Cdn nov dic 31

Page 1

En Vigor las Reformas Fiscales 2013 Descansos de Madres Trabajadoras: Reforma Laboral sin modificaciones a la Ley del Seguro Social

Las Nuevas Medidas de Fiscalizaci贸n en M茅xico

Determinaci贸n Anual de la Prima de Riesgo de Trabajo y su implicaci贸n con la Reforma Laboral


Contenido

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

CONTENIDO

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

04 08 11 17 21 21 26

En vigor las Reformas Fiscales del 2013: En la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 se dan a conocer diversas disposiciones de carácter general aplicables a Impuestos, Productos, Aprovechamientos, Contribuciones de Mejoras y Derechos Federales las cuales se expiden con el propósito de permitir a los contribuyentes cumplir con las obligaciones fiscales en forma oportuna y adecuada. Descansos de Madres Trabajadoras: Reforma Laboral sin modificaciones a la Ley del Seguro Social: Como es conocido, el pasado 30 de noviembre de 2012, fue publicado el “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo” en medio de una gran expectativa apoyada sobre todo por el despliegue publicitario que hizo el gobierno federal sobre este tema. El Servicio de Declaraciones y Pagos: El Servicio de Administración Tributaria (SAT) define el Servicio de Declaraciones y Pagos como un sistema electrónico integral para que los contribuyentes presenten sus declaraciones provisionales o definitivas correspondientes a los periodos comprendidos desde el ejercicio 2002 a la fecha a través de internet. En el mismo se ofrece el cálculo automático de los impuestos, proporcionando en su caso una línea de captura para efectuar el pago correspondiente (pago referenciado). Las Nuevas Medidas de Fiscalización en México: Actualmente se vive un fenómeno de fiscalización a contribuyentes mucho más enfocado y con mayor acierto en la programación de revisiones que en el pasado. Apoyado el órgano fiscalizador en nuevas estrategias basadas principalmente en el uso de tecnología e información aportada por terceros e incluso por información que el mismo contribuyente aporta, los alcances de estos nuevos esquemas han tenido muy buenos resultados para la autoridad que los aplica. Determinación Anual de la Prima de Riesgo de Trabajo y su implicación con la Reforma Laboral: En este mes de Febrero, una de todas las obligaciones que dentro del mundo fiscal debemos cumplir en las empresas es la de cumplir con la presentación de la determinación de la prima en el seguro de riesgos de trabajo derivada de la revisión anual de la siniestralidad, esto para seguir cumpliendo con la cobertura del seguro de riesgo de trabajo. Ilegal Segunda Orden de Visita con Declaración Lisa y Llana la Primera: La certeza jurídica llego a los contribuyentes, una segunda orden de visita no procede, así lo dijo la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Breve Reseña del Cambio de Consejo del Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A.C.: Dentro del marco del Cambio de Consejo de nuestro Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A.C. (INCP), en los Mochis, Sin, el pasado mes de noviembre se efectuaron diversas juntas y eventos regionales. En la noche de ese mismo día 30, se llevó a cabo la sesión solemne con cena-baile, del cambio de consejo del INCP, y también el cambio de consejo del Colegio de los Mochis (CCPNS). Se contó con la presencia de diversas autoridades estatales y municipales así como las institucionales en la persona del Vicepresidente General del IMCP, C.P.C. Luis González Ortega, quien asistió en representación del C.P.C. Carlos Cárdenas Guzmán.

DIRECTORIO C.P.C. Joaquín Vega Valadez - Presidente; C.P.C. Evangelina Contreras Caro -Vicepresidente General; C.P.C. Eduviges Haro Bojórquez - Tesorero; C.P.C. Aldo Martínez Regalado- Auditor Financiero; C.P.C. Mario Zavala Tellez – Auditor de Gestión.C.P.C. Octavio Acosta Salomón - Vicepresidente de Legislación; C.P.C. Sandra Gómez Domínguez - Comisión de Vigilancia en el Cumplimiento de las Normas de Educación Profesional Continua; C.P.C. Guillermo Gómez Aguirre - Normas y Procedimientos de Auditoria; C.P.C. Oswaldo Burgueño Piña - Estatutos; C.P.C. Isis Curiel Mendoza- Ética Profesional; C.P.C. Alejandro Valdez Mendoza- Comisión de Normas de Información Financiera; C.P.C. Elisabeth Vázquez Palacios - Comisión de Educación Profesional Continua (EPC); C.P.C. Alma Gloria Contreras Anaya – Vicepresidenta de Práctica Externa; C.P.C. Mario Soto Figueroa–Vicepresidencia de Asuntos Internacionales; C.P.C. Rebeca Pérez Caro - Comisión de Apoyo a la Práctica Independiente; C.P.C. Fabiola de Guadalupe Arvizu Quiñones - Vicepresidente Fiscal; C.P.C Ramón Arredondo - Comisión Fiscal; C.P.C. Juan Manjarrez Díaz - Comisión de Seguridad Social; C.P.C. Víctor Manuel Prieto Gastélum - Comisión Representativa ante AGAFF; C.P.C. Héctor Amaya Estrella - Sindico del Contribuyente Regional; C.P.C. José Gilberto Aguilar Escobosa – Vicepresidencia de Relaciones Públicas y Difusión; C.P.C. Eduviges Haro Bojórquez – Premios; C.P.C. Mario Alberto Cuadras Álvarez- Membrecía; C.P.C. Rosalba Montaño Martínez - Página Web; C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante -Revista Electrónica; C.P.C. Hugo Gutiérrez Zatarain- Convención Regional 2013; C.P.C. Socorro Ceballos Herrera- – Vicepresidencia de Docencia; C.P.C. Patricia Arguelles Canseco – Vicepresidencia del Sector Gubernamental; C.P.C. Rodolfo Duran Majul - Auditoria a Cuentas Públicas; C.P.C. René Reyes Ortega- Contabilidad Gubernamental; C.P.C. Juan Carlos Esqueda Hampl - Vicepresidencia del Sector Empresas; C.P.C. María Eugenia Hernández Moreno - Vicepresidencia de Apoyo a Asociados; C.P.C. Maximina Estrada Ulloa - Vicepresidencia de Control de Calidad en la Práctica Profesional; C. P. C Raymundo Raúl Velarde Miller - Comisión Administradora; C.P.C. Virginia Sandoval Bojórquez- Comisión Técnica; C.P.C. Carlos Ibarra Aguiar- Presidente del C.C.P. Ensenada B.C.; C.P.C. Mayra Plascencia Peñuñuri - Vicepresidente del C.C.P. Ensenada B.C.; C.P.C. Román Barreto Segura Presidente del C.C.P. B.C.N. (Tijuana); C.P.C. Pedro Trejo Martínez - Vicepresidente del C.C.P. B.C.N. (Tijuana); C.P.C. Norma Alicia Soo Michel - Presidente del C.C.P. Mexicali; C.P.C. Francisco Manuel Batiz Taylor -Vicepresidente del C.C.P. Mexicali; C.P.C. Humberto García Borbón - Presidente del C.C.P. de Sonora; C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez - Vicepresidente del C.C.P. de Sonora; C.P.C. Guillermo Paniagua Ruíz – Presidente del I.S.C.P.de Obregón; C.P.C Miguel Agustín Sánchez Escalante– Vicepresidente del I.S.C.P. de Obregón; C.P.C. José Rafael García Gómez– Presidente del C.C.P. Región del Mayo; C.P.C. Rosa Alicia Navarro Calderón - Vicepresidente de C.C.P. Región del Mayo; C.P.C. Carmen Alicia Burgueño Mercado - Presidente del C.C.P. del Norte de Sinaloa; C.P.C. José David Nozato Salazar- Vicepresidente del C.C.P. del Norte De Sinaloa;s C.P.C. Salomé Martínez Galindo – Presidente del C.C.P. de Culiacán; C.P.C. Manuel Alonso Quintero García– Vicepresidente del C.C.P. de Culiacán; C.P.C. Javier Miguel Franco Ortega -Presidente del Instituto de C.C.P. de Sinaloa; C.P.C. Rommel Ibarra Manjarrez– Vicepresidente del Instituto de C.C.P. de Sinaloa; C.P.C. Javier Velasco Abundis- Presidente del C.C.P. B.C. Sur; C.P.C. Fabricio González Rodríguez - Vicepresidente del C.C.P.B.C. Sur; C.P.C. Eduardo Villarreal Fragoso - Miembro de la COE; C.P.C. Carlos Salgado Rubio - Miembro de la COE; C.P.C. Jesús Rodolfo Amavizca Valenzuela- Miembro de la COE; C.P.C. Fernando Calles Montijo - Junta de Honor; C.P.C. Francisco Javier Ames Cebreros- Junta de Honor; C. P. C. Ramón Espinoza Jiménez - Junta de Honor; IMPRESIÓN.- Color Express de México. DISEÑO.- Reyna Hernández Carbajal.

NOTA DE EDICIÓN : Los artículos contenidos en esta revista son responsabilidad del autor y no del Instituto del Noroeste de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

Presidente de la Comisión de Revista C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante


Carta Editorial

Carta Editorial ¡Qué rápido pasó el tiempo! Es una frase que a menudo repetimos en estas fechas pero es que el tiempo es el mismo… lo que ya no pudimos hacer quedo atrás, el tiempo no perdona, así que, no hay que dejar nada para mañana, hay que hacerlo hoy. Ahora que comenzamos el 2013 es recomendable hacer una lista de nuevos propósitos para llevarlos a cabo desde ya, incluyendo como buenos propósitos el desarrollo de buenos hábitos, el bienestar personal y brindar apoyo durante todo el año a los que más nos necesitan. El pasado periodo vacacional nos brindo un respiro del tráfico y la oportunidad de salir de la rutina. En nombre de los miembros de la Vicepresidencia de Relaciones y Difusión deseamos que los propósitos se realicen y tengan un valioso año 2013. En la revista de este trimestre, se van a encontrar algunas publicaciones que recomendamos las consulten por su importancia. Entre ellas tenemos comentarios de la reforma fiscal 2013 y la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013; los cambios en los salarios mínimos zona A y B; la Reforma Laboral que afecta a madres trabajadoras; un análisis muy detallado de los pagos referenciados (declaraciones y pagos) que desde mayo del 2009 comenzó su obligatoriedad

Todo esto encontrarán en la nueva emisión de la revista Contaduría del Noroeste que disfrutaran con su lectura. Gracias a todos los colaboradores de este revista por su interesante trabajo que permite que siempre salga una emisión diferente. El año 2013 será un año de mucha actividad en el Noroeste: la jornada de seguridad social ya está en la puerta para los días 24 y 25 de enero, la Convención Regional en Mazatlán, Sinaloa para los días 1, 2 y 3 de mayo, la Jornada Fiscal en los Mochis, Sinaloa los días 26 y 27 de septiembre y la Convención Regional Estudiantil en Culiacán, Sinaloa, los días 23, 24 y 25 de octubre. Estamos estrenando presidente del Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A.C., el CPC Joaquín Vega Valadez de Los Mochis, Sinaloa y la Vicepresidente General la CPC Evangelina Contreras Caro, de Tijuana, Baja California, a quienes les deseo mucho éxito en las funciones que desempeñaran en esta activa región del noroeste. MUCHAS GRACIAS

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

C.P.C. José Gilberto Aguilar Escobosa Vicepresidente de Relaciones y Difusión del INCP

primero al sector financiero, sociedades mercantiles controladas y controladoras y personas morales que en el último ejercicio hayan declarado ingresos superiores a 500 millones de pesos; la red fiscalizadora de las autoridades es cada vez más extensa, dando como resultado una mayor acción recaudatoria; todos los patrones tienen la obligación de presentar dentro del mes de febrero del año siguiente al ejercicio fiscal la determinación anual de la prima de riesgo de trabajo teniendo en el año 2013 como fecha límite el 28 de febrero; la declaración de nulidad lisa y llana de la primera orden de visita por insuficiencia o indebida fundamentación de la competencia material de la autoridad que la emitió, no justifica la emisión de una nueva en las condiciones apuntadas; tambien se describe brevemente una reseña del cambio de consejo del INCP, en que concluyó su gestión el C.P.C. Ramón Espinoza Jiménez y la inició el C.P.C. Joaquin Vega Valadez.

