Iniciativa Ciudadana
FECHA Ciudadanas y ciudadanos legisladores integrantes de la LX Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí. C.C. Secretarios de las Comisiones. P r e s e n t e s. José Mario de la Garza Marroquín ciudadano potosino en pleno ejercicio de los derechos políticos que me reconoce de forma amplia la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí y en particular su artículo 61 respecto del derecho de iniciar leyes; en conformidad con lo preceptuado en los artículos 130, 131 y 133 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; y con arreglo a lo dispuesto en los artículos 61, 62, 65 y 66 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de San Luis Potosí, someto a la consideración de esta Honorable Soberanía, la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto para adicionar segundo párrafo al artículo 5to. De la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de contemplar excepción de observancia a la disposición relativa a la protección de la información confidencial cuando impera la necesidad de auditar políticas, programas, transacciones, o movimientos administrativos de cualquier índole en los que se empleen recursos públicos de cualquier tipo, con base en la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 17 bis de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí establece que: “En el Estado de San Luis Potosí es prerrogativa de todas las personas, conocer y acceder a la información pública, con las excepciones previstas en esta Constitución y en la ley de la materia. Del mismo modo, toda persona tiene el derecho a acceder a la información sobre sí misma o sus bienes, asentada en archivos, bases de datos y registros públicos o privados de quienes tengan el carácter de entes obligados conforme a la ley, así como a actualizar, rectificar, suprimir o mantener en reserva dicha información, en los términos de la ley. En cualquier caso, la ley protegerá a las personas contra cualquier lesión en sus derechos, resultante del tratamiento de sus datos personales”. Lic. José Mario de la Garza Marroquín
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