Revista Ekos Edición 212

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dencien o, lo que es peor, pasen inadvertidos. Además, hay conflictos existentes, pero hay otros que son potenciales y situaciones que aparentan serlo y que por lo tanto hay que cuidarlas. Siendo así, los conflictos de interés de cualquier tipo son parte del día a día, por lo que hay que neutralizarlos de manera apropiada, mediante la prevención anticipada, la revelación oportuna y la administración correcta; evitando, en caso de duda razonable, ejercer acciones que lleven a crear inconvenientes, inequidades o riesgos reputacionales, por su trascendencia y connotación. Cómo identificar el conflicto La gran pregunta es saber cuándo existe conflicto de intereses en las organizaciones empresariales. La respuesta puede parecer simplista, pero obviamente esta figura aparece cuando los intereses individuales se ven afectados de manera positiva o negativa en relación a la protección y cumplimiento de los intereses corporativos y, por ende, de los accionistas o de las partes interesadas o viceversa. Es ahí cuando los individuos deben actuar de manera transparente, consciente, asumiendo la responsabilidad por la gestión justa de sus propios intereses personales y la de los intereses de los terceros a los que representan; y las instituciones deben tener las reglas claras para identificar, prevenir y resolver esta clase de circunstancias.

Las personas no pueden delegar la solución de sus conflictos a las sociedades y éstas tampoco pueden pretender ignorar la realidad. Los escenarios de conflicto de intereses demandan responsabilidades y actuaciones de doble vía. Indudablemente, las empresas que trascienden en el tiempo saben manejar adecuadamente los intereses y las relaciones y las interrelaciones entre sus partes.

No se puede tipificar todos los conflictos de interés existentes, pero sí se pueden desarrollar pautas para manejarlos bien. Tipificar en las entidades todos los conflictos de intereses existentes, potenciales o aparentes sería una pretensión inútil; pero sí es factible sentar en los documentos corporativos -normalmente códigos de conducta o de ética- las pautas sobre los elementos que los configuran. Estos elementos incluyen, por ejemplo, las relaciones por matrimonio, parentesco, propiedad, gestión, dependencia económica o laboral, la duda razonable, los concursos de merecimientos y los concursos de precios para los proveedores, entre otros aspectos.

También es factible estipular el procedimiento para evitar, revelar y administrar los conflictos de interés de cualquier orden que fueren; establecer la forma de que la información sea simétrica y oportuna, así como identificar los riesgos, los candados y los controles a aplicarse. Y, por último, se debe señalar las instancias competentes para la valoración y decisión sobre esta clase de eventos, como son los comités de ética o rectorías. Siempre debe considerarse la flexibilidad para tratar caso por caso, tanto por la diversidad de las situaciones y de los intereses involucrados, como por la afectación, consecuencias e impacto que puedan emanar de determinadas acciones u omisiones. El papel de la parte moral Otra pregunta ineludible cuando abordamos este tema se refiere a cuándo el conflicto de interés trasciende al campo de lo moral. En este sentido, Antonio Argandoña, Profesor de la Cátedra de Economía y Ética del IESE Business School, Universidad de Navarra dice: “Los conflictos de intereses están presentes en numerosas decisiones de la vida de profesionales, directivos y empleados, así como de las empresas y organizaciones, públicas o privadas. Nótese que no todos ellos son necesariamente actuaciones inmorales; pero todos ellos pueden serlo…”. La delgada línea que permite el tránsito de lo moral a lo inmoral

[pag 127- EKOS-DICIEMBRE-2011]


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