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

ZONA NOROESTE


Reforma Fiscal

En vigor las Reformas Fiscales del 2013 A partir del 1° de Enero de 2013 entran en vigor las

que hayan optado por expedir la facturación mediante

diversas Disposiciones Fiscales destacando por su im-

Comprobante Fiscal Digital (CFD) sin necesidad de re-

portancia los siguientes puntos:

mitirlos a un proveedor de certificación de Compro-

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

bante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para la validación

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

El Salario Mínimo General a partir del 1° de Enero de

de los requisitos; es decir quienes estén emitiendo fac-

2013 será para la Zona “A” la cantidad de $ 64.76 y para

turación electrónica bajo el esquema de CFD podrán

la Zona “B” será de $ 61.38, representando un incre-

continuar haciéndolo durante 2013.

mento del 3.9% en relación al salario anterior; sin embargo ese salario fue incrementado también en fecha

En la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 se dan

reciente el día 27 de Noviembre de 2012 siendo benefi-

a conocer diversas disposiciones de carácter general

ciados algunos trabajadores de la Zona “B” que pasaron

aplicables a Impuestos, Productos, Aprovechamientos,

a la Zona “A”, representando un incremento acumulado

Contribuciones de Mejoras y Derechos Federales las

del 6.9% en menos de 35 días lo cual benefició a la clase

cuales

trabajadora que percibe dichos salario; lo que por otra

contribuyentes cumplir con las obligaciones fiscales en

parte seguramente se repercutirá en el costo de los

forma oportuna y adecuada.

se expiden con el propósito de permitir a los

servicios que prestan los empresarios . Entre los Capítulos de la Resolución Miscelánea FisEn relación con el Impuesto sobre la Renta del 29%

cal para 2013 destacan entre otros puntos los relativos

que por Disposición Transitoria de Ley se debería de

a las formas alternas de Comprobación fiscal; asimismo,

aplicar para el año de 2013; éste fue cancelado por lo

se mencionan las disposiciones para la Contabilidad,

que se seguirá pagando la tasa del 30% del Impuesto

Declaraciones para realizar pagos provisionales y defini-

sobre la Renta.

tivos, Notificaciones, Delitos fiscales; Impuesto sobre la Renta, Ingresos, Deducciones, Inversiones, Devolu-

Respecto a las Tarifas de Retención del Impuesto sobre la Renta a cargo de los trabajadores contenidas

ciones y Compensaciones así como el Procedimiento Administrativo de Ejecución; entre otros .

en el artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, serán las mismas que se venían aplicando al día 31 de Diciembre de 2012.

También a partir de este año entra en vigor el Impuesto a la Tenencia Estatal, que algunos Estados de la República lo han implementado a raíz de haberse

En materia del Impuesto Empresarial a Tasa Única

derogado a nivel federal; sin embargo dicho impuesto

continúa la prohibición del acreditamiento del monto

no ha sido del agrado de la ciudadanía; sin embargo los

del crédito fiscal IETU contra el Impuesto sobre la Renta

gobiernos estatales han argumentado que es necesario

causado en el ejercicio en el que se generó dicho crédito.

su recaudación para las finanzas sanas en apoyo a los

Por otra parte, destaca por su importancia la publi-

gobiernos municipales.

cación en el Diario Oficial de la Federación del día 28 de Diciembre de 2012 de la Resolución Miscelánea Fis-

Respecto a la Reforma Laboral publicada en el Dia-

cal para 2013; en la cual se incluye la Regla Miscelánea

rio Oficial de la Federación el día 30 de Noviembre de

número I.2.8.3.12. permitiendo a los contribuyentes

2012 destaca lo siguiente:


Reforma Fiscal

Tratándose de la subcontratación (Outsourcing) se establecen reglas claras para el uso de esta figura y no será permitida cuando su finalidad sea disminuir derechos laborales; asimismo, la empresa contratante de los servicios deberá de cerciorarse permanentemente que la empresa contratista cumple con las disposiciones aplicables en materia de seguridad social y medio ambiente en el trabajo. Queda prohibido a los patrones o a sus representantes legales exigir a las empleadas la presentación de

Dra. Fabiola de Gpe. Arvizu Quiñonez Vicepresidente Fiscal del INCP

madres trabajadoras embarazadas podrán disfrutar de un descanso de seis semanas anteriores y seis poste-

rios caídos a los trabajadores; por lo que esto viene a

riores al parto; sin embargo, la trabajadora podrá solici-

darle una certeza jurídica a los patrones; sin embargo,

tar al patrón previa autorización del médico se pueda

si derivado del juicio éste se prolonga más de un año

transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso

por una justicia lenta e ineficiente el trabajador saldrá

previas al parto para después del mismo.

perjudicado por dicha limitación.

Por otra parte, se establece el derecho que tendrán

Por lo que se refiere a las relaciones de trabajo

los hombres trabajadores de solicitar un permiso de

por obra o tiempo determinado, por temporada o por

paternidad de cinco días laborales con goce de sueldo

tiempo indeterminado se establece que podrán estar

por el nacimiento de sus hijos con el propósito de que

sujetas a un periodo de prueba o a capacitación inicial.

puedan estar los primeros días del nacimiento de los

La contratación a prueba podrá ser a 30 días y podrá

mismos.

extenderse a 180 días cuando se trate de trabajadores para puestos de dirección o gerenciales.

En el caso de un juicio por despido injustificado la Reforma Laboral limita el número a doce meses de sala-

Tratándose del salario por unidad de tiempo, el trabajador y el patrón podrá convenir el monto así como el pago por cada hora de prestación de servicios siempre y cuando no se exceda la jornada máxima legal y se respeten los derechos laborales y de seguridad social. Finalmente, las posibilidades que dan los contratos por temporada, a prueba, por horas éstos impulsarán una mayor oferta de trabajo dando acceso a que más personas sobre todo jóvenes sin experiencia laboral puedan encontrar un nuevo empleo; sin embargo algunas personas seguramente bajo este esquema tendrán un

Dr. Fco. Javier Ramírez Hernández Miembro de la Comisión Fiscal Regional del Noroeste.

salario que no satisfaga sus necesidades básicas y tendrán que buscar otra fuente de ingresos que le pueda otorgar un mejor nivel de vida.

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

nencia o ascenso de puesto en el empleo; asimismo, las

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

certificados de no embarazo para el ingreso, perma-


Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

Reforma Laboral

Descansos de Madres Trabajadoras: Reforma Laboral sin modificaciones a la Ley del Seguro Social

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

Como es conocido, el pasado 30 de noviembre de 2012 fue publicado el “DECRETO por el que se refor-

Específicamente estas fracciones disponen lo siguiente:

man, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo” en medio de una gran expectativa apoyada sobre todo por el despliegue publicita-

“Artículo 170.- Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

rio que hizo el gobierno federal sobre este tema. I… Sin embargo, al analizar dicha reforma, independientemente de si cumplirá con su objetivo o no, se

II. Disfrutarán de un descanso de seis semanas

observa que para que haya una aplicación armónica

anteriores y seis posteriores al parto. A solicitud ex-

de la misma, esta debe de acompañarse con reformas

presa de la trabajadora, previa autorización escrita

a otras disposiciones como la Ley del Seguro Social.

del médico de la institución de seguridad social que le corresponda o, en su caso, del servicio de salud que

Tal es el caso de la modificación al artículo 170

otorgue el patrón, tomando en cuenta la opinión del

Fracciones II y II Bis de la LFT, incluido en el titulo

patrón y la naturaleza del trabajo que desempeñe, se

Quinto referente al TRABAJO DE LAS MUJERES.

podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de


Reforma Laboral

descanso previas al parto para después del mismo. En

establecido en la Ley Federal del Trabajo. Efectiva-

caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo

mente, tratándose de incapacidades por maternidad

de discapacidad o requieran atención médica hospi-

la Ley de Seguro Social dispone en su artículo 101 lo

talaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas

siguiente:

posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.

“Artículo 101. La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual

En caso de que se presente autorización de médicos

al cien por ciento del último salario diario de cotización

particulares, ésta deberá contener el nombre y número

el que recibirá durante cuarenta y dos días anteriores al

de cédula profesional de quien los expida, la fecha y el

parto y cuarenta y dos días posteriores al mismo.

estado médico de la trabajadora. cos del Instituto no concuerde exactamente con la del parto, deberán cubrirse a la asegurada los subsidios

posteriores al día en que lo reciban;”

correspondientes por cuarenta y dos días posteriores al mismo, sin importar que el período anterior al parto se

Lo anterior es un cambio significativo toda vez

haya excedido. Los días en que se haya prolongado el

que permite en el caso de la Fracción II, que sean las

período anterior al parto, se pagarán como continua-

mujeres trabajadoras quienes distribuyan las sema-

ción de incapacidades originadas por enfermedad. El

nas de descanso pre y postnatales, por supuesto con

subsidio se pagará por períodos vencidos que no exce-

autorización escrita por parte del responsable (Insti-

derán de una semana.”

tución o servicio de salud) de cuidar la salud tanto de la madre como del niño.

En estos casos, el pago del subsidio a que hace referencia el artículo anterior exime al patrón de la o-

Lo anterior, según la exposición de motivos, fa-

bligación del pago del salario a que hace referencia el

vorece la convivencia con el recién nacido lo cual es

artículo 170 Fracción V de la LFT, con la excepción de

una buena intención.

que cuando la asegurada no cumpla con el requisito de haber cubierto por lo menos treinta cotizaciones

Sin embargo, revisando la Ley del Seguro Social

semanales en el período de doce meses anteriores a la

nos encontramos con una falta de adecuación con lo

fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro. Como se puede observar, en la LSS se contempla un plazo ya definido de 42 días antes y 42 días posteriores al parto, y no así la posibilidad de que la madre trabajadora pueda solicitar el transferir hasta cuatro de las seis semanas previas al parto para posterior del mismo. Otro problema se presenta con las dos semanas adicionales a las seis posteriores al parto por las que

C.P.C. Y M.I. José Hugo López Leal Ex Presidente del IMCP Los Mochis Director de López Leal Consultores, A.C.

otorgara el subsidio el IMSS cuando el hijo nazca con alguna discapacidad, ya que es el patrón quien queda obligado a pagar totalmente el salario de la asegurada

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

II Bis. En caso de adopción de un infante disfrutarán de un descanso de seis semanas con goce de sueldo,

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

En los casos en que la fecha fijada por los médi-


Reforma Laboral

al igual que la carga de seguridad social al no contar

En aquellos casos en que la madre trabajadora

con un certificado de incapacidad por dicho periodo.

afiliada al IMSS decida con anuencia del patrón pero sin autorización escrita del médico, el diferir sema-

