Expansión urbana en la ciudad de Medellín.

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Expansión urbana en la ciudad de Medellín.

Un análisis de la reconfiguración del territorio en el corregimiento de san Antonio de prado a partir del Plan de Ordenamiento Territorial (1999 – 2014).

Expansión urbana en la ciudad de Medellín. Un análisis de la reconfiguración del territorio en el corregimiento de san Antonio de prado a partir del Plan de Ordenamiento Territorial (1999 – 2014).

Estiven Quintero Marín

Asesor(a) Metodológico: Olgalicia del Pilar Palmett Plata

Línea de Investigación: Ambiente y Hábitat

Institución Universitaria Colegio Mayor de Antioquia Facultad de Arquitectura e Ingeniería Tecnología en Delineante de Arquitectura e Ingeniería Medellín, Colombia 2022

.........................................................................................................................01
espacial ...........................................................................................................01 San Antonio de Prado Breve historia ........................................................02 Modelo de Ocupación ...............................................................................................03 Clasificación del Suelo ..............................................................................................05 Categorías Suelo Protección Producción y Suburbano ............07 Tratamientos Rurales .................................................................................................09 Usos del Suelo Rural ....................................................................................................12 Cabecera Urbana San Antonio de Prado ..............................................14 Área de Expansión ........................................................................................................15 Referencias ............................................................................................................................16
Contenido Introducción
Contexto

Introducción

La concepción de territorio ha sido tomada desde la ordenanza territorial como un factor físico moldeable a pretensiones institucionales, conllevando a un dinamismo lineado por declaratorias gubernamentales en tensión con las dinámicas producidas presente en dichos espacios; es así cómo, el factor vivencial queda rezagado un escalón por debajo de la soberanía gubernamental del territorio en cuestión, concibiendo a este y por consiguiente delimitándolo a voluntad técnica.

Contexto espacial

La cuestión a exponer son las reconfiguraciones y la existencia de tensiones generadas en el corregimiento de San Antonio de Prado, - Comuna 80 - de la ciudad de Medellín, Colombia, por parte de las proyecciones realizadas por parte del plan de ordenamiento territorial, de dicha ciudad, para este territorio.

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Medellín San Antonio de Prado

Corregimiento de San Antonio de Prado. Breve historia

Se establece San Antonio de Prado bajo administración del municipio de Itagüí.

1860 Adquiere la categoría de municipio separándose así de la administración del municipio de Itagüí. perdiendo esta en 1909 y pasando a la administración de Medellín.

1903

1920 - 1950

1964 - 1973

Sirve como paso entre el suroccidente del departamento de Antioquia y su capital Medellín, a la vez que basa su economía en el sector de materias primas.

1988 - 2005

El corregimiento pasa de tener una población estimada de entre 22 mil a 77 mil habitantes.

La población crece del corregimiento crece en cerca a un 120%. 02

Del modelo de ocupación

El Departamento Administrativo de Planeación, toma los principales referentes de ciudad, que desde el POT se plantean para la aplicación del mismo, el reconocimiento espacial de distintos tipos de características del territorio municipal, para la intervención de este, su consolidación y/o transformaciones espaciales o dinámicas sociales existentes.

En este caso, expone las características del territorio municipal que, desde el Acuerdo, se plantean consolidar – potencializar; entre ellas se expone, una delimitación entre lo urbano y lo rural donde se entremezclen ambos, es decir, una espacialidad donde lo urbano y lo rural manifiesten sus características propias de sí, sin que estos influyan directamente, en las características espaciales, de los entornos puramente urbanos o rurales.

Comentario: El Plan de Ordenamiento Territorial expone fielmente las concepciones territoriales que se requieren para las necesidades que, desde este, se manifiestan, en pro de la reconfiguración territorial pensada para el municipio. Esto da cabida a cuestionarse, cuanto del componente técnico (Acuerdo y cartografías), es fiel a las realidades/dinámicas que han generado otras percepciones territoriales, y si estas, se ven transgredidas por lo dicho en tal documento.

