Conceptos y biografias tema 4

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CONCEPTOS Y BIOGRAFÍAS TEMA 4 + Fueros. Término que sirve para designar las cartas de fundación de ciudades y villas en la Edad Media, que consistían en leyes especiales que se otorgaban a un municipio. Los fueros de las ciudades y poblados de España medieval recogían las normas jurídicas locales y la ordenación administrativa del municipio. Su origen se halla en el derecho establecido por la costumbre y las disposiciones de los príncipes y señores laicos y eclesiásticos. La reconquista y repoblación de las tierras ocupadas por el Islam influyeron notablemente en el desarrollo de los fueros, pues los reyes, para favorecer el asentamiento de hombres venidos del norte en las plazas reconquistadas, otorgaban frecuentemente privilegios y exenciones a estos pobladores. Uno de los fueros más importantes fue el de Sepúlveda (1076), otorgado por el rey Alfonso VI de Castilla, y que sirvió de modelo para otros fueros municipales.

+ Código de las Siete Partidas. Código medieval castellano basado en el derecho romano, redactado en el siglo XIII, entre 1256 y 1265, por una comisión de juristas castellanos bajo la dirección del rey Alfonso X el Sabio (1252-1284). Su objetivo era conseguir una cierta uniformidad jurídica del Reino, acabando con la existencia de innumerables fueros municipales. Su nombre original era Libro de las Leyes, y hacia el siglo XIV recibió su actual denominación, por las secciones en que se encuentra dividida. Las Partidas abarcan todo el saber jurídico de la época dentro de una visión unitaria, por ello se le ha considerado una summa de derecho. Trata, entre otras materias, de derecho constitucional, civil, mercantil, penal y procesal, tanto civil como penal. Las Siete Partidas se refieren a los siguientes temas: la vida religiosa y eclesiástica; los deberes y derechos de los gobernantes; la administración de Justicia; el matrimonio; los contratos, los testamentos y los delitos y sus penas. Su influencia ha sido muy importante en la historia del derecho español.

+ Ordenamiento de Alcalá. Es un conjunto de 131 leyes, divididas en 32 títulos, promulgadas con ocasión de las Cortes reunidas por Alfonso XI en Alcalá de Henares (1348). Son consideradas parte importante del corpus legislativo principal de la Corona de Castilla de la Baja Edad Media, desde entonces hasta 1505 (Leyes de Toro). La obra significó el éxito de los letrados, de orientación romanista, quienes representaban el interés del rey por aumentar el poder de la monarquía. Debido a la dispersión legislativa y la indefinición de muchas situaciones jurisdiccionales (locales y estamentales), era necesaria la creación de un cuerpo normativo que ordenara la situación jurídica. Además de sancionar nuevas leyes (contratos y testamentos), se estableció un orden de prelación legal para la aplicación de distintos cuerpos legislativos existentes. De esta manera quedó establecido que debían aplicarse: las leyes sancionadas en Alcalá, en segundo lugar, el Fuero Juzgo y los fueros locales o estamentales que se mantuvieran uso, y en tercer lugar el Código de las Siete Partidas. Por último se estaría a la interpretación que diera el rey en caso de duda o silencio de las disposiciones citadas. El ordenamiento de Alcalá pasó a aplicarse a las zonas con fueros locales, como Sahagún, Cuenca, León o Castilla, que paulatinamente irían adoptando el Fuero Real al serles "otorgado" éste.

+ Cortes. Nombre que se dio en los reinos cristianos a partir del siglo XII a las asambleas de la curia regia, convocadas y presididas por el rey, en las que participaban representantes de la nobleza, el clero y los representantes de las ciudades. Las Cortes medievales se celebraban por


iniciativa del rey en las que se trababan cuestiones referidas al gobierno del reino, especialmente la aprobación de impuestos extraordinarios y la ley de la moneda acuñada. En 1188, el rey de León Alfonso IX convocó el primer parlamento de toda Europa. En los otros reinos peninsulares las primeras Cortes se reunieron en Cataluña en 1218, en Portugal en 1254, en Aragón en 1274 y en Navarra en 1300. El funcionamiento no era exactamente igual en todas ellas. Por ejemplo, mientras que en Castilla no aprobaban leyes, porque era una facultad del rey, en Aragón sí que lo hacían. Además, en Aragón el rey estaba obligado a escuchar las peticiones de los representantes antes de hacer las suyas, mientras que en Castilla ocurría al revés. Las últimas Cortes de Castilla fueron convocadas por Carlos IV en 1789, muy mermadas su importancia debido al absolutismo. En el siglo XIX recuperaron su papel, convertidas en órgano legislativo, en las Cortes de Cádiz de 1812, donde se promulgó una Constitución liberal.

