing”. Tenga en cuenta que, si bien todos los asistentes al Evento están invitados a la exhibición, se les pedirá a los asistentes que se observe que solicitan negocios en el área de Expo u otros espacios públicos o en el stand de otra empresa que devuelvan sus credenciales y abandonen el Evento de inmediato. Los infractores no podrán regresar y no se realizarán reembolsos. Pueden aplicarse sanciones adicionales. El Organizador solicita que tanto los asistentes como los Expositores informen cualquier violación que puedan observar al personal del Organizador.
k.“Outboarding”. Outboarding se define como Eventos de marketing, ventas y hospitalidad realizados por Expositores y otros que aprovechan la presencia de compradores y/o vendedores que asisten al Evento original sin notificar previamente al organizador original del Evento y finalizar un acuerdo que beneficie a ambas partes. Esta práctica se considera poco ética. Incluye prácticas tales como “coincidencia”, “acompañamiento”, ubicación conjunta de Eventos y Eventos de hospitalidad a gran escala, particularmente durante el horario del Evento.
l.Los materiales impresos del Expositor, incluidas las publicaciones comerciales, solo pueden distribuirse desde el stand de un Expositor y no pueden aparecer en ningún otro espacio público de las instalaciones del Evento o de los hoteles contratados por El Organizador. Ciertas oportunidades de patrocinio están exentas de esta regla.
m.Los Expositores son responsables de cualquier daño causado por ellos o sus empleados en el Espacio de Exhibición o en cualquier otra instalación o equipos relacionados con el Evento.
n. El stand debe instalarse a más tardar a las 6:00 p.m. hora local de Ciudad de México el 23 de marzo de 2025
o.El Expositor garantiza y declara que su exhibición y todos los materiales relacionados incluidos, entre otros, fotografías, materiales escritos y modelos de exhibición (colectivamente, la “Exhibición”), no violan ningún derecho de propiedad o personal de otros (incluidos, entre otros, derechos de autor, patentes o derechos de privacidad); que la Exhibición constituye el trabajo o propiedad original del Expositor, o que el Expositor tiene permiso del propietario legítimo para usar dicho trabajo o propiedad. El Expositor acepta indemnizar y eximir de responsabilidad al Organizador, sus funcionarios, directores, miembros, cesionarios y agentes, de y contra todos y cada uno de los reclamos, acciones, pérdidas, demandas, costos, honorarios de abogados y todos los demás gastos relacionados o incidentales a, o que surja directa o indirectamente de
PÁGINA 2 DE 5 FIRMA:
la inexactitud o el incumplimiento de cualquiera de las garantías y representaciones contenidas en esta Sección.
8. Protección de datos:
a.A los efectos de este Acuerdo, los siguientes términos tendrán los siguientes significados:
i. “Legislación de Privacidad” hace referencia a todas las leyes y reglamentos, incluidos (sin limitación) las leyes y reglamentos de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y sus estados miembros, que son aplicables al procesamiento de Datos personales en virtud de este Acuerdo, incluidos (sin limitación) el Reglamento General de Protección de Datos de la UE (2016/679) (“GDPR”); y
ii. “Controlador de datos”, “Sujetos de Datos” y “Datos Personales” tienen cada uno los significados que se les otorgan en el RGPD.
b.Las partes reconocen y acuerdan que cada parte será un Controlador de datos independiente con respecto a los Datos personales recibidos de la otra parte y procesados en relación con este Acuerdo y cada parte será responsable de su cumplimiento con la Legislación de Privacidad. Las partes procesarán los Datos Personales recibidos de la otra parte de acuerdo con su aviso de privacidad aplicable y la Legislación de Privacidad.
c.En caso de que el Expositor transfiera Datos Personales al Organizador, el Expositor declara y garantiza que (i) los Datos Personales han sido recopilados en estricto cumplimiento de la Legislación de Privacidad aplicable; (ii) ha notificado debidamente a los Interesados que sus Datos Personales pueden transferirse a terceros, incluidos El Organizador; y (iii) el Expositor tiene todos los derechos necesarios para transferir los Datos Personales al Organizador y dicha transferencia de los Datos Personales es y será de conformidad con la Legislación de Privacidad aplicable.
d.En la medida en que El Organizador procese Datos personales en un territorio fuera del Espacio Económico Europeo que no brinde una protección adecuada para los Datos Personales (según lo determinado por la Legislación de privacidad aplicable), las partes celebran las Cláusulas contractuales estándar (transferencias de controlador a controlador) según lo aprobado por la Comisión Europea el 27 de diciembre de 2004, enmendado, reemplazado o reemplazado ocasionalmente (“SCC”), que se incorporan por referencia y forman parte integral de este Acuerdo, con respecto a cualquier transferencia de Datos Personales del Exhibidor (como “exportador de datos”) al Organizador (como “importador de datos”) donde dicha transferencia estaría prohibida por la Legislación de Privacidad aplicable (o por los términos de los acuerdos de transferencia de datos establecidos para abordar las restricciones de transferencia de datos de la Legislación de Privacidad aplicable) en ausencia de SCC. Con respecto al Artículo II (h) de los SCC, El Organizador procesará los Datos personales de acuerdo con los principios de procesamiento de datos establecidos en el Anexo A a los SCC. Los SCC entrarán
en vigor al comienzo de una transferencia relevante como se describe en este punto.
