REPÚBLICA DOMINICANA
PODER JUDICIAL OCTAVA SALA DE LA CÁMARA PENAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL Yo, ROSA MA. CARRASCO ROSARIO, Secretaria de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que en los archivos de esta cámara hay un expediente marcado con el número 063-2023-EPEN-00366, que contiene una sentencia, cuyo texto es el siguiente: EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Sentencia penal Núm. 046-2023-SSEN-00189 Nro. Interno: 046-2023-EPEN-00219
Nro. Expediente: 063-2022-EPEN-00366
En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a las dos horas y treinta y seis minutos de la tarde (2:36 p.m.), del día veintiuno (21) del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración. La Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, localizada en uno de los salones de la tercera planta del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, ubicado en la manzana comprendida por las calles Arzobispo Portes, Francisco J. Peynado, Beller y Fabio Fiallo, presidida por la Magistrada DIANA P. MORENO RODRÍGUEZ, Jueza; dicta esta sentencia en sus atribuciones penales y en audiencia pública constituida por la infrascrita secretaria Rosa Ma. Carrasco Rosario. Leída integralmente en fecha doce (12) del mes de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.). Con motivo de la acusación penal pública a instancia privada presentada por la LCDA. LEIDY NAIRA GARCÍA; Procuradora Fiscal Adjunta del Distrito Nacional, adscrita al Departamento de Litigación II. Comparece, además, el señor IRVING JOSE PÉREZ VARGAS dominicano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral núm. 001-1867396-1, domiciliado en la calle Respaldo Agustín Lara, núm. 53, sector Serralles, Distrito Nacional; localizable con los números de teléfonos 829-917-8417 y 1(954)-235-8831, representado técnicamente por los LICDOS. STALIN FELIX OVALLES, DORIS GARCÍA FERMIN y el DR. JOSE FERNÁNDEZ PÉREZ VÓLQUEZ, domiciliados en la calle José Gabriel García, número 406, segundo nivel, sector ciudad nueva, Distrito Nacional; localizable en el teléfono número 809-688-4172; en lo adelante víctima, querellante y actor civil. En contra del señor JAVIER DE JESÚS FERNÁNDEZ PERELLÓ, dominicano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral núm. 001-1310015-0, domiciliado en la calle Fantino Falco, núm. 43, Torre Naco, Distrito Nacional; localizable en el teléfono núm. 849-280-1500, asistido por los LCDOS. JUAN GERARDO AQUINO HENRÍQUEZ, JUAN AQUINO NUÑEZ y FLORY AQUINO, con domicilio jurídico abierto en la avenida Selene, esquina Arrayanes Genald, núm. 10, suite A-4, sector Bella Vista, Distrito Nacional; localizables en el teléfono número 809-915-1548 y 849-854-1999; por presunta comisión de golpes y heridas inferidos de manera voluntaria, en violación a las disposiciones contenidas en el artículo 309 del Código Penal dominicano; en lo adelante parte Sentencia Penal Núm. 046-2023-SSEN-00189
Expediente Núm.: 063-2022-EPEN-00366 Página 1 de 35