
Año: 2024
N° 54
Año: 2024
N° 54
AÑO 2024 - SEGUNDO SEMESTRE BOGOTÁ, COLOMBIA
Acuerdos del Consejo Directivo Universitario
Acuerdo Nº Tema
754 Por el cual se asciende en la Orden Universidad Javeriana, al grado de Comendador, al padre Jairo Bernal Parra, S.J.
755 Política del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva -SAGRILAFT-
756 Por el cual se recibe a S.E.R. José Tolentino de Mendonça, Prefecto del Dicasterio para la Cultura y la Educación en la Orden Universidad Javeriana, con el grado de Gran Cruz
757 Cambio de denominación del programa Especialización en Gerencia Internacional por Especialización en Inteligencia de los Negocios Internacionales
758 Aprobación de la Afiliación del Instituto Universitario Eclesiástico Santo Tomás de Aquino - IUESTA de San Cristóbal - Venezuela, a los estudios eclesiásticos de la Facultad de Filosofía de la Universidad
759 Creación de la Maestría en Neuropsicología Clínica
760 Valores de Matrícula y Otros Derechos Pecuniarios
761 Creación de la Especialización en Orientación Socio-Ocupacional
Resoluciones Rectorales
Resolución Nº Tema
728 Proclamación de Profesores Titulares
729 Programa de Especialización en Jurisdicción Agraria y Derecho de Tierras Seccional Cali
730 Premio Bienal a la Creación Artística Javeriana 2024
731 Distinción Cruz San Pedro Claver 2024
732 Programa de Especialización en Geriatría-Seccional Cali
733 Programa de Especialización en Movilidad y Transporte Urbano Sostenible - Seccional Cali
734 Por la cual se adoptan lineamientos sobre la identidad de género en los títulos académicos 735 Manual para la Gestión de Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Felicitaciones y Denuncias 736 Carrera en Ingeniería de Información y Datos y Especialización en Cirugía General Seccional Cali
Directriz conjunta expedida por la Vicerrectoría Académica y la Vicerrectoría Administrativa
Directrices expedidas por la Vicerrectoría Académica
Directriz conjunta expedida por la Vicerrectoría Administrativa y la Dirección Jurídica
Directrices expedidas por la Vicerrectoría de Investigación
Directrices expedidas por la Secretaría General
Índice de las Actas del Consejo Directivo Universitario (Segundo Semestre de 2024)
PUBLICADO POR LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
ACUERDO N° 754
Por el cual se asciende en la Orden Universidad Javeriana, al grado de Comendador, al padre Jairo Bernal Parra, S.J.
CONSIDERANDO:
1. Que es deber de la Universidad expresar su gratitud a las personas que se han distinguido por su amor a la Javeriana, su compromiso y dedicación a ella, dejando a su paso una huella indeleble que se puede apreciar con claridad en el desarrollo institucional;
2. Que “al crear la Orden Universidad Javeriana, la Universidad consideró, por una parte, la necesidad de fomentar con nobles estímulos el espíritu de servicio y adhesión a la Universidad, y [por otra parte] exteriorizar en forma perdurable la gratitud y el aprecio de la Universidad para con sus bienhechores y amigos”, según lo dispone el texto del Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones;
3. Que el Consejo Directivo Universitario, en su sesión del pasado 19 de junio de 2024, aprobó el ascenso en la Orden Universidad Javeriana, a la categoría de Comendador, del Padre Jairo Bernal Parra, S.J., teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
a. Que el Padre Bernal Parra ha prestado un significativo aporte a la Universidad a lo largo de sus cincuenta años de trayectoria y servicio a su alma mater.
b. Que el Padre Bernal Parra, Licenciado en Filosofía y Letras en 1969, Licenciado en Teología Civil en 1975, Licenciado en Filosofía y Letras Especialización en Historia en 1976 y admitido en ese mismo año en la mencionada Facultad para continuar con sus estudios de Doctorado, ha estado presente en la vida de la Universidad como estudiante y luego como profesor y directivo, destacándose por su actividad académica y búsqueda del mayor bien para la Universidad.
c. Que el Padre Bernal Parra, fue nombrado profesor de la Universidad el 4 de febrero de 1975; Decano del Medio Universitario de la Facultad de Filosofía y Letras el 20 de marzo de 1979; Asistente de la Vicerrectoría Académica el 23 de febrero de 1984; Vicerrector Académico Encargado en varias oportunidades entre los años 1986 y 1989.
d. Que habiéndose dedicado de manera eficiente y consagrada al cumplimento de estas delicadas
labores, el Padre Jairo Bernal Parra fue nombrado Vicerrector Académico de la Universidad, a partir del 21 de noviembre de 1989, destacándose por haber sentado las bases e impulsando de forma decisiva y significativa la función sustantiva de investigación de la Universidad.
e. Que el Padre Bernal Parra, por sus cualidades personales, su apostolado educativo y por su experiencia en los procesos universitarios, fue nombrado Decano del Medio Universitario de la Facultad de Medicina, cargo que ocupó desde el 9 de enero de 1996, y desde marzo del mismo año, y de forma simultánea, ocupó los cargos de Decano del Medio Universitario de las Facultades de Enfermería y de Odontología.
f. Que, en este contexto, el Padre Bernal Parra entró a formar parte del Consejo de la División de Ciencias de la Salud de la Universidad.
g. Que, dada su experiencia, fue nombrado Decano del Medio Universitario en la Facultad de Arquitectura y Diseño, el 18 de octubre del año 2000, y Decano del Medio Universitario de la Facultad de Artes de la Universidad, a partir del 1º de septiembre de 2006.
h. Que el Padre Bernal Parra, fue miembro del Consejo Directivo Universitario, en diferentes ocasiones, con aportes significativos en los primeros procesos de Autoevaluación y Acreditación Institucional, así como en la redacción de los Reglamentos de la Universidad.
i. Que por su extraordinaria trayectoria y cualificado servicio a la Universidad Javeriana, se le encomienda al Padre Bernal Parra, la dirección del Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel Pacheco, S.J. a partir del día 17 de marzo de 2014.
j. Que en el Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel Pacheco, S.J., el Padre Bernal Parra, ha logrado articular su labor como Director y a la vez desarrollar un trabajo de gran envergadura al realizar la descripción documental de la correspondencia de los Rectores de la Universidad, en su época contemporánea, así como la descripción de las Actas del Consejo Directivo Universitario y del Consejo de Regentes, y la correspondenci·a de los Vicerrectores Académicos, realizando más de cien mil asientos descri ptivos.
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO - Ascender en la Orden Universidad Javeriana, al grado de Comendador, al Padre Jairo Bernal Parra, S.J., en reconocimiento y gratitud por sus 50 años de
significativo servicio a la Universidad, y por sus méritos extraordinarios que se relacionan con la vida y progreso de la Pontificia Universidad Javeriana.
ARTÍCULO SEGUNDO - Exaltar las virtudes del Padre Jairo Bernal Parra, S.J. así como reconocer la labor ejemplar que ha desarrollado en la Universidad, signadas por la consagración y el servicio a su Alma Mater.
ARTÍCULO TERCERO - El Rector de la Universidad, Gran Maestre de la Orden, hará imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en ceremonia solemne convocada especialmente con este fin. De igual forma, al galardonado se le hará llegar por medio de correo electrónico, la insignia digital que le permitirá acreditar esta Distinción Universitaria en sus documentos.
Dado en Bogotá, a los 15 días del mes de julio de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo
ACUERDO N° 755
Política del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva -SAGRILAFT-
EL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
1. Que es función del Consejo Directivo adoptar a propuesta del Rector, las políticas generales de la Universidad (Estatutos N°. 116, literal a).
2. Que el 04 de mayo de 2020, mediante el Acuerdo 692 del Consejo Directivo Universitario se expidió la Política de Prevención de Lavado de activos y Financiación del Terrorismo, como una iniciativa de Buen Gobierno Universitario y con el fin de fortalecer los procesos administrativos en relación con la prevención del riesgo.
3. Que, de acuerdo con los cambios en la dinámica de la Universidad, las modificaciones y ajustes normativos sobre la prevención de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y atendiendo a las recomendaciones de la Auditoría Interna, se realizó un proceso de revisión, evaluación y actualización de la Política Sarlaft para generar una actualización de la misma con el enfoque Sagrilaft, la cual fue revisada por el Comité de Habeas Data y Cumplimiento.
4. Que la actualización de la Política Sagrilaft fue presentada por el Secretario General y la Oficial de Protección de Datos y Compliance, al Consejo Directivo Universitario en la sesión del día 24 de julio de 2024, Acta 958, en el cual los miembros del Consejo Directivo Universitario expresan su consenso sobre la actualización y aprobación del documento.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO - Expedir la actualización de la Política del sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva - Sagrilaft , para la Pontificia Universidad Ja veriana, según el text o considerado y aprobado en la reunión del Consejo Directivo Universitario, Acta 958 del 24 de julio de 2024.
Política del sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva -SAGRILAFT - 2024
Para La Universidad es muy importante dar cumplimiento a las disposiciones legales y directrices sobre las buenas prácticas enfocadas a la prevención y control de lavado de act ivos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, por lo cual, a continuación, se relacionan las principales conductas promovidas por la Universidad a efectos de mitigar este riesgo:
• La Universidad Javeriana está comprometida con la lucha contra el lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva , por lo cual, dará cabal cumplimiento a los lineamientos internos que regulen el tema, y a las directrices normativas que le sean aplicables.
• Las disposiciones sobre prevenció n de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva son de obligatorio cumplimiento para todos los empleados administrativos y profesores de la Universidad.
• Es prioridad establecer una cultura de prevención y control del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, en consecuencia, es deber de todos los empleados participar en la formación de la cultura a través de su compromiso por la prevención del riesgo en los procesos que lideran o intervienen, asistir a las sensibilizaciones y reportar cualquier tipo de operación o antecedente sospechoso o inusual.
• Todos los empleados deben actuar en el desarrollo de sus funciones alineados con el Código de Buen Gobierno y los principios éticos institucionales, debiendo reportar al Oficial de Cumplimiento cualquier situación inusual o sospechosa que pueda implicar una operación de lavado de activos, financiación del terrorismo o financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
• Todas las relaciones contractuales que establezca la Universidad deberán dar cumplimiento a las disposiciones contempladas en la presente Política, y en aquellas que la desarrollen.
2. OBJETIVO
La presente Política establece los lineamientos generales aplicables a la Pontificia Universidad Javeriana para realizar una adecuada administración y mantenimiento del sistema de au t ocont rol y gestión del riesgo integral de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiación de la proliferación de armas destructivas de
destrucción masiva, también denominado como SAGRILAFT, previniendo cualquier operación asociada a éste riesgo que puedan desencadenar en consecuencias de carácter legal, reputacional y sancionatorio dando cumplimiento a las disposiciones legales, estando alineada con la política del Estado en la lucha contra éstos delitos.
La presente política es una herramienta que permitirá gestionar un autocontrol y tomar decisiones basadas en información completa y en cumplimiento de las normas vigentes, con un enfoque de mitigación de los riesgos de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, evitando que la Universidad sea empleada utilizada como un instrumento para llevar a cabo actividades ilícitas asociadas a estos riesgos.
Las disposiciones contempladas en la presente Política son aplicables a todos los procesos que impliquen la vinculación con la Universidad de empleados, contratistas, partes, proveedores y terceros, que pueden actuar en nombre propio o en representación de terceros.
• Beneficiario Final: Es la persona natural o jurídica que finalmente posee o controla a un cliente o a la persona natural en cuyo nombre se realiza una transacción. Incluye a las personas que ejerzan el control efectivo y/o final, directa o indirectamen te sobre una persona jurídica1. Se entenderá que el beneficiario final de la Universidad es el representante legal.
• Código de Buen Gobierno: Es el documento que incorpora directrices generales fundamentadas en las disposiciones jurídicas, las orientaciones, las políticas, las directrices, las normas y los procedimientos adoptados para asegurar la transparencia, la eficacia, la eficiencia y la coherencia de las actividades administrativas y de la gestión relacionada con las actividades académicas y del medio universitario.
• Debida Diligencia: Es el procedimiento para realizar la evaluación y verificación de los riesgos asociados con el lavado de activos, financiación del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva que se pueden presentar en algunos procesos de la Universidad, con el fin de proporcionar coberturas y soluciones de acuerdo con las actividades desarrolladas a fin de mitigar los riesgos.
1. Tomado de la Circular Externa No. 100-00016 del 24 de diciembre de 2020 expedida por la Superintendencia de Sociedades.
• Debida Diligencia Intensificada: Es el procedimiento que se lleva a cabo que implica la aplicación de medidas adicionales y con mayor intensidad para el conocimiento de las contrapartes para el desarrollo de un vínculo con la Universidad, identificando de manera más amplia su operación.
• Factores de Riesgo LA/ FT/ FPADM: Son los posibles elementos o causas generadoras del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
• Financiación del Terrorismo (FT): La Financiación del Terrorismo está definida por el Código Penal como aquella act ividad realizada directa o indirectamente para proveer, recolectar, entregar, recibir, administrar, aportar, custodiar o guardar fondos, bienes o recursos o promover, organizar, apoyar, mantener, financiar o sostener económicamente a grupos de delincuencia organizada, o grupos al margen de la ley o sus integrantes o a grupos terroristas nacionales o extranjeros2.
• Financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FPADM): Es todo acto que provea fondos o utilice servicios financieros, en todo o en parte, para la fabricación, adquisición, posesión, desarrollo, exportación, trasiego de material, fraccionamiento, transporte, trasferencia, deposito o uso dual para propósitos ilegítimos en contravención de las leyes nacionales u obligaciones internacionales, cuando esto último sea aplicable3
• GAFI: Es el Grupo de Acción Financiera Internacional. Grupo intergubernamental creado en 1989 con el fin de expedir estándares a los países para la lucha contra el LA, el FT y el FPADM.
• GAFILAT: es el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica, organismo de base regional del GAFI, creado en el año 2000 y en el cual hace parte Colombia.
• Gestión Humana: Hace referencia a la Dirección de Gestión Humana de la Sede Central y la Oficina de Gestión de Talento Humano de la Seccional de Cali.
• Lavado de Activos (LA): El lavado de activos se define como”(...) el proceso mediante el cual las organizacio nes criminales buscan dar apariencia de legalidad a los recursos y el dinero generados de sus actividades de naturaleza ilícita. En términos prácticos, es el proceso de hacer que el dinero parezca lícito o legal, es decir que su origen es admisible por las normas o por la
2. Código Penal Colombiano. Artículo 345. Modificado por el artículo 16 de la Ley 145 3 de 2011.
3. Tomado de la Circular Externa No. 100-00016 del 24 de diciembre de 2020 expedida por la Superintendencia de Sociedades.
ley, haciendo que las organizaciones criminales o delincuenciales puedan hacer uso de dichos recursos y en algunos casos obtener ganancias sobre los mimos (...)”4
• Listas Vinculantes/Restrictivas: Son aquellas listas de personas y entidades asociadas con organizaciones terroristas que son vinculantes para Colombia bajo la legislación colombiana (artículo 20 de la Ley 1121 de 2006) y conforme al derecho internacional, incluyendo pero sin limitarse a las Resoluciones 1267 de 1999, 1373 de 2001, 1718 y 1737 de 2006, 1988 y 1989 de 2011, y 2178 de 2014 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y todas aquellas que le sucedan, relacionen y complementen, y cualquiera otra lista vinculante para Colombia (como las listas de terroristas de los Estados Unidos de América, la lista de la Unión Europea de Organizaciones Terroristas y la lista de la Unión Europea de Personas Catalogadas como Terroristas)5
• Matriz de riesgo LA/FT/FPADM: Es uno de los instrumentos que le permite a la Universidad, identificar, individualizar, segmentar, evaluar y controlar los riesgos de LA/FT/FPADM a los que se puede ver expuesta conforme a los factores de riesgo LA/FT/FPADM identificados.
• Oficial de Cumplimiento: Es la persona que está a cargo del programa de Cumplimiento en la Universidad, teniendo como eje principal de su labor la promoción y desarrollo de procedimientos de prevención y actualización, relacionados con la prevención del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
• Operación Inusual: Son aquellas operaciones cuyas cuantías o características no guardan relación con la actividad ordinaria o normal del tercero, que por sus características no se enmarca dentro de las pautas de normalidad o prácticas ordinarias de los negocios. Es aquella operación que no ha podido ser razonablemente justificada.
• Operación Sospechosa: Son aquellas operaciones inusuales que, además, de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad que se trate, no ha podido ser razonablemente justificada. Este tipo de
4. Tomado de La Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF: https://www.uiaf.gov.co/sistema_nacional_ala_cft/ lavado_activos_financiacion _29271/lavado_activos
5. Tomado de la Circular Externa No. 100- 00016 del 24 de diciembre de 2020 expedida por la Superintendencia de So ciedades.
operaciones incluye las operaciones intentadas o rechazadas que contengan características que le otorguen el carácter de sospechoso.
• Parte: Persona natural o jurídica que contrata la prestación de servicios de la Universidad. Los estudiantes se consideran dentro de esta definición.
• Personas Expuestas Políticamente (PEPS): Las Personas Expuestas Políticamente son aquellos individuos que cumplen o han cumplido funciones públicas tanto en Colombia como a nivel internacional.
• Riesgo: Es la posibilidad de que exista una pérdida o daño que puede sufrir la Universidad al ser empleada como un instrumento para el lavado de activos, financiación de terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva a través de operaciones de tipo financiero. Su impacto generaría la materialización de los riesgos de carácter legal, reputacional, operativo o de contagio, exponiendo a la Universidad directa o indirectamente a un efecto económico de carácter negativo.
Los riegos puedes ser categorizados en los siguientes tipos6:
- Riesgo de Contagio: Entendido como la posibilidad de que la institución pueda sufrir una afectación reputacional, legal o económica, a causa de la acción propia de una persona relacionada o asociada a ella.
- Riesgo Legal: Entendido como la posibilidad de que la institución sea sancionada o condenada al pago de indemnizaciones.
- Riesgo Operativo: Comprendido como la posibilidad de sufrir pérdidas económicas a causa de fallas humanas, técnicas o procedimentales.
- Riesgo Reputacional: Definido como la posibilidad de que el nombre y la imagen institucional se vea menoscabada.
- Riesgo Inherente: Es el nivel de riesgo propio de la actividad sin tener en cuenta el efecto de los cont roles.
- Riesgo Residual: Es el nivel resultante de riesgo después de aplicar los controles.
5. REFERENCIA NORMATIVA
Si bien la Universidad no es una institución vigilada por la Superintendencia de Sociedades, bajo el marco
6. Sintura Francisco y Otros (2014). Sistema de prevención de lavado de activos y de financiación del terrorismo. Pp. 81.
de Buen Gobierno Universitario y procurando la mitigación de riesgos asociados al lavado de activos, financiación del terrorismo y el financiamiento de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, se ha tomado como base los siguientes lineamientos para la adopción de un sistema de mitigación de los riesgos LA/ FT/ FPDAM:
• Ley 1121 de 2006. En su artículo 20 se establece el procedimiento para la publicación y cumplimiento de las obligaciones relacionadas con listas internacionales que son vinculantes para Colombia de conformidad con el derecho internacional.
• Ley 1186 de 2009. Por medio de la cual se aprueba el “Memorando de entendimiento entre los gobernó de los Estados del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica contra el lavado de activos - GAFISUD”.
• Circular Externa expedida por la Superintendencia de Sociedades No. 100-000016 del 24 de diciembre de 2020, por la cual se realiza una modificación integral al Capítulo X de la Circular Básica Jurídica de 2017.
• Lineamientos del GAFI y GAFILAT para prevenir y controlar el riesgo de lavado de activos y financiación del terro rismo.
6. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL SAGRILAFT Y SUS FUNCIONES
La Universidad ha adoptado la siguiente estructura organizacional con el objetivo de dar cumplimiento a las disposiciones legales e internas en relación con el sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de armas de destrucción masiva.
6.1. Consejo Directivo Universitario
El Consejo Directivo Universitario será el encargado de realizar la aprobación de la política SAGRILAFT y tomar decisiones particulares del sistema cuando haya lugar a ello.
6.2. Comité de Habeas Data y Cumplimiento
El Comité de Habeas Data y Cumplimiento será el encargado de:
i) Estudiar los resultados de la evaluación de riesgos, y revisar y validar los planes de acción correspondientes que presente el Oficial de Cumplimiento;
ii) Revisar y analizar el informe de gestión que presente el Oficial de Cumplimiento;
iii) Verificar que el Oficial de Cumplimiento cuente con la disponibilidad y capacidad para el desarrollo de sus funciones;
iv) Prestar apoyo efectivo y oportuno al Oficial de Cumplimiento en el diseño, dirección, supervisión y monitoreo del SAGRILAFT;
v) Asegurar que las actividades desarrolladas en el SAGRILAFT queden debidamente documentadas bajo parámetros de seguridad de la información;
vi) Conocer y emitir conceptos en relación con las debidas diligencias intensificadas que presente el Oficial de Cumplimiento;
vii) Realizar seguimiento a las actualizaciones normativas y validar los elementos que requieran ser actualizados por la Universidad en el SAGRILAFT.
