ANTEA PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES S.L. SERVICIO DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

FICHA DE RIESGOS
EMPRESA: C.P. URBANIZACION LAS BRISAS
Número de página:
ANTEA PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES S.L. SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Empresa: Centro Trabajo:
C.P. URBANIZACION LAS BRISAS URB. LAS BRISAS, PLAYA BLANCA LANZAROTE H35368182 14/11/2022
Puesto de Trabajo:
Descripción: El personal que desempeña las tareas propias del puesto de jardinero se encarga del mantenimiento de zonas ajardinadas.
Para ello utiliza herramientas manuales, diferentes equipos de trabajo y medios auxiliares.
1. CAIDAS DE PERSONAS A DISTINTO NIVEL
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO CAIDA DE PERSONAS A DISTINTO NIVEL: Al realizar poda de los árboles más altos.
Acciones Preventivas
Los trabajos a más de 3,5 metros de altura desde el punto de operación al suelo que requieran movimientos o esfuerzos peligrosos para la estabilidad del trabajador sólo se efectuarán si se utiliza cinturón de seguridad o se adoptan otras medidas de protección alternativas.
Se deberá velar por el uso de los equipos de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral.
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO RIESGOS EN EL USO DE ESCALERAS MANUALES Y SIMILARES:
Al realizar actividades de jardineria usando escalera manual.
Al apoyar la escalera en zonas inestables (arboles), sin ayuda de otra persona.
Acciones Preventivas
- Asegurar todos los elementos de las escaleras de mano,colocar apoyos antideslizantes y prestar atención al ángulo de colocación y forma de utilización.
- Se debe prohibir el transporte y manipulación de cargas por o desde escaleras de mano cuando por su peso o volumen puedan comprometer la seguridad del trabajador.
- Evitar el uso de elementos inestables para acceso a lugares altos.
- La base de la escalera deberá quedar sólidamente asentada. En el caso de escaleras simples la parte superior se sujetará, si es necesario, al paramento sobre el que se apoya y cuando éste no permita un apoyo estable se sujetará al mismo mediante una abrazadera u otros dispositivos equivalentes.
Se deberá informar al trabajador de lo siguiente:
-No se realizarán movimientos bruscos desde la escalera que puedan suponer cualquier pérdida de equilibrio.
-Se mantendrán siempre tres puntos de apoyo al realizar trabajos desde la escalera. Es decir, los dos pies y con una mano sujeta al larguero de la escalera, o bien, con los dos pies y la cintura apoyada en la misma escalera.
Asegurar todos los elementos de las escaleras de mano,colocar apoyos antideslizantes y prestar atención al ángulo de colocación y forma de utilización.
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No utilizar nunca los equipos de elevación o transporte de cargas para transportar personas.
Se debe prohibir el transporte y manipulación de cargas por o desde escaleras de mano cuando por su peso o volumen puedan comprometer la seguridad del trabajador.
Se deberá informar al trabajador de lo siguiente:
-No se realizarán movimientos bruscos desde la escalera que puedan suponer cualquier pérdida de equilibrio.
-Se mantendrán siempre tres puntos de apoyo al realizar trabajos desde la escalera. Es decir, los dos pies y con una mano sujeta al larguero de la escalera, o bien, con los dos pies y la cintura apoyada en la misma escalera. Se deberán implantar las siguientes normas o procedimientos de trabajo:
-La utilización de una escalera de mano como puesto de trabajo en altura se limita a las circunstancias en que la utilización de otros equipos de trabajo más seguros no esté justificada.
-La base de la escalera deberá quedar sólidamente asentada. En el caso de escaleras simples la parte superior se sujetará, si es necesario, al paramento sobre el que se apoya y cuando éste no permita un apoyo estable se sujetará al mismo mediante una abrazadera u otros dispositivos equivalentes.
-Se deberá impedir el deslizamiento de los pies de las escaleras durante su utilización, ya sea mediante la fijación de la parte superior o inferior de los largueros, ya sea mediante cualquier dispositivo antideslizante o cualquier otra solución de eficacia equivalente
-Se colocarán formando un ángulo aproximado de 75 grados con la horizontal.
-Para acceder a lugares elevados, los largueros se prolongarán al menos 1m. por encima de este.
-No se transportarán ni manipularán cargas por o desde escaleras manuales, cuando su peso o dimensiones comprometan la seguridad del trabajador.
-Evitar el uso de escaleras de mano para trabajos en los que haya que realizar esfuerzos dinámicos, siendo preferible el uso de otros medios auxiliares más seguros como andamios, etc.
-Las escaleras se revisarán periódicamente.La revisión antes de la utilización debe incluir el estado de los peldaños, largueros, zapatas de sustentación, abrazaderas o dispositivos de fijación y, además, en las extensibles, el estado de cuerdas, cables, poleas y topes de retención.
-Las escaleras compuestas de varios elementos adaptables o extensibles se deben utilizar de forma que la inmovilización recíproca de los distintos elementos esté asegurada.
Usar escaleras fijas o móviles bien aseguradas para acceder a altillos y a zonas de trabajo y de almacenamiento elevadas
2. CAIDAS DE PERSONAS AL MISMO NIVEL
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO RIESGOS EN DESPLAZAMIENTOS POR TERRENOS RURALES O CON IRREGULARIDADES:
Al desplazarse por las zonas ajardinadas.
Acciones Preventivas
Al circular por terrenos rurales se tomarán las siguientes precauciones:
-Apoyar firmemente los pies en el suelo para controlar las caídas por resbalones.
-Evitar caminar o extremar la precaución cuando se trabaje en zonas de hierba húmeda y suelo mojado o encharcado.
-Aumentar la atención cuando existan objetos o elementos que pueden producir caidas.
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Se deberá utilizar calzado con suela antideslizante.