Área Rural Diversa

Área Rural Integrada

Suelo Urbano

M. La Estrella

M
Itagüí
M. Angelópolis M. Ebéjico C. Altavista
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Normativa del Modelo de ocupación

“Artículo 9. Modelo de Ocupación.

Es el modelo de organización espacial o proyecto de ciudad definido en el Plan de Ordenamiento Territorial. Se fundamenta en los principios rectores del Plan a la vez que se inspira en el imaginario de ciudad deseada , recoge las principales expectativas sociales e incorpora los objetivos planteados para el ordenamiento futuro; los cuales han de procurarse mediante la aplicación de estrategias, normas generales, programas y proyectos y el Sistema Municipal de Gestión para la Equidad y la Sostenibilidad.

Componentes del Modelo:

4. Un área rural integrada al entorno regional, que acoge funciones de protección ecológica, producción de bienes y servicios ambientales; que mantiene paisajes rurales tradicionales y de forma regulada y localizada , orienta y maneja los procesos de ocupación en convivencia con las actividades rurales principales.

5. Un borde rural diverso que articula las dinámicas urbano-rurales , protege sus valores paisajísticos, buscando la constitución de un límite para el crecimiento urbano con intervenciones de carácter ambiental que generan apropiación ciudadana."

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De la Clasificación del Suelo

El Departamento Administrativo de Planeación, expone las delimitaciones espaciales de los “ usos de suelo”, desde el Plan de Ordenamiento Territorial, se hacen necesarias reconocer, para la implementación de planes y/o proyectos en estas espacialidades, sin que estos afecten las características de estas. Siendo una exposición general de los usos de suelo, da una visión general de estos, y da paso para el abordaje específico del tipo de suelo, que se requiera consultar.

Comentario: ¿Los usos de suelo que se exponen en este documento, han de mantenerse en el tiempo, o estos, dadas las dinámicas / necesidades cambiantes en el territorio, se verán forzados configurar de nuevo? Y si es así, ¿estos cambios tendrán en cuenta las dinámicas sociales que desde hoy sigan prevaleciendo hasta aquel momento, en estas espacialidades, o se verán afectadas en favor de otras?

Suelo Urbano

Restauración de Actividades Rurales Área de Expansión Urbana

M. La Estrella M. Itagüí M. Angelópolis M. Ebéjico C. Altavista
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Normativa de la Clasificación del Suelo

"Artículo 11. Clases de Suelo.

El suelo del municipio de Medellín se clasifica en: urbano , expansión urbana y rural. La clasificación se deriva de los elementos de la Estructura Ecológica Principal - EEP, la zonificación de las áreas de amenazas y riesgos y la capacidad de soporte del territorio.

Artículo 12. Suelo Urbano.

Corresponde a las áreas destinadas a usos urbanos , que cuentan con infraestructura de movilidad , redes primarias de energía, acueducto y alcantarillado , soportando su urbanización y edificación.

Artículo 13. Suelo de Expansión Urbana.

1. Suelo de Expansión para el Desarrollo. Constituido por la porción del territorio municipal que se habilitará para el uso urbano durante la vigencia del presente Plan de Ordenamiento. Está conformado por los siguientes polígonos:

e) La Florida

Artículo 15. Suelo Rural.

Constituyen esta clase de suelo los terrenos que por su valor de paisaje ecológico, productivo y cultural se reservan para garantizar la base natural , la productividad agrícola, pecuaria y forestal , así como los usos y actividades suburbanos. Al interior del suelo rural , se identifican las categorías de protección y suburbano -desarrollo restringido."

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De las Categorías de suelo de protección, producción y suburbano.

