Acta pleno Ayto Mairena Aljarafe 31/05/2010

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6.- Se emite informe igualmente por la empresa QA2 al respecto en el que se indica textualmente: “Analizada la documentación aportada, debe manifestarse su adecuación a la Ordenanza en cuanto a forma y contenido, considerando únicamente las siguientes observaciones: - Ausencia de fotos reales de las instalaciones realizadas en el término municipal de Mairena del Aljarafe en lugar de fotos ejemplo. - Escaso contenido aunque suficiente a los efectos de la presente Ordenanza, del plan de modificación y retirada de las instalaciones. - Errata de impresión de logo en el cajetín de los planos presentados. Conclusión: Una vez revisada la documentación presentada por la empresa por la empresa Vodafone España S.A. se informa positivamente a los efectos contemplados en la citada ordenanza.” 5.- Con fecha 16 de noviembre de 2009 se emite informe jurídico al respecto. 6.- El asunto fue visto en el Consejo de Gobierno de la Gerencia Municipal de Urbanismo de 25 de mayo de 2010. Teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: PRIMERO.- La Ordenanza Municipal de Telecomunicaciones tiene por objeto la reglamentación de las condiciones aplicables a la localización, instalación y desarrollo de la actividad inherente a las infraestructuras radioeléctricas de telecomunicación, a fin de que su implantación se realice con todas las garantía urbanísticas, medioambientales y de seguridad y salubridad para los ciudadanos y se produzca el mínimo impacto sobre el medio ambiente desde el punto de vista espacial y visual. SEGUNDO.- El artículo 6 de la citada ordenanza señala que “La licencia municipal para la implantación o modificación de cualquier instalación destinada a prestar los servicios anteriormente descritos en el artículo 2 de la presenta ordenanza, requerirá la aprobación previa de un Plan de Implantación que contemple el conjunto de toda la red dentro del término municipal, en el cual se deberá justificar la solución propuesta con criterios técnicos de cobertura geográfica y proponer otras alternativas posibles”. El contenido de este plan de implantación aparece recogido en el artículo 7 de la Ordenanza. TERCERO.- El artículo 8 de la Ordenanza regula el procedimiento para la aprobación del Plan de Implantación y señala que se presentará este en el Registro General por triplicado en papel y en soporte informático acompañado por la solicitud que deberá cumplir los requisitos formales que determina la Ley 30/92 de RJAPPAC.

Nueva, 21 · 41927 Mairena del Aljarafe · Sevilla Teléfono: 955 76 89 60 · Fax: 955 60 97 91 www.mairenadelaljarafe.es

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