El Nuevo Diario

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MARTES, 14 DE JUNIO DE 2016

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcios, y para que sea de público conocimiento, se hace saber: Que la Sexta Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia de divorcio por mutuo consentimiento marcada con el número 01568/2016, de fecha 18 del mes de mayo del año 2016, Exp. No. 5312016-00520, pronunciado por la Oficialía del Estado Civil de la 10ma. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 6 del mes de junio del año 2016, registrado en el Libro No. 00002, Folio No. 0096, Acta No. 000127, del año 2016, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Acoge las conclusiones del acto de Convenciones y Estipulaciones marcada con el No. 10/2016, de fecha quince (15) del mes de febrero del año 2016, instrumentado por el DR. LEONARDO DE LA CRUZ ROSARIO, Abogado Notario Público de los del número del Distrito Nacional. SEGUNDO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores EDWIN SANCHEZ NOVAS y FRANCE ARMANDA CLEMENCE CORBIERS. TERCERO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de divorcio. Así se pronuncia, ordena, manda y firma: (Firmados: EVELYN TORRES, Juez; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, lo cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que confiere. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016).

DR. NIDIO HERRERA FAMILIA, Abogado apoderado. FC 333420

BUFETE JURIDICO “LIC. MANUEL GUAROA E. MENDEZ SANCHEZ”´ C/El Polideportivo No. 03, municipio de los Bajos de Haina, S.C., R.D., Tels. (809) 909-4533 y (809) 957-3782. PUBLICACION AVISO DE DIVORCIO YO, LIC. MANUEL GUAROA E. MENDEZ SANCHEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 093-0034583-3, Abogado de los Tribunales de la República, miembro activo del Colegio Dominicano de Abogados, actuando por poder a nombre y representación del señor FELVIET BONE JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 093-0034178-2, en cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, (Modificado por la Ley 136 de 1983, G.O. 9616), hago de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veinticuatro (24) del mes de mayo del año dos mil dieciséis (2016), el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Villa Altagracia, dictó la sentencia civil No. 0569-2016SCIV-00441, la cual en su parte dispositiva textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos REMIGIA FERRERA ESCALANTE y FELVIET BONE JIMENEZ, conforme al acto de estipulación de divorcio, instrumentado por ante el Notario Público de los del número para el municipio de los Bajos de Haina, LIC. LIDIA ESTHER BARRIENTOS CASTO, de fecha 29/03/2016, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena el pronunciamiento del presente divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: Compensa las costas del procedimiento. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma: (Firmados: MARIA ISABEL CASTILLO HERNANDEZ, Jueza; MODESTA PEREZ DE LOS SANTOS, Secretaria). Así mismo, se hace saber que en fecha once (11) del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Villa Altagracia, procedió a transcribir la indicada sentencia en el Libro No. 00001 de Registro de Divorcio, Folio No. 0124, Acta No. 000061, del año 2016, efectuándose el pronunciamiento del referido divorcio. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016).

LIC. MANUEL GUAROA E. MENDEZ SANCHEZ, Abogado.

FC 333443

BUFETE JURIDICO

“LIC. MANUEL GUAROA E. MENDEZ SANCHEZ”´ C/El Polideportivo No. 03, municipio de los Bajos de Haina, S.C., R.D., Tels. (809) 909-4533 y (809) 957-3782.

PUBLICACION AVISO DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio. y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veintinueve (29) del mes de abril del año dos mil doce (2016), LA CUARTA PARA ASUNTOS DE FAMILIA SALA CIVIL Y COMERCIAL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, mediante la Sentencia Civil No. 00982-1216, se ordenó lo siguiente: FALLA: Primero: Admite el divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO, entre los señores WENDY MARIANA CÉSPEDES LOPEZ y VICTOR MANUEL GARCIA LOPEZ, conforme a las estipulaciones y convenciones pactada entre ellos, según acto instrumentado en fecha DIESISEIS (16) del mes de FEBRERO del año dos mil doce (2016), LA CUARTA PARA ASUNTOS DE FAMILIA SALA CIVIL Y COMERCIAL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, JOSE RAMÓN TAVARES BATISTA Notario de los del número para el Municipio de Santiago; Segundo: Ordena que los esposos o el que haga de parte más diligente, procedan a transcribir esta sentencia en el término legal y que se cumplan los demás requisitos que prescribe la ley; Tercero: Compensa pura y simplemente las costas por tratarse de un procedimiento entre esposos. POR ESTA NUESTRA SENTENCIA, ASI SE PRONUNCIA, ORDENA, MANDA Y FIRMA: Magistrado: JOSE LUIS GARCIA GARCIA, Juez; HEIDY NUNEZ, Secretaria. Que previo cumplimiento de las formalidades de ley, dicho divorcio, conforme a la sentencia que lo admite. Así mismo se hace saber que en fecha DOS (02) del mes de JUNIO del año dos mil dieciséis (2016), el Oficial del Estado Civil de la PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN de SANTIAGO procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00006, bajo el Acta No. 000527, Folio No. 0033, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, y municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, hoy día diez (10) de) mes de Junio del año dos mil dieciséis (2016).

