manual-especifico-de-organizacion-de-la-visitaduria-general

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X.

Proponer al Gobernador del Estado el establecimiento de med¡das de protección para las áreas naturales de la entidad: Xl. Ejercer las facultades que en mater¡a de ecología le otorgan al Gobernador del Estado, la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente del Estado y su Reglamento; así como la Ley de Aguas del Estado. Xll. Formular los anteproyectos de leyes, reglamentos, decretos y acuerdos para regular el funcionamiento de la Secretaría, según corresponda a sus atnbuciones, y remitirlos al Gobernador del Estado para su estudio y aprobac¡ón, por conducto de la Secretar¡a General de Gobierno; Xlll. Proponer al Gobernador del Estado las políticas y programa relativos a la mater¡a que le corresponda de acuerdo con sus atribuciones. de conformidad con los Planes Nacional y Estatal de Desarrollo; XlV. Certificar documentos que se encuentren en los archivos de sus dependencias; y XV. Elaborar y publicar los manuales de organización, de procedim¡entos y de servicios al públ¡co en su caso. necesarios para el func¡onam¡ento de la Secretaría. Estos ¡nstrumentos de apoyo contendrán la información sobre los principales procedimientos administrativos que se establezcan pan facilitar la prestación del servicio. XVl. Aprobar la organ¡zación y funcionamiento de la Secretaría, adscribiendo orgán¡camente las Unidades Administrativas a que refiere el articulo 2 de este reglamento; asimismo podrá encargar a dichas Unidades el desempeño de funciones no comprendidas en este reglamento y que fueren necesarias para el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas que corresponde apl¡car a la Secretaría; XVll. Proponer al Ejecutivo los nombramienios de los servidores públicos de la Secretaria, así como la remoción de los mismos; XVlll. Designar a los representantes de la Secretaría ante las comisiones, congresos, organ¡zaciones, instituciones y foros nacionales e ¡nternac¡onales en los que participe ésta y establecer los lineamientos conforme a los cuales dichos representantes deberán actuar: XlX. Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretac¡ón o aplicación de este reglamento, asi como los casos no previstos en el mismo, XX. Recibir en acuerdo ordinario a fos titulares de las Unidades Administrativas, y en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público subalterno, así como conceder audiencias al público, XXl. Promover que las obras de pavrmentación y mantenimiento de carreteras y caminos de jurisdicción estatal sean asignadas en primera instancia a la Junta Estatal de Cam inos. XXll. Las demás que le otorguen las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en el Estado, así como aquellas que le confiera el Gobernador del Estado.

XXlll. Ejercer en forma indelegable las demás atribuciones que con tal carácter se

le

confieran por disposición legal o le encomiende el Gobernador del Estado.

Articulo 6.- El Secretario tendrá las atribuciones delegables siguientes.

l. ll.

el

cumplimiento de las disposiciones en marena de construcciones, fraccionam ¡entos y conjuntos habitacionales en el Estado; Part¡cipar en la elaborac¡ón de proyectos de obra pública, en coordinación con las dependencias y entidades federales y municipales;

Vigilar

toJ


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