Contrato de afiliación y campaña publicitaria

Page 1

CONTRATO DE AFILIACIÓN Y CAMPAÑA PUBLICITARIA FECHA

DATOS DEL AFILIADO COMERCIAL DD NOMBRE ó RAZON SOCIAL:

MM

AA

N.I.T No.

DOMICILIO: REPRESENTANTE LEGAL: IDENTIFICACIÓN: C.C.

T.I.

OTRO.

No.

CEL.

EMAIL:

DOMICILIO COMERCIAL: REDIRECCIONAMIENTO URL: (Los datos suministrados precedentemente revisten el carácter de declaración jurada, cualquier modificación en torno a los mismos deberá ser comunicada a _________________________, en forma fehaciente e inmediata, so pena de no tenerse por informados)

PRIMERA.- Objeto: El presente constituye un Acuerdo de Voluntades que contiene las condiciones bajo las cuales el organismo Palma de Cumare, realizará una campaña publicitaria exclusiva a través de su sitio en Internet Palma de Cumare (Portal) y de los aplicativos de ésta, de productos y servicios pertenecientes al Afiliado Comercial, con el propósito de promover los productos y/o servicios en los términos y condiciones establecidos en el presente contrato. El cliente (Afiliado) acepta participar, ofreciendo sus productos y servicios. SEGUNDA.- Duración del Contrato: El presente Contrato de Afiliación y Campaña Publicitaria tendrá una vigencia de (_____) MESES, contados a partir de la fecha de suscripción del mismo. TERCERA.- Licencias: El Afiliado Comercial autoriza a Palma de Cumare (Portal) las licencias y autorizaciones necesarias para utilizar, reproducir, exhibir públicamente, las marcas de los productos y/o servicios a ser ofrecidos a los Clientes del Portal a fin de promocionarlos. El otorgamiento de estas licencias se realizará sin ningún costo para Palma de Cumare (Portal) Si dentro de la publicación el Afiliado Comercial decidiere incorporar fotografías, imágenes o videos de algún determinado producto, al momento de su envío deberá tener presente lo siguiente: 1. Solo deben enviarse fotografías de las cuales el Afiliado Comercial, resulte autor, o en su defecto, cuente con la autorización del verdadero autor para utilizarlas con tal destino; 2. Y cuando la fotografía incluya el resultado de una persona, deberá contar con el consentimiento de la persona que ha sido retratada. El afiliado comercial que obrare en infracción a derechos autorales o el copyright de terceros, será exclusivamente responsable de todos los daños y prejuicios que a consecuencia de ellos o cualquier tercero pudiere experimentar. Por su parte, mediante la fijación de fotografía en el portal, se entenderá que el Afiliado Comercial concede a Palma de Cumare (Portal) licencia perpetua; no limitada en cuanto al territorio; no exclusiva y no revocable; para utilizar, reproducir, exhibir públicamente, adaptar, modificar, y/o distribuir tal material sin consideración de la forma, medio o propósito utilizado. Las fotografías publicadas que aporte el Afiliado Comercial podrán en cualquier momento y sin previo aviso, ser removidas, a solo criterio de Palma de Cumare (Portal) CUARTA.- Estrategias de Mercadeo: Para la ejecución del presente acuerdo, Palma de Cumare (Portal) definirá, a su entera y única discreción, las estrategias que desee realizar para impulsar la venta según su nicho de mercado, o de los productos y servicios, entre sus clientes. Con dicho fin, está autorizada a usar las marcas, designaciones comerciales, logotipos, slogan, colores y diseños del Afiliado Comercial. El Afiliado Comercial autoriza expresamente a Palma de Cumare (Portal) a hacer uso de la información u otro material publicitario para dar cumplimiento a las obligaciones asumidas en virtud de este acuerdo, y sin que tal circunstancia pueda ser interpretada como una violación a los derechos de propiedad intelectual e industrial de titularidad del Afiliado Comercial. QUINTA.- Exclusividad: El Afiliado Comercial manifiesta que al momento de la firma del presente Contrato no tiene ningún acuerdo vigente o se encuentra directa o indirectamente negociando con terceros un acuerdo análogo o equivalente al mismo servicio o producto que se ofrecerá en el sitio Palma de Cumare (Portal), bajo las mismas condiciones generales o que puede generar competencia, y que se obtendrá de realizar o llevar a cabo dicha actividad por los siguientes CIENTO VEINTE (120) DIAS, contados a partir de la firma del presente contrato. SEXTA.- Modificaciones: Todas las modificaciones, adiciones y aclaraciones que se haga al presente Contrato, sólo serán válidas cuando consten por escrito, incluyendo medios electrónicos, y estén debidamente firmados o hayan sido enviadas por los representantes legales de las partes, conforme a las cuentas de correo electrónico indicadas en éste texto. SEPTIMA.Notificaciones, Ley Aplicable y Tribunales Competentes: Toda notificación que se haga entre las partes por razón o con ocasión de este Acuerdo, deberá ser hecha mediante comunicación escrita enviada a las direcciones que a continuación se indican: (enunciar nombre de la compañía propietaria del portal), las recibirá en la SEDE PRINCIPAL. El Afiliado Comercial: ____________________________, y la que figura en el encabezado del presente Contrato. En caso de que se plantee cualquier conflicto entre las partes, la interpretación de las cláusulas del presente acuerdo, serán competentes los Tribunales Ordinarios con Jurisdicción de la ciudad de Bogotá, República de Colombia. El presente Acuerdo se regirá e interpretará bajo las Leyes de la República de Colombia y específicamente por el nuevo Estatuto de Protección al Consumidor. Las diferencias o controversias que surjan entre las Partes, con ocasión de la celebración, la interpretación, la ejecución o la terminación de este Contrato, se resolverán acudiendo al Mecanismo de la Conciliación previsto en la Ley 640 del 2001 y sus Decretos Reglamentarios; y/o ante la Justicia Ordinaria mediante el Trámite correspondiente. OCTAVA.- Confidencialidad: Cualquier información que las partes tengan conocimiento con ocasión de la celebración y ejecución del presente contrato, es de carácter confidencial. Por lo tanto las partes no podrán revelar total o parcialmente la existencia y contenido de la información confidencial que conozca por causa o con ocasión del mencionado contrato. Esta obligación se extiende a los socios, trabajadores, y/o personas relacionadas con el Cliente. La obligación a que se refiere ésta cláusula subsistirá aún después de DOS (2) AÑOS contados desde el término del presente contrato. De conformidad con lo anterior, la información confidencial que sea recibida por una de las partes será exclusiva y únicamente utilizada para los fines para los cuales fue suministrada y no podrá ser revelada a terceros salvo autorización expresa de la parte que suministro la información. NOVENA.- Buena Fe: Las partes en desarrollo del presente contrato obraran siempre de buena Fe, y por lo tanto se obligan a obrar, interpretar y cumplir el presente contrato con el mayor celo y a cumplir fielmente sus obligaciones, comprometiendo su responsabilidad. DÉCIMA.Terminación del Contrato: El presente contrato termina por las siguientes causas: 1) Vencimiento del término de duración. 2) Mutuo acuerdo de las partes firmantes, mediante documento escrito. DECIMA PRIMERA- MORA EN EL PAGO: EL AFILIADO quedará en mora por no dar cumplimiento a sus obligaciones de pago dentro del plazo previsto, sin haber sido objetada oficialmente, sin necesidad de reconvención privada o judicial, a la cual renuncia expresamente. En caso de que EL AFILIADO incurriera en mora en el pago, reconocerá y pagará a Palma de Cumare, intereses de mora liquidados sobre la suma de


