Abril 2021. Impulsa 4T Polémica Reforma Eléctrica

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Contenido ABRIL 2021

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EDITORIAL Defiende Presidente de la SCJN la Independencia de los Jueces

8 Las dificultades nos dan la fuerza para llegar más alto y cumplir nuestros ideales Blanca Estela del Rosario Zamudio Valdéz

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Análisis de la iniciativa que expide la Ley General de Ciberseguridad Jersain Llamas Covarrubias

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LA MÁQUINA DEL TIEMPO MUSICAL ¿Cambio de Era?

Jesús Antonio Aquino Rubio

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ENTREVISTA El Instituto de Transparencia y el Empoderamiento de la Mujer Blanca Lilia Ibarra Cadena y Josefina Román Vergara Comisionadas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

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Compliance, Home Office y Teletrabajo en Época de Pandemia Adriana Peralta Ramos CEO y Fundadora de Ethics Compliance Bureau

NOTICIAS “La puerta está abierta”. Claudia de Buen asumió la presidencia de la BMA

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Primer Foro Internacional de Transparencia y Periodismo 2021

32 Se Renueva la Directiva de la Asociación Nacional de Tribunales de Justicia Administrativa

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EN LA OPINIÓN DE NUESTROS ESPECIALISTAS

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Antonia Rodríguez Miramón Castillo Jared Melyssa Alvarado Martínez

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Abogadas MX: Inclusión de la Mujer en Puestos de Liderazgo

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Nora Urby Genel

Equilibrando Salud y Justicia en el TFJA Bajo Pandemia

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Luis Mario Lemus Rivero

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CADALSOS

Reformas sobre Teletrabajo: Desconexión Digital, Derechos de la Personalidad y Seguridad de la Información

Carlos Marx Barbosa Guzmán

Indebida Transformación de la Prueba Testimonial a Prueba Documental, Prevista en la ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

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Jacqueline Aguilar Navarrete

La Criminología en el Centro Penitenciario

Jorge Ojeda Velázquez

La Genealogía de la Violencia de Género en el México Moderno

84 LOS LIBROS RECOMENDADOS para nuestros abogados

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EDITORIAL

Defiende Presidente de la SCJN la Independencia de los Jueces

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rente a las críticas expresadas por el Presidente AMLO contra el juez federal que concedió un amparo contra la reforma eléctrica y otorgó una suspensión, el titular del Poder Judicial salió en defensa de los jueces y del Poder Judicial, a través de su cuenta de Twitter, recordándole a AMLO que tanto el Poder Legislativo como el Ejecutivo tienen a su alcance recursos legales para impugnar el fallo ante un tribunal colegiado. Esta reacción del presidente de la SCJN por las acusaciones al juez, en el sentido de que, por conceder la suspensión, estaba “al servicio de intereses privados”, cayó bien en el medio judicial, político y académico, sobre todo porque aseguró que los jueces federales actúan con independencia y autonomía y que el Consejo de la Judicatura Federal (que él preside), garantiza que puedan ejercer su función con absoluta libertad. Sus fallos, dijo, pueden ser recurridos, pero deben ser respetados “bajo la óptica de la independencia judicial”. No obstante, AMLO pidió se investigue a los jueces que han dictado fallos suspendiendo su reforma eléctrica, argumentando que están

al servicio de las empresas extranjeras y privadas, además de que sería el colmo que el Poder Judicial en México esté al servicio de particulares. Alguien debería orientar al Presidente López Obrador sobre el hecho de que la suspensión concedida por el juez Juan Pablo Gómez Fierro, del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, es legal y está ajustada a lo establecido en la Ley de Amparo y que haber suspendido los efectos de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica es una práctica normal en este tipo de juicios, que en el caso concreto fueron promovidos legalmente por las empresas Eoliatec y el Parque Solar Orejana de Zuma Energía. Por lo que se trata de un asunto lícito que el juez revise si se violan o no derechos humanos de los quejosos, al eliminar el criterio económico para despachar primero las plantas hidroeléctricas y de combustibles fósiles de la CFE, sobre las privadas renovables eólicas y solares. Es decir, que nadie está cometiendo el delito de “traición a la patria”, ni afectando los intereses del pueblo, ni mucho

menos poniéndose al servicio de particulares, al promover un juicio de amparo, bajo un procedimiento completamente ajustado a la ley de la materia. No hay que olvidar que durante el proceso de aprobación de la reforma el Presidente comentó que las empresas afectadas “estaban en todo su derecho” de impugnar la ley y ahora que lo hacen critica sus recursos y las decisiones judiciales, completamente ajustadas a nuestro marco jurídico. Por más de dos siglos nuestra Ley de Amparo ha sido un instrumento que nos ha dado un gran prestigio internacional en el ámbito judicial y que ha sido una gran herramienta para defender el respeto de nuestro Estado de Derecho, la división de poderes, el respeto a la Constitución y los derechos humanos de los gobernados contra arbitrariedades y abusos de poder de los gobernantes. Es una señal positiva que el foro, la academia y una gran parte de la clase política, respalden la autonomía e independencia del Poder Judicial y la permanencia de la Ley de Amparo. Como el propio AMLO ha dicho: NADA NI NADIE POR ENCIMA DE LA LEY. Ni en el caso de la reforma eléctrica, ni en ningún otro.


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LAS DIFICULTADES NOS DAN LA FUERZA PARA LLEGAR MÁS ALTO Y CUMPLIR NUESTROS IDEALES Entrevista con Blanca Estela del Rosario Zamudio Valdéz Magistrada del Tribunal Unitario Agrario ABOGADA INFLUYENTE 2019

“Las mujeres abogadas tenemos gran capacidad para desarrollarnos en el campo del Derecho, en la materia en la que más nos guste o nos encontremos más capacitadas, todo lo que deseen lo pueden lograr, ya que lo que se quiere se puede.”

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¿CUÁL ES EL ASPECTO QUE MÁS TE INSPIRA DE TU PROFESIÓN?

Conciliadora, Secretaria de Acuerdos por Ministerio de Ley, Jueza familiar por oposición.

Poder auxiliar a las personas a que resuelvan sus problemas, que cuando acuden a un órgano jurisdiccional, se solucione la conflictiva y que su familia sea funcional.

MENCIONA LOS MAYORES RETOS A LOS QUE TE HAS ENFRENTADO COMO ABOGADA Y QUÉ LECCIONES TE HAN APORTADO.

¿CÓMO HA SIDO TU DESARROLLO DENTRO DEL ÁMBITO LABORAL?

Uno de los retos más fuertes fue el concurso de oposición para ser Jueza, con cuatro hombres y sus comentarios eran muy discriminatorios, inclusive en la segunda etapa del examen, la etapa del caso práctico, uno de ellos mencionó: “no se preocupen, es mujer”, Para su sorpresa obtuve la calificación más alta en las tres fases del concurso y ocupé la vacante de Jueza en el 2006 en el Juzgado Vigésimo Tercero de lo Familiar.

Muy gratificante, pues tuve la oportunidad de estudiar y trabajar al mismo tiempo, poder involucrarme con el Tribunal, el manejo de los expedientes me sirvió de gran experiencia. Y de ahí las oportunidades de crecimiento se fueron presentando, en el año 2020 inicié como pasante de derecho en el Tribunal Superior de Justicia, posteriormente Secretaria Actuaria, Secretaria

¿CUÁL ES EL LEGADO QUE COMO ABOGADA QUIERES TRANSMITIR AL GREMIO?


Las mujeres abogadas tenemos gran capacidad para desarrollarnos en el campo del Derecho, en la materia en la que más nos guste o nos encontremos más capacitadas, todo lo que deseen lo pueden lograr, ya que lo que se quiere se puede. Que no den pasos hacia atrás, siempre hay que dar pasos firmes hacia adelante y hacia arriba. ¿CÓMO VISUALIZAS EL FUTURO DE LA PROFESIÓN? Con grandes oportunidades de crecimiento, varias abogadas comparten los dobles o triples jornadas de trabajo, al ser madres, esposas, hijas, etc., pero considero que eso no debe de ser un motivo para no desarrollarnos, sino todo lo contrario, debe de ser la inspiración para salir adelante y que el fruto de nuestro esfuerzo y compromiso se vea reflejado en resolver los problemas de las personas que confían en nosotras. ¿QUÉ CONSEJOS PUEDES OFRECER A LAS NUEVAS GENERACIONES DE ABOGADAS? Que nunca se den por vencidas, los caminos de la profesión en ocasiones nos presentan no piedras sino bardas enormes, pero en lugar de detenernos para no seguir adelante, nos dan la fuerza para llegar más alto y cumplir nuestros ideales. Hace 45 años jugaba a ser jueza, tenía un portafolio lleno de hojas blancas y las firmaba como si fueran resoluciones; ingrese a la universidad y cuando ya trabajaba como pasante, observaba a las juezas y jueces con gran respeto y temor a algún día tener que pasar para comentar un asunto. Años más adelante llegue a cumplir uno de mis más grandes retos; el ser Jueza en materia familiar.

“Ser mujer debe de ser la inspiración para salir adelante y que el fruto de nuestro esfuerzo y compromiso se vea reflejado en resolver los problemas de las personas que confían en nosotras.” ¿DE QUÉ MANERA HA MODIFICADO LA TECNOLOGÍA A LA PRÁCTICA LEGAL, CUÁLES SON SUS BENEFICIOS Y SUS DESVENTAJAS? En esta pandemia nos pudimos dar cuenta que tenemos a nuestro alcance herramientas muy importantes que no valorábamos, sin embargo, debido a la necesidad de seguir trabajando los asuntos y evitar que la impartición de justicia no se detuviera, se tuvieron que implementar las acciones

necesarias para seguir con nuestra actividad. Los beneficios considero que son demasiados, pues al tener que conservar la sana distancia no nos ponemos en riesgo y seguimos trabajando, podemos estar cerca de nuestros familiares, las cuestiones urgentes se pueden resolver sin demora. Las desventajas considero que son solamente de carácter tecnológico, pues si no hay buena recepción de la señal se interrumpe la comunicación, además de que no podemos acercarnos a las personas que queremos.

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ABOGADO DIGITAL

ANÁLISIS DE LA INICIATIVA QUE EXPIDE LA LEY GENERAL DE CIBERSEGURIDAD

E Jersain Llamas Covarrubias Consultor en Tecnología Legal

sta última década ha sido crucial para el desarrollo tecnológico-legal en México, pues se cuenta con un marco jurídico tan sólido en distintas formaciones innovadoras, que posicionan a la nación en un estado positivo regulatorio. Pero ¿qué pasa con los delitos en el ciberespacio? Formalmente se contempla en el Código Penal el título noveno: Revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de informática, y sus capítulos I Revelación de secretos y II Acceso ilícito a sistemas y equipos de informática. Además, en el periodo 20052021 se han presentado diversas iniciativas sectoriales y generales en el Congreso de la Unión, con la pretensión de reformar el Código Penal Federal y legislaciones afines a los delitos por el uso de las TIC. El listado de dichas iniciativas puede consultarse en un artículo del portal Foro Jurídico.1 No obstante, es imperante señalar que han existido cuatro iniciativas de decreto que han causado un gran impacto a nivel nacional, pues su pretensión no es sólo regular leyes ya existentes, sino crear leyes especiales para el asunto de la seguridad informática, ciberdelitos y ciberseguridad: •

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https://forojuridico.mx/observaciones-y-estudio-de-lainiciativa-que-expide-la-ley-general-de-ciberseguridaden-mexico/ http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/ Documentos/2015/10/asun_3291220_20151027_14455 23938.pdf

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2 de octubre de 2015: iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Informáticos del Senador Omar Fayad Meneses.2 19 de marzo de 2019: Iniciativa de la senadora Jesús Lucía Trasviña Waldenrath,


con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones del Título Noveno, Libro Segundo del Código Penal Federal y se expide la Ley de Seguridad Informática.3 1 de septiembre de 2020: iniciativa con aval del grupo parlamentario que contiene proyecto de decreto por el que se modifica la denominación del capítulo II, del título noveno, del libro segundo y se reforma el artículo 211 bis 1 y se derogan diversos artículos del código penal federal; se reforman y adicionan diversos artículos de la ley general del sistema nacional de seguridad pública; se adiciona una fracción XIV al artículo 5° de la ley de seguridad nacional; y se expide la Ley General de Ciberseguridad, Senador Miguel Ángel Mancera Espinosa.4 25 de marzo de 2021: iniciativa de la senadora Jesús Lucía Trasviña Waldenrath, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Ciberseguridad y se derogan diversas disposiciones del código penal federal.5

Cabe destacar que la Senadora Jesús Lucía Trasviña Waldenrath presentó el 19 de marzo de 2019 una iniciativa de decreto para expedir la Ley de Seguridad Informática; el 25 de marzo de 2021 volvió a presentar una iniciativa de decreto por una Ley General de Ciberseguridad. Sin embargo, ¿qué hizo cambiar de opinión a la legisladora? En un principio se infiere que el cambio radica en que una ley general es mucho más amplia, ya que estas tienen por objeto establecer la

concurrencia de la Federación, entidades federativas y los municipios, para que desde los ámbitos de sus respectivas competencias legislen con una efectiva congruencia, coordinación y participación, garantizando derechos, señalando obligaciones, atribuciones, límites, principios, bases generales y procedimientos. DE LA INICIATIVA DE DECRETO QUE EXPIDE LA LEY GENERAL DE CIBERSEGURIDAD (25 DE MARZO DE 2021) La presente iniciativa puede ser consultada en el siguiente hipervínculo https:// infosen.senado.gob.mx/sgsp/ gaceta/64/3/2021-03-25-1/ assets/documentos/Inic_ Morena_Sen_Trasvina_ Ciberseguridad_Penal.pdf y sus puntos más importantes son los siguientes: 1. Se crea la Comisión Nacional de Ciberseguridad, presidida por el titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y en suplencia por el Titular de la Agencia Nacional de Ciberseguridad. Dentro de sus funciones destaca formular programas nacionales, establecer lineamientos, instrumentos y políticas en materia de ciberseguridad. 2. Se crea la Agencia Nacional

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“El cambio radica en que una ley general es mucho más amplia, ya que estas tienen por objeto establecer la concurrencia de la Federación, entidades federativas y los municipios, para que desde los ámbitos de sus respectivas competencias legislen con una efectiva congruencia, coordinación y participación.” de Ciberseguridad. Le otorga la competencia de ser la instancia superior de coordinación y seguimiento a las políticas públicas en materia de ciberseguridad. Destaca en sus atribuciones coordinar el desarrollo, implementación, evaluación, cumplimiento y actualización de la Estrategia Nacional de Ciberseguridad; proponer la armonización legal en materia de ciberseguridad; realizar mediciones de las instituciones públicas y privadas; desarrollar un mapa de riesgos y emitir

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/64/1/2019-03-27-1/assets/ documentos/Inic_MORENA_Seguridad_Informatica.pdf http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2020/09/asun_406451 6_20200902_1599062884.pdf https://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/116270

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ABOGADO DIGITAL

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política, definir estándares de protección, establecer mecanismos y el registro para las Infraestructuras Críticas de Información; además de coordinar mecanismos de evaluación. Descentraliza la función de la ciberseguridad en concurrencia con la Federación, entidades federativas y municipios. Divide enunciativamente por fracciones las competencias de la Federación, entidades federativas y municipios. Aunado a que enlista parámetros y circunstancias que presuman cuando un delito sea de cada orden competencial. Reserva por defecto el Mapa de Riesgos y el Registro Nacional de las Infraestructuras Críticas de Información. Enuncia un modelo homologado de Policía Cibernética que se definirá a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana en el marco de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Define la Territorialidad, Extraterritorialidad, Supremacía del Derecho Internacional, momento y lugar de la comisión del hecho, validez temporal, y el criterio especializado en materia de delitos cibernéticos e informáticos. Sanciona los delitos contra la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información; con los delitos de acceso ilícito y sus agravantes, interceptación e intervención de datos o señales, falsificación informática y abuso de dispositivos tecnológicos. Sanciona los delitos contra

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el patrimonio, por medio del fraude informático. 9. Sanciona los delitos contra la libertad de las personas, por medio del acceso y uso indebido de datos personales, usurpación de identidad, incitación a la violencia y alteración del orden social, delitos contra la imagen personal, pornografía de personas menores de 18 años de edad [...] seducción de menores a través de medios informáticos o digitales [...] turismo sexual, lenocinio a través de las TIC y destrucción de material. 10. Sanciona los delitos a la propiedad intelectual que estén relacionados con las leyes especiales en la materia y sean cometidos a través del empleo de sistemas electrónicos. 11. Sanciona los delitos contra la nación, siendo los actos que se realicen a través de un sistema informático, electrónico, telemático o de telecomunicaciones, que atenten contra los intereses fundamentales y de seguridad de la nación. 12. Sanciona los delitos contra el sistema financiero, que a grandes rasgos ponga en peligro o cause daño, altere u obstaculice, modifique, altere, destruya o provoque pérdida parcial o total, copie, extraiga, reproduzca, fabrique u obtenga ilícitamente un beneficio patrimonial, económico o de otra naturaleza para sí o para un tercero, información de un sistema financiero. También contempla agravantes. 13. Establece disposiciones comunes a los delitos en materia de las tecnologías de la Información y comunicación que afectan redes de sistemas

informáticos, electrónicos o telemáticos. Destacando agravantes para servidores y exservidores públicos; preservación de evidencia; la autorización de agentes encubiertos en casos de urgencia; y disposiciones de reparación del daño. 14. En el mismo apartado anterior, específicamente otorga a las policías, la Guardia Nacional y el Ministerio Público en apego con el Código Nacional de Procedimientos Penales, el poder de solicitar sin intervención de la autoridad judicial: • Cooperación para neutralizar sitios, páginas electrónicas y perfiles de redes sociales (siempre que no afecten la libertad de expresión) cuando: • Inciten al terrorismo o al odio; a la discriminación, hostilidad o violencia; instigación directa y pública a cometer genocidio y pornografía infantil; suplantación de identidad para fraude, y robo de datos personales; dañe la imagen pública y la reputación de una persona o institución; • La preservación de la información, a los proveedores de servicios y contenidos en Internet, nacionales e internacionales. • Hechos relacionados y de conformidad con las políticas de privacidad de los proveedores de servicios y contenidos en Internet y cualquier otra entidad que contenga en su infraestructura indicios de hechos delictivos que pongan en riesgo las libertades,


Código Penal y las leyes de protección de datos y propiedad intelectual. Técnicamente lo correcto sería proponer derogarlos de las leyes especiales en la materia o en su defecto no incorporarlos en dicho proyecto de ley.

derechos humanos y otras garantías. • Solicitar a una persona física o moral preservar y mantener la integridad de un sistema de información o de cualquiera de sus componentes, por un periodo de hasta noventa (90) días, pudiendo esta orden ser renovada por períodos sucesivos. 15. Una vez aprobada, la iniciativa enuncia en un transitorio que el Ejecutivo Federal tendrá 90 días para la publicación de la Estrategia Nacional de Ciberseguridad del Estado Mexicano. CONCLUSIONES La iniciativa contiene errores formales donde no enuncia bien los números de los capítulos, aunado a que la redacción es algo cortante en algunos artículos, sin embargo, esto puede ser subsanado en las comisiones legislativas.

Es sumamente importante verificar su glosario del artículo 6, principalmente elaborar conceptos más técnicos y menos repetitivos, además de revisar que no contravengan definiciones de otras leyes como la fintech, derechos de autor, telecomunicaciones, protección de datos y firma electrónica. Esto evitaría crear antinomias jurídicas y que el sistema jurídico mexicano se encuentre en armonía. La iniciativa de ley pretende crear una estructura orgánica que pareciera algo ambigua, en razón de poder contraponerse con estructuras de otros sistemas de seguridad, e incluso de la propia Comisión Nacional de Ciberseguridad, es decir, pretende atribuirle competencias a sistemas o secretarías que cuentan con su propia ley especial, por lo cual la técnica legislativa es reformar dichas leyes y no imponer funciones y/o estructuras desde este proyecto de legislación. Sus sanciones contravienen los ya contemplados en el

Los poderes de investigación, específicamente las atribuciones a la Policías, la Guardia Nacional y el Ministerio Público (poder de solicitar sin intervención de la autoridad judicial), deberán estudiarse con demasiada atención y cuidado, pues a pesar de crear un nexo causal con el Código Nacional de Procedimientos Penales, de facto, una errónea técnica legislativa y ausencia de reglas más específicas podrían causar graves problemas y conflictos con los derechos fundamentales de las personas. Finalmente, la existencia de iniciativas sobre ciberseguridad aumenta el debate legislativo y público, el cual ayuda al perfeccionamiento de las leyes y del sistema jurídico mexicano.

“Otorga a las policías, la Guardia Nacional y el Ministerio Público el poder de solicitar sin intervención de la autoridad judicial cooperación para neutralizar sitios, páginas electrónicas y perfiles de redes sociales.”

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LA MÁQUINA DEL TIEMPO MUSICAL

¿CAMBIO DE ERA?

C Lic. Jesús Antonio Aquino Rubio maquinadeltiempodekiko@gmail.com @kikotimemachine Maquina del Tiempo de Kiko Aquino Rubio maquinadeltiempodekiko Maquina del Tiempo Kiko

El mundo ha recibido un tremendo baño de humildad para develar una realidad que no es nueva para nuestra especie, pero sí tremendamente desconocida para nuestra generación.

ada vez son más las voces que nos aclaran que no vivimos tiempos de cambio, sino un cambio de era. Esta pandemia, que sigue siendo mal dimensionada por muchos, ha destruido de raíz años de ideas preconcebidas y concepciones erróneas. Lo que dábamos por sentado, lo que asumíamos invariable, ha dejado de existir en un par de meses. El mundo ha recibido un tremendo baño de humildad para develar una realidad que no es nueva para nuestra especie, pero sí tremendamente desconocida para nuestra generación. En efecto, al revisar nuestra historia, encontramos amplia información, muy bien documentada de la peste de justiniano, la peste negra, el ataque de viruela y su impacto en las américas en la época del descubrimiento del “nuevo mundo”, la gripe española, la gripe asiática, la gripe de Hong Kong, o el devastador efecto del VIH en el mundo, pero no se tenía en el horizonte de la vida cotidiana un plan infalible para enfrentar lo desconocido del nuevo virus. La inmensa ola de prepotencia donde el ser humano navegaba nos ha tirado de la cresta, y hemos descubierto con incredulidad inexplicable nuestra fragilidad como especie, y el tremendo daño que hemos consumado a nuestro entorno.

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Nuestra supremacía tecnológica, nuestras construcciones sociales, quizá el punto más alto de desarrollo de los humanos como especie en toda su existencia, sucumbe ante una realidad de alcances inesperados, ante un pequeño virus, que sinceramente no es tan mortal como los protagonistas de las otras pandemias aludidas. Hemos cumplido un año y algunos días más con esta realidad impuesta, y como especie, hemos debido adaptarnos a los retos de la nueva normalidad. La semidestrucción del sistema económico en todos sus niveles, incluido el internacional, era de pronóstico cantado: catastrófico, como sucedió en Constantinopla y en los restantes episodios pandémicos del pasado. Sentirnos sorprendidos, o señalar a una persona, organización o gobierno de los efectos negativos de la pandemia en el rubro financiero es de lo más incongruente y ruin. Basta con mirar a todas las sociedades, estados y ciudades del mundo entero, y notar cómo el impacto ha sido inevitable en todas ellas, sin importar sus sesgos ideológicos. Tenemos mas de un año adaptándonos a las exigencias para disminuir las tasas de contagio. Procurando la sana distancia. En ese tiempo hemos aprendido que las medidas


sanitarias son importantes, pero que ahora debemos comprender y atacar la forma en que el virus se transmite a través de aerosoles, de nuestra respiración, a través del aire, no vuela, pero puede flotar. Algunos estudios sobre la forma de contagio por circulación de aire demuestran que todas las medidas han sido correctas, pero necesitamos reforzar las relacionadas con la circulación y purificación del aire en espacios de convivencia. Con o sin intención, estamos demostrando nuestra resiliencia como especie, nuestra capacidad de adaptación a los cambios, nuestro deseo de continuar en esta vida, de salir adelante sin importar el contexto, de intentar volver a esos días de antaño que creíamos inmutables. Cambio tras cambio, día tras día, nos hemos visto obligados a aprender a meter las actividades económicas, sociales, laborales, educativas y de entretenimiento a través del cable de internet. Parece que la vida y la continuidad de la misma fuese imposible sin el wifi y el ancho de banda. Al menos nos ha ayudado a que el mundo no se detenga. Así, se reafirma la tesis, no son cambios imparables uno tras otro, en realidad estamos ante un cambio de era, uno que no esperamos, pues quizá pensamos que los cambios en la humanidad se acompañan después de año nuevo, o en los primeros días de cada década, en realidad también hemos aprendido que la medición del tiempo es una ficción humana, y que los cambios en la vida no

respetan ni fechas especiales, ni aniversarios.

protector del planeta, más humilde, más honesto.

