El Nuevo Diario

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SABADO, 1 DE AGOSTO DE 2015

EMPLAZAMIENTO PARA SANAMIENTO Tribunal de tierras de Jurisdicción original de Higüey, Distrito Catastral No. 1 del municipio de Higüey, parcela No. 503508323580, Extensión superficial 107.84MTS2, auto requerimiento, auto de emplazamiento y de fijación de audiencia, abogado del estado Vs. Reclamante: JULIO CÉSAR GUERRERO CALVAJAL, dominicano, mayor de edad, casado con la señora ANA JACQUELINE TRINIDAD CASTILLO, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 028-0071195-0 y 026-0097676-1, respectivamente, domiciliados y residentes en la calle Ramón Tita, No. 16, de esta ciudad de Higüey. Dentro de los siguientes linderos: en la parcela 503508323580: Al norte: Sucesión Ozuna representada Rodolfo marcela Martínez, SE CITA: A las personas y todo el que crea tener o tenga interés para que comparezca por ante el tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Higüey, sito que en uno de los salones de la segunda planta, ubicado en la Carretera Mella KM. 1 ½ , de esta ciudad de Higüey, el día Dieciocho (18) del mes de Agosto del año dos mil quince (2015), a las Nueve (9:00AM) hora de la mañana, a fin de dar a conocer sus pretensiones sobre el Saneamiento del asolar No. 12, manzana 166, la parcela No. 503508323580, del distrito Catastral No. 1 del Municipio de Higüey, y las pruebas Jurisdicción Original. DADO: En la ciudad de Higüey, Provincia La Altagracia, República Dominicana, hoy día dieciocho (18) del mes de Junio, del año Dos Mil Quince (2015).

LICDO. MANUEL DE JESÚS SÁNCHEZ Juez del Tribunal de Tierras MARÍA CAROLINA RIJO ESPIRITUSANTO Secretaria.

FC321863

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la ley 1306-Bis, sobre divorcio , se hace de público conocimiento lo siguiente: en fecha veintiocho (28) de mayo del año dos mil quince (2015), la primera sala de la cámara civil y comercial del juzgado de primera instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó la sentencia civil No.365-1500723, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el Divorcio por mutuo consentimiento entre los señores ARTURO EMILIO ACOSTA ROJAS y LESLI RAMIREZ NUÑEZ, conforme al acto de estipulaciones y convenciones, pactadas entre ellos, bajo el No.49 de fecha seis (6) de abril del año dos mil quince (2015), por ante Notario LIC. JUAN JOSE CASTILLO COSTE, abogado notario público, de los del número para el municipio de La Vega; SEGUNDO: Ordena que los señores ARTURO EMILIO ACOSTA ROJAS y LESLI RAMIREZ NUÑEZ, o el que haga de parte más diligente, procedan a transcribir esta sentencia en el término legal y que se cumplan los demás requisitos que prescribe la ley; TERCERO: OTORGA la guarda de los menores ALEJANDRO ARTURO y JEAN ARTURO a la señora LESLI RAMIREZ NUÑEZ hasta su mayoría de edad, por convenir a dicho interés. CUARTO: compensa pura y simplemente las costas por tratarse de un procedimiento entre esposos. La sentencia que antecede ha sido firmada por el magistrado juez ALDEMARO JOSE MUÑIZ MENA, juez titular y ROCIO B. CABRERA CASTILLO, secretaria titular, en la misma fecha señalada al inicio de la misma. Dicho divorcio fue pronunciado en la oficialía del estado civil de la segunda circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha 30/7/2015 y fue inscrito en el libro de registro de divorcio 00005, folio 0116, acta 000916, año 2015. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, a los treinta y un (31) días del ms de julio del año dos mil quince (2015).

LICDA. EVELYN DORYS MATIAS ABOGADA

PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar cumplimiento en lo establecido en el artículo 42 de la Número 1306 BIS, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 29 del mes de abril del año 2015 la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago en sus atribuciones civiles dicto la sentencia marcada con el numero 365-15-00668 cuyo dispositivo textualmente dice: Falla: Primero: Rectifica el defecto pronunciado en audiencia contra la parte demanda la señora MARTHA YADIRIS PEREZ, por falta de comparecer, no obstante estar legalmente emplazada. Segundo: ACOGE en cuanto a la forma, la demanda en DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, interpuesta por el señor LEONARDO RICARDO CHANQUET, contra la señora MARTHA YADIRIS PEREZ DIAZ, conforme a las normas procesales vigentes que rigen la materia. TERCERO: ACOGE en cuanto al fondo, la presente demanda, en consecuencia, ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre los señores LEONARDO RICARDO CHANQUET Y MARTHA YADIRIS DIAZ, por ser procedente, CUARTO: Compensa pura y simplemente las costas por tratarse de una litis entre cónyuges. QUINTO: ORDENA a las partes mas diligente cumplir con los requisitos de ley, posteriores a la presente sentencia, consistentes en el pronunciamiento del divorcio, transcripción y publicación de la sentencia. SEXTO: COMISIONA al ministerial RAFAEL ANTONIO CEPIN JORGE alguacil de estrado de esta Sala para la notificación de la presente sentencia. I POR ESTA NUESTRA SENTENCIA ASI SE PRONUCNIA, MANDA Y FIRMA. FDOS. ALDEMARO JOSE MUÑIZ MENA, juez titular, ROCIO CABRERA CASTILLO, secretaria titular. Este Divorcio en la primera circunscripción en el Libro 00007, folio 0057 acta numero 000629 el día 23 de ms de julio del año 2015. En la ciudad de Santiago de los Caballeros a los 18 días del mes de junio del año 2015.