dinero insoluta a la tasa máxima permitida por la ley, subsistiendo la obligación de EL AFILIADO de pagar la totalidad de las obligaciones que se hayan derivado de este contrato y los costos de la cobranza judicial o extrajudicial a los que hubiere lugar. Adicionalmente, si EL AFILIADO incurriere en mora en el pago del precio de los servicios, Palma de Cumare podrá suspender la prestación de los servicios de LOS SISTEMAS o dar por terminado unilateralmente el presente contrato, sin necesidad de notificación o reconvención judicial. DÉCIMA SEGUNDA.- Impuestos de Ley: Todos los gastos que genere la suscripción del presente contrato serán a cargo de las partes en partes iguales. DÉCIMA TERCERA.- Contrato Único e Integrado: El presente contrato constituye un único acuerdo entre las partes respecto de los asuntos que regula, por lo tanto deja sin efecto cualquier otro acuerdo verbal o escrito que haya existido entre las partes con anterioridad. DECIMA CUARTA.- No Sociedad ni Otra Relación: Las partes reconocen que por la celebración del presente contrato, no se constituye entre ellas una sociedad ni se tiene Animus societatis ni la intención de constituir una persona jurídica de ningún tipo, ni se crea una relación distinta a la que aquí se regula expresamente. También reconocen las partes no tener ninguna relación laboral. Se firma en la ciudad de (________________________), el día (_______) del mes de (_________________) de dos mil quince ( _________ ).

EL CONTRATANTE:

EL AFILIADO COMERCIAL:

HUELLA DIGITAL

( PALMA DE CUMARE ( Nombre representante legal C.C. No. 1013577205 e-mail: info@palmadecumare.com

) )

( (

Nombre compañía Nombre representante legal

C.C. No. e-mail:

BOSQUEJO PALMA DE CUMARE

) )


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.