Empezamos a ver la luz al final del túnel, con toda nuestra tecnología, potencia humana de transformación, sistemas de desarrollo, niveles de investigación y avances médicos, nos ha tomado un año encontrar vacunas para plantar cara al virus y tratar de recuperar nuestros días añorados de libertad y contacto sin restricciones. Guardemos paciencia. La recuperación llevará su tiempo, y una vez operativos, tomará su tiempo volver a elevar la economía a los niveles que llegamos a tener.

¿Lograremos ser mejores personas con nosotros mismos? El precio ya lo hemos pagado, depende de nosotros hacer que lo vivido en esta pandemia, valga la pena.

En contraparte, la vida humana se abre camino. Se ciñe a su instinto más básico. Perpetuar la genética a las próximas generaciones. Sobrevivir. No claudiquemos. Brindemos a los niños en casa nuestro mejor esfuerzo, el encierro ha hecho sentir a muchos padres que no existe peor tiempo para serlo, pero es evidente que seguimos siendo muy afortunados a pesar de todo.

“Con o sin intención, estamos demostrando nuestra resiliencia como especie, nuestra capacidad de adaptación a los cambios, nuestro deseo de continuar en esta vida, de salir adelante sin importar el contexto, de intentar volver a esos días de antaño que creíamos inmutables.”

Este cambio de era lo es también para esta generación de futuros adultos, para esta generación que ha tomado nota de nuestra fragilidad humana, del impacto de nuestro excesivo sistema de vida invasivo en la naturaleza, y de las consecuencias de vivir creyendo que no hay consecuencias. Este cambio de era se gestó a partir de la pandemia del Covid-19 y sus resultados se verán reflejados en la próxima generación. El cambio de era está por parir a un ser humano diferente, más consciente de su entorno, más respetuoso del equilibrio natural, más

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ENTREVISTA

El Instituto de Transparencia y el Empoderamiento de la Mujer Entrevista con Blanca Lilia Ibarra Cadena y Josefina Román Vergara Comisionadas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Por Equipo Editorial

En el marco de la celebración del Día Internacional de la Mujer el pasado mes de marzo, Foro Jurídico entrevistó a la Maestra Blanca Lilia Ibarra Cadena, Comisionada Presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y a la también Comisionada de dicho organismo, la Doctora en Derecho Josefina Román Vergara, ambas con amplia trayectoria y experiencia en la materia, ya que han sido presidentas del Instituto de Transparencia en sus correspondientes estados natales (Puebla y Estado de México), comentando cómo estás instituciones han apoyado el empoderamiento de la mujer en nuestro país y también sobre la importancia del INAI como un instrumento que ha venido contribuyendo al equilibrio de la democracia en México.

FORO JURÍDICO (FJ): MTRA. BLANCA LILIA IBARRA CADENA, ¿CUÁL ES LA CONTRIBUCIÓN DEL DERECHO DEL ACCESO DE LA INFORMACIÓN AL EMPODERAMIENTO DE LAS MUJERES DESDE EL INAI? Blanca Lilia Ibarra Cadena (BLIC): El derecho de acceso a la información, el derecho a saber, es un derecho instrumental que se configura 16 | Foro Jurídico

como un derecho fundamental para abrir otros derechos y sobre todo para alcanzar la igualdad, la participación, el empoderamiento de las mujeres. Sabemos que el buen uso de la información, el conocimiento que te da ese ejercicio del derecho a saber se configura como una herramienta muy valiosa para generar mejores condiciones que permitan disminuir las brechas de género, así como adoptar utilidad en la vida cotidiana de acciones y de derechos que se convierten en nuestra vida


diaria, en la fórmula para poder salir adelante y, desde luego, para tomar mejores decisiones. Pueden contribuir, por ejemplo, a que las mujeres tomemos decisiones más efectivas e informadas sobre aspectos relacionados con salud, información, educación, trabajo, etc. Es un elemento esencial para el empoderamiento económico porque permite desarrollarse, tener independencia y autonomía, a partir de cómo se pueden ejercer y conocer en las decisiones cotidianas estos derechos, la participación en la vida pública, la protección de los derechos humanos. No obstante, todavía hay mucho que hacer para alcanzar la igualdad plena de derechos y oportunidades, y en el INAI hemos llevado a cabo en este mes una serie de acciones que pueden fortalecer el ejercicio de este derecho y el conocimiento. Más allá de los foros y conversatorios que hemos organizado, el INAI como Pleno emitió un pronunciamiento para reconocer la contribución de las 337 mujeres que colaboran en este Instituto y que representamos casi el 45% de toda la comunidad. Se ha reconocido el talento y se están poniendo en prácticas políticas con enforques de género. Es necesario que podamos trabajar en esa línea y hemos hecho otras acciones que tienen que ver más allá de la iluminación del propio edificio, nos hace reflexionar que esta luz se torna en un instrumento simbólico para visibilizar los muchos desafíos que aún enfrentamos las mujeres para alcanzar la igualdad sustantiva. También hemos organizado talleres prácticos sobre el empoderamiento de las mujeres

a través de los derechos de acceso a la información y protección de datos; publicamos un video sobre el derecho a la información y su contribución al empoderamiento de las mujeres. Asimismo, hemos lanzado una campaña interna denominada Mujeres en Acción en la cual a través de infografías damos a conocer la historia y los aportes de mujeres defensoras de los derechos humanos a lo largo de la historia. Nos hemos sumado junto con expositoras y panelistas en diversas instancias y en redes sociales donde podemos escuchar, conocer y participar en distintas

“En un lapso de 12 meses ONU Mujeres registró 243 millones de mujeres y niñas, entre 15 y 49 años, que fueron sometidas por su pareja a violencia sexual o física por parte de su pareja, esta instancia estima que la cifra pueda incrementarse a lo largo de este año.”: Blanca Lilia Ibarra.

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ENTREVISTA actividades. Las tareas son múltiples, en los siguientes días estaremos llevando a cabo diversas acciones y los espacios como este que nos brinda Foro Jurídico que nos permite estar en comunicación con la comunidad jurídica. FJ: DRA. JOSEFINA ROMÁN VERGARA ¿CUÁL ES LA CONTRIBUCIÓN DEL INAI PARA EL EMPODERAMIENTO DE LA MUJER? Josefina Román Vergara (JRV): Hablar de igualdad de género entre los abogados es muy importante, en el INAI somos un Pleno de siete comisionados, cuatro hombre y tres mujeres encabezadas por la Presidenta Blanca Lilia Ibarra. Nos hemos preocupado por los derechos de las niñas, los niños y las mujeres de manera especial. En la actualidad, las mujeres debemos hablar sobre la protección a los datos personales, un derecho humano contemplado en la Constitución, así como el derecho de acceso a la información que tiene exactamente el mismo rango de derecho humano. Con la pandemia nos hemos dado cuenta de que nuestros datos personales son importantes. Cuando el año pasado empezamos a hacer trabajo en casa la autodeterminación informativa de nuestros datos personales nos llevó a hacer pública información que puede causar discriminación o violencia. Esta situación nos hizo conscientes de que debemos proteger nuestros datos personales, que hay que hacer la autodeterminación informativa con mucha responsabilidad porque cuando revelamos información sensible como nuestro patrimonio o nuestro estado de salud en redes sociales, puede provocar violencia o discriminación. 18 | Foro Jurídico

En el Marco del Día Internacional de la Mujer podemos empezar a hablar de algo tan importante como la protección de nuestros datos personales, en donde debemos incluir expediente clínico, el derecho a compartir información solo con personas de confianza y no con personas que asumen incluso que tienen derecho de conocer nuestra información. También debemos educar a nuestros hijos e hijas en la cultura de protección de datos personales. FJ: MTRA. BLANCA LILIA IBARRA, LA VIOLENCIA Y LA DESIGUALDAD DE GÉNERO SON PROBLEMAS QUE SE HAN INCREMENTADO CON LA PANDEMIA, ¿QUÉ HACER EN ESTA DIFÍCIL LUCHA PARA ALCANZAR LA IGUALDAD DE GÉNERO EN NUESTRO PAÍS? BLIC: Lo que ha comentado mi compañera Josefina Román en torno al derecho de proteger los datos personales es relevante en este contexto del Día Internacional de la Mujer y en el de una crisis sanitaria que venimos enfrentando desde el año pasado. Coincido en lo que ella ha expresado como abogada reconocida que nos apoya con sus conocimientos para avanzar en esta materia. El contexto de confinamiento ha agravado la violencia, como sabemos la mayoría de las víctimas está junto a su perpetrador sin posibilidad de formular alguna denuncia. Es importante destacar que la violencia de género es otra pandemia, debemos reconocer esta circunstancia terrible que estamos viviendo. En un lapso de 12 meses ONU Mujeres registró 243 millones de mujeres y niñas, entre 15 y 49 años, que

fueron sometidas por su pareja a violencia sexual o física por parte de su pareja, esta instancia estima que la cifra pueda incrementarse a lo largo de este año. El derecho a saber empodera, permite tomar mejores decisiones y tener conocimiento útil. Es importante que a partir del ejercicio del derecho a saber se conozca información que permite construir políticas públicas con enfoque de género, además de una mayor participación y una mejor toma de decisiones. Una persona solicitó el número de denuncias presentadas por mujeres que sufrieron violencia por edad, estado, tipo de violencia, y el número de carpetas, investigación y detenciones en los últimos cinco años; en este caso la información proporcionada no cubrió la información solicitada porque estaba incompleta. A partir de este hecho, el INAI determinó resolver de fondo el asunto porque encontramos que había unidades administrativas que efectivamente podían contar con esta información y dentro de las facultades de la Fiscalía advertimos que podían tener esa información. Adicionalmente, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia dispone que la Fiscalía General de la República debe crear un registro público sistemático de los delitos cometidos en contra de las mujeres. Lo que ocurrió en este caso fue que el INAI decidió modificar la respuesta para que se hiciera una nueva búsqueda y esa información pudiera llegar a manos del solicitante. Otra persona solicitó información sobre el número de casos de acoso, abuso, hostigamiento sexual y violación, la solicitud


fue hecha particularmente a la Universidad Autónoma Metropolitana; como no hubo respuesta se obligó al sujeto obligado a atender dicha solicitud. El INAI también ha recibido solicitudes relacionadas con el número de mujeres, niñas y adolescentes que han sido reportadas como desaparecidas enviadas a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, el Instituto resolvió a favor de la entrega de dicha información. En otro caso se solicitaron los documentos utilizados por la Secretaría de la Defensa Nacional referentes a la perspectiva, igualdad o equidad de género, la información se proporcionó, pero incompleta. Estos son algunos casos en los que el INAI advierte que hay un interés por tener información, más precisa, identificar los datos que pueden servir en varios aspectos para delinear a nivel nacional, de las instituciones, organizaciones, academia, del foro jurídico, tareas sustantivas o acciones fundamentales que nos ayuden a identificar problemas, datos precisos y sobre todo a construir acciones específicas para combatir la violencia de género. FJ: DRA. JOSEFINA ROMÁN, EN OCASIONES LAS INSTITUCIONES ESTATALES SE RESISTEN A PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN RESPECTIVA, ¿EL ESTADO MEXICANO TIENE LA OBLIGACIÓN DE COMBATIR, PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y CAMINAR HACIA LA IGUALDAD DE GÉNERO? JRV: Por supuesto que el Estado mexicano tiene la obligación constitucional primero de la igualdad de los derechos,

los mexicanos y mexicanas tenemos los mismos derechos y obligaciones reconocidas en la Constitución. Además, quiero referirme a los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, de los cuales se desprenden los objetivos 5 y 16, relacionados con la igualdad de género y de instituciones transparentes y fuertes. Como órgano constitucionalmente autónomo, el INAI es garante de dos derechos fundamentales, el derecho de acceso a la información y el de protección a los datos personales, a través de estos podemos trabajar y hacer realmente efectivos todos los derechos humanos porque el derecho de acceso a la información es la llave de acceso para el ejercicio de otros derechos humanos. Toda la información la tenemos a la mano a través de la Plataforma

“La pandemia nos hizo conscientes de que debemos proteger nuestros datos personales, que hay que hacer la autodeterminación informativa con mucha responsabilidad porque cuando revelamos información sensible como nuestro patrimonio o nuestro estado de salud en redes sociales, puede provocar violencia o discriminación”: Josefina Román Vergara.

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ENTREVISTA Nacional de Transparencia, en las páginas de las instituciones públicas y en todos los ámbitos de gobierno, federal y estatal, podemos conocer información relacionada con educación, salud, seguridad. Esto es lo más importante del derecho de acceso a la información. Como bien se menciona, esta pandemia no ha creado nuevos problemas, sino que ha evidenciado los problemas de inseguridad y de violencia familiar y a través del derecho de acceso a la información y transparencia buscamos los mecanismos de solución de conflictos; de esta manera, también podemos encontrar los centros de ayuda, el mismo INAI cuenta con un centro de atención telefónico para ofrecer la información que necesiten mujeres, niñas y niños. En materia de datos personales esta pandemia ha hecho evidente que tenemos una vida física y una vida digital y en la vida digital también debemos cuidarnos, desde esa perspectiva de datos personales tenemos que aprender a saber compartir nuestra información en redes sociales, si subimos una fotografía a cualquier red social podemos revelar datos sensibles como nuestro domicilio o nuestro patrimonio. FJ: HABLAR DEL TEMA DIGITAL NOS LLEVA A OTRO RELACIONADO CON LA IGUALDAD DE GÉNERO: LA BRECHA DIGITAL DE GÉNERO. ¿A QUÉ NOS ENFRENTAMOS CON LA BRECHA DIGITAL DE GÉNERO? BLIC: En la era del auge de las nuevas tecnologías hemos advertido que en este último año lamentablemente se han incrementado los delitos,

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agresiones y violencia de género. El uso de las nuevas tecnologías ha llevado precisamente a que la brecha digital no solamente coadyuve a facilitar la comunicación y a que exista información falsa que atrapa a las personas. Debemos invitar a la gente, particularmente a las mujeres, a que busquen información oficial y consigan los medios necesarios para consultar información verificada. Además, debemos advertir que sirve un mecanismo de denuncia para cuando hayan sido afectadas en sus derechos. La brecha digital tiene presencia en nuestro país, sobre todo en zonas rurales u hogares en situación de pobreza que dificulta el trabajo y la educación a distancia, por ejemplo. La población rural, donde hay muchas mujeres, no tiene la manera de complementar su aprendizaje porque vio alterada la modalidad presencial en la que cursaban su educación formal a raíz del confinamiento. Según algunos datos, el 65.5% de hogares localizados en asentamientos urbanos están conectado a internet, sin embargo, solamente el 23.4% tienen conexión en los asentamientos rurales, lo cual demuestra que el 45% de la población mexicana está en un estrato económico bajo y no tienen las posibilidades que les pueden brindar el internet para poder resolver circunstancias de servicios, educación, etc. Los hogares son de un estrato socioeconómico bajo que cuentan con computadora, pero carecen de internet, no pueden adquirir servicios por falta de recursos económicos. Esta brecha es mucho más visible en los grupos étnicos, quienes menos utilizan internet es la población que de 55 años de edad o más. Estos datos demuestran que la brecha

digital ha crecido y ha generado problemas en términos de continuar con la educación y de tener acceso a los servicios y acciones que ofrecen las tecnologías. JRV: La brecha digital es uno de los grandes retos que tenemos en México, no solamente existe la diferencia entre las zonas rurales y las urbanas, es decir, no basta con tener internet, en esta pandemia hemos aprendido que hay diferentes maneras de trabajar, estudiar, hacer negocios. Los delitos cibernéticos también han aumentado gracias a la pandemia, debemos ser conscientes de que debemos vigilar a los niños cuando usan internet porque están aprendiendo a utilizar las Tecnologías de Información y Comunicación. Debemos considerar las ventajas y las desventajas de las TIC, hay que enseñar a los niños a que las personas que están detrás de las pantallas no son necesariamente sus amigos y probablemente no sean las personas que dicen ser o que creemos que son. Hay acciones que son fácil de llevar a cabo para evitar una serie de delitos que se dan en internet, por ejemplo, las claves de acceso o contraseñas que deben ser robustas, evitar que sean claves relacionadas con la información que tengo como público en alguna red social como mi fecha de nacimiento. La estadística nos dice que los delitos cibernéticos se relacionan con la pérdida de celulares, laptops o la misma cartera, por eso se recomienda que las contraseñas sean robustas para que no sea fácil identificarlas. En la página del INAI ofrecemos una serie de recomendaciones para los titulares de los datos personales, cada uno de nosotros


tenemos y somos dueños de nuestros datos personales y las recomendaciones nos servirán para protegerlos, por ejemplo, si acudes a solicitar servicios médicos, solamente debes dar los datos indispensables para hacer el trámite. En el ámbito digital se deben leer los datos de privacidad. Esta vida digital nos ha enseñado que, así como nos sirve para la transparencia, facilita el acceso al derecho de la información, también ha puesto mucho más en riesgo nuestros datos personales, debemos cuidar la parte digital para cuidar nuestra persona, nuestra familia, nuestro entorno, amigos y vecinos. FJ: MAESTRA BLANCA LILIA, ¿LA PLATAFORMA DEL INAI HA TENIDO MAYOR ACTIVIDAD DURANTE LA PANDEMIA?, ¿CÓMO HA FUNCIONADO DURANTE ESTE PERIODO? BLIC: A lo largo de 2020 el INAI mantuvo sus actividades a distancia y eso nos llevó a que las diversas áreas buscáramos mecanismos para garantizar los derechos de protección de datos personales y de acceso a la información. Por un lado, el

trabajo que se ha hecho desde el Centro de Atención a la Sociedad que sirve para orientar, asesorar y guiar a las personas de cualquier parte del país en el ejercicio de estos derechos se ha mantenido abierto a toda la población, pueden acceder a este Centro a través del número 800 8354324. Adicionalmente, el trabajo como Pleno nos permitió que siguiéramos atendiendo las distintas controversias que se presentaron a partir de las solicitudes de información que se fueron generando a lo largo del año. El INAI organizó mesas técnicas con áreas sustantivas de la administración pública federal, por ejemplo, en conjunto con la Secretaría de Salud se han creado micrositios que han servido también para identificar información relevante, sensible, que en este momento resulta de interés público en un momento de crisis sanitaria. Tuvimos también una serie de capacitaciones a distancia a sujetos obligados, es decir, las autoridades, fueron relevantes porque a lo largo del 2020 el INAI se mantuvo atento a las necesidades de información de la gente, pero también dando

acompañamiento. En total se brindó capacitación a más de 269 mil personas, lo cual demuestra el interés que había no solamente de integrantes de las autoridades, sino también en los estados donde hay organismos locales, por ejemplo, el INFO CDMX, a través de su Presidente Julio César Bonilla, en conjunto con le INAI llevó a cabo una serie de tareas sustantivas relevantes para seguir, por un lado, promoviendo el derecho a la información y de protección de datos personales; por otro lado, realizando un trabajo coordinado con las entidades federativas para garantizar el derecho a saber. La Plataforma Nacional de Transparencia es clave, ya que permite que la gente pueda identificar información pública de oficio con la cual las autoridades pueden estar actualizando sus obligaciones de transparencia a través del CIPOD, donde se delimita la información que se debe publicar. Además de un buscador general que se impulsó en 2020 y cinco buscadores temáticos que facilitan también la búsqueda de información a través de la plataforma donde pueden presentar solicitudes o recursos de revisión: www. plataformadetransparencia.org. JRV: El INAI en esta pandemia ha demostrado la utilidad que tiene para la ciudadanía a través de dos micrositios, el de transparencia y acceso a la información con la mesa técnica que creamos con la Secretaría de Salud, por ejemplo, si no tienes tiempo de ver toda la información de la conferencia mañanera, en este micrositio tenemos las preguntas más recurrentes con las respuestas oficiales. Este micrositio también incluye la información de las compras de las vacunas o sobre las preguntas

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ENTREVISTA “El INAI le pertenece a la gente y en el ámbito internacional estos derechos son reconocidos como instrumentos internacionales vinculantes de los cuales el INAI forma parte, además de que ha establecido una serie de obligaciones, donde hay una serie de acuerdos internacionales”: Mtra. Blanca Lilia Ibarra.

más frecuentes en relación con la pandemia dirigidas a la Secretaría de Salud, el ISSSTE o el Seguro Social. Por otra parte, el micrositio de protección de datos personales contiene una serie de recomendaciones en torno a los datos personales de cada ciudadano; así como recomendaciones a los prestadores de salud privados para cuidar los datos personales de los pacientes porque solo ellos pueden decidir sobre estos. El órgano que más solicitudes recibe en acceso a la información es el Instituto Mexicano del Seguro Social en el tema de la pensión. Si alguien quiere pensionarse, el INAI puede ayudar en dicho proceso a través del derecho de acceso a la información de datos personales, con los requisitos para dar de alta la pensión, revisar meses cotizados, etc. 22 | Foro Jurídico

FJ: RECIENTEMENTE, EL PRESIDENTE AMLO HA EXPRESADO SU INTENCIÓN DE DESAPARECER EL INAI Y TRASLADAR SUS FACULTADES A LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, ARGUMENTANDO QUE NO SIRVE AL PUEBLO ¿CUÁL ES SU OPINIÓN AL RESPECTO? BLIC: En primera instancia, podemos decir que se convertiría en un problema constitucional, sin duda la vulneración del principio de separación de poderes y del federalismo constituye un tema relevante que hay que considerar. La Secretaría de la Función Pública depende del Ejecutivo Federal y por eso el ámbito de competencia de ejercicio solamente podría limitarse a la administración pública federal. El INAI tutela estos derechos frente a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y naturalmente la Secretaría de la Función Pública no podría asumir esas tareas. En el tema de datos personales estaría en riesgo un derecho que por muchos años se conquistó por parte de la población, el INAI le pertenece a la gente y en el ámbito internacional estos derechos son reconocidos como instrumentos internacionales vinculantes de los cuales el INAI forma parte, además de que ha establecido una serie de obligaciones, donde hay una serie de acuerdos internacionales, por ejemplo, el Acuerdo 108 del Consejo de Europa, el Acuerdo de Escazú y el T-MEC, en los cuales se requieren autoridades garantes, imparciales e independientes. ¿Qué ocurriría si se cumple el plan del Ejecutivo?

Pues simplemente desaparecer al INAI obstruiría su cumplimiento. JRV: El INAI como órgano constitucionalmente autónomo y nacional, que es necesario diferenciarlo de uno federal, contribuye en mucho a un sistema de equilibrios en una democracia como la que tenemos en México. Este sistema de equilibrios no implica un control de poderes, pero brinda equilibrio entre poderes, los autónomos, entidades federativas, más de 2,450 municipios en el país, para establecer un piso mínimo y parejo para el ejercicio del derecho a la información y la protección de los datos personales. El INAI es nacional porque tiene dos facultades diferentes: la facultad de atracción de aquellos asuntos trascendentes que no se deben resolver en entidades federativas o municipios, y la revisión en segunda instancia de aquellos asuntos estatales que llegan al ámbito nacional. Estas son facultades que ninguna unidad administrativa del ámbito federal podría llevar a cabo. Como bien lo dijo la Presidenta, en materia de protección de datos personales el INAI tiene un gran prestigio a nivel internacional en el Consejo Consultivo de Europa para efectos del Convenio 108; asimismo, tenemos funciones en el T-MEC, la OCDE, en la OEA somos una autoridad importante en la Red Iberoamericana de Protección de Datos Personales, entre otras. Dicho reconocimiento internacional se ha ganado a través de la historia del INAI ampliamente reconocida en el mundo, particularmente en el tema de protección de datos personales. No hay ninguna autoridad en México que pueda llevar a cabo esas funciones que hoy realiza el INAI.


BLANCA LILIA IBARRA CADENA • • • • •

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Es licenciada en Ciencias de la Comunicación y licenciada en Periodismo. Maestría en Administración de la Calidad de la Gestión Pública. Maestranda en Gobierno y Administración. Fungió como Comisionada Presidenta de la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla. Asimismo, se desempeñó como Presidenta de la Comisión de Transparencia del Municipio de Puebla y como Directora del Centro de Documentación de la Coordinación de Información, Documentación y Transparencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Cuenta con una trayectoria de más de 30 años en los medios de comunicación, ocupando diferentes cargos directivos en prensa, radio y televisión. Fue Directora General del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Directora de Información a medios de los estados de la Presidencia de la República. Directora General de Comunicación Social de Congreso del Estado de Puebla.

JOSEFINA ROMÁN VERGARA • • • • • • •

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Licenciada en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México. Maestra de Derecho Corporativo por la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac. Doctora en Derecho por el Centro de Estudios de Postgrado en Derecho. De 1987 a 1998 se desempeñó en diversas áreas de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México. Durante 2005 fue Adminsitradora de Normatividad de Auditoría Fiscal del Servicio de Administración Tributaria. De 2006 a 2013 fue titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México. En 2013 fue nombrada Comisionada del Distrito de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y municipios donde un año después fue elegida Comisionada. De noviembre de 2015 a noviembre de 2016 fue la primera Coordinadora de Organismos Garantes de las Entidades Federativas del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Durante 2018 como Secretaria Técnica de la Secretaria Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios. Actualmente es Comisionada del inai para el periodo 2019-2026. Ha sido docente en las materias de Derecho Procesal Fiscal y Administrativo, Derecho Fiscal y Hacienda Pública en distintas instituciones tanto públicas como privadas y actualmente continúa como catedrática.