6.3. Oficial de Cumplimiento
El Oficial de Cumplimiento deberá velar por el cumplimiento y adecuado desarrollo de los lineamientos asociados al cumplimiento del SAGRILAFT, ante lo cual deberá:
i) Realizar un informe de gestión anual el cual será presentado al Comité de Habeas Data y Cumplimiento;
ii) Deberá promover la actualización del SAGRILAFT de acuerdo con las directrices legales y con los lineamientos internos, adoptando los correctivos necesarios para su buen funcionamiento;
iii) Promoverá un programa de capacitación para los empleados de la Universidad y la formación de los empleados que tienen las funciones de control y verificación de antecedentes en el sistema para la vinculación de terceros;
iv) Atender los requerim ientos de la Auditoría Interna y la Revisoría Fiscal en los temas relacionados con el SAGRILAFT y proponer los planes de acción y medidas correctivas a que hubiere lugar;
v) Realizar seguimiento a la efectiva ejecución y monitoreo de los controles contemplados en el sistema, además de emitir conceptos relacionados con la vinculación de terceros;
vi) Realizar y actualizar la matriz de riesgo del SAGRILAFT;
vii) Atender las solicitudes de las unidades en relación con la verificación de antecedentes y
emitir concepto de viabilidad en la vinculación de terceros.
La Auditoría Interna de la Universidad deberá realizar por lo menos cada dos años una auditoría de revisión a la efectividad y cumplimiento del SAGRILAFT, con el fin de servir como fundamento para que el Oficial de Cumplimien to puedan determinar las deficiencias del sistema y las acciones correctivas que haya lugar. El resultado de la auditoría deberá ser comunicado al Comité de Auditoría.
6.5. Empleados
Todos los empleados de la Universidad deberán dar cabal cumplimiento a la política SAGRI LAFT, reportando cualquier antecedente, evento o actividad que se considere inusual o sospechosa y que pueda estar vinculado con lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
6.6. Comité de Auditoría
El Comité de Auditoría conocerá de los eventos o casos que afecten directamente el SAGRILAFT y que, por consideración del Comité de Habeas Data y Cumplimiento deban ser informados.
7. METODOLOGÍA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y FINANCIAMIENTO DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA
7.1. Identificación
La Universidad deberá identificar los riesgos asociados al lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva a través de su evaluación y control, adoptando la metodología de gestión de riesgos que se encuentra documentada en el Manual de Gestión de Riesgos de la Sede Central y de la Seccional de Cali.
La identificación del riesgo es el proceso mediante el cual la Universidad determina un riesgo y lo define, asociando las casusas que se vinculan con el lavado de act ivos , financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva en relación con los tipos de riesgo legal, de contagio, reputacional y operativos de la Universidad, para posteriormente realizar la valoración del riesgo en su impacto y frecuencia y así tener un riesgo inherente identificado y valorado adecuadamente.
Para realizar la identificación del riesgo, la Universidad deberá:
i) Clasificar los factores de riesgo LA/FT/FPADM de acuerdo con su actividad económica;
ii) Establecer la metodología para identificar el riesgo de LA/FT/FPADM y sus riesgos asociados;
iii) Se debe realizar la individualización de los factores de riesgo;
iv) Establecer la periodicidad y relevancia de las medidas de debida diligencia.
7.2. Medición y evaluación
La Universidad deberá medir la posibilidad o probabilidad de ocurrencia del riesgo inherente frente a cada uno de los factores de riesgo LA/FT/FPADM, así como el impacto en caso en que llegue a materializarse. La Universidad deberá establecer su perfil de riesgo inherente a través de las mediciones de los factores de riesgo y en los riesgos asociados, por lo cual debe:
i) Establecer una metodología para la evaluación del riesgo LA/FT/FPADM, con el fin de que pueda determinar la posibilidad o probabilidad de su ocurrencia y el impacto en caso de que el riesgo se materialice;
ii) Tener mediciones o evaluaciones del riesgo LA/FT/ FPADM por los factores de riesgo identificados.
7.3. Control
La Universidad deberá tomar las medidas razonables que le permitan controlar el riesgo inherente al cual se ve expuesta. Como resultado de la aplicación de los controles la Universidad podrá establecer su perfil de riesgo residual. El control debe estar enfocado en la eficacia, esto es, en la disminución de la pro babilidad de materialización del riego y del impacto en caso de que ello suceda.
Con el fin de controlar el riesgo LA/FT/FPADM la Universidad tendrá una matriz de riesgo en el cual se documentarán los mecanismos de control y su aplicación en los factores de riesgo que han sido identificados.
El monitoreo permite que la Universidad pueda desarrollar actividades de vigilancia respecto del perfil de riesgo y en general en la detección de actividades u operaciones que puedan ser inusuale s o sospechosas.
Para ello, se deberá:
i) Realizar un seguimiento periódico y comparativo del riesgo inherente y el riesgo residual de cada uno de los factores de riesgos y riesgos asociados.
ii) Asegurar que los controles sean integrales y se refieran a todos los riesgos, deberán funcionar de manera oportuna, efectiva y eficiente.
iii) Asegurarse que los niveles de riesgo residual estén en los niveles de aceptación que haya establecido la Universidad.
7.5.
La matriz de riesgo será el documento que permite evidenciar el proceso de identificación, medición y evaluación, control y monitoreo que se realiza en cada uno de los factores de riesgo y riesgos asociados. Asegura que la Universidad pueda tener documentados los riesgos identificados para realizar sobre ellos una adecuada gestión y control, fortaleciendo el desarrollo de actividades de prevención a través del adecuado y oportuno tratamiento de los riesgos.
La Universidad entiende la importancia de realizar actividades de conocimiento de las contrapartes antes de realizar cualquier tipo de vinculación comercial o contractual.
Para ello se ha establecido el deber de conocerlas de manera previa a su vinculación con el propósito de validar que no tengan actividades vigentes relacionadas con el lavado de activos, financiación del terrorismo o financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
De acuerdo con lo anterior, para la vinculación de contrapartes se deberá dar cumplimiento a los siguientes elementos:
• Realizar una validación de los antecedentes de la persona natural o jurídica a ser vinculada, a efectos de verificar que no cuente con una relación activa que lo vincule o relacione directamente con actividades asociadas al lavado de activos, financiación del terrorismo o financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva o antecedentes de tipo penal.
• Cualquier duda respecto de los antecedentes y de la viabilidad de la vinculación deberá ser consultada con el Oficial de Cumplimiento, dando aplicación al Procedimiento de Control de Antecedentes.
• La Universidad se abstendrá de realizar cualquier tipo de operación, vínculo comercial, contractual o jurídico, en aquellos eventos en los cuales se pueda establecer a través de un proceso de debida diligencia, que la vinculación puede generar un riesgo de lavado de activos, financiación de terrorismo o financiamiento de la proliferación de armas de destrucción
masiva, y que, como consecuencia de ello, implique la materialización de un riesgo reputacional, legal, operativo o de contagio para la Universidad.
• La Universidad se abstendrá de realizar cualquier tipo de operación, vinculo comercial, contractual o jurídico, en aquellos eventos en los cuales se determine que la persona natural o jurídica está siendo, o ha sido investigada o sancionada por alguna autoridad nacional o internacional por delitos de lavado de activos, financiación del terrorismo o financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
• Ningún empleado de la Universidad podrá autorizar operaciones o relaciones comerciales con una persona natural o jurídica que se encuentre incluida en la lista OFAC y/o en la lista ONU, o cuando aparezca en listas nacionales cuando tengan antecedentes de delitos relacionados con el lavado de activos, financiación del terrorismo, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva o conexos.
• El uso del aplicativo para la consulta en listas restrictivas o vinculantes tiene carácter confidencial, quedando prohibida cualquier práctica que implique el préstamo o socialización de usuarios o contraseñas para acceder en el sistema por parte de personas que no tengan el rol asignado para realizar las consultas. Adicionalmente, es importante tener en cuenta que el uso del aplicativo por parte de los usuarios autorizados es de uso institucional únicamente.
• El Oficial de Cumplimiento es la persona a cargo de administrar, crear y eliminar usuarios de la plataforma de consultas, y realizará el seguimiento y monitoreo de las mismas.
• La Universidad se abstendrá de promover relaciones comerciales o contractuales con personas naturales o jurídicas que no entreguen todos los soportes documentales que soporten su identificación, o que, al realizar la revisión docu mental, se haya podido establecer la falsedad o adulteración en la información entregada.
8.1. Vinculación de empleados administrativos y profesores
El área de Gestión Humana velará por el cumplimiento en la implementación de controles para conocer a los candidatos que suplirán vacantes administrativas y de profesores dentro de la Universidad. De acuerdo con ello, se delegará la función de control a una persona de Gestión Humana, quien contará con la autorización de acceder al aplicativo de consulta de antecedentes.
El control será ejecutado preferiblemente en el momento en el cual se tenga una cantidad plural de candidatos que
serán objeto de análisis por parte del área a cargo de la contratación, y en todos los casos previo envío de la terna final al jefe inmediato.
En el evento en el cual las Facultades adelanten revisiones de candidatos para suplir vacantes de profesores cátedra, deberán realizar la consulta antes de remitir la documentación a Gestión Humana.
La Universidad se abstendrá de continuar con procesos de selección de personas que presenten investigaciones o estén vinculados a los delitos de lavado de activos, financiación del terrorismo, o financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva o delitos conexos.
En todos los casos, una vez se haya firmado el documento contractual entre las partes, la Universidad podrá realizar la validación y verificación de antecedentes en cualquier momento durante el desarrollo de la relación contractual.
El conocimiento de los clientes, proveedores y terceros es muy importante para la Universidad dado que se constituye en un mecanismo de control frente al lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamien to de la proliferación de ar mas de destrucción masiva.
El conocimiento de quienes se vincularán a la Universidad para el desarrollo de diferentes negocios comerciales y contractuales es una medida que disuade a aquellos implicados en delitos o actividades relacionadas con el lavado de activos, financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, para abstenerse de querer hacer parte de un vínculo comercial con la Universidad.
Así mismo, permite a la Universidad que, mediante un procedimiento riguroso, pueda analizar no sólo la idoneidad del cliente, proveedor o tercero, sino que es un primer acercamiento en el que se puede decidir sobre la viabilidad o no de su vinculación.
La Universidad entiende que los controles son efectivos en medida que los mismos son aplicados de manera previa a la ejecución del negocio, por lo tanto, no será tolerable que la Universidad gestione vínculos comerciales sin que exist a previamente una revisión del cliente, proveedor o tercero que permita certificar su idoneidad.
La actividad de revisión de antecedentes es esencial dentro de un modelo de gestión de riesgos, dado que omitirlo generaría una brecha de seguridad y la Universidad quedaría expuesta a riesgos de tipo reputacional y de contagio que pueden dañar su buen nombre.
Adicionalmente, es importante que exista un adecuado monitoreo tanto de clientes como de proveedores vincu-
lados, y considerando que las verificaciones de antecedentes y listas no tienen vigencia, se recomienda aplicar los controles en los siguientes escenarios:
i) Cuando se presenten modificaciones contractuales.
ii) Cuando se evidencie que existen cambios en los representantes legales, miembros de la junta directiva, accionistas o existe un cambio en la razón social.
La aplicación de los controles estará a cargo de las áreas que llevan a cabo la creación de proveedores o clientes en los sistemas de la Universidad.
Así mismo, tendrán la facultad de realizar consultas las unidades que realizan el trámite de vinculación de clientes como lo es: la Oficina de Donaciones, la Oficina de Compras, la Oficina de Apoyo Financiero, Educación Continua, Consultoría, Dirección de Egresados, Dirección de Asuntos Internacionales.
En los procesos de contratación, se atenderá a lo dispuesto en el Manual de Contratación y en la aplicación del control de acuerdo a lo que en éste se estipula.
8.3. Vinculación de Donantes
Dentro del proceso de donaciones, será esencial realizar un control sobre antecedentes, de manera previa al recibo del dinero o bienes que constituye la donación de los donantes que pueden ser personas jurídicas o naturales. Todos los donantes deberán ser plenamente identificados.
La consulta del donante deberá realizarse en todos los casos y de manera previa, cuando se tramiten donaciones directas, online y a través de convenios o acuerdos.
La verificación de antecedentes y los lineamientos de consulta de acuerdo con los montos de las donaciones serán estructurados directamente dentro de los procesos que lidera la Oficina de Donaciones de la Universidad, o quien haga sus veces, quienes definirán los escenarios de consulta, determinados por el riesgo que exista en el procedimiento.
En todos los casos, la Oficina de Donaciones deberá realizar una consulta semestral masiva de los donantes vinculados, sean o no recurrentes, con el fin de realizar un monitoreo oportuno de antecedentes evitando la materialización del riesgo de LA/FT/FPADM.
8.4. Vinculación de Personas Expuestas Políticamente (PEP’S)
De acuerdo con el objeto social de la Universidad y el interés en la promoción de la educación, se ha determinado
que ésta tolerará la vinculación de personas expuestas políticamente en los escenarios académicos.
La Universidad reconoce que, en el ámbito académico es muy importante contar con puntos de vista de personas naturales que están o han estado vinculadas con cargos públicos nacionales o internacionales, ya que valora su experiencia dentro del ámbito laboral para hacer un aporte académico y educativo dentro de los escenarios que promueve la Universidad.
9. CONTROLES OPERATIVOS
La Universidad deberá dar cumplimiento al “Procedimiento de Consulta de Antecedentes” para la creación de los terceros.
9.1. Controles en documentos vinculantes
La Universidad contempla en las minutas de sus acuerdos, convenios y contratos una cláusula de obligatorio cumplimiento para los terceros enfocada en la mitigación del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
9.2. Debida Diligencia y Debida Diligencia Intensificada
En el caso en el cual la persona natural o jurídica que ha sido consultada, evidencia antecedentes que estén asociados a las listas restrictivas, se deberá informar al Oficial de Cumplimiento para que éste pueda realizar el proceso de debida diligencia y/o debida diligencia intensificada, en el cual se deberá tener en cuenta: i) la identificación de la contraparte (empleados, clientes, proveedores, terceros) y verificar su identidad desde diferentes fuentes de información; ii) si se trata de una persona jurídica se debe verificar la estructura; iii) entender y obtener la información asociada al propósito de la relación comercial o contractual y iv) se podrá solicitar un concepto sobre conocimiento de la contraparte al proveedor de listas restrictivas o de antecedentes.
Toda debida diligencia intensificada será presentada por el Oficial de Cumplimiento al Comité de Habeas Data y Cumplimiento.
En todos los casos en que se presenten antecedentes en las listas vinculantes quien está ejecutando el control deberá: i) suspender el proceso de vinculación hasta tanto se tenga concepto favorable de dar continuidad al mismo por parte del Oficial de Cumplimiento; ii) suspender cualquier operación que la Universidad esté ejecutando hasta tanto se tenga el resultado de la debida diligencia intensificada y iii) no se debe informar o advertir al tercero sobre el resultado de la consulta.
La Universidad en cada una de sus sedes tiene procedimientos en la Vicerrectoría Administrativa, relacionados con el manejo de efectivo para los temas asociados al recaudo por diferentes tipos de actividades, entre los cuales se encuentran sin limitarse a: servicios generales, ingresos de cafeterías, mercatería, tiendas y parqueadero.
Por regla general, los pagos que se reciben por concepto de recaudo de matrícula o pago por prestación de servicios ofrecidos por la Universidad deben ser electrónicos o a través del sistema financiero, limitando de esta forma cualquier tipo de manejo de efectivo en las unidades.
La Universidad está comprometida con la mitigación del riesgo de LA/ FT/FPADM, por lo cual, implementará mecanismos de control para las operaciones, los cuales están enfocados a detectar elementos que puedan razonablemente dar a entender que la operación puede generar un riesgo para la Universidad.
De acuerdo con ello, se realizarán dos monitoreos masivos anuales en los cuales se realizará la verificación de todos los terceros creados en el sistema de la Universidad. La validación periódica permite que la Universidad cuente con puntos de control que le permita evaluar la idoneidad de sus clientes, empleados, proveedores y terceros mitigando el riesgo reputacional. Como resultado de estos monitoreos, y en el evento en el cual se detecten antecedentes algún tercero, se deberán seguir los lineamientos establecidos en el “Procedimiento de Consulta de Antecedentes”.
Por otra parte, es importante establecer que todos los empleados deben estar comprometidos con el cumplimiento de las directrices y controles que incorpora esta Política, y deberán reportar sin dilación alguna al Oficial de Cumplimiento, cualquier evento sospechoso en relación con las operaciones de la Universidad que puedan llevar a materializar el riesgo de LA/FT/FPADM.
La Universidad mantendrá en reserva la información que obtenga de las contrapartes, como consecuencia de las solicitudes particulares de información. Todos los empleados guardarán reserva sobre los requerimientos, resultados de antecedentes o inspecciones que puedan ser adelantadas en virtud de los procedimientos de prevención de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
La Universidad entiende que la gestión del riesgo integral de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva es un elemento importante dentro del desarrollo de la operación de la Universidad, por lo cual, se incorporará dentro del proceso de inducción un curso general de conceptos sobre gestión del riesgo y el modo de actuar de la Universidad en ellos, y adicionalmente, un curso que será promovido anualmente para todos los empleados de la Universidad en donde se les sensibilizará sobre los principales conceptos asociados al SAGRILAFT.
12. DOCUMENTOS ASOCIADOS
La presente Política se complementa con el “Procedimiento de Consulta de Antecedentes”, y con los demás documentos asociados a la prevención del riesgo y conducta ética.
ARTÍCULO SEGUNDO - Que la actualización a la Política Sagrilaft, entrará en vigencia a partir de la fecha de firma del presente Acuerdo.
Dado en Bogotá, D.C., el 8 de agosto de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo
ACUERDO N° 756
Por el cual se recibe a S.E.R. José Tolentino de Mendonça, Prefecto del Dicasterio para la Cultura y la Educación en la Orden Universidad Javeriana, con el grado de Gran Cruz.
EL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO
(ACTA 959 DEL 8 DE AGOSTO DE 2024)
CONSIDERANDO:
1. Que Su Eminencia Reverendísima Cardenal José Tolentino de Mendonça fue nombrado por Su Santidad el Papa Francisco como Prefecto del Dicasterio para la Cultura y la Educación en 2022, respons ,abili dad misional que establece estrechos y significativos vínculos entre su dignidad y la Pontificia Universidad Javeriana.
2. Que Su Eminencia Reverendísima Cardenal José Tolentino de Mendonça es también miembro de los Dicasterios para las Causas de los Santos, para los Obispos, para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, y para la Doctrina de la Fe, entre otros significativos encargos, los cuales muestran la gran estima y altísima confianza que le tiene el Santo Padre, el Papa Francisco.
3. Que como Prefecto del Dicasterio para la Cultura y la Educación, S.E.R. Cardenal José Tolentino de Mendonça ha destacado la necesidad de mantener una relación abierta entre los valores del Evangelio y las necesidades pedagógicas y científicas modernas, asegurando que la educación católica no solo forme profesionales competentes, sino también ciudadanos comprometidos con el respeto de la dignidad humana, la justicia y el bien común.
4. Que S.E.R. Cardenal de Mendonça ha promovido con decisión el Pacto Educativo Global, iniciativa de Su Santidad el Papa Francisco, invitando a renovar la pasión por la educación, fomentando la fraternidad universal y la creación de alianzas que involucren a todos los actores sociales en la construcción de un mundo más justo y fraterno; Alianza Educativa en la que la Pontificia Universidad Javeriana tiene el importante encargo de promover, especialmente, las áreas de tecnología y de ecología integral.
5. Que las reflexiones claras y cálidas de S.E.R. Cardenal de Mendonça sobre la misión, el diálogo y la pastoral universitaria han sido fuente de inspiración, tanto para la Pontificia Universidad Javeriana, como para las universidades católicas alrededor del mundo, recordando que para la Iglesia la educación no es una opción sino un mandato que viene de tiempo atrás y conduce hacia el futuro.
6. Que su labor en la Universidad Católica Portuguesa, tanto como profesor de Teología, Literatura y Espiritualidad, como Decano de Teología y vicerrector, dejó una importante huella al promover una educación integral, en un ambiente estimulante de rigor académico, pensamiento crítico, apertura al diálogo interdisciplinario, innovación y conexión con los grandes desafíos locales y globales; y que su legado en la educación superior de Portugal es un testimonio de cómo la fe, cuando se vive con autenticidad, puede inspirar una educación que transforma tanto a individuos como a sociedades. Que en su trayectoria académica se destacan sus posiciones como Rector del Pontificio Colegio Portugués de Roma, profesor invitado de la Universidad Católica de Pernambuco, la Pontificia Universidad Católica de Rio de Janeiro, la Escuela Jesuita de Filosofía y Teología de Belo Horizonte, en Brasil, y de la Universidad de Nueva York.