Por su parte el médico responsable de la atención

nas de descanso, es decir, continuar laborando du-

está obligado a observar lo dispuesto en el Reglamen-

rante un periodo en el cual ya el Instituto le otorgo

to de Prestaciones Medicas del IMSS al momento de

el subsidio por los primeros 42 días, no solo estaría

expedir los correspondientes certificados de incapa-

contraviniendo con lo establecido en el citado artí-

cidad:

culo 170 Fracción II de la LFT, sino que además estaría infringiendo lo señalado en el artículo 102 Fracción III

a) Actuará bajo su absoluta responsabilidad y con

de la propia LSS, que señala como un requisito para

estricto apego a la Ley, sus reglamentos, las nor-

que se le entregue el subsidio a la asegurada el que no

mas institucionales y la ética profesional. (art. 139)

ejecute trabajo alguno mediante retribución durante

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

los periodos anteriores y posteriores al parto y que

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

b) En ejercicio de sus funciones y durante su jor-

supone la pérdida de derecho al mismo. Lo anterior

nada de trabajo, salvo las excepciones previstas en

con independencia del riesgo para la salud tanto de

este Reglamento. (art. 139)

la madre como del niño, que pienso es lo primero que habría que tener en consideración.

c) Previo a la expedición del certificado de incapacidad, el asegurado deberá identificarse en

Por otra parte, lo dispuesto en la Fracción II Bis,

los términos establecidos en el artículo 9 de este

que permite que en caso de adopción de un infante la

Reglamento, asentando el médico tratante o es-

madre trabajadora tenga derecho a un descanso de seis

tomatólogo, en el recuadro correspondiente del

semanas posteriores al día en que reciban al menor, es

certificado, los datos de la identificación presen-

un beneficio justo y necesario, tomando en cuenta la

tada por el asegurado. (art. 139)

necesidad de unión del nuevo miembro de la familia.

d) El lapso que se acredite se determinará en días naturales. (art. 143)

Sin embargo, al no reconocerse este periodo de descanso de 42 días dentro de la LSS como derecho de la trabajadora para que se le otorgue un subsidio

e) Tratándose del certificado de incapacidad

como ocurre en el caso de periodos pre y postnatales,

prenatal comprenderá los 42 días anteriores a la

queda íntegramente a cargo del patrón el cubrir no

fecha que se señale como probable del parto. El

solo su salario sino las cuotas de seguridad social por

certificado de incapacidad posparto se expedirá

alguien que no está prestando sus servicios. Es decir,

invariablemente por 42 días a partir de la fecha del

se convierten en un costo que el Estado pasa directa-

parto. (art. 143)

mente al sector patronal.

f) Estas disposiciones se aplicarán exclusivamente a mujeres aseguradas. (art. 143)

Definitivamente las reformas aquí comentadas tienen una buena intención y seguramente traerán beneficios, puesto que se busca facilitar y apoyar du-

Es decir, el médico responsable debe de apegarse

rante estos periodos, ya sea por embarazo o por adop-

a lo que dispone la propia LSS y sus reglamentos, por

ción, a la madre trabajadora y a su familia. Sin embar-

lo que está imposibilitado en los términos actuales de

go, resulta apremiante el reformar otras disposiciones

dicha Legislación a autorizar a una trabajadora que

como la Ley del Seguro Social, a fin de armonizar su

solicite transferir semanas de descanso previas al par-

aplicación y evitar con ello que estas resulten poco

to para después del mismo.

funcionales o un costo adicional para el patrón.


Servicios DyP

El Servicio de Declaraciones y Pagos (DyP) El Servicio de Administración Tributaria (SAT) define el Servicio de Declaraciones y Pagos como un sistema electrónico integral para que los contribuyentes presenten sus declaraciones provisionales o definitivas correspondientes a los periodos comprendidos desde el ejercicio 2002 a la fecha a través de internet. En el

para efectuar el pago correspondiente (pago referenciado). A partir de noviembre de este ejercicio se incorporan a este esquema las personas físicas que en el último

C.P.C. Gonzalo Cabanillas Cedano Socio del IMCP-Sinaloa, Socio de Franco Cabanillas Consultores SC, Profesor de Asignatura “B” en la Escuela de Contabilidad y Administración de Mazatlán, UAS. gcabanillas@francocabanillas.com.mx Twitter: @gcabanillas

ejercicio fiscal declarado manifestaron ingresos superiores a $ 250,000.00 pesos.

el SAT a través de un anuncio en su portal, de donde

Esta incorporación de contribuyentes al esquema

obtuvimos la siguiente información sobre cómo se han

de DyP se ha venido realizando de forma paulatina por

venido incorporando los contribuyentes a este servicio.

Fecha de incorporación

Contribuyentes a incorporarse al esquema

Mayo de 2009

Los contribuyentes del sector financiero, Sociedades mercantiles controladoras y controladas, Personas morales del Título II de la Ley del ISR, que en el último ejercicio fiscal declarado hayan consignado en sus declaraciones ingresos acumulables iguales o superiores a 500 millones de pesos.

Noviembre de 2009

El Poder Legislativo, el Poder Judicial de la Federación y la Administración Pública Centralizada, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Los organismos constitucionalmente autónomos. Comisión Federal de Electricidad, Instituto Mexicano del Seguro Social e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado.

Febrero de 2011

Los contribuyentes que sean sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

tos, proporcionando en su caso una línea de captura

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

mismo se ofrece el cálculo automático de los impues-


Servicios DyP

Fecha de incorporación

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

Mayo de 2011

Contribuyentes a incorporarse al esquema Los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010, aún cuando opten por la aplicación del beneficio establecido en el Artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2010.

Febrero de 2012

Las personas morales.

Septiembre 2012

Las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hayan manifestado ingresos totales o superiores a un millón de pesos, deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto 2012 y subsecuentes.

Es importante mencionar que las personas físicas

firma electrónica avanzada a través de los medios, for-

que no se encuentras obligadas a utilizar el servicio de

matos electrónicos y con la información que señale el

DyP pueden hacerlo de manera optativa, entendiendo

Servicio de Administración Tributaria mediante reglas

que se ejerce esa opción si se presenta una declaración

de carácter general, enviándolos a las autoridades co-

en el mismo, sin poder regresar al esquema anterior

rrespondientes o a las oficinas autorizadas, según sea el

durante el ejercicio fiscal.

caso, debiendo cumplir los requisitos que se establez-

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

10

can en dichas reglas para tal efecto y, en su caso, pagar Con esta asistencia el SAT apoya al contribuyente en

mediante transferencia electrónica de fondos. Cuando

la determinación y calculo de impuestos, verificando y

las disposiciones fiscales establezcan que se acompañe

controlando las cifras declaradas, realizando operacio-

un documento distinto a escrituras o poderes notaria-

nes aritméticas y registrando los datos necesarios para

les, y éste no sea digitalizado, la solicitud o el aviso se

la siguiente declaración, como son el acumulado de in-

podrá presentar en medios impresos.”

gresos y deducciones.(1) Comentario del autor: Fundamento Legal

Esta norma es la que se-

ñala la obligatoriedad de presentar las declaraciones en formatos electrónicos y con la información que señale

Las normas jurídicas que sirven de fundamento el

el SAT, debiendo cumplir los requisitos que establezcan

uso del Servicio de Declaraciones y Pagos son: Artículos

las reglas y en su caso pagar mediante transferencia

31, primer párrafo, 20, séptimo párrafo; ambos del CFF,

electrónica.

53 del RCFF y regla II.2.8.5.1. de la RMF 2012 publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2011. Artículo 31, primer párrafo del CFF

Artículo 20, séptimo párrafo del CFF “Se aceptará como medio de pago de las contribuciones, los cheques certificados o de caja y la transfe-

“Las personas deberán presentar las solicitudes en

rencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la

materia de registro federal de contribuyentes, declara-

Federación, de conformidad con las reglas de carácter

ciones, avisos o informes, en documentos digitales con

general que expida el Servicio de Administración Tribu-


Servicios DyP

taria. Los contribuyentes personas físicas que realicen

Comentario del autor: La presentación de las obli-

actividades empresariales y que en el ejercicio inme-

gaciones fiscales deberá presentarse en las fechas se-

diato anterior hubiesen obtenido ingresos inferiores a

ñaladas para cada obligación fiscal.

$2,160,130.00, así como las personas físicas que no realicen actividades empresariales y que hubiesen obteni-

Regla II.2.8.5.1. de la RMF 2012 publicada en

do en dicho ejercicio ingresos inferiores a $370,310.00,

el DOF el 28 de diciembre de 2011 Para los efectos de los artículos 20, séptimo párrafo

rería de la Federación o cheques personales del mismo

y 31, primer párrafo del CFF y 53 de su Reglamento, las

banco, siempre que en este último caso, se cumplan

personas físicas y morales realizarán la presentación de

las condiciones que al efecto establezca el Reglamento

los pagos provisionales o definitivos del ISR, IETU, IVA o

de este Código. Se entiende por transferencia elec-

IEPS, así como retenciones, por medio de la página de

trónica de fondos, el pago de las contribuciones que

Internet del SAT, de conformidad con el procedimiento

por instrucción de los contribuyentes, a través de la

siguiente:

afectación de fondos de su cuenta bancaria a favor de la Tesorería de la Federación, se realiza por las instituciones de crédito, en forma electrónica.”

I. Ingresarán al “Servicio de declaraciones y pagos”, “Presentación de Declaraciones”, contenido en la página de Internet del SAT. Para tal efecto, el contribuyente

Comentario del autor: La autoridad solo aceptara como medio de pago de las contribuciones los cheques

deberá proporcionar su CIECF o FIEL generadas a través de los desarrollos electrónicos del SAT.

certificados, de caja o a través de transferencia electrónica. Sin embargo en caso de personas físicas con

II. Seleccionarán el periodo a declarar y el tipo de

actividades empresariales con ingresos inferiores a

declaración, pudiendo optar por llenar los datos solici-

$2,421,720.00 o de $415,150.00 para personas físicas

tados en el programa directamente en línea o hacerlo

que NO realicen actividades empresariales, podrán

fuera de línea.

pagar en efectivo, transferencia electrónica de fondos o cheques personales del mismo banco.

Comentario del autor: La opción “en línea” le permite al contribuyente tener información acumulada

Artículo 53 del RCFF

de como se han venido presentando los pagos provisionales de ISR e IETU. En caso de que sea la primera

“Para los efectos de los artículos 20, séptimo párrafo

vez que se utilice esta herramienta; como será para las

y 31, primer párrafo del Código, las personas obligadas

personas físicas que la utilicen en noviembre, no ha-

a presentar pagos provisionales o definitivos de contri-

brá por supuesto información de periodos anteriores,

buciones federales a través de medios y formatos elec-

por lo que solo por esta ocasión la el contribuyente

trónicos, incluyendo las retenciones y las declaraciones

capturara la información acumulada en el ejercicio

complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal,

en el campo relacionado del ingreso o deducción del

las deberán efectuar por cada grupo de obligaciones

periodo.

fiscales, inclusive las retenciones, que tengan la misma periodicidad y la misma fecha de vencimiento legal.

Es necesario saber que la opción “en línea” tiene tiempo límite de captura por parte del SAT, a diferencia

Los grupos de obligaciones a que se refiere el pá-

del “fuera de línea” que te permite tener el archivo por

rrafo anterior se determinarán por el Servicio de Ad-

tu computadora por tiempo indefinido, además de que

ministración Tributaria en las reglas de carácter general

en esta última opción si tendrás que capturar los acu-

que para tal efecto emita.”

mulados en la determinación de impuestos.