LICDA MARIA ALT. NINA ABOGADA

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 772116, fecha de apertura

25/07/2014

por

un

valor

de

(RD$300,000.00) expedido por el BANCO DE RESERVAS, a nombre de PEÑA GUZMAN, ELADIO Y/O GUZMAN, ANA MERCEDES. AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento y para los fines de su nueva expedición que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 40201070-010364-3, Documento No. 667986, Emitido por el Banco de Reservas de la República Dominicana, por un monto de RD$3,000,000.00 (TRES MILLONES DE PESOS DOMINICANOS), a nombre de las señoras: DOLORES ALTAGRACIA ROSADO SUERO, Céd. No.050-0001486-9 y ANA RAMONA ROSADO SUERO, Céd. No.050-0003878-5. (MA-AC-7881-PC-30-31-01/07/2015)

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Diploma expedido por la Universidad Tecnologica de Santo Domingo (UTESA), a nombre de Jennifer Inmaculada Díaz Languma, inscrito en el libro No. 3, número de registro 2760, Folio 377, expedido en fecha 11 de febrero del 1994, matrícula No. 90-2198. FC 321758

Adalginy Mercedes Toribio Patxot Agrimensora contratista, CODIA 27966, calle 1ra. No.5, Edif. Elvira Rodríguez, Mod. 2-B, Ens. Román I, Santiago de los Caballeros, e-mail:ginytoribio@gmail.com 809-916-5251 AVISO DE TRABAJOS TECNICOS DE DESLINDE Por medio del presente, hacemos de conocimiento que el lunes 10 de agosto del 2015, a las 08:30 a.m., se dará inicio a los trabajos de campo del Deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la P. no.146 D.C. 02, del Municipio de Laguna salada, Provincia Valverde, ubicado en la sección de Guayacanes Adentro, autorizado con el Exp. No.662201506951, en fecha 30 de Junio del 2015, propiedad de MAXIMILIANO ANDRES VALDEZ VENTURA Y MARTHA ANTONIA TORIBIO DE VALDEZ.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 12 de Agosto del 2015, a las 11:00 am, se realizarán los trabajos de mensura para deslinde, dentro de la Parcela 49 Distrito Catastral 4, del Municipio y Provincia El Seybo, con una superficie de 200.66 mts2, ubicado en camino La Cuchilla-El Seybo a unos 600 mts. al norte del poblado La Cuchilla. Expediente No. 663201508147. Propiedad de la COMPAÑÍA DOMINICANA DE TELEFONOS S.A.

CESAR REYNALDO PEREZ GOMEZ Agrimensor-Contratista Codia 28796, Tel. 809-713-3338 FC.321890

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADOS DE ACCIONES Se hace de público conocimiento la pérdida del certificado de acciones No. 2465 de fecha 31/12/2010 contentivo de 237 acciones clase “O” emitido a favor de ALBERTO LEE OGANDO por el Banco Múltiple León, S.A. Cuyo continuador jurídico es el Banco Múltiple BHD León S. A, La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente en Santo Domingo, Distrito Nacional a los diecisiete (17) días del mes de julio del año dos mil quince (2015). FP74695

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 12 de Agosto del 2015, a las 10:00 am, se realizarán los trabajos de mensura para deslinde, dentro de la Parcela 63 Distrito Catastral 04, del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, con una superficie de 130.00 mts2, ubicado en la C/ 2da. No. 37, Barrio Holguín, km. 9 ½ A. Duarte, expediente No. 663201508108. Propiedad de los Señores CESAR REYNALDO PEREZ GOMEZ Y DALMA A. PEÑA HERNANDEZ.

AMIN ABEL RIVERA ALMONTE Agrimensor-Contratista Codia 27078, Tel. 829-343-7756

La Junta Directiva de Condominio Torre Lina VI, ubicado en la Eduardo Vicioso No. 47A, Bella Vista, convoca a los propietarios a la Asamblea Ordinaria a efectuarse el miércoles 26 de aposto de 2015 en los parqueos del segundo nivel, a las 7:30 P.M.