7, Que a su vasta carrera eclesiástica y académica, se suma una riquísima obra poética y ensayística en su lengua nativa el portugués y en otros idiomas como el inglés, el italiano y el castellano, entre la que se encuentran títulos tales como: Pequeña teología de la lentitud, La mística del instante, Elogio de la sed, Hacia una espiritualidad de los sentidos, El pequeño camino de las grandes preguntas, El poder de la esperanza, Padre nuestro que estás en la tierra, Ningún camino será largo, El tesoro secreto, Encontrar y poseer el tesoro escondido, Por un arte de la búsqueda interior, El hipopótamo de Dios, La construcción de Jesús, Escuela del silencio, obras en las que S.E.R. Cardenal de Mendonça ha establecido un lúcido diálogo con los grandes interrogantes del presente, demostrando una extraordinaria capacidad para abordarlos con una mirada profunda, desde una clara dimensión cultural y espiritual.
8. Que su capacidad de inspirar y orientar a quienes le escuchan y leen, lo convierten en una figura única y en un líder que trasciende fronteras desde su acción académica, sacerdotal y humana.
9. Que con la claridad y sensibilidad de sus pensamientos ha enviado un mensaje de esperanza y de reafirmación de la labor de las universidades católicas, invitando a todos los educadores a afrontar con esperanza el difícil momento histórico de cambios continuos y múltiples crisis por las que atraviesa la humanidad.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO - Expresar de manera perdurable nuestra admiración y aprecio a Su Eminencia Reverendísima Cardenal José Tolentino de Mendonça, y reconocer mediante la admisión a la Comunidad de Honor de la Orden Universidad Javeriana, en el Grado de Gran Cruz,
su trayectoria eclesiástica, académica y cultural, así como sus valiosos aportes a la educación y la cultura, que han beneficiado excepcionalmente a la humanidad y han reforzado los lazos entre la educación y los valores cristianos.
ARTÍCULO SEGUNDO - El Rector de la Pontificia Universidad Javeriana, Gran Maestre de la Orden, hará la imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, autenticado con el Sello de la Universidad, en ceremonia solemne convocada especialmente con este fin.
Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de agosto de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Presidente deL ConseJo direCtivo seCretario deL ConseJo direCtivo
ACUERDO N° 757
Cambio de denominación del programa Especialización en Gerencia Internacional por Especialización en Inteligencia de los Negocios Internacionales
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
1º Que el Consejo Directivo Universitario, en su sesión del 24 de julio de 2024 (Acta Nº 958) aprobó el cambio de denominación del’ programa Especialización en Gerencia Internacional;
2° Que el cambio de denominación propuesto no afectará la naturaleza, ni el objeto de estudio del programa;
3° Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo Universitario “Para la Sede Central de la Universidad aprobar... los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos,... “;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO - Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, el cambio de denominación del programa Especialización en Gerencia Internacional por Especialización en Inteligencia de los Negocios Internacionales, programa adscrito a la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas y que otorgará el título de Especialista en Inteligencia de los Negocios Internacionales.
ARTÍCULO SEGUNDO - El Rector de la Universidad, en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios, así como su inclusión de estas modificaciones en el SNIES.
Dado en Bogotá, D.C., el 12 de septiembre de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Presidente deL ConseJo direCtivo seCretario deL ConseJo direCtivo
ACUERDO Nº 758
Aprobación de la Afiliación del Instituto Universitario Eclesiástico Santo Tomás de Aquino - IUESTA de San Cristóbal - Venezuela, a los estudios eclesiásticos de la Facultad de Filosofía de la Universidad
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
1. Que el Excmo. Monseñor Mario del Valle Moronta Rodríguez, Obispo de San Cristóbal, en carta del 28 de junio de 2023 (015-023), solicitó a la Pontificia Universidad Javeriana que se adelantaran las gestiones necesarias para la Afiliación del Instituto Universitario Eclesiástico Santo Tomás de Aquino - IUESTA de San Cristóbal - Venezuela , a los estudios eclesiásticos de Filosofía de la Facultad de Filosofía de la Pontificia Universidad Javeriana.
2. Que el Excmo. Mons. Jesús González de Zárate Salas, Arzobispo de Cumaná y Presidente de la Conferencia Episcopal Venezolana, en carta del 8 de mayo de 2023 (Prot. 162-05/2023 _P), previo visto bueno de la Conferencia Episcopal Venezolana, aprobó y recomendó la Afiliación del Instituto Universitario Eclesiástico Santo Tomás de Aquino - IUESTA de San CristóbalVenezuela, a los estudios eclesiásticos de Filosofía de la Facultad de Filosofía de la Pontificia Universidad Javeriana.
3. Que el Dr. Luis Fernando Cardona Suárez, Decano de la Facultad de Filosofía, informó al Consejo de la Facultad de Filosofía en su sesión del 2 de abril de 2024, Acta número 6 de 2024, el cumplimiento de la totalidad de las evaluaciones requeridas para la renovación de la Afiliación del Instituto Universitario Eclesiástico Santo Tomás de Aquino - IUESTA de San CristóbalVenezuela, a los estudios eclesiásticos de filosofía de la Facultad de Filosofía de la Pontificia Universidad Javeriana.
4. Que el Consejo de la Facultad de Filosofía, en su sesión del 2 de abril de 2024, Acta número 6 de 2024, estudió y aprobó por consenso la solicitud de la mencionada Afiliación.
5. Que, en la sesión del 24 de julio de 2024, Acta No. 958, se presentó al Consejo Directivo Universitario la solicitud de la Afiliación del Instituto Universitario Eclesiástico Santo Tomás de Aquino - IUESTA de San Cristóbal - Venezuela, a los estudios eclesiásticos de filosofía de la Facultad de Filosofía de la Pontificia Universidad Javeriana.
6. Que es función del Consejo Directivo Universitario: “Decidir sobre extensiones” (Est. 116, h).
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO - Aprobar la Afiliación del Instituto Universitario Ecle iástico Santo Tomás de Aquino - IUESTA de San Cristóbal - Venezuela a los estudios eclesiásticos de filosofía de la Facultad de Filosofía de la Pontificia Universidad Javeriana.
ARTÍCULO SEGUNDO - El Rector de la Universidad adelantará las gestiones para el envío al Gran Canciller, por medio del Vice-Gran Canciller, de los documentos necesarios para presentar a la Santa Sede la solicitud de la mencionada afiliación.
Dado en Bogotá, D.C., el 8 de noviembre de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Presidente deL ConseJo direCtivo seCretario deL ConseJo direCtivo
ACUERDO Nº 759
Creación de la Maestría en Neuropsicología Clínica
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
1º Que las Facultades de Medicina y Psicología han preparado los proyectos de creación del programa de Maestría en Neuropsicología Clínica;
2° Que esta propuesta, después de haber recibido la aprobación correspondiente en los Consejos de Facultad y en el Consejo Académico, fue presentada en la reunión del 20 de noviembre de 2024 (Acta Nº. 962) de este Consejo, cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos de la Universidad;
3º Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo Universitario “Para la Sede Central de la Universidad aprobar... los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, decidir sobre extensiones y otros programas que el mismo Consejo Directivo Universitario determine”.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO -Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la creación de la Maestría en Neuropsicología Clínica, que otorgará el título de Magíster o Magistra en Neuropsicología Clínica, adscrita a las Facultades de Medicina y Psicología.
ARTÍCULO SEGUNDO - El Rector de la Universidad, en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional, los trámites legales necesarios para obtener el Registro Calificado de este programa y su inclusión en los sistemas de información, según corresponda.
Dado en Bogotá, D.C., el 4 de diciembre de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Presidente deL ConseJo direCtivo seCretario deL ConseJo direCtivo
ACUERDO Nº 760
(Valores de Matrícula y Otros Derechos Pecuniarios)
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
1. Que las Vicerrectorías Administrativas de la Sede Central y la Seccional de Cali de la Universidad, han realizado los estudios de costos orientados a asegurar la sostenibilidad de los Programas Académicos, en particular, y de la Universidad, en general.
2. Que de acuerdo con dichos estudios, y oído el parecer de los Decanos, de los Vicerrectores, del Consejo Administrativo y del Consejo Directivo de la Seccional de Cali, el Rector de la Universidad, para la Seccional de Cali, y el Consejo Directivo Universitario, para la Sede Central, han procedido a fijar los valores de matrícula y derechos pecuniarios para el año 2025, según consta en el acta del Consejo Directivo Universitario No. 962 del 20 de noviembre de 2024.
3. Que de conformidad con el numeral 116, literales b. y c. de los Estatutos de la Universidad es función del Consejo Directivo Universitario “... fijar políticas generales relacionadas con la planeación, organización, dirección y control de las actividades de la Universidad” y decidir “... sobre la adopción del presupuesto general y del pian de inversiones de cada vigencia ...”.
4. Que de conformidad con el numeral 153, literal d, de los Estatutos de la Universidad, es función del Rector de la Universidad aprobar el presupuesto para el 2025 de la Seccional de Cali.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO - Aprobar los siguientes valores de matrícula para el año 2025, de los Programas de Pregrado y Posgrado, así como sus extensiones, que ofrece la Pontificia Universidad Javeriana en la Sede Central (Bogotá) y en la Seccional de Cali, los programas que registran valores diferenciales corresponden al valor aprobado para la cohorte de admisión y matrícula del estudiante:
SEDE CENTRAL - Pregrado y Posgrado:
POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES
AMBIENTALES
ESPECIALIZACIÓN EN HEMATOLOGÍA EN EL
ESPECIALIZACIÓN EN HEMATOLOGÍA EN
ESPECIALIZACIÓN EN HEMATOLOGÍA EN EL
CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS
ESPECIALIZACIÓN
ESPECIALIZACIÓN EN CONTABILIDAD
EN CONTABILIDAD
ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE LA CALIDAD
ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA
EN GERENCIA
EN GERENCIA
CIENCIAS JURÍDICAS
ESPECIALIZACIÓN
EN DERECHO LABORAL Y DE
EN DERECHO LABORAL Y DE
MAESTRÍA EN DERECHO LABORAL Y DE
CIENCIAS POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES
ESPECIALIZACIÓN EN GOBIERNO Y GESTIÓN
ESPECIALIZACIÓN EN GOBIERNO Y GESTIÓN
ESPECIALIZACIÓN EN GOBIERNO Y GESTIÓN
ESPECIALIZACIÓN EN GOBIERNO V GESTIÓN PÚBLICA TERRITORIALESBARRANQUILLA
ESPECIALIZACIÓN EN GOBIERNO Y GESTIÓN PÚBLICA TERRITORIALES-
ESPECIALIZACIÓN EN GOBIERNO Y GESTIÓN
ESPECIALIZACIÓN EN OPINIÓN PÚBLICA
EN GOBIERNO DEL
COMUNICACIÓN Y LENGUAJE DOCTORADO EN
DOCTORADO EN COMUNICACIÓN, LENGUAJES E
DOCTORADO EN COMUNICACIÓN, LENGUAJES E INFORMACIÓN
ESPECIALIZACIÓN EN COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL
MAESTRÍA EN LINGÜÍSTICA APLICADA DEL ESPAÑOL
MAESTRÍA EN LINGÜÍSTICA APLICADA
EN LINGÜÍSTICA APLICADA
MAESTRÍA EN LINGÜÍSTICA APLICADA DEL ESPAÑOL
MAESTRÍA EN LINGÜÍSTICA APLICADA DEL ESPAÑOL COMO LENGUA
DERECHO CANÓNICO ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO
EN ENFERMERÍA EN
EN ENFERMERÍA
EN SEGURIDAD Y
ESPECIALIZACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN
EN CUIDADO DE ENFERMERÍA
MAESTRÍA EN ENFERMERÍA
EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
EN LIDERAZGO PARA
EN LIDERAZGO PARA
EN EDUCACIÓN PARA LA INNOVACIÓN Y LAS
EN EDUCACIÓN PARA LA
MAESTRÍA EN EDUCACIÓN PARA LA
Y LAS CIUDADANÍAS
EN ARQUITECTURA
EN ARQUITECTURA
ESPECIALIZACIÓN EN ARQUITECTURA
ESPECIALIZACIÓN EN INTELIGENCIA
ESPECIALIZACIÓN EN INGENIERÍA DE
ESPECIALIZACIÓN EN INGENIERÍA DE OPERACIONES
ESPECIALIZACIÓN EN INGENIERÍA DE OPERACIONES EN
ESPECIALIZACIÓN EN SISTEMAS
ESPECIALIZACIÓN EN SISTEMAS
ESPECIALIZACIÓN EN TECNOLOGÍA DE LA
ESPECIALIZACIÓN EN TECNOLOGÍA DE LA
MAESTRÍA EN ANALÍTICA PARA LA INTELIGENCIA
EN ANALÍTICA PARA LA
EN ANAÚTICA PARA LA
MAESTRÍA EN INGENIERÍA DE SISTEMAS
MAESTRÍA EN INGENIERÍA DEL
INSTITUTO PENSAR MAESTRÍA EN ESTUDIOS CRÍTICOS DE LAS
EN ESTUDIOS CRÍTICOS DE LAS
EN CIRUGÍA
EN CIRUGÍA
ESPECIALIZACIÓN EN MEDICINA DEL DOLOR Y
PEDIÁTRICOS
ESPECIALIZACIÓN EN
EN PSIQUIATRÍA DE
ESPECIALIZACIÓN EN PSIQUIATRÍA DE
ESPECIALIZACIÓN EN PSIQUIATRÍA DE NIÑOS Y
ESPECIALIZACIÓN EN PSIQUIATRÍA DE NIÑOS Y ADOLESCENTES
ESPECIALIZACIÓN EN RADIOLOGÍA E IMÁGENES DIAGNÓSTICAS
ESPECIALIZACIÓN EN RADIOLOGÍA E
ESPECIALIZACIÓN EN RADIOLOGÍA E IMÁGENES
ODONTOLOGÍA
Y CIRUGÍA BUCAL
Nota 1: Para la segunda y tercera fecha de matrícula, el valor se incrementará: en un 0,5% si el pago se realiza durante la primera semana posterior a la fecha límite de matrícula; en un 1,0 % si el pago se realiza durante la segunda semana posterior a la fecha límite de matrícula; en un 1,5 % si el pago se realiza durante la tercera semana posterior a la fecha límite de matrícula, y en un 2,0% si el pago se realiza durante la cuarta semana posterior a la fecha límite de matrícula.
SECCIONAL CALI - Pregrado y Posgrado:
PREGRADO
FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS INGENIERÍA
INGENIERÍA ELECTRÓNICA
INGENIERÍA DE SISTEMAS Y COMPUTACIÓN
INGENIERÍA DE SISTEMAS Y COMPUTACIÓN
INGENIERÍA DE SISTEMAS Y COMPUTACIÓN
Admitidos hasta el año 2023
Admitidos a partir del año
Admitidos durante el año
Admitidos hasta el año 2023 $11.607.000 5,40% $12.234.000
Admitidos a partir del año
Admitidos durante el año
Admitidos hasta el año 2023 $11.607.000
Admitidos a partir del año
Admitidos hasta el año
BIOLOGÍA Admitidos hasta el año 2023
Admitidos a partir del año
(DIURNO)
ADMINISTRACIÓN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (DIURNO) Admitidos hasta el año 2023 $11.844.000 5,40% $12.484.000
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (NOCTURNO)
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (NOCTURNO)
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (NOCTURNO)
ECONOMÍA
ECONOMÍA
NEGOCIOS INTERNACIONALES
Admitidos a partir del año 2025
Admitidos durante el año 2024
Admitidos hasta el año 2023 $9.077.000 5,41% $9.568.000
Admitidos a partir del año 2025 $11.722.000 6,41% $12.473.000
Admitidos durante el
Admitidos hasta el año 2023
Admitidos a partir del
Admitidos durante el
Admitidos hasta el año
Admitidos a partir del
Admitidos durante el
Admitidos durante el
Admitidos hasta el año
Admitidos durante el año
FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES PSICOLOGÍA
Admitidos a partir
CIENCIA POLÍTICA
Admitidos durante el año
Admitidos
Admitidos durante el año
Admitidos
Admitidos a partir del año
PRODUCCIÓN
DISEÑO DE COMUNICACIÓN VISUAL
ARTES VISUALES
Admitidos hasta el año 2023
Admitidos a partir del año
Admitidos hasta el año 2024 $10.077.000 5,41% $10.622.000 ARTES VISUALES
Admitidos hasta el año 2023 $9.987.000 5,41% $10.527.000 ARQUITECTURA
ARQUITECTURA
Admitidos a partir del año 2025 $10.415.000 6,40% $11.082.000
Admitidos hasta el año 2024 $10.415.000 5,41% $10.978.000 ARQUITECTURA
GASTRONOMÍA Y ARTES CULINIARIAS
Admitidos hasta el año 2023 $10.322.000 5,41% $10.880.000
Admitidos a partir del año
6,41% $11.956.000 GASTRONOMÍA Y ARTES CULINIARIAS
Admitidos hasta el año 2024 $11.236.000 5,40% $11.843.000 GASTRONOMÍA Y ARTES CULINIARIAS
TECNOLOGÍA EN DANZA Y ARTES DEL MOVIMIENTO
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
Admitidos hasta el año 2023 $11.135.000 5,41% $11.737.000
Admitidos a partir del año
NUTRICIÓN Y DIETÉTICA
NUTRICIÓN Y DIETÉTICA
Admitidos hasta el año
Admitidos hasta el año 2023
Admitidos a partir del año 2025 $8.705.000 6,40% $9.262.000
Admitidos hasta el año 2023
Admitidos a partir del año
Admitidos hasta el año 2024 $9.058.000 5,41% $9.548.000
Admitidos hasta el año 2023 $8.9n.OOO 5,40% $9.462.000 POSGRADO
FACULTAD
ESPECIALIZACIÓN EN OFTALMOLOGÍA
a partir del año
Admitidos
Admitidos hasta el año 2023
Admitidos a partir del año
ESPECIALIZACIÓN EN OFTALMOLOGÍA Admitidos hasta el año 2024 $21.S71.000 5,41% $22.737.000
ESPECIALIZACIÓN EN OFTALMOLOGÍA
el
ESPECIALIZACIÓN EN MEDICINA FORENSE Admitidos hasta el año 2023 $16.894.000 5,40% $17.807.000
ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA ONCOLÓGICA
ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA ONCOLÓGICA
ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA ONCOLÓGICA
ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA DE MANO
ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA DE MANO
ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA DE MANO
ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA PEDIÁTRICA
ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA PEDIÁTRICA
ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA PEDIÁTRICA
ESPECIALIZACIÓN EN ORTOPEDIA Y
ESPECIALIZACIÓN EN ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA
ESPECIALIZACIÓN EN ANESTESIOLOGÍA
ESPECIALIZACIÓN EN ANESTESIOLOGÍA
Admitidos a partir del año
Admitidos hasta el año 2024 $17.359.000 5,41% $18.298.000
Admitidos hasta el año 2023 $17.203.000 5,41% $18.133.000
Admitidos a partir del año 2025 $21.861.000 6,41% $23.262.000
Admitidos hasta el año 2024 $21.861.000 5,41% $23.043.000
Admitidos hasta el año 2023 $21.665.000 5,41% $22.837.000
Admitidos a partir del año 2025 $21.571.000 6,41% $22.953.000
Admitidos hasta el año 2024 $21.571.000 5,41% $22.737.000
Admitidos hasta el año 2023 $21.377.000 5,41% $22.533.000
Admitidos hasta el año 2023
Admitidos hasta el año 2024 $22.865.000 5,41% $24.101.000 ESPECIALIZACIÓN EN ANESTESIOLOGÍA
MAESTRÍA EN EPIDEMIOLOGÍA (VIRTUAL)
FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS
ESPECIALIZACIÓN EN SISTEMAS GERENCIALES DE INGENIERÍA
ESPECIALIZACIÓN EN SISTEMAS GERENCIALES DE INGENIERÍA
Admitidos hasta el año 2023 $22.660.000
Admitidos a partir del año 2025
Admitidos a partir del año 2025
Admitidos hasta el año 2024
ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE CONSTRUCCIONES Admitidos a partir del año 2025 $13.448.000 6,41% $14.310.000
ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE CONSTRUCCIONES
Admitidos hasta el año 2024 $13.448.000 5,41% $14.175.000
ESPECIALIZACIÓN EN LOGÍSTICA
ESPECIALIZACIÓN EN INGENIERÍA DE LA CALIDAD
ESPECIALIZACIÓN EN INGENIERÍA DE LA CALIDAD
ESPECIALIZACIÓN EN INGENIERÍA DE SOFTWARE
ESPECIALIZACIÓN EN INGENIERÍA DE SOFTWARE
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN DEL CONSUMO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN DEL CONSUMO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA
MAESTRÍA EN INGENIERÍA
Y CIENCIAS
Admitidos a partir del año
Admitidos a partir del año
Admitidos
Admitidos a partir del año
Admitidos a partir del año 2025
Admitidos hasta el año 2024
Admitidos a partir del año
Admitidos a partir del año 2025
6,40% $14.823.000 MAESTRÍA EN INGENIERÍA Y CIENCIAS
Admitidos hasta el
Admitidos a partir del año
MAESTRIA EN INGENIERÍA CIVIL Admitidos hasta el año 2024
5,41% $14.684.000 MAESTRIA EN INGENIERÍA DE SOFTWARE Admitidos a partir del año
DOCTORADO EN INGENIERÍA Y CIENCIAS APLICADAS
DOCTORADO EN INGENIERÍA Y CIENCIAS
APLICADAS
DOCTORADO EN INGENIERÍA Y CIENCIAS
APLICADAS
Admitidos a partir del año 2025
Admitidos hasta el año 2024 $23.009.000 5,41% $24.253.000
Admitidos hasta el año 2023 $22.803.000 5,41% $24.036.000
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS
ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA SOCIAL Admitidos a partir del año 2025 $8.309.000 6,40% $8.841.000
ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA SOCIAL
Admitidos hasta el año 2024 $8.309.000 5,40% $8.758.000
ESPECIALIZACIÓN EN CONTABILIDAD FINANCIERA INTERNACIONAL
ESPECIALIZACIÓN EN CONTABILIDAD FINANCIERA INTERNACIONAL
ESPECIALIZACIÓN EN NEGOCIOS INTERNACIONALES (VIRTUAL) (Nota 3)
ESPECIALIZACIÓN EN NEGOCIOS INTERNACIONALES (VIRTUAL) (Nota 3)
ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE LA CALIDAD Y AUDITORÍA EN SALUD (VIRTUAL)
ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE LA CALIDAD Y AUDITORÍA EN SALUD (VIRTUAL)
MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
Admitidos a partir del
a partir del año
Admitidos a partir del año
Admitidos hasta el año 2024
Admitidos a partir del
Admitidos hasta el año 2024 $12.720.000
Admitidos a partir del año
Admitidos hasta el año 2024
Admitidos a partir del año 2025 $20.254.000 6,41%
MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Admitidos hasta el año 2023
MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (PEREIRA)
MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (PEREIRA)
MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (PEREIRA)
Admitidos a partir del
Admitidos hasta el año 2024 $17.467.000 5,40% $18.411.000
Admitidos hasta el año 2023 $17.311.000 5,41% $18.247.000 MAESTRÍA EN GERENCIA DE ORGANIZACIONES DE SALUD
Admitidos a partir del año
$15.646.000 MAESTRÍA EN GERENCIA DE ORGANIZACIONES DE SALUD
MAESTRÍA EN FINANZAS
Admitidos a partir del año 2025 $14.472.000
Admitidos a partir del año 2025
MAESTRÍA EN MERCADEO
Admitidos hasta el año 2024 $17.022.000 5,40% $17.942.000 MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (BARRANQUILLA)
MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (BARRANQUILLA)
MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (BARRANQUILLA)
Admitidos a partir del año 2025 $22.142.000 6,41% $23.561.000
Admitidos hasta el año 2024 $22.142.000 6,41% $23.339.000
Admitidos hasta el año 2023 $21.943.000 5,41% $23.130.000
MAESTRÍA
MAESTRÍA
DOCTORADO EN CIENCIAS ECONÓMICAS
DOCTORADO EN CIENCIAS ECONÓMICAS
Admitidos hasta el año 2023
FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES
ESPECIALIZACIÓN EN CULTURA DE PAZ.Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
ESPECIALIZACIÓN EN CULTURA DE PAZ. Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO COMERCIAL
ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO COMERCIAL
ESPECIALIZACIÓN EN PROCESOS HUMANOS Y DESARROLLO ORGANIZACIONAL
ESPECIALIZACIÓN EN PROCESOS HUMANOS Y DESARROLLO ORGANIZACIONAL
ESPECIALIZACIÓN
Admitidos a partir del año
Admitidos hasta el año 2024 $7.532.000 5,40% $7.939.000
Admitidos a partir del año 2025 $12.746.000 6,41% $13.563.000
Admitidos hasta el año 2024 $12.746.000 5,41% $13.435.000
Admitidos a partir del año 2025 $11.119.000 6,40% $11.831.000
Admitidos hasta el año 2024 $11.119.000 5,41% $11.720.000
Admitidos a partir del año
EN JURISDICCIÓN AGRARÍA Y DERECHO DE TIERRAS
EN FAMILIA
MAESTRÍA EN DERECHOS HUMANOS Y CULTURA DE PAZ.
