Revista Académica Ethos Gubernamental VI

Page 244

Sigfrido Steidel Figueroa

sea relevante para la ética judicial con todas las consecuencias procesales que pudiera tener. Debe destacarse que lo anterior sólo revela que la conducta previa de un candidato a juez es relevante para la ética judicial. Sin embargo, las exigencias que se imponen sobre el candidato a juez, desde la perspectiva ética, no son similares a las exigidas a un juez en propiedad. Como abogado, al defender una causa de un cliente una persona es la más parcializada del proceso. Pero ese es su rol en ese contexto. No parece sensato exigirle a un candidato a juez que actúe profesionalmente de manera imparcial mientras labora como abogado. Sin embargo, sí es relevante para la ética judicial si un juez fue respetuoso de la ley antes de ser juez. Así, pues, cuando se plantea que la conducta de una persona que excede el ámbito temporal en el que ejerce el cargo de juez es relevante para la ética judicial, lo que se dice es que su conducta previa es pertinente para determinar si es idóneo para ser juez. El hecho de que la conducta se hace notoria luego de que inicia sus funciones como juez sólo impone un elemento con implicaciones procesales que no necesariamente imponen limitaciones a los méritos del juicio valorativo. De otro lado, si una persona incurre en conducta cuestionable éticamente mientras es juez, ciertamente esa conducta puede originar un procedimiento disciplinario o ético contra dicho juez. Ahora bien, si la conducta se hace notoria después de que la persona deja el cargo judicial, surgiría un problema jurisdiccional que parecería erosionar la autoridad para iniciar procedimiento alguno contra el juez. En Puerto Rico, las Reglas de Disciplina Judicial prescriben que si un juez a quien se le inicia un procedimiento disciplinario cesa en su cargo, el procedimiento podría continuar si la conducta, a su vez, configura una violación a las normas que regulan la conducta profesional de los abogados.15 Esta solución parte de la idea de que si bien ha finalizado el ejercicio del cargo, no se han borrado los hechos. Ahora bien, ciertamente un proceso contra un ex juez en este escenario no podría conllevar la imposición de ciertas sanciones como la destitución o la suspensión de empleo y sueldo del cargo judicial. Sólo se podrían imponer las sanciones disponibles en los procedimientos disciplinarios contra los abogados. Sin embargo, la posibilidad concebible de que exista alguna conducta de un juez que no encontrara una disposición que la comprendiera en los cánones de ética profesional crea el potencial de que alguna conducta impropia bajo el marco ético judicial quedara sin una 226

2008-2009


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.