7. Funciones
7.1. Director:
.
Evaluar
y
clasificar las demandas de Atención Ciudadanas Planteadas al
Gobernador del Estado, ya sea de manera verbal o por escrito.
o
Determinar
a la brevedad posible la resolución de los asuntos
bajo
encomienda del Gobernador del Estado, de los compromisos y disposiciones que haya contraído en las peticiones realizadas por la Ciudadanía.
o
Coordinar con las diferentes Dependencias o Ent¡dades de la Administración Pública Estatal, para la oportuna atención a las demandas de Atención Ciudadana, y los acuerdos que se deriven por parte del Gobernador del Estado.
.
Dirig¡r y dar seguimiento a los asuntos de Atención Ciudadana planteados a
Ejecutivo del Estado, de Competencia Federal y Mun¡cipal.
o
Informar
al
Ejecutivo
del Estado sobre la resolución de los
asuntos
canalizados al Gobierno del Estado, por la Unidad de Atención Ciudadana de la Presidencia de la República.
.
Responder por escrito a los Ciudadanos de las resoluciones adoptadas sobre las demandas realizadas.
o . o
Presentar informes de datos estadísticos del registro
de las
demandas
Ciudadanas, para coadyuvar en la elaboración de la política pública. Organizar los Comités de Participación Ciudadana del Gobierno del Estado.
Coordinar las actividades
y
gestiones
de los Comités de
Participación
C¡udadana.
. o ¡ . . o
Organizar las consultas populares para la toma de decisiones en las acciones de Gobierno.
Coordinar en las aud¡encias públicas y giras de habajo del Gobernador del Estado, las acciones en materia de atención ciudadana, así como dar seguimiento a los acuerdos que de ellas deriven. Coordinar las Jornadas Sociales que se lleve a cabo el Gobierno del Estado. Coadyuvar en la implementación de programas de asistencia social. lnformar periódicamente al Gobernador del Estado del trabajo y avances de la Unidad de Atención Ciudadana. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
247