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ENTREVISTA

Compliance, Home Office y Teletrabajo en Época de Pandemia Entrevista con Adriana Peralta Ramos CEO y Fundadora de Ethics Compliance Bureau

Por Equipo Editorial

El compliance se entiende hoy como un sistema de gestión, es decir, actividades concatenadas, que permiten al proveedor, colaborador y grupos de interés, conocer lo correcto, a saber hacerlo, y sobre todo a ser integridad.

FORO JURÍDICO (FJ): ¿QUÉ ES EL COMPLIANCE? ¿POR QUÉ SE CONSIDERA UNA HERRAMIENTA PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN Y EL LAVADO DE DINERO EN LAS EMPRESAS? Adriana Peralta Ramos (APR): El compliance inicia hace más de 40 años en EE. UU. derivado de la Ley FCPA (Foreign Corrupt Practices Act) que era de un alcance muy acotado porque con sus tres artículos originales propuestos en 1977 obligaba a las empresas a no cometer actos de corrupción. Concretamente se refería a la vinculación con oficiales de gobierno, sobornos, pagos de facilitación y un concepto que es propuesto originalmente en esta Ley, nada de valor, porque a veces más que el dinero es información o regalos o favores. Desde ahí se tiene la obligatoriedad de contar con un programa al interior de la empresa para evitar actos de corrupción. 24 | Foro Jurídico

El compliance officer, la persona encargada de gestionar este programa dentro de una empresa, surge en 1985. En 1986 se establece que no era suficiente que el compliance contemplara únicamente el combate contra la corrupción porque no solo era necesario un control sobre los contratos, sus cláusulas, este tipo de disclaimers. En ese mismo año, Peter Druker propone tres conceptos fundamentales del compliance: saber qué tienes que hacer, diferenciar lo correcto de lo incorrecto; saber hacerlo, llevarlo a la práctica; y ser íntegro. El desarrollo del compliance es que pasa de ser un control legal a una cultura de integridad. En México el compliance ha estado vigente desde hace diez años, en los últimos siete ha cobrado fuerza después de cambios legislativos que se han llevado a cabo concretamente en materia de prevención de lavado de dinero, protección de datos personales y competencia económica. Todos estos temas se incluían en la prevención. Había que prevenir,


entrenar a los empleados porque no basta que tengamos una política publicada, se debe capacitar a la gente y tiene qué saber qué esperamos de ellos y este conjunto de acciones es hoy compliance, de tal suerte que ahora ya tenemos el compliance laboral, fiscal, penal y otros más. Lo que significa que esta materia de la prevención puede tener una óptica desde diferentes marcos jurídicos y un alcance distinto. Finalmente, compliance se entiende hoy como un sistema de gestión, es decir, actividades concatenadas que permiten al proveedor, colaborador y grupos de interés, conocer lo correcto, a saber hacerlo, y sobre todo a ser integridad. Este sistema de gestión nos debe llevar a la conformación de una nueva cultura de integridad en los negocios. FJ: EL COMPLIANCE EN LA ACTUALIDAD ES UNA OBLIGACIÓN. EN MÉXICO UNA REFORMA LE DIO VIGENCIA A ESTA FIGURA DEL COMPLIANCE PARA QUE SE ADOPTE DE MANERA OBLIGATORIA. APR: El compliance en su origen era una opción extraterritorial para las empresas norteamericanas que tenían oficinas en México. Ahora justo por el debido control que tiene que ver con el cambio en el contexto penal, seguido de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en su artículo 25 donde se establece contar con una política de integridad y el capítulo 27 del T-MEC donde se habla de compliance. El compliance ha avanzado, tenemos más herramientas, más foros y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ya certifica a los oficiales de cumplimiento,

“Evitar no significa que no va a pasar, compliance nace como un mecanismo para identificar los riesgos, una vez identificados se deben evaluar, ¿con qué facilidad o probabilidad se pueden materializar?”

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ENTREVISTA una figura que debe estar dentro de la organización acompañando el cumplimiento de la prevención del lavado de dinero. FJ: ANTERIORMENTE ERA PROBLEMÁTICO VINCULAR LA RESPONSABILIDAD PENAL CON LAS EMPRESAS. HABÍA MUCHA IMPUNIDAD PORQUE NO QUERÍAN INVOLUCRAR AL ACCIONISTA MAYORITARIO O AL ADMINISTRADOR ÚNICO Y SIEMPRE SE QUEDABA EN EL AIRE. A PARTIR DE LA REFORMA AL CÓDIGO PENAL DONDE SE INVOLUCRA LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS, EL COMPLIANCE ADQUIERE UN SENTIDO MÁS EFECTIVO PORQUE SI AHORA NO SE PREOCUPAN POR QUE LOS EMPLEADOS, DIRECTIVOS O CONSEJEROS NO COMETAN DELITOS, ALGUIEN TIENE RESPONSABILIDAD PENAL, POR LO GENERAL ES EL DIRECTIVO QUE ESTÁ A LA CABEZA DE LA EMPRESA. APR: Es muy interesante este enfoque, he platicado con personas que no son juristas, emprendedores que me dicen que el compliance les parece algo exclusivo para empresas grandes que cotizan en la bolsa, por lo cual no es apto para su negocio y cuando se les explica que en caso de que alguno de sus colaboradores o proveedores actúe y cometa un ilícito en nombre de dicha persona, puede materializarse en el tema de responsabilidad penal de personas jurídicas. Todo esto se puede mitigar a través de un programa de compliance, que ahora también incluso a nivel comercial se le denomina criminal compliance. Evitar no 26 | Foro Jurídico

significa no va a pasar nada, compliance nace como un mecanismo para identificar los riesgos, una vez identificados se deben evaluar, ¿con qué facilidad o probabilidad se pueden materializar? Si tenemos una empresa del tamaño que sea, que cuenta con un despacho de abogados que ayuda en ciertas diligencias y actúa en nombre de la empresa con autoridades, podría cometer un ilícito. No importa el tamaño de la compañía, ¿qué riesgo tenemos ahí?: corrupción; ¿qué probabilidad hay?: alta mediana, etc.; ¿cómo puedo mitigarlo?: de entrada, se debe capacitarlos, se debe contar con una política en temas de anticorrupción, una política de integridad: vigilar, acompañar y monitorear. Algo que se ha encontrado mucho en los casos de corrupción y con multas del Departamento de Justicia de Estados Unidos es que no se monitoreaba y la pregunta es: ¿estoy pagando por encima o debajo de la media?, ¿cómo recibo las facturas? No solamente era por el lado contractual, sino también por el lado operativo. El tema de responsabilidad penal de personas jurídicas hace necesario el tema compliance. FJ: UN OFICIAL DE COMPLIANCE DENTRO DE UNA EMPRESA DE MEDIANO TAMAÑO, ¿SÓLO CUMPLE LAS FUNCIONES DEL COMPLIANCE OFFICER O TIENE QUE ESTAR DE TIEMPO COMPLETO VIGILANDO QUE SE CUMPLA CON LA NORMATIVIDAD, LA LEGALIDAD LAS REGLAS INTERNAS? APR: Lo ideal sería que el puesto esté dedicado completamente a esta función porque si se dedica a otra se puede descuidar el tema

del control. Hay empresas que van creciendo y van conformando su estructura por lo cual no cuentan con el capital para contratar a un especialista. En mi experiencia puedo decir que junto con mi equipo hemos implementado compliance para PyMES, el salto para que las PyMes puedan acceder a las grandes ligas está ligado al compliance. Hoy más que nunca las grandes organizaciones exigen contar con un programa de compliance, incluso los despachos debemos contar con uno. Las empresas lo exigen, se debe acreditar que se capacita a la gente. Hay más necesidad por aprender esta profesión, me ha tocado ver en facultades que se empieza a instituir la clase de compliance. FJ: ¿CÓMO SE RELACIONA EL COMPLIANCE CON EL TELETRABAJO? APR: El teletrabajo es un acuerdo de voluntades donde el colaborador opta por trabajar desde otro sitio, es trabajar fuera de las oficinas del centro del trabajo, no necesariamente trabajar en casa. ¿Cómo se relaciona el teletrabajo con el compliance? ¿Qué pasa en cómo estamos implementando el home office y el teletrabajo? En marzo de 2020 el Constitute Intelligence Unit de Londres evaluó el porcentaje de empresas en México que eran aptas desde el tema tecnológico para trabajar desde casa, el resultado fue de 2 de cada 10. Desde el punto de vista del compliance es del cómo vigilamos. Anteriormente mencionaba que el compliance es el saber, el saber hacer y el ser. El saber lo que debo, lo que no debo, controles y políticas; el saber hacer, llevarlo a mi trabajo de todos los días; y el ser, qué tanto soy íntegro, qué tanto me apego


a temas éticos de lo que están haciendo mis empleados. Más allá del trabajo diario que me están enviando, lo pierdo de vista. El primer punto de compliance es analizar riesgos. En este caso ¿qué riesgos tengo de que trabajen en casa? Si atiendo la reforma a la Ley Federal del Trabajo, el patrón debe entregar todas las herramientas tecnológicas, así como el pago proporcional y total de luz e internet. Se debe partir de las herramientas con las que debe contar el colaborador y después se debe seguir con cómo habilito para que se siga desempeñando de forma efectiva y eficiente. Hablar de la integridad en teletrabajo es un reto mucho mayor, es ahí donde vemos el compliance en el home office. FJ: LAS REFORMAS A LAS LEYES QUE MENCIONAS CON RESPECTO AL COMPLIANCE YA ESTÁN EN VIGOR. APR: Las reformas entraron en vigor al día siguiente de su publicación el 11 de enero de 2021. Donde también se adicionó el capítulo 12 Bis con 11 artículos donde se establecen las herramientas que se deben proporcionar y los servicios que se tienen que pagar. El teletrabajo que estamos haciendo actualmente por temas de pandemia es una opción no voluntaria que se da entre las dos partes que deben acordar para poder trabajar desde un sitio distinto a la oficina. Desde mi óptica el teletrabajo actual es obligatorio, probablemente algunas empresas ya discutieron con sus empleados y llegaron a algún acuerdo para implementarlo de esa manera. Aunque la reforma ya haya entrado en vigor, hay aspectos que todavía no están

bien establecidos. La primera es la de la desconexión digital, si bien tenemos una jornada diaria pactada, la desconexión digital de la cual se está hablando en España es desconectarse de cualquier medio de comunicación vinculado al trabajo, celular, email, etc. Algo que sucedió en pandemia y sigue pasando es que muchos patrones piensan que por el hecho de que el empleado está trabajando en casa, consideran que están de vacaciones y les piden trabajar horas extra. Quizá la pregunta para hablar de integridad en el tema de teletrabajo es ¿qué tan habilitados estamos todos en el rubro de la confianza? Finalmente es algo que esta siempre en el aire, ¿cómo sabe el patrón que el empleado está trabajando? Vivimos momentos de desconfianza y en este contexto ¿cómo puedo llevar a mi equipo a entregar objetivos si no los estamos supervisando directamente? Parte esencial de los programas de cumplimiento es que exista consistencia y para generarla es necesario documentar, establecer políticas y procedimientos para que los empleados comprendan de manera clara qué es lo que se espera de su desempeño, que no exista ambigüedad sobre sus obligaciones, de lo contrario se empezará a discriminar. Mi primera recomendación sobre el compliance en el teletrabajo es que deberían establecerse los códigos de conducta. Reglas laborales donde se establecen los valores y de los principios de la empresa donde se debería hablar del home office o teletrabajo, de otros lugares o sitios de desempeño. La segunda recomendación es contar con una política de teletrabajo donde estén redactadas de manera clara,

“Mi primera recomendación sobre el compliance en el teletrabajo es que deberían establecerse los códigos de conducta. Reglas laborales donde se establecen los valores y de los principios de la empresa donde se debería hablar del home office o teletrabajo.”

puntual y específica las reglas del juego, los beneficios y las obligaciones, donde se instituya qué se espera del colaborador y del liderazgo para saber la hora de inicio y de salida. La tercera recomendación es el acompañamiento a los líderes, es decir, ¿cómo los estamos preparando para que sepan monitorear?, la misma ley establece este rubro. Además de otro concepto que la misma legislación contempla: el derecho a la intimidad con el cual algunas organizaciones quieren poner cámaras de video para monitorear a qué hora comienza a laborar el empleado. Otras organizaciones han solicitado geolocalización activada para saber dónde se encuentra el empleado. FJ: ¿QUÉ OPINA DEL COMPLIANCE DENTRO DEL SECTOR PÚBLICO? APR: El compliance en el sector público todavía tiene un largo camino por recorrer. Sin embargo, también hay grandes esfuerzos que se han hecho

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ENTREVISTA

en este y el anterior sexenio cuando se hablaba del concepto como cumplimiento normativo. No se debe esperar a que el Estado lo adopte para que la iniciativa privada lo implemente, finalmente los beneficiados con un programa de compliance son los socios y los colaboradores. El compliance te deja trabajar con mucha más soltura en las organizaciones; ahora es más frecuente la denuncia pública por acoso, violación o abuso sobre todo contra la mujer. Es un mecanismo que se contempla dentro de un programa de compliance para que las empleadas tengan conocimiento sobre cómo reportar y la empresa tiene la obligación de atenderlo, implementar sanciones o acudir a la autoridad dependiendo el caso. Cuando se cuenta con un programa de compliance la gente va solo a trabajar, no debe preocuparse por denunciar en otra parte sino con la propia empresa. El sector público carece de estos mecanismos. Más que de una obligación, 28 | Foro Jurídico

debería hablarse del beneficio de compliance. FJ: SI BIEN ESTA REFORMA AL TRABAJO ENTRÓ EN VIGOR EL 12 DE FEBRERO, HAY UNA VACATIO LEGIS, UN PLAZO DE 18 MESES PARA PUBLICAR LA NORMA OFICIAL QUE FIJA OBLIGACIONES DE SEGURIDAD Y DE SALUD EN EL TRABAJO PARA TELETRABAJO, ¿QUÉ SIGNIFICA ESTO EN TÉRMINOS PRÁCTICOS? APR: La reforma al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo y el capítulo XII Bis establecen que el patrón debe garantizar el trabajo honorable y honrado para su colaborador, así como el pago a tiempo, directrices, aspectos tecnológicos, seguridad de la información, además de salud en el trabajo. Lo que resulta un tema complicado, considero que en esta parte los legisladores se quedaron cortos porque el patrón debe garantizar que el

sitio de trabajo donde se está desempeñando es seguro para el colaborador. Entonces hablamos de un concepto complicado, no es home office, no está en su casa, puede estar en otro sitio, es teletrabajo. Garantizar que el sitio sea seguro se refiere a ergonomía. Unas semanas después de la pandemia, varias empresas proporcionaron infraestructura a los colaboradores para poder garantizar su salud en términos de ergonomía. No todas las compañías lo están haciendo y es muy complicado saber exactamente dónde van a estar estas herramientas. A esto se refieren estos 18 meses donde el patrón debe garantizar al colaborador su salud en términos de ergonomía, salud ocupacional, desconexión digital, tiempos y jornada y el seguimiento en términos de objetivos, desde donde esté desempeñándose. El reto importante vendrá ahora en la revisión de la viabilidad, ¿qué tan efectivo resultó trabajar desde casa? Muchas organizaciones han decidido ya no regresar a las oficinas o solamente cuando sea necesario, por ejemplo, en juntas, el espacio que ocupaban las instalaciones se reducen. La reforma también nos habla de reglas y conceptos que quedan pendientes como el derecho a la intimidad, incluso el porcentaje del internet y de consumo de luz que tendrá que pagar el patrón. Se vienen tiempos de ajustes y existe la posibilidad de que el colaborador solicite al patrón trabajar de home office. FJ: ¿EXISTE ALGUNA CERTIFICACIÓN EN COMPLIANCE? APR: Existe la certificación de compliance que está relacionada con la prevención de lavado


de dinero en concreto, emitida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). La certificación como oficial de cumplimiento se consigue a través de dos universidades norteamericanas, la universidad de Fullham y la de Nueva York. Hay otras entidades académicas que ofrecen posgrados, en México hay maestrías en anticorrupción. Mi recomendación para quien quiera entrar en el mundo del compliance es que conozcan las normas internacionales, la ISO 37001 y la ISO 19600. La certificación de la primera es sobre auditor certificado para compliance y nos da una visión muy clara de sistema de gestión. Puedes certificar como auditor, puedes verificar y tienes la potestad de constatar que existe un programa de compliance. FJ: LA CNBV PROHÍBE QUE EL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO SE INVOLUCRE EN EL NEGOCIO EN PYMES Y EMPRESAS, SERÍA BUENO QUE COMPLIANCE SE INVOLUCRE EN LAS DECISIONES DE NEGOCIOS PARA GARANTIZAR LA TRANSPARENCIA EN LAS NEGOCIACIONES. APR: Para la CNBV el oficial de cumplimiento tiene un rol distinto al compliance del que estamos hablando, lo que contempla la CNBV tiene que ver con la prevención de lavado de dinero. Si te dedicas a PLD y revisas controles, registros y altas, y además te involucras en temas de negocio, podrías descuidar e incluso caer en una falta de segregación de funciones. El compliance como sistema de gestión engloba PLD, competencia laboral, fiscal, penal, además de la operatividad y sobre todo el tema reputacional,

con lo cual si un oficial de cumplimiento se involucra en temas de negocio me parece que hace todo sentido, de lo contrario nos quedamos tan alejados del negocio que cuando nos hagan algún comentario o petición de autorización o de revisión de riesgos, el compliance officer se siente tan lejos que desconoce lo que está haciendo el negocio. El compliance officer debe tener cierta jerarquía que tenga de forma asequible la información del negocio, que entienda hacia dónde va, el espíritu, la óptica, y sobre todo que se anticipe a los nuevos lanzamientos, los nuevos procesos, alianzas, de tal forma que sea un jugador de la mesa de los grandes y no que sea un policía. De esta manera el compliance officer se vuelve parte del negocio y habla el mismo idioma. FJ: LA MATERIA DE JUSTICIA LABORAL HA SIDO UNA DE LAS MÁS AFECTADAS, PRÁCTICAMENTE NO HEMOS TENIDO JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, ¿DE QUÉ MANERA SE PUEDEN PENSAR LOS DERECHOS LABORALES DE LOS QUE HABLAMOS CUANDO ESTÁN CERRADAS LAS JUNTAS DE ARBITRAJE? ADEMÁS DE LAS FALTAS DE LOS LEGISLADORES. APR: Hace poco leía que nos encontramos en la era VUCA (volatilidad, incertidumbre, complejidad y ambigüedad). No encontramos en un momento en el que nadie sabe qué va a ocurrir, todo está cambiando a una velocidad que nos rebasa, Además, la pandemia surgió en un momento en el que todos estamos hiperconectados, tanto

“El compliance officer debe tener cierta jerarquía que tenga de forma asequible la información del negocio, que entienda hacia dónde va, el espíritu, la óptica, y sobre todo que se anticipe a los nuevos lanzamientos, los nuevos procesos, alianzas, de tal forma que sea un jugador.” por las redes sociales como porque también hemos perdido la paciencia a la evolución de los procesos. Antes se les recomendaba a los empresarios y empresarias a hacer una estrategia cada cinco años porque era un periodo sensato; ahora se debe hacer cada año. Por un lado, tenemos estas reformas al teletrabajo sin autoridades, sin claridad, incluso términos que no están tan claros como el derecho a la intimidad, porque al hablar de compliance se habla también de respeto y de ética en el trabajo y cuando un patrón le pide a un empleado activar su geolocalización para saber dónde se mueve en el día, nos lleva a pensar ¿dónde empieza el derecho a la intimidad y dónde termina? Y se podría agregar, ¿se va a contar con un policía cibernáutico para que evalúe al empleado?, ¿cómo se va a validar la geolocalización? En caso de que rompa alguna regla, ¿cómo se va a sancionar? Nos encontramos en una época en la que debemos tener paciencia.

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NOTICIAS

“La puerta está abierta”. Claudia de Buen asumió la presidencia de la BMA El pasado 25 de febrero, la Asamblea de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA), tomó protesta a Claudia de Buen Unna como la primera mujer Presidente en casi 100 años de su historia, por un periodo de dos años (2021- 2023). Como lo ha llamado ella es una trayectoria de “26 años de estar empujando la carreta hasta que la puerta se abrió”, pese a las resistencias de un gremio dominado por hombres.

E

n un evento histórico, la maestra en Derecho Familiar y socia del bufete De Buen, dio cuenta del esfuerzo propio y de personas a su alrededor para que su presidencia fuera posible. En su discurso, que ha sido considerado no solo emotivo sino motivador por sus pares, la abogada agradeció “a todas las mujeres que en el pasado tocaron puertas como la que a mí me ha tocado abrir”, además, dijo que parte de su tarea es asegurar que la puerta permanezca abierta. Ser la primera mujer que asume la presidencia del Colegio de Abogados más importante de la República mexicana no sólo es un gran honor, es un grave compromiso, subrayó. Contó que en el camino de postulación fue advertida del gran reto, porque “prevalece una cultura que tiende a ver como ajenas a las mujeres que decidimos participar, o bien, que aminora los méritos de las mujeres por el solo hecho de serlo”; romper las barreras ha sido desafiante y gratificante, continuó. Su compromiso es emprender una nueva época de igualdad sustantiva y de inclusión en el más amplio sentido. Además, compartió que su propósito será honrar a los que la precedieron, y su compromiso es que su gestión no sea sólo recordada por su género, sino “por ser una barrista que trabajó incansablemente para dignificar a la abogacía mexicana y su esfuerzo por unificar al Colegio en tiempos de polarización política y confrontación social”. 30 | Foro Jurídico

Convocó a los barristas a desempeñarse con congruencia, ética y profesionalismo. “Estoy convencida de que si nuestras actuaciones son congruentes con nuestras convicciones, la dignificación de la abogacía estará más cerca de nuestras manos y daremos pasos firmes para lograr la profesionalización e incluso la colegiación del gremio”. Aseguró que es necesaria la participación de más abogadas barristas para mejorar la tarea de la BMA y citó a Michelle Bachelet: “cuando una mujer participa en la política, cambia la mujer. Pero cuando muchas mujeres participan, cambia la política”. Recordó que la dura etapa por la que atraviesa el mundo ha golpeado fuerte en el gremio, no solo por la pérdida de seres queridos, amigos y colegas, sino también por la pérdida de empleos en el sector, por lo que dijo que los retos son mayores a años anteriores, entre los que se encuentran la crisis económica, el desempleo, el miedo, la polarización política que incide en la división social. Hoy más que nunca, dijo, se debe propiciar la unión, el respeto, la solidaridad y armonía en el gremio. “Es el momento de construir concordia y la mano siempre estará extendida”. Para poder abonar al debate público, informó que promoverá una deliberación profunda de los posicionamientos de la Barra, teniendo en cuenta a las voces jurídicas especialistas en cada tema, así como ser un referente jurídico y fomentar la


reflexión jurídica para reducir la confrontación. La participación equilibrada de la BMA con los poderes públicos incidirá en que los actos de la autoridad estén apegados a la Constitución. Asimismo, indicó que la defensa de los Derechos Humanos está en el frente y consolidar un sistema jurídico es necesario para protegerlos y promoverlos, e hizo hincapié en la necesidad de un o una ombudsperson en la Barra. Señaló que la Barra debe inyectarse de más sangre joven que renueve sus paradigmas y tenga una participación preponderante en sus órganos de decisión. La Barra requiere de más mujeres empoderadas para consolidar la inclusión e igualdad. “El techo de cristal ya se rompió”, recalcó al hacer mención de que el Ilustre Colegio de Abogados tiene como vicepresidente a Isabel Dávara, y la Asociación Nacional de Abogados de Empresa como primera vicepresidenta a Nuhad Ponce, para quienes mostró reconocimiento, las tres abogadas son participantes de la iniciativa Las Abogadas Más Influyentes en México de Foro Jurídico. “Es el tiempo de las mujeres, dicen algunos. Yo diría, es el tiempo de la igualdad. De caminar hombro con hombro, abogadas y abogados”.