e.El Expositor acepta y reconoce que cualquier dato que no sea información personal, que El Organizador haya obtenido del Expositor, puede compartirse y transferirse libremente al Organizador y a los afiliados del Organizador y a cualquier tercero con fines comerciales, a menos que el Expositor haya especificado lo contrario por escrito indicando qué datos no pueden ser compartidos o transferidos.
f.El Expositor reconoce y acepta que su uso del servicio de acceso a Internet y Wi-Fi provisto por la Instalación del Evento deberá cumplir con los términos y condiciones de uso aplicables y que se abstendrá de enviar o recibir cualquier mensaje, dato, archivo, contenido o señal que infrinja la ley y el orden, la moral común, la legislación sobre infracciones de prensa, la Legislación de Privacidad aplicable, la ley de protección de derechos de autor en Internet, las leyes de protección de menores, los secretos comerciales, la correspondencia privada o la información privada en Internet.
g.El Expositor entiende y reconoce expresamente que ha sido informado de sus derechos, y los de cualquier tercero usuario que inicie sesión y utilice el servicio de acceso a Internet y Wi-Fi proporcionado por la Instalación del Evento, para acceder, modificar, eliminar u oponerse al procesamiento de Datos Personales. Los datos y la transmisión de los mismos a cualquier tercero se ejercerán de conformidad con la Legislación de Privacidad aplicable y la legislación aplicable en los Estados Unidos de América.
9. Responsabilidad, exoneración de responsabilidad e indemnización: el Expositor acepta que ni la Instalación del Evento ni El Organizador serán responsables de ningún reclamo, pérdida, daño, muerte, lesión o responsabilidad que pueda sufrir cualquier persona que se encuentre en las instalaciones arrendadas por o asignado al Expositor, (incluyendo pero no limitado a) cualquier agente, empleado, representante o invitado del Expositor, o cualquier otra persona o entidad.
El Expositor acepta que eximirá de responsabilidad e indemnizará a la Instalación del Evento y al Organizador por cualquier reclamo, incluidos los reclamos por infracción de terceros, pérdidas, daños, muerte, lesiones o responsabilidad de cualquier tipo (incluidos, entre otros, los honorarios y costos razonables de abogados), ya sea a la propiedad, persona o de otro modo, que surja en su totalidad o en parte de las omisiones o mala conducta deliberada o incumplimiento de este Contrato por parte del Expositor, o sus agentes, empleados, representantes, invitados o personal relacionado con las operaciones del Expositor bajo este Contrato.
En ningún caso, el Organizador será responsables ante el Expositor, ya sea por Contrato o agravio, por cualquier monto que exceda la tarifa de alquiler del espacio de exhibición en relación con cualquier daño, incluida la pérdida de ganancias, que surja de o esté relacionado con el Evento, el alquiler del espacio de exhibición, la conducta
PÁGINA 3 DE 5 FIRMA:
del Organizador, cualquier incumplimiento de este Contrato, o cualquier otro acto, omisión o suceso. En ningún caso el Organizador será responsable, ya sea por Contrato o agravio, por daños o premios indirectos, consecuentes, ejemplares, punitivos o especiales.
10.Obligaciones al final de la licencia: al final del período de la licencia (el período de la licencia será desde las 8:00 a.m. del 24 de marzo hasta las 5:00 p.m. del 26 de marzo del 2025), el Expositor deberá desalojar las instalaciones del Evento y devolver el equipo en las mismas condiciones y reparación que se le entregó originalmente al Expositor, excepto por el desgaste normal. En el caso de que las instalaciones del Evento no estén desocupadas, entonces el Organizador está autorizado, a expensas del Expositor, a retirar y almacenar o devolver al Expositor, a menos que la falla del Expositor se deba a un Evento fuera del control de Expositor tales como huelgas o casos fortuitos, considerándola como propiedad abandonada y descartada y disponer de todos los bienes, artículos, mercancías y propiedad del Expositor.
El Organizador no será responsables de ningún daño o pérdida de dichos bienes, artículos o mercancías que puedan sufrir en el curso de dicha remoción, o en el curso del tránsito, o en virtud de la disposición de la propiedad por parte del Organizador. Por la presente, el Expositor libera expresamente al Organizador y/o a las Instalaciones del Evento de tales reclamos por daños de cualquier tipo o naturaleza.