+ Pactismo. Se denomina así al derecho concedido a los territorios de la Corona de Aragón, reconociendo que no se tomarían medidas de carácter general ni se dictarían leyes sin consultar previamente a cada una de las Cortes. En la práctica supuso la sumisión de la monarquía a las Cortes, la defensa de los intereses de los sectores privilegiados y la autonomía de cada reino.

+ La Generalitat de Cataluña Las Cortes de la Corona de Aragón ejercían funciones de consejo y también legislativas, celebrándose anualmente. El primer paso hacia la institución de la Generalidad se produjo en las Cortes celebradas en 1289 en Monzón, al designarse una Diputación del General, comisión temporal para recaudar el "servicio" o tributo que se concedía al rey. Este impuesto era conocido popularmente como generalidad. Con el paso del tiempo, el nombre oficioso de Generalidad terminó suplantando el nombre oficial de Diputación del General. En las Cortes de 1358-1359 celebradas en Barcelona, Villafranca del Panadés y Cervera, las Cortes designaron a doce diputados con atribuciones ejecutivas en materia fiscal, así como unos "oyentes de cuentas" que controlaban la administración bajo la autoridad del que está considerado como primer presidente de la Generalidad, Berenguer de Cruïlles. En el interregno producido por la muerte de Martín el Humano, la Generalidad asumió responsabilidades políticas. El sistema de elección de los diputados fue objeto de constante discusión. Tras la Guerra de Sucesión española fue liquidada por Felipe V mediante el Decreto de Nueva Planta de 1716

+ Peste Negra o bubónica. Nombre que recibe la epidemia de peste bubónica que asoló Europa a mediados del siglo XIV (1347-1360) y que agudizó la crisis de la época. Causó una gran mortalidad. En la Península entró seguramente por Mallorca, procedente de Asia, y tuvo especial repercusión en Cataluña. Es una de las variantes conocidas de la peste, junto con las septicémica y la pulmonar. Se llama así por el color oscuro de los bubones (tumefacciones muy dolorosas de los ganglios linfáticos), pústulas y manchas que aparecen en las ingles, el cuello y las axilas de los enfermos. La peste bubónica es producida por Yersina pestis, un bacilo que parasita a las pulgas de las ratas domésticas, que constituyen el agente transmisor de la enfermedad al ser humano. La Peste Negra llegó a Europa por mar desde Asia, a través de las rutas comerciales abiertas por los mercaderes italianos, y penetró en la península probablemente por los puertos mediterráneos. El contagio era muy rápido y se producía por contacto (cadáveres, ropas…) o por vía aérea a través de las gotas de saliva expelidas por la


tos. Tras dos o tres días de vómitos y convulsiones, los afectados morían en un elevado porcentaje. Aparte de las medidas elementales, como aislar a los enfermos, quemar las ropas y objetos que estos hubiesen tocado y emplear cal para enterrar a los cadáveres, no existía tratamiento alguno para combatir esta mortífera enfermedad. La peste desapareció de Europa en el siglo XVIII, probablemente por una mutación del bacilo o por el aumento de las defensas de los organismos portadores.

+ Malos usos. Expresión con la que son conocidas determinadas formas de fiscalidad ejercidas por la nobleza sobre el campesinado en Cataluña, y que provocaron un fuerte movimiento de resistencia durante la Baja Edad Media. Permitían al señor apropiarse de parte de los bienes de un campesino muerto sin descendencia (intestia y exorquia), y de la mitad o la totalidad de los bienes de la mujer del campesino si esta era culpable de adulterio (cugucia). Así mismo, el señor tenía derecho a una indemnización por incendio del manso (arsina) y a percibir una cantidad por consentir que el campesino hipotecase determinadas tierras (firma de spoli). Por último, el campesino no podía abandonar la tierra si no pagaba al señor un rescate, que este fijaba arbitrariamente (remensa).

+ Remensa. Derecho señorial, vigente en Cataluña en la Baja Edad Media, que ligaba a los campesinos a la tierra, los cuales solo se liberaban mediante el pago de un rescate. Esta situación provocó el levantamiento armado en la segunda mitad del siglo XV y largas luchas que solo acabaron cuando Fernando el Católico, en la sentencia arbitral de Guadalupe en 1486, les liberó de dicha obligación (Payés de remensa: campesino sometido a esta servidumbre).