El Departamento Administrativo de Planeación, expone los suelos que, para el Plan de Ordenamiento Territorial, han de ser protegidos, así como zonas de amenaza y riesgo, y los tipos que conforman esta categoría, áreas de producción agrícola, elementos constitutivos de carácter cultural en distintos centros urbanos, al igual que, elementos para la prestación de servicios de saneamiento urbano como plantas de potabilización y centros de acopio de residuos.

Con esta clasificación de protección de áreas que, dadas sus características y potencialidades, han de serlo, es deber reconocer que estas, tienen funciones que van desde la seguridad y producción alimentaria, conservación de fauna, flora y fuentes hídricas, hasta elementos de representativos del entorno; como factores antrópicos, es decir, son suelos con una alta probabilidad de explotación, surgiendo la necesidad de delimitar, administrativamente, las actividades que allí se desarrollen.

Comentario: En el documento se expone, de forma específica, las áreas de consideradas, por parte del Acuerdo 048 de 2014, como protegidas, a pesar de esta tan rigurosa especificación, surgen las preguntas expuestas en el anterior apartado; ahora bien, y gracias a esta especificidad, se puede generar variedad de espectros espaciales de estudio, y de este modo, dar veracidad a la implementación de lo plasmado en el acuerdo, como también de la rigurosidad del trabajo de campo, para lo que este mismo plantea.

Centros Poblados Rurales

Protección para la producción

Conservación

de Expansión Urbana

M. La Estrella

M
Itagüí
M. Angelópolis M. Ebéjico C. Altavista Suelo Urbano
Área
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Normativa de la Categorías de suelo de protección, producción y Suburbano

"Artículo 16. Categoría de protección en suelo rural:

Hacen parte del Suelo de Protección las siguientes subcategorías: 2. Áreas de protección para la producción. Comprende las áreas destinadas a la producción o de explotación de recursos naturales , correspondientes a: Forestal productor, Agroforestal, Agropecuario, Agrícola, Áreas Mineras en Transición , según las disposiciones establecidas en el Componente Rural del presente Acuerdo.

Artículo 17. Categoría de suelo suburbano- Desarrollo Restringido.

Constituyen esta categoría de suelo las áreas ubicadas dentro del suelo rural , en las que se mezclan las formas de vida del campo y la ciudad , diferentes a las clasificadas como áreas de expansión urbana , que pueden ser objeto de desarrollo con restricciones de uso , de intensidad y de densidad , garantizando el autoabastecimiento en servicios públicos domiciliarios...

2. Centros Poblados Rurales. Constituidos por las zonas que cuentan con la adopción de las provisiones necesarias para orientar la ocupación de sus suelos y la adecuada dotación de infraestructura de servicios públicos básicos , equipamiento comunitario que concentran más de 20 viviendas contiguas o adosadas , correspondientes a porciones de terreno de las siguientes veredas o sectores:

d) Corregimiento de San Antonio de Prado: Potrerito , La Florida.

Artículo 39. Áreas para aprovisionamiento de alimentos.

Corresponden a las áreas de protección para la producción de alimentos que el Plan de Ordenamiento Territorial , considera de especial interés conservar en los corregimientos, tanto como garantía de seguridad alimentaria de la población rural y parte de la urbana , como una manera de conservar una actividad tradicional cultural representativa del campo y significativa para el campesinado de Medellín."

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De los Tratamientos Rurales

El Departamento Administrativo de Planeación, expone las delimitaciones espaciales donde se pretende implementar los distintos tratamientos, en este caso, rurales.

Se especifican, las consideraciones de los territorios, es decir se dictan cuales han de considerarse suelos rurales o suburbanos, al igual que da subcategorías a estos, para la intervención su respectiva intervención, lo que, según el Acuerdo, denomina “niveles de intervención”, lo que sugiere es, espectros heterogéneos de intervención.

Se consideran las distintas medidas, que el Plan de Ordenamiento Territorial, considera necesarias para las áreas, que este mismo dispone, para la ejecución de las mismas, es decir, desde el Acuerdo, se concibe varios tipos de medidas, a la vez que indica, las áreas rurales que han de impactadas por estas.