11.Seguridad: Ni el Organizador ni las Instalaciones del Evento serán de ninguna manera responsables por la pérdida o desaparición de cualquier objeto, artículo, bien o materiales de cualquier tipo, del espacio del stand del Expositor o de las Instalaciones del Evento, excepto por tal pérdida o desaparición como consecuencia de un hurto doloso cometido por los empleados del Organizador o del Salón del Evento. El Organizador y las Instalaciones del Evento brindan ciertos servicios de seguridad, incluido el asesoramiento sobre medidas de seguridad, para conveniencia de los Expositores, pero la responsabilidad por la seguridad del área, el producto y la propiedad de un Expositor recae únicamente en el Expositor.
12.Varios: Las normas y reglamentos anteriores se consideran parte esencial de este Contrato. El incumplimiento material de cualquiera de ellos se considerará un incumplimiento del Contrato que faculta al Organizador a cancelar inmediatamente el Contrato del Expositor. Tras la cancelación, el Organizador puede tomar posesión del espacio del Expositor, retirar a todas las personas y propiedades del Expositor y responsabilizar al Expositor por todos los gastos de riesgo incurridos en dicha remoción. El Organizador se reserva el derecho de realizar los cambios necesarios para el mejor interés del Evento.
13.Política de Cumplimiento de la PI: En un esfuerzo por garantizar que cualquier reclamo o disputa de los Expositores en el Evento (o en el período de tiempo anterior al Evento) se manejen de manera no disruptiva, el Organizador acuerda proporcionar a todos los Expositores en el Evento los servicios de un mediador de propiedad intelectual (“Mediador de PI”). En el Evento y en el período
de tiempo previo al Evento, el Mediador de PI brindará asistencia a los Expositores al evaluar posibles reclamos por infracción de propiedad intelectual y trabajará en estrecha colaboración con el Organizador para emitir Sanciones (como se define a continuación), si es necesario.
El Expositor entiende y acepta que el Mediador de PI es una parte neutral contratada para mediar y resolver disputas entre Expositores relacionadas con la propiedad intelectual olos derechos de propiedad, así como cualquier violación de las Reglas. El Expositor comprende y acepta que todas las decisiones tomadas por el mediador de PI son definitivas y no estarán sujetas a apelación o impugnación.
El Expositor entiende y acepta que, en el Evento y en el período de tiempo previo al Evento, cualquier Expositor (“Expositor Reclamante”) puede presentar ante el Mediador de PI una queja contra cualquier otro Expositor (“Expositor Defensor”), que después de una investigación puede resultar en Sanciones por parte del Mediador de PI o el Organizador en el Evento. La evaluación de dicha queja por parte del Mediador de PI será gratuita para el Expositor que presenta la queja. El Expositor entiende y acepta que la acción o las sanciones de ejecución (“Sanciones”) serán emitidas por el Mediador de PI y/o el Organizador a su exclusivo criterio y pueden incluir, entre otros: (i) la eliminación de cualquier artículo, producto, catálogo, fotografía o imagen (ya sea en formato digital o impreso), material, URL, producto o dispositivo (“Contenido del Expositor”); (ii) el cierre del stand de un Expositor en el Evento; (iii) restricciones de acceso o servicios prestados por el Organizador; (iv) pérdida de membresía del Organizador; o (v) una prohibición de cualquier espectáculo o Evento futuro.
El Expositor entiende y acepta que cualquier determinación por parte del Mediador de PI y/o el Organizador de emitir cualquier Sanción no es una determinación legal de que se haya producido una infracción o violación de la propiedad intelectual; en su lugar, se emitirán Sanciones (i) para hacer cumplir las reglas y pautas en el Evento, incluidas las Reglas; (ii) cuando el Mediador de PI cree que la exhibición de cualquier Contenido del Expositor está potencialmente infringiendo la propiedad intelectual o los derechos de propiedad de otro Expositor; o
(iii)cuando el Mediador de PI y/o el Organizador crean que la exhibición de cualquier Contenido del Expositor es perjudicial para el Evento.
A cambio de que se le permita exhibir en el Evento y también por los servicios descritos anteriormente, el Expositor acepta lo siguiente:
a.Que el Organizador no son responsables de ningún reclamo o violación reconocida de la propiedad intelectual o los derechos de propiedad del Expositor, incluidos los reclamos por infracción de marca registrada, derechos de autor o patente o cualquier reclamo de falsificación u otras violaciones de los derechos de propiedad.
b.Que el Expositor cumplirá con todas y cada una de las leyes, normas o directrices de propiedad intelectual,
PÁGINA 4 DE 5 FIRMA:
incluidas las Normas, ya sean impuestas por las leyes nacionales o locales o por el Organizador como parte de su propiedad y/o gestión del Evento.
c.Que el Mediador de PI y el Organizador no tienen la obligación de hacer cumplir o actuar en nombre del Expositor y que tanto el Mediador de PI como el Organizador pueden, a su exclusivo criterio, determinar si emitir Sanciones o tomar alguna medida en cualquier caso, dependiendo de la hechos presentados por el Expositor Demandante. Nada de lo aquí dispuesto obliga al Mediador de PI o al Organizador a tomar medidas o emitir Sanciones.