11 Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

transferencia electrónica de fondos a favor de la Teso-

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

efectuarán el pago de sus contribuciones en efectivo,


Servicios DyP

III. El programa automáticamente mostrará las

VI. El importe total a pagar señalado en la fracción

obligaciones registradas en el RFC del contribuyente

anterior, deberá cubrirse por transferencia electrónica

correspondientes al periodo seleccionado, así como el

de fondos mediante pago con línea de captura vía In-

listado completo de obligaciones fiscales. En los casos

ternet, en la página de Internet de las instituciones de

en que el contribuyente deba presentar declaraciones

crédito autorizadas a que se refiere el Anexo 4, rubro D.

derivadas de obligaciones no registradas, el programa le mostrará un mensaje para que presente el aviso al

Las instituciones de crédito autorizadas enviarán a

RFC que corresponda en los términos de los capítulos

los contribuyentes, por la misma vía, el “Recibo Ban-

II.2.3. y II.2.4., previamente al envío de su declaración.

cario de Pago de Contribuciones Federales” generado por éstas.

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

Cuando el programa muestre obligaciones fiscales distintas a las manifestadas por el contribuyente ante

Se considera que los contribuyentes han cumplido

el RFC, se deberá realizar la aclaración respectiva por

con la obligación de presentar los pagos provisionales o

Internet o acudir ante cualquier Módulo de Servicios

definitivos, en los términos de las disposiciones fiscales,

Tributarios para efectuarla, debiendo entre tanto,

cuando hayan presentado la información a que se re-

cumplir con las obligaciones fiscales a que se encuen-

fiere la fracción V de esta regla en la página de Internet

tre sujeto.

del SAT por los impuestos declarados y hayan efectuado el pago de conformidad con la fracción VI anterior, en

IV. Para el llenado de la declaración se capturarán

los casos en los que exista cantidad a pagar por cual-

los datos habilitados por el programa citado. El sistema,

quiera de los impuestos citados. Cuando no exista can-

a elección del contribuyente, podrá realizar en forma

tidad a pagar, se considera cumplida la obligación citada

automática los cálculos aritméticos o, en su caso, se po-

cuando haya cumplido con lo dispuesto en las fraccio-

drán capturar los datos de forma manual.

nes I, II, III, IV y V primer párrafo de esta regla.

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

12 En el caso de declaraciones complementarias o

Comentario del autor: En caso de existir cantidad

de corrección fiscal que correspondan a pagos pro-

a pagar el sistema genera una línea de captura, la cual

visionales o definitivos presentados de conformidad

tiene vigencia, por lo que es importante realizar el pago

con este capítulo, el programa desplegará los datos

en tiempo, ya que la autoridad considera como obliga-

de la declaración anterior que se complementa o

ción no presentada la que NO se pago.

corrige. En el caso de personas físicas, como ya comentaV. Concluida la captura, se enviará la declaración a

mos anteriormente, tienen la posibilidad de realizar sus

través de la página de Internet del SAT. El citado ór-

pagos en ventanilla bancaria, ya sea en efectivo o con

gano desconcentrado enviará a los contribuyentes por

cheque.

la misma vía, el acuse de recibo electrónico de la información recibida, el cual contendrá, entre otros, el

Los contribuyentes que deban presentar declara-

número de operación, fecha de presentación y el sello

ciones complementarias, deberán hacerlo en los térmi-

digital generado por dicho órgano.

nos del presente capítulo, sin que puedan cambiar de opción.

Cuando exista cantidad a pagar, por cualquiera de las obligaciones fiscales manifestadas, el acuse de re-

Lo dispuesto en esta regla, se aplicará en las fechas

cibo electrónico, incluirá el importe total a pagar y la

y para los diversos sectores que se den a conocer con-

línea de captura a través de la cual se efectuará el pago,

forme al calendario que se publique en la página de In-

así como la fecha de vigencia de la línea de captura.

ternet del SAT.


Servicios DyP

De los tipos de complementarias

Tipo de complementaria: Modificación de obligaciones

Debido a que en el Servicio de Declaraciones y Pagos existen cinco tipos de complementaria, se vuelve

De acuerdo a las reglas II.2.8.5.3 y II.2.8.5.4, este

necesario saber cuáles son las reglas que aplican para

tipo de complementaria se presentara cuando se den

cada una. El siguiente esquema proviene de la Guia del

los siguientes supuestos:

SAT de nombre “Principales Preguntas y Respuestas” en el uso del Servicio de DyP, el cual usted puede obtener

1. Los contribuyentes no efectúen el pago de la

en el siguiente link:

línea de captura que genera el Servicio DyP. En este caso se debe de capturar manualmente los recar-

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/ofi-

gos y actualizaciones correspondientes.

cina_virtual/108_22039.html

TIPO DE DECLARACIÓN: COMPLEMENTARIA TIPO DE COMPLEMENTARIA: MODIFICACIÓN DE OBLIGACIONES TIPO DE DECLARACIÓN: COMPLEMENTARIA TIPO DE COMPLEMENTARIA: OBLIGACIÓN NO PRESENTADA TIPO DE DECLARACIÓN: COMPLEMENTARIA TIPO DE COMPLEMENTARIA: DEJAR SIN EFECTO OBLIGACIÓN TIPO DE DECLARACIÓN: COMPLEMENTARIA ESQUEMA ANTERIOR

una declaración ya presentada. Tipo de complementaria: Obligación no presentada De acuerdo a la regla II.2.8.6.5, cuando el contribuyente omita la presentación de una obligación fiscal en el servicio de DyP deberá presentar este tipo de complementaria. Tipo de complementaria:

De acuerdo a la regla II.2.8.6.4 este tipo de compleTIPO DE DECLARACIÓN: COMPLEMENTARIA TIPO DE COMPLEMENTARIA: “SUBTIPO”: ESQUEMA ANTERIOR

mentaria se utilizara para dejar sin efecto declaraciones con errores relativos al periodo de pago o concepto de impuesto declarado. Un ejemplo de esta situación seria el de dejar sin efectos una obligación que el contribuyente presento por error al no estar sujeto a la misma.

Con el uso del Servicio de Declaraciones y Pagos el SAT se encuentra a la vanguardia 10 años después de haber impulsado el uso de medios electrónicos para la declaración y pago de los impuestos, ya que todos los servicios que ofrece pueden hacerse desde internet, cualquier día, en cualquier lugar, sin filas, sin papel, mas fácil y más rápido, permitiendo por supuesto incrementar su eficiencia.

13

Dejar sin efecto obligación.

Tipo de declaración: Complementaria esquema anterior. De acuerdo a la regla II.2.9.3 de la RMF (reformada y publicada en el DOF el 12 de octubre del 2012) las personas físicas y morales que se encuentren obligadas el uso del Servicio de DyP y que deban de realizar declaraciones complementarias relacionadas con obligaciones presentadas en el esquema anterior (NEPE), deberán realizar este tipo de declaración complementaria para presentarla.

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

EXISTEN CINCO TIPOS DE COMPLEMENTARIA

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

2. Cuando se modifique algún dato manifestado en


Servicios DyP

Tipo de complementaria: Subtipo esquema anterior.

4.

Cuando la presentación de la declaración que modifica a la original se establezca

como obligación por disposición expresa de Ley. De acuerdo a la regla II.2.9.3 de la RMF (reformada y publicada en el DOF el 12 de octubre del 2012) este tipo de complementaria aplica cuando la declaración normal o complementaria se haya presentado en el esquema anterior (NEPE) y además se haya presentado en el servicio de Declaraciones y Pagos el periodo a de-

5.

Cuando se realice una complementaria de modificación de obligaciones que solo

siempre que únicamente se modifiquen los datos correspondientes a la actualización y recargos.

clarar.

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

Es decir, por ejemplo, la declaración normal la pre-

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

14

sente en el NEPE, la declaración complementaria la presente en el servicio de DyP, pero voy a realizar una nueva declaración complementaria de dicha obligación,

6.

Cuando el contribuyente realice una complementaria de dejar sin efecto una obliga-

ción por errores relativos al periodo de pago o de impuesto declarado.

por lo que tengo que tengo que elegir este “subtipo”.

Como hemos observado, es necesario cono-

cer los tipos de complementaria existentes en el servicio de declaraciones y pagos, para realizar de manera

7.

Cuando el contribuyente presente una complementaria por obligación omitidas

anteriormente.

correcta nuestra presentación de obligaciones, además es necesario considerar cuales de estas complementarias no se contabilizan para el límite de complementa-

Con el uso del Servicio de Declaraciones y Pagos el

rias que establece el artículo 32 del CFF, los cuales de

SAT se encuentra a la vanguardia 10 años después de

acuerdo a ese artículo y a las reglas I.2.12.1., I.2.12.2. e

haber impulsado el uso de medios electrónicos para la

I.2.12.3. de la RMF 2012 son las siguientes:

declaración y pago de los impuestos, ya que todos los servicios que ofrece pueden hacerse desde internet,

1.

cualquier día, en cualquier lugar, sin filas, sin papel, mas Cuando sólo incrementen sus ingresos o el

fácil y más rápido, permitiendo por supuesto incremen-

valor de sus actos o actividades.

tar su eficiencia. (2)

Cuando sólo disminuyan sus deducciones o

de medios electrónicos, su constante capacitación en

pérdidas o reduzcan las cantidades acredi-

los mismos, que le permita integrarse a las necesidades

tables o compensadas o los pagos provisionales o

reales de sus clientes al presentar en la web del SAT no

de contribuciones a cuenta

solo sus impuestos, sino para realizar cualquier trámite,

2.

Se vuelve necesario para un contador el uso

ya sea al RFC, de solicitud de devoluciones de impues-

3.

tos, de compensación, etc. La Educación Profesional Cuando el contribuyente haga dictaminar

Continua para un contador es y así siempre relevante

por contador público autorizado sus esta-

para sus funciones, para su actuar.

dos financieros, podrá corregir, en su caso, la declaración original como consecuencia de los resultados obtenidos en el dictamen respectivo.

(1) Reporte anual 2010 y retos para el 2011 del SAT, Pág. 62. (2) Comunicado de prensa del SAT No. 073/2012


INTRODUCCIÓN Actualmente se vive un fenómeno de fiscalización a contribuyentes mucho más enfocado y con mayor acierto en la programación de revisiones que en el pasado. Apoyado el órgano fiscalizador en nuevas estrategias basadas principalmente en el uso de tecnología e información aportada por terceros e incluso por información que el mismo contribuyente aporta, los alcances de estos nuevos esquemas han tenido muy buenos resultados para la autoridad que los aplica. Indudablemente que esto obliga a los contribuyentes y a sus contadores a prestar todavía más aten-

C.P.C. José Cesar Miranda Sánchez Miembro de la Comisión Fiscal Regional del Noroeste MGI GPM Contadores y Auditores, SC cesarmiranda@mgimexico.com Twitter: @MgiMexico

15 Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

Las Nuevas Medidas de Fiscalización en México

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

Fiscal


Fiscal

ción a las operaciones realizadas durante el ejercicio

Principales objetivos de la fiscalización:

fiscal y a documentar perfectamente las mismas, así como también lograr la comunicación adecuada entre

- Control del cumplimiento.

cliente-contador para poder tomar decisiones en base

- Persecución del fraude fiscal.

a información completa o en su caso la implementa-

- Presencia fiscalizadora.

ción de estrategias o planeaciones fiscales debidamente soportadas.

