



EDITORIAL
El matrimonio es la unión voluntaria de dos personas, libres de vicios, para formar una comunidad viva, donde ambas partes buscan el respeto, la igualdad, la ayuda y la asistencia mutua, independientemente de que puedan tener hijos o no. Es un acto jurídico, determinado por la voluntad de la persona que desea contraer matrimonio y por la intervención del Estado, que establece los requisitos, formalidades y facultades que deben cumplirse para su existencia y validez.
El matrimonio es una materia jurídica propia del derecho de familia, que consiste en la unión legal de dos personas del mismo sexo o de distinto sexo para una vida conjunta completa y permanente. Para que sea válido, debe haber dos declaraciones testamentarias idénticas emitidas por personas diferentes. Acepta no estar sujeto a las condiciones, términos o forma, ni estar sujeto a los términos. Reconocer la validez de los matrimonios contraídos en las formas civiles o religiosas prescritas por la ley.
El divorcio es la disolución de un matrimonio y da a los cónyuges la oportunidad de celebrar un contrato con el otro. Pertenece al divorcio voluntario, que puede ser administrativo o voluntario, necesario o causal, así como unilateral por la vía legal. Las sentencias de divorcio, como actos básicos del poder judicial, determinan el estado de los hijos menores, la división de bienes, el pago de alimentos, etc.
Jurídicamente y en el derecho civil, se define como la unión voluntaria de dos personas inocentes para formar una comunidad de vida en la que ambas partes buscan el respeto, la igualdad, la asistencia y la ayuda mutua; Los niños no pueden nacer libres e informados. Nuestra constitución plantea en su Artículo 53: “El matrimonio es el fundamento legal de la familia, descansa en la igualdad de derechos de los cónyuges y puede ser disuelto de acuerdo con la Ley.” También en el Código de la Familia en su Artículo 26 conceptualiza el matrimonio como: “El matrimonio es la unión voluntariamente concertada entre un hombre y una mujer, con capacidad legal, que se unen para hacer y compartir una vida en común”



Para que tenga reconocimiento legal y fuerza, debe ser presentado ante la autoridad administrativa correspondiente (es decir, el juez del estado civil) y se deben seguir las formalidades previstas por la ley.
Ahora bien, existen diversas discusiones sobre la naturaleza jurídica de esta persona jurídica. Este debate puede interpretarse de la siguiente manera: Para interpretar jurídicamente una institución se deben tener en cuenta dos elementos: la legislación y las relaciones jurídicas.
En relación con un acto jurídico, indica que su existencia, reconocimiento y validez están sujetas al cumplimiento por las partes contratantes de los requisitos y formalidades que prescriban sus respectivas leyes para su celebración.
En cuanto a las relaciones jurídicas, esto significa la necesaria presencia de las partes expresando su voluntad en el testamento matrimonial, lo que da lugar al establecimiento de una relación jurídica reconocida por el Estado o vínculo familiar.




Esto conduce al reconocimiento del matrimonio como un acto jurídico determinado por la voluntad de los contrayentes y la intervención del Estado, que determina los requisitos, procedimientos y facultades necesarias para el matrimonio, su existencia y validez. Por ello, se entiende por matrimonio tanto el vínculo jurídico entre los contrayentes, basado en un pacto testamentario, como el acto jurídico que lo crea, y cuya celebración está regulada por el Código Civil. En resumen, teóricamente, el matrimonio se clasifica como un acto jurídico mixto, que requiere la voluntad de las partes y la voluntad del Estado, que se manifiesta primero en el reconocimiento de la validezdel acto. El cumplimiento de los requisitos y formalidades legales y, en segundo lugar, el acto jurídico de reconocimiento del matrimonio por resolución o acto de la autoridad administrativa competente. El proceso de divorcio se aplica sólo a ambos cónyuges y se termina sólo después de la muerte de uno o ambos cónyuges, son intransferibles, temporales e irrenunciables por anticipado.


El caso también fue sobreseído debido al arreglo de los cónyuges, que debió ser notificado a las autoridades competentes luego de la presentación de la demanda de divorcio. El divorcio es, por tanto, una forma legal de divorcio y sólo es válido

cuando la autoridad judicial competente declara el divorcio con base en la solicitud de uno o ambos cónyuges y de acuerdo con las razones y formas determinadas por el marido y la mujer.
Nuestro Código de Familia no define el termino divorcio, pero si establece las causales por la cuales se puede dar por terminada la relación matrimonial de los conyugues.

El divorcio puede entenderse como una ruptura en la vida común de marido y mujer, pero este divorcio no afecta jurídicamente la relación conyugal; Todos los efectos y consecuencias permanecen.
La separación física se produce cuando se pone fin a la vida conyugal por decisión de autoridad judicial competente (juez de familia), que suspende por completo las obligaciones relacionadas con la deuda física y la convivencia y, en su caso, determina la procedencia de la terminación de las relaciones conyugales o del divorcio. de los bienes conyugales, pero la relación conyugal continuará, por lo que los cónyuges no podrán celebrar el nuevo matrimonio

Las sociedades son dinámicas, cambian con el tiempo, al igual que sus relaciones más cercanas. Casarse hoy, decidir vivir juntos y tener hijos no es lo mismo que hace unos años. Cada vez son más las parejas que optan por la convivencia y la familia en lugar del matrimonio tradicional.

El matrimonio es una institución social que se ha mantenido así a lo largo de los años a pesar de todos los cambios en la sociedad debido al desarrollo de ideas, costumbres y muchas cosas más. En la sociedad actual, los divorcios frecuentes no pueden verse como un reflejo de una crisis matrimonial, sino como una señal de que se valora el matrimonio. Las tasas de divorcio van en aumento porque la mayoría de las personas tienen mayores expectativas de satisfacción conyugal que en las sociedades más tradicionales. Las parejas de hoy se divorcian porque creen que el matrimonio es muy importante en sus vidas y no pueden soportar una relación fallida. Un


matrimonio debe ser fuente de realización y entendimiento mutuo, y si no lo es, se desmorona. Está claro que la pareja quiere compartir no solo la vida juntos, sino el estilo de vida, la cultura. El divorcio se asocia con un aumento en el número de convivientes o uniones de hecho, ya que es uno de los principales indicadores del cambio demográfico, especialmente cambios en la formación y disolución de familias, incluidos el divorcio y la separación, y un aumento en el número de matrimonios; junto con un aumento en la edad del matrimonio y un retraso en la maternidad



En definiciones personales el matrimonio es un acto voluntario efectuado en un lugar y tiempo determinado, ante el funcionario que el Estado designa para realizarlo. Como estado matrimonial, el matrimonio es una situación general y permanente que se deriva del acto jurídico, originando derechos y obligaciones que se traducen en un especial género de vida. El matrimonio como el estado civil, que trae como consecuencia una serie de deberes y facultades, derechos y obligaciones para con los hijos y con ellos mismos. El término divorcio es “disolución del vínculo matrimonial en cualquier momento, derivada de la falta de voluntad de cualquiera de los cónyuges de

continuar con el matrimonio por una causa bastante a su criterio o por cualquiera de las causas señaladas en la ley, dejando a los cónyuges en aptitud de contraer uno nuevo.