d.No exhibir Contenido del Expositor que viole o viole potencialmente la propiedad intelectual o los derechos de propiedad de otro Expositor en el Evento o que de alguna otra manera sea perjudicial para otro Expositor. Por la presente, el Expositor también acepta que el Organizador y/o su Mediador de PI pueden determinar, a su exclusivo y completo criterio, si emiten las Sanciones descritas en este documento.
e.Cumplir con cualquier Sanción emitida por el Mediador de PI y/o el Organizador. El Expositor comprende además que su negativa a cumplir con cualquier Sanción emitida puede resultar en una acción adicional por parte del Organizador, que puede incluir la emisión de Sanciones adicionales u otra acción según lo determinen el Organizador a su entera discreción.
f.Que el incumplimiento por parte del Expositor de cualquier Sanción impuesta por el Mediador de PI y/o el Organizador puede dar lugar a Sanciones adicionales impuestas por el Organizador.
g.Que cualquier reclamo de infracción realizado al Mediador de PI o el Organizador se realizará con la intención de buena fe de hacer cumplir la propiedad intelectual o los derechos de propiedad intelectual propios o licenciados, y no únicamente en un esfuerzo por interrumpir o afectar la capacidad de operar de otra parte.
h.EL EXPOSITOR ACEPTA EXONERAR Y EXIMIR DE RESPONSABILIDAD Al Organizador, EL MEDIADOR DE PI Y SUS AGENTES, CONTRATISTAS Y PROVEEDORES DE SERVICIOS (COLECTIVAMENTE, LAS “PARTES EXONERADAS”) POR CUALQUIER RECLAMO, DEMANDA O RESPONSABILIDAD RELACIONADA CON: (i) UN RECLAMO O DETERMINACIÓN PRODUCIDO POR UNA VIOLACIÓN DE LAS REGLAS; (ii)UNA RECLAMACIÓN O DETERMINACIÓN DE QUE CUALQUIER CONTENIDO DEL EXPOSITOR ESTÁ INFRINGIENDO, POTENCIALMENTE INFRINGIENDO O DE CUALQUIER OTRA MANERA INTERRUMPE EL EVENTO; O (iii) CUALQUIER OTRA RECLAMACIÓN O DETERMINACIÓN EMITIDA POR EL MEDIADOR DE PI, SU AGENTE O CONTRATISTA, O El Organizador RELACIONADA CON LA ACTIVIDAD EN EL EVENTO. PARA SER CLAROS, DICHA LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD INCLUYE CUALQUIER RECLAMACIÓN DE TRAZO COMERCIAL, DIFAMACIÓN, COMPETENCIA DESLEAL O NEGLIGENCIA RELACIONADA CON CUALQUIER DETERMINACIÓN REALIZADA EN EL EVENTO POR LAS PARTES EXONERADAS.
i.Para indemnizar, eximir de responsabilidad y defender a las Partes exoneradas de cualquier reclamo, pérdida, daño o responsabilidad que pueda resultar de la aplicación de esta Política de aplicación de la
propiedad intelectual por parte del Organizador o el Mediador de PI.
j.Que aceptará y no intentará impugnar, modificar o revocar cualquier resolución tomada por el Mediador de PI o el Organizador, incluida la emisión de cualquier Sanción.
14.Divisibilidad. Si alguna disposición de las Reglas se considera ilegal, inválida o inaplicable según las leyes presentes o futuras, dicha disposición será completamente divisible y las Reglas se interpretarán y aplicarán como si dicha disposición ilegal, inválida o inaplicable nunca hubiera formado parte de las Reglas. Las disposiciones restantes de las Reglas permanecerán en pleno vigor y efecto y no se verán afectadas por la disposición ilegal, inválida o inaplicable.
15.Disputas. El Expositor acepta que la jurisdicción exclusiva para cualquier disputa, reclamo o demanda relacionada de alguna manera con la aplicación o interpretación de las Reglas se decidirá mediante arbitraje vinculante. Específicamente, todas las disputas entre el Expositor y el Organizador se someterán a Judicial Arbitration and Mediation Services, Inc. (“JAMS”) para arbitraje vinculante según sus reglas vigentes en el área de Orlando, Florida, EE. UU., ante un árbitro, para ser mutuamente acordado por ambas partes. Las partes acuerdan compartir equitativamente los costos de arbitraje incurridos. Es la intención de las partes que todas las cuestiones con respecto a la construcción y aplicación de las Reglas y los derechos y responsabilidades de las partes del presente se determinen de acuerdo con las leyes del Estado de Florida, EE. UU.