Algunas estrategias utilizadas actualmente son:

Fiscalizar se puede definir como: Controlar, su-

a) Programa de regularización de un Impuesto a

pervisar las acciones ajenas, Inspeccionar las cuentas

través de la recaudación de otro Impuesto. Este ul-

y actividades de los contribuyentes para ver si pagan

timo recaudado a través de otro con diferente base y

correctamente los impuestos al estado.

calculo, pero que aporta en su recaudación un esti-

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

mado de la causación del primero. Estos a la vez son

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

16

Algunos sinónimos son: Inspeccionar, Investigar, Intervenir, Comprobar, Indagar, Inquirir, Pesquisar.

comparados con los ingresos declarados y se determina una diferencia que se invita a regularizar o en su defecto se inician las facultades de comprobación

Fiscalización Masiva. Con apoyo de terceros, las

por parte de la autoridad. Medida enfocada principal-

autoridades implementan planes dirigidos a un núme-

mente al comercio informal fuera del registro federal

ro significativo de contribuyentes, a través de procesos

de contribuyentes.

estructurados o simples invitaciones y exhortos al cumplimiento general.

b) Un nuevo sistema de declarar impuestos y operaciones mensuales a través del portal de internet del

Fiscalización selectiva. Derivada de la progra-

órgano fiscalizador, donde el propio contribuyente se

mación normal de revisiones y atención a grupos es-

ve obligado a informar de los ingresos, deducciones,

pecíficos de contribuyentes que muestran en determi-

aplicación de acreditamientos y compensación de

nado momento un mayor incumplimiento.

impuestos de forma mensual. Alimentando de esta forma la base electrónica de datos del fisco, con lo cual los cruces de información se realizan de manera automática por el sistema de cómputo. c) Los comprobantes fiscales que pueden ser utilizados por los contribuyentes para deducir o acreditar tienden a ser en un futuro 100% digitales, algunos con la obligación de enviar folio por folio al sistema del fisco vía internet, y otros con la obligación mensual de informar a la autoridad de los folios utilizados en el periodo. Más información al fisco proporcionada por el propio contribuyente. d) El uso de tarjetas de crédito se vuelve un método más de fiscalización, ya que es una facultad de la autoridad el requerir información a los otorgantes de estas tarjetas sobre las operaciones de los titulares, a través de la cual el fisco tiene acceso al estilo de vida


Fiscal

de los contribuyentes o a los pagos realizados a estos

comunicado de prensa titulado “EL SAT ALCANZA

créditos con ingresos que no fueron depositados en

RECAUDACION DE IVA E ISR NUNCA ANTES VIS-

cuentas bancarias.

TA EN LA HISTORIA DE MEXICO”, donde manifiesta incrementos de 4.4% en ISR y 5.9% en IVA durante

e) A través de obligaciones para el contribuyente de

los meses de Enero a Julio de 2012 en comparación con

informar de las operaciones realizadas con terceros en

cualquier ejercicio pasado. Esto en pesos se traduce en

el periodo, a través de un archivo digital que alimenta

$36,000 millones en ISR y $30,000 millones en IVA. Aquí lo interesante es que este incremento se

entre las partes el contribuyente no solo proporciona

logro sin una reforma fiscal, lo cual se debe entender

información de sus operaciones, sino que también in-

como una recuperación de pasivos o ampliación en la

forma de las operaciones de sus proveedores.

base de contribuyentes.

f) Los fedatarios públicos (notarios, corredores,

CONCLUSIÓN

jueces, etc.) están obligados a informar de algunas operaciones llevadas a través de ellos, proporcionando

Nos podemos dar cuenta entonces, que la red fis-

al fisco los datos generales de la operación y las partes

calizadora de la autoridad es cada vez más extensa,

que la llevaron a cabo.

y que apoyados en el uso de tecnología y técnicas intimidantes entre los contribuyentes, los resultados

En Estados Unidos se practica actualmente una

que se están dando nos indican una mayor acción re-

estrategia recaudatoria basada en “soplones”, a los

caudatoria que no es del todo negativa, tomando en

cuales el gobierno compensa de manera económica.

cuenta que la mayor parte del incremento está for-

Ante esto, el propio gobierno tiene un departamento

mado por identificación de nuevos contribuyentes y

encargado de recibir y evaluar las denuncias, las cuales

la recuperación de créditos.

se basan en rencores adquiridos por los denunciantes (despidos, divorcios, negocios caídos, etc…), una vez

Esto nos obliga como contadores a tomar en cuen-

considerada viable y con la información aportada se

ta todos estos factores y poder asesorar y advertir a

procede a la revisión, de la cual el denunciante puede

nuestros clientes acerca de prácticas que los puedan

recibir hasta un 30% del monto recaudado. Esto es ya

poner en riesgo de ser cuestionados por la autoridad.

una realidad en Estados Unidos, la cual fue provocada

También será necesario tener extremo cuidado y do-

en cierta manera por planeaciones fiscales demasiado

cumentar al 100% cualquier planeación fiscal para que

agresivas, y que en determinado momento caen en

esta no sea confundida o pueda ser tomada como una

evasión o defraudación fiscal, este tipo de estrategias

evasión.

es muy difícil mantenerlas en secreto para los altos funcionarios en las empresas, por lo que el riesgo de ser delatados siempre estará presente. No es poco

“La gente no hace lo que se le dice, hace lo que

probable que en un futuro los demás países adopten

se le controla”

una medida similar en su afán recaudatorio. RESULTADOS:

“Los contribuyentes no pagan lo que se les dice, pagan lo que se les controla”

Todas estas nuevas formas de recaudar, están resultando en verdad un éxito para el fisco. Por ejemplo, en México el pasado 12 de Septiembre se público un

Fuente desconocida.

17 Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

ridad y que permite la comparación de información

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

directamente la base electrónica de datos de la auto-


Seguridad Social

Determinación Anual de la Prima de Riesgo de Trabajo y su implicación con la Reforma Laboral En este mes de Febrero, una de todas las obligaciones que dentro del mundo fiscal debemos cumplir en las empresas es la de cumplir con la presentación de la determinación de la prima en el seguro de riesgos de

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

trabajo derivada de la revisión anual de la siniestralidad,

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

18

esto para seguir cumpliendo con la cobertura del seguro de riesgo de trabajo. Nunca debemos de olvidar la importancia del cumplimiento de esta obligación ya que el mayor impacto radica en la afectación económica a las empresas, y no nos referimos solo al hecho de la sanción correspondiente por el incumplimiento de esta declaración, sino al enterar las cuotas que correspondan por dicho seguro, fundamentalmente a que esas cuotas se determinan en relación con el Salario Base de

C.P. Gabriel Aranda Zamacona Especialista en Seguridad Social elnidodelseguro@gmail.com Twitter: @elnidodelsegur

Cotización (SBC) de cada uno de los trabajadores que coticen dentro del registro patronal y la prima resultante por todos los riesgos de acuerdo a las actividades

Para que exista un Riesgo de Trabajo se tienen que

de la empresa, en pocas palabras, esto quiere decir que,

conjugar 4 elementos básicos y estrictamente necesa-

mientras mayor número de Riesgos de Trabajo sufran

rios, los cuales se conjugan en los siguientes puntos:

los trabajadores de una empresa mayor será la cantidad de dinero que la empresa deberá pagar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por este concepto.

1.- Hecho Externo.- Es aquel acontecimiento ajeno provocado por alguna cosa o algún sujeto, en este caso por el propio trabajador o por alguno de sus compañe-

Concepto de Riesgo de Trabajo y ¿Cuáles son los

ros de labores o cualquier otra persona, estos sucesos

elementos necesarios para su consideración?

de dividen a su vez en dos vertientes:

Antes de entrar en materia de la obligación anual

• Para el caso de las cosas se considera como,

tenemos que conocer que es un Riesgo de Trabajo,

Condición Insegura.- La cual indiscutiblemente se

esto, porque muchas veces en la práctica profesional

da producto de alguna malformación, falta de man-

consideramos como RT a todos los sucesos que aconte-

tenimiento, establecimientos o instalaciones labo-

cen en las instalaciones de las empresas así que:

rales inadecuados, infraestructura, herramientas o medios que se ocupan para la realización de las

Riesgo de Trabajo.- Es toda aquella lesión prove-

labores cotidianas.

niente de una acción violenta repentina o por la exposición cotidiana ocasionada por cualquier causa ex-

• Para el caso de los sujetos se considera como,

terior por los hechos o acciones del trabajo.

Acto Inseguro.- Aquellos sucesos donde los traba-


Seguridad Social

jadores, sus compañeros, o personal ajeno a ellos

Es importante también conocer que si bien los pa-

realizan por falta de capacitación, falta de cono-

trones bajo fundamento del Articulo 51 primer párrafo

cimiento, o de forma accidental por acción de sus

de la Ley del Seguro Social, y Articulo 22 del Reglamento

labores de trabajo.

de Prestaciones Médicas, tienen la obligación estricta consideren como probable Riesgo de Trabajo, también radica en los patrones el derecho de requisitar los for-

del trabajo donde estas últimas se van dando de forma

matos correspondientes de la forma más clara, honesta

continúa durante la vida laboral por la exposición di-

y verdadera, manifieste la descripción integral de los

recta o indirecta a las condiciones dentro de las res-

acontecimientos que SIEMPRE van a referir los traba-

ponsabilidades de los trabajadores, mientras que en los

jadores, para con ello ayudar a que sean calificados de

accidentes suceden de forma súbita.

forma correcta apegada a la realidad de los hechos.

3.- Estragos en la integridad de los trabajadores.-

Patrones y sujetos obligados a presentar la DART

Es cuando se producen daños psicofísicos sobre los trabajadores y no sobre los bienes de ellos o del propio patrón.

En general todos la empresas, personas físicas con Número de Registro Patronal ACTIVO(léase con trabajadores), esta obligados a presentar la Determinación,

4.- Relación causa-efecto con las funciones labo-

siempre y cuando, tengan estos hayan completado un

rales.- Este es el elemento más importante y primordial

Ejercicio Fiscal completo esto es, todos aquellos pa-

de los que se enuncian, ya que para considerarse como

trones que tengan trabajadores a lo largo del periodo

Riesgo de Trabajo los accidentes y/o enfermedades, se

del 01 de Enero al 31 de Diciembre, sin interrupciones

requiere de forma OBLIGADA que entre la(s) lesión(es)

o suspensión del Registro, debiendo para esto revisar

que padezca del trabajador, (donde se limita la capaci-

su siniestralidad, entendiendo por ello la frecuencia o

dad funcional), con los acontecimientos que se dieron

índice de accidentes o enfermedades de trabajo ter-

para solicitar como probable RT.

minados que los empleados hubieren sufrido en el año comentado.