MAESTRÍA EN DERECHOS HUMANOS Y CULTURA DE PAZ
Admitidos a partir del año 2025
Admitidos hasta el año 2024 $11.282.000 S,41% $11.892.000
Admitidos a partir del año 2025 $13.733.000
EN PSICOLOGÍA DE LA SALUD Admitidos hasta el año 2024 $12.084.000 5,40% $12.737.000
MAESTRÍA EN EDUCACIÓN
MAESTRÍA EN DERECHO EMPRESARIAL (PEREIRA)
MAESTRÍA EN ASESORÍA FAMILIAR (VIRTUAL)
MAESTRÍA EN ASESORÍA FAMILIAR (VIRTUAL)
MAESTRÍA EN RELACIONES INTERNACIONALES
MAESTRÍA EN RELACIONES INTERNACIONALES
Admitidos a partir del año
Admitidos a partir del año
Admitidos a partir del año
Admitidos a partir del año 2025
Admitidos hasta el año 2024 $12.362.000
MAESTRÍA EN NEUROPSICOLOGÍA CLÍNICA Admitidos a partir del
MAESTRÍA EN NEUROPSICOLOGÍA CLÍNICA Admitidos hasta el año
MAESTRÍA EN COMUNICACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES
MAESTRÍA EN COMUNICACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES
MAESTRÍA EN COMUNICACIÓN Y CREACIÓN INTERACTIVA (VIRTUAL)
DOCTORADO EN PSICOLOGÍA
Admitidos a partir del año
Admitidos hasta el año 2024 $12.850.000 5,41% $13.545.000
Admitidos a partir del año 2025 $8.723.000 0,00% $8.723.000
Admitidos a partir del año 2025
DOCTORADO EN PSICOLOGÍA Admitidos
PSICOLOGÍA
FACULTAD DE CREACIÓN Y HÁBITAT
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN DE LAS
ARTES Y LA CULTURA
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN DE LAS
ARTES Y LA CULTURA
EN
$17.617.000 6,41% $18.746.000
Admitidos a partir del año 2025 $7.938.000
Admitidos hasta el año 2024 $7.938.000 5,40% $8.367.000
ESPECIALIZACIÓN EN ANIMACIÓN DIGITAL Admitidos a partir del año
ESPECIALIZACIÓN EN ANIMACIÓN DIGITAL Admitidos hasta el año
$11.544.000 INSTITUTO DE ESTUDIOS INTERCULTURALES
MAESTRÍA EN INTERCULTURALIDAD, DESARROLLO Y PAZ TERRITORIAL
Admitidos a partir del año 2025 $12.935.000 6,41% $13.764.000
MAESTRÍA EN INTERCULTURALIDAD, DESARROLLO Y PAZ TERRITORIAL Admitidos hasta el año 2024 $12.935.000 5,40% $13.634.000
Nota 2: Para la segunda y tercera fecha de matrícula, el valor se incrementará: en un 5,0 % y en un 7,0 %, respectivamente, sobre el valor inicial de la primera fecha límite.
Nota 3: Convertida a modalidad virtual.
ARTÍCULO SEGUNDO - Fijar los siguientes derechos por otros conceptos académicos que presta la Universidad:
SEDE CENTRAL
Derechos de Inscripción Pregrado y Posgrado
Carné (duplicado)
Certificación de planes de estudio y programas de asignaturas
Certificaciones, constancias y copias actas de grado
Evaluación supletoria
Validación de asignaturas
Preparatorio (repetición de examen o primer examen preparatorio de estudiante que incumplió)
Examen de Clasificación en lengua extranjera por segunda vez
Derechos de grado
Diploma de grado (original o copia) en español o en latín
Traducción de diplomas del latín
Costos específicos por Programa o Facultad
Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas
de Inscripción Maestría en Administración -
de Inscripción Maestría en Administración -
Instituto de Bioética
de cursos especiales (tutoriales) para estudiantes
Facultad de Filosofía
Facultad de Medicina - Preuniversitario
Facultad de Odontología
de grado - Técnico Laboral en Auxiliar en Odontología
Certificación (Diploma) - Técnico Laboral en Auxiliar en Odontología
Copia Certificación Acta- Técnico Laboral en Auxiliar en Odontología
Facultad de Teología
Facultad de Medicina - Posgrado
Copia Certificado Educ Continua
Supletorios parciales y finales pregrado
Derechos de grado pregrado
Reposición de carné para estudiantes
Multa equipos de reserva lab. De comunicación (hora)
Multa libros de reserva
Programa IB (bachillerato internacional)
Actas de grado (copia)
Inscripción pregrado
Inscripción especializaciones médico-quirúrgicas
Conexión Javeriana (transición media a superior)
Diploma en español (copia)
Preparatorios carrera de derecho
ARTÍCULO TERCERO - Justificación del incremento del valor de la matrícula y de otros derechos pecuniarios por encima del índice de inflación - 2024, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 19591 del 27 de septiembre de 2017 del Ministerio de Educación Nacional.
A continuación, se enuncian los proyectos que se adelantarán el próximo año en el marco de un mejoramiento continuo de la Universidad, en primer lugar, para la Sede Central (Bogotá) y a continuación para la Seccional Cali.
SEDE CENTRAL
(BOGOTÁ- CODIFICACIÓN SNIES 1701)
La numeración de las categorías de los proyectos de inversión corresponde a la registrada en la plantilla SNIES para tal fin.
4. Desarrollo físico y sostenibilidad ambiental (incluye infraestructura e inversión en planta física)
4.1. Renovación de redes públicas por valor de $4.200 millones de pesos, en el 2025, como compromiso de la Universidad con las ESP (ENEL y EAAB) para mejoramiento del Campus universitario y de las condiciones de la comunidad en general.
479.000 5,2%
La numeración de las categorías de los proyectos de inversión corresponde a la registrada en la plantilla SNIES para tal fin.
8. Inversión en planta física
8.1. Remodelación Laboratorio de Sonido - Piso 3 Edificio Los Almendros
ARTÍCULO CUARTO - Se faculta al Rector de la Universidad para expedir las precisiones y aclaraciones que sean necesarias y requeridas en relación con el valor de las matrículas y los derechos pecuniarios de los programas académicos conducentes a título de la Universidad.
Dado en Bogotá, a los 11 días del mes de diciembre de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo
ACUERDO Nº 761
Creación de la Especialización en Orientación Socio-Ocupacional
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
1° Que la Facultad de Psicología ha preparado el proyecto del programa de Especialización en Orientación SocioOcupacional;
2º Que esta propuesta, después de haber recibido la aprobación correspondiente en el respectivo Consejo de Facultad y en el Consejo Académico, fue presentada en la reunión del 4 de diciembre de 2024 (Acta Nº. 963) de este Consejo, cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos de la Universidad;
3° Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo Universitario “Para la Sede Central de la Universidad aprobar... los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, decidir sobre extensiones y otros programas que el mismo Consejo Directivo Universitario determine”.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO - Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la creación de la Especialización en Orientación Socio-Ocupacional, que otorgará el título de Especialista en Orientación Socio-Ocupacional, adscrita a la Facultad de Psicología.
ARTÍCULO SEGUNDO - El Rector de la Universidad, en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional, los trámites legales necesarios para obtener el Registro Calificado de este programa y su inclusión en los sistemas de información, según corresponda.
Dado en Bogotá, D.C., el 11 de diciembre de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Presidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo
(Proclamación de Profesores Titulares)
EL RECTOR
DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
1. Que el Reglamento del Profesorado, expedido mediante Acuerdo Nº. 690 del 12 de diciembre de 2019, señala que es Profesor Titular la persona que ha realizado una significativa contribución a la construcción de la comunidad educativa y goza de gran reconocimiento en la comunidad académica nacional e internacional por una trayectoria en la cual son elementos fundamentales su aporte a la formación integral de las personas, una producción intelectual con impacto y reconocimiento y su compromiso con el servicio y la transferencia de conocimiento;
2. Que al proclamar los nuevos Profesores Titulares, la Pontificia Universidad Javeriana enaltece de forma perenne los nombres de quienes se han destacado en la comunidad académica por los aportes a la formación integral de los javerianos y las javerianas, por su dedicación al servicio al país y la transferencia de conocimiento, mereciendo este reconocimiento por parte de sus colegas y estudiantes;
3. Que es deber de la Universidad exteriorizar de manera perdurable la gratitud y aprecio hacia los Profesores y Profesoras que han sobresalido en el ejercicio de sus funciones y han llegado a ser de especial significación para ella.
ARTÍCULO PRIMERO - Proclamar Profesores Titulares a los siguientes doctores y doctoras:
Nombre
Facultad/Instituto
Diana Stella Álvarez González Facultad de Ciencias
Janneth González Santos Facultad de Ciencias
Marcela Franco Correa Facultad de Ciencias
Saúl Prada Pedreros Facultad de Ciencias
Óscar Alberto Torres Duque Facultad de Ciencias Sociales
Eduardo Díaz Amado Facultad de Filosofía
Daniel Mauricio Ruiz
Valencia Facultad de Ingeniería
Esther De Vries Facultad de Medicina
Fritz Eduardo Gempeler Rueda Facultad de Medicina
Martha Beatriz Delgado Ramírez Facultad de Medicina
Juliana Velosa Porras Facultad de Odontología
María Juliana Flórez Flórez Instituto Pensar
ARTÍCULO SEGUNDO - Exaltar y agradecer la labor de este grupo ex1m10 de Profesores y Profesoras de la Universidad, que al ser modelos de excelencia, homan a la Institución por sus méritos académicos y su fidelidad a los ideales javerianos.
ARTÍCULO TERCERO - Realizar la ceremonia para hacer la entrega de los diplomas y remitir por medio de correo electrónico, las insignias digitales que les permitirá acreditar a los galardonados esta distinción en sus documentos.
Dado en Bogotá, D.C., el 13 de agosto de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Rector Secretario General
Programa de Especialización en Jurisdicción Agraria y Derecho de Tierras Seccional Cali
CONSIDERANDO:
1° Que la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Seccional de Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado el proyecto de creación del programa de Especialización en Jurisdicción Agraria y Derecho de Tierras, y lo ha sometido a la consideración de la Vicerrectoría Académica de dicha Seccional;
2º Que de acuerdo con el Reglamento Orgánico de la Seccional, este Programa fue llevado a la consideración del Consejo Académico, en el cual recibió concepto favorable;
3º Que en cumplimiento de lo prescrito por los Estatutos de la Universidad (No 147, h) el Consejo Directivo de la Seccional, por Acuerdo 148/2024 del 10 de julio de 2024, recomendó presentar este programa al Rector de la Universidad, lo cual se hizo por medio de carta calendada el 10 de julio de 2024, suscrita por el Señor Rector de la Seccional de Cali;
4º Que es función del Rector de la Universidad aprobar, de conformidad con los criterios establecidos por la Universidad, los programas académicos de la Seccional que conduzcan a la obtención de títulos académicos (Estatutos Nº 120, w);
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - Aprobar el programa de Especialización en Jurisdicción Agraria y Derecho de Tierras, que ha presentado la Seccional de Cali, que otorgará el título de Especialista en Jurisdicción Agraria y Derecho de Tierras, y quedará adscrito a la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales.
Dado en Bogotá, D.C., el 8 de agosto de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote,
s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid
Rector Secretario General
(Premio Bienal a la Creación Artística Javeriana 2024)
EL RECTOR
DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO QUE:
1° El 22 de marzo de 2024, la Vicerrectora de Investigación convocó a los profesores de planta de la Universidad, de la Sede Central y de la Seccional de Cali, para participar en la sexta versión del Premio Bienal a la Creación Artística Javeriana.
2° Los profesores de la Universidad postularon 9 resultados de creación en: música, artes escénicas, producción audiovisual y artes visuales. Estas 9 postulaciones cumplieron con los requisitos establecidos en los términos de referencia de la convocatoria y pasaron al proceso de evaluación.
3° La Vicerrectora de Investigación convocó a jurados externos, con trayectoria reconocida en cada una de las áreas creativas de las cuales se recibieron postulaciones.
4° La evaluación se realizó sobre los 9 productos de creación, presentados en público, entre el 1 de abril de 2022 y el 1 de marzo de 2024. Los documentos de soporte entregados por los candidatos fueron evaluados por los jurados, en una reunión que tuvo lugar el día 29 de julio de 2024.
5° La evaluación realizada por los jurados fue consignada en acta. A partir de la consideración de dicho concepto, la Vicerrectora de Investigación propuso al P. Rector de la Universidad otorgar el premio y la mención correspondiente.
6° Se ha cumplido con lo dispuesto en el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad, aprobado por Acuerdo Nº. 374 de noviembre 11 de 2004 y modificado por el Acuerdo Nº. 597 de agosto 11 de 2014 del Consejo Directivo Universitario.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO - Otorgar el Premio Bienal a la Creación Artística Javeriana a la obra Real Book Colombia, cuyos autores son Enrique Javier Mendoza Salamanca y Jorge Iván Sepúlveda Castro del Departamento de Música.
El jurado seleccionó esta obra por su valiosa contribución a la comprensión de los aportes creativos de los músicos colombianos, en el desarrollo de los lenguajes musicales contemporáneos. La obra favorece el diálogo intercultural
y enriquece la memoria social de las prácticas sonoras del país.
Este producto de creación ejemplifica la potencia de aunar el rigor investigativo con la pertinencia cultural y representa un acontecimiento editorial que enriquece el repertorio jazzístico global. Además, propicia el diálogo intercultural, contribuye a la configuración del campo del jazz colombiano tanto en el ámbito nacional como internacional, y promueve la valoración social de esta práctica musical en el país.
ARTÍCULO SEGUNDO - Otorgar Mención de Honor a la obra NODOS Transmedia cuyos autores son Ana Teresa Arciniegas Martínez del Departamento de Artes Visuales de la Sede Central y Norberto Fabián Díaz Duarte del Departamento de Comunicación y Lenguaje de la seccional Cali.
Se reconoce en esta obra su valioso aporte al campo de la investigación+creación, por recopilar y organizar una amplia gama de proyectos transmedia realizados en Colombia desde 2009 hasta 2023. Este repositorio, que se destaca por su diversidad temática, facilita la navegación y el acceso a una vasta cantidad de información que es invaluable, e incluye una guía metodológica que democratiza el conocimiento y fomenta la creación de nuevos proyectos audiovisuales transmedüi n nuestro país.
ARTÍCULO TERCERO - El Premio Bienal a la Creación Artística Javeriana y las Menciones de Honor se otorgarán públicamente en la ceremonia de clausura del VI Encuentro Javeriano de Arte y Creatividad en la Pontificia Universidad Javeriana.
ARTÍCULO CUARTO - A los profesores distinguidos con el Premio Bienal a la Creación Artística Javeriana, se les entregará una placa, un diploma y la insignia digital que les permite acreditar esta distinción en sus documentos.
ARTÍCULO QUINTO - A los profesores distinguidos con la Mención de Honor se les concederá un diploma y la insignia digital que les permite acreditar esta distinción en sus documentos.
ARTÍCULO SEXTO - A cada profesor, la Universidad entregará también un reconocimiento económico.
Dado en Bogotá, D.C., el 11 de septiembre de 2024.
Luis Fernando Múnera
Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Rector Secretario General
(Distinción Cruz San Pedro Claver 2024)
EL RECTOR
DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
1º Que el 4 de julio de 2024, el P. Rector de la Universidad, de conformidad con el Acuerdo número 556 del 3 de octubre de 2011 del Consejo Directivo Universitario, convocó a los Decanos de Facultad y a los Directores de Programas de Pregrado para la presentación de los candidatos a la distinción Cruz San Pedro Claver.
2º Que de conformidad con lo dispuesto por el Consejo Directivo Universitario, para cada uno de los programas académicos de pregrado, el Decano y el Director del Programa respectivo, escogerán, por consenso, un candidato a la distinción entre los estudiantes que a lo largo de su carrera han sobresalido en el desempeño de sus deberes por sus cualidades humanas y su compromiso eficaz con los ideales Javerianos, expresados en el Proyecto Educativo Javeriano.