16.Pautas de salud y seguridad: todos los asistentes y Expositores deben cumplir con las Pautas de salud y seguridad del Organizador que se distribuirán al menos 30 días antes del Evento. Las Pautas de salud y seguridad incluirán elementos como la densidad de la multitud y la cabina, el distanciamiento físico, la temperatura y/o la detección de COVID-19, los requisitos para cubrirse la cara, etc.
El Organizador se presentará ante Judicial Arbitration and Mediation Services, Inc. (“JAMS”) para un arbitraje vinculante según sus reglas vigentes en el área de Orlando, Florida, EE. UU., ante un árbitro que ambas partes acordarán mutuamente. Las partes acuerdan compartir equitativamente los costos de arbitraje incurridos. Es la intención de las partes que todas las cuestiones con respecto a la interpretación y cumplimiento de este Contrato y los derechos y responsabilidades de las partes del mismo se determinen de conformidad con las leyes del Estado de Florida, en los Estados Unidos.
He leído y estoy de acuerdo con los términos y condiciones anteriores.
NOMBRE:
FECHA:
FIRMA:

TÉRMINOS
Y ACUERDOS DE PATROCINIOS
INCLUSIONES DEL PATROCINIO:
a)El Patrocinio Diamante incluye 2 entradas al Encuentro, 3 cupones de descuento para clientes e invitados no miembros a IAAPA, un stand de 2x2, una charla de soluciones de máximo 10 minutos, patrocinio de todos los eventos educativos del año, logo en email de registro, información de tu empresa en email pre y post Encuentro, reconocimiento en pantalla o en vivo por el maestro de ceremonia, stand virtual en IAAPA Connect+, logo en promociones previas al evento y logo en comunicación en sitio.
b)El Patrocinio Platino incluye 2 entradas al Encuentro, 3 cupones de descuento para clientes e invitados no miembros a IAAPA, 25% de descuento al adquirir un stand, una charla de soluciones de máximo 10 minutos, patrocinio de 3 eventos educativos del año, logo en email de registro, información de tu empresa en email pre Encuentro, reconocimiento en pantalla o en vivo por el maestro de ceremonia, stand virtual en IAAPA Connect+, logo en promociones previas al evento y logo en comunicación en sitio.
c)Patrocinio Oro incluye 1 entrada al Encuentro, 2 cupones de descuento para clientes e invitados no miembros a IAAPA, 25% de descuento al adquirir un stand, video promocional de 30 segundos en el evento, patrocinio de 2 eventos educativos del año, reconocimiento en pantalla o en vivo por el maestro de ceremonia, stand virtual en IAAPA Connect+, logo en promociones previas al evento y logo en comunicación en sitio.
d)Patrocinio Broce incluye 1 entrada al Encuentro, 2 cupones de descuento para clientes e invitados no miembros a IAAPA, 25% de descuento al adquirir un stand, patrocinio de 1 evento educativo del año, stand virtual en IAAPA Connect+, logo en promociones previas al evento y logo en comunicación en sitio.
e)Los beneficios del Patrocinio en Especie se determinarán en función de la contribución.
* Las Charlas sobre Soluciones (Solutions Talk) es una oportunidad de hablar educativamente de 10 minutos en la sala de conferencias principal. Alternativamente, los Patrocinadores pueden enviar un vídeo pregrabado de 5 minutos.
ACUERDO:
1.Administración: La Asociación Internacional de Parques de Diversiones y Atracciones (IAAPA), en adelante designado conjuntamente como "El Organizador", llevará a cabo el Encuentro IAAPA: América Latina, Caribe 2025 del 24 al 26 de marzo en Ciudad de México ("El Evento") en el Presidente Intercontinental Mexico City ("Las Instalaciones del Evento”).
2. Cualquier persona que desee patrocinar debe presentar una solicitud mediante la presentación de este Contrato al equipo del Organizador.
3. Cancelación: El Organizador se reserva el derecho de
cancelar cualquier Contrato no pagado en su totalidad, y de retener como daños y perjuicios las cantidades ya pagadas. El Patrocinador acepta que los pagos o depósitos realizados pueden utilizarse para satisfacer cualquier tarifa de cancelación adeudada al Organizador en virtud de este Contrato.
En caso de que un Patrocinador cancele este Contrato o no pueda participar, el Patrocinador pagará como daños y perjuicios la cantidad que se establece a continuación. Una vez recibida la notificación de cancelación del Patrocinador, el Organizador no tendrá más obligaciones con el Patrocinador en virtud de este Contrato.
Plazos de cancelación y daños liquidados:
En caso de que que el Patrocinador cancele este Contrato, El Organizador retendrá como daños liquidados el 100% de los honorarios totales pagaderos bajo este Acuerdo. El Patrocinador acepta que los pagos o depósitos realizados por el Patrocinador pueden ser utilizados para satisfacer cualquier gasto de cancelación debidos a El Organizador bajo este Acuerdo. Al recibir aviso de cancelación del Patrocinador, El Organizador no tendrá más obligaciones hacia el Patrocinador bajo este Acuerdo.