En entrevista con Foro Jurídico, de Buen mencionó que entre los principales temas que centrará su presidencia es la defensa del Estado de Derecho, en ese sentido, comentó que corresponde a los abogados pronunciarse con respeto, claridad y contundencia al percibir violaciones al Estado de Derecho. Asimismo, el acceso a la justicia de las personas más desfavorecidas, aquellas que por falta de recursos económicos no pueden pagar asesoría legal, y la inclusión y paridad de género. Reconoció que llegar a la presidencia de este órgano fue gracias al apoyo de muchas personas, y lo más difícil, romper las resistencias, aseguró que la puerta se ha quedado abierta para las abogadas. También tendrá su atención la generación de abogados jóvenes que al entrar a la Barra tengan oportunidad de ser vinculados a los temas de su interés. Una de las acciones que está planeada es que los coordinadores de las comisiones entablen comunicación con los nuevos integrantes de la Barra y los integren a sus actividades. Otro tema es la mutualidad, es un proyecto que se ha tratado de impulsar desde hace un par de años sin poder concretarlo, comentó, ahora ha invitado a la ANADE

y al Ilustre Colegio de Abogados para hacerlo en colaboración. En conjunto buscan dar a los abogados miembros de esos Colegios la seguridad de tener una ayuda económica para sus familias en caso de muerte. Por supuesto, dará continuidad a las acciones de sus antecesores. Para Claudia de Buen, uno de los grandes retos que enfrenta la abogacía en México es la ética, Considera que sin un código de ética que rija a todos los abogados no se podrá cambiar la percepción social de la profesión por casos de corrupción en el gremio. Una solución es la certificación o la colegiación obligatoria. Para las mujeres en general su consejo es confiar en sus capacidades y en que pueden llegar a donde se lo propongan, que tengan determinación y “si tienes la piel delgada como mujer, entonces ponte muchas capas, porque te van a golpear muy duro y debes tener la fortaleza para defenderte, en el sentido de que haya un respeto por ti como persona, como profesionista y exigir el mismo trato, igualdad de circunstancias y oportunidades”.

“Si nuestras actuaciones son congruentes con nuestras convicciones, la dignificación de la abogacía estará más cerca de nuestras manos y daremos pasos firmes para lograr la profesionalización e incluso la colegiación del gremio”: Claudia de Buen. Abril 2021 | 31


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Primer Foro Internacional de Transparencia y Periodismo 2021 Para dialogar, reflexionar e intercambiar experiencias entre actores nacionales e internacionales acerca de la situación actual de la transparencia y el derecho de acceso a la información pública, así como sus implicaciones en el contexto actual desde una óptica periodística, se llevó a cabo el Primer Foro Internacional de Transparencia y Periodismo 2021.

E

l encuentro fue organizado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFOCDMX), a través de los esfuerzos coordinados entre el Comisionado Presidente, Julio César Bonilla Gutiérrez y el director de Comunicación Social de ese Instituto, Raúl Llanos Samaniego. El Foro se dividió en cuatro mesas, que abordaron los temas: El derecho de acceso a la información como herramienta fundamental del ejercicio periodístico para combatir la corrupción, Derecho a la verdad y Derecho al olvido en México, Derecho de Acceso a la Información versus infodemia, ¿disputa desigual? y Transparencia y el acceso a la información pública en el plano internacional: avances y retos. Periodistas nacionales y extranjeros, académicos, 32 | Foro Jurídico

personas comisionadas de órganos garantes de acceso a la información a nivel nacional y estatal; legisladores y representantes de organizaciones sociales tomaron parte en los actos de inauguración, clausura y en las diversas mesas de discusión, las cuales lograron una visualización de los videos en más de 3,700 ocasiones, mientras que el hashtag

#TransparenciaYPeriodismo alcanzó un impacto potencial de 2,796,711 veces. Durante el primer día de actividades, el Comisionado Presidente del INFOCDMX, Julio César Bonilla, expresó que la labor periodística está llamada a cumplir la función de exponer, como lo ha hecho en diversas ocasiones, con enorme responsabilidad y compromiso


cívico, la corrupción u opacidad que ocurren en el espacio común y compartido, que delinean los marcos institucionales de nuestra convivencia. Destacó que ejercer el periodismo implica una ética y una convicción profunda de lo preciado que es el valor de la verdad, la democracia y la justicia. Esta labor -añadiórequiere de una visión inquisitiva, pero también de una curiosidad dirigida a la construcción de una opinión pública bien informada, con base en datos y elementos objetivos. Al inaugurar los trabajos de este evento, Bonilla Gutiérrez refirió que el ejercicio periodístico demanda el repudio de la desinformación y la infodemia a partir de la comprensión de que la información oportuna, cabal, corroborable y sustentada, puede hacer la diferencia entre, por ejemplo, la vida o la muerte de las personas, como se ha demostrado durante la actual pandemia. Ante periodistas, personas comisionadas de otros órganos garantes del Sistema Nacional de Transparencia y congresistas, la Comisionada Presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Blanca Lilia Ibarra, afirmó que la regla de oro de la democracia es la transparencia y, por ello, la libertad de expresión debe estar garantizada en cualquier sociedad que se precie de ser democrática. El acceso a la información pública -dijo- es una herramienta de las y los periodistas que no solo ha posibilitado la divulgación de casos de corrupción, de impunidad, o de violaciones a derechos humanos, también ha

revitalizado a la opinión pública y la rendición de cuentas de los poderes. En su oportunidad, el Doctor Elías Huerta Psihas, Director de la Revista Foro Jurídico y Presidente de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, aseguró que es necesario fortalecer el Estado de Derecho para que la garantía de los derechos humanos, como el del acceso a la información, sigan vivos y vigentes. Indicó que los órganos constitucionales autónomos deben ser fortalecidos, porque al igual que el periodismo se necesitan cada vez más controles sociales para ejercer la libertad de expresión y construir una sociedad más fuerte y comprometida. Para el periodista Roberto Rock Lechón, director general del portal La Silla Rota, destacó que los órganos garantes nacional y locales tienen la misión importante de defender los derechos de acceso a la información y de transparencia, en un contexto donde se discute la permanencia de estas instancias. En su consideración, se requiere tener distintas políticas en materia de transparencia, ya que cada región del país debe tener una cultura propia para elevar los niveles de acceso a la información y de máxima publicidad a la que están obligadas las instituciones y los poderes. De parte del poder legislativo, la Diputada Leonor Gómez Otegui, integrante de la Comisión de Transparencia y Combate a la Corrupción del Congreso de la Ciudad de México, comentó que las democracias no pueden,

“El periodismo requiere de una visión inquisitiva, pero también de una curiosidad dirigida a la construcción de una opinión pública bien informada, con base en datos y elementos objetivos”: Julio César Bonilla. ni deben, estar instauradas en estructuras rígidas; al contrario, deben ser dinámicas y participativas. La legisladora afirmó que el activismo y el periodismo están ligados en la búsqueda de la verdad y la justicia; el periodismo -añadió- ha democratizado el derecho al acceso a la información pública y ha detenido los abusos y excesos del poder. La inauguración del Primer Foro Internacional de Transparencia y Periodismo 2021 se realizó por la vía digital y a él concurrieron, como invitados especiales, entre otros, el Fiscal Especializado en Delitos Electorales, José Agustín Ortiz Pinchetti y la Senadora Eunice Renata Romo Molina, Secretaria de la Comisión de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana del Senado de la República. Además, las comisionadas del INFOCDMX Laura Enríquez, María del Carmen Nava, Marina San Martín y el comisionado Arístides Rodrigo Guerrero, e integrantes del Sistema Nacional

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NOTICIAS órganos garantes y con su trabajo han contribuido a fortalecer la transparencia en el país.

Julio César Bonilla Gutiérre, Comisionado Presidente del INFO CDMX

de Transparencia (SNT), y comisionadas y comisionados de diversos órganos garantes de las entidades federativas. Para la mesa 1 de este Foro, moderada por el Comisionado del INFOCDMX, Arístides Rodríguez, reconocidos periodistas de investigación como Daniel Lizárraga, Lilia Saúl e Irving Huerta, se refirieron a la importancia que tiene el Derecho de Acceso a la Información como herramienta de combate a la corrupción, y citaron el caso emblemático de la Casa Blanca, durante la gestión pasada. Además, se pronunciaron por evitar la desaparición o burocratización de los órganos garantes de la transparencia y, que, por el contrario, se les fortalezca, enriqueciendo con ello la democracia en el país. Norma Julieta del Río Venegas, Comisionada del INAI, señaló que los órganos garantes del SNT están escuchando a las personas que utilizan las plataformas de acceso a la información. Tobyanne Ledesma, Directora del Mecanismo de Protección a Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos, conminó a las instituciones de 34 | Foro Jurídico

transparencia y a los mecanismos de protección locales a ser aliadas de la libertad de expresión, sobre todo en materia preventiva para periodistas. Indicó que estos Foros son importantes para escuchar a las y los reporteros, conocer sus reflexiones y fortalecer lo que hacemos como instituciones. Los panelistas de la segunda mesa, moderada por la Comisionada del INFOCDMX, María del Carmen Nava, centraron la discusión y análisis en el derecho a la verdad y derecho al olvido. Ahí, el Doctor Elías Huerta Psihas dijo que la protección de datos personales y el acceso a la información dan la pauta para hablar del derecho a la verdad y el olvido, ya que son derechos humanos transversales. Carlos Padilla, Director de la Revista Zócalo, resaltó que los periodistas han participado de manera importante en la ventilación de temas y asuntos públicos que estaban en la opacidad. El gremio de los periodistas -dijo- es uno de los sectores que más solicita información a través de los

Jenaro Villamil destacó que se viven momentos de transición: de un régimen político hegemónico a un sistema que no acaba de configurarse, el mediático, y añadió que vamos del mundo analógico al digital. Agregó que, el derecho a la verdad y el derecho al olvido son muy distintos y el gran desafío de México es legislar al respecto. Lourdes Morales, Coordinadora General de la Red de Rendición de Cuentas, puntualizó que mientras el derecho al olvido tiene que ver con la protección de datos personales, el derecho a la verdad se relaciona con el respeto a derechos fundamentales. En ese sentido, indicó que para que haya justicia tiene que existir una reparación integral, de ahí el origen de ni perdón ni olvido, pues -dijo- debe haber restitución, compensación, reconocimiento de la dignidad y lo más importante: la no repetición. Durante la tercera mesa de este Foro, moderada por la Comisionada Marina San Martín, la Infodemia y el Derecho de Acceso a la Información fueron los temas que concentraron las opiniones de las y los oradores. Ignacio Rodríguez Reyna, Asociado fundador de Quinto Elemento Lab, puntualizó que el fenómeno de la infodemia nos está avasallando, exponiendo el poco optimismo respecto a que “con las herramientas que disponemos, como el derecho de acceso a la información, podamos hacerle frente. Es un fenómeno global que ataca sociedades tan dispares como la nuestra, la de Myanmar, Rusia o Estados Unidos donde las redes sociales se


han convertido en herramientas principales para informar lo que ocurre en diferentes sociedades”. Balbina Flores, Representante de Reporteros sin Fronteras en México, comentó que ante la infodemia la primera afectada es la sociedad, que, en la mayoría de los casos, replica información sin conocer si es verídica o no. Daniel Moreno Chávez, Director Editorial del Portal Animal Político, se dijo convencido de que la ciudadanía no utiliza la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública para combatir la desinformación. Eduardo Bohórquez López, Director General de Transparencia Mexicana, señaló que hoy la propagación de las verdades a medias corre con velocidad a través de las diferentes plataformas digitales. Gloria Alcocer Olmos, Directora de la Revista Voz y Voto, explicó que la información sirve para llamar a la acción, así como para exigir políticas públicas que pongan freno a la violencia y otras. Señaló que en la infodemia se tiene que plantear no solo la calidad de la información, sino en quién la dice, quién la esparce y quién tiene en sus manos la oportunidad de brindarla. La última mesa, que coordinó la Comisionada del INFOCDMX, Laura Enríquez, se avocó a analizar la situación de la transparencia en el mundo. En ella, los participantes, como Gerardo Reyes, director de la Unidad de Investigaciones de la cadena Univisión, Paulette Desormeaux y Catalina Gaete, cofundadoras del portal La Pública, de Chile; Adriana Gallardo, de Propública, con influencia en la Unión Americana, y el colombiano Nathan Jacard, así como el Comisionado del INAI,

Oscar Guerra Ford, coincidieron en que si bien hay diversas regiones geográficas donde la transparencia y el derecho de acceso a la información han avanzado significativamente, también hay otras donde el rezago en esta materia es evidente. Los expertos resaltaron que el derecho de acceso a la información ha permitido que la población pueda ir logrando un mejor nivel de vida. Durante la clausura de este evento internacional, el Comisionado Presidente del INFOCMDX, Julio César Bonilla, consideró que la consolidación y el avance democrático se complementan con la labor periodística y, por ello, se deben seguir fortaleciendo este tipo de trabajos donde se fomenta la construcción y el desarrollo de los derechos fundamentales, las libertades democráticas, las libertades de expresión e imprenta, vinculadas desde su origen a la actividad periodística a través del diálogo y la discusión abierta. Bonilla Gutiérrez agradeció la participación de todos y todas las panelistas y de quienes a la distancia se conectaron al Foro y destacó que las y los periodistas forman parte de los actores centrales en la construcción de la opinión pública, por tanto, el ejercicio de su profesión demanda responsabilidad y ética. Asimismo, el Titular de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Santiago Nieto Castillo, destacó que, la transparencia y el acceso a la verdad, mediante el ejercicio periodístico son temas fundamentales para cualquier democracia. Indicó que uno de los grandes problemas de la procuración

de justicia es la opacidad y la impunidad y, en ese sentido, los organismos garantes y el ejercicio periodístico son fundamentales para combatirlos: “La única forma de combatir la impunidad es llevar a los responsables ante los tribunales, y creo, que esto es parte de este diseño constitucional que tenemos en México y en general en los países de América Latina”. La Comisionada Presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra, expresó que este Foro Internacional de Periodismo ha dado la pauta para reconocer que los órganos garantes tienen un doble compromiso: la obligación jurídica de defender los marcos institucionales y normativos que posibilitan la transparencia, y el compromiso de defender la libertad de expresión. El Director de la Facultad de Derecho de la UNAM, Raúl Contreras, afirmó que el acceso a la información a través del periodismo contribuye a que la ciudadanía esté bien informada. “Una sociedad que toma decisiones sin información es una sociedad que decide a ciegas; el gran mérito del periodismo radica en investigar y difundir los hechos que son de interés de la colectividad que brinda elementos a la ciudadanía para ayudar a formar un criterio en temas que difícilmente saldrían a la luz, sin la ayuda de los periodistas”. En tanto, la Directora de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, Carola Isabel Evangelina García Calderón, destacó que el periodismo de investigación va de la mano de la transparencia y beneficia a la ciudadanía porque le permite tomar mejores decisiones, exigir sus derechos y, por lo tanto, mejorar su calidad de vida.

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NOTICIAS

Se Renueva la Directiva de la Asociación Nacional de Tribunales de Justicia Administrativa En un acto presidido por la Ministra Yasmín Esquivel Mossa y el Senador Higinio Martínez Miranda, el pasado 26 de febrero se constituyó formalmente el nuevo Consejo Directivo de la Asociación de Magistrados de Tribunales de Justicia Administrativa de los Estados Unidos Mexicanos A.C., para el periodo 2021-2023, que encabezan como Presidenta la Magistrada Myrna García Morón (actualmente Presidenta del Tribunal de Justicia Administrativa del EDOMEX) y como Vicepresidente el Magistrado Jesús Anlén Alemán (Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa de la CDMX).

De izquierda a derecha, Jesús Anlén Alemán, Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa de la CDMX, Sen. Higinio Martínez Miranda, Mgda. Myrna García Morón, Presidenta del Tribunal de Justicia Administrativa del EDOMEX y la Ministra Yasmín Esquivel Mossa.

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C

orrespondió tomarle la protesta al nuevo Consejo Directivo Nacional a la Ministra Yasmín Esquivel, quien destacó la importancia de la justicia administrativa a nivel nacional, exhortando a los juzgadores recién electos a continuar impartiendo justicia en beneficio de las personas que todos los días acuden a sus tribunales a reclamar justica administrativa. Estuvieron presentes en la ceremonia de toma de protesta, además de los miembros de la nueva directiva, magistradas y magistrados de todos los tribunales de justicia administrativa del país. Durante su intervención la Magistrada Myrna García afirmo que “hoy la justicia y el gobierno se reúnen en un solo mecanismo: la jurisdicción administrativa, esto conlleva un doble propósito, justicia para el ciudadano y eficiencia para

la administración pública. La Justicia Administrativa no es solo la técnica que permite definir los límites de interés público, es la tarea que desarrollamos día

a día las y los Magistrados del país; a quienes nos son exigibles un conocimiento profundo del Derecho Administrativo y la prudencia suficiente para llegar

“Priorizaremos el impulso de las políticas de género e igualdad y el fortalecimiento de nuestras capacidades profesionales e institucionales a través de la instauración de la Escuela Nacional de la Justicia Administrativa”: Myrna García Morón.

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NOTICIAS

“Nuestra gestión se enfocará en la tendencia global de los servicios digitales, considerando que la clave del éxito en la función jurisdiccional y administrativa es la implementación de tecnologías para mejorar el vínculo entre el sistema de justicia administrativa y los justiciables”: Myrna García Morón.

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a resoluciones razonables que devuelvan la paz al concierto social. Somos los Tribunales más cercanos a la sociedad y es esta razón la que nos ha reunido en una Asociación por más de 28 años, convencidos de la necesidad del fortalecimiento institucional de los Tribunales de Justicia Administrativa”. Este Consejo Directivo, enfatizó, priorizará el fortalecimiento institucional hacia una impartición de justicia integral, la innovación tecnológica para la eficiencia jurisdiccional, la reingeniería normativa para una gestión efectiva, el impulso de las políticas de género e igualdad y el fortalecimiento de nuestras capacidades profesionales e institucionales a través de la instauración de la Escuela Nacional de la Justicia Administrativa.

Al referirse a la contingencia sanitaria, afirmó que este desafortunado fenómeno enseñó a los tribunales administrativos a mantener la operatividad, a partir de la adaptabilidad de las funciones jurisdiccionales con las medidas sanitarias que garantizaran el derecho humano a la salud. El desafío tecnológico continúa, afirmó, y hoy más del 62% de los tribunales carecen de Tecnologías de la Información y Comunicación para poder llevar a cabo el Juicio en Línea, admitir demandas, recursos o promociones por vía electrónica.Más del 53% de los Tribunales de Justicia Administrativa no realiza notificaciones electrónicas. El cierre de casi todos los tribunales de las distintas materias y competencias del país hizo eco en la ciudadanía y en el carácter del respeto y cumplimiento al derecho humano de acceso a la justicia. El 73% de los tribunales no cuenta con la normatividad y legislación para llevar a cabo el desahogo de un juicio en línea, así como para la firma de acuerdos, resoluciones y sentencias, con firma electrónica por parte de Jueces o Magistrados. Por ello, concluyó su mensaje, esta gestión se compromete y se enfocará en la tendencia global de los servicios digitales, considerando que la clave del éxito en la función jurisdiccional y administrativa es la implementación de tecnologías para mejorar el vínculo entre el sistema de justicia administrativa y los justiciables. El Consejo Directivo Nacional 2021-2023 quedó conformado por:


CARGO

NOMBRE

CARGO ACTUAL

Presidente

Myrna Araceli García Morón

Magistrada Presidente del TJA del Estado de México

Vicepresidente

Jesús Anlén Alemán

Magistrado Presidente del TJA de la Ciudad de México

Vicepresidente suplente

Carlos Rodolfo Montero Vásquez

Magistrado del TJA de Baja California

Secretario

Pedro José María García Montañez

Magistrado del TJA de Veracruz

Secretario suplente

Aldo Gerardo Padilla Pestaño

Magistrado Presidente del TJA de Sonora

Tesorero

Sandra Luz Rodríguez Wong

Magistrada Presidente del TJA de Coahuila

Tesorero suplente

Manuel García Quintanar

Magistrado Presidente del TJA de Morelos

Primer vocal

Jorge Abdo Francis

Magistrado Presidente del TJA de Tabasco

Primer vocal suplente

Uriel Márquez Cristerna

Magistrado Presidente del TJA de Zacatecas

Segundo vocal

Martha Elena Arce García

Magistrada Presidente del TJA de Guerrero

Segundo vocal suplente

Andrés Gerardo García Noriega

Magistrado Presidente del TJA de Colima

Tercer vocal

Alfredo Cuéllar Labarthe

Magistrado Presidente del TJA de Quintana Roo

Tercer vocal suplente

Noé Sáenz Solis

Magistrado Presidente del TJA de Tamaulipas

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IMPULSA 4T POLÉMICA REFORMA ELÉCTRICA

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EN PORTADA

El

1º de febrero del año en curso el Presidente Andrés Manuel López Obrador, entregó a la Cámara de Diputados una iniciativa preferente para reformar la Ley de la Industria Eléctrica. A grandes rasgos, la iniciativa del Ejecutivo–ahora ley–, tiene como objetivo que el despacho de energía al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) priorice la que es producida por las centrales de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), relegando al último lugar las renovables y ciclos combinados operados por particulares: energía producida por las hidroeléctricas, energía generada en otras plantas de la CFE, energía eólica o solar de particulares y ciclos combinados de empresas privadas. La iniciativa pretende garantizar la confiabilidad y un sistema tarifario de precios actualizados únicamente conforme la inflación. Por lo cual, se propuso modificar el orden de la prioridad del despacho mediante la operación de las centrales eléctricas en el actual Contrato Legado de la CFE y con el diseño de un nuevo Contrato de Entrega Física de Energía y Capacidad a la Red. Estas modificaciones en materia energética impulsadas por el Presidente han generado un debate a nivel nacional e internacional, así como en los poderes Ejecutivo y Judicial, por considerarla como una reforma polémica y provocadora. Los ejes rectores de la reforma son: •

Despacho eléctrico: sin importar qué energía sea más barata, el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), deberá despachar primero la energía generada en la CFE (centrales hidroeléctricas), después la de combustibles fósiles, posteriormente las de generadores privados (eólica y solar) y por último las de ciclo combinado de particulares. Revocación de contratos: la Comisión Reguladora de Energía (CRE), podrá revisar la legalidad y rentabilidad de los contratos de generación y compraventa de energía que suscriba el Gobierno Federal con productores independientes, de encontrarse que no se garantiza dicha rentabilidad, los mismos serán renegociados o terminados anticipadamente. Dicha Comisión podrá revocar los permisos de autoabastecimiento obtenidos mediante la realización de actos constitutivos de “fraude a la ley”. Certificados de Energía Limpia (CEL): son un instrumento financiero creado en 2013 para promover la instalación de nuevas plantas renovables. Esta reforma modifica las reglas de los CEL indicando que el otorgamiento no dependerá de la propiedad o la fecha de inicio de las operaciones comerciales de las centrales eléctricas, lo que significa que plantas viejas de la CFE puedan acceder a los certificados que perderían su valor de mercado, en otras palabras, podrán ser otorgados a cualquier productor. Eliminación de subastas: son licitaciones creadas por la reforma energética de contratos a largo y mediano plazo en la que generadores privados compiten por vender energía a la rama de suministro de CFE, con esta reforma se elimina su obligatoriedad.

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IMPULSA 4T POLÉMICA REFORMA ELÉCTRICA

Actualmente, la postura de la mayoría dentro del sector de la industria eléctrica ha mostrado su desaprobación a la reforma; además, han sido apoyados desde los sectores académico, ambiental y de competencia económica. Parte de la preocupación es que se concedan facultades a la autoridad para revocar permisos y terminar anticipadamente contratos o forzar su renegociación. Consideran que podría obligar a los mexicanos a consumir energía cara y contaminante, lo que resulta perjudicial para la propia población desde el punto de vista ambiental y afectación al derecho humano de salud, pero, también podría colocar a México en el incumplimiento de acuerdos internacionales en materia de uso de energías limpias. El 23 de febrero, la Cámara de Diputados avaló en lo general, con 304 votos a favor, 179 en contra y 4 abstenciones; y en lo particular, por 289 votos a favor, 152 en contra y una abstención, el dictamen que reforma la Ley de la Industria Eléctrica. Finalmente, el 2 de febrero, el Senado de la República aprobó, vía fast track, en lo general y en lo particular, con 68 votos a favor y 49 en contra, la iniciativa de reforma a la Ley de la Industria Eléctrica. 42 | Foro Jurídico

“Parte de la preocupación es que se concedan facultades a la autoridad para revocar permisos y terminar anticipadamente contratos o forzar su renegociación. Consideran que podría obligar a los mexicanos a consumir energía cara y contaminante, lo que resulta perjudicial para la propia población desde el punto de vista ambiental y afectación al derecho humano de salud.”