3° Que las autoridades personales de gobierno de las facultades presentaron los candidatos a la distinción, por escrito y mediante acta que incluía los motivos que sustentan la candidatura.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO - Otorgar la distinción universitaria Cruz San Pedro Claver a los siguientes estudiantes que, a lo largo de su carrera, han sobresalido en el desempeño de sus deberes por sus cualidades humanas y su compromiso eficaz con los ideales Javerianos.
NOMBRES
PROGRAMA FACULTAD
Nicolás Robles Perea Arquitectura Facultad de Arquitectura y Diseño
Mariana Daza Ortiz Diseño Industrial Facultad de Arquitectura y Diseño
Daniela Cuéllar Vega Artes Escénicas Facuitad de Artes
Valentín García Guerrero Artes.Visuales Facuitad de Artes
Laura Camila Flórez Palencia Estudios Musicales Facuitad de Artes
Daniela Conde Herrera Bacteriología Facultad de Ciencias
Andrés Felipe Rivera Guerra
Karol Yuliana Albarracín Gil
Microbiología Industrial Facultad de Ciencias
Nutrición y Dietética Facultad de Ciencias
Jairo Santiago
Parra López Química Farmacéutica
Miguel Ángel
Guerrero Martínez Administración de Empresas
Delfín Eduardo León Velásquez Contaduría Pública
Alejandra Marín Olarte Economía
Juan Francisco Puerta Pereira Finanzas
Mariapaz Buitrago Aristizábal Derecho
Karen Sofía Vergara Cuervo Ciencia Política
Ana María Cortés Rojas Relaciones Internacionales
María José Castillo Tutistar Antropología
Salomé Vargas Serani Sociología
Leidy Palma Huertas
Anyi Paola Hernández Carreño
Ricardo David Barrera Ramos
Laura Sofía Rincón Ríos
Santiago Ramírez Rubiano
Ciencia de la Información, Bibliotecología y Archivística
Comunicación Social
Licenciatura en Lenguas Modernas
Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental
Facultad de Ciencias
Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas
Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas
Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas
Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas
Facultad de Ciencias Jurídicas
Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales
Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales
Facultad de Ciencias Sociales
Facultad de Ciencias Sociales
Facultad de Comunicación y Lenguaje
Facultad de Comunicación y Lenguaje
Facultad de Comunicación y Lenguaje
Facultad de Educación
Licenciatura en Literatura y Lengua Castellana Facultad de Educación
Yanelis Johana Castillo Fontalvo Enfermería
Tania Valentina
Torres Bernal A Ecología
Giovanna Camila
Facultad de Enfermería
Facultad de Estudios Ambientales y Rurales
Jaramillo Escobar Filosofía Facultad de Filosofía
Estefanía Moreno Manchego Bioingeniería Facultad de Ingeniería
Agustín Moreno Guerrero Ingeniería Civil Facultad de Ingeniería
William Daniel Martínez Oviedo Ingeniería de Sistemas Facultad de Ingeniería
Juan Andrés Muñoz Calvo Ingeniería Electrónica Facultad de Ingeniería
Andrés Pérez
Narváez Ingeniería Industrial Facultad de Ingeniería
Juan Felipe González Carvajal Ingeniería Mecánica Facultad de Ingeniería
Stefan Siegel Pacheco Ingeniería Mecatrónica Facultad de Ingeniería
Néstor Femando Correa Molano Medicina Facultad de Medicina
Daniel Alejandro Ortiz Macea Odontología Facultad de Odontología
Belén Rodríguez Flórez Psicología Facultad de Psicología
Amalfi Andrea Sierralta Rosendo Licenciatura en Teología Facultad de Teología
Xiao Xiaoqing Teología Facultad de Teología
ARTÍCULO SEGUNDO - Proclamar a los galardonados en ceremonia solemne, hacér entrega de un diploma, una medalla y la insignia digital que les permite acreditar esta distinción en sus documentos.
ARTÍCULO TERCERO - A cada galardonado, la Universidad entregará también un reconocimiento económico.
Dado en Bogotá, D.C., el 20 de septiembre de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Rector Secretario General
Programa de Especialización en Geriatría-Seccional Cali
EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
1º Que la Facultad de Ciencias de la Salud de la Seccional de Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado el proyecto de creación del programa de Especialización en Geriatría, y lo ha sometido a la consideración de la Vicerrectoría Académica de dicha Seccional;
2º Que de acuerdo con el Reglamento Orgánico de la Seccional, este Programa fue llevado a la con ideración del Consejo Académico, en el cual recibió concepto favorable;
3º Que en cumplimiento de lo prescrito por los Estatutos de la Universidad (No 147, h) el Consejo Directivo de la Seccional, por Acuerdo 149/2024 del 19 de septiembre de 2024, recomendó presentar este programa al Rector de la Universidad, lo cual se hizo por medio de carta calendada el 19 de septiembre de 2024, suscrita por el Señor Rector de la Seccional de Cali;
4º Que es función del Rector de la Universidad aprobar, de conformidad con los criterios establecidos por la Universidad, los programas académicos de la Seccional que conduzcan a la obtención de títulos académicos (Estatutos Nº 120, w);
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO - Aprobar el programa de Especialización en Geriatría, que ha presentado la Seccional de Cali, que otorgará el título de Especialista en Geriatría, y quedará adscrito a la Facultad de Ciencias de la Salud.
Dado en Bogotá, D.C., el 3 de octubre de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. JuLiana BuCHeLi MonCayo Rector Secretaria General (E)
Programa de Especialización en Movilidad y Transporte Urbano Sostenible - Seccional Cali
EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
1º Que la Facultad de Ingeniería y Ciencias de la Seccional de Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado el proyecto de creación del programa de Especialización - Movilidad y Transporte Urbano Sostenible, y lo ha sometido a la consideración de la Vicerrectoría Académica de dicha Seccional;
2° Que de acuerdo con el Reglamento Orgánico de la Seccional, este Programa fue llevado a la consideración del Consejo Académico, en el cual recibió concepto favorable;
3° Que en cumplimiento de lo prescrito por los Estatutos de la Universidad (No 147, h) el Consejo Directivo de la Seccional, por Acuerdo 149/2024 del 19 de septiembre de 2024, recomendó presentar este programa al Rector de la Universidad, lo cual se hizo por medio de carta calendada el 19 de septiembre de 2024, suscrita por el Señor Rector de la Seccional de Cali;
4° Que es función del Rector de la Universidad aprobar, de conformidad con los criterios establecidos por la Universidad, los programas académicos de la Seccional que conduzcan a la obtención de títulos académicos (Estatutos Nº 120, w);
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO - Aprobar el programa de Especialización en Movilidad y Transporte Urbano Sostenible, que ha presentado la Seccional de Cali, que otorgará el título de Especialista en Movilidad y Transporte Urbano Sostenible, y quedará adscrito a la Facultad de Ingeniería y Ciencias.
Dado en Bogotá, D.C., el 3 de octubre de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. JuLiana BuCHeLi MonCayo Rector Secretaria General (E)
Por la cual se adoptan lineamientos sobre la identidad de género en los títulos académicos
CONSIDERANDO:
1° La Pontificia Universidad Javeriana emite algunos lineamientos sobre la identidad de género, bajo la autorización del Estado colombiano en el marco de los programas académicos de educación su perior, lo cuales deberán ser tenidos en cuenta en los procesos de graduación de los estudiantes que han cumplido su respectivo plan de estudios, y los demás requisitos previstos en el Reglamento de Estudiantes para obtener un título académico.
2° Que un título académico reconoce los saberes y las competencias que un estudiante desarrolla al finalizar satisfactoriamente un programa académico de educación superior1. Además, según el Reglamento de Estudiantes, el título se hace constar en un diploma que se expide en formato digital2.
3° En el diploma se debe dar claridad sobre la persona a quien se le está haciendo el reconocimiento académico, para lo cual, se hace uso del nombre, pues este contribuye a que una persona se auto reconozca y además, le permite identificarse, «en el marco de las relaciones sociales y frente al Estado»3
5° En la Pontificia Universidad Javeriana se incluye en el diploma el nombre del estudiante de manera exact a, como figura en su respectivo documento de identidad definido por el Estado colombiano para fines de identificación. Los títulos académicos de la Universidad deben corresponder con la denominación del programa académico que han cursado los estudiantes4, y en ejercicio de su autonomía, la Universidad se encarga de definir las formalidades y demás características de los títulos que otorga.
6° Que, como parte de su misión, y en cumplimiento de los objetivos previstos en sus Estatutos, la Universidad ha asumido el compromiso de contribuir con la erradicación de las prácticas cotidianas que pueden
1 Ley 30 de 1992, artículo 24.
2 Reglamento de Estudiantes, numeral 109.
3 Corte Constitucional, Sentencia c-114 de 2017; Decreto Ley 1260 de 1970, art ículo 3.
4 Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación, artículo 2.5.3.2.3.2.2.
ser consideradas como actos de discriminación. En la elaboración de los diplomas de grado, la universidad ha empleado un lenguaje inclusivo desde una perspectiva de género al identificar el título en masculino y femenino.
7° En cumplimiento de la orden dada por la Corte Constitucional en la Sentencia T-033 de 2022, la Registraduría Nacional del Estado Civil ha dispuesto «incluir la categoría “no binario” o “NB” en el componente sexo en los documentos de ident idad de los ciudadanos que cumplen a cabalidad con los requisitos y así lo solicit en»5.
8° Para reafirmar el compromiso de respeto por la diversidad sexual y de género que está presente en la comunidad estudiantil, y atendiendo las orientaciones jurisprudenciales, la Universidad Javeriana continuará expidiendo los títulos académicos teniendo en consideración el género con el que autónomamente se identifique cada estudiante, y en correspondencia con lo que indique su respectivo documento de identidad.
9° El Ministerio de Educación Nacional6 ha señalado que las instituciones de educación superior, en ejercicio de su autonomía universitaria, pueden determinar la forma de titulacion de sus estudiantes en consideración a la identidad de su género, siempre y cuando ello no suponga una modificación de la denominación del título que haya sido previamente autorizada por dicha entidad al momento de otorgar o renovar el registro calificado al respectivo programa académico.
10° Que de acuerdo con los numerales 118 y 120, literales p y t de los Estatutos corresponde al Rector sancionar normas y otorgar títulos académicos en nombre de la Universidad.
ARTÍCULO PRIMERO - La Universidad reconocerá para aquellos estudiantes que tengan una identidad de género no binaria - NB, el respeto hacia dicha situación a la hora de incluir la denominación de su título académico en el diploma que sea otorgado en su graduación, por lo cual, los estudiantes con una identidad de género no binaria - NB, y que así conste en su documento de identidad, podrán solicitar a la Universidad el ajuste a la denomi-
5 Consultado en: https://www.registraduria.gov.co/ Registraduria-Nacional-hace-llamado-a-los-notarios-delpais-para-que-cumplan.html
6 En particular, el concepto emitido por el Subdirector de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, con radicado No. 2021EE360329 del veintinueve (29) de octubre de 2021.
nación de su título académico, para lo cual se utilizará lenguaje inclusivo7
ARTÍCULO SEGUNDO - Se atenderá al siguiente procedimiento para los estudiantes de la Sede Central:
1- El estudiante deberá radicar la petición al Secretario de Facultad a la que pertenece el programa del que se va a graduar. Si el programa está adscrito a un Instituto que no pertenece a una Facultad, la solicitud la debe presentar al Director de dicho Instituto. Esta solicitud deberá radicarse antes de iniciar el proceso de grado.
2- El Decano solicitará al Secretario General de la Universidad la definición de la denominación del título, luego de que el Secretario de Facultad confirme que la solicitud cumple con las condiciones previst as, esto es, que la copia del documento de identidad vigente esté depositada en el expediente académico y que los dat os personales están actualizados en el sistema de información de la Universidad.
3- El Secretario General de la Universidad informará a la Oficina de Admisiones y Registro Académico para que procedan a registrar y validar la información respecto de la titulación, previa aprobación del Rector de la Universidad. El estudiante podrá iniciar la inscripción al proceso de grado, de acuerdo con la forma establecida por la Sede Central.
ARTÍCULO TERCERO - Se atenderá el siguiente procedimiento para los estudiantes de la Seccional de Cali:
1- El estudiante deberá radicar su petición al Secretario de Facultad a la que pertenece el programa del que se va a graduar. Si el programa está adscrito a un Instituto no adscrito a Facultad, la solicitud la debe presentar al Director de dicho Instituto. Esta solicitud deberá radicarse antes de iniciar el proceso de grado.
2- El Decano solicitará al Secretario General de la Seccional de Cali la definición de la denominación del título, luego de que el Secretario de Facultad confirme que la solicitud cumple con las condiciones previstas, esto es, que la copia del documento de identidad vigente esté depositada en el expediente académico y que los datos personales están actualizados en el sistema de información de la Universidad. Esta solicitud será consultada por el Secretario General de la Seccional de Cali al Secretario General de la Universidad, esto con el propósito de velar por la unidad en la titulación de la Universidad.
3. El Secretario General de la Universidad, con la aprobación del Rector de la Universidad, informará al Secretario General de la Seccional de Cali, la denominación aprobada del título, quien informará a la Oficina de Registro Académico y Admisiones de la Seccional de Cali para que procedan a registrar y validar la información respecto de la titulación . El estudiante podrá iniciar la inscripción al proceso de grado, de acuerdo con la forma establecida por la Seccional.
ARTÍCULO CUARTO - Trámite para la solicitud de copia de diploma o acta de grado. Para graduados con anterioridad al establecimiento de este pro cedimient o, y que realizan el ajuste de su documento de identidad para que registre el sexo no binario - NB, la solicitud se atenderá desde la Oficina de Admisiones y Registro de la Sede Central y desde la Oficina de Registro Académico y Admisiones de la Seccional de Cali, según corresponda, siguiendo el mismo procedimiento establecido para responder a las solicitudes de copia de diploma o acta de grado, cuando hay cambios en la información del documento de identidad.
ARTÍCULO QUINTO - La presente Resolución rige a partir de su expedición.
Dado en Bogotá, D.C., el 12 de noviembre de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Rector Secretario General
7 El Secretario General de la Universidad ira construyendo, con asesoría técnica correspondiente y con los desarrollos de otras universidades, la lista de denominaciones de los títulos.
RESOLUCIÓN N° 735
Manual para la Gestión de Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Felicitaciones y Denuncias
CONSIDERANDO:
1. Que la Universidad tiene el compromiso, en el ejercicio de las actividades académicas, administrativas y del Medio Universitario, que existan y se fortalezcan las prácticas de Buen Gobierno Universitario, de transparencia y de ética.
2. La Universidad cuenta con diversos canales de atención para su Comunidad Educativa y está comprometida con atender de manera oportuna y de fondo las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones y denuncias.
3. Que como parte del fortalecimiento de la atención a su Comunidad Educativa, los terceros y la ciudadanía, la Universidad ha implementado un proceso para la gestión integral de las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones y denuncias (PQRSFD), en cumplimiento de las buenas prácticas de gobierno y de la normativa.
4. Que un sistema integral de PQRSFD es un mecanismo que permite mejorar los procesos y mitigar los riesgos, articulando acciones a través de los planes de mejora, permitiendo ofrecer una atención oportuna a través de la escucha de la Comunidad Educativa, de los terceros y de la ciudadanía.
5. Que el Manual para la gestión de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones y denuncias, establece un marco general para la radicación, asignación, gestión, respuesta y seguimiento de las PQRSFD, y podrá ser complementado por lineamientos y protocolos que establecen aspectos específicos en la forma de proceder , dado que desarrollan un mayor detalle en la ejecución de las actividades.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO - Reconocer el Manual para la gestión de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones y denuncias, como un elemento esencial que fortalece el Buen Gobierno Universitario y el relacionamiento con sus grupos de interés.
ARTÍCULO SEGUNDO - Aprobar el Manual para la gestión de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones y denuncias, el cual facilitará la gestión integral de las PQRSFD en la Universidad.
ARTÍCULO TERCERO - La presente Resolución rige a partir de su expedición.
Dado en Bogotá, D.C., el 4 de diciembre de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Rector Secretario General
Carrera en Ingeniería de Información y Datos y Especialización en Cirugía General Seccional Cali
EL RECTOR
DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
CONSIDERANDO:
1º Que la Facultad de Ingeniería y Ciencias de la Seccional de Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado el proyecto de creación de la Carrera en Ingeniería de Información y Datos, y lo ha sometido a la consideración de la Vicerrectoría Académica de dicha Seccional;
2° Que la Facultad de Ciencias de la Salud de la Secciona de Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado el proyecto de creación de la Especialización en Cirugía General, y lo ha sometido a la consideración de la Vicerrectoría Académica de dicha Seccional;
3º Que de acuerdo con el Reglamento Orgánico de la Seccional, estos Programas fueron llevados a la consideración del Consejo Académico, los cuales recibieron conceptos favorables;
4° Que en cumplimiento de lo prescrito por los Estatutos de la Universidad (N°147, h) el Consejo Directivo de la Seccional, por Acuerdo 150/2024 del 5 de diciembre de 2024, recomendó presentar estos programas al Rector de la Universidad, lo cual se hizo por medio de carta calendada el 5 de diciembre de 2024, suscrita por el Señor Rector de la Seccional de Cali;
5° Que es función del Rector de la Universidad aprobar, de conformidad con los criterios establecidos por la Universidad, los programas académicos de la Seccional que conduzcan a la obtención de títulos académicos (Estatutos Nº 120, w).
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO - Aprobar la Carrera en Ingeniería de Información y Datos, que ha presentado la Seccional de Cali, que otorgará el título de Ingeniero o Ingeniera de Información y Datos, y quedará adscrita a la Facultad de Ingeniería y Ciencias.
ARTÍCULO SEGUNDO - Aprobar la Especialización en Cirugía General, que ha presentado la Seccional de Cali, que otorgará el título de Especialista en Cirugía General, y quedará adscrita a la Facultad de Ciencias de la Salud.
Dado en Bogotá, D.C., 13 de diciembre de 2024.
Luis Fernando Múnera Congote, s.J. Jairo H. CiFuentes Madrid Rector Secretario General
Para: DECANOS DE FACULTAD
DECANAS DE FACULTAD
DIRECTORES DE INSTITUTO
DIRECTORAS DE INSTITUTO
DIRECTORES DE PROGRAMA
DIRECTORAS DE PROGRAMA
SECRETARIOS DE FACULTAD
SECRETARIAS DE FACULTAD
De: VICERRECTORA ACADÉMICA
VICERRECTOR ADMINISTRATIVO
Asunto: Cuarta fecha límite de pago de matrículas del período 2024-3 (2430), matrículas extraordinarias y apoyo financiero.
Fecha: 16 de julio de 2024
Reciban un cordial saludo.
Dando continuidad a nuestros esfuerzos para favorecer la formalización de la matrícula de los y las estudiantes que no lo han podido realizar en los tiempos establecidos por la Universidad, queremos brindarles las orientaciones para que les acompañen y así puedan finalizar este proceso.
Con el fin de subsanar las dificultades económicas que se han detectado, hemos decidido otorgar una última fecha límite de pago, con un incremento mínimo, a todos los estudiantes que aún no han realizado la formalización de su matrícula y que pertenecen a los programas cuyo recibo de pago venció el pasado 12 de julio. Para ello, se han generado los recibos de pago correspondientes con fecha de vencimiento el próximo viernes 19 de julio. Vencido este plazo, el/la decano/a de cada facultad podrá presentar la solicitud de matrícula extraordinaria a la Vicerrectora Académica, hasta el martes 20 de agosto de 2024, al correo electrónico direstudiantes@javeriana.edu. co. Lo anterior quiere decir que los estudiantes deberán adelantar el proceso completo de matrícula o la suscripción de un acuerdo de pagos con la Oficina de Apoyo Financiero a más tardar en esa última fecha.
Es muy importante que tengan en cuenta que a partir del martes 30 de julio se llevará a cabo la baja de asignaturas de quienes no hayan formalizado su matrícula; por ello, les solicitamos amablemente transmitir a los directores de los departamentos y a los profesores la importancia de activar los cuadernos de evaluación y realizar la revisión constante de las listas de clase para confirmar que los asistentes están debidamente matriculados. De esta manera se podrá identificar y remitir de
manera oportuna a las direcciones de programa a aquellos estudiantes que no se encuentren inscritos en las clases. Lo anterior permitirá revisar oportunamente cada caso, y agilizar el proceso de matrícula extraordinaria dentro de los plazos mencionados. Las asignaturas dadas de baja se restablecerán una vez los estudiantes realicen el proceso de formalización de matrícula o la suscripción de un acuerdo de pagos, de tal manera que puedan participar de manera inmediata en las actividades académicas de las mismas.