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4. CAIDAS DE OBJETOS POR MANIPULACION
Magnitud MODERADO CAIDA DE OBJETOS POR MANIPULACION: Manipulación de restos de hojas, herramientas manuales, equipos de trabajo... Uso de calzado de seguridad con puntera reforzada y guantes contra riesgos mecánicos
Descripción del Riesgo
Acciones Preventivas
Cuando manipule cargas manualmente sujete las mismas firmemente, intentando que el agarre sea realizado con las palmas de las manos hacia arriba. En caso de caída de algún objeto no intente sujetarlo ni con las manos ni con los pies. Retírese rápidamente.
Los elementos de agarre de las herramientas manuales deberán de estar en buen estado para hacer un buen uso de las mismas.
Se deberá velar por el uso de los equipos de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral.
Descripción del Riesgo
Magnitud
MODERADO RIESGOS EN OPERACIONES DE MANIPULACIÓN DE OBJETOS: Manipulación de restos de hojas, equipos de trabajo...
Acciones Preventivas
No deberá manejar objetos que entrañen riesgos para las personas debido a sus características físicas (superficies cortantes, grandes dimensiones, formas inadecuadas, elementos resbaladizos, etc).
Se deberá utilizar calzado de seguridad con puntera reforzada (UNE EN ISO 20345:2012)
6. PISADAS SOBRE OBJETOS
Magnitud MODERADO PISADA SOBRE OBJETOS: Calzado de seguridad con plantilla
Descripción del Riesgo
Acciones Preventivas
antiperforación
Se deberá asegurar que el espacio de trabajo tenga el equipamiento necesario, bien ordenado, bien distribuido y libre de objetos innecesarios o sobrantes, con unos procedimientos y hábitos de limpieza y orden establecidos, tanto para
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C.I.F.: Fecha:
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el personal que los realiza, como para el usuario del puesto.
Se deberá velar por el uso de los equipos de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral.
8.GOLPES Y CONTACTOS CON PARTES MOVILES
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO POR EL USO DE CORTASETOS: Pautas seguras de trabajo
Acciones Preventivas
Antes de iniciar la tarea inspeccione el cortaseto, compruebe la colocación y el buen funcionamiento del protector de seguridad y la zona de corte. No toque por descuido el filo de la cuchilla. No agarre la máquina por la hoja de corte. Durante la tarea:
- Asegúrese que cualquier persona ajena se encuentre alejada del lugar de trabajo por lo menos 3 metros.
-Vigile que su ropa no sea atrapada.
- Antes de arrancar la máquina, asegúrese de que la hoja no toca nada. Al parar el cortaseto asegúrese que la cuchilla de corte esta completamente parada antes de apoyarla sobre el suelo.
- Para talar, sostenga la sierra firmemente con ambas manos, manteniendo el pulgar fuertemente enclavado alrededor de la delantera. Tome posición bien firme, manteniendo el equilibrio con los pies separados y bien apoyados.
- Cuando las ramas queden enganchadas en el cortaseto pare el motor y quite dichas ramas
- Realizar trabajos grandes acompañado de un ayudante.
-Si corta vegetaciones que hallan sido fumigadas, utilice mascarillas para aerosoles.
-Detenga la unidad y drene el combustible por completo, para efectuar reparaciones o ajustes.
Los equipos de trabajo no podrán utilizarse en condiciones contraindicadas por el fabricante. Tampoco podrán utilizarse sin los elementos de protección previstos para la realización de la operación de que se trate.
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO POR USO DE MAQUINARIA EN GENERAL.: Pautas seguras de trabajo
Acciones Preventivas
Los equipos de trabajo llevados o guiados manualmente, cuyo movimiento pueda suponer un peligro para los trabajadores situados en sus proximidades, se utilizarán con las debidas precauciones, respetándose en todo caso una DISTANCIA DE SEGURIDAD suficiente. A tal fin, los trabajadores que los manejen deberán disponer de condiciones adecuadas de control y visibilidad.
Los equipos de trabajo no podrán utilizarse en condiciones contraindicadas por el fabricante. Tampoco podrán utilizarse sin los elementos de protección previstos para la realización de la operación de que se trate. No se retirarán ni anularán los dispositivos de seguridad de los equipos de trabajo.
Se deberá autorizar por escrito a los trabajadores que por su formación estén cualificados para utilizar cada una de
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las máquinas que se necesitan, así como para realizar tareas de mantenimiento y reparación de las mismas. Se deberá establecer un adecuado espacio libre alrededor de cada máquina o componente del equipo para facilitar el paso de los trabajadores, los trabajos en curso y los trabajos de mantenimiento, ajuste y limpieza. Dicho espacio será superior a 800 mm., y no debe utilizarse para almacenamiento de materiales, debiéndose mantener limpio de grasa y otras sustancias, y libre de obstáculos.
Se deberá prohibir a los trabajadores el uso de ropa demasiado holgada, pulseras, anillos,... para evitar que puedan quedar atrapados con las partes móviles de las máquinas.
9. GOLPES/CORTES POR OBJETOS O HERRAMIENTAS
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO GOLPES-CORTES POR OBJETOS O HERRAMIENTAS: Manipulación habitual de herramientas manuales en los trabajos de mantenimiento de jardines.
Acciones Preventivas
En las herramientas las partes cortantes y punzantes se mantendrán debidamente afiladas.
En las herramientas las cabezas metálicas deberán carecer de rebabas.
En las herramientas los mangos o empuñaduras serán de dimensión adecuada , no tendrán bordes agudos ni superficies resbaladizas y serán aislantes en caso necesario.
En las herramientas se adaptarán protectores adecuados a aquellas herramientas que lo admitan.
Hay que realizar un correcto mantenimiento de las herramientas manuales realizándose una revisión periódica por parte del personal especializado. Además, este personal se encargará del tratamiento térmico, afilado y reparación de las herramientas que lo precisen.
