La indisolubilidad matrimonial y la santa comunión

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La Indisolubilidad Matrimonial y la Santa Comunión A propósito de noticias aparecidas acerca de un llamado telefónico del Santo Padre Francisco. R.P. Carlos Hamel, FSJC

En prácticamente todos los medios de comunicación se ha publicado la noticia de una supuesta llamada telefónica del Santo Padre a una católica argentinacasada civilmente con un divorciado- en la cual le manifestaría que, a pesar de su situación, puede recibir la Santa Comunión sin problemas. La mujer, semanas antes, habría enviado una carta al Papa. Creo que es la ocasión para reflexionar, de una manera profunda, acerca de la sacralidad del vínculo matrimonial y, en general del perdón y de la misericordia. Mucho se ha hablado en los últimos meses respecto a un posible “cambio de praxis” (en realidad imposible) en la Iglesia en relación a este punto. Si bien este asunto toca el ámbito disciplinar, estamos ante todo frente a un tema eminentemente doctrinal. Si admitimos que tal o cual persona, viviendo “como casados” sin estarlo, puede recibir la Santa Comunión, debemos concluir que esa persona no está en pecado, de lo cual se sigue que su nueva unión es perfectamente legítima, o debe legitimarla la Iglesia. Eso, como afirma el Cardenal Caffarra, nos lleva a un nuevo problema: ¿qué pasa con el primer matrimonio rato y consumado?1 Sabemos que ninguna potestad en la tierra, ni siquiera la Suprema Autoridad Pontificia, puede disolver aquel vínculo; su poder no alcanza a esto. Al dar la impresión de que la segunda unión es tan legítima como la primera: “Se introduce una costumbre que con el tiempo asienta esta idea en el pueblo, no solo cristiano: no existe ningún matrimonio absolutamente indisoluble. Y esto ciertamente va contra la voluntad del Señor. No hay ninguna duda sobre esto.”2 Se trata, por tanto, de respetar la voluntad de nuestro Señor. No hablamos de una disciplina que pueda ser modificada, sino de una doctrina inmutable, que la Iglesia, Madre y Maestra, expone, buscando ser fiel a su Divino Fundador y, así, el bien de las almas. Es particularmente claro en este respecto San Juan Pablo II: La Iglesia (…), fundándose en la Sagrada Escritura reafirma su praxis de no admitir a la comunión eucarística a En el caso de la mujer argentina, ella no es divorciada, sino que casada con un divorciado. Este dato no modifica mucho la situación 2 Cardenal Carlo Caffarra, Entrevista Il Foglio, Marzo 2014 1


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