Es necesario que desde la Facultad se identifique a los estudiantes que no se encuentran en retiro temporal y que aún no han realizado los trámites de matrícula académica y financiera, con el fin de informarles sobre las alternativas para la formalización de la matrícula. Para este proceso, desde la dirección del programa podrán consultar los estados y trámites pendientes de los y las estudiantes en los módulos de SAE: Cuenta de Cliente e Información Académica del Estudiante. Adicionalmente, a partir de la próxima semana, la Oficina de Admisiones y Registro Académico enviará los correspondientes informes de formalización de matrícula sobre los cuales se podrá hacer el seguimiento desde la facultad.
La Universidad cuenta con un amplio portafolio de apoyos y financiaciones especiales a corto, mediano y largo plazo para aquellos estudiantes que manifiesten tener dificultades económicas que les han impedido formalizar su matrícula. Esta información está disponible en el enlace https://www.javeriana.edu.co/estudia-en-lajaveriana/apoyo-financiero. Quienes requieran asesoría personalizada podrán entrar en contacto directamente con la Oficina de Apoyo Financiero a través del correo apoyos@javeriana.edu.co. Para los y las estudiantes que se encuentren en mora tendrán la posibilidad de solicitar una refinanciación que se ajuste a sus condiciones económicas actuales. De manera complementaria, la Universidad continuará brindando acompañamiento a quienes opten por créditos a mediano y largo plazo con entidades externas como LUMNI, Banco Pichincha, SUFI Bancolombia, AV Villas, entre otras.
De manera particular, aquellos estudiantes que cuenten con crédito ICETEX activo o en estudio, y aquellos que tengan beneficios económicos internos o externos sin formalizar (becas, apoyos de fundaciones, empresariales, FNA, etc.) deben suscribir de manera inmediata un acuerdo directo con la Universidad, para lo cual deberán ponerse en contacto con la Oficina de Apoyo Financiero. Una vez obtengan la aprobación o desembolso de los recursos por parte de esas entidades se realizará el cruce de cuentas respectivo. Por su parte, quienes se encuentren en mora con el pago de las cuotas del crédito ICETEX, deberán ponerse al día de manera inmediata para poder adelantar todos los trámites de matrícula.
Los invitamos a acompañar y brindar el soporte necesario a nuestros estudiantes atendiendo prioritariamente sus inquietudes y dificultades con el propósito de favorecer su permanencia en la Universidad. La Dirección de Asuntos Estudiantiles y la Oficina de Apoyo Financiero estarán atentos a apoyarlos frente a cualquier inquietud relacionada con estas orientaciones.
Atentamente,
MARÍA ADELAIDA FARAH QUIJANO
Vicerrectora Académica
VÍCTOR MANUEL SIERRA NARANJO
Vicerrector Administrativo
Para: DECANAS/OS DE FACULTAD
DIRECTORAS/OS DE INSTITUTO
DIRECTORAS/ES DE DEPARTAMENTO
DIRECTORAS/ES DE PROGRAMA
ACADÉMICO
SECRETARIAS/OS DE FACULTAD
CONSEJERAS/OS INTEGRALES
PROFESORAS/ES
De: VICERRECTORA ACADÉMICA
Asunto: Orientaciones para la práctica de la Consejería Integral
Fecha: 5 de agosto de 2024
Estimadas/os directivas/os:
Reciban mi cordial saludo.
Por medio de esta circular me permito expedir y compartirles las nuevas “Orientaciones para la práctica de la Consejería Integral”, que fueron socializadas el pasado 18 de julio en la reunión realizada con Decanas/os, Directoras/ es de Departamento y Programa y Consejeros Integrales. Este documento actualiza y reemplaza las Orientaciones para la Consejería Académica del año 2013.
Estas nuevas orientaciones se fundamentan en nuestro Proyecto Educativo, en especial en los siguientes tres elementos: 1) lo que se entiende como el núcleo de la comunidad educativa; es decir, la relación que se teje entre el profesor y el estudiante; 2) un concepto de educación que exalta la reciprocidad comunicativa, la producción corporativa del saber y la praxis auto formativa; y 3) la formación integral, entendida como un proceso a través del cual el/la estudiante no solo se forma en competencias académicas y desarrolla sus capacidades profesionales y disciplinares, sino que además se integra como un individuo crítico, reflexivo y con una visión ética que lo interpela frente a la diversidad de contextos políticos, culturales y sociales actuales.
En la Pontificia Universidad Javeriana, el apoyo y mediación en la formación integral de nuestros estudiantes se hace a través del cuerpo profesoral y en especial de la consejería integral, la cual se constituye en un recurso disponible para que los/as estudiantes encuentren en ella el acompañamiento que requieren y en un encuentro dialógico en el que se propicia el desarrollo de su autonomía.
Por lo anterior, se hace indispensable contar con unas orientaciones que permitan a toda la comunidad educativa javeriana tener una comprensión amplia de la consejería integral y de esta manera favorecer su organización y práctica.
El documento adjunto, el cual contiene las Orientaciones para la práctica de la Consejería Integral, les proporcionará un panorama amplio para el acompañamiento y el cuidado de nuestros estudiantes desde lo que nos inspira como Universidad. En él encontrarán los siguientes apartados:
1. El marco inspiracional de la Consejería Integral
2. La definición de la Consejería Integral
3. Las recomendaciones para la práctica de una Consejería Integral
4. El perfil de el/la consejero/a integral
5. Las funciones y responsabilidades de el/la consejero/a integral
6. El proceso de asignación de la Consejería Integral
7. El Plan de Formación para consejeras/os integrales. Los invito a apropiar y difundir este documento entre todos los miembros de sus facultades e institutos y a propiciar conversaciones en torno al mismo, de tal manera que se consolide como una guía que oriente sus acciones y decisiones sobre la Consejería Integral que se ofrece desde cada uno de los programas.
En caso de tener alguna inquietud, podrán entrar en contacto con la Dirección de Asuntos Estudiantiles a través del correo electrónico direstudiantes@javeriana.edu.co
Saludos cordiales,
Vicerrectora Académica
CIRCULAR N° 008 – 2024
Para: GERENTES Y DIRECTORES OFICINAS DE EDUCACIÓN MÉDICA DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD EN CONVENIO CON LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA.
De: VICERRECTORÍA ACADÉMICA
Asunto: Cumplimiento del marco normativo establecido para la formación de Talento Humano en Salud.
Fecha: 29 de agosto de 2024
Estimadas/os directivas/os:
Reciban mi cordial saludo.
Con el ánimo de fortalecer la cultura y modos de proceder en la formación del Talento Humano en Salud, así como el compromiso y la promesa de valor a nuestros estudiantes que cursan la oferta de programas académicos del área de la salud de la Universidad, expresamos la importancia de adherirnos y cumplir con el marco normativo y regulatorio en el Decreto 780 de 2016 y sus normas reglamentarias.
El marco normativo está diseñado para garantizar la calidad y la adecuación de los procesos de formación en el sector salud, y son fundamentales para asegurar que los futuros profesionales reciban una formación integral y conforme a condiciones de calidad definidas tanto para los procesos educativos como la prestación de los servicios de salud.
En este sentido y con el fin de favorecer el proceso de formación integral de los estudiantes y su bienestar, así como la seguridad y atención de los pacientes en el marco de un servicio docente-asistencial, solicitamos que las prácticas formativas que articulan los aspectos académicos y la prestación de los servicios de salud, se desarrollen estrictamente de acuerdo con lo definido conjuntamente en los planes de práctica formativa (anexos técnicos), especialmente en lo que tiene que ver con los horarios y número de horas definidos para las actividades a realizar por los estudiantes. Así mismo, los invitamos a hacer uso de las vías de comunicación y los espacios de diálogo que disponemos para nuestro relacionamiento.
La Pontificia Universidad Javeriana agradece de antemano su colaboración y compromiso con el cumplimiento de estos requerimientos normativos, los cuales son cruciales para la formación de nuestros profesionales de la salud.
Quedamos atentos a cualquier consulta o requerimiento adicional que puedan tener al respecto.
Cordialmente,
MARÍA ADELAIDA FARAH QUIJANO Vicerrectora Académica
Para: DECANAS/OS DE FACULTAD DIRECTORAS/ES DE INSTITUTO DIRECTORAS/ES DE DEPARTAMENTO PROFESORAS/ES DE PLANTA Y TEMPORALES SECRETARIAS/OS DE FACULTAD
Asunto: Excepciones al Marco de Valoración de la Trayectoria Académica (MVTA) para el proceso de promoción en el escalafón profesoral.
Fecha: 1 de noviembre de 2024
Estimadas/os directivas/os y profesoras/es. Reciban mi cordial saludo.
A partir de un proceso de análisis y construcción conjunta del Consejo Académico en sesión del 23 de octubre de 2024 y la Dirección de Asuntos Profesorales, y en función de la planeación, organización y control de la actividad académica de docencia, me permito expedir la presente Circular mediante la cual se adoptan tres excepciones al Marco para la Valoración de la Trayectoria Académica (MVTA) para el proceso de promoción en el escalafón profesoral de la Pontificia Universidad Javeriana.
I. Reconocimiento de productos de docencia por productos de investigación
En aquellos casos en los que el profesor no cuente con la totalidad de los productos de docencia requeridos para la promoción, considerar el reconocimiento de productos de investigación para cumplir este requisito. La suma de sus productos de investigación y docencia debe ser igual o superior al total de productos exigido para la promoción según su categoría y actividad preponderante, si aplica. Esta excepción se aplicará exclusivamente para procesos de promoción en el escalafón que se tramiten hasta diciembre de 2026.
II. Porcentaje de publicaciones en revistas indexadas en los cuartiles 1 y 2 de los sistemas de indexación y resumen reconocidos por la Universidad tudes de promoción en el escalafón, aplicar una excepción al requisito de contar con al menos el 50% de las publicaciones en revistas indexadas en los cuartiles 1 y 2 de los sistemas de indexación y resumen reconocidos por la Universidad.
Esta excepción se aplicará para los procesos de promoción en el escalafón que se tramiten hasta diciembre de 2025. Es de recordar que de acuerdo con el MVTA, los Consejos de Facultad podrán solicitar el aumento o disminución del porcentaje mencionado, según las dinámicas y expectativas de generación de conocimiento del área respectiva.
III. Competencia en segunda lengua
La acreditación de la competencia en segunda lengua como requisito solo será exigida para la promoción a la categoría de Profesor Asociado, conforme a los criterios establecidos en la Circular 028-2020. Esto aplicará exclusivamente para procesos de promoción en el escalafón que se tramiten hasta diciembre de 2024.
En caso de tener alguna inquietud, podrán contactar a la Dirección de Asuntos Profesorales a través del correo electrónico asuntosprofesorales@javeriana.edu.co
Saludos cordiales,
MARÍA ADELAIDA FARAH QUIJANO
Vicerrectora Académica
Para: DECANAS/OS DE FACULTAD
DIRECTORAS/ES DE INSTITUTO
DIRECTORAS/ES DE DEPARTAMENTO
PROFESORAS/ES DE PLANTA Y TEMPORALES
SECRETARIAS/OS DE FACULTAD
Asunto: Criterios para la acreditación de la competencia en una segunda lengua como requisito para el ingreso y la promoción en el escalafón profesoral
Fecha: 10 de diciembre de 2024
Estimadas/os directivas/os y profesoras/es:
Reciban mi cordial saludo.
A partir de un proceso de análisis y construcción conjunta de la Dirección de Asuntos Profesorales y del Departamento de Estudios del Lenguaje, y en función de la planeación, organización y control de la actividad académica de docencia, me permito expedir la presente Circular mediante la cual se adoptan los nuevos criterios para la acreditación de la competencia en una segunda lengua como requisito de ingreso y promoción en el escalafón profesoral de la Pontificia Universidad Javeriana, Sede Central. Este documento actualiza y reemplaza las Circulares 028 de 2020 y 10 de 2011.
I. Nivel de competencia exigido
El nivel de competencia mínimo exigido en una segunda lengua para efectos de ingreso al escalafón profesoral en todas las categorías y de promoción a las categorías de profesor asistente y asociado es B2 o nivel avanzado bajo, acorde con los lineamientos propuestos en el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER) o el American Council on the Teaching of Foreign Languages (ACTFL), respectivamente. Este mismo nivel de competencia deberá ser cumplido por las/os profesoras/es que se vinculen en la modalidad de temporales y ocupen una plaza profesoral.
Para los casos de profesoras/es o candidatas/os cuya lengua materna no sea español, deberán certificar el nivel B2 de competencia en español, con un examen de reconocimiento internacional como el DELE o SIELE GLOBAL.
II. Oportunidad para acreditar el nivel de competencia
Para efectos del ingreso al escalafón profesoral, se deberá acreditar el nivel de competencia durante el proceso de selección y en todo caso en fecha previa a su nombramien-
to como profesor de la Pontificia Universidad Javeriana. Los candidatos cuya lengua materna no sea español deberán acreditar el nivel de competencia en esta lengua, sólo con lo cual satisfarán el requisito de la acreditación de la competencia en una segunda lengua.
Para efectos de promoción en el escalafón a la categoría de profesor asistente o asociado, se deberá acreditar el nivel de competencia en fecha previa a la consideración de su ascenso por parte del Consejo de Facultad respectivo.
III: Mecanismos para acreditar el nivel de competencia en segunda lengua
Los mecanismos para acreditar la competencia en segunda lengua son los siguientes:
a. Certificado de nivel de dominio de la lengua a través de pruebas estandarizadas y reconocidas internacionalmente que son aceptadas por la Pontificia Universidad Javeriana -Sede Central- y que se listan en esta circular en la sección IV.
b. Título universitario de educación superior (pregrado, especialización médica u odontológica, especialización universitaria, maestría o doctorado) aceptado por la universidad conforme a las condiciones establecidas en el artículo 23 del reglamento del profesorado. Este título debe corresponder a un programa impartido y cursado en alguna de las lenguas listadas en esta circular en la sección IV y debe ser expedido por una institución de educación superior. Esta verificación se llevará a cabo por parte de la Dirección de Asuntos Profesorales.
c. Examen de clasificación interno (este mecanismo aplica solamente para inglés como segunda lengua). En este caso, el Departamento de Estudios del Lenguaje le informará a la Vicerrectoría Académica, Dirección de Asuntos Profesorales,
el resultado de este examen de clasificación. Este mecanismo sólo puede ser empleado para acreditar el nivel de competencia en segunda lengua con propósito de promoción en el escalafón.
d. Curso de actualización para profesores/as, ofrecido y desarrollado a través del Departamento de Estudios del Lenguaje por medio de su centro de lenguas. Aplica para casos en los que la vigencia del certificado de nivel de dominio de lengua a través de pruebas estandarizadas y reconocidas haya expirado o para aquellos casos en los que haya transcurrido más de cinco años desde la obtención del certificado (para aquellos exámenes que no tienen caducidad). La oferta y disponibilidad de este curso estará supeditado a la capacidad institucional de la Universidad. La aprobación de este curso sólo puede ser empleado para acreditar el nivel de competencia en segunda lengua con propósito de promoción en el escalafón.
En caso de optar por el primer mecanismo (a), es responsabilidad exclusiva del profesor/a o candidato/a elegir un centro administrador de la prueba de preferencia, que esté avalado por la institución certificadora de proficiencia en la lengua. La Universidad sólo aceptará resultados incluidos en certificados que puedan ser verificados mediante los mecanismos oficiales establecidos por la institución certificadora de proficiencia en la lengua. La verificación de los certificados será realizada por el Departamento de Estudios del Lenguaje.
IV. Lista de lenguas y pruebas internacionales aceptadas por la Pontificia Universidad Javeriana – sede central
La/el candidata/o ó el/la profesor/a podrá acreditar el nivel de competencia en la segunda lengua, mediante las pruebas estandarizadas y reconocidas internacionalmente que se listan a continuación:
LENGUA EXAMEN PUNTAJE NIVEL B2
Goethe-Zertifikat
ALEMÁN
Österreichisches
Sprachdiplom Deutsch (ÖSD)
FRANCÉS Diplôme d’études en langue française (DELF)
INGLÉS
Goethe-Zertifikat B2
ÖSD Zertifikat B2
DELF B2
Cambridge English: Advanced (CAE) 160 – 179
Cambridge English: First (FCE) 160 – 179
International English Testing System (IELTS) test (general training or academic) 5.5 – 6.5
PROVEEDOR
The Goethe-Institut
ÖSD (Österreichisches Sprachdiplom Deutsch)
Alianza Francesa
Cambridge Assessment English
Cambridge Assessment English
International English Language Testing System (IELTS)
INGLÉS
ITALIANO
Michigan English Test (MET) – que evalúe las cuatro habilidades.
53 – 63
Oxford Test of English 111 – 140
TOEFL iBT® test
*Se acepta la estrategia de MyBest® Scores y la versión Home Edition
72 - 94
B1 Preliminary English Test 160 – 170 *
Certificazione di Italiano come Lingua Straniera (CILS)
Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana (CELI)
Progetto Lingua
Italiana Dante Alighieri (PLIDA)
PORTUGUÉS
CILS Due-B2
CELI 3- B2
PLIDA B2
Português Língua Estrangeira (PLE) DIPLE - B2
Certificado de Proficiência em Língua Portuguesa para Estrangeiros (CELPE-BRAS)
*Este puntaje corresponde a un nivel B2.
Certificado Intermediário Superior
Michigan Language Assessment
Oxford University Press
ETS (Educational Testing Service)
Cambridge Assessment English
Università per Stranieri di Siena
Università per Stranieri di Perugia
Sociedad Dante Alighieri
Faculdade de Letras da Universidade de Lisboa
Ministerio de la Educación de Brasil
Nota: Los certificados internacionales tienen una vigencia de dos años en su mayoría. Aquellos certificados sin límite de vigencia no deberán superar los 5 años desde el momento de su realización hasta el momento de presentación ante la Universidad.
Ante la necesidad de acreditar la competencia en otras lenguas diferentes a las enunciadas en el cuadro anterior, el/la Vicerrector/a Académico/a definirá el examen y el puntaje mínimo requerido para este propósito.
La implementación de los criterios establecidos en esta circular se hará efectiva a partir del primero de enero de 2025. Para los procesos de ingreso y promoción en el escalafón profesoral radicados antes de esta fecha, les serán aplicables las disposiciones vigentes, a menos que les resulten más favorables los criterios adoptados en la presente circular, caso en el cual podrán acogerse a esta última.
Los invito a apropiar y difundir esta circular entre todos los profesores de sus facultades e institutos.
En caso de tener alguna inquietud, podrán entrar en contacto con la Dirección de Asuntos Profesorales a través del correo electrónico asuntosprofesorales@javeriana.edu.co
Saludos cordiales,
MARÍA ADELAIDA FARAH QUIJANO
Vicerrectora Académica
CIRCULAR CONJUNTA VRADM-001-2024
Para: ADMINISTRACIÓN CENTRAL
DECANOS DE FACULTAD
SECRETARIOS DE FACULTAD
DIRECTORES DE PROGRAMA
DIRECTORES DE DEPARTAMENTO
DIRECTORES DE CENTRO
DIRECTORES DE INSTITUTO PROFESORES
EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS
De: VÍCTOR MANUEL SIERRA NARANJO
VICERRECTOR ADMINISTRATIVO
SANTIAGO JOSÉ PINILLA VALDIVIESO
DIRECTOR JURÍDICO
Asunto: Cierre de procesos administrativos y jurídicos 2024
Fecha: 1 de noviembre de 2024
Apreciados miembros de la Comunidad Javeriana:
Reciban un atento saludo.
Con el fin de asegurar el adecuado cierre de los procesos administrativos de la Dirección de Gestión Humana, Dirección Jurídica, Oficina de Suministros, Tienda Javeriana, Servicios de Alimentación, Oficina de Correspondencia, Oficina de Contabilidad, Oficina de Cuentas por Pagar, Oficina de Apoyo Financiero, Oficina de Planeación Financiera y Tesorería y Dirección de Recursos Físicos, remitimos para su información el calendario con las fechas límite.
En el calendario están señalados por color las fechas para cada una de las unidades:
Adicional a las fechas indicadas les compartimos algunas consideraciones adicionales:
Oficina de suministros
• Para efectos de creación de referencias, se cerrará la recepción de solicitudes de creación 3 días hábiles antes de la fecha de cierre de pedidos.
• Las solicitudes que no se hayan aprobado o aprobado con errores presupuestales se borrarán del sistema y se enviará reporte a las respectivas unidades solicitantes.
• Para la aprobación de compras urgentes extemporáneas (posterior a las fechas de cierre de este comunicado) la unidad solicitante deberá contar con la aprobación de la Directora de Servicios Universitarios, Ing. Alexandra Leal; con este visto bueno, la Oficina de Compras procederá a gestionar dicho requerimiento. Es importante tener en cuenta que, si el artículo no
alcanza a ser facturado en el 2024, su pago se hará con recursos presupuestales de la vigencia 2025. No se realizarán traslados presupuestales para compras extemporáneas.
Servicios de Alimentación
Puntos de venta que quedan en operación:
Cafetería Central
Lunes a Domingo: de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.