Las herramientas manuales deberán ser de características y tamaño adecuados a la operación a realizar. Su colocación y transporte no implicarán riesgos para la seguridad de los trabajadores
Las herramientas manuales estarán construídas con materiales resistentes y la unión entre sus elementos es firme, de manera que se eviten las roturas o proyecciones de los mismos. Sus mangos o empuñaduras deberán ser de dimensiones adecuadas, sin bordes agudos ni superficies resbaladizas, y aislantes en caso necesario.
Se deberá velar por el uso del equipo de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral.
Descripción del Riesgo
Magnitud MODERADO RIESGOS POR EL USO DE OBJETOS CORTANTES O PUNZANTES: Uso de tijeras y elementos de filos vivos cortantes.
Acciones Preventivas
La manipulación de las elementos cortantes o punzantes se ejecutará si es posible con la ayuda de equipos auxiliares.
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Mantener una adecuada ordenación de los materiales y herramientas, delimitando y señalizando las zonas destinada a almacenamientos, evitando que los materiales estén fuera de los lugares destinados al efecto. Se deben utilizar equipos de protección individual certificados, en concreto guantes de seguridad, en los trabajos que así lo requieran para evitar golpes y/o cortes por objetos o herramientas. Estos guantes cubrirán la zona expuesta (manos, y en su caso antebrazo o brazo completo). Se deberán guardar las herramientas o útiles cortantes o punzantes en fundas o elementos protectores una vez utilizadas.
10. PROYECCION DE FRAGMENTOS O PARTICULAS
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO PROYECCION DE FRAGMENTOS Y PARTÍCULAS: Uso de protección ocular durante la utilización de equipos de trabajo (ej. cortasetos) y/o realización de tareas suceptibles de proyectar partículas hacia el trabajador.
Acciones Preventivas
Se deberá velar por el uso de los equipos de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral.
Se deberá proporcionar a los trabajadores mono de protección frente a proyecciones según el tipo de trabajo realizado y provisto de marcado CE.
Se deberá hacer uso de gafas de protección (UNE EN 166).
13. SOBREESFUERZOS
Descripción del Riesgo
Acciones Preventivas
Magnitud MODERADO
A modo informativo y de recomendación se debe saber que las cargas que pesen más de 25 kg muy probablemente constituyan un riesgo en sí mismas de lesiones dorsolumbares, por lo que se debeán priorizar la ayuda con medios mecánicos o entre dos personas.
Como norma general, es preferible manipular las cargas cerca del cuerpo, a una altura comprendida entre la altura de los codos y de los nudillos, ya que de esta forma disminuye la tensión de la zona lumbar. En caso de que la manipulación de carga se deba realizar manualmente se tendrán en cuenta las siguientes normas:
- Separar los pies para proporcionar una postura estable y equilibrada para el levantamiento, colocando un pie más adelantado que el otro en la dirección del movimiento.
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- No se girará el cuerpo mientras se transporta la carga.
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- Sujetar firmemente la carga empleando ambas manos y pegarla al cuerpo.
- Mantener la carga cercana al cuerpo, así como los brazos, y éstos lo más tensos posible.
En la manipulación manual de carga habrá que tener en cuenta que el mejor tipo de agarre es "en gancho", pero también puede depender de las preferencias individuales, lo importante es que sea seguro. Cuando sea necesario cambiar el agarre, hacerlo suavemente o apoyando la carga, ya que incrementa los riesgos de lesiones dorsolumbares.
Evitar movimientos bruscos al manipular las cargas.
Si hay que realizar el levantamiento de una carga desde el suelo hasta una altura importante (la altura de los hombros o más) se deberá apoyar la carga a medio camino para poder cambiar el agarre.
Si las cargas que se van a manipular se encuentran en el suelo o cerca del mismo , se utilizarán las técnicas de manejo de cargas que permitan utilizar los músculos de las piernas más que los de la espalda.
Tener prevista la ruta de transporte y el punto de destino final del levantamiento, retirando los materiales que entorpezcan el paso y teniendo en cuenta las características del pavimento.
Utilizar medios de transporte y/o elevación auxiliares siempre que sea posible.Siempre que sea posible se deberán utilizar ayudas mecánicas u otras soluciones técnicas. Si no es posible, se disminuirá el peso de las cargas o se solicitará ayuda a otra persona.
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO
RIESGOS EN LAS POSTURAS ADOPTADAS O FRECUENCIA DE MOVIMIENTOS: Posturas adoptadas de forma prolongada durante las actividades realizadas, sin descanso periódico y/o alternancia muscular:
-De pie
-Con el cuerpo demasiado doblado o inclinado -Con los brazos en alto -...
Acciones Preventivas
En cualquiera de las posturas adoptadas, se debe mantener la espalda lo más recta posible. Introducir pausas para evitar la realización de tareas repetitivas. Se deberán combinar las tareas, de forma que se favorezca la alternancia o el cambio de tareas para conseguir que se utilicen diferentes grupos musculares. Seleccionar útiles de trabajo con un diseño adecuado para evitar las posturas forzadas.
14. EXPOSICION A TEMPERATURAS EXTREMAS
Descripción del Riesgo
Magnitud
MODERADO AMBIENTES CALUROSOS EN TRABAJOS EN INTERIORES-ESTRES TERMICO: Por la realización de trabajos en interiores en ambientes calurosos.
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En ambientes térmicos calurosos, es recomendable la ingesta de dos vasos de agua antes de empezar a trabajar. Evitar la ingesta de alcohol, que aumenta la deshidratación , y las bebidas estimulantes, especialmente las que contengan cafeina. Evitar las comidas calientes y pesadas. Limitar en lo posible el trabajo físico y proporcionar elementos mecánicos que disminuyan el esfuerzo físico. Mantenimiento adecuado de las condiciones de ventilación en el interior de la zona calurosa. Prestación de primeros auxilios: En caso de desvanecimiento o síncope, los trabajadores deberán tumbar a la persona afectada boca arriba manteniendo las piernas elevadas, y se le aflojará la ropa. Ante una situación de golpe de calor, habrá que frotar el cuerpo del afectado con una esponja o paño mojado en agua fría a fin de bajar la temperatura corporal interna hasta alcanzar los 39 ºC. Una vez conseguida esta temperatura, se dejará que vaya disminuyendo progresivamente hasta los 37,5 ºC.