El 9 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma la Ley de la Industria Eléctrica, un día después, el 10 de marzo, entró oficialmente en vigor. No obstante, el 12 de marzo el Juez federal, Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó la primera suspensión provisional sobre los efectos de los artículos reformados de la Ley de la Industria Eléctrica, como consecuencia de un juicio de amparo iniciado por la empresa Parque Solar Orejana, presentado el 10 de marzo. Dicho Juez determinó que la medida cautelar debe ser general “a efecto de proteger y garantizar los derechos a la


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competencia y libre concurrencia en una dimensión individual y colectiva”. En la síntesis de la resolución se señala que la suspensión provisional que se concede es para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica. A pesar de que la suspensión fue solicitada solamente por una empresa que participa en el mercado eléctrico mayorista, debe tener efectos generales, ya que de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para la quejosa, este Juzgado de Distrito no solo estaría otorgándole una ventaja competitiva frente a los demás participantes de la industria eléctrica, sino que, además, podría ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando

la competencia y el desarrollo del sector, que es precisamente uno de los efectos adversos que esta medida cautelar busca evitar. El 19 de marzo, el juez Gómez Fierro otorgó la suspensión definitiva, anulando todas las consecuencias derivadas del decreto que reformó la Ley de la Industria Eléctrica publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo del 2021, reiterando que sus efectos son generales. Con este fallo se dejó paralizada la nueva ley de manera indefinida. AMLO advirtió que en caso de que se determine inconstitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, él promoverá una reforma Constitucional: “qué va a pasar si declaran inconstitucional la ley, va la reforma a la Constitución. Que necesitamos dos terceras partes para que se apruebe una reforma constitucional, pero que lo decida el pueblo”,

Solicitud de AMLO y Respuesta del Presidente de la SCJN

declaró en una de sus conferencias matutinas. El 24 de marzo la Secretaría de Energía (Sener) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el aviso a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista, de todos los particulares que realizan alguna actividad en el sector eléctrico o que están en trámites para ingresar a dicho sector, así como de los sujetos que se ubican en el régimen transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica que estaba vigente hasta antes de la emisión del Decreto cuestionado que, a efecto de cumplimentar la determinación del Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, mediante el cual comunicó que: 1. Durante la vigencia de esta

medida cautelar, se suspenden todos los efectos y consecuencias derivados del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de marzo de dos mil veintiuno. 2. 2. Se restablece provisionalmente la vigencia de los artículos 3°, 4°, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126, así como el régimen transitorio que estaba previsto en la legislación en cita hasta antes de la entrada en vigor del Decreto cuestionado. Es importante dejar en claro que la eficacia de esta medida cautelar no está sujeta a la publicación que se realice en el Diario Oficial de la Federación, ya que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley de Amparo, esta surte sus efectos desde el momento en que se dicta.

A raíz de la primera suspensión, a través de una carta fechada el 15 de marzo, AMLO solicitó al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) una revisión del proceder de estos jueces, que “se crearon, surgen, cuando se lleva a cabo la reforma energética, para proteger a las empresas particulares y extranjeras, no para proteger y defender el interés nacional”, enfatizó en una de sus conferencias matutinas. En la carta dirigida al ministro Arturo Zaldívar, Presidente de la SCJN y del CJF, López Obrador pide que se “determine e informe si la

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autoridad judicial mencionada le correspondía o no aplicar de manera oficiosa la suspensión a quienes no lo solicitaron y si es de su competencia o no resolver sobre este caso.” Añade, si la petición “es legalmente procedente, solicito que el Consejo de la Judicatura Federal lleve a cabo una investigación para esclarecer la actuación del juez Gómez Fierro”. En todo momento, tanto en la misiva como en su mensaje en las conferencias matutinas reitera que respeta la independencia judicial, así como el derecho de amparo, sin embargo, atiza que en su facultad como Presidente de la República y ciudadano no cesará en su objetivo de denunciar las injusticias y a los jueces que actúan de manera atípica. Aunque expertos han declarado que la carta no es una queja formal, el ministro Arturo Zaldívar respondió por la misma vía al Presidente, informando que remitiría la solicitud al área correspondiente “para que, de existir elementos para ello, se abra la investigación que en su caso procediera, con pleno respeto a la autonomía e independencia de la función jurisdiccional, así como a las garantías que la protegen”. Por su relevancia, reproducimos el párrafo con el que el ministro concluye la respuesta: “Como usted sabe, es presupuesto de la democracia y del Estado de Derecho que juezas y jueces puedan actuar en un marco de autonomía e independencia. Corresponde al Consejo de la Judicatura Federal velar porque puedan hacerlo con libertad y, del mismo modo, es facultad de dicho órgano vigilar que las personas juzgadoras se conduzcan con apego a la ley, con honestidad, honorabilidad y total imparcialidad. Seguiremos cumpliendo con esta enconmienda”.

“Es presupuesto de la democracia y del Estado de Derecho que juezas y jueces puedan actuar en un marco de autonomía e independencia. Corresponde al Consejo de la Judicatura Federal velar porque puedan hacerlo con libertad y, del mismo modo, es facultad de dicho órgano vigilar que las personas juzgadoras se conduzcan con apego a la ley, con honestidad, honorabilidad y total imparcialidad.” Arturo Zaldívar

Postura de la ONU, Colegios y Analistas

Ante las declaraciones de AMLO, el gremio de abogados mexicanos, analistas políticos, incluso el relator especial de las Naciones Unidas sobre la Independencia de Magistrados y Abogados, han pedido que se respete la división de poderes, se respete la independencia judicial, y se detenga la división y polarización social. En ese sentido, el Consejo General de la Abogacía Mexicana (CGAM), a través de una carta firmada por 44 | Foro Jurídico

los presidentes de la ANADE, BMA, INCAM y CGAM, expresaron su preocupación por las declaraciones de AMLO respecto a los litigios del sector energético. Los abogados consideran que las palabras del mandatario pueden tener “efectos inhibitorios […] sobre el ejercicio libre de la profesión y sobre el ejercicio independiente de la judicatura”. “Consideramos intrusivo en el ejercicio profesional y de la


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actividad judicial, el que se acuse a personas en lo particular por ejercer derechos de sus clientes, o por ejercer su criterio y arbitrio judicial en el ejercicio de sus funciones como juez”, señala la misiva. Además de señalar el discurso de división y polarización y recordar que “existen instancias y recursos para que todas las partes puedan defenderse y sean escuchadas con justicia”, el CGAM conminó al diálogo a favor de la democracia y el Estado de Derecho, así como al respeto del debido proceso. Reiteraron que “los jueces requieren de independencia para cumplir su rol constitucional” y al

poner en entredicho la actuación de los jueces “se duelen los cimientos de nuestro sistema republicano y democrático de gobierno”. Por su parte, el relator especial de las Naciones Unidas sobre la Independencia de Magistrados y Abogados, Diego García-Sayán, a través de su cuenta de Twitter señaló que en México “todas las instituciones públicas deben respetar la independencia de la judicatura, incluyendo al Ejecutivo” y pidió al Ejecutivo no “efectuar intromisiones indebidas o injustificadas en los procesos judiciales, ni debe confrontar las decisiones judiciales

de los tribunales”. Señaló que el juez Juan Pablo Gómez Fierro no debería ser investigado por sus decisiones judiciales y encomió la respuesta del Presidente de la SCJN. Sergio Chagoya, socio experto en derecho constitucional e inversiones en infraestructura de la firma Santamarina y Steta dijo que “Los ataques recientes al Poder Judicial y descalificaciones públicas a sus funcionarios son intentonas de sometimiento que amenazan el Estado de Derecho y la Democracia en México. Afortunadamente, el Poder Judicial da

muestras de estar claro de su autonomía”, señaló. Calculó próximas acciones más agresivas por parte de los poderes ejecutivo y legislativo, como la anunciada por AMLO para reformar la Constitución si se desecha la ley, con el fin se someter al Poder Judicial Federal en un franco atentado contra la Democracia. No obstante, “estamos confiados en que la Corte no va a permitir más politizaciones de asuntos estrictamente judiciales. Ahí, los operadores jurídicos van a tener muchos elementos y protegerán a la ciudadanía con la ley en la mano”, concluye.

Iniciativas para Reformar la Ley de Amparo

La fracción de Morena presentó iniciativas de reforma a la Ley de Amparo, con las que buscan prohibir que se otorguen suspensiones cuando se trate de leyes y resoluciones que tengan por objeto fomentar la operación y funcionamiento de las empresas productivas del Estado, concretamente Pemex y la Comisión Federal de Electricidad. Por un lado, Alfredo Rivas Aispuro propone reformar el artículo 128 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política, con el fin de hacer posible que los Jueces de Distrito puedan ejercer su facultad decisoria de conceder o no la suspensión de preceptos cuando se trate de amparos contra leyes o normas generales que se aparten del objeto del ordenamiento o disposición general correspondiente y “evitar el uso faccioso de la figura de Amparo”, declaró ante el Pleno.

“Así se plantea la adición de una fracción tercera que formula un requisito más para que proceda la suspensión solo tratándose de amparo contra leyes, de esta manera para que sea susceptible la suspensión del acto reclamado cuando se formule el amparo contra leyes se piensa necesario que el o los preceptos, reformas, adiciones o leyes reclamadas se aparten del ordenamiento o disposición general del que provenga, con ello se evite el uso faccioso de la figura tan importante de la suspensión cuando el quejoso se ampare contra leyes”. En la exposición de motivos, añade que se ha observado un abuso de la figura legal que tiene como fin continuar con privilegios de particulares “que no van acorde con las nuevas políticas de austeridad y de desarrollo social”. El diputado por Morena recordó que el recurso de amparo se trata

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Ortega, también de Morena, propuso adicionar las fracciones XIV y XV al artículo 129 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política, “para evitar que se otorgue la suspensión contra el régimen de remuneraciones y de fomento de Empresas Productivas del Estado”. En su posicionamiento el pasado 18 de marzo, señaló que los congresistas afines a la 4T “hemos impulsado las nuevas leyes federales en materia de remuneraciones de los servidores públicos y de austeridad republicana. Sin embargo, los fines y principios que persiguen estas leyes están siendo obstaculizados judicialmente a través de la presentación de juicios de amparo y controversias constitucionales”. Respecto a los amparos promovidos en contra de la ley eléctrica de AMLO comentó que “existe un empecinamiento en obstaculizar judicialmente las medidas de fomento y apoyo que se han emprendido para revitalizar tanto a la CFE como a Pemex”.

de una herramienta extraordinaria que procura la defensa de los derechos humanos de toda persona y es un procedimiento autónomo que verifica la conducta de las autoridades de los tres órdenes de gobierno. La reforma determinaría el actuar de los operadores jurídicos en beneficio de la sociedad mexicana, indicó. Además, apuntó que para que un particular obtenga la suspensión de los actos reclamados, se requiere que el otorgamiento de la medida no conlleve afectación al interés social. En ese mismo sentido, la diputada Reyna Celeste Ascencio 46 | Foro Jurídico

“La fracción de Morena presentó iniciativas de reforma a la Ley de Amparo, con las que buscan prohibir que se otorguen suspensiones cuando se trate de leyes y resoluciones que tengan por objeto fomentar la operación y funcionamiento de las empresas productivas del Estado, concretamente Pemex y la Comisión Federal de Electricidad.”

Subrayó que esta iniciativa es “conforme a la Constitución que reconoce la garantía de la defensa judicial previsto en el artículo 14 constitucional bajo el entendido que nadie puede ser privado conforme a las formalidades esenciales del procedimiento; sin embargo, la suspensión del acto reclamado no constituye una formalidad esencial del procedimiento judicial sino una institución procesal que tiene por objeto evitar posibles afectaciones pero el otorgamiento de la medida de suspensión debe estar supeditada al interés público por encima del interés personal o individual”. Finalmente, señaló que en esta iniciativa no se está reduciendo de modo alguno el legítimo derecho de defensa judicial de aquellos que son beneficiarios de la corrupción del pasado y los que aún integran la burocracia dorada, quienes podrán interponer sus juicios de amparo, pero ya no gozarán de la suspensión de los actos que impugnan. Por su parte, el Ejecutivo Federal se ha referido al proceso electoral en curso y asegura que la oposición apuesta para que Morena no tenga la mayoría en el Congreso “para seguir manteniendo privilegios y seguir manteniendo el régimen de corrupción”. Por ahora queda esperar la resolución de fondo del tema.


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REACCIONES INTERNACIONALES

El T-MEC en la Cuerda Floja

Antes de dejar el cargo como presidente de los Estados Unidos, tanto Donald Trump como el secretario de Estado, Mike Pompeo; el de Economía, Dan Brouillette; y el de Comercio, Wilbur Ross, expresaron su preocupación por el giro en la política energética mexicana. En una carta los secretarios de Estado advirtieron que el bloqueo para otorgar permisos para proyectos energéticos del sector privado y favorecer a las empresas estatales, además de dañar los proyectos privados respaldados por Estados Unidos, afectaría negativamente a cientos de millones de dólares de inversiones públicas en energía del gobierno estadounidense en México.

“María Leitao de la Alianza Socialista consideró que esta reforma es un paso atrás en la crisis climática. La delegación para México en el parlamento europeo externó su preocupación por la reforma eléctrica al cuestionar si la política que impulsa el gobierno mexicano es compatible con la modernización del acuerdo global con la Unión Europea y el Acuerdo de París.”

inversión y transparencia para que las empresas sigan invirtiendo en México”. Las declaraciones de Chung sucedieron previo a la llamada que sostuviera el secretario de Estado Antony Blinken con el canciller mexicano Marcelo Ebrard y la secretaria de Economía, Tatiana Clouthier, que ocurrió posterior a la aprobación de la reforma a la Ley Eléctrica en la Cámara de Diputados. En ese sentido, Estados Unidos demandó la certidumbre para las inversiones que hizo el Departamento de Estado. Mientras que la representante de comercio estadounidense, Katherine Tai, priorizó el cumplimiento del T-MEC al recordar que el tema energético es uno de los seis temas que contempla paneles de resolución de controversias. “Estados Unidos no está expresando su opinión respecto a cuestiones internas de la CFE, sino respecto a cuestiones violatorias de los establecido en el T-MEC”, enfatizó. Ante ese panorama, la Cámara de Comercio de Estados Unidos (AmCham) advirtió que la reforma a la ley eléctrica contraviene los compromisos adquiridos en el Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). Asimismo, los “cambios tan drásticos abren la puerta a la reinstalación de un monopolio en el sector eléctrico”, declaró el vicepresidente senior para las Américas de ese órgano, Neil Herrington.

En la administración de Joe Biden, la subsecretaria interina de la Oficina de Asuntos del Hemisferio Occidental de Estados Unidos, Julie J. Chung, instó “a México a escuchar a los accionistas, a escuchar a las compañías del sector privado y a proveer realmente de una cultura, de una atmósfera de libre

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Consideraron que mermará la confianza de inversionistas privados en México pues va en contraposición al capítulo 14 del T-MEC que se refiere a la inversión y el 22, referente a la gestión de empresas del Estado. En ese sentido, el gobierno canadiense encabezado por el primer ministro, Justin Trudeau ha mostrado preocupación pues los cambios legislativos pueden afectar las inversiones de Canadá en el sector de energía renovable. Y la ministra canadiense de Comercio Internacional, Mary Ng, resaltó ante Tatiana Clouthier, “la importancia de mantener un entorno empresarial estable y predecible para las empresas canadienses que contribuyen al crecimiento económico de México”. Analistas han explicado que la aprobación de estas modificaciones en materia energética puede ocasionar desencuentros entre los firmantes del T-MEC y con inversionistas de la Unión Europea. Si bien no ha habido fricciones explícitas, los gobiernos están esperando las resoluciones judiciales.

El Parlamento Europeo Externa Dudas

El pasado 19 de marzo, durante la reunión de la delegación en la Comisión Parlamentaria Mixta UE-México, se abordó el estado en el que se encuentra la modernización del acuerdo global (TLCUEM), los eurodiputados increparon a Mauricio Escanero, embajador de México ante la UE, lamentaron que en esa

materia no resolviera las dudas y criticaron que afirmara que México está listo para firmar el acuerdo. Ante este panorama, María Leitao de la Alianza Socialista, consideró que esta reforma es un paso atrás en la crisis climática. La delegación para México en el parlamento europeo externó su preocupación por la reforma eléctrica al cuestionar si la política que impulsa el gobierno mexicano es compatible con la modernización

Reaccionan Litigantes Internacionales Estos cambios legislativos han atraído el debate internacional, no sólo cámaras empresariales y agencias de gobierno han expresado su preocupación por las políticas energéticas y la incertidumbre jurídica que estas generarán. Incluso generó debate entre litigantes de Nueva York 48 | Foro Jurídico

del acuerdo global con la Unión Europea y el Acuerdo de París. Calificada por el eurodiputado del bloque liberal Renew Europe, Jordi Cañas como “ley exprés” ha sembrado duda en “la garantías, la confianza, el respeto, la credibilidad y la seguridad jurídica de las inversiones”. Cañas definió como un mensaje contradictorio que México esté suscrito a acuerdos que contemplan compromisos y

colaboración, mientras que se reforman leyes contrarias que afectarán inversiones legítimas europeas, lo que daña la reputación del país como un actor confiable. Mientras tanto, la División México del Servicio Europeo de Acción Exterior indicó que dará seguimiento a la norma, que por el momento está detenida. Sin embargo, prevé que la posición del ejecutivo comunitario pueda no ser favorable.

quienes le pidieron respetar a los jueces que han dictado las suspensiones contra los efectos de la Ley de la Industria Eléctrica. El Colegio de Abogados de Nueva York, en una declaración pública, expresaron su oposición “a cualquier acción o declaración de López Obrador o sus partidarios que interfiera indebidamente con los roles de abogados en México que


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defienden a sus clientes como una amenaza para el Estado de Derecho”. Aseguraron que los señalamientos de AMLO hacia juristas han despertado las alarmas en la comunidad legal internacional al referirse a la acusación de “traición a la patria” que el presidente mexicano hiciera contra los abogados que representan a las empresas que buscan los amparos. Además del respaldo, exhortaron al mandatario mexicano “y a su administración a cumplir sus compromisos internacionales con el Estado de Derecho y respetar el trabajo de los abogados, independientemente de a quién representen”. En su comunicado citaron los artículos de la Constitución que protegen a cualquier persona de prestar un servicio profesional, así como de recibir asesoría legal y los principios básicos que establece la ONU acerca del rol de los abogados que obliga a los Estados a garantizar el desempeño profesional de sus funciones sin intimidación, impedimento, acoso o interferencia indebida.

Se Vulneran Acuerdos Ambientales

Algunas asociaciones ambientales también han impugnado la norma. Greenpeace señaló que la reforma también contraviene el Acuerdo de París al que México se comprometió en 2015 a que el 35% de la energía generada en 2024 y el 43% en 2030 sería limpia; también prometió reducir en un 25% los gases de efecto invernadero de vida corta y en un 51% las emisiones de carbono negro. Al impulsar una transición energética basada en el mayor uso de combustóleos, el gobierno estaría yendo en sentido contrario al cumplimiento de sus objetivos en materia de cambio climático, señalan. Aunque se planteó que los cambios a la ley aseguran la soberanía energética, también explican que la demanda de gas aumentará y por ende la dependencia al gas que se produce en Texas. La organización asegura que al centrarse cada vez más en los combustibles fósiles (combustóleo, carbón y otros) el sistema nacional de electricidad se vuelve frágil porque no está diversificado el origen de la energía. De igual manera, Los principales organismos mundiales de energía renovable, El Consejo Global de Energía Eólica (Global Wind Energy Council) y El Consejo Global Solar (Global Solar Council) pidieron al gobierno mexicano restaurar la transición a un futuro sostenible basado en energía renovable limpia y competitiva. En un comunicado establecieron que las reformas representan una amenaza inequívoca para la inversión del sector privado local y extranjero en el antes robusto mercado de energía renovable

“El Colegio de Abogados de Nueva York citó los artículos de la Constitución que protegen a cualquier persona de prestar un servicio profesional, así como de recibir asesoría legal y los principios básicos que establece la ONU acerca del rol de los abogados que obliga a los Estados a garantizar el desempeño profesional de sus funciones sin intimidación, impedimento, acoso o interferencia indebida.”

de México y socavan el principio de competencia. Indican que se relega a un segundo plano el suministro de energía limpia y deshará el progreso en la última década en la materia. Aseguran que se pondrán en riesgo al menos 17,000 empleos en las industrias eólica y solar, e iniciarán un efecto dominó nocivo en la cadena de valor de los sectores industriales y comerciales que están comprometidos con la energía sostenible en México. A esta petición se sumaron 115 empresas líderes en energía renovable miembros de La Coalición de Acción de la Agencia Internacional de Energías Renovables (IRENA por sus siglas en inglés). Cabe señalar que durante el parlamento abierto que se llevó a cabo antes de la aprobación de la ley, expertos especificaron que la Unión Europea, Estados Unidos y Canadá analizarían la posibilidad de volver vinculante el Acuerdo de París al Tratado de Libre Comercio y establecer sanciones y aranceles “verdes”. Se prevé un escenario de demandas en tribunales internacionales, así como un distanciamiento con la administración Biden que está impulsando una agenda ecologista.

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OPINIÓN DE NUESTROS ESPECIALISTAS

PROFESIONALES DEL DERECHO ANALIZANDO LOS TEMAS DE COYUNTURA

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Abogadas MX: Inclusión de la Mujer en Puestos de Liderazgo

EN ABOGADAS MX TRABAJAMOS PARA QUE CADA ABOGADA EN MÉXICO SE DESENVUELVA EN UN ENTORNO PROFESIONAL INCLUYENTE Y CUENTE CON LAS HERRAMIENTAS NECESARIAS PARA POTENCIAR SU DESARROLLO Y SER AGENTE DE CAMBIO. Antonia Rodríguez Miramón Castillo Jared Melyssa Alvarado Martínez

En México, la brecha salarial entre mujeres y hombres era de 18.8% en 2019, una de las más amplias entre los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que es del 13%.

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omo parte de las iniciativas de la institución, entendemos la necesidad de acercar nuestros programas a las estudiantes de Derecho, quienes en un futuro van a promover en sus propios espacios de trabajo politicas y medidas de inclusión y diversidad, y que han sido relegadas durante años a pesar del incremento fehaciente en las matrículas de mujeres, quienes optan por estudiar la carrera de Derecho. Por ejemplo, datos estadísticos de la Dirección General de Administración Escolar de la UNAM exponen que en el ciclo escolar 2019-2020 el total de aspirantes a ingresar a esta licenciatura fue de 29,369. La oferta de lugares disponibles para esta carrera fue de 6,294,

por lo que de cada 4 estudiantes que demandaron la carrera ingresó 1, de los cuáles poco más de la mitad de los ingresos corresponde a mujeres. Asimismo, y de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en ese mismo año, había 342,809 personas ejerciendo como abogados: 62% hombres y 37% mujeres. Estos datos nos permiten visibilizar que si bien hay un porcentaje ligeramente mayor de mujeres que ingresan a la carrera de Derecho, prácticamente son el doble al momento de titularse, sin embargo, el porcentaje se cae en las mujeres que ejercen la profesión, dejando ver las disparidades en la colocación profesional.

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“Alrededor de 75% de las abogadas se siente respaldada por sus superiores y muestra un alto grado de compromiso para apoyar a otras mujeres; y es tal este apoyo que la mayoría manifestó tener oportunidades para presentarse (ser visibles) en escenarios con otros colegas o incluso con clientes.”

