La Plaza de la Constitucion nº425 Sanse 2017

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CONSUMO

Los usuarios pueden ejercer su derecho de queja con las hojas de reclamación En la Comunidad de Madrid, cualquier persona física o jurídica que presta servicios o vende productos a los consumidores finales debe disponer de hojas de reclamaciones a disposición del usuario para que pueda formular sus quejas, salvo en los casos de profesionales liberales colegiados, centros de enseñanza reglada y servicios públicos prestados directamente por la Administración Pública si disponen de un sistema propio de reclamaciones.

Los consumidores pueden reclamar las hojas de reclamaciones si ven vulnerados sus derechos.

L

os comercios están obligados a exhibir, de forma perfectamente visible, un cartel en el que figure la leyenda “Existen hojas de reclamaciones a disposición del consumidor”; de éstas deben disponer los comercios y son las que se entregan y distribuyen a través de la Oficina Municipal

Hojas de Reclamación del Ayuntamiento, que se complementará con la posibilidad de solicitar, como viene siendo habitual, los juegos de impresos autocopiativos. Convivirán por tanto los impresos de reclamación físicos con los descargables, aunque, hasta el momento, los establecimientos deben disponer de las hojas de reclamación que distribuye la OMIC, no siendo válidas las que pudieran descargarse de otros organismos. Se recuerda a los consumidores y usuarios que existen varias formas de poner una reclamación de consumo en la OMIC: directamente, a través del Registro General del Ayuntamiento, por correo ordinario (Plaza de la Constitución, 1- San Sebastián de los Reyes (Madrid) o mediante ORVE (Oficina de Registro Virtual de Entidades Locales). Para interponer una reclamación puede utilizarse el impreso que se solicite en el establecimiento, el que existe en la OMIC o un escrito no sujeto a formulario en el que se identifique el reclamante, reclamado, se exponga lo ocurrido y lo que se solicita y, además, se acompañe de la documentación que acredite los hechos expuestos.

de Información al Consumidor (OMIC). Son juegos de tres ejemplares autocopiativos, y es el consumidor el encargado de llevar su copia y la de la Administración al Ayuntamiento para comenzar la tramitación. Los comerciantes, próximamente, tendrán la posibilidad de descargar los ejemplares de

El Ayuntamiento asesora de forma gratuita sobre las cláusulas abusivas en hipotecas

El Ayuntamiento colabora con la Asociación de Usuarios Financieros ASUFIN, que se encargará de prestar un servicio de asesoría gratuita sobre cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios, fundamentalmente las conocidas como “cláusulas suelo”, aunque también otras cuestiones relacionadas con este tipo de préstamos, como por ejemplo las reclamaciones por gastos de constitución de hipotecas indebidamente cobrados por las entidades financieras.

E

ste servicio de asesoramiento, que comienza el 4 de mayo, es gratuito. Se realizará en el Centro Municipal de Formación (Av. Ramón Y Cajal, 5). ASUFIN se encargará de revisar las cláusulas del contrato hipotecario y confirmar a los usuarios si cabe plantear alguna reclamación. Si la per-

LA PLAZA

1 de mayo de 2017

sona decide emprender acciones judiciales deberá costearse su asistencia legal. Además, se realizarán diversos talleres o charlas para un mejor conocimiento en consumo. Según Jussara Malvar, concejala de Consumo “las últimas sentencias judiciales y las normativas que se están aprobando están

generando no pocas dudas entre usuarias y usuarios, que no saben a ciencia cierta si su contrato hipotecario contiene cláusula suelo, o alguna otra condición abusiva. Este convenio nos va a permitir dar un nuevo servicio”. ASUFIN es una organización de defensa de consumidores, sin ánimo de lucro.


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