Trabajar con el equipo de extracción en funcionamiento. Se realizará un mantenimiento y revisión de los sistemas de refrigeración existentes.
Utilizar ropa amplia y ligera, que cubra piernas y brazos, de colores claros que absorban el sudor y que sean permeables al aire y al vapor.
Verificar las condiciones meteorológicas de forma frecuente e informar a los trabajadores.
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO RIESGOS POR EXPOSICIÓN A TEMPERATURAS EXTREMAS: Al trabajar al aire libre
Acciones Preventivas
En ambientes calurosos los trabajadores deberán hidratarse de forma continua.
Evitar trabajar con la ropa húmeda, ya que con temperaturas extremas provoca sensación de sofocación.
Utilizar ropa de protección adecuada , incluyendo prendas de cabeza, en caso de no ser obligatorio el casco, manos y pies.
Utilizar protectores solares para evitar quemaduras solares, así como cremas de protección en las manos y labios para evitar grietas y heridas por el frio.
17. INHALACION O INGESTION DE SUSTANCIAS NOCIVAS
Magnitud MODERADO INHALACION O INGESTIÓN DE SUSTANCIAS NOCIVAS: Utilización de plaguicidas..
Descripción del Riesgo
Acciones Preventivas
En la manipulación de sustancias nocivas, se deberá seguir el método operatorio correcto y seguro, en cada caso.
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ANTEA
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Se deberá velar por el uso del equipo de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral.
En el almacenaje no se podrá superar la capacidad de almacenamiento reglamentaria y disposición de los productos teniendo en cuenta su incompatibilidad química.
Se deberá asegurar una buena ventilacion en los lugares de trabajo.
Utilizar carretillas o cestos apropiados para el desplazamiento de pequeños recipientes.
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO RIESGOS POR EL USO DE PLAGUICIDAS: En los trabajos de
mantenimiento de zonas verdes.
Acciones Preventivas
Aplicar los plaguicidas utilizando siempre los equipos de protección individual (EPI) indicados para cada uno de ellos: guantes largos, botas altas, mascarilla que proteja la nariz y la boca de la inhalación de gases o polvo tóxico, gafas o máscara facial que eviten las salpicaduras en los ojos y ropa de trabajo que proteja el cuerpo del contacto con los plaguicidas según recomendaciones marcadas en las fichas de seguridad de los productos utilizados. En ningún caso se deben aplicar los plaguicidas con pañuelos o similares que cubran la nariz y la boca como una supuesta medida preventiva para evitar la inhalación del producto. Ninguna persona puede realizar trabajos de tratamientos de plaguicidas si no dispone de la formación obligatoria o carné exigido reglamentariamente, y si no tiene la suficiente información sobre este tipo de trabajos No guardar los líquidos peligrosos en recipientes abiertos. Los envases adecuados para tal fin se deben cerrar después de ser usados o cuando queden vacíos. Preparar las diluciones (caldos) siguiendo todas las indicaciones del fabricante y no usar nunca productos sin etiqueta. Realizar estas operaciones respetando las dosis y las diluciones recomendadas. Recuérdese que más concentración no significa mayor eficacia del producto, significa más riesgos. Pulverizar de espaldas al viento para impedir que la nube generada alcance al aplicador y evitar entrar en contacto con los campos recién tratados porque son una fuente de exposición al plaguicida. Igualmente, se debe guardar una distancia prudencial entre los trabajadores para evitar la mutua contaminación. Realizar las mezclas al aire libre y siempre utilizando los equipos de protección obligatorios que se indican en la etiqueta de cada producto. Se deberá velar por el uso de los equipos de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral. Verificar los equipos de aplicación de los plaguicidas (mochilas y tanques pulverizadores) antes de empezar a usarlos. Asegurarse de que funcionan sin escapes ni derrames y que están calibrados para las dosis de aplicación necesarias.
18. CONTACTO CON SUSTANCIAS CAUSTICAS Y CORROSIVAS
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Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO CONTACTO CON SUSTANCIAS CAUSTICAS Y CORROSIVAS: Utilización de plaguicidas
Acciones Preventivas
En la manipulación, se deberá seguir el método operatorio correcto y seguro, en cada caso. Se deberá usar los equipos de protección adecuados a la tarea y productos químicos utilizados.
Se deberá velar por el uso del equipo de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral.
Se deberá solicitar a los fabricantes y expendedores de los productos peligrosos especificados en el ADR instrucciones escritas o fichas de seguridad.
Descripción del Riesgo
Magnitud
Acciones Preventivas
Al terminar el tratamiento, hay que lavarse con abundante agua y jabón y cambiarse de ropa, a ser posible, en el mismo lugar de trabajo. Nunca hay que hacerlo en la propia vivienda puesto que esto implicaría trasladar el riesgo de contaminación a la familia del trabajador. También hay que lavar la ropa y las protecciones personales después de cada aplicación y guardarlo todo en un lugar bien ventilado, lejos de las habitaciones. La ropa de trabajo se ha de lavar separada de la otra ropa de la casa. Cerrar siempre los recipientes una vez extraída la cantidad de producto que se necesita, volviendo a dejar el envase en el mismo lugar donde estaba almacenado. En ningún caso se deben aplicar los plaguicidas usando sandalias, pantalones cortos o camisas de manga corta. Esta práctica supone una fuente adicional de entrada por vía oral debido a que no evita la inhalación del producto y favorece el contacto bucal durante la aplicación. Evitar el trasvase de sustancias por vertido libre, salvo para envases de pequeña capacidad. Se deben utilizar embudos para llenar recipientes que tengan la boca estrecha, trasvasar por gravedad (vertido de una sustancia desde un recipiente que esté más alto que otro) utilizando un grifo regulador del caudal o bien emplear sistemas mecánicos de bombeo. Intercalar un espaldar o pieza de tela impermeable entre la espalda y el depósito de fumigar, cuando el plaguicida se aplique con un pulverizador de accionamiento manual.
