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El delito fiscal aduanero de contrabando

El principal producto contrabandeado en México es la cocaína con dirección a los Estados Unidos de América (EUA), así como el tráfico de clandestinos, y viceversa, son las armas las que se introducen a nuestro país de manera ilícita. De lo anterior, se puede denotar que, aunado a la falta de atención prevista para las disposiciones fiscales, los principales productos de contrabando son los dedicados al crimen organizado, por lo que es un problema latente y cotidiano, que deben atender tanto las autoridades fiscales como las penales.

LA ANTIJURIDICIDAD EN LA COMISIÓN DE ESTE DELITO

La antijuridicidad es uno de los elementos positivos de la teoría del delito, pues, para que una conducta típica sea antijurídica, debe contravenir la juridicidad del Estado de Derecho; esto, debido a que lo antijurídico, es lo contrario a la ley o al Derecho. En virtud de lo anterior, la antijuridicidad sería:

Formal: puesto que la conducta posiblemente antijurídica debe controvertir leyes vigentes, esto es, el Derecho positivo.

Material: el desplazamiento de la conducta va a generar un resultado que atenta contra la sociedad y el bien jurídico tutelado por el tipo penal.

En consecuencia, este elemento positivo va a ser la calificación que se le dé a la conducta realizada, respecto a su apego o no a las leyes; lo anterior es así, ya que el agente activo del delito va a expresar su voluntad de realizar una conducta que atenta contra las leyes, en las cuales se encuentran contenidos y protegidos los derechos de los ciudadanos y del Estado, como ente administrador del pueblo; y son esos derechos los que proporcionan la seguridad jurídica. En el caso de contrabando, la antijuridicidad se encuentra cuando el agente activo del delito importa y exporta:

1. Sin haber cubierto las contribuciones o cuotas compensatorias que correspondan.

2. Sin contar con los permisos requeridos, si así se establece para dicha mercancía.

3. Mercando productos prohibidos.

Como todo elemento que construye el delito, va a encontrar su aspecto negativo, es decir, las causas de justificación que, en caso de existencia, restan ese calificativo antijurídico a la conducta.

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