Este último requisito es el que en la mayoría de los casos, los patrones, al llenar los formatos correspondien-

Tratándose de las empresas que inicien actividades

tes, no le toman la suficiente importancia y/o atención

o cambien de giro, deberán cubrir la cuota del seguro

adecuada, así en muchos casos los trabajadores más as-

de riesgo conforme a la prima media establecida en el

tutos al ver la necesidad de salir pronto del “problema”

artículo 73 de la LSS, para lo cual tendrán que auto-

o conociendo la poca capacidad de análisis para plasmar

clasificarse conforme al catálogo de actividades esta-

los hechos (que ellos mismos les describen), así como

blecido en el artículo 196 del Reglamento de la Ley del

de las circunstancias que ocasionaron los accidentes

Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de

y/o enfermedades, comenten palabras, descripciones,

empresas, recaudación y fiscalización (RACERF) identi-

etc. Que solo van a favorecer que el personal médico

ficando en este: la división y grupo económico, fracción

de los Servicios de Salud en el Trabajo en las unidades

y clase que les corresponda de acuerdo a la actividad

de Atención Médica del IMSS, lean e interpreten de una

que la empresa realiza

forma no adecuada ocasionado la imposición de obligaciones patronales-laborales, que no corresponden

Así para entender mejor esto, supongamos que

al calificar como Riesgo de Trabajo cuando la relación

tenemos el caso de la empresa la Sociedad Riesgosa SC

causa-efecto del posible accidente o enfermedad no

la cual se dedica a dar asesoría y consultoría a otras em-

lo ameritan.

presas en materia de medidas de Seguridad e Higiene,

19 Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

2.- Las Circunstancias Repentinas e Instantáneas.Es la diferenciación entre Accidentes o Enfermedades

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

de darle aviso al Instituto de todos los siniestros que se


Seguridad Social

NOM’s Etc., esta empresa inicio actividades el pasado

pagar sus COP’s bajo esta Prima Media de Marzo 2012

mes de Junio de 2012, y a la fecha no ha tenido traba-

a Febrero 2013, para que ahora si en el próximo año ya

jadores que hayan estado expuestos a algún Riesgo de

le revisemos la Siniestralidad y determinar una nueva

Trabajo, además como podemos distinguir de inmedia-

Prima de Riesgos de Trabajo

to, no podría determinarse la nueva prima con la cual van a pagarse las cuotas del seguro de riesgo para él

¿En qué otros casos los patrones no deben

siguiente ejercicio, sin embargo ello no implica que no

cumplir con esta obligación?

se esté obligado al pago, ya que al momento de tener al primer trabajador en la empresa se tiene la obligación de asegurarlo contra accidentes o enfermedades de

Los patrones no están obligados a presentar la Determinación mencionada cuando:

trabajo. Por lo que le tocaría autoclasificarse siguiendo las siguientes instrucciones:

* El resultado del cálculo de la prima de riesgos de

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

trabajo sea igual al determinado en el ejercicio in-

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

20

mediato anterior (2011) Fundamento (Art. 32, frac-

1.

Distinguir dentro del catalogo de activi-

ción V RACERF)

dades del Artículo 196 del Reglamento de

Afiliación, etc., la división a la que pertenece, en

* No se tenga por lo menos un trabajador por más

caso de acuerdo a su actividad cae en la conside-

de seis meses, ni presentado el aviso de baja patro-

rada División 8, Servicios para empresas, personas

nal correspondiente (art. 32, fracción VII RACERF),

y el hogar. * En el ejercicio de determinación hubiese presentado una baja y posteriormente una alta con la mis-

2.

Pasando luego a su ubicación dentro del

ma actividad, y hubiesen transcurrido más de seis

grupo 84 el cual la legislación contempla

meses entre ambos movimientos (art. 32, fracción

como Servicios Profesionales y Técnicos.

VII RACERF) * Opcional: Cuando se tenga menos de 10 traba-

3.

Estando allí obtenemos la fracción con ello

jadores se puede optar por presentar la Determi-

obtener la clase que tenemos que ubicar-

nación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Tra-

nos, esto es, pertenecemos a la fracción 841, por

bajo, o cubrir las cuotas de este Seguro con la prima

ser los servicios profesionales que se ofrecen den-

media de su clase (art. 72, último párrafo LSS).

tro de la Sociedad Riesgosa SC, entonces ahora solo tenemos que distinguir en el Artículo 73 de LSS la Prima media en este caso sería la clase I la cual es:

¿Cómo deben cumplir con esta obligación los patrones con varios registros patronales?

Prima Media En por cientos Clase I 0.54355

En estos casos especiales, sí los registros patronales se localizan en un solo municipio o en el DF, conside-

Así con este ejemplo nos da la idea clara de lo que

rarán los riesgos de trabajo ocurridos durante 2010 al

tenemos que hacer en este caso muy especial que to-

personal de todos sus registros patronales o centros

das las empresas presentan al inicio de sus actividades y

de labores; en caso de que se encuentren en distintos

sobre todo cuando no se tiene trabajadores expuestos

municipios o en el DF y otras entidades federativas, de-

a Riesgos de Trabajo durante un ejercicio no completo,

berán calcular la prima de riesgos por cada registro pa-

por lo que ante esta situación solo tienen que cotizar y

tronal con que cuenten (art. 32,fracción VIII RACERF).


Seguridad Social

En el caso de alguna Fusión de empresas

por cada uno de sus registros asociados, en términos

¿Qué se debe hacer?

de los numerales 72 y 74 de la LSS y 32 del RACERF y posteriormente fijará la prima correspondiente con-

Cuando nos encontremos en el caso de una fusión de sociedades, solo debemos de tomar en cuenta que

forme a lo dispuesto en el artículo 27, fracción I incisos a), b) y c) del Reglamento.

ambos patrones tengan la misma clase para considerar los casos de riesgos terminados ocurridos durante el último período anual de la fusionante y fusionada, en

Para ellos el procedimiento que deben de seguir es el siguiente:

el caso, que hayan cambiado o tengan diferente clase se deberán cubrir las COP con la prima que se venía haciendo hasta concluir un ejercicio fiscal completo (art. 28, fracción V RACERF)

1.

Calcular la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo por cada uno de los registros patro-

Es muy importante para los administradores, con-

de la LSS y 32 del RACERF

tadores o fiscalistas que hagan la estrategia legal de las fusiones considerar este punto ya que de no hacerlo, esto es, si no se cumple con la obligación patronal en este caso el IMSS podrá rectificar o modificarla prima conforme a la información que tengan en el Sistema Integral de Derechos y Obligaciones.

2.

Comparar cada una de las primas con la determinada por el IMSS al momento de la

asignación del RPU, para determinar si la prima sufrió algún cambio (aumenta o disminuye). Al igual que el resto de los patrones, el aumento o dismi-

En el caso de alguna Escisión de empresas

nución no podrá ser mayor al 1% (art. 74 LSS)

¿Qué se debe hacer?

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

nales según lo establecido en los numerales 72 y 74

que cumplir con la obligación de pagar con su prima

* Determinar la prima ponderada aplicable al RPU

media de la clase hasta cubrir un ejercicio fiscal completo (01 Enero a 31 Diciembre)

* Requisitar los formatos Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo De-

Si no fue total la desaparición del patrón escindente,

rivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad

ni cambió de actividad, presentaran cada uno de los pa-

para Empresas que cuentan con Registro Patro-

trones su respectiva declaración como normalmente se

nal Único “RPU” y Relación de Casos de Riesgos

hace cada febrero solo debemos tener en claro que al

de Trabajo Terminados, proporcionados por la

haber sido colocadas en la prima media de la clase que

Subdelegación correspondiente al domicilio fis-

les correspondía conservarán esa prima para completar

cal del registro patronal cabecera (RPU)

su primer ejercicio (art. 28, fracción V RACERF). ¿Que hacer en caso de tener Registro

Para el cálculo de la prima ponderada aplicable

Patronal Único?

al RPU se tendrá lo siguiente:

Estos casos que están regulados por lo dispuesto

* Por cada registro patronal a sustituir, se mul-

en el Acuerdo del Consejo Técnico número 480/2006,

tiplicará la prima asignada por el total de los

cuando el RPU inicie su operación, el patrón está obli-

salarios base de cotización de los trabajadores

gado a realizar la DART para los ejercicios que le sigan

comprendidos en el mismo

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

21 Si trata de una escisión de patrones total se tiene


Seguridad Social

* Se sumarán los productos obtenidos y el resultado se dividirá entre la suma de los salarios base de cotización del total de los trabajadores comprendidos en todos los registros patronales a sustituir. Para el caso de los RPU los patrones deberán llenar los formatos especiales en los que deben presentar la revisión anual de su siniestralidad, estos son: Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad para Empresas que cuentan con Registro Patronal Único

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

“RPU” y Relación de Casos de Riesgos de Trabajo Terminados. Patrones con Sistema de Administración y Seguridad en el Trabajo Aquellos patrones que cuenten con la acreditación de la STPS de este sistema podrán cotizar con un factor constante de prima conforme a diversas disposiciones de la LSS del 20 de diciembre de 2001 y el Acuerdo del Consejo Técnico número 55/2002, esta constante de 2.3

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

22

período comprendido del 1o de enero al 31 de diciembre de 2010 (art. 32, fracción I RACERF).

Bajo este sistema los sujetos obligados aplicarán 2.2 como factor de prima, independientemente de la fe-

Se considera que los casos de riesgos de trabajo

cha en que se otorgue el certificado correspondiente

están terminados cuando todos aquellos accidentes o

(art. 39 RACERF).

enfermedades en los formatos respectivos hayan iniciado y terminado dentro del propio año 2010, ya sea

Para conocer más acerca de este sistema tene-

que se haya emitido el formato ST-2, Dictamen de Alta

mos que ver detalles y requisitos en la Norma Oficial

por Riesgo de Trabajo, o en su caso el ST-3, Dictamen

Mexicana (NOM) 030-STPS-2006, Servicios preventivos

de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo

de seguridad y salud en el trabajo organización y fun-

de Trabajo.

ciones, la cual establece los lineamientos y acciones a seguir por las empresas a fin de desarrollar y promover

Dentro de la información que requerimos tenemos

en sus centros de trabajo un ambiente laboral seguro y

que tomar muy en cuenta para el cálculo el caso de las

sano que prevenga los accidentes y las enfermedades

recaídas, ya que al ser secuelas de riesgos de trabajo

de trabajo

terminados que ya fueron considerados sólo debemos de ocupar en su respectivo caso únicamente el com-

¿Qué información debe considerarse para

puto de los días subsidiados por incapacidad temporal

efectuar el cálculo de la siniestralidad?

y para el caso de la revaloración de las incapacidades permanentes parciales solo se tomarán cuando existe

Todos los casos de riesgos de trabajo terminados (sin incluir accidentes de trayecto), ocurridos en el

algún aumento de los porcentajes (arts. 36, segundo párrafo y 37, párrafos tercero y quinto RACERF).


Seguridad Social

Plazos y medios de presentación

con lujo de detalle al 100% la información de los formatos ST7, ST2 y considerar las recaídas y/o cam-

Todos los patrones para cumplir con esta obligación

bio de porcentajes, además si generamos durante

anual, deben de ocupar el formato CLEM-22, Determi-

el ejercicio algún pago de diferencias, tenemos que

nación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo de-

considerar que los días que pagamos también se

rivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad(Portada)

acumulen dentro del cálculo anual y también bajo

y CLEM-22-A(Detalle), Relación de Casos de Riesgos de

este sistema el IDSE no permite el envió de dos ar-

Trabajo Terminados, ya sea en alguno de las siguientes

chivos diferentes, esto es, el DAPSUA no considera

opciones:

la posibilidad de DART Complementarias a diferencias de los otros dos medios de presentación.

subdelegaciones todavía hacen llegar junto con la

Todos los patrones tienen la obligación de presentar

Emisión Mensual Anticipada del Mes de Enero los

durante el mes de Febrero del año siguiente al ejercicio

formatos en dos tantos donde los patrones tienen

fiscal la Determinación Anual, cabe destacar que al ser

que requisitar (con cuidado de no cometer errores)

una declaración anual, aplica respecto a la fecha límite

con la información adecuada.

de plazo de presentación si es viernes o día inhábil, lo que manifiesta el CFF, para recorrer al día siguiente el

* Versión Excel: Es la Hoja de Cálculo que año con

término del plazo, en este caso para 2013 tenemos

año el personal de la Dirección de Incorporación y

como fecha límite el 28 de Febrero, ya sea que se envié

Recaudación del Instituto pone a disposición de los

por medio del IDSE o acudiendo con la tarjeta patronal

patrones para descarga y uso por medio de la pá-

original(para cotejo de firmas) presentando los forma-

gina web del IMSS, en la cual por medio de MACROS

tos ante las ventanillas del Departamento de Afiliación

(las cuales debemos habilitar al momento de abrir

y Vigencia de Derechos de la Subdelegación que co-

la Hoja de Cálculo), se van llenando de forma por-

rresponda.

