a) Procesos de horas extraordinarias enmarcados dentro del marco de la Ley de Autoridad Sanitaria. b) Realización de trabajos extraordinarios por necesidades puntuales del Hospital y no como rutina permanente o fuente de ingresos del funcionario; si hay algún problema social, debe ser enfrentado a través de otros mecanismos de bienestar. c) Analizar la sobrecarga de trabajo que da paso a horas extras excesivas y evaluar la posible necesidad de nuevas contrataciones.d) Las jefaturas deberán programar trimestralmente las horas extraordinarias de sus funcionarios, las cuales serán evaluadas por la Subdirección de Desarrollo de las Personas. e) Supervisores y jefaturas no podrán percibir remuneración por la realización de horas extraordinarias, entendiéndose como extensión a su jornada diurna. Estas deberán compensarse en tiempo. f) Funcionarias con grados 10 o menos, solo podrán compensar las horas extraordinarias realizadas, se autorizaran pago solo excepciones debidamente justificadas y visada por la Subdirectora de Gestión y Desarrollo de las personas. g) La compensación de horas extras la realizarán los funcionarios que desempeñen cargos de 44 horas, las cuales deberán programarse trimestralmente y tendrán un máximo de autorización. El tiempo de entrega de turnos no es considerado horas extras por lo que no se paga ni se compensa.
d. POLÍTICA DE CAPACITACIÓN La Política de Capacitación se definirá como un derecho (Instructivo Presidencial Sobre Buenas Prácticas Laborales en Desarrollo de Personas del Estado del 26 enero 2015), un deber (Estatuto Administrativo, Artículo 26) y un instrumento de desarrollo continuo, programado y evaluado. Destinado a obtener, perfeccionar, desarrollar y complementar conocimientos y habilidades de los miembros de la organización que contribuye con la misión y objetivos institucionales y de las unidades operativas.
INGRESO • Reclutamiento y Selección • Inducción y orientación a Puestos de Trabajo • Contratación y Gestión de Personas
CRECIMIENTO EGRESO • Desvinculación y Retiro
•Capacitación •Desarrollo Organizacional •Salud de los y las Trabajadoras •Calificaciones y Evaluación de Desempeño
Las diferentes actividades de capacitación, estarán orientadas al desarrollo de competencias laborales que permitan a los y las funcionarias adquirir competencias laborales, que les permita colaborar activamente con su trabajo y al logro de los objetivos de salud de la institución, siendo capaces de entregar servicios de calidad, con clara orientación a las necesidades de las y los usuarios.
MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS 39 | P á g i n a AC T U ALI ZA CI ÓN CO MI TÉ DE P OL Í TI CA S - 20 20 SU B DI RE C C IÓN DE GE S TI ÓN Y DE S AR RO LL O D E L AS PE R SO NA S