BRECHA SALARIAL En México, la brecha salarial entre mujeres y hombres era de 18.8% en 2019,1 una de las más amplias entre los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que es del 13%. Una encuesta realizada por el Consejo General de la Abogacía Española manifestó que la opinión más optimista que considera que las retribuciones son más o menos iguales entre hombres y mujeres está compuesta principalmente por hombres con 61%, frente a un 31% de las abogadas. Más de la mayoría de mujeres se oponen a esta premisa, estimando que los hombres son los más favorecidos en cuanto a ingresos. Sin tener en cuenta el efecto de la edad y del estatus que 52 | Foro Jurídico

se tiene en el bufete, los datos del estudio muestran que las mujeres ingresan un 20% menos que los hombres. De esta forma, un hombre abogado, con 45 años de edad, se calcula que ingresaría aproximadamente 2,250 euros, mientras que una abogada del mismo perfil cobraría 1,800. Estos datos concuerdan con los obtenidos en estudios realizados con anterioridad, como el de UGT o el desarrollado por Eurostat, que marcan la brecha salarial por razón de género en torno a un 20%. ESTUDIO Y ANÁLISIS ABOGADAS MX: INCLUSIÓN DE LA MUJER EN PUESTOS DE LIDERAZGO En 2018 Abogadas MX, en colaboración con el Centro de Investigación de la Mujer en la Alta Dirección, presentaron el informe Estudio y Análisis Abogadas MX: Inclusión de la Mujer en Puestos de Liderazgo,2 en el que se evaluaron cinco factores que inciden en el camino de las abogadas hacia posiciones de liderazgo. En términos generales, la percepción de las encuestadas muestra datos positivos en la mayoría de las dimensiones. En primer lugar, las abogadas tienen un interés patente por construir una carrera que culmine en posiciones de liderazgo. Asimismo, alrededor de 75% se siente respaldada por sus superiores y muestra

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un alto grado de compromiso para apoyar a otras mujeres; y es tal este apoyo que la mayoría manifestó tener oportunidades para presentarse (ser visibles) en escenarios con otros colegas o incluso con clientes. Además, la mayoría cuenta con el apoyo de su familia, solo muy una de cinco cree que debe mimetizar su comportamiento y actitudes con las de los varones, es decir, la mayoría mantiene su personalidad y no la cambia en convivencia con los varones. Los factores que más podrían obstaculizar este desarrollo, de acuerdo con la encuesta, son de índole personal. Por un lado, el miedo a sacrificar tiempo es una barrera que fue manifestada por casi 50% de las abogadas. Es de resaltar que incluso hay una proporción alta (40%) de las socias/directoras jurídicas, quienes a pesar de ocupar este puesto perciben que hay otras cosas que compiten por el tiempo que demanda ser líder, por ejemplo, las actividades familiares o sociales, las cuales en ocasiones requieren que la persona tenga flexibilidad para que las pueda realizar. Por otro lado, 50% de las abogadas duda de sus capacidades. Finalmente, se encontró que las abogadas junior, principalmente, tienden a no expresar su interés por ocupar puestos de mayor responsabilidad, lo que puede deberse a diversas situaciones que se infieren como inseguridad en sus capacidades, falta de role models que

Instituto Nacional de las Mujeres. “Cuatro causas que propician la brecha salarial de género”. Disponible en: https://www.gob.mx/inmujeres/ es/articulos/cuatro-causas-que-propician-la-brecha-salarial-degenero?idiom=es#:~:text=En%20M%C3%A9xico%2C%20la%20brecha%20 salarial,es%20de%2013%20por%20ciento. Disponible en: https://www.abogadasmx.org.mx/incidencia/


ocupen puestos de mayor responsabilidad, descuidar a la familia por el tiempo que implica tener mayores responsabilidades, entre otras. Este último factor destaca que entre quienes ya son socias/ directoras jurídicas, a diferencia de las jóvenes (abogadas junior), ocupan puestos de nivel senior, la gran mayoría ha comunicado su deseo por tener este tipo de carrera. El estudio Argumentos para un cambio,3 de la Organización Mundial del Trabajo, demuestra que las empresas con políticas de igualdad de oportunidades en el empleo y culturas inclusivas de género tienen mayor probabilidad de aumentar sus beneficios y su productividad (más del 60%) y de mejorar su reputación, atraer y retener el talento con mayor facilidad y lograr cotas de mayor creatividad e innovación (casi el 60%). Los resultados de la encuesta muestran una opinión dividida en el tema de armonía en la vida y en el trabajo, aunque más inclinada hacia una percepción negativa. En temas de maternidad y paternidad, 50% de las abogadas considera que existen este tipo de políticas dentro de sus organizaciones, y se observa una ligera mayoría entre las socias/directoras jurídicas, aunque en general, las proporciones se mantienen. Sin embargo, cuando se pregunta por la existencia de otro tipo de programas que les permitan armonizar vida y trabajo, los números caen aún más. Sólo un tercio de las encuestadas considera que tiene este tipo de programas en su empresa. Sobre su percepción respecto al impacto de este tipo

de políticas, la opinión nuevamente se divide: 56% considera que éstas afectan positivamente y las ayudan al balance, pero 44% opina que no es así. Este hecho es relevante, pues permite inferir que este último porcentaje de mujeres considera que no existen las políticas, o bien, las existentes no son útiles o no se adaptan a su realidad personal. Es necesario diversificar este tipo de políticas, fortalecer las existentes (políticas de maternidad y paternidad), y crear nuevas realidades que se adapten a las necesidades específicas de cada empresa y colaboradora. También se analizaron los tipos de programas de flexibilidad existentes en las organizaciones.

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El más común es el de horarios flexibles, seguido por el trabajo remoto (home office) y por último el programa de horarios compartidos. Al realizar el análisis por posición, las socias/ directoras jurídicas perciben en mayor grado la existencia de estos programas, incluso se puede inferir que hacen uso de estos diferentes modelos de flexibilidad; a diferencia de las abogadas senior y junior, que comentaron la existencia de estos programas de flexibilidad laboral. El conocimiento sobre estos programas se confirma cuando se preguntó por la existencia de otras iniciativas, en donde sólo las socias/directoras jurídicas y algunas abogadas senior mencionaron alguno. No sólo se refirieron a programas de

Disponible en: https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/--dgreports/---dcomm/---publ/documents/publication/ wcms_700977.pdf

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“Es necesario diversificar este tipo de políticas, fortalecer las existentes (políticas de maternidad y paternidad), y crear nuevas realidades que se adapten a las necesidades específicas de cada empresa y colaboradora.”

flexibilidad laboral, sino que comentaron sobre programas para el cuidado de los hijos, responsabilidad social y sesgos inconscientes sobre el papel de la mujer en el trabajo. El hecho de que las mujeres sean las que principalmente realicen las labores de cuidados, sí repercute en el desarrollo profesional de las abogadas, es decir, en muchas ocasiones son las prácticas sociales las que impiden que las abogadas accedan a una auténtica igualdad en relación con los abogados. IGUALDAD La Encuesta Nacional en Vivienda 2017 sobre Igualdad entre Mujeres y Hombres (2017) de la CNDH, dio a conocer los ámbitos donde se percibe mayor desigualdad entre mujeres y 54 | Foro Jurídico

hombres: el ámbito de la política (27.6%) y el social (22.2%) son los que registran una mayor percepción de la desigualdad. Asimismo, se observa que sigue persistiendo la idea de que los hombres tienen mejores salarios en México, así lo refirió el 36.6% de las personas encuestadas. Por otra parte, existe una gran diferencia entre las condiciones laborales de los hombres y de las mujeres, situación que impide el acceso de las mujeres a un empleo en igualdad de condiciones. Al respecto, el Estudio sobre la Igualdad entre Mujeres y Hombres en materia de puestos y salarios en la Administración Pública Federal (APF) 2017, destaca que las mujeres representan más de la mitad del total de personas empleadas en las 49 instituciones de la APF que consideró el estudio, es decir 53.5%. Sin embargo, aunque se

observó que en las jefaturas de departamento hay un incremento de participación de mujeres, a nivel de direcciones de área el porcentaje de mujeres se reduce. Adicionalmente, en la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh) 2016 se indica que 26.6% de las mujeres que trabajan o han trabajado alguna vez han sido víctimas de violencia en el ámbito laboral. Cabe señalar que 47.9% de las agresiones ejercidas en contra de mujeres en el ámbito laboral durante los últimos 12 meses han sido de carácter sexual. Uno de los temas centrales para el logro de la igualdad es la participación de las mujeres en la toma de decisiones públicas. Al respecto, de acuerdo con el Diagnóstico de la participación equilibrada de mujeres y hombres


en los cargos de elección popular en México, los principales resultados de los procedimientos electorales 2015 y 2016 arrojaron que el Senado de la República contó con un 38.2% de mujeres y un 42.6% en la Cámara de Diputados. LA IMPORTANCIA DE LAS MUJERES EN LOS PUESTOS DE LIDERAZGO Es desafortunado el panorama que vemos de la representación de las mujeres en el ámbito laboral tanto del sector público como en el privado, aun cuando cada vez hay más estudios que demuestran la relación favorable entre su participación en el mercado de trabajo y el crecimiento del PIB. Por ejemplo: •

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) (2015) considera que si la brecha de género se redujese un 50 % en cuanto a la participación de las mujeres en la fuerza laboral de las economías de la OCDE, el PIB de estos países se incrementaría en un 6%, y en un 6% adicional si su participación llegara a igualar la de los hombres. El Foro Económico Mundial en 2017 preveía que si se colmara la brecha mundial de género antes de 2025, en términos de participación de las mujeres en el mercado de trabajo, esto se traduciría en un incremento del PIB mundial de 5.3 billones de dólares de los Estados Unidos.

en los países y las sociedades y genera mayores oportunidades, en particular allí donde la brecha de género en la participación es acentuada. Las políticas para el desarrollo y el crecimiento que carezcan de medidas específicamente orientadas a mejorar las perspectivas de empleo de las mujeres no lograrán alcanzar el pleno potencial de una economía productiva. Por estas razones, Abogadas MX considera fundamental impulsar la creación de una cultura empresarial con perspectiva de género y la mejora de la competitividad, con la eliminación de los prejuicios sexistas y discriminatorios dentro de una empresa. Con estas acciones buscamos sumar al desarrollo social, cultural y económico de México, específicamente desde el semillero estudiantil en universidades públicas y privadas, a través de distintos programas como los siguientes: Becas Abogadas Mx; la Cátedra Abogadas Mx impartida en la UP y en el ITAM, diversos foros y constantes acercamientos en universidades; y las Becas para estudiantes, donde invitamos a distintas alumnas de excelencia a formar parte de nuestra red de manera gratuita,

una iniciativa impulsada por el Consejo de Abogadas Mx, con las cuales trabajamos en conjunto con la UNAM, UANL y la UAM, esperando expandir nuestro alcance para llegar a más estudiantes y promover una cultura de inclusión y de reflexión desde sus primeras etapas de desarrollo.

“Las políticas para el desarrollo y el crecimiento que carezcan de medidas específicamente orientadas a mejorar las perspectivas de empleo de las mujeres no lograrán alcanzar el pleno potencial de una economía productiva.”

Las evidencias apuntan claramente a que incrementar la presencia de las mujeres en el mercado de trabajo tiene una incidencia económica positiva

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Equilibrando Salud y Justicia en el TFJA Bajo Pandemia

PARA NADIE ES DESCONOCIDO QUE LA EMERGENCIA SANITARIA OCASIONADA POR EL VIRUS SARS-COV2 (COVID-19) SE HA CONVERTIDO EN UNA AMENAZA A LA SALUD Y A LA VIDA DE QUIENES HABITAMOS EL PLANETA. Nora Urby Genel Magistrada de Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

La fácil propagación del Covid-19 ha obligado a los países a adoptar medidas como el confinamiento y el distanciamiento físico generalizado; medidas que sin duda trajeron consigo un gran impacto a nivel mundial, entre otros aspectos como la forma en que vivimos y desarrollamos nuestro trabajo.

E

n México se han adoptado diversas medidas preventivas para la mitigación y control de los riesgos generados por el Covid-19 con el objetivo de reducir contagios y la tasa de mortalidad. MEDIDAS ADOPTADAS POR MÉXICO PARA HACER FRENTE AL COVID-19 El 24 de marzo de 2020 la Secretaría de Salud estableció medidas preventivas que los sectores público, privado y social debían aplicar, por ejemplo, evitar la asistencia a los centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos; suspender las actividades escolares y evitar el

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desarrollo de actividades que involucraran la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas. El 31 de marzo de 2020 se dictaron medidas extraordinarias dentro de las cuales se encontró la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020, de las actividades no esenciales1 con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del Covid-19. Asimismo, el 14 de mayo de 2020 se estableció una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas en México a partir del 1 de junio de 2020, conforme a


un semáforo por regiones que establece, atendiendo al riesgo epidemiológico, las actividades sociales, educativas y económicas que pueden irse desarrollando; donde se destaca que las actividades esenciales pueden desarrollarse en cualquiera de los colores del citado semáforo. Al respecto, las actividades esenciales son las que resultan de vital importancia para el funcionamiento óptimo del país, por ende, no pueden paralizarse aun cuando el semáforo epidemiológico se encuentre en rojo al existir un nivel de alerta máximo por el riesgo epidemiológico. Entre dichas actividades se encuentran las administrativas, legislativas y las judiciales. En consecuencia, si el desarrollo de todas las actividades administrativas y legislativas deben continuar, aun cuando exista un nivel de alerta máximo por el riesgo epidemiológico causado por el Covid-19 (semáforo rojo), es evidente que la actividad jurisdiccional tampoco puede paralizarse. Precisamente los tribunales de México son las instituciones que velan porque se respete el derecho humano de acceso a la impartición de justicia de la población, contemplado en los artículos 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos; frente a las actividades administrativas, legislativas y aún en las jurisdiccionales que puedan afectarles a los justiciables. Incluso el semáforo epidemiológico en color rojo

no implica que la actividad jurisdiccional pueda paralizarse mientras prevalezca tal situación; evidentemente los tribunales están obligados a establecer medidas para garantizar la protección del derecho a la salud, tanto de justiciables como del propio personal que labore en ellos. Por otra parte, es necesario que se asegure que dichas medidas de ninguna forma impliquen la paralización de la función jurisdiccional, pero asegurando que exista un equilibrio entre el respeto al derecho de acceso a la impartición de justicia y el derecho a la salud. Quienes trabajan en tribunales deben reforzar el compromiso moral y laboral de continuar desarrollando su actividad, aun cuando el semáforo epidemiológico esté en color rojo.

“Al respecto, las actividades esenciales son las que resultan de vital importancia para el funcionamiento óptimo del país, por ende, no pueden paralizarse aun cuando el semáforo epidemiológico se encuentre en rojo al existir un nivel de alerta máximo por el riesgo epidemiológico.”

Se consideran actividades esenciales las siguientes: a) Las directamente necesarias para atender la emergencia sanitaria, como las actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema Nacional de Salud, incluyendo los que participan en su abasto, servicios y proveeduría, como el sector farmacéutico y la manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud y la limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención. b) Las involucradas en la seguridad pública; en la defensa de la integridad y la soberanía nacionales; la procuración e impartición de justicia; y la actividad legislativa en los niveles federal y estatal. c) Las de los sectores financieros y de recaudación tributaria; de la distribución y venta de energéticos, así como generación y distribución de agua potable; de la industria de alimentos y bebidas no alcohólicas; de los supermercados y tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados; de servicios de transporte de pasajeros y de carga; de la producción agrícola, pesquera y pecuaria, agroindustria e industria química. d) Las de las ferreterías, servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada; guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas adultas mayores, refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos. e) Las de telecomunicaciones y medios de información; servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación, servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales, f) Las relacionadas directamente con la operación de los programas sociales del gobierno. g) Las necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura que asegura la producción y distribución de servicios indispensables. 1

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“Incluso el semáforo epidemiológico en color rojo no implica que la actividad jurisdiccional pueda paralizarse mientras prevalezca tal situación; evidentemente los tribunales están obligados a establecer medidas para garantizar la protección del derecho a la salud, tanto de justiciables como del propio personal que labore en ellos.”

EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MÉXICO BAJO LA PANDEMIA CAUSADA POR EL COVID-19 Bajo la pandemia causada por el Covid-19, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitió los Acuerdos Generales SS/10/20202, SS/11/20203, SS/12/20204, SS/13/20205, SS/14/20206 SS/15/20207, SS/17/20208, SS/18/20209 y SS/19/202010, en los que, aun cuando determinó suspender plazos procesales, así como la actividad jurisdiccional de manera presencial del 18 de marzo al 31 de julio de 2020, para salvaguardar tanto el derecho de acceso a la impartición de justicia y el derecho a la salud de los justiciables; también estableció medidas que permitieron la continuidad de la función jurisdiccional, como el establecimiento de guardias temporales, la celebración de sesiones públicas a distancia para la resolución de los asuntos competencia del Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, de las Secciones Primera y Segunda y de la Junta de Gobierno y Administración, la habilitación de días y horas para emitir sentencias y notificarlas por Boletín Jurisdiccional y la autorización para recibir y notificar las actividades procesales a través de sistemas electrónicos.

Administración mediante los Acuerdos Generales G/JGA/41/202012 y G/ JGA/42/202013; entre las que se encuentran mantener distancia entre los asistentes al Tribunal.

2 3 4 5

Asimismo, se reactivó la función jurisdiccional de manera presencial atendiendo a las medidas aprobadas por el Pleno General de la Sala Superior, mediante Acuerdo General SS/13/202011 y los Lineamientos emitidos por la Junta de Gobierno y

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6 7 8 9 10 11 12

13

Establecer el uso obligatorio de cubrebocas; establecer filtros sanitarios en los accesos a las instalaciones donde se toma la temperatura, se aplica gel desinfectante y se sanitiza al

D.O.F., 23 de marzo de 2020. D.O.F., 17 de abril de 2020. D.O.F., 7 de mayo de 2020. D.O.F., 3 de junio de 2020. D.O.F., 17 de junio de 2020. D.O.F., 3 de julio de 2020. D.O.F., 16 de julio de 2020. D.O.F., el 29 de julio de 2020. D.O.F., 31 de julio de 2020. D.O.F., el 3 de junio de 2020. Disponible en: https://www.tfja.gob.mx/pdf/secretaria_general_de_acuerdos/ acuerdos_junta_gobierno/2020/G-JGA-41-2020.pdf/ Disponible en: https://www.tfja.gob.mx/pdf/secretaria_general_de_acuerdos/ acuerdos_junta_gobierno/2020/G-JGA-42-2020.pdf/


calzado; establecer un protocolo de atención por parte del Servicio Médico en caso de tener sospecha de un contagio; y establecer la asistencia alternada, horarios reducidos y escalonados para evitar la saturación de las instalaciones del Tribunal. En esa tesitura, quienes laboran en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa asumen esa situación con la consciencia que deben continuar desarrollando su trabajo, incluso cuando el semáforo epidemiológico se encuentre en color rojo.

incide en el derecho de acceso a la impartición de justicia y, consecuentemente, en la debida protección del resto de los derechos humanos. Aunado a lo anterior, las medidas adoptadas para garantizar el derecho de la salud, entre las que se encuentran la asistencia alternada del personal jurisdiccional a las instalaciones de los Tribunales, no contemplan en forma alguna que los días en que dicho personal no asista presencialmente, permanezca en resguardo domiciliario sin desarrollar su trabajo.

No solo porque como encargados de la función jurisdiccional se deben a los justiciables y están precisamente a su servicio; sino también porque la paralización de la función claramente

En consecuencia, quienes están encargados de la impartición de justicia tienen la obligación de continuar realizando su labor, incluso los días que permanezcamos en resguardo domiciliario; máxime que, de

“En consecuencia, quienes están encargados de la impartición de justicia tienen la obligación de continuar realizando su labor, incluso los días que permanezcamos en resguardo domiciliario; máxime que, de no hacerlo, incurren en una responsabilidad administrativa al no desarrollar la labor encomendada, a pesar de que están recibiendo la remuneración íntegra por su servicio.”

no hacerlo, incurren en una responsabilidad administrativa al no desarrollar la labor encomendada, a pesar de que están recibiendo la remuneración íntegra por su servicio. Hoy más que nunca la sociedad requiere que todos quienes laboran en los órganos jurisdiccionales estén a la altura de sus necesidades de y desarrollen su labor bajo un sentido de solidaridad, con la conciencia que deben hacerlo bajo medidas que, sin paralizar la función jurisdiccional, permitan su normal desarrollo, garantizando a los justiciables el pleno respeto a sus derechos humanos.

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Reformas sobre Teletrabajo: Desconexión Digital, Derechos de la Personalidad y Seguridad de la Información

EL PASADO 11 DE ENERO DE 2021 FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA EL ARTÍCULO 311 Y SE ADICIONA EL CAPÍTULO XII BIS DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EN MATERIA DE TELETRABAJO. Luis Mario Lemus Rivero Consultor en Derecho y Tecnología, Socio del Despacho Calderón & De la Sierra

El mundo vive en una constante transformación. Los diversos sectores e industrias a nivel global han evolucionado, la era digital ha tenido un impacto en la vida cotidiana de las personas y en el mundo de los negocios; cambiando no sólo las herramientas con las que trabajamos o desempeñamos nuestras actividades, sino también las metodologías de trabajo tradicionales.

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E

n consecuencia –por lo menos así debería ser–, las distintas regulaciones a nivel mundial han intentado adaptarse a la actualidad, en este caso, al teletrabajo. La publicación de dicho decreto ha generado diversas interrogantes que no sólo se concentran en cuestiones puras del derecho laboral – tradicional–, sino también en temas relacionados a la seguridad de la información, los derechos inherentes a la personalidad, la desconexión digital, entre otros. Cuestiones que, como veremos más adelante, en su mayoría ya se consideraban, no obstante, en este ordenamiento se reafirman o se les da mayor importancia, pero, reitero, eran cuestiones

que estaban reguladas y aplican independientemente de la modalidad de trabajo. La entrada en vigor de esta reforma pareciera que llega en un momento adecuado, incluso pareciera que su origen es la famosa pandemia. Pero no, esto lleva años discutiéndose en el legislativo y la situación actual sólo aceleró el proceso de algo que tarde o temprano iba a suceder. Y si, la realidad es que llega algo tarde, pues durante los últimos años y tras la constante evolución de la era digital, junto con el distinguido abogado Mauricio Sánchez Lemus hemos advertido sobre los retos y riesgos que presupone el uso –descontrolado y a


2%

7%

14%

6%

Otros

6%

7%

No Sabe

6% 9%

Estados extranjeros

2%

22%

Competidores

12%

Entidades y organizaciones extranjeras

13%

Al respecto, entrando más al fondo de este análisis, considero que es importante mencionar que cuando se habla de seguridad de la información debemos entenderlo y atenderlo desde dos flancos, el primero de ellos el tecnológico, es decir, desde la seguridad informática y/o ciberseguridad y, por el otro, sobre la seguridad enfocada en el factor humano. Esto que menciono resulta sumamente relevante pues tal cual lo refleja un estudio realizado por la consultora Berkeley Research Group, la principal causa de brechas de seguridad es el factor humano y no necesariamente el tecnológico, es decir, es el eslabón más débil de la cadena, razón por la cual no podemos atender uno y dejar de lado el otro.

Crimen Organizado

13%

Si bien esta obligación no aplica únicamente a la modalidad de teletrabajo, sino también a la modalidad presencial, lo que es un hecho es que el riesgo aumenta cuando el aprovechamiento o tratamiento de la información o de los datos se da fuera de las empresas y a través de redes y dispositivos sobre los cuales no se tiene, generalmente, un control interno e institucional.

Activistas/ Hacktivistas

45%

Hackers

En este nuevo capítulo de la Ley Federal del Trabajo, se le impone al patrón la obligación de implementar mecanismos encaminados a preservar la seguridad de la información, así como de los datos personales a los que tengan acceso los

Clientes

1. Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo.

Socios

OBLIGACIONES PARA EL PATRÓN

Ex Proovedores/ Ex Consultores/Ex Contratistas

El teletrabajo es aquel que se ejecuta en lugares distintos al establecimiento del patrón, por medio de las Tecnologías de la Información y Comunicación. No será considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o esporádica. Únicamente se considerará como teletrabajo aquel que se desarrolle más del cuarenta por ciento del tiempo en el domicilio elegido por el trabajador. La relación laboral bajo esta modalidad deberá hacerse constar en un contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos que se detallan en el numeral 330-B de la Ley Federal del Trabajo. El cambio de modalidad presencial a teletrabajo deberá ser voluntario o por causas de fuerza mayor y que las partes podrán revertir estos cambios para regresar a la modalidad anterior (presencial). Los patrones –entre otras obligaciones– deberán proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo, asumir los costos proporcionales

Ex empleados

trabajadores o que sean utilizados por estos en el desempeño de sus actividades.

Ahora bien, como lo mencionaba al inicio, el nuevo capítulo sobre teletrabajo tiene varios puntos a destacar y que me llaman mucho la atención. Al respecto, me quiero concentrar en aquellos que considero relevantes y que pudieran –en su caso– tener un enfoque alineado a temas como la seguridad de la información, tecnología, derechos de la personalidad (intimidad, privacidad, datos personales, etc.).

Proovedores Actuales/ Consultores/Contratistas

Esta reforma tiene como propósito regular el teletrabajo, conocido también como home office. El Capítulo XII bis de la Ley Federal de Trabajo, en el artículo 330-A, dispone de forma general los siguientes aspectos a destacar:

derivados de este, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y electricidad.

Empleados actuales

veces desregulado– de la tecnología, en particular de las herramientas tecnológicas en el ámbito laboral, esto sin importar la modalidad.

FUENTE: CSPBS REPORT 2017

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Para poder implementar una estrategia efectiva, junto con el abogado Mauricio Sánchez Lemus, preparamos un cuadro en el cual se proponen diversas recomendaciones tendientes a ejemplificar un escenario de cumplimiento integral alineado no nada más a cumplir con el capítulo de teletrabajo, sino general:

Es sumamente recomendable clasificar el tipo de información para poder asignarle el nivel adecuado de seguridad que requiere en función del riesgo y su tipo.

CLASIFICAR LA INFORMACIÓN

• • • • •

Información pública. Información reservada. Información confidencial. Secreto industrial. Información personal (clasificada).

Al clasificar la información, resulta relevante asignar el nivel de riesgo que implicaría que sufriese una vulneración. Con base en ello, deberá elaborarse una política de privilegios y accesos que regule el nivel de apertura de cada tipo de información. Para cumplir con las obligaciones a cargo del patrón y los trabajadores es indispensable establecer lineamientos claros y puntales en los que se establezcan los términos y condiciones de uso de las herramientas de trabajo proporcionadas por la organización, destacando los siguientes ejemplos:

LINEAMIENTOS DE HERRAMIENTAS DE TRABAJO

• • • • • • • •

CONTRATOS DE CONFIDENCIALIDAD

Lineamientos sobre correo electrónico. Lineamientos sobre plataformas de mensajería de datos. (Whats app, Telegram, Signal, etc.). Lineamientos sobre ordenadores. Lineamientos sobre smart phones y/o tablets. Lineamientos sobre IOT devices. Lineamientos sobre Cloud Computing. Lineamientos sobre plataformas de videoconferencia. (Zoom, Teams, Hangouts, etc.). Lineamientos sobre plataformas de gestión de trabajo (Airtable, Asana, Monday, etc.).