Cafetería HUSI y Café Estación Lunes a Domingo 24 horas
Café El Sauce
Oficina de contabilidad
Lunes a sábado: de 7:00 a. m. a 4:00 p. m.
Todas las unidades que administren inventarios de mercancías de propiedad de la Universidad e inventarios de mercancías recibidas en consignación por la Universidad deberán practicar el respectivo conteo físico bajo el control y supervisión del Director o Jefe de la Unidad (Clínicas Odontológicas, Laboratorios, Finca San Javier, Editorial Javeriana y Tienda Javeriana).
Oficina de Cuentas por pagar
Los hechos económicos originados hasta el 31 de diciembre de 2024 deben quedar registrados en la contabilidad.
Cada unidad debe realizar seguimiento a los pedidos abiertos, gestionar con el proveedor la emisión de la correspondiente factura de los servicios recibidos y radicar dentro de la fecha límite de cierra. Desde la Oficina de Compras y Suministros para este seguimiento se cuenta con la PUJCB_REP_FACULTAD (Guía adjunta). De este modo se mitiga el riesgo de registro de facturas en la siguiente vigencia fiscal.
La totalidad de las facturas recibidas con fecha de emisión 2024 deberán quedar registradas en ese año. Tenga en cuenta que el registro de éstas en el año 2025 genera pago de impuesto de renta debido a gastos no procedentes, así como sanciones tributarias para la Universidad.
En el evento en que, con posterioridad a la fecha de cierre del 13 de diciembre de 2024, se reciban facturas en el correo facturaelectronica@javeriana.edu.co, se procederá así:
1. Facturas con ID pedido, serán remitidas a los Secretarios de Facultad y los Asistentes de las Vicerrectorías quien deberán gestionar el trámite y radicar al correo ventanillacxp@javeriana.edu.co
2. Facturas sin ID pedido, serán devueltas al proveedor con el evento DIAN de Rechazo (031).
Las cajas menores y fondos deberán quedar en “cero” para el cierre del ejercicio; en consecuencia, se legalizarán los gastos efectuados con sus respectivos soportes y se reintegrará el dinero sobrante. Los responsables deberán entregar la Tarjeta Pay Card y el informe de caja menor en la Oficina de Cuentas por Pagar.
Tenga en cuenta que no se pasan saldos de anticipos pendientes de legalizar, en caso de no legalizar el informe en el año 2024, los recursos serán tomados del presupuesto del año 2025. Los gastos de viaje deben ser legalizados en su totalidad dentro de los 7 días siguientes a la finalización del viaje de acuerdo con el procedimiento.
Quienes por virtud de la necesidad continúen en actividades durante el periodo de vacaciones colectivas, deben informarlo a más tardar el 6 de diciembre de 2024 al correo cuentasporpagar@javeriana.edu.co
Oficina de Apoyo Financiero Facturación a Clientes Institucionales:
Antes de radicar la solicitud, cada dependencia de la Universidad deberá informar en la solicitud la fecha de cierre de la entidad a la cual se le va a facturar.
No podrá quedar pendiente por facturar ningún servicio prestado por la Unidad durante el año 2024. Por norma contable y tributaria, todos los ingresos deben quedar registrados en el periodo en el cual se prestaron los servicios.
Facturación a Estudiantes:
Facturación de asignaturas de libre escogencia, preuniversitarios, educación continua y otros (Finanzas Estudiantiles), se debe seleccionar el periodo lectivo 2510 a los recibos generados en diciembre, por servicios a prestar en el año 2025. Lo anterior, para que los ingresos queden registrados en el año que corresponde.
Agradecemos divulgar esta información entre todo el equipo de trabajo de su Unidad, de manera que puedan programar sus actividades y dar cumplimiento a los compromisos.
Cordialmente,
VÍCTOR MANUEL SIERRA NARANJO
Vicerrector Administrativo
Director Jurídico
Asunto: Lineamientos para el manejo de conflictos de intereses financieros en proyectos de investigación financiados por el U.S. Public health service (incluido el nih)
Fecha: 24 de julio de 2024
Con el propósito de facilitar los mecanismos para la postulación y financiación de proyectos de investigación ante organismos internacionales, cumpliendo con los estándares y normativas relacionados con buenas prácticas en investigación, la Vicerrectoría de Investigación presenta un anexo a la RESOLUCIÓN N° 695 “Manual para el Manejo de Conflictos de Intereses”, relativo al manejo de conflictos de intereses financieros en proyectos de investigación financiados por el U.S. Public Health Service incluido el NIH (National Institutes of Health).
A continuación, se anexan:
1. Los lineamientos para el manejo de conflictos financieros en proyectos de investigación que reciban financiación del U.S. Public Health Service (incluido el NIH) ( Guideline for the Management of Financial Conflict of Interest for Research Funded by the U.S. Public Health Service Requirements (including NIH)).
2. El formato necesario para el reporte (Pontificia Universidad Javeriana Financial Conflict of Interest Form (FCOI Form)).
La Vicerrectoría de Investigación solicitará anualmente las declaraciones pertinentes de los proyectos de investigación financiados por el U.S. Public Health Service, incluido el NIH. Asimismo, se encargará de mantener un archivo actualizado y correspondiente a dichas declaraciones.
Cordialmente,
ASTRID LILIANA SÁNCHEZ MEJÍA, LLM, SJD
Vicerrectora de Investigación
Guideline for the management of financial conflict of interest for research funded by the U.S. Public health service requirements (including nih)
1. Introduction
This guideline is according to the Pontificia Universidad Javeriana (PUJ) Conflict of Interest Management Manual (Resolution No. 695, issued April 15, 2021). which establishes that the principal investigator, at the time of submitting the project to the faculty's Research and Ethics Committee, must formally state, whether he or she, as well as his or her work team, are involved in a possible conflict of interest in developing the project. Besides, the Faculty Research and Ethics Committees, as part of the feasibility study of the project, must evaluate and examine whether there is a situation among the team members executing the project that could lead to a conflict of interest. If such a situation is identified, they must bring it to light and urge the Principal Investigator to take appropriate measures within the team.
In any case where the Investigator themselves may be involved in a potential conflict of interest, the project approval will be suspended until the Principal Investigator's superior is informed of the case and takes necessary measures to manage the potential conflict. Furthermore, PUJ also requires that investigators, who are seeking for external funding, comply with disclosure policies regarding of external funding agencies, including the U.S. Public Health Service (PHS) and Awarding Components, such as the U.S. National Institutes of Health (NIH), which have specific requirements regarding disclosure and management of FCOI. This guideline is established to fulfill such requirements.
2. Purpose
This document serves to establish the Guidelines to manage Financial Conflict of Interest (FCOI) in research projects at Pontificia Universidad Javeriana (PUJ). The primary goal is to ensure adherence to the 2011 FCOI regulation, which advocates for objectivity in research (42 CFR Part 50 Subpart F).
3. Key Definitions
The following definitions are provided as a reference and are considered key definitions to this document in understanding the federal regulations of FCOI. For more information, see: 42 CFR 50.603.
Designated Official means the individual at the University appointed by the Vice President for Research. If an SFI is deemed to be an FCO disclosures of Significant Financial Interests concerning the Investigator’s Institutional Responsibilities, specifically in relation to projects funded by the Public Health Service (PHS) this individual is entrusted with the responsibility of reviewing.
The designated official's role includes assessing whether a financial conflict of interest (FCOI) exists and, if confirmed, ensuring that in accordance with the University's Conflict of Interest Manual, the line manager or ethics committee and the disposition of the conflict will be made in accordance with chapter XI of the Conflict of Interest Manual of the Javeriana University.
Any identified FCOIs are reported to the PHS in accordance with these guidelines and in compliance with PHS regulations.
Disclosure of significant financial interests means an Investigator's disclosure of significant financial interests to an Institution.
Financial conflict of interest (FCOI) means a significant financial interest that could directly and significantly affect the design, conduct, or reporting of PHS-funded research.
FCOI report means an Institution's report of a financial conflict of interest to a PHS Awarding Component.
Financial interest means anything of monetary value, whether or not the value is readily ascertainable.
HHS means the United States Department of Health and Human Services, and any components of the Department to which the authority involved may be delegated.
Institutional responsibilities means an Investigator's professional responsibilities on behalf of the Institution, namely teaching, research and services. These responsibilities encompass various activities such as consulting, continuing education, community outreach, clinical service, academic administration, and participation in committees, councils, and working groups. Investigator means the project director or principal Investigator and any other person, regardless of title or position, who is responsible for the design, conduct, or reporting of research funded by the PHS, or proposed for such funding, which may include, for example collaborators or consultants. In U.S. Public Health Service Requirements (including NIH) it is also called. PD/PI
Manage means taking action to address a financial conflict of interest, which can include reducing or eliminating the financial conflict of interest or prohibit the conduct, to ensure, to the extent possible, that the design, conduct, and reporting of research will be free from bias. PHS means the Public Health Service of the U.S. Department of Health and Human Services, and any components of the PHS to which the authority involved may be delegated, including the National Institutes of Health (NIH).
PHS Awarding Component means the organizational unit of the PHS that funds the research.
Public Health Service Act or PHS Act means the statute codified at 42 U.S.C. 201 et seq. Research means a systematic investigation, study or experiment designed to develop or contribute to generalizable knowledge relating broadly to public health, including behavioral and social-sciences research. The term encompasses basic and applied research (e.g., a published article, book or book chapter) and product development (e.g., a diagnostic test or drug). the term includes any such activity for which research funding is available from a PHS Awarding Component through a grant or cooperative agreement, whether authorized under the PHS Act or other statutory authority, such as a research grant, career development award, center grant, individual fellowship award, infrastructure award, institutional training grant, program project, or research resources award.
Senior/key personnel mean the PD/PI and any other person identified as senior/key personnel by the Institution in the grant application, progress report, or any other report submitted to the PHS by the Institution under this subpart.
Significant Financial Interest (SFI) means:
(1) A financial interest consisting of one or more of the following interests of the Investigator (and those of the Investigator's spouse and dependent children under 25 years) that reasonably appears to be related to the Investigator's institutional responsibilities:
(i) With regard to any publicly traded entity, a SFI exists if the value of any remuneration received from the entity in the twelve months preceding the disclosure and the value of any equity interest in the entity as of the date of disclosure, when aggregated, exceeds USD $5,000. For purposes of this definition, remuneration includes salary and any payment for services not otherwise identified as salary (e.g., consulting fees, honoraria, paid authorship); equity interest includes any stock, stock option, or other ownership interest, as determined through reference to public prices or other reasonable measures of fair market value;
(ii) With regard to any non-publicly traded entity, a SFI exists if the value of any remuneration received from the entity in the twelve months preceding the disclosure, when aggregated, exceeds USD $5,000, or when the Investigator (or the Investigator's spouse or dependent children) holds any equity interest (e.g., stock, stock option, or other ownership interest).
Note: Salary, royalties, or other remuneration paid by the University to the Investigator are not classed as SFI, if the Investigator is currently employed or otherwise appointed by the University.
(iii) Intellectual property rights (e.g., patents, copyrights), upon receipt of income related to such rights
Note: Income related to intellectual property rights assigned to the University and agreements to share in royalties related to such rights are not classed as SFI, if the Investigator is currently employed or otherwise appointed by the University
(2) Any reimbursed or sponsored travel (i.e. that which is reimbursed to or paid on behalf of the Investigator, the Investigator’s spouse/civil partner or dependent children) exceeding USD $5,000 related to the Investigator’s Institutional Responsibilities. This disclosure requirement does not apply to travel that is reimbursed or sponsored by a United States federal, state, or local government agency, a United States Institution of Higher Education as defined at 20 U.S.C. § 1001(a), an academic teaching hospital, a medical center, or a research institute that is affiliated with a United States Institution of Higher Education. The details of this disclosure will include, at a minimum, the purpose of the trip, the identity of the sponsor/organizer, the destination, and the duration.
This provision does not apply to travel which an Investigator books through the University’s designated travel provider or claims through the University’s expenses system.
(3) The term SFI does not include the following types of financial interests:
(i) salary, royalties, or other remuneration paid by the Institution to the Investigator if the Investigator is currently employed or otherwise appointed by the Institution, including intellectual property rights assigned to the Institution and agreements to share in royalties related to such rights;
(ii) income from investment vehicles, such as mutual funds and retirement accounts, as long as the Investigator does not directly control the investment decisions made in these vehicles;
(iii) income from seminars, lectures, or teaching engagements sponsored by a Federal, state, or local government agency, an Institution of higher education as defined at 20 U.S.C. 1001(a), an academic teaching hospital, a medical center, or a research institute that is affiliated with an Institution of higher education;(iv) or income from service on advisory committees or review panels for a Federal, state, or local government agency, an Institution of higher education as defined at 20 U.S.C. 1001(a), an academic teaching hospital, a medical center, or a research institute that is affiliated with an Institution of higher education.
4. Scope
This guideline applies to every Investigator, as defined above, who intends to participate in or is currently involved in research funded by the Public Health Service included NIH.
All investigators intending to participate in or already involved in PHS-funded research must comply with PUJ’s FCOI guidelines Federal regulation 42 CFR Part 50 Subpart F, and their obligation to disclose significant financial interests per the guidelines.
Each Investigator must complete FCOI training. Training must be completed prior to engaging in PHS-funded research and updated at least every four years. To comply with FCOI training, Investigators must complete the Conflicts of Interest module in the CITI Program (https:// citiprogram.org).
Additionally, training must be also completed when: (i) PUJ revises its FCOI guidelines affecting requirements of Investigators, (ii) An Investigator is new to PUJ, and (iii) An Investigator is not in compliance with this guidelines or management plan.
5.2.
a) The Investigator must comply with the procedure established in the PUJ’s Conflict of Interest Management Manual and fill out the disclose PUJ’s Significant Financial Interest Form. This form has to be submitted in three moments:
• At the time of the project evaluation by the Research and Ethics Committee (REC) and no later than the application for PHS-funded research.
• Annually during the award period.
• Within 30 days of discovering or acquiring a new SFI.
b) Following the PUJ’s Conflict of Interest Management Manual, SFIs (and those of the Investigator’s spouse and dependent children under 25 years) related to an Investigator’s institutional responsibilities will be reviewed by the correspondence instance who will determine if the SFIs constitute FCOIs, based on the following elements:
• An SFI is considered related to PHS-funded research if the SFI could be affected by the research or is in an entity whose financial interest could be affected by the research.
• An Investigator may assist in determining the relationship between an SFI and PHS funded research.
• An FCOI exists if the Research and Ethics Committee Chairman reasonably determines the SFI could directly and significantly affect the research's design, conduct, or reporting.
c) If an SFI is deemed to be an FCOI, the corresponding instance will report the Designated Official appointed by the Vice President for Research.
d) All FCOI identified that are specifically related to PHS funded research are managed prior to expenditure of PHS funds.
e) Prior to expending PHS funds, the Designated Official must:
• Review all Investigator SFI disclosures deemed to be FCOI.
• Determine if any SFIs are related to PHS-funded research.
• Determine if an FCOI exists, and if so,
• Develop and implement a management plan along with the corresponding instance as per PUJ’s Conflict of Interest Management Manual.
f) If a new Investigator joins or an existing one discloses a new SFI, the Designated Official will review the disclosures within 60 days and implement a management plan if needed plan along with the corresponding instance as outlined PUJ’s Conflict of Interest Management Manual.
g) If an undisclosed or unreviewed SFI is identified by the REC during ongoing PHS-funded research, the REC Chairman must report to the Designated Official, who will review the disclosure within 60 days and develop a management plan for future action.
h) PUJ will manage FCOIs of all Investigators. For subrecipient Investigators, PUJ will ensure compliance if applicable.
6. Reporting Requirements to NIH
a) PUJ must submit initial, annual, and revised FCOI reports, if applicable, including all necessary information: (i) Project number; (ii) Project title; (iii) PD/PI or contact PD/PI if a multiple PD/PI model is used; (iv) Name of the Investigator with the FCOI; (v) Name of the entity with which the Investigator has a financial conflict of interest; (vi) Reason(s) for the retrospective review; (vii) Detailed methodology used for the retrospective review (e.g., methodology of the review process, composition of the review panel, documents reviewed); (viii) Findings of the review; and (ix) Conclusions of the review (defined in 42 CFR 50.605(b)(3) or NIH’s FAQ H.5), to the NIH via the eRA Commons FCOI Module for the Institution and its subrecipients if applicable. The reporting will presented as require by the regulation and statement below:
• Prior to the expenditure of forms.
• Within 60 days of new or newly identified FCOIs for new or existing Investigators.
• Annually, coinciding with the submission of the annual progress report. The report will detail FCOI status and any changes to the management plan until project completion.
• After a retrospective review to update a previously submitted report if new information arises postreview.
b) PUJ must promptly notify NIH of any bias found in the research's design, conduct, or reporting. A Mitigation Report outlining actions taken will be submitted in compliance with 42 CFR Part 50.605(a)(3)(iii).
c) PUJ must promptly inform NIH if an Investigator fails to comply with the Guidelines for the Management FCOI or if an FCOI management plan appears to bias the research.
The Faculty and the Designated Official will maintain records relating to all Investigators disclosures of SFIs, as well as reviews of and response to such disclosures, and all actions related complying with these guidelines, for at least three years from the date the final expenditures report is submitted to the PHS, or, when applicable, from other dates specified in PHS regulations, (for more information, see: 45 CFR 75.361).
Furthermore, as per PUJ Conflict of Interest Management Manual (section V) all decisions made in the handling of FCOI, will be forwarded by Designated Official handling them to the General Secretary.
8. Enforcement Mechanisms, Remedies, and Noncompliance
In cases of Investigator noncompliance with PUJ’s Guidelines for the Management of FCOI or management plan, Designated Official appears to have biased the design, conduct, or reporting of PHS-funded research, must notify promptly the PHS Awarding Component regarding the correcting action (or sanction) taken or to be taken, including those described in the Faculty Regulations (Reglamento del Profesorado), Internal Work Regulations (Reglamento Interno de Trabajo) and the PUJ Conflict of Interest Management Manual (Manual de Conflicto de Interés).
Whenever a Financial Conflict of Interest is not identified or managed in a timely manner, including:
a) Failure by the Investigator to disclose a SFI that is determined by the Institution to constitute a Financial Conflict of Interest;
b) Failure by the Institution to review or manage such a Financial Conflict of Interest; or
c) Failure by the Investigator to comply with a Financial Conflict of Interest management plan;
the Institution shall, within 120 days of the Institution’s determination of noncompliance, complete a “retrospective review” of the Investigator’s activities and the NIH-funded research project to determine whether any
NIH-funded research, or portion thereof, conducted during the time period of the noncompliance was biased in the design, conduct, or reporting of such research. The retrospective review shall include at a minimum the key elements as indicated by 42 CFR 50.605(a)(3)(ii)(B)
In a case in which the Department of Health and Human Services determines that a PHS- funded research project of clinical research whose purpose is to evaluate the safety or effectiveness of a drug, medical device, or treatment has been designed, conducted, or reported by an Investigator with an FCOI that was not managed or reported by the Institution as required by the regulation, the Institution shall require the Investigator involved to: a) Disclose the FCOI in each public presentation of the results of the research, and; b) To request an addendum to previously published presentations as defined by 42 CFR 50.606(c).
9. Subrecipient Requirements
PUJ will include as part of a written agreement with the subrecipient, (i) a statement that the subrecipient’s FCOI policy is in compliance with this PHS policy, (2) all subrecipient’s Investigators must comply with the subrecipient’s FCOI policy, and (3) there is a specified time period for the subrecipient to report all identified conflicts of interest to PUJ, where this time period is sufficient to enable PUJ to report to the PHS as required (e.g., prior to the expenditure of funds under the subaward, within 60 days of identifying a new SFI, and on an annual basis. Subrecipients will certify that their FCOI policy complies with the regulation.
10. Public Access
This Guideline is available on a publicly accessible website and has been made available to PHS via its NIH eRA Commons.
Information concerning FCOIs held by senior/key personnel is made publicly accessible by a written response to any requester within five business days of a request or as required by law. To submit a request, please write to: viceinv@javeriana.edu.co. The information provided will include: the Investigator’s name; the Investigator’s title and role with respect to the research project; the name of the entity in which the significant financial interest is held; the nature of the significant financial interest; and the approximate dollar value of the significant financial interest (in pre-specified dollar ranges), or a statement that a value cannot be readily determined.
Pontificia Universidad Javeriana Financial Conflict of Interest Form (FCOI Form)
Persons completing this form are expected to have read the referenced PUJ Guideline for the Management of FCOI.
Separate Disclosure Forms must be completed for each person engaged in a key role on the proposed sponsored project.