Comentario: En este, se hace las ya vistas, delimitaciones de forma cartográfica, de las áreas a ser intervenidas y el modelo de intervención necesario para los objetivos que, estas mismas intervenciones, buscan implementar en dichos territorios.

Generación de Actividades Rurales Sostenibles

Restauración de Actividades Rurales

Suelo Urbano

Área de Expansión Urbana

Conservación

Centros Poblados Rurales

M. La Estrella M Itagüí M. Angelópolis M. Ebéjico C. Altavista
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Normativa de los Tratamientos Rurales.

"Artículo 387. Definición de tratamientos rurales.

Los tratamientos rurales definen los objetivos diferenciales de desarrollo en el área rural del municipio de Medellín , además orientan y agrupan las actuaciones que se requieren para el logro de las políticas y objetivos que en el marco del Plan de Ordenamiento Territorial , se establecen para el suelo y ocupación del territorio rural.

Constituyen las unidades territoriales básicas sobre las que se aplican las determinaciones relativas al medio físico derivadas de los tipos de acciones y se expresan gráficamente por medio de polígonos nombrados como Tratamientos de:

3. Generación de Actividades Rurales sostenibles (GARS).

Artículo 390. Tratamiento de Generación de Actividades Rurales Sostenibles (GARS).

Se aplica a polígonos que en su mayoría presentan producción rural , en combinación con vegetación natural en diferentes estados sucesionales , con restricciones fisiográficas y potencialidades para la prestación de servicios ambientales.

El objetivo de estos polígonos es mantener y mejorar la producción rural de forma sostenible con diversidad de especies y heterogeneidad en la estructura horizontal y vertical de los cultivos , promoviendo la reconversión de sistemas agropecuarios tradicionales a sistemas multiestrato y de producción bajo sistemas de manejo agroecológico, que pueden ofrecer en el tiempo mayor productividad por unidad de superficie, protegiendo y mejorando la base natural existente en los mismos. Se establecerán entonces sistemas agroforestales, silvopastoriles, agrosilvopastoriles y sistemas de regeneración natural en las áreas que requieran ser protegidas.

Con este tratamiento se asegura la conectividad ecológica, la estabilidad del suelo y la regulación del sistema hidrológico. En general, estos polígonos hacen parte de las áreas de producción sostenible del Distrito de Manejo Integrado de la divisoria Valle de Aburrá – Río Cauca y la Reserva Forestal Protectora del Río Nare e incluyen parte de la red de conectividad ecológica de la Estructura Ecológica principal y complementaria.

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"Artículo 391. Tratamiento de Restauración de Actividades Rurales (RAR).

Se aplica a polígonos de suelos con aptitud para la producción rural agropecuaria y agrícola o áreas en las que existe tradición agraria y campesina. Incluye además , aquellas donde se ha disminuido o perdido la vocación campesina y que es necesario recuperar. Estas áreas están caracterizadas por un desarrollo heterogéneo con mezcla de usos , donde deben prevalecer los usos agrarios.

El objetivo de estos polígonos es el mejoramiento, mantenimiento y la restauración de las condiciones rurales iniciales , el aumento de la productividad rural mediante la promoción y estímulo a la producción, la asistencia técnica agropecuaria. implementación de incentivos , el apoyo a las cadenas de comercialización y mercadeo y el fortalecimiento de las organizaciones de productores. Igualmente, asegurar la preservación de la cultura campesina y las dinámicas que originan el desplazamiento de las actividades propias del área rural y el cuidado de los recursos naturales."

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De los Usos de suelo rural

El Departamento Administrativo de Planeación, expone las delimitaciones cartográficas de los “ usos de suelo”, esta vez del suelo rural, basándose en lo expuesto en el Acuerdo 048 del 2014, los distintos tipos de suelo que se dan en los entornos rurales del municipio y las dinámicas que en estos se dan.