4. Cancelación o aplazamiento de Eventos: El Organizador puede cancelar el Evento por cualquier motivo a su exclusivo criterio. Si el Evento se cancela por cualquier motivo, entonces este Contrato se rescindirá automáticamente y el Organizador reembolsará los montos pagados en virtud del Contrato a cada Patrocinador, menos cualquier tarifa por los servicios ya prestados. El Organizador puede posponer el Evento por cualquier motivo, y el Patrocinador reconoce y acepta que, en tal caso, el Contrato permanecerá en pleno vigor y efecto para las nuevas fechas del Evento.
5. Cumplimiento de las reglas y regulaciones: el Patrocinador acepta estar sujeto a todas las reglas y regulaciones del Organizador (las “Reglas”) descritas aquí, y cualquier regla, regulación e información adicional que pueda adoptar el Organizador.
6. Políticas específicas:
a.Cualquier información, declaración, opinión, otro contenido digital o enlaces a sitios web de terceros de un Patrocinador, Conferencista u otro asistente al Evento en la Plataforma pertenecen a los respectivos autores y no al Organizador. El Organizador no garantiza la validez, exactitud, veracidad, integridad, confiabilidad o utilidad de cualquier información, declaración, opinión, otro contenido digital o enlaces a sitios web de terceros en la Plataforma que no sean de un representante autorizado del
PÁGINA 1 DE 3 FIRMA:
Organizador que actúe en su nombre o capacidad oficial. Bajo ninguna circunstancia el Organizador será responsable de ninguna pérdida o daño causado, directa o indirectamente, por confiar en dicho contenido de terceros.
b.El Organizador se reserva el derecho de prohibir y evitar la asistencia, participación o registro de cualquier individuo o empresa por cualquier motivo a discreción exclusiva del Organizador. El Organizador no necesita revelar o describir los motivos de su decisión de hacerlo.
7.Protección de datos:
a.A los efectos de esta Sección, los siguientes términos tendrán los siguientes significados: (i) “Legislación de Privacidad” significa todas las leyes y reglamentos, incluidas (sin limitación) las leyes y reglamentos de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y sus países miembros, que son aplicables al procesamiento de Datos personales en virtud de este Contrato, incluido (sin limitación) el Reglamento general de protección de datos de la UE (2016/679) (“GDPR”); y (ii) “Controlador de datos”, “Sujeto(s) de datos” y “Datos personales” cada uno tiene el significado que se les otorga en el RGPD.
b.Tanto el Organizador como el Patrocinador reconocen y aceptan que cada parte será un Controlador de datos separado con respecto a los Datos personales recibidos de la otra parte y procesados en relación con este Contrato y cada parte será responsable de su cumplimiento con la Legislación de privacidad. Ambas partes procesarán los Datos personales recibidos de la otra parte de acuerdo con su aviso de privacidad aplicable y la Legislación de privacidad.
c.En caso de que el Patrocinador transfiera Datos Personales al Organizador, el Patrocinador declara, garantiza que (i) los Datos Personales han sido recopilados en estricto cumplimiento de la Legislación de Privacidad; (ii) ha notificado debidamente a los Interesados que sus Datos personales pueden transferirse a terceros, incluida el Organizador y (iii) el Patrocinador tiene todos los derechos necesarios para transferir los Datos personales al Organizador y dicha transferencia de los Datos personales es y deberá estar en conformidad con la Legislación de Privacidad aplicable.
d.El Patrocinador acepta y reconoce que cualquier dato que no sean Datos Personales, que el Organizador haya obtenido del Patrocinador, puede compartirse y transferirse libremente al Organizador y a los afiliados del Organizador y a cualquier tercero con fines comerciales, a menos que el Patrocinador haya especificado lo contrario por escrito indicando qué datos no pueden ser compartidos o transferidos.
e.El Patrocinador reconoce y acepta que su uso de la plataforma se hará de conformidad con los términos y condiciones de uso aplicables y que se abstendrá de enviar o recibir cualquier mensaje, dato, archivo, contenido oseñal que infrinja la ley y el orden, la moral, legislación sobre infracciones de prensa, legislación de privacidad aplicable, ley de protección de derechos de autor en Internet, leyes de protección de menores, secretos comerciales, correspondencia privada o información privada en Internet.
f.El Patrocinador entiende y reconoce expresamente que ha sido informado de que sus derechos, y los de los usuarios de terceros que inician sesión y utilizan el servicio, para acceder, modificar, eliminar u oponerse al procesamiento de Datos Personales y a la transmisión de los mismos a cualquier tercera parte, se ejercerá de conformidad con la
Legislación de Privacidad aplicable y la legislación aplicable en los Estados Unidos de América.