Los usuarios de plaguicidas son los responsables de que en su manipulación se cumplan las condiciones de utilización de los mismos que figuren en las etiquetas de sus envases y, particularmente, de que se respeten los plazos de seguridad correspondientes.
No absorber los derrames de sustancias peligrosas con trapos o papel, aunque se lleven guantes; hay que prever sustancias neutralizadoras para cada caso y abundante agua para la limpieza. No se debe fumar, ni beber, ni comer mientras se están realizando fumigaciones.
No se deben soplar ni aspirar jamás con la boca las boquillas de los aparatos de aplicación cuando se obstruyan,
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ANTEA PREVENCIÓN RIESGOS
LABORALES
Nunca se deben trasvasar los plaguicidas a recipientes domésticos. Esto puede dar lugar a que se confundan los productos peligrosos con otros de uso común o con alimentos o bebidas para personas y animales. Si fuera necesario trasvasar los plaguicidas por causas de derrames o roturas de los envases originales, hay que especificar el nombre del producto y sus efectos nocivos en el nuevo recipiente.
Nunca se usarán las manos para remover las mezclas, aunque estén protegidas con guantes. Igualmente, los instrumentos utilizados, embudos, filtros, paleta, etc. se usarán sólo para estas tareas. Las operaciones de mezcla y carga (en los equipos de aplicación) son de alto riesgo porque implican el manejo de productos concentrados. Para evitar un contacto con los plaguicidas se deberá utilizar siempre los equipos de protección individual (EPI) indicados para cada uno de ellos: guantes largos, botas altas, mascarilla que proteja la nariz y la boca de la inhalación de gases o polvo tóxico, gafas o máscara facial que eviten las salpicaduras en los ojos y ropa de trabajo que proteja el cuerpo del contacto con los plaguicidas según recomendaciones marcadas en las fichas de seguridad de los productos utilizados.
Preparar las diluciones (caldos) siguiendo todas las indicaciones del fabricante y no usar nunca productos sin etiqueta. Realizar estas operaciones respetando las dosis y las diluciones recomendadas.
Se deberá velar por el uso de los equipos de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral.
Trasvasar a velocidades lentas, evitando las salpicaduras y las proyecciones, cuando se trate de líquidos o polvos inflamables.
Trasvasar, en la medida de lo posible, pequeñas cantidades de productos; en el caso contrario, hay que emplear una zona específica para ello con control de derrames, limitando las operaciones manuales a las mínimas posibles. Verificar los equipos de aplicación de los plaguicidas (mochilas y tanques pulverizadores) antes de empezar a usarlos. Asegurarse de que funcionan sin escapes ni derrames y que están calibrados para las dosis de aplicación necesarias.
22. CAUSADAS POR SERES VIVOS
Descripción del Riesgo Magnitud TOLERABLE CAUSADAS POR INSECTOS: Por picaduras de avispas,abejas, etc.
Acciones Preventivas
Se deberá disponer en el botiquín de una pomada contra picaduras comunes de insectos. Asimismo se dispondrá de loción antiinsectos o antiavispas caundo se ponga de manifiesto su presencia.
Descripción del Riesgo
CAUSADAS POR SERES VIVOS: Al trabajar al aire libre en zonas ajardinadas.
Acciones Preventivas
Magnitud MODERADO
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23. ATROPELLOS, GOLPES Y CHOQUES CON VEHÍCULOS
Descripción del Riesgo
Magnitud
MODERADO RIESGO DE ATROPELLO: En los trabajos de mantenimiento en zonas con presencia de tráfico de vehiculos.
Acciones Preventivas
Se deberá hacer uso de chaleco reflectante cuando se transite por vías de circulación con tráfico rodado.
24. ACCIDENTES DE TRAFICO
Descripción del Riesgo
Magnitud
MODERADO ACCIDENTES IN ITINERE O IN MISION: RIESGOS DE SEGURIDAD VIAL PARA PEATONES: Exposición a accidentes derivados de la circulación a pié por la vía pública. Riesgo de atropellos al circular por zonas dónde existe tráfico rodado.
Acciones Preventivas
-No caminar cerca del bordillo de la acera
-No llevar animales sueltos.
-Se deberá extremar la precaución en las puertas y rampas de garajes.
-Procedimiento para cruce en pasos de peatones: mostrar la intención de cruzar mirando de izqda a dcha. y a los propios coches y conductores, una vez se hayan detenido, se procederá a cruzar.
-Calle de un solo sentido: cruzar por el lado de peatones más alejado del coche parado.
-Calle de dos sentidos: cruzar por el centro del paso de peatones.
-Cruce sin señalizar: cruzar siempre por el lugar que nos permita más visibilidad,evitar esta situación buscando y cruzando por el paso de peatones más cercano.
-No salir nunca de entre dos coches para cruzar.
- Cruzar por plazas o rotondas: no atravesar por el medio, cruzar por las esquinas de sus calles, por los pasos de peatones rodeando la plaza o rotonda hasta el lugar deseado.
-Si se circula por carretera, siempre por el lado izquierdo de la calzada, por el arcén y en fila india. En el caso de tener que cruzar se hará por el lugar con más visibilidad.
-Para reducir la exposición a este riesgo, se procederá proporcionar formación e información en materia de seguridad vial a los trabajadores que ocupan este puesto. A tal efecto, se entregarán fichas informativas a los trabajadores y se impartirá formación de refuerzo en la materia.