JOSE TAVAREZ.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 410172, emitido por el BANCO

FC 321866

POPULAR DOMINICANO, de fecha 17 febrero 2015, por un

EMPLAZAMIENTO

valor de NUEVE MIL CIEN DÓLARES (US$9,100.00) a nom-

AVISO DE DIVORCIO

De conformidad con las disposiciones del artículo 22 de la 1ey 1306-BIS, SOBRE DIVORCIO, el señor JOSE ALBERTO ESTEVEZ FILION, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-1137482-3, domiciliado y residente en la calle Mercedes, Moscoso, Manzana 4311, No.03, de la Urbanización Carolina, de Villa Faro, Santo Domingo Este, advierte a su legitima esposa, señora YORCA MILAGROS FELIZ, cuyo último domicilio conocido fue la calle Cuarta, No.9, del sector Mendosa Segunda, Villa Faro, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, que procederá por vía de apoderados especiales LICDOS. MANUEL DIONICIO ESTEVEZ FILION y JUAN MANUEL GARCIA G, dominicanos, mayores de edad, de estado civil solteros, abogados de los Tribunales de la República, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos., 001-1137482-3 y 0011549885-9, con domicilio Profesional Abierto en la Avenida España, Calero, edificio 213, Apartamento 21A, Villa Duarte, Municipio Santo Domingo Este, en cuyo estudio hace formalmente elección de domicilio mi requeriente, para todos los fines y consecuencias legales de su divorcio, EMPLAZARLA en demanda de divorcio por incompatibilidad de caracteres, por ante la cuarta sala (en asuntos de familia) de la cámara civil y comercial de la provincia santo domingo, cita en la calle Hermanas Carmelita Teresa de Jesús, (antigua calle 17,) No.3, del Ensanche Ozama, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, mediante notificación que será hecha, en el último domicilio conoció, así como en el ayuntamiento santo domingo este, y en manos de la secretaria de la cuarta sala en asunto de familia de la sala civil, y por último en provincia en la oficina el MAGISTRADO PROCURADOR FISCAL DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, ubicada en avenida Charle de Gaulle, No.27, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, el día miércoles 29, de julio del corriente año 2015, a los fines de que comparezca a la audiencia de demanda de divorcio en su contra y que celebrara dicha LA CUARTA SALA, a las Nueve Horas de la Mañana (9:00 A.M.) el día MARTES que contaremos a DIECIOCHO (18) AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (2015), en la provincia santo domingo, municipio santo domingo este, a los veintinueve )29= del mes de julio del año dos mil quince ( 2015).

bre de la Sra. GEORGINA ORTIZ VÁSQUEZ, cédula 001-

Se hace de público conocimento que en la 7ma. Sala Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia, Distrito Nacional, dictó la sentencia No. 0519-15, de fecha 27/abril/2015, y fue pronunciado el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores: SANTO AGAPITO SURIEL FABIAN y ARELIS ALTAGRACIA GOMEZ GUTIERREZ, en la Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción, Distrito Nacional, fue registrada en el Libro No. 00010, Folio No. 0135, Acta No. 000943, año 2015.

LIC. MANUEL DIONICIO ESTEVEZ FILION ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE

FC.321738

0505724-4. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663201506959 Vista: La autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central de fecha 01 de Julio del 2015, en la cual me autoriza a realizar los trabajos de Deslinde, una porción de terreno de (2,512.11m2), en la Parcela No. 69, del D. C. No. 6., del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, propiedad de Bignaga Enterprises, S.R.L.. Dichos trabajos serán realizados el día 04 de agosto del 2015, a las 10.00 a.m., dicho inmueble se encuentra en la Ave. Luther King Jr., de San Isidro, Santo Domingo Este, por el Agrim. Héctor Camilo Guerra Vargas, CODIA No. 13535, dominicano, mayor de edad, soltero, Cédula No. 001-0324508-0, con domicilio en la Av. Correa y Cidrón, No. 106, Edif. Plaza Sarah Luz, Apto. 205, Santo Domingo, D. N., teléfono 809-508-6966. Se advierte a todas las personas que tengan algún interés en la porción de terreno a levantar que deben comunicar con anticipación o en el momento de Levantamiento al Agrimensor encargado o la Dirección Regional de Mensuras Catastrales.

Agrim. Héctor Camilo Guerra Vargas CODIA 13535

FP 75006

DR. CECILIO BERROA SEVERINO, Abogado Apoderado.

AVISO DE DIVORCIO Se hace de público conocimiento que en la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia, San Cristóbal, Dictó la sentencia No.00218-2015 de fecha 23/abril/2015, y fue pronunciado el divorcio POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES entre los señores: DICKSON ANTONIO ARREDONDO MORILLO Y EVELIN DILEISY PICHARDO AGRAMONTE en la Oficialía del Estado Civil de la 1ra Circunscripción, Bajos Haina, fue registrada en el Libro No.00001, Folio No.0051, Acta.000026, Año: 2015.

FP 75009

LICDO. RUDY W. ROSARIO PIRON, Abogado Apoderado.


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