8.Limitación de responsabilidad: El Organizador no será responsable de ningún daño de ningún tipo que surja o se relacione con el uso o la imposibilidad de usar la Plataforma, el contenido de la Plataforma o los enlaces, incluidos, entre otros, los daños causados por o relacionados con errores, omisiones, interrupciones, defectos, retrasos en la operación o transmisión, virus informáticos o fallas en la línea. El Organizador no tendrá ninguna responsabilidad por el desempeño o la falta de desempeño de la plataforma, o por cualquier acto, omisión o conducta de cualquier usuario u otro tercero.
En ningún caso, el Organizador será responsable ante el Patrocinador, ya sea por Contrato o agravio, por ningún monto que exceda los montos pagados por el Patrocinador en virtud de este Contrato. En ningún caso el Organizador será responsable, ya sea por Contrato o agravio, por daños o premios indirectos, consecuentes, ejemplares, punitivos o especiales, incluidos, entre otros, la pérdida de ganancias.
9.Indemnización: El Patrocinador acepta que eximirá de responsabilidad e indemnizará al Organizador por todos y cada uno de los reclamos, incluidos los reclamos por infracción de terceros, pérdidas, daños, lesiones o responsabilidad de cualquier tipo (incluidos, entre otros, los honorarios y costos razonables de abogados) que surjan en su totalidad o en parte del incumplimiento de este Contrato por parte del Patrocinador, o de las actividades del Patrocinador en relación con el Evento o el uso de la Plataforma, incluido, entre otros, cualquier contenido del Patrocinador.
10.Política de Cumplimiento de la PI: En un esfuerzo por garantizar que cualquier reclamo o disputa de los Patrocinadores en el Evento (o en el período de tiempo anterior al Evento) se manejen de manera no disruptiva, el Organizador acuerda proporcionar a todos los Patrocinadores en el Evento los servicios de un mediador de propiedad intelectual (“Mediador de PI”). Después del Evento, el Mediador de PI brindará asistencia a los Patrocinadores mediante la evaluación de posibles reclamos por infracción de propiedad intelectual y trabajará en estrecha colaboración con el Organizador para emitir cualquier Sanción (como se define a continuación), si es necesario. El Patrocinador entiende y acepta que el Mediador de PI es una parte neutral contratada para mediar y resolver disputas entre Patrocinadores, relacionadas con la propiedad intelectual o los derechos de propiedad, así como cualquier violación de las Reglas. El Patrocinador entiende y acepta que todas las decisiones tomadas por el Mediador de PI son definitivas y no estarán sujetas a apelación o impugnación. El Patrocinador entiende y acepta que, en el Evento y en el período de tiempo previo al Evento, cualquier Patrocinador (“Patrocinador Reclamante”) puede presentar ante el Mediador de PI una queja contra cualquier otro Patrocinador (“Patrocinador Defensor”), que después de la investigación puede resultar en Sanciones por parte del Mediador de PI o el Organizador en el Evento. La evaluación del Mediador de PI de dicha queja será gratuita para el Patrocinador de la queja. El Patrocinador entiende y acepta que el Mediador de PI y/o el Organizador emitirán la acción de ejecución o las sanciones (“Sanciones”) a su exclusivo criterio y pueden incluir, entre otros: (i) la eliminación de cualquier contenido digital (“Contenido del Patrocinador”), (ii)
PÁGINA 2 DE 3 FIRMA:
restricciones en el acceso o servicios proporcionados por el Organizador, (iii) una pérdida de membresía al Organizador; o (iv)una prohibición de cualquier espectáculo o Evento futuro. El Patrocinador entiende y acepta que cualquier determinación por parte del Mediador de PI y/o el Organizador de emitir cualquier Sanción no es una determinación legal de que se haya producido una infracción o violación de la propiedad intelectual; en su lugar, se emitirán Sanciones (i) para hacer cumplir las reglas y pautas en el Evento, incluidas las Reglas; (ii)cuando el Mediador de PI cree que la visualización de cualquier Contenido del Patrocinador está infringiendo potencialmente la propiedad intelectual o los derechos de propiedad de otro Patrocinador, o cuando el Mediador de PI y/o el Organizador consideren que cualquier Contenido del Patrocinador es perjudicial para el Evento. A cambio de que se le permita patrocinar el Evento, el Patrocinador acepta lo siguiente:
a.Que el Organizador no es responsables de ninguna violación reclamada o reconocida de la propiedad intelectual o los derechos de propiedad del Patrocinador, incluidas las reclamaciones por infracción de marca registrada, derechos de autor o patente o cualquier reclamación de falsificación u otras violaciones de los derechos de propiedad.
b.Que el Patrocinador cumplirá con todas y cada una de las leyes, reglas o pautas de propiedad intelectual, incluidas las Reglas, ya sea impuestas por las leyes nacionales o locales o por el Organizador como parte de su propiedad y/o gestión del Evento.
c.Que el Mediador de PI y el Organizador no tienen la obligación de hacer cumplir o actuar en nombre del Patrocinador y que tanto el Mediador de PI como el Organizador pueden, a su exclusivo criterio, determinar si procede emitir Sanciones o tomar alguna medida en cualquier caso, dependiendo de los hechos presentados por el Patrocinador reclamante. Nada de lo aquí dispuesto obliga al Mediador de PI o al Organizador a tomar medidas oemitir Sanciones.