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a accidentes de tráfico al realizar conducción de vehículos por la vía pública.
Acciones Preventivas
El conductor no solo respetará la velocidad máxima de la vía por la que circula, sino que además circulará a velocidad adecuada , de modo que nos permita estar en condiciones de dominar el vehículo ante cualquier obstáculo o imprevisto, teniendo para ello en cuenta el propio estado del conductor, estado de la vía, condiciones del tráfico o metereológicas.
El conductor que consuma fármacos o medicamentos deberá comprobar en el prospecto de los mismos que no alteran el estado físcio o mental apropiado para circular sin peligro. (dado que muchos medicamentos producen somnolencia, alteraciones musculares y discoordinación motora, confusión, aturdimiento, mareo, vértigo, fatiga, visión borrosa, etc)
El conductor realizará descansos o paradas ante la sensación de sueño ya que este reduce la capacidad de reacción, reduce la vigilancia, provoca alteraciones motrices, y sensoriales, altera la percepción, altera el comportamiento y puede dar lugar a la aparición de microsueños.. Ante la mínima sospecha de que se puede padecer apnea del sueño, especialmente si se es conductor profesional, hay que dirgirse al médico de cabecera quién nos orientará al especialista indicado.
El trabajador en ningún caso consumira drogas o sustancias psicotrópicas o estupefacientes. (cocaína, heroina, anfetaminas, cannabis, LSD, etc, )
El trabajador no deberá consumir en ningún caso bebidas alcohólicas (de acuerdo al artículo 20 del R.D. 1428/2003, la tasa máxima permitida es de 0,5 gr de alcohol por litor de sangre, mientras que en conductores profesionales o noveles se reduce a 0,3 gr/ litros, si es aire espirado serán de 0,25 mgr acolhol / litro aire, y de 0,15 mgr/l en conductores profesionales y noveles)
No se utilizará el teléfono móvil o cualquier otro sistema de comunicación mientras se conduce, salvo que el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos, cascos auriculares o instrumentos similares, se recomienda la instalación de aparatos manos libres a los trabajadores
-Para reducir la exposición a este riesgo, se procederá proporcionar formación e información en materia de seguridad vial a los trabajadores que ocupan este puesto. A tal efecto, se entregarán fichas informativas a los trabajadores y se impartirá formación de refuerzo en la materia.
-Reglas generales:observar el entorno, advertir con tiempo la maniobra y ejecutarla de forma suavemente.
- ADELANTAMIENTOS: Siempre en tramos permitidos y con visibilidad, con rapidez, sin brusquedad, con suficiente reserva de aceleración , adapatando el régimen de marchas. PROCEDIMIENTO: distancias, velocidad, observación previa, señalización y regreso a la posición inicial.
- INTERSECCIONES NO REGULADAS POR SEMÁFOROS: hay que ceder el paso a los vehículos de la derecha, salvo en glorietas que circulen por su interior, en autopista o autovía y en vías de carácter público.
-DISTANCIAS DE SEGURIDAD: mantener una distancia de tres segundos, que es el tiempo utilizado para ejecutar una frenada de emergencia. En calzadas mojadas hay que multiplicarla por dos.
- DISTANCIA DE REACCIÓN: depende del estado físico del conductor, que debe ser excelente, para poder reaccionar bien.
-DISTANCIA DE FRENADO: depende de la velocidad, del tipo de calzada, de las condiciones de adherencia y la seguridad pasiva del vehículo.
-VELOCIDAD: con luz de cruce, no rebasar los 90 km/h, con lluvia reducir la velocidad en 20 km/h, en curva si llueve un 30% y si existe peligro de hielo un 60%. Al circular sobre hielo hay que reducir la velocidad un 60%. Se evitarán las distracciones en la conducción, tanto las debidas a factores externos al conductor (teléfono móvil,
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fumar, usar el navegador, cambiar la radio, temperatura dle vehículo, carreteras monótonas, etc), como internos al conductor (estado depresivos o de estres, sueño, fatiga, problemas físicos, edad avanzada, problemas emocionales: familiares, económicos, laborales, etc)
26. OTROS
Descripción del Riesgo
Magnitud
MODERADO EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL: CALZADO: Durante la realización de la tarea uso de calzado de seguridad
Acciones Preventivas
Se deberá proporcionar al trabajador calzado de seguridad con puntera resistente ((UNE EN ISO 20345:2012)
Se deberá velar por el uso de los equipos de protección individual estipulados para el puesto o tarea.
Magnitud MODERADO EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL: GUANTES: Al realizar la tarea uso de guantes
Descripción del Riesgo
Acciones Preventivas
Se deberá proporcionar a los trabajadores guantes anticorte para trabajos de tipo forestal (UNE EN 381).
Descripción del Riesgo
Magnitud
MODERADO EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL: PROTECCIÓN RESPIRATORIA: Exposicion a polvo, gases y vapores generados por la utilizacion de productos de piscina y mantenimiento; uso obligatorio de mascara con filtros adecuados a los productos manipulados (vigilar la caducidad de los filtros): filtros combinados
Acciones Preventivas
Se deberá proporcionar a los trabajadores como equipos de protección de vías respiratorias filtros contra gases y filtros combinados.
Se deberá proporcionar a los trabajadores como equipos de protección de vías respiratorias mascarillas autofiltrante con válvulas para protección de gases y partículas.
Se deberá proprocionar a los trabajadores como equipos de protección respiratoria medias máscaras y cuartos de máscaras.
Se deberá velar por el uso de los equipos de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral.
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Acciones Preventivas
Se deberá velar por el uso de los equipos de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral. Se deberá proporcionar a los trabajadores monos desechables de protección frente a la pulverización de productos químicos y antiestáticos.
Descripción del Riesgo Magnitud TRIVIAL TRABAJADORAS EMBARAZADAS O EN PERIODO DE LACTANCIA: TAREAS CON RIESGO: Limitaciones en las tareas de las trabajadoras que se encuentren en estas circunstancias.
