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El delito fiscal aduanero de contrabando
Como parte de la vida humana y desde los primeros vestigios históricos, el mercadeo siempre ha sido una de las principales actividades de la cotidianeidad y, dada su expansión, se han creado leyes que permiten el intercambio de mercadería, incluida la que se lleva a cabo con otros países. Dentro de esa dinámica, surgen conductas ilícitas como lo es el contrabando; respecto al cual se propone atender los elementos positivos de la teoría del delito, a efecto de vislumbrar qué es lo que lo compone, así como el contexto reglamentario de esta conducta antisocial, para contar con un panorama preciso de las principales disposiciones respecto a este delito.
… los principales productos de contrabando son los dedicados al crimen organizado
POSIBLES CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN
Las causas de justificación serán esos motivos que hacen una conducta, inicialmente contraria a Derecho, jurídica, esto es, legal; puede ser que la conducta realizada se adecue exactamente al tipo penal en estudio, lo que nos produce tipicidad; sin embargo, para llegar a castigarla, dicha conducta debe ser antijurídica, pero si existe alguna de las causas que justifican la conducta, se destruye esa calificación de antijuridicidad y, en consecuencia, la configuración del delito.
Así, el Código Penal Federal (CPF), en su artículo 15, prevé como causas de exclusión del delito las siguientes:
1. Ausencia de voluntad del agente.
2. Inexistencia de alguno de los elementos que integran la descripción típica del delito.
3. Consentimiento del titular del bien jurídico afectado.
4. Legítima defensa.
5. Estado de necesidad.
6. Cumplimiento de un deber.
7. Ejercicio de un derecho.
8. Error invencible.
9. Casos fortuitos.
En virtud de lo anterior, la posible causa de justificación para el delito de contrabando se puede encontrar en el error y en los casos fortuitos, puesto que, al momento de realizar la importación o exportación de mercancías, una situación equívoca de la realidad puede llegar a afectar el papeleo o la determinación de la contribución a pagar, inclusive el mismo error humano de haber transportado mercancías diferentes, que no corresponden a la papelería presentada.
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