Las dinámicas sociales / ambientales, que en los suelos rurales se dan, siendo también expuestas las conexiones físicas que se dan en estos.

Con esta especificidad del suelo rural, demostrando sus características propias y comunes, lo que se pretende es dar a conocer las áreas a las que se espera impactar, según lo propuesto en Acuerdo, para los suelos que se consideren dentro de las categorías expuestas.

Comentario: Reconoce de manera específica, las delimitaciones y componentes, dentro de los distintos usos de suelo, que se dan en el suelo rural, lo que permite una interpretación, del territorio estudiado, más cercana a la norma.

M Itagüí
M. La Estrella
M. Angelópolis M. Ebéjico C. Altavista
Suelo Urbano Área de Expansión Urbana Conservación Centros Poblados Rurales Agrícola Agropecuario Generación de Actividades Rurales Sostenibles 12

"Artículo 398. Usos del Suelo Rural.

Normativa de los Usos de Suelo Rural.

En el suelo rural se determinan los siguientes usos: 4. Uso Agropecuario. 5. Uso Agrícola.

Artículo 405. Uso agropecuario.

Terrenos aptos para el establecimiento de actividades agrícolas, pecuarias y pesqueras, de mayor productividad con buenas perspectivas de comercialización que deberán contar con formas de gestión adecuadas , que puedan incluir procesos adicionales que generen valor agregado a la actividad productiva.

.Artículo 407. Uso agrícola.

Se caracteriza por estar cerca de las cabeceras corregimentales, donde hay mayor fragmentación de predios o cerca de las vías rurales con predominio de cultivos transitorios como hortalizas , tubérculos y flores , aunque no se excluyen la presencia de algunos cultivos permanentes como frutales de clima frío o pequeños cultivos de café o caña , los cuales se acompañan en algunos casos con la explotación de especies menores a pequeña escala.

Las actividades agrícolas deben respetar los retiros de quebradas y realizar un manejo adecuado de agroquímicos y un control de vertimientos."

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De la Cabecera Urbana San Antonio de Prado y El Área de Expansión San Antonio de Prado.

El Departamento Administrativo de Planeación, expone las delimitaciones espaciales de la cabecera urbana del corregimiento, siendo también expuesta, el área de expansión de esta cabecera urbana

Al exponer, las características espaciales de la cabecera urbana del corregimiento en cuestión, expone las delimitaciones físicas, establecida y proyectadas, los equipamientos existentes dentro de la espacialidad en cuestión, las conexiones viales, locales, que conciernen a este sector de la ciudad, afluentes hídricos, áreas ambientales y de esparcimiento.

Suelo Urbano
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Área de Expansión Urbana Espacio Público Existente

Comentario: Gracias al presente documento, se permite dilucidar, la configuración territorial de la cabecera del corregimiento en cuestión, la forma en como se ha expandido, en especial su conectividad, siendo evidente, la clara, y significativa, conectividad con el municipio de Itagüí, ante la conectividad con la centralidad del municipio de Medellín; siendo esta una cuestión que se mantiene hasta en sus proyecciones de su área de expansión, que repite este mismo esquema de expansión en dirección a la cuenca del rio aburra.

Agregando a esto, se puede observar, partiendo del área de expansión de la cabecera municipal del corregimiento de San Antonio de Prado, que las veredas Potrerito y La Florida son los principales territorios, dentro de la subdivisión del corregimiento, que se han visto impactados por la ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial.

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Área de Expansión Urbana

Referencias.

Plan de Ordenamiento Territorial. (2014). Municipio de Medellín.

Las imágenes usadas son de elaboración propia, realizadas en base a la información suministrada por parte del Catálogo Geográfico de Medellín, del Departamento Administrativo de Planeación del Municipio de Medellín.

Imagen referencia contexto espacial (Colombia), tomada de: https://co.pinterest.com/pin/707980003903234861/

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