Acciones Preventivas
- En el caso de exposición a radiaciones ionizantes, las condiciones de trabajo serán tales que la dosis equivalente al feto sea tan baja como sea razonablemente posible, de forma que sea improbable que dicha dosis exceda de 1mSv al menos desde la comunicación de su estado hasta el final del embarazo.
- En el caso de manipulación manual de cargas, se restringirán las tareas en la medida que se considere que puedan implicar lesiones fetales, provocar un desprendimineto de la placenta o, durante el periodo de lactancia, el aumento de los senos pueda afectar a su actividad.
- En el caso de trabajadoras en periodo de lactancia, se evitarán las altas temperaturas ambientales ya que la lactancia puede verse perjudicada a causa de la deshidratación provocada por el calor.
- En el caso de trabajo nocturno, deberá ofrecerse a las trabajadoras embarazadas la posibilidad de ocupar un turno de día.
- Se debe evitar que las trabajadoras embarazadas o en periódo de lactancia realicen trabajos que impliquen la manipulación de los siguientes agentes químicos:
a) Sustancias etiquetadas R40, R45, R46 y R47.
b) Los agentes químicos que figuran en el Anexo I de la Directiva 90/394/CEE.
c) Mercurio y derivados.
d) Medicamentos Antimitóticos.
e) Monóxido de Carbono.
f) Agentes químicos peligrosos de penetración cutánea formal.
- Se debe evitar que las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia se vean expuestas a manipulación manual que conlleve riesgo de lesión.
- Se debe evitar que las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia se vean expuestas a movimientos y posturas incómodos, especialmente en espacios reducidos.
- Se deben alternar las posturas de pie y sentada. Si esto no fuese posible, deberán proponerse pausas.
- Se deberán evitar temperaturas ambientales extremas ya que las embarazadas presentan menor tolerancia al calor y son más propensas a los desmayos o al extrés térmico; en particular los cambios bruscos de temperatura y las
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- Se evitará la exposición prolongada a niveles de ruido elevados ya que pueden aumentar la presión arterial y la fatiga; además hay que considerar que la utilización por la madre de equipo de protección individual no representa para el feto una protección.
Se deberá evitar la exposición de la trabajadora embarazada o en periódo de lactancia a radiaciones no ionizantes, cuando se considere que pueda producir lesiones fetales o desprendimiento de placenta.
Se deberá organizar el trabajo de forma que las mujeres embarazadas o que hayan dado a luz recientemente no realicen actividades que conlleven un riesgo derivado de vibraciones incómodas en todo el cuerpo, especialmente a bajas frecuencias, o de choques o sacudidas en la parte inferior del cuerpo.
- En el caso de manipulación manual de cargas, se restringirán las tareas en la medida que se considere que puedan implicar lesiones fetales, provocar un desprendimineto de la placenta o, durante el periodo de lactancia, el aumento de los senos pueda afectar a su actividad.
- Se debe evitar que las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia se vean expuestas a manipulación manual que conlleve riesgo de lesión.
- Se debe evitar que las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia se vean expuestas a movimientos y posturas incómodos, especialmente en espacios reducidos.
- Se deben alternar las posturas de pie y sentada. Si esto no fuese posible, deberán proponerse pausas.
- Se deberán evitar temperaturas ambientales extremas ya que las embarazadas presentan menor tolerancia al calor y son más propensas a los desmayos o al extrés térmico; en particular los cambios bruscos de temperatura y las conciones de frío extremo las cuales pueden resultar peligrosas para la mujer y el feto.
Se deberá organizar el trabajo de forma que las mujeres embarazadas o que hayan dado a luz recientemente no realicen actividades que conlleven un riesgo derivado de vibraciones incómodas en todo el cuerpo, especialmente a bajas frecuencias, o de choques o sacudidas en la parte inferior del cuerpo.
29. AGENTES BIOLOGICOS
Descripción del Riesgo
RIESGOS DE EXPOSICIÓN A AGENTES BIOLÓGICOS:
Posibles cortes, pinchazos... con vallados de jardines, herramientas manuales oxidadas ... Al realizar la limpieza y la retirada de basuras de las papeleras.
Acciones Preventivas
Magnitud MODERADO
Guardar unas normas muy estrictas de higiene personal sobre todo antes de fumar, comer o beber; que en ningún caso se deberán hacer en el lugar de trabajo. Se deberá velar por el uso de los equipos de protección individual. Igualmente, según el art. 29 LPRL, corresponde a cada trabajador velar, por su propia seguridad y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, el incumplimiento de ésta obligación se considera un incumplimiento laboral. Utilizar métodos de trabajo y herramientas que dificulten los cortes y los pinchazos.
30. VIGILANCIA DE LA SALUD
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Magnitud MODERADO VIGILANCIA DE LA SALUD: Se deberá cumplir con el art. 22 de la ley 31/1995 del 8 de noviembre, por lo que el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo.
Acciones Preventivas
Se deberá cumplir con el art. 22 de la ley 31/1995 del 8 de noviembre, por lo que el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo.
31. FORMACION E INFORMACION DE LOS TRABAJADORES
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO FORMACION A LOS TRABAJADORES: Se deberá cumplir con el art. 19 de la ley 31/1995 del 8 de noviembre, por lo que el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
Acciones Preventivas
Se deberá proporcionar (en función del contenido de la Evaluación de riesgos del presente puesto) formación a los trabajadores sobre los riesgos a los que se exponen al desarrollar su actividad laboral, medidas preventivas a adoptar y procedimientos de trabajo seguro con el fin de evitar accidentes laborales. (Artículo 19 de la Ley 31/1995 Ley de prevención de Riesgos Laborales).