+ Irmandiño. Miembro de las hermandades de campesinos y burgueses que en la Galicia medieval se agrupaban para defender sus intereses de los abusos y la explotación de los señores. Las primeras Hermandades se reunieron a principios del siglo XII para combatir la autoridad del obispo Diego Gelmírez en Santiago de Compostela. En el siglo XV se produjo la mayor sublevación de irmandiños a causa de la crisis económica agraria, que hizo aumentar las cargas señoriales y sumió en la miseria a gran número de campesinos. El rey Enrique IV les apoyó para reducir el poder de la nobleza y autorizó la creación de la hermandad en 1465. En 1467 se levantó un ejército de casi 80.000 campesinos y burgueses que expulsó a la nobleza de Galicia, pero en 1469 el rey les retiró su auxilio, lo que permitió el regreso de la aristocracia gallega, con la consiguiente derrota y sometimiento de los irmandiños.

+ Consell de Cent. Es la institución de autogobierno municipal de la ciudad de Barcelona entre los siglos XIII y XVIII. Recibe dicho nombre porque lo formaba una asamblea de cien ciudadanos: los llamados «jurados», que asesoraban y supervisaban a los magistrados municipales, y los «consellers» o consejeros de Barcelona. El número inicial de miembros quedó fijado en cien, aunque la cifra de jurados de la asamblea fue aumentando a lo largo del tiempo. Sus cargos fueron pronto acaparados por la burguesía rica, hecho que comportó el descontento de otros grupos sociales, que, marginados del poder, se enfrentaron a esta nueva oligarquía urbana.

+ Busca. Partido o bando urbano surgido en Barcelona a mediados del siglo XV que agrupaba a los comerciantes y artesanos dedicados a la exportación. Defendían, ante sus rivales la biga,


la producción artesanal, la devaluación de la moneda y la democratización del gobierno de la ciudad. Protagonizó la guerra civil catalana de 1642-1672.

+ Biga. Partido o bando urbano surgido en Barcelona en la Baja Edad Media formado por los ciudadanos honrados (pequeña nobleza), comerciantes enriquecidos con el comercio de importación y rentistas. Las medidas económicas que tomaron desde el municipio, que controlaban, iban en contra de los intereses de los sectores vinculados a la economía productiva, representado por los menestrales. Protagonizó la guerra civil catalana de 14621472.

+ Agramonteses y Beamonteses Se trata de dos bandos o clanes rivales de la nobleza navarra que mantuvieron una guerra civil, casi permanente, entre los siglos XV y XVI. Los agramonteses, nombre derivado de su líder histórico, el señor de Agramont, se apoyaban en las tierras llanas y en los Trastámara. Los beamonteses, llamados así por su caudillo, Luís de Beaumont, eran montañeses, que se apoyaban en las zonas pirenaicas y en Pamplona. Por lo general eran profranceses y contrarios a los Trastámara.

+ Pogromo. Consiste en el linchamiento multitudinario, espontáneo o premeditado, de un grupo particular, étnico, religioso u otro, acompañado de la destrucción o el expolio de sus bienes (casas, tiendas, centros religiosos, etcétera). El término ha sido usado para denotar actos de violencia sobre todo contra los judíos, aunque también se ha aplicado para otros grupos. La Revuelta antijudía de 1391 fue una revuelta popular dirigida contra los judíos que se inició el 6 de junio de ese año en la ciudad de Sevilla. Hubo saqueos, incendios, matanzas y conversiones forzadas de judíos en las principales juderías de las ciudades de casi todos los reinos cristianos de la Península Ibérica: las coronas de Castilla y Aragón y en el reino de Navarra. Las revueltas más graves fueron las iniciales, que comenzaron en Sevilla y se propagaron a Córdoba, Toledo y otras ciudades castellanas.

+ Trastámara. Dinastía de origen castellano, del condado homónimo situado en el noroeste de Galicia, que reinó en las Coronas de Castilla y Aragón, propiciando la unión de ambas coronas con el matrimonio de los Reyes Católicos (1469). + ENRIQUE II el de las Mercedes (Sevilla 1333 – Santo Domingo de la Calzada, La Rioja 1379). Rey de Castilla y León (1369 – 1379). Hijo bastardo del rey Alfonso XI de Castilla y de Leonor de Guzmán, hermanastro de Pedro I y primogénito de los Trastámara, desató la guerra civil castellana apoyado por un sector de la nobleza y con el auxilio de Francia. Su victoria de 1369 significó el triunfo de la nobleza terrateniente frente a la burguesía comerciante y limitó la autoridad real en beneficio de los grandes linajes castellanos. + Mercedes enriqueñas. Donaciones hechas por Enrique II de Trastámara a los partidarios que poseía entre la nobleza castellana, para así atraérselos en su lucha contra su hermanastro Pedro I por el trono de Castilla. + PEDRO I el Cruel (Burgos 1334 – Montiel, Ciudad Real 1369) Rey de Castilla y León (13501369). Heredó el trono de su padre Alfonso XI de Castilla. Durante los primeros años de su reinado la política castellana estuvo dirigida por el valido Juan Alonso de Alburquerque, que favoreció la alianza con Francia en la guerra de los Cien Años y concertó el matrimonio del rey


