PLAN ENCARNACIÓN MÁS | DOCUMENTO DIRECTOR

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PLAN ENCARNACIÓN MÁS

DOCUMENTO DIRECTOR | DISTRITO ECOLÓGICO

1.1 PROTECCIÓN DE LOS CAUCES

Protección y mejora de las condiciones de los cuerpos de agua que integran el territorio de Encarnación con acciones llevadas a cabo tanto a nivel de cuenca hídrica como a escala local.

CUENCAS HÍDRICAS Definición de las cuencas hídricas que integran el distrito de Encarnación (Arroyos Mboi Ka’e, Quiteria, Karaguata) en su dimensión territorial que incluye los distritos de Capitán Miranda, Carmen del Paraná, Fram, Cambyretá y San Juan del Paraná. Se hace referencia a la ley N. 3239 “De los recursos hídricos del Paraguay” MONITORIZACIÓN DEL RIESGO HIDROLÓGICO Monitorización continua y constante de las condiciones de los arroyos principales, de las condiciones climáticas y de las áreas de riesgo hidrológico con el objetivo de crear un mapa de riesgo actualizado. BOSQUES PROTEGIDOS Definición de las áreas de bosque protegido por la ley 4241, señalización y análisis de los conflictos entre la normativa vigente y el estado actual. LIMPIEZA DE LOS CAUCES Limpieza de los cauces hídricos llevada a cabo por organismos públicos con la participación de ciudadanos voluntarios. MONITORIZACIÓN DE VERTIDOS ILEGALES Puesta en marcha de un sistema de monitorización de las condiciones de contaminación y vertidos ilegales en los arroyos y en los subembalses. ELIMINACIÓN DE VERTIDOS ILEGALES Eliminación de los vertidos de aguas residuales ilegales y puesta en marcha de un sistema de saneamiento local en las viviendas y en las actividades productivas (agrícolas, industriales y artesanales) que descargan directamente en los arroyos. Se propone como sistema de depuración local el estudio e instalación de balsas de tratamiento con plantas macrofitas, con los complementos necesarios (decantación, pretratamiento,...) en función de los efluentes correspondientes. ÁREAS PROTEGIDAS ALREDEDOR DE LOS CAUCES Reintegración de los bosques protectores de los arroyos según lo definido en la ley 4241 respetando los anchos definidos en la misma. PROTECCIÓN DE LAS ÁREAS HÚMEDAS Protección de las áreas húmedas a lo largo de los arroyos a través de políticas activas de reforestación para fortalecer el área de protección de los cauces PROTECCIÓN DE LOS HUMEDALES Protección de los humedales en las desembocaduras de los arroyos a través de políticas de protección integral de la avifauna y de la monitorización continua de vertidos ilegales. ÁREAS NO APTAS PARA CULTIVO Definición de áreas no aptas para cultivo según las recomendaciones contenidas en los estudios existentes de “clases de uso de la tierra” por sus características de escaso drenaje superficial

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