Es sumamente recomendable firmar contratos de confidencialidad ad-hoc con los trabajadores en los cuales se establezcan de forma clara y precisa las obligaciones para la guarda, custodia y no divulgación de la información considerada confidencial de la organización, así como de aquella que no necesariamente sea propiedad de la organización pero que conozcan naturalmente por el desempeño de su trabajo. Es imprescindible contar con un inventario sobre qué colaboradores han firmado los contratos. Además, toma importancia contar con un mecanismo de control de la vigencia de dichos contratos, las obligaciones a las que se sujetó la compañía y aquellas que podrán ser exigidas a terceros.

RESPONSIVAS DE LAS HERRAMIENTAS DE TRABAJO

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Se recomienda firmar responsivas sobre cada una de las herramientas de trabajo que se les entregan a los trabajadores, las cuales deberán de estar alineadas a los lineamientos de la herramienta que corresponda y que contenga la información que identifique al dispositivo, herramienta o cuenta y lo relacione con el trabajador.


INVENTARIO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las organizaciones deben tener perfectamente mapeadas y documentadas las medidas de seguridad físicas, administrativas, técnicas y/o tecnológicas con las que cuenten, las cuales deberán ser proporcionales a las actividades, funciones y riesgos. Idealmente, debe realizarse un análisis de brecha que determine las medidas de seguridad faltantes. En caso de identificarse, se sugiere trazar un plan para su implementación.

INVENTARIO DE SISTEMAS DE TRATAMIENTO

Es obligatorio documentar y generar un inventario en el que se conozca el tipo de soportes o sistemas que procesan la información, así como sus finalidades y justificaciones legales. Es importante determinar el destino de la información tratada en dichos sistemas, así como relacionarlos con áreas o departamentos específicos de la empresa.

ANÁLISIS DE RIESGO

Es, de cierta forma obligatorio, llevar a cabo un análisis de riesgo sobre procesamiento y/o tratamiento de información según su clasificación y naturaleza. Este debe ser un ejercicio periódico y continuo, incluso cuando se pretenda implementar una nueva herramienta, un nuevo proceso o un nuevo producto (valuación de impacto). La capacitación es un ejercicio esencial. Es indispensable conocer el alcance y riesgos de las herramientas de trabajo y capacitar a los trabajadores sobre su uso y sobre las consecuencias del uso indebido, incluso sobre protocolos de reacción ante una eventualidad como el robo, pérdida, vulneración, etc. de una herramienta.

CAPACITACIÓN

Asimismo, es recomendable hacer un ejercicio en el que la organización conozca los riesgos e implicaciones del uso de cada herramienta en particular, para determinar su idoneidad en el uso en la organización. Deberá elaborarse en dos niveles: 1.

PROTOCOLO DE ATENCIÓN DE INCIDENTES

2.

Protocolo de actuación para trabajadores que identifiquen una vulneración en sus equipos, herramientas o credenciales de acceso. Deberá especificar cómo evaluar el incidente, a quién contactar y qué medidas inmediatas tomar para mitigar el daño. Lineamientos para el equipo directivo, que incluyan el nombramiento de un líder de la brigada de atención a incidentes, la información de contacto de especialistas y los criterios de evaluación inicial de la vulneración. Deberá contar con una relación de acciones aplicables a cada caso, tomando en consideración la evaluación inicial.

Se recomienda que estos documentos sean aprobados por el Consejo de Administración.

Como podemos observar, el tema de seguridad de la información es sumamente relevante y cuenta con diversas aristas, pues la obligación no

nada más tiene un origen en la reforma sobre teletrabajo, sino en diversas fuentes, por ejemplo, en los contratos de confidencialidad que firman

las empresas con terceros, las certificaciones de calidad, las políticas de sus matrices, los lineamientos de empresas públicas, los compromisos de

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“Cuando se habla de seguridad de la información debemos entenderlo y atenderlo desde dos flancos, el primero de ellos el tecnológico, es decir, desde la seguridad informática y/o ciberseguridad y, por el otro, sobre la seguridad enfocada en el factor humano.”

reporteo a inversionistas y esquemas de autorregulación. Además, existen marcos jurídicos que obligan a tener este tipo de medidas, por ejemplo, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y las disposiciones de carácter general o circulares aplicables a instituciones financieras. Recordemos que la información hoy en día es considerada el nuevo petróleo. Por ello hoy más que nunca es relevante contar con medidas adecuadas y pertinentes para su resguardo. 2. Respetar el derecho a la desconexión de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al término de la jornada laboral. En cuanto al derecho a la desconexión digital, este no es más que el derecho de los trabajadores a no contestar 64 | Foro Jurídico

comunicaciones, llamadas, correos electrónicos, mensajes, etc., de trabajo fuera de su horario laboral. Se deberá considerar esto también para el descanso, permisos, vacaciones, etc. Un punto relevante sobre este derecho en relación con el teletrabajo es que si la herramienta es proporcionada por los patrones (tal cual lo indica esta reforma), se han elaborado lineamientos para su uso alineados a este derecho y se cuenta con las responsivas firmadas por los trabajadores –según sea el caso–, la herramienta de trabajo no debería ser utilizada fuera de los horarios laborales, de lo contrario pudiera presumirse que se le está dando un uso distinto para el cual fue entregada. Cuestión que pudiera detonar la prohibición que dispone el artículo 135, fracción IX de la Ley Federal de Trabajo. En este sentido, cobra mayor relevancia establecer las reglas claras sobre el uso de las herramientas de trabajo, firmar las responsivas y vincular la herramienta al trabajador. Pues como lo mencioné, el uso de las herramientas de trabajo para un fin distinto para el cual fueron proporcionadas, puede traer como consecuencia la rescisión del contrato laboral sin responsabilidad para el patrón, y los lineamientos y responsivas son los documentos idóneos para acreditar que el trabajador conoce los términos y condiciones de uso de dichas herramientas. Independientemente de ello, es una forma en la que el patrón pudiera deslindarse de una responsabilidad por el mal uso de las mismas.

Más allá de lo anterior y en estricta observancia del derecho a la desconexión digital, el patrón podrá establecer medidas para garantizar que la herramienta únicamente sea utilizada en horarios laborales y para fines relacionados con las funciones del trabajador. Ello podrá materializarse en candados de horario y avisos sobre el tiempo efectivo de uso de la herramienta. En caso de que se deseen implementar mecanismos de seguimiento para garantizar que la herramienta se utilice para fines laborales, deberá realizarse una evaluación de impacto a la privacidad de trabajador a la luz de las características específicas de dicha funcionalidad. Cabe apuntar que deberán privilegiarse los métodos menos invasivos posibles, a la luz del principio de proporcionalidad, como se apuntará en el siguiente apartado. 3. Los mecanismos, sistemas operativos y cualquier tecnología utilizada para supervisar el teletrabajo deberán ser proporcionales a su objetivo, garantizando el derecho a la intimidad de las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo, y respetando el marco jurídico aplicable en materia de protección de datos personales. En este punto se reafirma la importancia de garantizar y velar por los derechos a la protección de datos personales, el derecho a la intimidad y la privacidad, es decir, impone la obligación a los patrones para que las tecnologías que se utilicen para supervisar las actividades de los trabajadores sean siempre respetando


su privacidad, intimidad y en estricto apego a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y demás normativa aplicable en la materia. Sobre el particular, como nota al margen me gustaría mencionar que el derecho a la protección de datos personales, la privacidad y la intimidad, si bien son derechos de la personalidad, incluso relacionados de alguna forma, no son lo mismo, pues son derechos distintos y como tal, la vía para ejercerlos es diferente. Puntualmente, abarcan ámbitos diferentes de la esfera jurídica de un individuo. Por una parte, el derecho a la protección de datos personales se basa en la autodeterminación informativa, es decir, en el poder de decisión y control que goza el individuo sobre el tratamiento de su información. El derecho a la privacidad se traduce, como dirían los americanos fieles a la simplificación pura, en no ser molestado. Por último, el derecho a la intimidad engloba la posibilidad de desarrollar una vida privada y libre. En este tenor, los tres derechos podrían ser vulnerados por una falta de proporcionalidad en las medidas implementadas por el patrón. Una de las mayores dudas que se ha generado en el ámbito laboral sobre este punto, incluso previo a la publicación de este decreto, es el tema relativo a si los patrones pueden revisar los correos electrónicos de los trabajadores. Sin afán de entrar al fondo del debate, en lo personal considero que el correo electrónico – siempre y cuando sea una cuenta proporcionada por el patrón– al ser considerada una

herramienta de trabajo pagada y gestionada por el patrón, sí podría ser supervisada sin violar las comunicaciones privadas o la privacidad de los trabajadores; siempre y cuando en los “lineamientos de correo electrónico” y en la responsiva correspondiente se establezca que la cuenta que se le asigna al colaborador es considerada una herramienta de trabajo, la cual podrá ser monitoreada en todo momento y que sólo podrá ser utilizada para cuestiones estrictamente afines a su función laboral. Lo anterior, en consecuencia, podrá extenderse al resto de las herramientas utilizadas por el trabajador para el ejercicio de sus funciones. Lo que abarcaría desde las plataformas de videoconferencia y mensajería instantánea, hasta aquellas utilizadas para el almacenamiento de

archivos en la nube. Así, cobra relevancia que se distingan las herramientas utilizadas, se proporcionen cuentas corporativas a los trabajadores y, por supuesto, la compañía realice el pago de las suscripciones que correspondan. Por otra parte, en el supuesto de que el patrón no hubiere proporcionado dichas cuentas, deberá elaborarse una Política BYOC (Bring Your Own Cloud) que detalle los lineamientos para la incorporación de información confidencial, la responsabilidad y la transmisión de sus claves de acceso a la brigada de atención de incidentes en caso de presentarse una vulneración. Ahora bien, por lo que hace a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP”), independientemente de que en este punto de la reforma se

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“Es sumamente recomendable firmar contratos de confidencialidad ad-hoc con los trabajadores en los cuales se establezcan de forma clara y precisa las obligaciones para la guarda, custodia y no divulgación de la información considerada confidencial de la organización, así como de aquella que no necesariamente sea propiedad de la organización pero que conozcan naturalmente por el desempeño de su trabajo.”

obliga a los patrones a cumplir con dicha ley y demás normativa aplicable en la materia, esto no quiere decir que la modalidad presencial de trabajo signifique una exención a su cumplimiento. De conformidad con su artículo 2, la LFPDPPP aplica a que los particulares sean personas físicas o morales de carácter privado que lleven a cabo el tratamiento de datos personales. En consecuencia, en el caso de caer en este supuesto, las empresas deberán cumplir con los ocho principios (licitud, consentimiento, información, finalidad, proporcionalidad, calidad, 66 | Foro Jurídico

lealtad y responsabilidad) y los dos deberes (confidencialidad y seguridad). Es decir, en general e independientemente de la modalidad de trabajo, deberán tener un Aviso de Privacidad, contar con una política de privacidad, tener un inventario de datos, elaborar, inventario de sistemas de tratamiento, hacer un análisis de riesgo, llevar a cabo programas de capacitación, etc. OBLIGACIONES PARA EL TRABAJADOR En el apartado de las obligaciones impuestas en esta reforma a cargo de los trabajadores, destaco: a) Atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de sus actividades y b) Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento. Como podemos observar, a los trabajadores también se les imponen obligaciones relacionadas con atender las instrucciones y políticas desarrolladas por parte de los patrones, por lo que para que los trabajadores estén en posibilidades de cumplir, será fundamental que los patrones, como parte de sus obligaciones desarrollen e implementen políticas y directrices tendientes a establecer las reglas, términos y condiciones en el entorno del teletrabajo. De lo contrario, no se podrán deslindar de una responsabilidad por el mal uso de una herramienta de trabajo o negligencia en el actuar de los trabajadores.

Tal como se señaló anteriormente, el patrón no está exento de cumplir con la normatividad en materia de protección de datos personales, por lo que deberá implementar las medidas necesarias para garantizar que las actividades de sus colaboradores se ajusten a los extremos de la legislación. Ello se logrará elaborando la documentación que traslade la obligación -en la operación del día a día- al trabajador, como parte de sus funciones. CONCLUSIONES Esta reforma no se limita a regular una “nueva” modalidad de trabajo, el espectro es mucho mayor, pues reafirma la importancia de velar por los derechos de la personalidad, los cuales son más vulnerables en el entorno digital. Además, hace un especial énfasis sobre la importancia de contar con medidas de seguridad adecuadas para el resguardo de la información, cuestión prioritaria en las organizaciones. Lo que, para efectos prácticos, se traduce en un protocolo de actuación integral que privilegie los derechos del trabajador y el cumplimiento del marco normativo aplicable. En este orden de ideas, toma relevancia apuntar que, a fin de asegurar que la estrategia de home office cumpla con los extremos de la legislación laboral y de las disposiciones en materia de protección de datos personales, deberá privilegiarse su diseño mediante el principio de Privacy by Design, el concepto que impera en las recomendaciones y análisis vertidos en el presente artículo.


Indebida Transformación de la Prueba Testimonial a Prueba Documental, Prevista en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Mtro. Carlos Marx Barbosa Guzmán bufete_barbosa@hotmail.com inaicalp barbosa

Como consecuencia, se han hecho adecuaciones en diferentes momentos a la Constitución Federal, ya que los citados pactos internacionales han resultado ser vinculatorios, así que no debe existir ningún resquicio que induzca a la autoridad a abusar de su poder.

ES OBLIGACIÓN DEL ESTADO GARANTIZAR EL ACCESO A LA JUSTICIA, EN DONDE DEBE CUMPLIR CON LOS PRINCIPIOS DE SER PRONTA Y EXPEDITA, PERO, SOBRE TODO, QUE NO PROVOQUE DESIGUALDAD PROCESAL, PORQUE CON LA FIRMA DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, DEL PACTO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS Y DE LA CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA), MÉXICO HA CELEBRADO Y SE ENCUENTRAN ESTABLECIDOS DICHOS PARÁMETROS.

L

a realidad existen dispositivos legales que no dejan de ser protectores de los intereses de las entidades gubernamentales, y es entonces cuando se detecta la existencia de una norma que resulta ser inconstitucional y violatoria de derechos humanos. ANÁLISIS DE LA DESIGUALDAD PROCESAL

discriminatorio a los ciudadanos y respetar la debida legalidad y seguridad jurídica y la igualdad en el proceso, se encuentran previstos en los artículos 1°, 14 y 16 del Pacto Federal, de esta manera en todas las leyes procesales secundarias debe estar contemplado el respeto a lo que la Ley Suprema señala, a fin de que no entren en pugna con lo dispuesto en la citada constitución.

Los principios constitucionales implementados para evitar un trato

Ahora, se estima que lo contenido en el artículo 44 de la

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Ley Federal de Procedimientos Contencioso Administrativo, no respeta la debida seguridad jurídica, ni las formalidades esenciales del procedimiento, dando inclusive un trato desigual al justiciable, dado que en la parte que interesa del invocado numeral, dice: “Artículo 44. Para desahogar la prueba testimonial se requerirá a la oferente para que presente a los testigos y cuando ésta manifieste no poder presentarlos, el Magistrado Instructor los citará para que comparezcan el día y hora que al efecto señale. De los testimonios se levantará acta pormenorizada y podrán serles formuladas por el magistrado o por las partes aquellas preguntas que estén en relación directa con los hechos controvertidos o persigan la aclaración de cualquier respuesta. Las autoridades rendirán testimonio por escrito.” Por lo tanto, la parte in fine, del primer párrafo, del numeral 44 del Código Procesal Contencioso, hace referencia a que “Las autoridades rendirán testimonio por escrito”. Por lo tanto, dicha prueba queda desnaturalizada, pues de manera incorrecta transforma la citada testimonial en una documental, lo que es contrario a derecho. En efecto, la manera en la que el legislador cambia la forma de desahogar la prueba testimonial por un documento, va en contra de las reglas especiales de la testimonial, toda vez que para el desahogo de la invocada prueba se requiere de la presencia física del que va a declarar, pues, inclusive, cuando se realiza por exhorto, también se exige la presencia física del declarante, 68 | Foro Jurídico

para que la persona, además de mencionar sus generales, también se le procederá a tomar la protesta de Ley, para que se conduzca con verdad, y se le advierta de las penas en que pueden incurrir los falsos declarantes. Enseguida se le interroga y de viva voz contesta en ese momento, sin que esté asesorado por un abogado. Después de que el oferente concluya con su interrogatorio, la contraparte procederá a hacerle también preguntas al mismo testigo; al final del desahogo de esa probanza el invocado testigo firma el acta que contiene su declaración, confirmando que lo que expresó fue hecho de manera espontánea y sin coacción. Sin embargo, cuando la parte final del primer párrafo del arábigo 44, del mencionado Código Contencioso Federal refiere que las autoridades

“Se estima que lo contenido en el artículo 44 de la Ley Federal de Procedimientos Contencioso Administrativo, no respeta la debida seguridad jurídica, ni las formalidades esenciales del procedimiento, dando inclusive un trato desigual al justiciable.”


rendirán su testimonio por escrito, eso ya no es un testimonio, pues, la esencia del testimonio radica en que de manera directa exprese sobre los hechos que le consten, y lo haga sin que esté asesorado o inducido por un tercero para que lo haga en determinada forma, y al final dará la razón de su dicho, y al estar ante la presencia de la autoridad se verá su conducta y se observará si hubo veracidad o mendicidad en su atesto, en caso de ocurrir esto último se estará en aptitud de tachar al testigo. En el caso de una autoridad que siempre está representado por una persona física es evidente que no existe impedimento legal para que rinda su testimonio ante un Tribunal, pero el invocado numeral 44, al pretender proteger al funcionario que está investido con la figura de Autoridad, erróneamente estipuló que no acuda al Tribunal, y peor aún, le concede el privilegio de “atestiguar” por escrito, lo cual, altera las formalidades del procedimiento, y distorsiona por completo la naturaleza de esa prueba. Esto se confirma cuando el funcionario público, que es titular de la Autoridad, no comparece al Tribunal a testificar, de lo cual surgen varias interrogantes: ¿quién le va a tomar la protesta de Ley?, ¿qué es lo que va a declarar? La Ley no dice que a la autoridad se le dará un interrogatorio para que lo conteste. Además, ¿en qué momento la contraparte va a repreguntar a dicho funcionario que representa a la Autoridad? Sobre todo, surge otra duda más importante: ¿Quién va a

dar fe, de que efectivamente el titular de la Autoridad, es quien directamente va a contestar el interrogatorio?, ¿Quién va a certificar que dicho funcionario, no fue aleccionado? y ¿quién dará fe de que el testimonio que rindió por escrito, y que debe firmar, no lo redactó el abogado de la contraparte? Esta es la crítica que se hace sobre el desahogo de esa forma de la citada testimonial, que debe hacer una autoridad. Asimismo, tenemos que al “rendir la declaración testimonial” por escrito, ¿qué valor tendrá ese documento?, pues ya no estamos frente a una real prueba testimonial, sino frente a un documento. Ese documento no puede ser considerado público, porque no fue expedido por un funcionario en ejercicio de sus funciones, pues ninguna ley señala que a alguna autoridad le compete rendir declaraciones testimoniales para un Tribunal.

“La manera en la que el legislador cambia la forma de desahogar la prueba testimonial por un documento va en contra de las reglas especiales de la testimonial, toda vez que para el desahogo de la invocada prueba se requiere de la presencia física del que va a declarar, pues, inclusive, cuando se realiza por exhorto, también se exige la presencia física del declarante.”

Entonces se trata de un documento privado, el cual, para poder ser perfeccionado, debe estar firmado, y además debe ser ratificado o reconocido por su autor. Por lo que necesariamente el funcionario que sea titular de la Autoridad, debe comparecer ante el Tribunal Contencioso para que lo ratifique, pues de lo contrario, ningún valor legal debe merecer. En conclusión, se propone que la última parte del numeral 44, del referido Código Procesal Contencioso, se reforme, para que se especifique que el funcionario que sea Titular de la Autoridad, comparezca al Tribunal a rendir su atesto, de esta manera se logrará la igualdad procesal.

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La Criminología en el Centro Penitenciario

LA DEFINICIÓN DE CRIMINOLOGÍA HA IDO CAMBIANDO Y EVOLUCIONANDO A LO LARGO DEL TIEMPO YA QUE SE FUERON PRESENTANDO DIFERENTES PUNTOS DE VISTA DE NUEVOS AUTORES.

Jacqueline Aguilar Navarrete

Una de las más destacadas por ser el padre de dicha ciencia es la de Cesar Lombroso, la cual refiere que la criminología es una ciencia sintética, causal, explicativa, natural y cultural de las conductas antisociales del sujeto.

L

a criminología no solo se aplica en sujetos que hayan cometido algún tipo de conducta antisocial, sino también para prevenir dichas conductas. La criminología clínica es una ciencia multidisciplinaria, lo ideal es que trabaje en conjunto con el centro penitenciario, ya que es la que se encarga de que se lleve un orden con los lineamientos acerca de los internos, es la que analiza, diagnostica y aplica un tratamiento para una mejor reinserción. El sistema penitenciario se encarga de asistir y controlar a las personas que se encuentran privadas de su libertad, las cuales están llevando un proceso legal en los distintos centros de readaptación y reinserción social. El principal objetivo de los centros penitenciarios es reinsertar al

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sujeto a la sociedad con base en un tratamiento íntegro. El criminólogo dentro del sistema penitenciario es un pilar de suma importancia ya que es el único capacitado para evaluar las conductas delictivas desde los factores que provocan su génesis, las motivaciones, la dinámica de su desarrollo y utilizar todo esto para analizar las características que integran la personalidad antisocial y con ello establecer una valoración de su capacidad criminal y estado de peligrosidad, esto con ayuda de un diagnóstico clínico criminológico. Sin embargo, en México, esta tarea que es de suma importancia en su mayoría la cubre el departamento de psicología, que es un pilar fuerte dentro de la organización, pero lo ideal es que el criminólogo realice al


“La irrupción del concepto de “género” determinará en criminología un profundo cambio de carácter epistemológico y conceptual que afecta a la producción, organización y encuadre integral de los conocimientos sobre criminalidad, victimización y control social de hombres y mujeres.”

100% esta actividad ya que está más enfocado y capacitado en las conductas antisociales y la prevención del delito.

que básicamente se refiere a los conceptos sociales de las funciones, comportamientos, actividades y atributos que cada sociedad considera apropiados para los hombres y las mujeres. Es por eso que es de suma importancia su análisis ya que aquí podemos observar un fenómeno transcendente de conductas que cada vez se vuelve más vulnerable dentro de la sociedad dependiendo el tipo de culturas, así como estatus social, entre otras cuestiones. El concepto de género se asienta como un sólido y central enclave en la cultura contemporánea. La generalización de estudios criminológicos sobre género y delito ha introducido un paradigmático cambio de perspectiva, más allá del descubrimiento de la mujer como un “nuevo” y enriquecedor objeto de estudio: la irrupción del concepto de “género” determinará en criminología un

profundo cambio de carácter epistemológico y conceptual que afecta a la producción, organización y encuadre integral de los conocimientos sobre criminalidad, victimización y control social de hombres y mujeres. Tal situación indica un significativo nivel de acogida e impregnación de la visión sociopolítica implícita en la idea de género. Una parte sustancial de los estudios de género en criminología siguen siendo hoy de neta producción feminista, pero su abordaje admite compatibilidades y eficaces integraciones con otras visiones criminológicas asentadas. En todo caso, género y criminología constituyen hoy un tándem de consensuada relevancia científica, no es concebible como un producto más de aquellas exóticas criminologías que se alzaron a fines del siglo XX erizadas de vehemencia crítica.