con la infanta francesa Blanca de Borbón. En 1353 don Pedro se liberó de su tutela, abandonó a la reina por su favorita María de Padilla y decidió intervenir en las luchas de linajes que desgarraban el reino. Frente a él se levantó el bando nobiliario dirigido por sus hermanos bastardos, los Trastámara, lo que originó una guerra civil en Castilla en la que intervinieron: Inglaterra a favor de Don Pedro, y Francia, en apoyo del pretendiente Enrique de Tratámara. En la batalla de Montiel el rey fue atraído con engaño a la tienda del condestable francés Bertrand Duguesclin, donde fue asesinado.

+ Compromiso de Caspe. Acuerdo en la localidad de Caspe entre representantes de los tres reinos principales de la Corona de Aragón (Aragón, Cataluña y Valencia), que eligen como sucesor real al infante Fernando de Antequera, de la dinastía castellana de los Trastámara, tras la muerte de Martin el Humano en 1412 sin descendencia. + ALVARO DE LUNA (Cañete, Cuenca h. 1390 – Valladolid 1453) Condestable de Castilla. Fue valido de Juan II y quien dirigió el gobierno de Castilla durante todo su reinado. Sufrió la hostilidad permanente de los infantes de Aragón, que provocaron su destierro desde 1427 hasta 1430. Combatió a los musulmanes, a los que venció en la batalla de la Higueruela (1431). Fue desterrado nuevamente a Escalona en 1439, pero derrotó a los nobles hostiles en Olmedo (1445) y recuperó el gobierno de Castilla. Acumuló grandes beneficios, lo que acentuó el odio de sus enemigos que finalmente, lograron del rey la firma de su pena de muerte. Fue degollado públicamente en Valladolid. + ENRIQUE IV el Impotente (Valladolid 1425 – Madrid 1474) Rey de Castilla y León. Hijo de Juan II, débil de carácter, fue dominado por la nobleza. Delegó las funciones de gobierno en sus validos Juan Pacheco y Beltrán de la Cueva. El bando que apoyaba la candidatura al trono de su hermana Isabel hizo circular el rumor de su impotencia, atribuyendo la paternidad de la heredera Juana (apodada la Beltraneja) a Beltrán de la Cueva. La nobleza destituyó a Enrique en Ávila y nombró rey al infante Alfonso en 1465, que murió poco después. Isabel obtuvo en Guisando el reconocimiento de su derecho a la herencia dinástica (1468), pero dos años después Enrique IV proclamó heredera del trono a Juana la Beltraneja. A la muerte del rey estalló la guerra civil en Castilla.

Gremios: Corporación o asociación profesional de artesanos dedicados a un oficio que adquieren gran importancia en la época medieval. Garantizaba una producción de calidad y aseguraba la fabricación, fijaban precios y salarios, y procuraban evitar la competencia. Solían agruparse en determinados lugares de las localidades, por ello, muchas calles conservan el nombre o topónimo de su actividad (carpinteros, curtidores, caleros, bataneros, bordadores, cuchilleros, etc.). Con el tiempo constituyeron fuertes asociaciones que monopolizaron productos y precios. Su organización interna solía tener a un maestro, máximo grado profesional, que poseía un taller donde se trabajaba. A él acudían los oficiales, siguientes en la escala, y los aprendices o jóvenes, que residían en el taller y recibían la manutención. Los oficiales podían acceder al grado de maestro tras un examen, donde debían realizar "una obra maestra". En España desaparecen los gremios en 1813, tras ser abolidos por las Cortes de Cádiz.


Almogávares fueron unas tropas de choque de la Corona de Aragón formadas por infantería ligera, activos en el Mediterráneo entre los siglos XIII y XIV. Son equivalentes a los entonces llamados peones en Castilla. Estas tropas estaban integradas principalmente por oficiales aragoneses y catalanes. Una tropa que en su origen estuvo formada por campesinos y pastores oriundos de los valles pirenaicos, y en la época de su mayor actividad procedían de toda la Corona de Aragón. Se caracterizaban por ser tropas de choque de infantería que combatían a pie, con armas y bagajes ligeros, generalmente con un par de lanzas cortas, un cuchillo largo y a veces un pequeño escudo redondo como única defensa. Llevaban la barba crecida y vestían pobremente, únicamente un camisón corto (tanto en verano como en invierno), llevaban un grueso cinturón de cuero y calzaban abarcas de cuero.


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