Los niveles de amenaza que rigen actualmente en el ámbito OTAN, están marcados en el ATP 3.8.
En caso de actuación combinada con ejércitos del entorno OTAN, será necesario conocer e interpretar la correspondencia entre los niveles nacionales y los niveles OTAN.

POR ELLO LOS NIVELES OTAN DE AMENAZA NBQ DEBEN SER CONOCIDOS.
Aunque no hay una relación directa entre el Nivel de Amenaza y la Protección Física Individual en el marco de la OTAN se emplea el siguiente cuadro orientativo.
Niveles de Amenaza y Protección Física Individual
Drees States ITEMS OF DRESS

ZERO Issued and Carried 1 st set ready
2 st set deployed
ONE Carried Issued and Carried Issued and Carried Issued and Carried
TWO Carried Worn Carried Carried
THREE Carried Worn Worn Carried
FOUR Carried Worn Worn Worn




El nivel de amenaza se establecerá en función de la información que se tenga sobre las posibilidades, intención o actuación del enemigo y según sea el entorno en el cual se lleve a cabo la operación, tanto en lo relativo a los agentes NBQ como TIM. Se establecerán acompañados del prefijo NBQ o TIM en función del tipo de riesgo. En caso de que existan ambas amenazas se implementará la mayor de ellas con el prefijo correspondiente. Si se conoce la naturaleza del agente TIM se puede incluir el sufijo TIC, TIR o TIB.
Es necesario señalar que los niveles de amenaza NBQ y las correspondientes medidas de protección física que se aplican en las Fuerzas Armadas españolas no coinciden con los que utilizan en el ámbito OTAN.
La protección física individual es necesaria para que el personal pueda sobrevivir a los incidentes NBQ/TIM. El hecho de que el combatiente porte el EPI provoca un detrimento en la capacidad de combate y trabajo tanto a nivel individual como a nivel colectivo de la unidad. Un incremento en el nivel de protección puede limitar la libertad de acción en las operaciones . El nivel de protección física será normalmente el mínimo requerido. El mando debe tener la flexibilidad para poder evitar la degradación innecesaria en la actuación de sus tropas y unidades que pudiera causar un nivel de protección física excesivo.
El grado de protección física individual será el mínimo requerido en función del nivel de amenaza implementado en una Unidad . Podrá ser incrementado o disminuido por el Jefe de una Unidad en su área de responsabilidad cuando el riesgo real no coincida con el nivel de amenaza determinado por el Escalón superior, comunicándoselo junto con las circunstancias que han aconsejado dicha variación.

DOCTRINA NACIONAL. GUIA PARA DETERMINAR EL GRADO DE PROTECCIÓN FÍSICA INDIVIDUAL EN FUNCIÓN DEL NIVEL DE AMENAZA
DOCTRINA OTAN. CORRESPONDENCIA NIVELES DE AMENAZA NBQ/TIM


CERO DESPLEGADO. En la cadena logística en el Teatro o Área de Operaciones
ALFA CENTRALIZADO. En la unidad.
DESPLEGADO. En la cadena logística en el Teatro o Área de Operaciones No se trata No se trata






En la unidad.