Lic. José Agustín Estrella, Abogado. EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis, del 21-07-1937, sobre divorcios en la R.D. Modif. Por la ley 2153, de 1949, la señora ALTAGRACIA CONCEPCION PEREZ SANCHEZ, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 106-0002255-1, domiciliada y residente en el Municipio de Peralta, Provincia de Azua, LICDA. MERY YOANNA GONZALEZ GONZALEZ, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 010-0013154-8, Abogada de los Tribunales de La República, matriculada en el Colegio de Abogados con el No. 38892-881-02, con estudio Profesional en La Av. Enriquillo No. 32, donde mi requeriente hace formal domicilio para los fines de la presente publicación, ADVIERTE a su esposo MATEO NICASIO CARRASCO CIUDAD, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Marcos Medina No. 43, del Municipio de Azua, que a falta de información actual de su domicilio procederá a emplazarla en acción de divorcio por incompatibilidad de caracteres por ante el Magistrado procurador Fiscal del D.J. de Azua, En consecuencia se procedió en fecha Diecinueve (19) del mes de Mayo del año 2016, mediante acto No. 342/2016, del ministerial MIANNUDI ABDIEZER NUÑEZ ABREU, Ordinario de La Cámara Civil, a notificar en manos del Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Azua, y en la Secretaría de la Cámara Civil Distrito Judicial de Azua, para que comparezca el día 27 del mes de Julio del año 2016, por medio de constitución de abogado, a la audiencia que en atribuciones civiles, celebrará La Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Azua, en su local, sito en uno de los salones de la segunda planta del Palacio de Justicia de Azua, ubicado en las calles Ramón Matías Mella y Hermanas Nanitas a las nueve (09) horas de la mañana, para que comparezca a la audiencia de petición de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres. En la ciudad de Azua, a los once (11) días del mes de Junio del año dos mil dieciséis (2016).

LICDA. MERY YOANNA GONZALEZ GONZALEZ, Abogado Demandante.

Se hace de público conocimiento que el día 24 de Junio del 2016, a las 9:00 A.M. se realizaran los trabajos de Mensura para Deslinde en la P. No. 424 del D.C. 10/6ta Del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, Ubicado en la calle Marcial Guerrero, No. 04, sector La Aviación, en el municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, RD. Expediente No. 663201603082, con autorización de fecha 31/03/2016, propiedad de los señores: FELICIANO DE GRACIA DE LOS SANTOS Y ALMA LIDIA GRACIA DE LOS SANTOS.

AGRIM. NELSON ANTONIO AVILA Agrimensor contratista CODIA: 27014 Teléfono: 829-926-1116

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 24 de Junio del 2016, a las 11:00 A.M. se realizaran los trabajos de Mensura para Deslinde en la P. No. 670 del D.C. 04 Del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, Ubicado en la sección Azafrán, en el lugar denominado La Culebra., en el municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, RD. Expediente No. 663201604007, con autorización de fecha 20/04/2016, propiedad del señor: DOMINGO CASTILLO GUERRERO.

FC 333452

AGRIM. NELSON ANTONIO AVILA

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Para general conocimiento y en cumplimiento del Art. 42 de la Ley de Divorcio 1306Bis de 1937 y sus modificaciones, se hace de conocimiento público 1o siguiente: a) Que en fecha veintiocho (28) de marzo del año dos mil dieciséis (2016), la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional dictó la sentencia de divorcio número 00301/16, cuyo dispositivo hace constar textualmente: F A L L A: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos AMER NAYEF QASSEM Y JHOANNA CAROLINA MONTERO JORAN, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número l, instrumentado por ante el notario público del Distrito Nacional Dr. Claudio Jacobo Simón Rodríguez, en fecha 12/01/2016, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. b) Que el divorcio de referencia fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de 1a Undécima Circunscripción del Distrito Nacional, el día treinta (30) de mayo del año dos mil dieciséis (2016), quien transcribió la sentencia que lo admite en el libro número 00002 de registros de DIVORCIO, folio número 0147, acta número 000159, año 2016, destinado a tales fines. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los siete (7) días del mes de Junio del año dos mil dieciséis (2016).

Licda. Licelotte Minaya Rosario Por si y por los Licdos. Lidio Antonio Duval Sánchez y Aura Celeste Fernández Rodríguez Abogados

Agrimensor contratista CODIA: 27014 Teléfono: 829-926-1116

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 24 de Junio del 2016, a las 1:00 P.M. se realizaran los trabajos de Mensura para Deslinde en la P. No. 374-B-8 del D.C. 10/6ta Del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, Ubicado en el sector Los Limones, atrás del Play los limones, a 130 metros de la avenida la Altagracia, en el municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, RD. Expediente No. 663201605425, con autorización de fecha 25/05/2016, propiedad del señor: JUAN CEDANO CARABALLO.