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

* Versión Impresa: Es aquella opción que en algunas

23

que hayamos concluido de capturar, podemos ge-

Limites de modificación y de cotización de la

nerar el formato de la Versión Impresa.

Prima de Riesgo de Trabajo

* Versión DAPSUA: Es el procedimiento combinado

La prima conforme a la cual cubran sus cuotas las

de utilizar el Módulo de la DART del Sistema Único

empresas puede modificarse aumentando o disminu-

de Autodeterminación con el módulo DAPSUA del

yendo en una proporción no mayor o menor al 1% con

Sistema IDSE, aquí nosotros tenemos que capturar

respecto a la de 2009 (art. 74 LSS). Estas modificaciones no pueden exceder los límites

* Opcional: Cuando se tenga menos de 10 trabajadores se puede optar por presentar la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, o cubrir las cuotas de este Seguro con la prima media de su clase (art. 72, último párrafo LSS).

de la prima mínima (0.5%) y máxima (15%) de los salarios base de cotización, respectivamente. Sanciones por incumplimiento de la DART En este caso es muy importante que no solo se pone una multa por incumplimiento de esta obligación la cual será el equivalente al importe de 20 a 210 veces el salario mínimo diario general vigente en el DF al patrón que no presente la revisión anual de la prima del Seguro men-

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

menorizada cada caso de RT, misma que una vez


Seguridad Social

cionado o lo haga extemporáneamente, con datos falsos

tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de

o incompletos en relación con el período y plazos señala-

las incapacidades permanentes resultantes de los ries-

dos (arts. 304-A, fracción XV y 304-B, fracción III LSS)

gos de trabajo, mismas que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y serán de observancia general

También debemos de considerar como parte de las

en todo el territorio nacional.

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

sanciones por “errores” o incumplimiento, el hecho de

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

24

que el IMSS pueda rectificar la Prima de RT, hasta cinco

Artículo Cuarto (Transitorio). La Secretaría del Tra-

años después, esto en base a sus facultades de com-

bajo y Previsión Social deberá expedir las tablas de

probación como organismo fiscal autónomo, con ello

enfermedades de trabajo y de valuación de incapaci-

se generían las diferencias, más accesorios mismos que

dades permanentes resultantes de los riesgos de tra-

tenemos que pagar, junto con las multas en base al nu-

bajo, en un término de seis meses contados a partir

meral 304 de la Ley del Seguro Social, esto es, el IMSS al

de la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto

rectificar la prima puede sujetarse a su Sistema de Verifi-

se seguirán aplicando las tablas a que se refieren los

cación de Pagos para generar los requerimientos corres-

artículos 513 y 514 que se reforman.

pondientes con ello créditos fiscales independientes. Si analizamos el actual texto de la LSS y el propio Implicaciones de la Reforma Laboral Como sabemos la LFT se reformo el pasado 30 de

RACERF vigente nos encontramos con lo siguiente: Ley del Seguro Social

Noviembre de 2012, con ello se llevó a cabo dos modificaciones interesantes en el rubro de Riesgos de Trabajo, siendo las siguientes:

Artículo 58. El asegurado que sufra un riesgo de trabajo tiene derecho a las siguientes prestaciones en dinero:

Artículo 513. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, previa opinión de la Comisión Consultiva Nacio-

II. Al declararse la incapacidad permanente total

nal de Seguridad y Salud en el Trabajo, actualizará las

del asegurado, éste recibirá una pensión mensual definitiva equivalente al setenta por ciento del salario en que estuviere cotizando en el momento de ocurrir el riesgo. III. Si la incapacidad declarada es permanente parcial, superior al cincuenta por ciento, el asegurado recibirá una pensión que será otorgada por la institución de seguros que elija en los términos de la fracción anterior. El monto de la pensión se calculará conforme a la tabla de valuación de incapacidad contenida en la Ley Federal de Trabajo, tomando como base el monto de la pensión que correspondería a la incapacidad permanente total. El tanto por ciento de la incapacidad se fijará entre el máximo y el mínimo establecidos en dicha tabla teniendo en cuenta la edad del trabajador, la importancia de la incapacidad, si ésta es absoluta para el


Seguridad Social

Reglamento de Afiliación (RACERF)

Se considera que los casos de riesgos de trabajo están terminados cuando todos aquellos accidentes o enfermedades en los formatos respectivos hayan iniciado y terminado dentro del propio año 2010, ya sea que se haya emitido el formato ST-2, Dictamen de Alta por Riesgo de Trabajo, o en su caso el ST-3, Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo.

Artículo 32. Los patrones revisarán anualmente su siniestralidad para determinar si permanecen en la misma prima, o si ésta se disminuye o aumenta. Artículo 35. La siniestralidad de la empresa se obtiene multiplicando el índice de Frecuencia (If) por el de Gravedad (Ig) del lapso que se analice. Artículo 36. El índice de frecuencia es la probabilidad de que ocurra un siniestro en un día laborable y

número de días de exposición al riesgo. ejercicio de su profesión aun cuando quede habilitado para dedicarse a otra, o que simplemente hayan dis-

Artículo 37. El índice de gravedad es el tiempo per-

minuido sus aptitudes para el desempeño de la misma

dido en promedio por riesgos de trabajo que produz-

o para ejercer actividades remuneradas semejantes a

can incapacidades temporales, permanentes parciales

su profesión u oficio.

o totales y defunciones. (último párrafo) Los días subsidiados por incapacidad temporal motivados por una

Si la valuación definitiva de la incapacidad fuese de

recaída y los porcentajes derivados de las revisiones

hasta el veinticinco por ciento, se pagará al asegurado,

de incapacidades permanentes parciales, deberán ser

en sustitución de la pensión, una indemnización global

considerados para efectos de la siniestralidad por la

equivalente a cinco anualidades de la pensión que le

empresa en donde se originó el riesgo de trabajo, cual-

hubiese correspondido. Dicha indemnización será opta-

quiera que sea el lugar y el tiempo en que se dé.

tiva para el trabajador cuando la valuación definitiva de la incapacidad exceda de veinticinco por ciento sin rebasar el cincuenta por ciento.

Entonces si llegamos a tener personal Incapacitado Permanentemente hay que tener mucho cuidado porque el IMSS deberá modificar (derivado de la reforma laboral) los

Artículo 61. Al declararse la incapacidad perma-

porcentajes de las pensiones otorgadas en estas situaciones

nente, sea parcial o total, se concederá al trabajador

para que tarde o temprano nos envié esta modificación, en el

asegurado la pensión que le corresponda, con carácter

mejor de los casos, (debidamente notificada) sino sin el mayor

provisional, por un período de adaptación de dos años.

problema podrá rectificar la prima comunicada en la declaración anual de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo en

Durante ese período de dos años, en cualquier momento el Instituto podrá ordenar y, por su parte, el tra-

febrero próximo porque él cálculo no se apegó a lo dispuesto en el citado Reglamento (art. 33, fracción I del RACERF).

bajador asegurado tendrá derecho a solicitar la revisión de la incapacidad con el fin de modificar la cuantía de la pensión.

Sin perjuicio de lo anterior, el IMSS podría imponer una multa por el equivalente de 20 a 210 veces el salario mínimo diario general vigente en el DF, por la

Transcurrido el período de adaptación, se otorgará

presentación de la declaración con datos incompletos

la pensión definitiva, la cual se calculará en los términos

(arts. 304-A, fracción XV y 304-B, fracción III de la Ley

del artículo 58 fracciones II y III de esta Ley

del Seguro Social LSS).

25 Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

trabajo terminados en el lapso que se analice, entre el

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

se obtiene al dividir el número de casos de riesgos de


Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

Jurídico Legal

Ilegal Segunda Orden de Visita con Declaración Lisa y Llana la Primera

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

26 La certeza jurídica llego a los contribuyentes, una segunda orden de visita no procede, así lo dijo la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Primero analicemos al artículo 46 del Código Fiscal de la Federación, que dicta: “ARTÍCULO 46.- […] Concluida la visita en el domicilio fiscal, para iniciar otra a la misma persona, se requerirá nueva orden. En el caso de que las facultades de comprobación se refieran a las mismas contribuciones, aprovechamientos y periodos, sólo se podrá efectuar la nueva revisión cuando se comprueben hechos diferentes a los ya revisados.”

C.P.C. & M.I. Maricela Olan Ruiz, L.D. Socia-Directora de Consultoría Integral Corporativa Olán Ruiz, S. C. , Ex presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Culiacán, A.C., Socia Fundadora del Instituto Sinaloense de Profesionistas del Derecho Fiscal. Socia de la Asociación de Mujeres empresarias, Capitulo Culiacán, A.C., Catedrática de la Universidad Autónoma de Sinaloa.

Sin lugar a dudas y de una interpretación estricta,

Sin embargo, la Ley de Procedimiento Contencioso

solo se podrán efectuar una nueva revisión cuando se

Administrativo establece en su artículo 57 fracción I in-

comprueban hechos diferentes.

ciso a):


Jurídico Legal

“ARTÍCULO 57.- Las autoridades demandadas y cua-

jurídica e inviolabilidad del domicilio y obligar a la

lesquiera otra autoridad relacionada, están obligadas a

autoridad hacendaria a no ordenar ni practicar una

cumplir las sentencias del Tribunal Federal de Justicia

visita a un contribuyente por las mismas contribu-

Fiscal y Administrativa, conforme a lo siguiente:

ciones, aprovechamientos y periodos revisados, sin que condicione la emisión de una nueva N que se

I. En los casos en los que la sentencia declare la nulidad y ésta se funde en alguna de las siguientes causales:

haya declarado su nulidad, sino sólo a que se compruebe la existencia de hechos diferentes y a que la declaración de nulidad lisa y llana de la primera orden por insuficiencia o indebida fundamentación

nueva resolución, sin violar lo resuelto por la sentencia,

de la competencia material de la autoridad que la

siempre que no hayan caducado sus facultades. Este

emitió, no justifica la emisión de una nueva en las

efecto se producirá aun en el caso de que la sentencia

condiciones apuntadas, pues esto es contrario al

declare la nulidad en forma lisa y llana.”

citado numeral. Lo anterior es así, porque si bien la declaración en esos términos no prejuzga sobre

Vemos con muy poca lógica, que la Ley del Procedi-

si la autoridad es o no competente, e implica la

miento Contencioso Administrativo determinó que,

desaparición de los efectos formales de la propia

tratándose de una declaración de nulidad lisa y llana

orden y actos subsecuentes, no hace desaparecer

por vicios formales, era procedente iniciar un nuevo

la afectación material que implica la práctica de la

procedimiento…

visita, que es lo que el legislador trata de impedir a través del indicado precepto; máxime que la pro-

Y así vivimos mucho tiempo hasta que la Suprema Corte determinó lo que a continuación leerán…

hibición no va dirigida a la específica autoridad que emitió la orden anterior, sino en general al Servicio de Administración Tributaria quien tiene la facultad

J U R I S P R U D E N C I A 157/2011

de fiscalización y puede ejercerla por si o a través de cualquiera de las autoridades que dependen de él.