Descripción del Riesgo
INFORMACION A LOS TRABAJADORES.: Se deberá cumplir con el art. 18 de la ley 31/1995 del 8 de noviembre, por el que el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con: a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función.
b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.
c) Las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la presente Ley.
Acciones Preventivas
Magnitud MODERADO
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Se deberá proporcionar (en función del contenido de la Evaluación de riesgos del presente puesto) información a los trabajadores sobre los riesgos a los que se exponen al desarrollar su actividad laboral, medidas preventivas a adoptar y procedimientos de trabajo seguro con el fin de evitar accidentes laborales. (Artículo 18 de la Ley 31/1995 Ley de prevención de Riesgos Laborales).
32. RIESGOS PSICOSOCIALES
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO EXPOSICIÓN A
FACTORES
Acciones Preventivas
DE
RIESGO
PSICOSOCIAL: Riesgo de estrés laboral.
Deberá realizarse un estudio específico de exposición a factores de riesgo psicosocial, empleando como método de evaluación el propuesto por el Instituto Nacional de Seguridad o Higiene u otros que ofrezcan similar grado de fiabilidad.
36. OTROS-TRABAJADORES
Descripción del Riesgo
TRABAJADORES MENORES DE EDAD: En caso de existencia de trabajadores pertenecientes a este colectivo.
Se debe comunicar esta circunstancia inmediatamente al Servicio de Prevencion con el fin de activar el procedimiento de proteccion correspondiente.
Acciones Preventivas
Magnitud MODERADO
Se deberá informar a los trabajadores menores de edad de las limitaciones funcionales establecidas en su puesto de trabajo como consecuencia de su condición de menor de 18 años, en relación con lo establecido en el art.27 de la Ley de Prevención de Riegos Laborales (Ley31/95), y la presente evaluación de riesgos laborales de su puesto de trabajo.
Se prohibirá al menor el manejo de prensas, guillotinas, cizallas, sierras de cinta o circulares, taladros mecánicos y, en general, cualquier equipo de trabajo que por las operaciones que realice, las máquinas o útiles empleados o las excesivas velocidades de trabajo represente un marcado peligro de accidente, salvo que éste se evite totalmente mediante los oportunos dispositivos de seguridad.
Se prohibirá al menor realizar aquel trabajo que supere objetivamente sus capacidades físicas o psicológicas.
Se prohibirá al menor una exposición nociva a agentes tóxicos o cancerígenos.
Se prohibirá al menor cualquier trabajo que implique exposición nociva a radiaciones ionizantes.
Se prohibirá al menor cualquier trabajo que implique su exposición a frío, calor, vibraciones o ruido.
Se deberá prohibir el trabajo de los niños ( menores de 15 años) entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana.
Se deberá prohibir el trabajo de los adolescentes ( 15-18 años) entre las diez de la noche y las seis de la mañana.
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Se establecerán descansos para los menores que trabajan más de cuatro horas y media al día, que sean al menos de treinta minutos consecutivos.
Se prohibirá al menor realizar trabajos en atmósferas con sobrepresión elevada.
Se prohibirá al menor realizar trabajos con sustancias o preparados clasificados como tóxicos, muy tóxicos, corrosivos o explosivos.
Se prohibirá al menor realizar trabajos con sustancias o preparadas catalogadas como nocivos.
Se prohibirá al menor realizar trabajos con plomo y sus derivados.
Se prohibirá al menor realizar trabajos con amianto.
Se prohibirá al menor realizar trabajos en los recintos de animales feroces o venenosos.
Se prohibirá al menor realizar trabajos que impliquen la manipulación de aparatos de producción, almacenamiento o utilización de gases comprimidos, licuados o disueltos.
Se prohibirá al menor realizar trabajos que impliquen riesgo de derrumbamiento.
Se prohibirá al menor realizar trabajos que impliquen riesgos de tipo eléctrico de alta tensión.
El menor no podrá desempeñar trabajos cuyo ritmo esté condicionado por máquinas y que estén remuneradas en función del resultado.
Se prohibirá al menor realizar tareas de engrase, limpieza, examen o reparación de las máquinas o mecanismos en marcha que resulten de naturaleza peligrosa.
Descripción del Riesgo Magnitud MODERADO TRABAJADORES SENSIBLES: Procedimiento Trabajador Especialmente Sensible, ver informe.
- Se deberá garantizar de manera específica la protección de los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocidos, incluidos aquéllos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo (uso de escaleras de mano, manipulación de pesos superiores a 3 kilogramos, etc)
Empresa:
Trabajo:
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FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES (DE ACUERDO AL PLAN DE PREVENCION)
§ Velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario. (*)
§ Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. (*)
§ Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados. (*)
§ No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar. (*)
§ Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y prevención, en su caso, al servicio de prevención acerca de cualquier situación que considere pueda presentar un riesgo para la seguridad y salud. (*)
§ Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo. (*)
§ Cooperar con sus mandos directos para poder garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. (*)
§ Mantener limpio y ordenado su entorno de trabajo, localizando los equipos y materiales en los lugares asignados.(*)
§ Sugerir las medidas que considere oportunas en su ámbito de trabajo para mejorar la calidad, la seguridad y la eficacia del mismo. (*)
§ Otras funciones que la dirección crea conveniente y de acuerdo al sistema preventivo aprobado y con la consulta a los representantes de los trabajadores. (*)
§ Acudir a los cursos de formación en prevención de los riesgos laborales del puesto de trabajo.(*)
§ Firmar la recepción de las Fichas informativas de los riesgos laborales del puesto de trabajo y de la funciones y responsabilidades propias del puesto de trabajo, en materia preventiva.
§ Firmar la recepción de los Equipos de Protección Individual, indicados para el puesto en la Evaluación de Riesgos de la Empresa. (*)
§ Acudir al Reconocimiento Médico, o bien, firmar la renuncia al mismo si la Ley no establece la obligatoriedad del mismo.(*)
(*) El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los trabajadores.