ARTÍCULOS ESPECIALES
para prestar consentimiento por su hijo. Deberá ponderarse
Casos de desacuerdo entre menor y sus padres:
en cada caso particular, si el padre/madre menor de edad
Cuando se trata de un menor competente y maduro para
es por sí mismo competente. Sólo frente a la ausencia de
comprender cabalmente la decisión en juego y su opinión
competencia deberá recurrirse a los abuelos del niño u otro
se contrapone a la de sus padres con fundados y razonables
referente válido.
argumentos, se suele dar la razón al paciente. Este criterio jurisprudencial se basa en que“ cuando un niño es competen-
Caso de menor que se presenta sólo a requerir asistencia
te, el derecho de consentir de los padres cesa. Por eso, si el
sanitaria:
menor competente rechaza un tratamiento considerado futil
“Se le debe brindar asistencia, independientemente de que
por su médico tratante, éste no puede proseguirse aunque
cuente o no con un adulto a cargo, debiendo enfatizarse en
los padres lo consientan”.
estos casos en el reconocimiento de las capacidades del niño
Por el contrario, si el menor decide seguir con un tratamiento
o adolescente para comprender la información suministrada
que sus padres no acuerdan, el rechazo paterno no debe
por el profesional actuante y para brindar su consentimiento
impedir el tratamiento, si desde el punto de vista médico es
ante procedimientos que deban realizarle. Sólo en aquellos
lo indicado”12.
casos en que -a juicio del equipo tratante- el paciente no
En resúmen, cuando los padres y el paciente no están de
reúna las capacidades necesarias para hacer efectivo el ejer-
acuerdo entre sí con el tratamiento a seguir,” el médico se
cicio de su derecho a la salud, deberá convocarse al referente
debe al paciente. Si el pronóstico es pobre y el paciente ”ya
adulto del niño” .
ha tenido lo suficiente”, el médico está profesionalmente y
Casos de:
éticamente obligado a persuadir a los padres de respetar la
• Negativa injustificada para el consentimiento sustitutivo
decisión del niño. Pero si el pronóstico es bueno y el paciente
10
por parte de persona responsable del menor. • Oposición injustificada a la terapéutica indicada. Por parte del paciente menor considerado competente.
se niega a continuar con la terapia, la responsabilidad del profesional consistirá en asistirlo y apuntalarlo durante la terapia pero no abandonarla”9.
• Falta de adulto responsable en casos de que el menor no sea competente para brindar su consentimiento a la prác-
Casos de desacuerdo entre menor y médicos:
tica médica requerida.
En la mayoría de los casos llegados a la justicia con este dile-
Tales situaciones podrán resolverse con autorización judicial
ma, en tanto el menor competente rechaza un tratamiento
en resguardo de la integridad psicofísica del paciente. El li-
que los médicos propician de manera unánime, el juez apoya
tigio o intervención judicial debe ser el último y excepcional
en su sentencia a los profesionales con el argumento de que
mecanismo al que acudir cuando la familia, el paciente y el
“el menor no alcanza a comprender la información que se
médico difieren entre sí. Estos conflictos deberían ser resuel-
le provee”. Esto demuestra que la competencia no depende
tos dentro del ámbito de la relación planteada a través del
sólo del poder de comprensión que el menor parezca tener
diálogo respetuoso y continuo entre los participantes.
sino del alcance o gravedad de la decisión a tomar”10.
Casos de desacuerdo entre médico y padres:
Casos de atención de emergencias:
• Si no hay riesgo de vida para el niño: lo ética y jurídicamen-
En los casos en que existe un peligro cierto grave e inminente
te correcto es aceptar la postura de los padres. • Cuando la cura es poco probable o prácticamente imposible: idem
para la vida o la salud del menor, y entendiendo que no hay tiempo para obtener el consentimiento informado del niño o de sus padres, el médico debe hacer todo lo que a su criterio,
• Cuando se debe recurrir a métodos experimentales: idem.
tienda a preservar la vida o la salud de su paciente.
• Si hay riesgo de vida para el niño: Se deberá presentar el caso
Superada la situación de emergencia, no hay obstáculo le-
ante la justicia. Hay que diferenciar: si quienes proponen al-
gal ni ético para analizar la continuidad o suspensión de las
ternativas que lo aferren a la vida son los médicos y los pa-
medidas tomadas, no habiendo impedimento alguno para
dres no las aceptan, el tribunal deberá inclinarse por el criterio
plantear la suspensión si éstas se consideran futiles aunque
médico evitando“ que los padres transformen a sus hijos en
emocionalmente suele ser más difícil decidir la no continui-
mártires”1. Si son los padres los que reclaman un tratamiento
dad por lo que esto implica, pero desde la percepción ético
que los médicos no están dispuestos a continuar por razones
legal se entiende que se le ha brindado al paciente una chan-
debidamente justificadas, deberá derivarse al paciente a otra
ce más para paliar su enfermedad.
institución que acceda a brindar el tratamiento exigido. 63