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA. LA DIRIGIDA A UN CONTRIBUYENTE EN RELACIÓN CON CONTRIBUCIO-

Contradicción de tesis 231/2011.- Entre las susten-

NES, APROVECHAMIENTOS, PERIODOS Y HECHOS EN

tadas por los Tribunales Colegiados Tercero del Vi-

MATERIA DE UNA PRIMERA ORDEN, DECLARADA NULA

gésimo Tercer Circuito, actual Segundo del Trigési-

POR INDEBIDA O INSUFICIENTE FUNDAMENTACIÓN Y

mo Circuito, y Primero y Tercero, ambos en Materias

MOTIVACIÓN RESPECTO DE LA COMPETENCIA MATE-

penal y Administrativa del Quinto Circuito.- 10 de

RIAL DE LA AUTORIDAD QUE LA EMITIÓ, CONTRAVIENE

agosto de 2011.- Mayoría de tres votos.- Disidente:

EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DEL CÓDIGO

José Fernando Franco González Salas y Luis María

FISCAL DE LA FEDERACIÓN (LEGISLACIÓN VIGENTE A

Aguilar Morales.- Ponente: Sergio A. Valls Hernán-

PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2008).

dez.- Secretario: José Álvaro Vergas Ornelas.

Conforme al citado numeral, en el caso de que las

Por tanto, esta tesis nos otorga la certeza jurídica

facultades de comprobación se refieran a las mis-

al señalar “... que la declaración de nulidad lisa y llana

mas contribuciones, aprovechamientos y periodos

de la primera orden por insuficiencia o indebida funda-

materia de una revisión anterior, sólo podrá efec-

mentación de la competencia material de la autoridad

tuarse una nueva revisión cuando se comprueban

que la emitió, no justifica la emisión de una nueva en las

hechos diferentes a los ya revisados. Ahora bien,

condiciones apuntadas, pues esto es contrario al citado

dado que la génesis del mencionado artículo con-

numeral”, lo que significa que una segunda orden no

siste en hacer respetar las garantías de seguridad

será legal si no se justifica.

27 Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

a) Tratándose de la incompetencia, la autoridad competente podrá iniciar el procedimiento o dictar una

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

éstos se acrediten en la nueva orden, resulta que


Convocatorias

ZONA NOROESTE Como un estímulo a la formación profesional de los estudiantes de la contaduría pública en nuestra región, el Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A. C. (INCP) convoca al certamen de

ESTUDIANTE DISTINGUIDO 2012 Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

El título de Estudiante Distinguido es un reconocimiento que el Instituto del Noroeste de

Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

28

Contadores Públicos, A. C. otorga al estudiante que haya sobresalido, por lo que se invita a los Colegios afiliados, a participar en la selección bajo las siguientes

BASES: 1.- El objeto de esta convocatoria es apoyar y es-

a). Período de inscripción de candidatos en la

timular la formación profesional de los estudiantes

oficina de este Instituto (sito en Calle C. P. C.

reconociendo su esfuerzo formativo disciplinario.

Octavio Acosta Salomón Número 42 esquina con Calle C. P. Agustín Caballero Wario, Colo-

2.- El otorgamiento de este honor exige el cum-

nia Villa Sol, Hermosillo, Son., del 1 de Enero

plimiento por parte del candidato propuesto de

al 30 de Junio del 2013 en horas de oficina

los siguientes requisitos: b). Plazo de notificación de ganador: 31 de A).- Ser o haber sido estudiante de la carrera

Agosto del año 2013.

de Contador Público en los últimos doce meses del año 2012.

c). Fecha de premiación: Durante la Convención Estudiantil que deberá realizarse dentro

B).- Haber acreditado todas sus materias en la

del año 2013 en cualesquier población del No-

carrera de Contador Público.

roeste de la República Mexicana

en el acto

que el INCP juzgue conveniente. C).- Tener por lo menos un promedio de 90. 5.- La selección del ganador se hará por un jurado D).- Haber obtenido el primer lugar en el cer-

calificador que estará integrado por el Presidente

tamen de estudiante distinguido del colegio de

y Vicepresidente del INCP y por el Presidente de la

Contadores Públicos de su localidad.

Comisión de Premios

3.- Cada colegio afiliado tendrá derecho a inscri-

6.- El jurado se sujetará a los términos de esta

bir a un candidato.

convocatoria y su decisión será inapelable.

4.- Las fechas del concurso serán las siguientes:

7.- Se premiarán el primer lugar como sigue:


Convocatorias

a).- Un diploma como constancia de su desig-

8.- Cualquier situación no contemplada en esta

nación distinción que lo acreditará como Es-

convocatoria será resuelta por el jurado califica-

tudiante Distinguido 2012.

dor.

b).- El Carnet de la convención estudiantil se-

9.- Los proponentes deberán enviar a la Comisión

rá gratuito.

de Premios la siguiente documentación:

c).- Habitación doble en el Hotel sede por todo

a).- Carta firmada por el presidente del Cole-

el tiempo que dure la convención.

gio de Contadores Públicos que apoye al canlugar en el certamen de ESTUDIANTE DIS-

tiempo que dure la convención.

TINGUIDO de su localidad

e).- Atención personalizada durante la con-

b).- Comentario de la institución educativa

vención Estudiantil.

que lo apoya sobre los méritos del candidato

f).- Asistencia gratuita a la Convención Regio-

c).- Formulario para participar en el Certamen

nal, Jornada Fiscal, Jornada Gubernamental y

estudiante distinguido indicando:

Jornada de Seguridad Social que organicen las Comisiones respectivas del Instituto del No-

- Información General

roeste de Contadores Públicos, A. C., que ten-

- Estudios realizados

drán lugar en cualesquier ciudad de los Cole-

- Actividades Desempeñadas

gios que conforman los Colegios del Noroeste,

- Distinciones

durante el año 2013-2014.

- Asistencia a Convenciones - Experiencia profesional.

g).- La transportación ida y vuelta del estudiante y taxis para llegar a la convención, serán pagados por el colegio que propuso al estudiante.

d).- Copia de los documentos oficiales que comprueben lo requisitos señalados en esta

h).- Premio en especie que será entregado por

convocatoria numerados del 1 en adelante,

el Comité organizador de la Convención Estu-

haciendo referencia en el renglón correspon-

diantil del año 2013.

diente al número de comprobante.

i).- Premio adicional que en su oportunidad se

e).- Una fotografía reciente tamaño credencial

dará a conocer.

a color.

Esta convocatoria corresponde al Consejo Directivo 2011- 2012 y se formuló conforme a los Estatutos del Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A. C. Tijuana, Baja California, Jueves Enero 26 del 2012. C.P.C. Ramón Espinoza Jimenez

C.P.C. José Gilberto Aguilar Escobosa

Presidente del INCP

Vicepresidente de Relaciones y Difusión

29 Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

d).- Alimentación para el estudiante por el

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos

didato haciendo notar que obtuvo el primer


Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A.C. IMCP Zona Noroeste

Breve Reseña del Cambio de Consejo del Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A.C.

C.P.C. Ramón Espinoza Jiménez Ex Presidente del INCP Socio Director de Espinoza Martínez y Gutierrez, A.C.

Dentro del marco del cambio de Consejo de nuestro

a su gestión del CER 2011-2012; además también en-

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A.C.

tregó reconocimientos, constancias y regalos de agra-

(INCP), en los Mochis Sin, el pasado mes de noviembre

decimiento a los miembros de su consejo, vicepresi-

se llevaron a cabo diversas juntas y eventos regionales.

dencias de operación presidentes de comisiones de trabajo, presidentes y vicepresidentes de colegios

término de dicho evento se llevó a cabo un cena-ta-

en las instalaciones del Colegio de Contadores Públicos

quiza, en las propias instalaciones del CCPNS, todo esto

del Norte de Sinaloa, A.C., (CCPNS) se llevaron a cabo

amenizado con música norteña, en donde varios de los

las Juntas técnicas de la vicepresidencia de legislación,

miembros del CER aprovechar para mostrar sus mejores

dirigidas por nuestro colega Octavio Acosta, habiendo participado varios presidentes de sus comisiones, entre ellos los colegas Alejandro Valdez y Guillermo Gómez. El mensaje de inauguración en nombre del INCP lo dio el vicepresidente Joaquín Vega y al final el mensaje de clausura el presidente Ramón Espinoza. El mismo día 29, a partir de las 7:00 el presidente Ramón Espinoza convocó a una reunión a los miembros de su consejo para expresarles su agradecimiento y darles un mensaje de despedida. Fue un evento sumamente emotivo, en el cual el presidente saliente aprovechó para dar las gracias por el apoyo recibido

30

Al

El jueves 29 de noviembre a partir de las 4:00 PM,

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos | Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012


IMCP Zona Noroeste

pasos de baile con a ritmo norteño. En fin, fue una noche muy agradable que seguramente quedará en la memoria de todos los asistentes. El viernes 30 se desarrollaron las juntas regionales convocadas: a partir de las 9:00 AM, inició la junta de representantes en la cual se tomaron diversos acuerdos en beneficio de la región y en la tarde (14:30 horas) se celebró también la asamblea de asociados programada. En esta última se les tomó protesta, por parte del CPC Octavio Acosta, a los nuevos miembros del CER 2012-2013, el cual estará presidido por el C.P.C. Joaquín Vega Valadez. Tam-

En la noche de ese mismo día 30, se llevó a

bién se aprobó el plan de trabajo para el periodo an-

cabo la sesión solemne con cena-baile, del cambio

tes mencionado. En esos momentos, pero en otro

de consejo del INCP, y también el cambio de con-

lugar, en los salones del hotel Plaza Inn, se llevaron a

sejo del colegio de los Mochis (CCPNS). Se contó

cabo las juntas de la Vicepresidencia fiscal, dirigidas

con la presencia de diversas autoridades estatales

por la colega Fabiola Arvizu, quien llevo a cabo la

y municipales así como las institucionales en la per-

coordinación de las reuniones tanto de la Comisión

sona del vicepresidente general del IMCP, C.P.C.

Fiscal, presidida por el colega Ramón Arredondo y la

Luis González Ortega, quien asistió en representa-

CROSS presidida por Juan Manjarrez.

ción del C.P.C. Carlos Cárdenas Guzmán. En el doble evento, se dieron mensajes de apoyo tanto para el nuevo presidente del INCP, Joaquín Vega Valadez, como para la nueva presidente del CCPNS Carmen Alicia Burgueño Mercado. Igualmente se entregaron reconocimientos al presidente saliente del INCP Ramón Espinoza Jiménez

y al del CCPNS Octavio

Joel Cruz. Al final del evento se sirvió una rica cena la cual se amenizo con baile, mismo que disfrutaron todos los asistentes. Al día siguiente, sábado 1 de diciembre, varios colegas del CCPNS organizaron un evento de softbol en un campo deportivo ubicado en dicha ciudad, participando las escuadras del colegio de los Mochis y colegas del colegio de Culiacán. Al final del mismo se organizo una agradable comida con todos los asistentes. Es necesario agradecer en todo lo que vale el tiempo y la organización que le dedicaron a todos estos eventos, tantos el consejo directivo, como su gerente y personal y colegas del Colegio de Contadores públicos del Norte de Sinaloa.

Instituto del Noroeste de Contadores Públicos | Edición No. 31, Nov. / Dic. 2012

31



Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.