AGRIM. NELSON ANTONIO AVILA Agrimensor contratista CODIA: 27014 Teléfono: 829-926-1116

PERDIDA DE CONSTANCIA ANOTADA En virtud del Reglamento General de Registros de Títulos en su art. 86 y la RESOLUCION No. 19-0312 emitida por LA DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO DE TÍTULOS, para la expedición de Duplicado por perdida del anterior, Se hace de público conocimiento La perdida la constancia anotada en el Certificado de Título no. 69-103, Parcela No. 101-K, del Distrito Catastral No. 10/4ta, del Municipio de Higüey, con una extensión superficial de terreno de 125,773 mts2 En el municipio de Higüey, provincia de la Altagracia, R.D., Propiedad del Señor JULIO ELITON PEÑA

FC333451

Agrim. Carlos Martínez,

AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

YO, LIC. MANUEL GUAROA E. MENDEZ SANCHEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 093-0034583-3, Abogado de los Tribunales de la República, miembro activo del Colegio Dominicano de Abogados, actuando por poder a nombre y representación de la señora AURA ESTELA LUGO AGRAMONTE, dominicano, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 010-00696714, en cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley 136-Bis, sobre Divorcio, (Modificado por la Ley 136 de 1983, G.O. 9616), hago de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veinticuatro (24) del mes de mayo del año dos mil dieciséis (2016), el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Villa Altagracia, dictó la sentencia civil No. 0569-2016-SCIV-00442, la cual en su parte dispositiva textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos AURA ESTELA LUGO AGRAMONTE y JOSE RUBI VILLAFAÑA, conforme al acto de estipulación de divorcio, instrumentado por ante el Notario Público de los del número para el municipio de los Bajos de Haina, LIC. LIDIA ESTHER BARRIENTOS CASTO, de fecha 31/03/2016, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena el pronunciamiento del presente divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: Compensa las costas del procedimiento. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma: (Firmados: MARIA ISABEL CASTILLO HERNANDEZ, Jueza; MODESTA PEREZ DE LOS SANTOS, Secretaria). Así mismo, se hace saber que en fecha once (11) del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Villa Altagracia, procedió a transcribir la indicada sentencia en el Libro No. 00001 de Registro de Divorcio, Folio No. 0126, Acta No. 000062, del año 2016, efectuándose el pronunciamiento del referido divorcio. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016).

Para darle cumplimiento a las disposiciones de la ley No. 1306 (Bis) y sus modificaciones, se advierte a la señora MARIA ISABEL TEJADA PERALTA, dominicana, mayor de edad, casada, cuyo domicilio se desconoce en el país, que a falta de información de su dirección, su esposo el sector LUCIANO ANTONIO DURAN JAQUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador do la cédula de identidad y electoral No. 0310383138-8, domiciliado y residente en la calle 09, No. 24, Ensanche Bermúdez, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, por órgano de su abogada constituida y apoderada especial, LICDA. JOPIANNY ADALGISA TORIBIO DE LA ROSA, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de Identidad y Electoral No. 0410011168-3, matriculada en el Colegio de Abogados con el Número 54263-240-14, con estudio profesional abierto en la Ave. 27 de Febrero, No. 50, módulo 3-C, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Tribunal de Primera instancia del Distrito Judicial da Santiago, el día VIERNES que contaremos a diecisiete (17) del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016), a las nuevo (9:00) horas de la mañana, así para que comparezca por ante la CUARTA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEI JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO (ASUNTOS DE FAMILIA), sito en el Edificio que aloja las oficinas del Palacio de Justicia Lic. Federico C. Álvarez, en la Ciudad de Santiago de los Caballeros, situado en la manzana conformada por la Ave. 27 de Febrero, Circunvalación, las Calles 4 y E. Guerrero del Ensanche Román I, a la audiencia que celebra en atribuciones Civiles, el día LUNES que contaremos a veinte (20) del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016), a las nueve (9:00) horas de la manzana. Publicación autorizada por el infrascrito, abogado apoderado especial, en la ciudad de Santiago de les Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016).

LIC. MANUEL GUAROA E. MENDEZ SANCHEZ, Abogado.

LICDA. JOHANNY .ADALGISA TORIBIO DE LA ROSA Abogado Apoderado

FC 333443

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL

Tel.: 809-426-7816-. Agrimensor.

AVISO DE CAMBIO DE NOMBE Aviso a todo el que tenga interés en presentar oposición al cambio de Nombre de la señora EMETERIA LESPIN ALMONTE, por AMPARO LESPIN ALMONTE, dentro de un plazo de Sesenta (60) días a partir de esta publicación, autorizado por el Poder Ejecutivo mediante Oficio No. 009894 de fecha 18 de Abril del 2016.

LIC. LUIS ESMELING RAMIREZ URBEZ.

FC 333458

AVISO DE DIVORCIO Según lo establecido en el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Ley de Divorcio, se hace de público conocimiento que en la 2da. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia, provincia Santo Domingo, especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia No. 550-2015-SSET-01107-11-00005, de fecha 22/diciembre/2015, y fue pronunciado el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores: EMILIO RAFAEL GUERRERO PEREZ y CLARIBEL BAEZ DE LEON, en la Oficialía del Estado Civil correspondiente, Distrito Nacional, fue registrada en el Libro No. 00003, Folio No. 0165, Acta No. 000285, año 2016.

DR. FURCY DE OLEO RAMIREZ, Abogado.


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