Versión Extendida: actuaciones locales para la reparación de las víctimas de violencia machista

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1P/2 / ¿De qué conceptos es necesario partir?

/ En los últimos años la violencia machista contra las mujeres ha estado en el debate público, debido en gran parte a las diversas movilizaciones que desde entornos feministas se han realizado alrededor de la legítima reivindicación del derecho de las mujeres a no sufrir ningún tipo de violencia, en especial aquella que tiene sus orígenes en el patriarcado, el cual legitima la consideración de éstas como inferiores a los hombres; en estos debates se han manifestado confusiones entre determinados conceptos o se ha dado un manejo poco riguroso de ellos con la intención de no reconocer la violencia machista como expresión más grave de las estructuras que mantienen y reproducen la desigualdad de género. Uno de los ejemplos de estas confusiones es la que se produce entre “violencia de género” y “violencia doméstica” o “violencia intrafamiliar”, que puede derivar en consecuencias negativas para las víctimas en caso de que desde los estamentos políticos no se distinga claramente la diferencia entre ambas. Las consecuencias de estas confusiones, sea por desconocimiento o de manera intencionada, no es solamente un aspecto teórico, ya que puede obviarse la desigualdad de género al redactar normativas que protejan y reparen el daño ocasionado a las víctimas y supervivientes de la violencia que es estructural y no exclusivamente manifestación de problemas del sistema familiar. El trasfondo, la filosofía y los principios en los que se basan las leyes nunca deben diluirse en su aplicación, garantizando así un trato justo para cada una de las víctimas.

Normativa y terminología /33


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