DISCLOSURE MUST BE MADE
1. At the time of application for the funded research,
2. Annually throughout the duration of the award period,
3. Within 30 days of discovering or acquiring (e.g., through purchase, marriage, inheritance) a Significant Financial Interest (SFI)
Which of the following reasons is this declaration made for?
i. I am applying for/involved in an application for NIH funding
ii. I have discovered or acquired (e.g., through purchase, marriage, or inheritance) a new Significant Financial Interest (declaration must be made within 30 days)
iii. I am making an annual declaration
FINANCIALLY SUPPORTED PROJECT TITLE: _______
NAME OF FUNDING ORGANIZATION AND FOA# OR NOA#:___________________________________________
Investigator Name: ________________________________
Department & Faculty/Institute:
Questions
1. Do you, your spouse or child(ren) hold a position of management, such as board member, director, officer, partner, trustee, employee, or consultant with a sponsor, a vendor, or (sub) contractor related to the sponsored program activity?
Yes No
If yes, please describe on a separate page the nature, extent of your affiliation and complete the Table 1 at the end of this document.
2. Disclosure Publicly Traded Entity: Within any 12-month period, did you or your spouse or child(ren) received or anticipate receiving remuneration and the value of any equity interest in the entity exceeding USD $5,000 when aggregated. Remuneration comprises salary and any other payments for services (e.g., consulting fees, honoraria, paid authorship).
Yes No
If yes, please describe on a separate page the nature, extent of your affiliation and complete the Table 1 at the end of this document.
3. Disclosure any Non-Publicly Traded Entity: Within any 12-month period, did you or your spouse or child(ren) received or anticipate receiving remuneration and the value of any equity interest in the entity exceeding USD $5,000 when aggregated. Remuneration comprises salary and any other payments for services (e.g., consulting fees, honoraria, paid authorship).
Yes No
If yes, please describe on a separate page the nature, extent of your affiliation and complete the Table 1 at the end of this document.
4. Do you, or your spouse or dependent child(ren), during the last 12 months have any reimbursed or sponsored travel expenses exceeding USD $5,000 (excluding travel sponsored by Federal, state, or local government agencies in the United States, United States institutions of higher education, academic teaching hospitals, medical centers, or research institutes affiliated with United States institutions of higher education)?
Yes No
If yes, please describe on a separate page the nature, extent of your affiliation and complete the Table 1 at the end of this document.
5. Do you or your spouse or dependent child(ren) currently, or during the last 12 months have any income exceeding USD $5,000 derived from intellectual property rights (e.g., patents, copyrights)?
Yes No
If yes, please briefly describe the nature of the technology, including patent of copyright numbers and complete the Table 1 at the end of this document.
6. Is it reasonable to expect that your financial interest could directly and significantly affect the design, conduct, or reporting of your sponsored program activity?
Yes No
If yes, please describe on a separate page the nature, extent of your affiliation and complete the Table 1, at the end of this document.
Table 1.
Name of the entity with which the Investigator has a potential FCOI
Nature of the financial interest (e.g., equity, consulting fee, travel reimbursement, honorarium)
For sponsored travel reimbursement, the minimum information to include is the nature of the trip, name of the sponsor/organizer, destination, duration
Estimated value of the financial support
Please provide any additional information here:
Investigator Certification:
a. I certify that I have read the Pontificia Universidad Javeriana Guidelines for the Management of Financial Conflict of Interest for Research Funded by the U.S. Public Health Service Requirements (including NIH).
b. I certify that I made all required financial disclosures and that I will update those financial disclosures annually, during the course of the grant or if any circumstances regarding a conflict-of-interest change.
c. I have made every effort to ensure that all Investigators responsible for the design, conduct, or reporting of the research have submitted the required disclosures.
Signature: ____________________________________
Date: _______________________
Special Notes (if any):
I have reviewed the above with the principal investigator (to be signed by the corresponding instance that has reviewed the disclosure).
Signature: _____________________________
Date: ____________________
Para:
De: SECRETARIO GENERAL
Asunto: Actualización de la política del sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva – sagrilaft-
Fecha: 14 de agosto de 2024
Apreciada Comunidad Javeriana:
Reciban un atento saludo.
Como una práctica del Buen Gobierno Universitario y en cumplimiento de las disposiciones legales, la Universidad estructuró la Política del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva –SAGRILAFT–, la cual fue objeto de revisión y aprobación por parte del Consejo Directivo Universitario el pasado 24 de julio de 2024.
La Política es un documento en el cual se manifiesta el compromiso para promover y realizar una adecuada administración y mantenimiento del sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, en el que se articulan políticas, manuales y procedimientos previamente establecidos en la Universidad y respalda las acciones para identificar, detectar, prevenir, gestionar y mitigar estos riesgos.
Cualquier duda o inquietud que se tenga sobre el contenido o aplicación del documento, podrán contactar a la Oficial de Protección de Datos y Cumplimiento, Juliana Bucheli al correo jbucheli@javeriana.edu.co.
Atentamente,
JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID
Secretario General
CIRCULAR N° 004 - 2024
Para: VICERRECTORES
DECANOS DE FACULTAD
DIRECTORES DE DEPARTAMENTO
DIRECTORES DE POSGRADO
DIRECTORES DE CARRERA
DIRECTORES DE INSTITUTO
SECRETARIOS DE FACULTAD
De: SECRETARIO GENERAL
Asunto: Calendario de procesos y actividades académicas para 2025 y 2026-i
FECHA: 1 de octubre de 2024
Apreciados Vicerrectores, Decanos, Directores y Secretarios de Facultad:
Reciban mi atento saludo.
Les informamos que ya se encuentra disponible el calendario de procesos y actividades académicas para el 2025, y para el primer semestre del 2026.
Debido a la importancia que tiene este calendario en las actividades que se desarrollan en sus unidades, y dada la interrelación que tienen estos procesos para la adecuada gestión académica de la Universidad, les recomendamos estar muy atentos a las fechas establecidas en el calendario, pues éste se ha convertido en una herramienta indispensable de consulta en los procesos de gestión planificada de sus unidades.
Se ha considerado pertinente incluir también las actividades del primer semestre del 2026, que inician desde finales del 2025. Ello permitirá tener una visión completa del 2025.
Las actividades de este calendario ya están incluidas en el Calendario de la Universidad (https://www.javeriana. edu.co/registro-academico/calendario), y también estará publicado en la página web de la Universidad y en la página de entrada a la intranet Les solicitamos divulgar y compartir esta información con las personas de su unidad que consideren necesario.
Cordialmente,
JULIANA BUCHELI MONCAYO Secretaria General (E)
CIRCULAR N° 005 - 2024
Para: COMUNIDAD
De SECRETARIA GENERAL (E)
Asunto: Gestión integral de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones y denuncias
Fecha: 3 de octubre de 2024
Apreciados miembros de la Comunidad Educativa Javeriana:
Reciban un atento saludo.
Me permito informarles que hemos puesto a disposición el proceso de gestión integral de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones y denuncias (PQRSFD), como parte de nuestro compromiso con las prácticas de Buen Gobierno Universitario.
Aunque ya contamos con diversos canales de atención, esta gestión integral tiene como objetivo reforzar nuestra capacidad de escucha y atención de nuestra Comunidad y la ciudadanía, mejorar nuestros servicios y minimizar los riesgos, mediante acciones que contribuyan a la mejora continua de nuestros procesos.
Les invitamos a utilizar el sistema de PQRSFD disponible en nuestra página web, en el menú de Atención y servicios a la ciudadanía https://www.javeriana.edu.co/ institucional/pqrsfd.
Cordialmente,
JULIANA BUCHELI MONCAYO
Secretaria General (E)
Para: DECANOS
DIRECTORES DE UNIDADES ACADÉMICAS
DIRECTORES Y JEFES DE UNIDADES
ADSCRITAS A LAS VICERRECTORÍAS
DIRECTORES Y JEFES DE OFICINA DE LA RECTORÍA
SECRETARIOS DE FACULTAD
De: SECRETARIA GENERAL (E)
Asunto: Lineamientos para la gestión integral de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones y denuncias
FECHA: 9 de octubre de 2024
Apreciados Decanos, Directivos y Secretarios de Facultad: Reciban un atento saludo.
De acuerdo con la implementación del proceso de gestión integral de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones y denuncias (PQRSFD), me permito compartirles los lineamientos que facilitarán esta gestión para garantizar una atención oportuna, trazabilidad y consistencia en las respuestas institucionales.
Les invitamos a utilizar el sistema de PQRSFD disponible en nuestra página web, en el menú de Atención y servicios a la ciudadanía https://www.javeriana.edu.co/ institucional/pqrsfd.
Cordialmente,
JULIANA BUCHELI MONCAYO
Secretaria General (E)
CIRCULAR N° 007 - 2024
Para: VICERRECTORES
DECANOS DE FACULTAD
DIRECTORES DE PREGRADO
DIRECTORES DE DEPARTAMENTO
DIRECTORES DE INSTITUTO
DIRECTORES DE POSGRADO
SECRETARIOS DE FACULTAD
De: SECRETARIO GENERAL
Asunto: Fechas de grado y ceremonias de graduación 2025
Fecha: 31 de octubre de 2024
Apreciados Vicerrectores, Decanos, Directores y Secretarios de Facultad,
Reciban un especial saludo.
Una vez publicado el Calendario de la Universidad para el 2025, les compartimos las fechas de los grados institucionales y de las ceremonias de graduación para dicho año.
En este orden de ideas y como es de su conocimiento, hay que distinguir entre fecha de grado y ceremonia de graduación, para lo cual les solicito su acostumbrado apoyo con el fin de que estos términos sean divulgados con exactitud al interior de sus Unidades y entre los graduandos.
Fecha de grado: es la fecha en la que se otorga un título de educación superior a una persona que ha cumplido con los requisitos académicos y administrativos correspondientes. Es determinada por la Universidad de manera institucional y en ella se realiza el envío de los documentos oficiales digitales de grado: diploma, acta de grado, distinciones, y énfasis, si aplica, a través de insignias digitales.
Ceremonia de graduación: es el acto en el cual la Universidad convoca a los graduados para celebrar el logro académico obtenido.
Las fechas de los grados institucionales para el 2025 son las siguientes:
Fecha de grado
28 de enero de 2025
13 de marzo de 2025
23 de mayo de 2025
Facultades e Institutos
Facultades de Enfermería, Medicina y Odontología
Todas las facultades
Todas las facultades
Fecha de grado Facultades e Institutos Fecha cierre de Acta
25 de julio 2025
Fecha cierre de Acta
4 de enero de 2025
17 de febrero de 2025
29 de abril de 2025
Facultades de Enfermería, Medicina y Odontología
1 de julio de 2025
11 de septiembre de 2025 Todas las facultades 18 de agosto de 2025 21 de noviembre de 2025 Todas las facultades 28 de octubre de 2025
Ahora, las ceremonias de graduación se realizarán de la siguiente manera:
Fecha de grado Facultades e Institutos Ceremonia de graduación
28 de enero de 2025
13 de marzo de 2025
Enfermería, Medicina y Odontología
23 de mayo de 2025
25 de julio de 2025
Todas las facultades e institutos
28 de enero de 2025
13 de marzo de 2025
Facultad de Ciencias
Jurídicas
Facultad de Ciencias
Sociales
Facultad de Comunicación Y Lenguaje
Facultad de Enfermería
Facultad de Estudios
Ambientales Y Rurales
Facultad de Filosofía
Facultad de Ingeniería
Facultad de Psicología
Instituto de Salud Pública
Instituto Pensar
14 de marzo de 2025
Facultad de Arquitectura y Diseño
Facultad de Artes
Facultad de Ciencias
Facultad de Ciencias
Económicas y Administrativas
Facultad de Ciencias
Políticas yRelaciones
Internacionales
Facultad de Derecho
Canónico
Facultad de Educación
Facultad de Medicina
Facultad de Odontología
Facultad de Teología
Todas las facultades e institutos
Enfermería, Medicina y Odontología
23 de mayo de 2025
25 de julio 2025
Fecha de grado
Facultades e Institutos Ceremonia de graduación
11 de septiembre de 2025
Facultad de Arquitectura y Diseño
Facultad de Artes
Facultad de Ciencias
Económicas y Administrativas
Facultad de Ciencias
Políticas Y Relaciones
Internacionales
Facultad de Ciencias
Sociales
Facultad de Derecho
Canónico
Facultad de Educación
11 de septiembre de 2025
Todas las facultades e institutos
Facultad de Medicina
Facultad de Teología
Instituto de Salud Pública
12 de septiembre de 2025
Facultad de Ciencias
Facultad de Ciencias
Jurídicas
Facultad de Comunicación y Lenguaje
Facultad de Enfermería
Facultad de Estudios
Ambientales y Rurales
Facultad de Filosofía
Facultad de Ingeniería
Facultad de Odontología
Facultad de Psicología
Instituto Pensar
21 de noviembre de 2025
Todas las facultades e institutos 21 de noviembre de 2025
Es importante señalar, que la distribución por ceremonias para cada día la realizará la Oficina de Protocolo de acuerdo con el número de graduandos, una vez se cierre el acta de grado respectiva.
Agradezco su disposición para atender estas indicaciones con el propósito de llevar a cabo de forma coordinada las ceremonias de graduación, permitiendo que sea un momento solemne y especial para los graduandos, sus familias y la Universidad.
Atentamente,
JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID Secretario General
Para: COMUNIDAD EDUCATIVA JAVERIANA
De: SECRETARIO GENERAL
Asunto: NUEVOS MIEMBROS DEL CONSEJO
DIRECTIVO UNIVERSITARIO, CONSEJO DEL MEDIO UNIVERSITARIO Y CONSEJO ADMINISTRATIVO - PERÍODO 2024-2026
Fecha: 28 de noviembre de 2024
Apreciados miembros de la Comunidad Educativa Javeriana:
Reciban mi atento saludo.
Durante el segundo semestre de 2024, se llevaron a cabo las elecciones de estudiantes y profesores y la designación de egresados miembros a los Consejos de Facultad de la Universidad para el período 2024-2026, los cuales pueden consultar en el siguiente enlace:
Una vez finalizado este proceso, se convocó a la elección de los nuevos miembros del Consejo Directivo Universitario, Consejo del Medio Universitario y Consejo Administrativo.
• Para el Consejo Directivo Universitario se eligió un estudiante, un profesor, un egresado miembros de los Consejos de Facultad y cuatro decanos de Facultad.
• Para el Consejo del Medio Universitario, se eligieron dos estudiantes miembros de los Consejos de Facultad, dos decanos de Facultad, un director de Carrera, un director de Departamento, un director de Posgrado y un Secretario de Facultad.
• Para el Consejo Administrativo, se eligieron cuatro decanos de Facultad.
A continuación, relaciono los resultados de estas últimas elecciones:
Consejo Directivo Universitario:
Estamento/ Cargo Nombre Facultad
Estudiante Nelson Esteban Ramírez Isaza Teología
Profesora Jimena Isabel Godoy Fajardo Ciencias Jurídicas
Egresada Maite Hurtado Uriarte Medicina
Decana Luz Karime Abadia Alvarado Ciencias Económicas y Administrativas
Decana
Claudia Liliana Salamanca Sánchez Artes
Estamento/ Cargo Nombre
Facultad
Decano Sebastián Líppez-De Castro Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales
Decana Alba Alicia Trespalacios Rangel Ciencias
Consejo del Medio Universitario:
Estamento/ Cargo Nombre
Facultad
Estudiante Marco Antonio Puentes Rivera Ingeniería
Estudiante Luna Marcela Peñaranda Bayuelo
Comunicación y Lenguaje
Decana Alba Lucy Guerrero Díaz Educación
Decano Alfonso Gómez Gómez Arquitectura y Diseño
Director Carrera Carlos Eduardo Cortés Sánchez
Comunicación y Lenguaje
Directora Departamento Yazmin María Lucila Cadena Camargo Medicina
Directora Posgrado Mariela Josefina Curiel Huérfano Ingeniería
Secretario de Facultad Carlos Alberto Villamizar Lievano
Consejo Administrativo:
Estudios Ambientales y Rurales
Estamento/ Cargo Nombre Facultad
Decano Juan Carlos Botero Navia Ciencias Jurídicas
Decana Juana María Marín Leoz Ciencias Sociales
Decano Carlos Gómez Restrepo Medicina
Decano Daniel Castillo Brieva
Estudios Ambientales y Rurales
Felicito a las personas elegidas y agradezco su disposición para el servicio que prestarán a la Universidad durante este período 2024-2026.
Atentamente,
JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID
Secretario General
DE LAS ACTAS DEL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO (Segundo Semestre 2024)
ACTA N° 957
19 de junio de 2024
1. Consideración y aprobación del acta 956 del 12 de junio de 2024.
2. Propuesta de ascenso en la Orden Universidad Javeriana del P. Jairo Bernal Parra, S.J., Director del Archivo Histórico Javeriano Juan Manuel Pacheco, S.J.
3. Propuesta de la carrera de Emprendimiento e Innovación.
4. Propuesta de cambio de denominación del programa Especialización en Gerencia Internacional.
5. Propuesta de Política del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva –SAGRILAFT.
6. Varios.
ACTA N° 958
24 de julio de 2024
1. Consideración y aprobación del acta 957 del 19 de junio de 2024.
2. Propuesta de la carrera de Emprendimiento e Innovación. (Continuación de la deliberación)
3. Propuesta de cambio de denominación del programa Especialización en Gerencia Internacional por Especialización en Inteligencia de los Negocios Internacionales.
4. Propuesta de Política del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva –SAGRILAFT.
5. Propuesta de Afiliación del Instituto Universitario Eclesiástico Santo Tomás de Aquino – IUESTA de San Cristóbal -Venezuela, a los estudios eclesiásticos de la Facultad de Filosofía de la Universidad.
6. Varios.
ACTA N° 959
6 a 8 de agosto de 2024
Punto único:
Propuesta de ingreso a la Orden Universidad Javeriana de S.E.R. Cardenal José Tolentino de Mendonça.
ACTA N° 960
23 de agosto de 2024
1. Mejores prácticas en Gobierno Corporativo para Entidades Sin Ánimo de Lucro. Diego Quijano, CEO de BDO, firma Revisora Fiscal de la Universidad.
2. Consideración y aprobación de las actas 958 del 24 de julio de 2024 y 959 del 6 al 8 de agosto de 2024.
3. Informe del CEPUJ Bogotá sobre el trabajo con el CEPUJ Cali. Danna Guzmán Gómez.
4. Varios
ACTA N° 961
30 de septiembre de 2024
Punto único:
Bases de cálculo presupuestal 2025.
ACTA N° 962
20 de noviembre de 2024
1. Consideración y aprobación de las actas 960 del 23 de agosto de 2024 y 961 del 30 de septiembre de 2024.
2. Presentación del Presupuesto 2025 de la Seccional de Cali.
3. Consideración y aprobación del Presupuesto 2025 de la Sede Central.
4. Informe sobre la matrícula de estudiantes en 2024 de la Especialización en Negocios Internacionales de la Seccional de Cali.
5. Solicitud de provisión de recursos al Hospital Universitario San Ignacio, HUSI.
6. Propuesta de creación de la Maestría en Neuropsicología Clínica de las Facultades de Psicología y de Medicina.
7. Propuesta de creación de la Especialización en Orientación socio-ocupacional de la Facultad de Psicología.
8. Propuesta de creación de la Licenciatura Eclesiástica en Teología, modalidad a distancia.
9. Propuesta de creación de la Oficina de Riesgos y Cumplimiento.
10. Propuesta de Política de Seguridad de la Información.
11. Propuesta de Política de Cultura y Desarrollo Digital
12. Propuesta de distinción académica Doctor Honoris Causa en Ciencias Contables a Hernando Bermúdez Gómez.
13. Varios.
ACTA N° 963
4 de diciembre de 2024
1. Consideración y aprobación del acta 962 del 20 de noviembre de 2024.
2. Propuesta de creación de la Especialización en Orientación socio-ocupacional de la Facultad de Psicología.
3. Propuesta de Política de Cultura y Desarrollo Digital.
4. Propuesta de la modalidad a distancia de la Licenciatura Eclesiástica en Teología.
5. Propuesta de creación de la Oficina de Riesgos y Cumplimiento.
6. Propuesta de Política de Seguridad de la Información.
7. Propuesta de distinción académica Doctor Honoris Causa en Ciencias Contables a Hernando Bermúdez Gómez.
8. Lectura de comunicación de Alejandra Madroñero, Estudiante miembro del Consejo Directivo de la Seccional Cali y de Danna Guzmán, Estudiante miembro del Consejo Directivo Universitario.
9. Varios.
ACTA N° 964
11 de diciembre de 2024
1. Consideración y aprobación del acta 963 del 4 de diciembre de 2024.
2. Presentación de los resultados de la consulta para decano (a) de la Facultad de Ingeniería y construcción de la lista de candidatos.
3. Propuesta de creación de la Oficina de Riesgos y Cumplimiento.
4, Propuesta de Política de Seguridad de la Información.
5. Propuesta de distinción académica Doctor Honoris Causa en Ciencias Contables a Hernando Bermúdez Gómez.
6. Varios.