Todo esto con el apoyo del departamento de psicología ya que también es de gran ayuda y ambas ciencias podrían conformar un gran equipo de trabajo. Lamentablemente a pesar de que es una ciencia antigua, en la actualidad hay muy pocos campos para esta labor, de antemano sabemos que es de gran ayuda para poder identificar y prevenir factores de riesgo. Realizando diagnósticos clínicos para poder aplicar el tratamiento adecuado a la persona privada de su libertad y así poder concluir con resultados favorables la adecuada reinserción social. Por otra parte, hoy en día está muy de moda el tema de género

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Por lo tanto, la interpretación de género no es hoy, en criminología, un añadido científico de carácter complementario, una ampliación de alcances por interesante o enriquecedora que se pretenda: constituye ya una parte inescindible e integrada de la comprensión criminológica sobre la conducta humana desviada y su control. En tal sentido, ha sido clave entender que el género no es un mero factor, sino que constituye ante todo un sistema de producción: el sistema patriarcal, que parte, como materia bruta, de diferencias sexuales, que serán reconfiguradas, elaboradas y alambicadas hasta un resultado final netamente discriminatorio. No es posible entender la conformidad normativa de las mujeres como grupo al margen del análisis de género, ni desconocer el modo en que la victimización limita las vidas de tantas mujeres; ello no solo cuando se manifiesta como fenómeno real, sino cuando la inoculación de inseguridad, de miedo a la victimización se erige en toda una disciplina de control para tejer una red angustiosa y ubicua que coarta las elecciones vitales. El sistema de género, sin embargo, no opera siempre con dinámicas explícitas ni sobre formulaciones programáticas. Antes bien, como se ha señalado desde el feminismo más reciente, el control de género está dotado de una asombrosa capacidad de reinventarse, de reformularse incansablemente, de emboscarse en coartadas políticamente correctas, y 72 | Foro Jurídico

colonizar las instituciones sociales, asumiendo falsos discursos (todo sea por la igualdad, la seguridad o la protección de las mujeres). Tampoco puede entenderse la infracción de la mujer al margen de las desventajas de género. La concentración de la miseria en la mujer o fenómeno de feminización de la pobreza constituye un poderoso elemento criminógeno que determina que algunas mujeres pasen a una cárcel que no es sino réplica institucional más segura y reglamentada, en todo caso de la cárcel de la calle y la miseria ambiental. Clave en este proceso es, de una parte, la secular situación deprimida de algunos sectores, potenciada por la falta de medidas específicas de prevención primaria, que proporcione unos mínimos en formación, autonomía y oportunidades vitales para mujeres excluidas. Desde hace pocos años, esta especial factorialidad se ha hecho del dominio público a la tarea divulgativa del feminismo criminológico, cuya labor investigadora tantas veces se ha ligado a movimientos cívicos de denuncia. Sin embargo, la injusticia de algunas situaciones solo parece calar en la sociedad en casos sonoros, extremos, en los que puede percibirse a una mujer abrumadoramente sobrepasada: sola e impotente ante las cargas familiares, ante los déficits personales, ante las limitaciones socioeconómicas, la victimización y la marginación; incluso, para estos casos, el sistema penal no acierta a abrirse a auténticas soluciones, de un arreglo de oportunidad.

“El control de género está dotado de una asombrosa capacidad de reinventarse, de reformularse incansablemente, de emboscarse en coartadas políticamente correctas, y colonizar las instituciones sociales, asumiendo falsos discursos.”


La Genealogía de la Violencia de Género en el México Moderno

Jorge Ojeda Velázquez

REALIZAR UNA GENEALOGÍA O GÉNESIS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN MÉXICO, ES BUSCAR SU ORIGEN. EN ESTE CASO SE BUSCARÁ LA RAZÓN DEL SER DEL MEXICANO(A), DE SU FORMA DE ACTUAR FRENTE A UN ESTÍMULO EXTERIOR O INTERIOR QUE LO IMPULSA A RESOLVER SUS PROBLEMAS EXISTENCIALES A TRAVÉS DE LA VIOLENCIA.

Magistrado del Vigésimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Ciudad de México)

La crisis económica de los años 70, inmediatamente a la crisis política del 68, lanzó a la mujer al mercado laboral, debido a que el sueldo del jefe del hogar ya no alcanzaba a mantener las necesidades económicas de la casa, la mujer contribuyó a su sostenimiento. Esto le permitió exigir ciertos derechos.

DIAGNOSIS. MICROFÍSICA DE LOCALIZACIÓN DEL PODER Antes que nada, quiero señalar un conector social para comprender el porqué de esas conductas. Para entender las actuaciones de las personas de una época, es necesario analizar las reglas de formación de su personalidad, de aquellas normas que conformaron sus discursos y sus formas de actuar para poder explicar acertadamente el porqué de la realización de ciertos hechos, para entender el modo de manifestarse externamente y no sólo de una de ellas, sino de las demás gentes que conformaron las sociedades en el pasado y, sobre todo, descubrir la episteme o reglas de formación de esa época para no juzgarlas

de acuerdo y paralelamente a nuestras normas que pertenecen a otros tiempos modernos. Es decir, hay un error de apreciación intelectual al querer juzgar las actuaciones de nuestros ancestros, quienes se regían por sus propias normas y costumbres, a la luz de las nuestras que están más cercanas al respeto del valor que tiene una persona humana. Para poder entender al “Yo soy mexicano”, he clasificado esta observación de nuestra sociedad en tres épocas. La primera corresponde al modo clásico de entender el mundo como lo hacían nuestros abuelos en el periodo de 1900-1940, cuando el trato hacia las mujeres era de un objeto más y no como una

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“Existe un manejo inadecuado de esa violencia natural, que no se comprende como tal, pues el cambio como lo señalaron Heráclito y Hegel, es lo que mueve al mundo, la lucha de los contrarios es lo que cambia a las cosas; hay que aceptar como natural esa lucha de generaciones y encausarla correctamente.” persona, sin derecho alguno, como una propiedad particular que se podía intercambiar y disponer libremente de ella. Esta época pasa por una etapa arcaica de minusvalía de derechos, pues para casarse, los padres de la mujer tenían que otorgar una dote al futuro esposo para mantenerla de por vida, puesto que pasaba a otra hacienda doméstica. En esta misma etapa, a nivel internacional, la mujer sufría otro tipo de violencia por parte del señor feudal, ya que este tenía sobre ella, en la noche de su boda, el derecho de pernada (según la novela La catedral del mar, de Ildefonso Falcones, o la historia de mi pueblo chiapaneco, en la forma en que se humillaba a la joven desposada si no llegaba virgen al altar. O el film canadiense Maudie, una película biográfica realizada en 1903 de la pintora canadiense Maud Lewis, quien logra convertirse en una reconocida artista folk al conocer al amor de su vida, un

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huraño pescador para quien comenzó a trabajar con la esperanza de alejarse de su familia y ganar independencia, sin embargo, recibió tratos crueles, violencia física y económica. La segunda época de observación de la sociedad mexicana, que denominaremos de semejanza, la caracterizo por el comportamiento de nuestra sociedad mexicana del periodo 1940-1968 y está representada por el peso de las fuerzas morales que tenía en aquel tiempo la Iglesia católica, nuestros padres y el Jefe del Poder Ejecutivo Federal, como se puede ver en los films cinematográficos en los que Jorge Negrete y Pedro Infante ensalzaron la figura del “macho mexicano” y la crisis de este modelo que podemos ver en otra película titulada Cuando los Hijos se van, cuyos actores principales, los hermanos Fernando y Andrés Soler, llevaron al cine

la moral social de aquella época y que en nuestro hogar nuestros padres replicaron, esto es, reprodujeron a semejanza este modo de ver la vida. En este film cinematográfico observamos directrices de conductas de nuestros padres a través de prácticas y discursos que requieren para su funcionamiento de sujetos libres que pueden ser doblegados. También se advierte la conducta sumisa de la esposa y la rebeldía de una de sus hijas que deseaba trabajar para ayudar en la economía de la casa y la negativa rotunda del padre a que su hija socialice laboralmente como telefonista de una empresa, pues según el padre debe prepararse para el hogar ya que está próxima a casarse. El mismo modelo de respeto a la figura de autoridad paterna, de manera extrema, la observamos en la película La oveja negra, en el que el personaje central, Pedro


Infante, actor que interpreta a un Presidente Municipal, humillado por su padre le exige que le pida perdón hincado en la plaza pública y frente a él. La tercera época corresponde a nuestra historia, la de los jóvenes del 68, cuya crisis política y económica de principio de los años 70 nos acompañaron en nuestra juventud y marcó el rompimiento de una generación con los moldes pasados de la sociedad mexicana, fuertemente estigmatizada por un autoritarismo tanto en el seno familiar como en la forma de gobierno. En protesta por esta violencia social, los jóvenes nos dejamos crecer el cabello y conquistar por el rock de Elvis Presley y por la beatlemanía. Las mujeres adolescentes, por otro lado, empezaron a vestirse de pantalones, a mostrar parte de sus cuerpos que antes era cubierto por faldas largas, más allá de las rodillas, y hacerlo danzar voluptuosamente al ritmo de la época –a Go-Go, twist–; a hacer el amor desordenadamente, rompiendo las reglas morales de aquél tiempo y convertirse poco después en madres solteras; un fenómeno social que escandalizaba al núcleo familiar primario y generaba violencia entre sus miembros como era la de expulsar a la joven de la casa porque era una vergüenza para la familia; conducta que hoy curiosamente ha cambiado radicalmente, pues hasta las madres de las jóvenes solteras encomian a sus hijas para tener un hijo fuera de matrimonio a fin de no quedarse solas en la vida o realizarse como mujer.

la generación de sus padres, con el modelo de vida basado en la obediencia ciega a la figura de autoridad; con la concepción del mundo como modelo a seguir, de aquel mundo cortés como un prototipo a reproducir. Sin embargo, de ahí en adelante todo será cuestionado y con ello el principio de autoridad esgrimido por nuestros padres fue lanzado al cesto de la historia. La crisis económica de los años 70, inmediatamente a la crisis política del 68, lanzó a la mujer al mercado laboral, debido a que el sueldo del jefe del hogar ya no alcanzaba a mantener las necesidades económicas de la casa, la mujer contribuyó a su sostenimiento. Esto le permitió exigir ciertos derechos. La mujer del hogar replicaba dulcemente al marido: “Mira, si los dos regresamos del trabajo después de las seis de la tarde, yo también vengo cansada, ayúdame a barrer, a trapear, a calentar la comida, a colocar los platos en la mesa porque esto para mí es como un segundo

turno, un trabajo de horas extra y esto no es justo –insistía– y así fue cómo nuestra generación fue perdiendo parte de la cultura del “macho” con que fue educada y empezó a lavar los trastes, a aprender a manejar la lavadora, a barrer y a cocinar, sin que le molestara la burla de sus amigos tildándolo de “mampo”, de homosexual o de mandilón. Esta crisis económica sirvió no sólo para cambiar la actitud del entonces “jefe del hogar”, sino para que la madre enseñara a sus hijitos, ahora ustedes jóvenes, dada las recurrentes crisis económicas que pasamos, a realizar los quehaceres del hogar; ya para ustedes esto es tan natural, pero para nosotros era perder la hombría. En el ámbito jurídico, hasta la década de los 80, el artículo 289 del entonces Código Penal para toda la República y para el Distrito Federal en materia de delitos comunes, permitía a los padres el derecho a castigar a sus hijos causándoles lesiones

El 68 marcó en México el rompimiento de los jóvenes con

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“Lo curioso de esta lucha es que no ha generado por parte del sector contrario, el de los hombres, una reacción opuesta; hay un silencio sepulcral que se podría interpretar como de reconocimiento de culpas o de otorgamiento de razón a las mujeres.”

Nación me tildó de “Profeta de la destrucción”, los resultados ahí están. Se ha creado, para evitar la violencia de género, una Ley General de Acceso a una Vida sin Violencia para proteger de manera irrestricta a la mujer, la cual condujo a la creación de los siguientes tipos de delito:

1. El tipo penal de Violencia Familiar que por lo que hace al artículo 201 del Código Penal para la CDMX prohíbe 17 formas de violencia psicoemocional, además de la física, patrimonial y económica, la incomunicación, los tratos crueles, la coacción a abortar; 2. Se ha tipificado también en su artículo 148 bis el delito de Feminicidio.

que tardan en sanar hasta quince días. En los 90, en un discurso pronunciado al término de los cursos para formación de jueces de distrito, dada las condiciones mundiales, la viví en Roma, y las iniciales manifestaciones callejeras de la diversidad sexual en México, pronosticamos que el siglo XXI sería no sólo el comienzo de luchas religiosas y de renovación ética respecto al reconocimiento de los derechos de la entonces llamada comunidad LGTB, cuyo reclamo de respeto a la diversidad sexual se centró, especialmente, en el de las mujeres cuya lucha social por el reconocimiento de sus derechos llegaría, in crescendo, a cambiar la legislación de esa época. Aunque, como réplica, el entonces Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la 76 | Foro Jurídico

Lo curioso de esta lucha es que no ha generado por parte del sector contrario, el de los hombres, una reacción opuesta; hay un silencio sepulcral que se podría interpretar como de reconocimiento de culpas o de otorgamiento de razón a las mujeres, si tomamos en cuenta que no hemos visto todavía una manifestación de hombres para reclamar sus derechos como aquél a no ser golpeados por sus mujeres.

PROGNOSIS En el seguimiento a este comportamiento de nuestra sociedad mexicana, podemos advertir: •

Una autopoiesis o autogeneración de violencia en el seno familiar causado por las diferentes visiones del mundo que cada generación concibe a su manera, a su modo de ser, por ejemplo, la de los padres frente al derecho a

la libertad de sus hijos, esto es frente al derecho de estos a escoger el libre desarrollo de su personalidad; Una generación adulta, precedente, que marca los límites de esa libertad a los jóvenes a través de normas jurídicas, reglas morales, religiosas y sociales con las cuales pretende detener el ímpetu de las generaciones por venir; esta violencia estaba escrita en las leyes agrarias, por ejemplo, el Código Agrario vigente en ese momento imponía la obligación al titular de un derecho agrario de posesión de parcelas, a heredarlas al hijo mayor y los Códigos Civiles imponían, e imponen todavía hoy, la obligación del hijo mayor a mantener a sus padres cuando ellos ya no lo puedan hacer por sí mismos. Existe un manejo inadecuado de esa violencia natural, que no se comprende como tal, pues el cambio como lo señalaron Heráclito y Hegel, es lo que mueve al mundo, la lucha de los contrarios es lo que cambia a las cosas; hay que aceptar como natural esa lucha de generaciones y encausarla correctamente. Uno de esos cauces sería el de cambiar nuestra concepción o arquetipo religioso que viene desde la historia del jardín del Edén, en que se muestra a la mujer como causante principal de nuestras desgracias para no descargar nuestra ira en ella. Se debe concebir a la violencia como un sentimiento natural, insita en nuestra psiqué y que


si bien el bajo control de nuestros impulsos nos pueden llevar a cometer conductas desviantes o criminales, la razonabilidad, producto de la educación, debe imperar en la solución de los problemas. TRATTAMENTO La cuarta transformación es la de ustedes, los jóvenes de hoy que impulsaron estas nuevas normas y desean vivir bajo su égida; no obstante, vuelvo a insistir: no hay que juzgar a las generaciones pasadas con nuestras reglas actuales. Ellos obraron de acuerdo con su episteme, en consonancia a su forma de ser; su modo de conducirse por la vida se adecuó a sus reglas, normas o leyes de aquellos tiempos, totalmente diferente a las nuestras y actuales.

porqué de su incomprensión de estar frente a un juez y el sentido de su respuesta: “Tengo derecho a educar a mi mujer”. Es por todo esto que me dirijo a los jóvenes jueces para suplicarles que, de acuerdo con el contenido de los actuales artículos 51 y 52 del Código Penal Federal y similares de los Estados, al momento de individualizar las sanciones tomen en cuenta este factor: el modo de conducirse de una persona frente a las normas, producto de su episteme o reglas de formación de su estructura de personalidad. No obstante, si alguna replica emitida en el sentido de que este factor no está previsto en la ley, invitó a los futuros legisladores a introducirla dentro de la norma jurídica penal.

“La cuarta transformación es la de ustedes, los jóvenes de hoy que impulsaron estas nuevas normas y desean vivir bajo su égida; no obstante, vuelvo a insistir: no hay que juzgar a las generaciones pasadas con nuestras reglas actuales.”

Es como si, como sucede con frecuencia, juzgáramos hoy a las autoridades religiosas y civiles de nuestro pasado colonial, en cuanto a la forma de imponer los castigos corporales. Ellos actuaron así porque la ideología punitiva del pasado imponía la aceptación de castigar al cuerpo que se había dejado poseer por el mal (por el diablo) para cometer los delitos, a fin que castigando a la carne, su espíritu entrara limpio de todo pecado al cielo. Así también hoy, poniendo como ejemplo verdadero la experiencia de aquella persona de la tercera edad, al que identificamos como el abuelo oriundo del estado de Oaxaca que fue llevado a juicio oral. Al imputársele el delito de lesiones cometido en contra de su esposa, comprendamos el

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CADALSOS LA EPIDEMIA DE LA VIOLENCIA

Según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en nueve estados hubo un aumento en homicidios dolosos en el

último año, en que se declaró la Jornada Nacional de Sana Distancia, en la cual, si bien no existió un encierro total como en otras partes del mundo, el tránsito de las personas disminuyó de manera significativa. Irónicamente las cifras de violencia aumentaron. Hasta el pasado 28 de febrero se registraron 34,299 homicidios dolosos y en los estados de Baja California, Colima, Hidalgo, Jalisco, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora y Zacatecas han reportado un incremento de ese delito. Siendo Zacatecas y Jalisco las entidades con un incremento del 57 y 56%

respectivamente. Aunque el gobierno federal ha informado el despliegue de 80,145 elementos de la Guardia Nacional y pese a los programas sociales que pretenden restaurar el tejido social, la violencia es la epidemia que consume a México, no está de más que la violencia de género ha aumentado también, aunque se han instrumentado políticas públicas para disminuirla. No obstante, la secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez, reportó una disminución del 20% en delitos del fuero federal en el mes de febrero.

los de Guerrero, se quedaron sin registro para participar en las próximas elecciones. Así, Morena se convirtió en el partido más castigado. Aunque muchos aspirantes morenistas explicaron que, por haber sido otorgadas las candidaturas con base en encuestas internas, el partido no les pidió registrar sus gastos, pero no fue suficiente para convencer a la mayoría de los Consejeros. Además, por esta falta impusieron una multa a Morena por 6,573,391.97 pesos. La consejera, Adriana Favela Herrera, presidenta de la Comisión de Fiscalización del INE, explicó que a pesar de que Morena rechazó tener precandidatos y periodo de precampañas, la autoridad electoral determinó lo contrario, aunque su voto fue en contra de la sanción porque fue el partido

político el que no dio acceso a los distintos sistemas para el reporte de gastos porque, según ellos, no tenían precampaña, mientras que la mayoría de consejeros determinaron que sí hubo precandidatos y precampañas. Para estos momentos el Tribunal Electoral ya debió haber tomado la decisión final. Este proceso electoral será muy interesante.

EL INE VA CON TODO Parece que este proceso electoral no solo está siendo noticia por ser el más grande de México por la cantidad de cargos públicos que se disputan, sino también por las últimas decisiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE). Para el 26 de marzo el INE determinó retirar el registro a 170 aspirantes a un cargo de elección popular por omitir presentar informes de ingresos y gastos de precampaña, a pesar de que la Unidad Técnica de Fiscalización detectó diversos actos y mensajes que debieron ser reportados, señalaron en el comunicado. Por este procedimiento de fiscalización, 50 candidatos de Morena, entre ellos candidatos a gubernaturas, diputaciones locales y federales, y alcaldías, los casos más sonados fueron 78 | Foro Jurídico


MORENA VS INE

Mario Delgado, presidente nacional de Morena, ha estado ocupado aclarando acusaciones dentro de su partido y recientemente atizando contra el acuerdo aprobado por el INE que busca evitar la sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados con la aplicación de una fórmula de asignación de las curules por el principio de

Representación Proporcional, los famosos plurinominales. Así, las reglas emitidas por el INE establecen que ningún partido político podrá rebasar el 8% de sobrerrepresentación. A raíz de esta decisión, Delgado, a través de un video en sus redes sociales, dejó ver su enojo por esta “maniobra oscura y vergonzosa de algunos consejeros del INE afines al PRIAN, pretenden, a menos de tres meses de la elección, cambiar las reglas de asignación de los diputados plurinominales para afectar a nuestro movimiento y que no obtengamos la mayoría” e informó que impugnarían las reglas emitidas por el INE. Quizá olvidan un poco que dentro de las promesas

de campaña de los morenistas estaba la desaparición de los pluris por el gasto que representan, de hecho, el pasado febrero esta fracción presentó una iniciativa para eliminar a los 200 diputados plurinominales porque “el exceso de legisladores” entorpece la toma de decisiones y va contra la austeridad republicana, Pero ahora que las mesas se han volteado y tener mayoría representa un gran beneficio, como se ha notado en lo que va del sexenio, la idea ya no parece tan viable. Aunque si la ley no cambia, se debe seguir, ¿no es cierto? Esperemos que estas decisiones del INE sean también la base para cimentar de una vez por todas la democracia en este país y no sea una llamarada de petate

LA EDUCACIÓN EN PANDEMIA La Encuesta para la Medición del Impacto de la Covid-19 ha dejado ver un impacto muy negativo en la educación en México, pues se reporta que: “por motivos asociados a la Covid-19 o por falta de dinero o recursos no se inscribieron 5.2 millones de personas (9,6% del total de 3 a 29 años) al ciclo escolar 2020-2021”, afirma el estudio del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Además, el informe muestra que 1.8 millones no concluyeron el ciclo escolar anterior (2019-2020), el 58.9% de ellos argumentó alguna razón asociada a la Covid-19, mientras que 8.9% aseguró que dejaron las clases por falta de dinero o recursos. De ese universo,

1.5 millones corresponden a escuelas públicas y 243,000 a privadas. Aunque el gobierno implementó un convenio con las grandes empresas de medios para que las clases continuaran de manera virtual, la realidad es que las condiciones sociales de desigualdad, además de las secuelas de la epidemia como el desempleo, han perjudicado el panorama educativo en el país. La secretaria de Educación Pública, Delfina Gómez Álvarez encabezó la Presentación del Plan para la Reactivación Escalonada Mixta de los Servicios Educativos en Campeche, entidad en semáforo verde, en la que pretenden iniciar el regreso seguro a clases y se tiene programado el regreso a las aulas el 13 de abril.

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Raúl Contreras Bustamante. Tirant Lo Blanch, 2020.

EL DERECHO HUMANO A LA EDUCACIÓN

Esta obra de Derecho Constitucional intenta explicar cómo se concibió y ha evolucionado el derecho humano a la educación. En épocas anteriores, hasta antes de la aparición de los Derechos Sociales, la educación era un privilegio de las élites monárquicas, aristocráticas y religiosas, que procuraba la preservación de estos grupos en la cumbre de la sociedad, así como la reproducción de contenidos de dominación, al servicio de las cúpulas de poder. En estas páginas se desarrolla toda una travesía histórica en el análisis de los procesos educativos, partiendo de los remotos días de la paideia en la Antigua Grecia y Roma; explorando el largo interludio del conocimiento y la cultura en la Edad Media; continuando con el período de transición del Renacimiento y la Ilustración y desembocando en los desarrollos pedagógicos del siglo XX, hasta llegar al momento actual.

EL OUTSOURSING, TERCERIZACIÓN O SUBCONTRATACIÓN LABORAL

Carlos Romero Aranda. Dofiscal Thomson Reuters, 2021.

La figura del outsourcing surge como el acto mediante el cual una organización contrata a un tercero para que realice un trabajo en el cual está especializado, con los objetivos de reducir costos y evitar a la empresa la adquisición de una infraestructura propia. Se ha desarrollado como respuesta a las nuevas necesidades empresariales para disminuir costos, aumentar la eficiencia en el mercado, como un todo, y con ello, incrementar los beneficios de las empresas contratantes. Lamentablemente, la experiencia y los hechos demuestran que se ha abusado de esta figura en perjuicio del fisco federal y los derechos de los trabajadores en México. Por tal motivo, el presidente de la República anunció una Iniciativa con proyecto de Decreto, por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones en diversas leyes, en beneficio a la Hacienda Pública y para la protección y defensa de los derechos de los trabajadores en México.

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LIBROS RECOMENDADOS

Didier Villagómez Alvarado. Flores Editor y Distribuidor, 2021.

LA FORMACIÓN JUDICIAL

La sociedad actual requiere de un cambio profundo y amplio en la cultura jurídica. Este cambio es posible generando espacios educativos institucionales que tiendan a fortalecer los ámbitos de competencia profesional a través de una sólida formación de los hombres y de las mujeres que tienen la alta encomienda de impartir justicia. El mayor reto que se visualiza en el estudio y en la aplicación del derecho es transformar los modelos educativos tradicionales de enseñanza que durante años han imperado en nuestra cultura. En esta obra, se estudia y analiza desde una perspectiva dialéctica el fenómeno de la formación judicial, en el plano normativo; examinándolo, a partir de sus inicios, planteando su desarrollo, las tensiones y las implicaciones del sistema de carrera judicial en el plano de la realidad concreta, en aras de proponer el establecimiento de la Escuela Judicial.

DERECHOS INDÍGENAS Y ACCESO A LA JUSTICIA PENAL

Héctor Carreón Perea. Inacipe, 2019.

A lo largo de la historia, las comunidades indígenas en México han padecido la exclusión social, económica, política y cultural. En consecuencia, viven en una situación de vulnerabilidad. Esta se ve reflejada, también, en el ámbito legal, particularmente en el acceso a la procuración de justicia. En Derechos indígenas y acceso a la justicia penal, diversos especialistas analizan dicha problemática, echando mano de distintas perspectivas. A través de los 10 ensayos que integran el libro, y usando como premisa el principio pro persona, se plantean los vacíos legales y retos a superar en la materia. Entre los temas abordados están: la situación que viven las personas indígenas en reclusión; la importancia de un intérprete y traductor durante el proceso legal; los sesgos de género a los que se enfrentan las mujeres detenidas, así como el estudio de los instrumentos internacionales y la legislación vigente.

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