Sra_Claudia_Cuiza

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La Consulta a las Partes Interesadas Durante la Certificación FSC EVALUACION, REGISTRO, REPORTE • La información dada por las Partes Interesadas debe ser corroborada por el Certificador, en lo posible, con otra fuente o en el terreno. • La Certificadora debe dejar registro del nombre y datos de la Parte consultada, de toda la información recibida oralmente y de los comentarios recibidos por escrito. • La Certificadora debe dejar notas de cómo la información recibida fue evaluada o corroborada y de la explicación de la forma en que interpretó o tomo conocimiento de los comentarios para llegar a una decisión de conformidad o no-conformidad. • Los reportes públicos de la evaluación principal y seguimientos, deben incluir los comentarios recibidos de las Partes (no se identifica a la Parte sin su consentimiento), junto con las conclusiones y la descripción de las acciones de seguimiento relacionadas de la Certificadora. • Dentro de los 3 meses de la certificación, la Certificadora debe informar a la Parte consultada que proveyó información escrita o solicito respuesta, de cómo sus preocupaciones fueron respondidas.


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