Guia practica sobre la metodologia para la constitucion de vehiculos de inversion

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volantes dirigidos al público en general. Tampoco pueden realizarse reuniones o eventos a los que concurran más de 99 personas. 

Adicionalmente se busca precisar el destino de los recursos recibidos, en la medida en que cada persona que ha realizado su aporte al vehículo de inversión tenga claro con qué objeto se han entregado dichos recursos, y cuál será la remuneración esperada y los riesgos asociados a las inversiones que realice el vehículo.

Tratar de restringir el número de fideicomitentes o accionistas a 20 personas naturales o jurídicas. Si bien estas figuras jurídicas no tienen límite cuanto a las partes que pueden intervenir en su constitución, es importante tener presente que las normas sobre captación hablan de un número máximo de 20 aportantes y cualquier monto que supere este número puede ser objeto de investigaciones por parte de las autoridades respectivas.

Los inversionistas deben recibir siempre un bien a cambio de sus aportes en los vehículos. En el caso de la fiducia mercantil, los inversionistas recibirían un derecho fiduciario. En el caso en las SAS, los inversionistas recibirían acciones. El intercambio de los recursos por los derechos fiduciarios y las acciones debe ser simultáneo, y en ningún caso deben entregarse aportes sin recibir un bien a cambio. Los derechos fiduciarios y las acciones son prueba de la calidad de fideicomitente y accionista, justificando de esta forma el aporte que se ha hecho al vehículo de inversión.

Capitulo II. Lavado de activos. Para la constitución de los vehículos de inversión aquí explicados se deben igualmente tomar las medidas necesarias para prevenir el lavado de dineros provenientes de actividades ilícitas5. De acuerdo con el Código Penal, el lavado de activos es la conducta típica a través de la cual una persona (natural o jurídica) adquiere, resguarda, invierte, transporta, transforma o administra bienes que tengan su origen en actividades ilícitas, como la extorción, el enriquecimiento ilícito, el secuestro, el tráfico de armas, el narcotráfico, etc. Particularmente, frente al contrato de fiducia encontramos que las sociedades fiduciarias han implementado sistemas de control de lavado de activos que les permite ejercer un control efectivo sobre los recursos entregados por los fideicomitentes. 5

Las normas que regulan los procedimientos de vinculación de clientes y prevención de lavado de activos para entidades financieras son muy amplias. Sin embargo puede hacerse referencia general a la ley 964 de 2005, ley 1121 de 2006, el Capítulo XI, Título I de la Circular Básica Jurídica de la SFC, y la Circular Externa 06 de 2007 de la misma entidad.

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