d.No mostrar Contenido del Patrocinador que infrinja o pueda infringir la propiedad intelectual o los derechos de propiedad de otro Patrocinador en el Evento o que sea perjudicial para otro Patrocinador. Por la presente, el Patrocinador también acepta que el Organizador y/o su Mediador de PI pueden determinar, a su exclusivo y completo criterio, si emiten las Sanciones descritas en el presente.
e.Para cumplir con las Sanciones emitidas por el Mediador de PI y/o el Organizador, el Patrocinador comprende además que su negativa a cumplir con las Sanciones emitidas puede resultar en una acción adicional por parte del Organizador, que puede incluir la emisión de Sanciones adicionales u otra acción según lo determine el Organizador a su sola discreción.
f.Que el incumplimiento por parte del Patrocinador de las Sanciones impuestas por el Mediador de PI y/o el Organizador puede dar lugar a Sanciones adicionales impuestas por el Organizador.
g.Que cualquier reclamo de infracción realizado al Mediador de PI o el Organizador se realizará con la intención de buena fe de hacer cumplir la propiedad intelectual o los derechos de propiedad intelectual propios o licenciados, y no únicamente en un esfuerzo por interrumpir o afectar la capacidad de operar de otra parte.
h.EL PATROCINADOR ACUERDA EXONERAR Y EXIMIR DE RESPONSABILIDAD Al Organizador, EL MEDIADOR DE PI Y SUS AGENTES, CONTRATISTAS Y PROVEEDORES DE
SERVICIOS (COLECTIVAMENTE, LAS “PARTES EXONERADAS”) POR CUALQUIER RECLAMO, DEMANDA O RESPONSABILIDAD RELACIONADA CON: (i) UN RECLAMO O DETERMINACIÓN PRODUCIDO POR UNA VIOLACIÓN DE LAS REGLAS; (ii) UNA RECLAMACIÓN O DETERMINACIÓN DE QUE CUALQUIER CONTENIDO DEL PATROCINADOR ESTÁ INFRINGIENDO, POTENCIALMENTE INFRINGIENDO O INTERRUMPIENDO EL EVENTO DE OTRO MODO; O (iii) CUALQUIER OTRA RECLAMACIÓN O DETERMINACIÓN EMITIDA POR EL MEDIADOR DE PI, SU AGENTE O CONTRATISTA, O EL Organizador RELACIONADA CON LA ACTIVIDAD DEL EVENTO. PARA QUEDAR CLARO, DICHA LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD INCLUIRÁ CUALQUIER RECLAMACIÓN POR DIFUSIÓN COMERCIAL, DIFAMACIÓN, COMPETENCIA DESLEAL O NEGLIGENCIA RELACIONADA CON CUALQUIER DETERMINACIÓN TOMADA EN EL EVENTO POR LAS PARTES LIBERADAS. Indemnizar, eximir de responsabilidad y defender a las Partes eximidas de cualquier reclamo, pérdida, daño o responsabilidad que pueda resultar de la aplicación por parte del Organizador o del Mediador de PI de esta Política de cumplimiento de PI. Que aceptará y no buscará impugnar, modificar o revocar ninguna resolución adoptada por el Mediador de PI o el Organizador, incluida la emisión de sanciones.
11.Si alguna disposición de este Contrato se considera ilegal, inválida o inaplicable según las leyes presentes o futuras, entonces dicha disposición será completamente separable, y este Contrato se interpretará y aplicará como si fuera ilegal, inválida, o disposición inaplicable nunca había formado parte del Contrato y las disposiciones restantes del Contrato permanecerán en pleno vigor y efecto y no se verán afectadas por la disposición ilegal, inválida o inaplicable o por su separación del Contrato.
12.Al firmar el Contrato, el Patrocinador acepta que la jurisdicción exclusiva para cualquier disputa, reclamo o demanda relacionada de alguna manera con la ejecución o construcción de este Contrato se decidirá mediante arbitraje vinculante. Específicamente, todas las disputas entre el Patrocinador y El Organizador se presentará ante Judicial Arbitration and Mediation Services, Inc. (“JAMS”) para un arbitraje vinculante según sus reglas vigentes en ese momento en el área de Orlando, Florida, EE. UU., ante un árbitro que será mutuamente acordado por ambas partes. Las partes acuerdan compartir equitativamente los costos del arbitraje incurridos. Es la intención de las partes que todas las cuestiones con respecto a la construcción y ejecución de este Contrato y los derechos y responsabilidades de las partes se determinen de acuerdo con las leyes del Estado de Florida, en los Estados Unidos.
He leído y estoy de acuerdo con los términos y condiciones anteriores.
NOMBRE:
FECHA:
FIRMA: