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Niega INE dar medida cautelar

Ciudadano Acus A Ad N Augusto L Pez De Actos Anticipados De Campa A

POR ELIA CASTILLO

PAIS@ELHERALDODEMEXICO.COM

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) consideró improcedente la medida cautelar solicitada por un ciudadano en contra l SESIÓN. Dan resolución a denuncia de un ciudadano.

RESULTADO POR QUEJA del secretario de Gobernación, Adán Augusto López, por presuntos actos anticipados de campaña y promoción personalizada, de cara al proceso electoral 2024, por su participación en el evento Diálogos Ciudadanos: Reforma Electoral y Gobernabilidad en México, el 12 de enero de 2023.

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Un Litigio Que El Ine Debe Ganar

No nos dediquemos a lo que AMLO hace: exculpar a criminales l La Comisión de Quejas y Denuncias lo consideró improcedente. EDUARDO R. HUCHIM

Miembros de la oposición, cuatroteístas y opinión pública en general estamos “escuchando” sólo lo que mejor refuerza nuestras ya muy enquistadas convicciones. No sabemos decidir entre “qué creer y qué no”, pues de antemano confiamos en la palabra de alguien en lo relacionado a una u otra situación y desechamos la solidez de los testimonios. Esto no puede ni debe ser de a contentillo (quizá del jurado sí, pero ciertamente no de la sociedad mexicana).

En lo personal he tratado de contribuir adecuadamente a este debate. No afirmo ni niego la culpabilidad de García Luna, como tampoco digo que son falsos o verdaderos los testimonios que han dado los declarantes por la parte acusadora. Hablando de creencias, no creo que García Luna sea una blanca paloma, como seguramente afirmara su esposa al ser llamada a declarar. Pero, por congruencia, lo mismo debo aplicar cuando se habla del involucramiento del hoy canciller, del entonces gobierno capitalino y del actual Presidente de la República por lo que a las actividades de García Luna se refiere.

Pido más coherencia por parte de todos. Creo que no se pueden dar por válidos los testimonios de un testigo, del narco El Rey Zambada, en este caso, por razones de interés político. El mismo juez norteamericano que preside el proceso, y que escucha los razonamientos, testimonios y sinrazones de los testigos de la fiscalía de ese país, así lo ha señalado. Si los meros dichos no son tomados en cuenta por la autoridad estadounidense, ¿por qué los mexicanos sí lo hacemos?

Entendamos, de una vez por todas, que este juicio es la entrada para que legisladores estadounidenses declaren terroristas a los grupos narcotraficantes. Por lo mismo, ni México se merece políticos criminales y corruptos, no importando su ideología, como tampoco ser objeto de chismes de lavanderos. “Es más derecho Zambada que el abogado de García Luna”, ¿en serio? No nos dediquemos a lo que AMLO hace a diario: exculpar a criminales de acuerdo a su filiación política, elogiar a narcos de aquí y de allá, y vivir de la chacota.

En el caso de comunicación social, sin duda hay un divorcio entre parte de las reformas y la Constitución, sin embargo, no es seguro un resultado favorable

El Instituto Nacional Electoral puede y debe ganar la controversia constitucional contra reformas a la Ley General de Comunicación Social, publicadas en diciembre de 2022, y que forman parte del llamado Plan B de Reforma Electoral. Como he afirmado otras veces, es una desmesura suponer que el Plan B pondrá en riesgo las elecciones de 2024 como sostiene el INE, pero en el caso de comunicación social, sin duda hay un divorcio entre parte de las reformas y la Constitución. Sin embargo, no es seguro un resultado favorable al INE en esa controversia porque anteriormente, en una reforma de ley con cierta semejanza a la hoy impugnada, la Suprema Corte de Justicia emitió un cuestionable fallo por mayoría abrumadora. Ello ocurrió en 2014, en el sexenio de Enrique Peña Nieto, cuando entonces sí , la Corte era sujeta a fuertes presiones que frecuentemente la hacían ceder y alinearse con el Ejecutivo.

Se introdujeron dos conceptos que chocan con el artículo 134

Esa reforma de 2014 es la relativa a la publicidad de los informes anuales que rinden funcionarios públicos, la cual es abiertamente inconstitucional, porque el artículo 134 establece literalmente que: “En ningún caso esta propaganda (gubernamental) incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”. Y los ministros de la Corte avalaron, salvo José Ramón Cossío, que tal excepción sí es constitucional. Sensatamente, Cossío argumentó que si el 134 admitiera excepciones, éstas deberían estar en la propia Constitución y no en una ley secundaria. Ahora, como parte del Plan B, se reformó la Ley General de Comunicación Social y se introdujeron dos conceptos que no están en consonancia con el 134: uno es que la propaganda gubernamental es aquella difundida con cargo al presupuesto público, pero sólo si está etiquetada para ese fin por un ente público. La pregunta es: ¿entonces si se difunde propaganda gubernamental que no esté etiquetada como tal, por ese sólo hecho deja de ser propaganda? Es obvio que con esta disposición se abre un océano de posibilidades de discrecionalidad. El otro concepto que riñe con el 134 dice: “No constituyen Propaganda gubernamental las manifestaciones de las personas servidoras públicas que realicen en uso de su libertad de expresión y en el ejercicio de sus funciones públicas”. ¿Entonces un funcionario público puede llamar a votar por un determinado candidato o partido o en contra de otros sin que esa conducta sea sancionable porque lo hace en ejercicio de su libertad? Por supuesto que no. El INE sostiene que “el decreto impugnado viola y desconfigura el modelo de comunicación social establecido en el 134 y vacía de contenido la obligación de las y los servidores públicos de aplicar con imparcialidad los recursos públicos”, con lo cual se obstaculizan las funciones del Instituto. En este caso, tiene razón el INE.

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La rectora del Claustro, Carmen Beatriz López-Portillo Romano, afirmó que la presea se entrega de manera unánime

"en virtud de una vida dedicada a la consolidación, al fortalecimiento de la democracia, a la participación, al ámbito de la escucha y el diálogo, al fortalecimiento de la presencia de las distintas maneras de entender la realidad" LUIS

C. SÁNCHEZ

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